Servicio de limpieza de los colegios públicos del municipio de Mejorada del Campo (Madrid)

Ayuntamiento de Mejorada del Campo

Servicio de limpieza de los colegios públicos del municipio de Mejorada del Campo, conforme a las condiciones contenidas en el Pliego de cláusulas administrativas particulares y a las prescripciones técnicas del Anexo I del citado pliego.

Plazo

El plazo para la recepción de ofertas era de 2012-02-20. La contratación se publicó en 2011-12-29.

¿A quién? ¿Cómo? ¿dónde?
Historial de adquisiciones
Fecha Documento
2011-12-29 Anuncio de licitación
2012-02-09 Información complementaria
Anuncio de licitación (2011-12-29)
Objeto
Alcance de la contratación
Título: Servicios de limpieza de oficinas, escuelas y equipo de oficina
Cantidad o extensión:
312 522 EUR, IVA excluido, distribuido en las siguientes anuallidades:— 2012: 168 281,08 EUR, IVA excluido,— 2013: 144 240,92 EUR, IVA excluido.
Metadatos del anuncio
Idioma original: español 🗣️
Tipo de documento: Anuncio de licitación
Naturaleza del contrato: Servicios
Reglamentación: Unión Europea
Vocabulario común de contratación pública (CPV)
Código: Servicios de limpieza de oficinas, escuelas y equipo de oficina 📦

Procedimiento
Tipo de procedimiento: Procedimiento abierto
Tipo de oferta: Oferta para todos los lotes
Criterios de adjudicación
Oferta más económica

Autoridad contratante
Identidad
País: España 🇪🇸
Tipo de poder adjudicador: Autoridad regional o local
Nombre del poder adjudicador: Ayuntamiento de Mejorada del Campo
Dirección postal: plaza del Progreso, n° 2
Código postal: 28840
Ciudad postal: Mejorada del Campo (Madrid)
Contacto
Dirección de internet: http://www.mejoradadelcampo.es 🌏
Correo electrónico: contratacion@mejoradadelcampo.org 📧
Teléfono: +34 916792811 📞
Fax: +34 916792414 📠

Referencia
Fechas
Fecha de envío: 2011-12-29 📅
Fecha límite de presentación: 2012-02-20 📅
Fecha de publicación: 2011-12-31 📅
Identificadores
Número de anuncio: 2011/S 252-411617
Número del DO-S: 252

Objeto
Alcance de la contratación
Breve descripción:
Servicio de limpieza de los colegios públicos del municipio de Mejorada del Campo, conforme a las condiciones contenidas en el Pliego de cláusulas administrativas particulares y a las prescripciones técnicas del Anexo I del citado pliego.
Cantidad o extensión:
312 522 EUR, IVA excluido, distribuido en las siguientes anuallidades:
— 2012: 168 281,08 EUR, IVA excluido,
— 2013: 144 240,92 EUR, IVA excluido.
Duración: 13 meses
Número de referencia: SER A 01/12
Lugar de ejecución
Emplazamiento principal o lugar de actuación: Mejorada del Campo (Madrid).

Información jurídica, económica, financiera y técnica
Condiciones de participación
Habilitación para el ejercicio de la actividad profesional:
1. Documento Nacional de Identidad del licitador, si es persona física. Si se trata de persona jurídica, el Código de Identificación Fiscal (CIF) y Documento Nacional de Identidad (DNI) del representante;
2. Documentos justificativos de la capacidad de obrar de las personas jurídicas:
2.1. Si se trata de personas jurídicas sujetas a la legislación mercantil: escrituras de constitución y de modificación, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable o, en el caso de que no fuera exigible, en otro Registro oficial.
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2.2. En otros supuestos: escritura o documento de constitución y de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.
2.3. En el caso de tratarse de personas jurídicas no españolas: deberán acreditar la capacidad de obrar mediante la documentación a que se refiere el artículo 72.2 y 3 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, y artículos 9 y 10 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado mediante Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.
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3. En el caso de empresas extranjeras deberán aportar además:
3.1. Sus documentos constitutivos, traducidos al Castellano por la Oficina de Interpretación de Lenguas del Ministerio de Asuntos Exteriores, y un despacho expedido por la Embajada de España en el Estado correspondiente donde se certifique que, conforme a la legislación de su país, tiene capacidad para contratar y obligarse.
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3.2. Las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo deberán acreditar la capacidad de obrar mediante la inscripción en los Registros o presentación de las certificaciones que se indican en el Anexo I del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado mediante Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.
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3.3. Las empresas extranjeras no comunitarias deberán acreditar la capacidad de obrar mediante informe expedido por la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, en la que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato. Además, deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de las empresas españolas en la contratación con la Administración y con el sector público, en forma sustancialmente análoga. En los contratos sujetos a regulación armonizada, como es el caso que nos ocupa, se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio.
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3.4. Declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador;
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4. En el caso de actuar en representación de otra persona o entidad, poder bastante, debidamente inscrito en el Registro Mercantil, acompañado del Documento Nacional de Identidad o similar de la persona que ostente el poder;
5. Las empresas pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42 del Código de Comercio y que presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación, deberán presentar declaración en la que hagan constar esta condición. También deberán presentar declaración explícita aquellas sociedades que, presentando distintas proposiciones, concurran en alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio de los socios que la integran;
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6. En caso de concurrir a la licitación varias empresas, constituyendo una unión temporal, cada una de ellas deberá acreditar su personalidad, capacidad y solvencia, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que la constituyan, la participación de cada una de ellas y que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal, caso de resultar adjudicatarios, designando la persona o Entidad que, durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la representación de la unión ante la Administración y la duración de la unión temporal, la cual será coincidente con la del contrato hasta su extinción. Respecto a la determinación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional de la unión temporal y a sus efectos, se acumularán las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma. En caso de exigirse clasificación, el régimen de acumulación de las mismas será el establecido en el artículo 52 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado mediante Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre. Para los casos en los que, exigiéndose clasificación, concurran en la unión empresarios nacionales, extranjeros que no sean nacionales de un Estado Miembro de la Unión Europea y extranjeros que sean nacionales de un Estado Miembro de la Unión Europea, los que pertenezcan a los 2 primeros grupos deberán acreditar su clasificación y estos últimos su solvencia económica y financiera y técnica o profesional. En el supuesto de que el contrato se adjudicase a una unión temporal de empresarios, ésta acreditará su constitución en escritura pública, así como el CIF asignado a dicha unión, antes de la formalización del contrato. En todo caso, la duración de la unión será coincidente con la del contrato hasta su extinción;
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7. Declaración responsable otorgada ante una autoridad judicial, administrativa, notario público u organismo profesional cualificado, haciendo constar que el empresario, si se tratare de persona física, o la empresa y sus administradores y representantes, si se tratare de persona jurídica, así como el firmante de la proposición, no están incursos en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar señaladas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. Esta declaración contendrá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes;
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8. En el caso de personas jurídicas, los licitadores deberán presentar declaración responsable indicando que las prestaciones objeto del contrato están comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundaciones, les son propias;
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9. Original o copia compulsada del alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la fecha de presentación de su proposición, referida al ejercicio corriente, acompañado de copia del último recibo pagado, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. Sin perjuicio de la obligación de acreditar el alta en el impuesto, en el supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones establecidas en el artículo 83.1, apartados b), e) y f) de la Ley 39 1988, de 29 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en su nueva redacción dada por Ley 51/2002, de 27 de diciembre, deberá acreditarse mediante resolución expresa de la concesión de la exención de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, o declaración responsable de tener una cifra de negocio inferior a 1 000 000 de EUR respecto de los sujetos pasivos enunciados en la letra c) del artículo 83.1 de la mencionada Ley con excepción de las personas físicas conforme al modelo que se contiene en el ANEXO V Modelo de declaración responsable de IAE Se exceptúa de estos requisitos los sujetos pasivos a que se refiere el artículo 83.1 apartados a), d), g) y h) de la citada Ley;
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10. Declaración responsable de que el empresario, si se tratare de persona física, o la empresa y sus administradores y representantes, si se tratare de persona jurídica, así como el firmante de la proposición, no tienen deudas en periodo ejecutivo de pago, salvo que estuvieran garantizadas, con el Ayuntamiento de Mejorada del Campo (Madrid), según modelo que se acompaña al presente Pliego como Anexo IV modelo de declaración responsable de no tener deudas con el Ayuntamiento de Mejorada del Campo (Madrid).
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Situación económica y financiera:
Certificado de clasificación de empresas expedida por la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado, acreditativa de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional (artículo 65.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre): grupo U, subgrupo 1, categoría c).
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No obstante, en aquellos supuestos en que la empresa se encuentre pendiente de clasificación deberá aportar el documento acreditativo de haber presentado la correspondiente solicitud para ello, debiendo justificar el estar en posesión de la clasificación en el plazo previsto para la subsanación de defectos u omisiones en la documentación.
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Los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea, caso de no hallarse clasificados en España, deberán presentar, en sustitución de la clasificación, la documentación acreditativa de su solvencia económica y financiera y técnica o profesional en la forma establecida en los artículos 75 y 78 de la LCSP, todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 84.1 del citado precepto legal.
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Capacidad técnica y profesional:
1. Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos 3 años que incluya importe, fechas y beneficiarios públicos o privados de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario;
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2. Declaración responsable del licitador indicando su compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello;
3. Indicación de las medidas de gestión ambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato.
Ejecución del contrato
Depósitos y garantías exigidos:
Garantía provisional: no se exige.
Garantía definitiva: 5 % del importe de adjudicación, excluido el IVA.
Principales condiciones de financiación y modalidades de pago y/o referencia a las disposiciones pertinentes por las que se rigen:
El servicio objeto del contrato se financiará por el Ayuntamiento de Mejorada del Campo (Madrid), imputándose a la partida presupuestaria número 321.22700 del Estado de Gastos del Presupuesto del Ayuntamiento de Mejorada del Campo para los años 2012 y 2013 en la que existe crédito presupuestario suficiente, habiéndose efectuado la oportuna retención de crédito (Expediente número 220119000065). Si bien la tramitación del procedimiento de adjudicación, así como la adjudicación del contrato y su formalización, es conforme a lo establecido en el artículo 110.2 del TRLCSP, conforme al artículo 174.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, la efectividad de dicha adjudicación está sometida a la condición suspensiva de la existencia de crédito presupuestario adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del contrato en los ejercicios 2012 y 2013. El Ayuntamiento se obliga a consignar y reservar los créditos oportunos en los presupuestos de los ejercicios futuros que resulten afectados.
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El pago del precio de adjudicación se efectuará previa acreditación de los trabajos realizados en la forma convenida, mediante facturas mensuales conformadas y aprobadas por el órgano competente.
El abono de las obligaciones económicas derivadas del presente contrato se realizará de conformidad con lo establecido en el artículo 216 del Trlcsp.
Las facturas reunirán los requisitos establecidos en el Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación y se modifica el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, y su pago se realizará teniendo en cuenta lo establecido en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, la cual incorpora la Directiva 2000/35/CE. En relación con la demora en el pago del precio, se estará en lo previsto en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, fijándose el tipo de interés de demora en el tipo de interés legal del dinero vigente a lo largo del período en el que aquél resulte exigible, incrementándose en un 25 por ciento, salvo que la Ley de Presupuestos Generales del Estado establezca otro diferente.
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Otras condiciones particulares:
1. Presentación de una memoria-propuesta de actuación donde se contemple, entre otros:
— La metodología a seguir en el desarrollo de los trabajos objeto de contrato,
— La organización y composición del equipo de trabajo encargado de la ejecución del contrato que deberá incluir los medios humanos y materiales adscritos al contrato y los medios humanos y materiales de apoyo que posee el licitador y que pone a disposición del contrato,
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— Las aportaciones y mejoras ofrecidas que mejoren lo exigido en el contenido de este Pliego y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, sin que supongan coste alguno para el Ayuntamiento, las cuales deberán incidir en beneficio para los usuarios y significar un manifiesto incremento en términos de calidad u otros aspectos de relieve para el servicio.
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2. Presentación de una póliza de respopnsabilidad civil con una cobertura mínima de 500 000 EUR que cubra las responsabilidades a que hubiera lugar si se produjeran daños a terceros, sin franquicia.
3. Presentación de un escrito indicando un domicilio, una dirección de correo electrónico, un número de teléfono, un número de fax y una persona con quien contactar para la práctica de notificaciones.
Nombres y cualificaciones profesionales del personal

Procedimiento
Plazo de validez de la oferta: 3 meses
Fecha de apertura de ofertas: 2012-03-02 📅
Lugar de apertura: Salón de Plenos del Ayuntamiento de Mejorada del Campo.
Lugar: Salón de Plenos del Ayuntamiento de Mejorada del Campo.
Información sobre las personas autorizadas y el procedimiento de apertura: Acto público.
Criterios de adjudicación
Criterio: 1. Precio. Se valorará multiplicando el porcentaje de baja (% baja) de las ofertas valorables por el coeficiente 5,5; obteniéndose de aquél la puntuación por baja. Se considerarán ofertas desproporcionadas o anormales aquellas cuyo porcentaje de baja respecto del porcentaje de pago al adjudicatario en voluntaria exceda en más de 10 unidades de la media aritmética de las bajas porcentuales del conjunto de licitadores presentados (55)
2. Metodología en el desarrollo de los trabajos. Se valorará, entre otros: a) La organización y medios que se proponen dedicar a los trabajos y, de forma específica, el personal que se piensa adscribir al servicio; b) La programación, cronograma semanal y metodología de los trabajos a realizar, con expresa referencia a los aspectos técnicos, funcionales, de calidades y cualesquiera otros que se consideren convenientes; c) Las medidas a emplear por el licitador para asegurar la calidad de los trabajos (25)
3. Mejoras. Se valorarán las aportaciones y mejoras ofrecidas que, sin menoscabo de lo establecido en el pliego de cláusulas administrativas particulares y del pliego de prescripciones técnicas y sin coste adicional para el Ayuntamiento, contribuyan a la mejor prestación del servicio. Estas mejoras son las siguientes: a) Realización de una limpieza de choque antes del comienzo del curso escolar que comprenderá desde el día 20 de agosto de 2012 hasta el 31 de agosto de 2012; b) Aumento del número de limpiadores/as de cada Centro; c) Limpieza durante el mes de julio de los dos Centros que sean sede de los Campamentos Urbanos (20)
Lenguas
Lengua: español 🗣️

Autoridad contratante
Identidad
Número de registro nacional: P-2808400-B
Contacto
Punto de contacto: José Carlos Carralero León

Referencia
Identificadores
Número de referencia atribuido por el poder adjudicador: SER A 01/12
Fuente: OJS 2011/S 252-411617 (2011-12-29)
Información complementaria (2012-02-09)
Objeto
Metadatos del anuncio
Tipo de documento: Información complementaria

Referencia
Fechas
Fecha de envío: 2012-02-09 📅
Fecha de publicación: 2012-02-14 📅
Identificadores
Número de anuncio: 2012/S 30-047270
Se refiere al anuncio: 2011/S 252-411617
Número del DO-S: 30
Fuente: OJS 2012/S 030-047270 (2012-02-09)