Servicio de mantenimiento integral de los edificios e instalaciones de SAMUR - Protección Civil del Ayuntamiento de Madrid

Ayuntamiento de Madrid. Área de Gobierno de Seguridad

Servicio de mantenimiento técnico integral, conservación y reparación de los edificios y sus instalaciones, adscritos a la Subdirección General de SAMUR - Proteccción Civil del Ayuntamiento de Madrid.

Plazo

El plazo para la recepción de ofertas era de 2011-11-25. La contratación se publicó en 2011-10-27.

Proveedores

Los siguientes proveedores se mencionan en decisiones de adjudicación u otros documentos de contratación:

¿A quién? ¿Cómo? ¿dónde?
Historial de adquisiciones
Fecha Documento
2011-10-27 Anuncio de licitación
2012-07-03 Anuncio de adjudicación de contrato
Anuncio de licitación (2011-10-27)
Objeto
Alcance de la contratación
Título: Servicios de reparación y mantenimiento de equipos de edificios
Cantidad o extensión:
Valor estimado: 608 935,32 EUR, IVA excluido.Presupuesto base de licitación: 304 467,66 EUR.IVA: 54 804,18 EUR, tipo: 18 %.Presupuesto total IVA incluido: 359 271,84 EUR.608 935,32
Valor total de la contratación: 608 935,32 💰
Metadatos del anuncio
Idioma original: español 🗣️
Tipo de documento: Anuncio de licitación
Naturaleza del contrato: Servicios
Reglamentación: Unión Europea
Vocabulario común de contratación pública (CPV)
Código: Servicios de reparación y mantenimiento de equipos de edificios 📦

Procedimiento
Tipo de procedimiento: Procedimiento abierto
Tipo de oferta: Oferta para todos los lotes
Criterios de adjudicación
Oferta más económica

Autoridad contratante
Identidad
País: España 🇪🇸
Tipo de poder adjudicador: Oficina/entidad regional o local
Nombre del poder adjudicador: Ayuntamiento de Madrid. Área de Gobierno de Seguridad
Dirección postal: paseo de Recoletos, 5
Código postal: 28004
Ciudad postal: Madrid
Contacto
Dirección de internet: http://www.madrid.es/perfildecontratante 🌏
Correo electrónico: necodcentralproc@madrid.es 📧
Teléfono: +34 915889136 📞
Fax: +34 915889247 📠

Referencia
Fechas
Fecha de envío: 2011-10-27 📅
Fecha límite de presentación: 2011-11-25 📅
Fecha de publicación: 2011-11-02 📅
Identificadores
Número de anuncio: 2011/S 210-342698
Se refiere al anuncio: 2011/S 137-227954
Número del DO-S: 210
Información complementaria
— Las proposiciones deberán presentarse en tres sobres: uno de ellos contendrá la “documentación administrativa”, el otro sobre recogerá la “documentación relativa a los criterios no valorables en cifras o porcentajes” .y último sobre recogerá la “documentación relativa a los criterios valorables en cifras o porcentajes”, — Apertura del sobre de criterios no valorables en cifras o porcentajes: 7.12.2011, a las 10:00 horas, — Apertura de sobre de criterios valorables en cifras o porcentajes: 14.12.2011, a las 10:00 horas, — De conformidad con lo que establece el artículo 94.2 de la LCSP este expediente es de tramitación anticipada, estando sujeto el compromiso de crédito a las limitaciones establecidas en las normas presupuestarias, — De los criterios de adjudicación establecidos anteriormente, se tomarán en consideración a efectos de apreciar, en su caso, que la proposición no puede ser cumplida como consecuencia de valores anormales o desproporcionados, los señalados en la cláusula 20 del anexo I del pliego de cláusulas administrativas particulares, siendo los límites para apreciar que se dan en aquella dicha circunstancia, los siguientes. a) Superior al 25 % de baja. — Compromiso de adscripción a la ejecución del contrato de medios personales o materiales: todos los licitadores, ya sean empresas españolas y extranjeras no comunitarias o empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea, deberán incluir, acompañando a los documentos acreditativos de la solvencia exigida, compromiso de adscripción o dedicación de los medios personales y/o materiales suficientes para la ejecución del contrato. La relación de los medios personales se referirá exclusivamente al personal mínimo exigido en el pliego de prescripciones técnicas, no debiendo incluirse en ningún caso el personal que se pudiera ofrecer como criterio de adjudicación. La aportación del personal adicional ofertado como criterio de adjudicación determinará la exclusión del licitador, — Obligación de aportar relación de medios personales adscritos al contrato (art. 53.1 LCSP): todos los licitadores, ya sean empresas españolas y extranjeras no comunitarias o empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea, deberán incluir, acompañando a los documentos acreditativos de la solvencia, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación objeto del contrato, — Subcontratación procede: sí. Porcentaje máximo de subcontratación: 60 %. Los licitadores deberán indicar en la oferta la parte del contrato a subcontratar, su importe, y el nombre o el perfil empresarial de los subcontratistas. — Plazo de solicitud de información adicional sobre los pliegos. Los licitadores deberán solicitar información adicional sobre los pliegos o documentación complementaria con una antelación de 10 días a la fecha límite para la recepción de ofertas. — Observaciones. Tras la modificación de la LCSP introducida por la Ley 26/2011, de 1 de agosto, los órganos de contratación deberán exigir, como requisito para participar en las licitaciones públicas, que los licitadores en los supuestos que sea obligatorio, acrediten en los términos señalados en el segundo párrafo del artículo 70 bis de la LCSP, que cumplen con la obligación de contar con un dos por ciento de trabajadores con discapacidad o adoptar las medidas alternativas correspondientes. La mencionada obligación viene reguladas en el apartado 1 del artículo 38 de la Ley 13/1982, de 7 de abril de integración social de los minusválidos, quei establece al respecto: Las empresas públicas y privadas que empleen a un número de 50 o más trabajadores vendrán obligadas a que de entre ellos, al menos, el 2 % sean trabajadores minusválidos. El cómputo mencionado anteriormente se realizará sobre la plantilla total de la empresa correspondiente, cualquiera que sea el número de centros de trabajo de aquella y cualquiera que sea la forma de contratación laboral que vincule a los trabajadores de la empresa. Igualmente se entenderá que estarán incluidos en dicho cómputo los trabajadores minusválidos que se encuentren en cada momento prestando servicios en las empresas públicas o privadas, en virtud de los contratos de puesta a disposición que las mismas hayan celebrado con empresas de trabajo temporal. De manera excepcional, las empresas públicas y privadas podrán quedar exentas de esta obligación, de forma parcial o total, bien a través de acuerdos recogidos en la negociación colectiva sectorial de ámbito estatal y, en su defecto, de ámbito inferior, a tenor de lo dispuesto en el artículo 83, números 2 y 3 del Real Decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, bien por opción voluntaria del empresario, debidamente comunicada a la autoridad laboral, y siempre que en ambos supuestos se apliquen las medidas alternativas que se determinen reglamentariamente. Actualmente, estas medidas alternativas se recogen en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril que regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad, habiéndose adaptado el procedimiento, mediante Orden 468/2007, de 7 de marzo del Consejero de Empleo y Mujer de la Comunidad de Madrid, a la organización propia de la Comunidad de Madrid, que ha asumido la gestión realizada por el Servicio Público de Empleo Estatal en el ámbito del trabajo, el empleo y la formación. A tal fin, deberán incorporar en el sobre de documentación administrativa además de la documentación requerida en el pliego de cláusulas administrativas particulares, un certificado de la empresa en que conste tanto el número global de trabajadores de plantilla como el número particular de trabajadores con discapacidad en la misma o, el caso de haberse optado por el cumplimiento de las medidas alternativas legalmente previstas, una copia de la declaración de excepcionalidad y una declaración del licitador con las concretas medidas a tal efecto aplicadas. En el supuesto de que no tuviese la obligación de contratar personas con discapacidad, los licitadores deberán aportar un certificado de la empresa en que conste el número global de trabajadores de plantilla. Además de la documentación requerida en el pliego de cláusulas administrativas particulares, los licitadores deberán presentar en el sobre de documentación Administrativa la Memoria Técnica a la que hace referencia el punto nº 6 del pliego de prescripciones técnicas y demás documentos que se soliciten en el pliego de prescripciones técnicas. El órgano gestor comprobará que los precios aplicados por el adjudicatario, al valorar las actuaciones ofertadas como mejoras en el servicio, se ajustan a los precios contenidos en el cuadro de precios del Ayuntamiento de Madrid aplicables a los presupuestos de los proyectos de urbanización y edificación de obra nueva, o bien a los Preciarios de la Construcción Centro (Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnico de Guadalajara), o en defecto de los anteriores con los precios de mercado.
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Objeto
Alcance de la contratación
Breve descripción:
Servicio de mantenimiento técnico integral, conservación y reparación de los edificios y sus instalaciones, adscritos a la Subdirección General de SAMUR - Proteccción Civil del Ayuntamiento de Madrid.
Cantidad o extensión:
Valor estimado: 608 935,32 EUR, IVA excluido.
Presupuesto base de licitación: 304 467,66 EUR.
IVA: 54 804,18 EUR, tipo: 18 %.
Presupuesto total IVA incluido: 359 271,84 EUR.
Número de renovaciones posibles: 24
Plazo para los contratos posteriores: 24 meses
Duración: 24 meses
Número de referencia: 300/2011/01448.
Lugar de ejecución
Emplazamiento principal o lugar de actuación:
Edificios e instalaciones adscritos a la Subdirección General de SAMUR - Protección Civil descritos en el pliego de prescripciones técnicas.

Información jurídica, económica, financiera y técnica
Condiciones de participación
Situación económica y financiera:
Empresas españolas y extranjeras no comunitarias: grupo: O, subgrupo: 1, categoría: B.
Empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea.
Acreditación de la solvencia económica y financiera:
— Artículo 64: apartado: c) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre de Contratos del Sector Público (LCSP). Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido como máximo a los 3 últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios.
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Niveles mínimos de normas:
Requisitos mínimos de solvencia: haber alcanzado en el conjunto de los 3 últimos años (2008, 2009 y 2010) un volumen global de negocios de al menos el importe del presupuesto base de licitación IVA excluido del presente contrato. Medio de acreditación: declaración responsable del representante legal de la empresa relativa al volumen global de negocios de los 3 últimos años (2008, 2009 y 2010).
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Capacidad técnica y profesional:
Empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea.
Acreditación de la solvencia técnica o profesional:
— Artículo 67: apartado: a) de la LCSP. Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos 3 años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
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Niveles mínimos de normas:
Requisitos mínimos de solvencia: haber realizado en el conjunto de los 3 últimos años (2008, 2009 y 2010) al menos dos servicios que guarden relación con el objeto de este contrato por un importe unitario o agregado de, como mínimo, 325 000,00 EUR (IVA excluido). Medio de acreditación: relación de los principales servicios efectuados durante los 3 últimos años (2008, 2009 y 2010), suscrita por el representante legal de la empresa, indicándose su importe, fechas y destino público o privado, acompañada de los certificados de los servicios que guarden relación con el objeto de este contrato por un importe unitario o agregado de, como mínimo, 325 000,00 EUR (IVA excluido).
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Ejecución del contrato
Depósitos y garantías exigidos:
Garantía definitiva: 5 % del importe de adjudicación del contrato (IVA incluido).
Principales condiciones de financiación y modalidades de pago y/o referencia a las disposiciones pertinentes por las que se rigen:
Se efectuarán pagos mensuales por la cantidad que resulte de dividir el importe de cada anualidad entre el número de meses de ejecución del contrato en esa anualidad, prorrateando las cantidades correspondientes en los periodos de ejecución del contrato inferiores a un mes.
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— Abonos a cuenta por operaciones preparatorias: no proceden.
Nombres y cualificaciones profesionales del personal

Procedimiento
Forma de pago de los documentos:
En caso de solicitar fotocopias de los pliegos que rigen el procedimiento abieto, deberán abonar los gastos correspondientes.
Plazo de validez de la oferta: 4 meses
Fecha de apertura de ofertas: 2011-12-07 📅
Información sobre las personas autorizadas y el procedimiento de apertura:
El acto de apertura de los sobres de criterios no valorables en cifras o porcentajes y el de apertura de los sobres de criterios valorables en cifras o porcentajes es un acto público.
Criterios de adjudicación
Criterio: 1. Criterios no valorables en cifras o porcentajes: plan de ahorro energético (10)
2. Criterios valorables en cifras o porcentajes: 1- mejor precio (40)
3. Criterios valorables en cifras o porcentajes: 2- mano de obra adicional (30)
4. Criterios valorables en cifras o porcentajes: 3- mejoras en el servicio (20)
Lenguas
Lengua: español 🗣️

Autoridad contratante
Contacto
Punto de contacto: Departamento de Contratación del Área de Gobierno de Seguridad

Referencia
Fechas
Fecha de publicación: 2011-07-20 📅
Identificadores
Número de referencia atribuido por el poder adjudicador: 300/2011/01448.
Número de anuncio en el DO S: 2011/S 137-227954
Información complementaria
— Las proposiciones deberán presentarse en tres sobres: uno de ellos contendrá la “documentación administrativa”, el otro sobre recogerá la “documentación relativa a los criterios no valorables en cifras o porcentajes” .y último sobre recogerá la “documentación relativa a los criterios valorables en cifras o porcentajes”,
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— Apertura del sobre de criterios no valorables en cifras o porcentajes: 7.12.2011, a las 10:00 horas,
— Apertura de sobre de criterios valorables en cifras o porcentajes: 14.12.2011, a las 10:00 horas,
— De conformidad con lo que establece el artículo 94.2 de la LCSP este expediente es de tramitación anticipada, estando sujeto el compromiso de crédito a las limitaciones establecidas en las normas presupuestarias,
— De los criterios de adjudicación establecidos anteriormente, se tomarán en consideración a efectos de apreciar, en su caso, que la proposición no puede ser cumplida como consecuencia de valores anormales o desproporcionados, los señalados en la cláusula 20 del anexo I del pliego de cláusulas administrativas particulares, siendo los límites para apreciar que se dan en aquella dicha circunstancia, los siguientes.
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a) Superior al 25 % de baja.
— Compromiso de adscripción a la ejecución del contrato de medios personales o materiales: todos los licitadores, ya sean empresas españolas y extranjeras no comunitarias o empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea, deberán incluir, acompañando a los documentos acreditativos de la solvencia exigida, compromiso de adscripción o dedicación de los medios personales y/o materiales suficientes para la ejecución del contrato. La relación de los medios personales se referirá exclusivamente al personal mínimo exigido en el pliego de prescripciones técnicas, no debiendo incluirse en ningún caso el personal que se pudiera ofrecer como criterio de adjudicación. La aportación del personal adicional ofertado como criterio de adjudicación determinará la exclusión del licitador,
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— Obligación de aportar relación de medios personales adscritos al contrato (art. 53.1 LCSP): todos los licitadores, ya sean empresas españolas y extranjeras no comunitarias o empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea, deberán incluir, acompañando a los documentos acreditativos de la solvencia, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación objeto del contrato,
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— Subcontratación procede: sí.
Porcentaje máximo de subcontratación: 60 %.
Los licitadores deberán indicar en la oferta la parte del contrato a subcontratar, su importe, y el nombre o el perfil empresarial de los subcontratistas.
— Plazo de solicitud de información adicional sobre los pliegos.
Los licitadores deberán solicitar información adicional sobre los pliegos o documentación complementaria con una antelación de 10 días a la fecha límite para la recepción de ofertas.
— Observaciones.
Tras la modificación de la LCSP introducida por la Ley 26/2011, de 1 de agosto, los órganos de contratación deberán exigir, como requisito para participar en las licitaciones públicas, que los licitadores en los supuestos que sea obligatorio, acrediten en los términos señalados en el segundo párrafo del artículo 70 bis de la LCSP, que cumplen con la obligación de contar con un dos por ciento de trabajadores con discapacidad o adoptar las medidas alternativas correspondientes. La mencionada obligación viene reguladas en el apartado 1 del artículo 38 de la Ley 13/1982, de 7 de abril de integración social de los minusválidos, quei establece al respecto:
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Las empresas públicas y privadas que empleen a un número de 50 o más trabajadores vendrán obligadas a que de entre ellos, al menos, el 2 % sean trabajadores minusválidos. El cómputo mencionado anteriormente se realizará sobre la plantilla total de la empresa correspondiente, cualquiera que sea el número de centros de trabajo de aquella y cualquiera que sea la forma de contratación laboral que vincule a los trabajadores de la empresa. Igualmente se entenderá que estarán incluidos en dicho cómputo los trabajadores minusválidos que se encuentren en cada momento prestando servicios en las empresas públicas o privadas, en virtud de los contratos de puesta a disposición que las mismas hayan celebrado con empresas de trabajo temporal.
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De manera excepcional, las empresas públicas y privadas podrán quedar exentas de esta obligación, de forma parcial o total, bien a través de acuerdos recogidos en la negociación colectiva sectorial de ámbito estatal y, en su defecto, de ámbito inferior, a tenor de lo dispuesto en el artículo 83, números 2 y 3 del Real Decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, bien por opción voluntaria del empresario, debidamente comunicada a la autoridad laboral, y siempre que en ambos supuestos se apliquen las medidas alternativas que se determinen reglamentariamente.
Ver más
Actualmente, estas medidas alternativas se recogen en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril que regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad, habiéndose adaptado el procedimiento, mediante Orden 468/2007, de 7 de marzo del Consejero de Empleo y Mujer de la Comunidad de Madrid, a la organización propia de la Comunidad de Madrid, que ha asumido la gestión realizada por el Servicio Público de Empleo Estatal en el ámbito del trabajo, el empleo y la formación.
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A tal fin, deberán incorporar en el sobre de documentación administrativa además de la documentación requerida en el pliego de cláusulas administrativas particulares, un certificado de la empresa en que conste tanto el número global de trabajadores de plantilla como el número particular de trabajadores con discapacidad en la misma o, el caso de haberse optado por el cumplimiento de las medidas alternativas legalmente previstas, una copia de la declaración de excepcionalidad y una declaración del licitador con las concretas medidas a tal efecto aplicadas. En el supuesto de que no tuviese la obligación de contratar personas con discapacidad, los licitadores deberán aportar un certificado de la empresa en que conste el número global de trabajadores de plantilla.
Ver más
Además de la documentación requerida en el pliego de cláusulas administrativas particulares, los licitadores deberán presentar en el sobre de documentación Administrativa la Memoria Técnica a la que hace referencia el punto nº 6 del pliego de prescripciones técnicas y demás documentos que se soliciten en el pliego de prescripciones técnicas.
Ver más
El órgano gestor comprobará que los precios aplicados por el adjudicatario, al valorar las actuaciones ofertadas como mejoras en el servicio, se ajustan a los precios contenidos en el cuadro de precios del Ayuntamiento de Madrid aplicables a los presupuestos de los proyectos de urbanización y edificación de obra nueva, o bien a los Preciarios de la Construcción Centro (Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnico de Guadalajara), o en defecto de los anteriores con los precios de mercado.
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Información complementaria
Órgano de revisión
Nombre: Tribunal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid
Dirección postal: calle Carrera de San Jerónimo, 13, 3ª planta
Ciudad postal: Madrid
País: España 🇪🇸
Teléfono: +34 915805222 📞
Fax: +34 915805227 📠
Información sobre los plazos de procedimientos de recurso:
Recurso especial en materia de contratación a que se refieren los artículos 310 a 314 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, en la redacción dada por la Ley 34/2011, de 5 de agosto, de modificación de las Leyes 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales, y 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa para adaptación de la normativa comunitaria de las dos primeras.
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El procedimiento de recurso se iniciará mediane escrito que deberá presentarse en el plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente a aquél en que se remita la notificación del acto impugnado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 135.4 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
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No obstante lo anterior, habrá de estarse a lo dispuesto en el artículo 314.2 apartados a), b) y c) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
Fuente: OJS 2011/S 210-342698 (2011-10-27)
Anuncio de adjudicación de contrato (2012-07-03)
Objeto
Alcance de la contratación
Valor total de la contratación: 269 453,88 💰
Metadatos del anuncio
Tipo de documento: Anuncio de adjudicación de contrato

Procedimiento
Tipo de oferta: No procede

Autoridad contratante
Identidad
Nombre del poder adjudicador: Ayuntamiento de Madrid
Dirección postal: Paseo de Recoletos, 5

Referencia
Fechas
Fecha de envío: 2012-07-03 📅
Fecha de publicación: 2012-07-05 📅
Identificadores
Número de anuncio: 2012/S 127-210178
Se refiere al anuncio: 2011/S 210-342698
Número del DO-S: 127
Información complementaria
Revisión anual de instalaciones de detección y extinción de incendios y tratamientos contra la legionelosis.

Objeto
Alcance de la contratación
Número de referencia: 300/2011/01448
Lugar de ejecución
Emplazamiento principal o lugar de actuación:
Edificios e instalaciones adscritos a la Subdirección General de SAMUR-Protección Civil descritos en el Pliego de Prescripciones Técnicas.

Procedimiento
Criterios de adjudicación
Criterio: 2. Criterios valorables en cifras o porcentajes: 1-mejor precio (40)
3. Criterios valorables en cifras o porcentajes: 2-mano de obra adicional (30)
4. Criterios valorables en cifras o porcentajes: 3-mejoras en el servicio (20)

Adjudicación del contrato
Fecha de celebración del contrato: 2012-01-31 📅
Nombre: Eiffage Energia, SLU
Dirección postal: Ctra. Mahora, Km. 3,200
Ciudad postal: Albacete
Código postal: 02006
País: España 🇪🇸
Información sobre licitaciones
Número de ofertas recibidas: 8

Autoridad contratante
Contacto
Punto de contacto: Departamento de Contratación II del Área de Gobierno de Medio Ambiente, Seguridad y Movilidad
País: España 🇪🇸

Información complementaria
Órgano de revisión
Nombre: Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid
Dirección postal: C/Gran Vía nº 10 - 6ª planta
Código postal: 28013
Teléfono: +34 912760296 📞
Fax: +34 915215376 📠
Información sobre los plazos de procedimientos de recurso:
El acuerdo de adjudicación puso fin a la vía administrativa, y contra el mismo se pudo interponer, en el plazo de 2 meses contados desde el día siguiente al de la recepción de la notificación de dicho Acuerdo, recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid. Sin perjuicio de ello se pudo potestativamente, de conformidad con lo establecido en el artículo 310 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (LCSP), interponer en el plazo de 15 días hábiles contados a partir del siguiente a aquel en que se remitió la notificación del Acuerdo, recurso especial en materia de contratación, ante el mismo órgano que dictó el acuerdo de adjudicación, en los términos previstos en el artículo 314 de la LCSP, debiendo anunciarlo previamente ante el órgano de contratación.
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El acuerdo de formalización puso fin a la vía administrativa, y contra el mismo se pudo interponer, en el plazo de 2 meses contados desde el día siguiente al de la recepción de la notificación de dicho acuerdo, recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid. Sin perjuicio de ello se pudo, potestativamente, interponer en el plazo de 1 mes recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acuerdo de formalización, conforme a lo que establecen los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o ejercitar cualquier otro recurso que se estimase procedente.
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Servicio del que puede obtenerse información sobre el procedimiento de recurso
Nombre: Departamento de Contratación II del Área de Gobierno de Medio Ambiente, Seguridad y Movilidad
Dirección postal: Paseo de Recoletos nº 5, planta baja
Ciudad postal: Madrid
Código postal: 28004
Teléfono: +34 915889136 📞
Fax: +34 915889247 📠
Fuente: OJS 2012/S 127-210178 (2012-07-03)