Asesoramiento y colaboración con Aguas de Galicia en la gestiónd el canon del agua y del coeficiente de vertido, así como del canon de saneamiento, de forma transitoria, hasta su total extinción
El objeto de este contrato se refiere a actividades de asesoramiento, colaboración, asistencia y apoyo auxiliar, técnico y legal a Aguas de Galicia en la gestión de los expedientes de cualquiera de los tributos referidos al canon del agua, coeficiente de vertido y canon de saneamiento, este último hasta su extinción total, sin que implique en ningun caso el ejercicio de autoridad inherente a los poderes públicos. Dentro de las tareas del contrato se incluye también la realización de toma de muestra de los vertidos para su transporte al laboratorio y su análisis.
Plazo
El plazo para la recepción de ofertas era de 2012-10-11.
La contratación se publicó en 2012-07-31.
Proveedores
Los siguientes proveedores se mencionan en decisiones de adjudicación u otros documentos de contratación:
Anuncio de licitación (2012-07-31) Objeto Alcance de la contratación
Título: Servicios generales de consultoría en gestión
Cantidad o extensión: 842 811,07 EUR.1 685 622,14
Valor total de la contratación: 1 685 622,14 💰
Metadatos del anuncio
Idioma original: español 🗣️
Tipo de documento: Anuncio de licitación
Naturaleza del contrato: Servicios
Reglamentación: Unión Europea con participación de Estados ACP
Vocabulario común de contratación pública (CPV)
Código: Servicios generales de consultoría en gestión📦
Procedimiento
Tipo de procedimiento: Procedimiento abierto
Tipo de oferta: Oferta para todos los lotes
Criterios de adjudicación
Oferta más económica
Autoridad contratante Identidad
País: España 🇪🇸
Tipo de poder adjudicador: Autoridad regional o local
Nombre del poder adjudicador: Aguas de Galicia
Dirección postal: Doctor Maceira, 18, bajo
Código postal: 15706
Ciudad postal: Santiago de Compostela
Contacto
Dirección de internet: http://contratosdegalicia.es/consultaOrganismo.jsp?N=216🌏
Correo electrónico: contratacion.epaugasdegalicia@xunta.es📧
Teléfono: +34 981957401/27📞
Fax: +34 981957403 / 881999694 📠
Referencia Fechas
Fecha de envío: 2012-07-31 📅
Fecha límite de presentación: 2012-10-11 📅
Fecha de publicación: 2012-08-04 📅
Identificadores
Número de anuncio: 2012/S 149-249531
Número del DO-S: 149
Información complementaria
Contrato administrativo de servicio sujeto a regulación armonizada de acuerdo con el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Valor estimado IVA excluido del contrato indicado en el segundo párrafo de apartado II.2.1) de este anuncio incluye el importe total que puede alcanzar el contrato, que comprende el presupuesto de licitación (842 811,07 EUR), así como el de las eventuales prórrogas (842 811,07 EUR). En este contrato se prevé la posibilidad de prórroga hasta un máximo de veinticuatro (24) meses.
Desglose de los criterios de valoración:
2º) Metodología propuesta para la realización de los trabajos a ejecutar:
A) Metodología para el asesoramiento legal y técnico en la gestión de expedientes de canon del agua, del coeficiente de vertido y del canon de saneamiento - hasta 24 puntos;
B) Metodología para el apoyo técnico en la elaboración de documentos correspondientes a los tributos - hasta 8 puntos;
C) Metodología para el apoyo técnico en los trabajos de actualización y mantenimiento de las bases de datos del canon del agua, del coeficiente de vertido y del canon de saneamiento - hasta 5 puntos;
3º) Planificación de la ejecución de los trabajos - hasta 12 puntos.
También se tendrá acceso al perfil del contratante desde la Plataforma de Contratos Públicos de Galicia a través de http://xunta.es y de la página web: http://augasdegalicia.xunta.es.
Codificación del objeto del contrato: CPA-Reglamento CE nº 451/2008: M.74.90.20.
La forma y contenido de las proposiciones se ajustarán necesariamente a lo establecido en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
Posibilidad de presentar ofertas por correo (artículo 80.4 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas); en este caso el licitador deberá anunciarle al órgano de contratación, en el mismo día de la imposición en la oficina de correos, mediante telegrama o fax, la remisión de la documentación para concurrir a la licitación, así como justificar la fecha de imposición del envío.
Oferta: sólo podrá presentarse una oferta, que deberá ajustarse a lo definido en el documento técnico base de licitación; la proposición ofertada se deberá ajustar al plazo de ejecución del contrato aprobado.
El régimen de funcionamiento de la mesa de contratación será el previsto en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares; apertura del sobre A: tendrá lugar en acto previo la comprobación de la documentación general según se especifica en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares; apertura y valoración de los contenidos de los sobres B y C: la apertura del sobre B y su valoración se realizarán con anterioridad a la apertura y valoración del contenido del sobre C; en caso de que los actos públicos de apertura de las ofertas se retrasasen se harán públicas las nuevas fechas mediante notificación por fax a los licitadores presentados y en el perfil del contratante.
Publicidad de resultados: las fechas y los resultados de las aperturas de los sobres A, B y C, así como la adjudicación y la formalización del contrato se harán públicas en el perfil del contratante.
Formalización del contrato: el contrato se perfecciona con su formalización, que se efectuará en el plazo previsto en el cuadro de características del contrato.
El plazo de ejecución del contrato, de acuerdo con el pliego de cláusulas administrativas particulares, se contará a partir del día siguiente a su firma o desde la fecha de inicio determinada en el mismo.
El plazo de garantía será de doce (12) meses.
El resto de los aspectos a tener en cuenta en la contratación se detallan en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares con su cuadro de características del contrato, como parte integrante del mismo, y en el documento técnico.
Información relativa a los procedimientos de recursos o impugnación y de medidas provisionales.
I.- Jurisdicción competente:
El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las cuestiones litigiosas relativas a la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos.
II.-Sistema de recursos en los contratos sujetos a regulación armonizada:
A) Recurso especial en materia de contratación y recurso contencioso-administrativo.
Únicamente respecto de los contratos sujetos a regulación armonizada, se podrá interponer, con carácter potestativo, el recurso especial en materia de contratación regulado en el artículo 40 y siguientes del TRLCSP,pudiendo ser objeto de dicho recurso las siguientes decisiones que se adopten en los procedimientos de adjudicación de dichos contratos:
— Anuncios de licitación, pliegos y documentos contractuales en los que se establezcan las condiciones que deban regir la contratación,
— Actos de trámite que decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos,incluidos los actos de la mesa de contratación por los que se acuerde la exclusión de licitadores,
— Acuerdos de adjudicación.
Los actos anteriores, y de no interponerse contra ellos recurso especial en materia de contratación, podrán impugnarse directamente mediante la interposición del recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos (2) meses a contar desde el día siguiente a su notificación, recepción, puesta a disposición, conocimiento o publicación, según el acto de que se trate, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santiago de Compostela;
B) Medidas provisionales:
Con anterioridad a la interposición del recurso especial en materia de contratación, se podrá solicitar la adopción de medidas provisionales, en los términos previstos en el artículo 43 del TRLCSP, para corregir infracciones de procedimiento o para impedir que se causen otros perjuicios a los intereses afectados, incluidas medidas destinadas a suspender o a hacer que se suspenda el procedimiento de adjudicación del contrato en cuestión o la ejecución de cualquier decisión adoptada por el órgano de contratación.
C) Cuestión de nulidad:
Toda persona física o jurídica cuyos intereses legítimos se hubieran visto perjudicados o puedan resultar afectados por los supuestos de nulidad previstos en el artículo 37 del TRLCSP, podrá interponer cuestión de nulidad en el plazo de treinta (30) días hábiles, a contar desde la última de las publicaciones que de la formalización del contrato deben efectuarse, o a contar desde la notificación a los licitadores afectados de los motivos de rechazo de su proposición. Fuera de estos dos casos, deberá interponerse antes de que transcurran seis (6) meses a contar desde el día siguiente a la fecha de formalización del contrato;
D) Otros medios de impugnación administrativa.
Sin perjuicio del recurso especial en materia de contratación y de la cuestión de nulidad, los interesados podrán interponer, en su caso, el recurso administrativo extraordinario de revisión. El órgano competente para resolver será el órgano administrativo que dictó el acto.
Además de cualquier otro recurso que estimen procedente en Derecho podrán instar el procedimiento de revisión de oficio, que será resuelto por la Dirección de Aguas de Galicia, o instar al poder adjudicador la corrección de los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
Contrato administrativo de servicio sujeto a regulación armonizada de acuerdo con el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Valor estimado IVA excluido del contrato indicado en el segundo párrafo de apartado II.2.1) de este anuncio incluye el importe total que puede alcanzar el contrato, que comprende el presupuesto de licitación (842 811,07 EUR), así como el de las eventuales prórrogas (842 811,07 EUR). En este contrato se prevé la posibilidad de prórroga hasta un máximo de veinticuatro (24) meses.
Desglose de los criterios de valoración:
2º) Metodología propuesta para la realización de los trabajos a ejecutar:
A) Metodología para el asesoramiento legal y técnico en la gestión de expedientes de canon del agua, del coeficiente de vertido y del canon de saneamiento - hasta 24 puntos;
B) Metodología para el apoyo técnico en la elaboración de documentos correspondientes a los tributos - hasta 8 puntos;
C) Metodología para el apoyo técnico en los trabajos de actualización y mantenimiento de las bases de datos del canon del agua, del coeficiente de vertido y del canon de saneamiento - hasta 5 puntos;
3º) Planificación de la ejecución de los trabajos - hasta 12 puntos.
También se tendrá acceso al perfil del contratante desde la Plataforma de Contratos Públicos de Galicia a través de http://xunta.es y de la página web: http://augasdegalicia.xunta.es.
Codificación del objeto del contrato: CPA-Reglamento CE nº 451/2008: M.74.90.20.
La forma y contenido de las proposiciones se ajustarán necesariamente a lo establecido en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
Posibilidad de presentar ofertas por correo (artículo 80.4 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas); en este caso el licitador deberá anunciarle al órgano de contratación, en el mismo día de la imposición en la oficina de correos, mediante telegrama o fax, la remisión de la documentación para concurrir a la licitación, así como justificar la fecha de imposición del envío.
Oferta: sólo podrá presentarse una oferta, que deberá ajustarse a lo definido en el documento técnico base de licitación; la proposición ofertada se deberá ajustar al plazo de ejecución del contrato aprobado.
El régimen de funcionamiento de la mesa de contratación será el previsto en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares; apertura del sobre A: tendrá lugar en acto previo la comprobación de la documentación general según se especifica en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares; apertura y valoración de los contenidos de los sobres B y C: la apertura del sobre B y su valoración se realizarán con anterioridad a la apertura y valoración del contenido del sobre C; en caso de que los actos públicos de apertura de las ofertas se retrasasen se harán públicas las nuevas fechas mediante notificación por fax a los licitadores presentados y en el perfil del contratante.
Publicidad de resultados: las fechas y los resultados de las aperturas de los sobres A, B y C, así como la adjudicación y la formalización del contrato se harán públicas en el perfil del contratante.
Formalización del contrato: el contrato se perfecciona con su formalización, que se efectuará en el plazo previsto en el cuadro de características del contrato.
El plazo de ejecución del contrato, de acuerdo con el pliego de cláusulas administrativas particulares, se contará a partir del día siguiente a su firma o desde la fecha de inicio determinada en el mismo.
El plazo de garantía será de doce (12) meses.
El resto de los aspectos a tener en cuenta en la contratación se detallan en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares con su cuadro de características del contrato, como parte integrante del mismo, y en el documento técnico.
Información relativa a los procedimientos de recursos o impugnación y de medidas provisionales.
I.- Jurisdicción competente:
El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las cuestiones litigiosas relativas a la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos.
II.-Sistema de recursos en los contratos sujetos a regulación armonizada:
A) Recurso especial en materia de contratación y recurso contencioso-administrativo.
Únicamente respecto de los contratos sujetos a regulación armonizada, se podrá interponer, con carácter potestativo, el recurso especial en materia de contratación regulado en el artículo 40 y siguientes del TRLCSP,pudiendo ser objeto de dicho recurso las siguientes decisiones que se adopten en los procedimientos de adjudicación de dichos contratos:
— Anuncios de licitación, pliegos y documentos contractuales en los que se establezcan las condiciones que deban regir la contratación,
— Actos de trámite que decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos,incluidos los actos de la mesa de contratación por los que se acuerde la exclusión de licitadores,
— Acuerdos de adjudicación.
Los actos anteriores, y de no interponerse contra ellos recurso especial en materia de contratación, podrán impugnarse directamente mediante la interposición del recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos (2) meses a contar desde el día siguiente a su notificación, recepción, puesta a disposición, conocimiento o publicación, según el acto de que se trate, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santiago de Compostela;
B) Medidas provisionales:
Con anterioridad a la interposición del recurso especial en materia de contratación, se podrá solicitar la adopción de medidas provisionales, en los términos previstos en el artículo 43 del TRLCSP, para corregir infracciones de procedimiento o para impedir que se causen otros perjuicios a los intereses afectados, incluidas medidas destinadas a suspender o a hacer que se suspenda el procedimiento de adjudicación del contrato en cuestión o la ejecución de cualquier decisión adoptada por el órgano de contratación.
C) Cuestión de nulidad:
Toda persona física o jurídica cuyos intereses legítimos se hubieran visto perjudicados o puedan resultar afectados por los supuestos de nulidad previstos en el artículo 37 del TRLCSP, podrá interponer cuestión de nulidad en el plazo de treinta (30) días hábiles, a contar desde la última de las publicaciones que de la formalización del contrato deben efectuarse, o a contar desde la notificación a los licitadores afectados de los motivos de rechazo de su proposición. Fuera de estos dos casos, deberá interponerse antes de que transcurran seis (6) meses a contar desde el día siguiente a la fecha de formalización del contrato;
D) Otros medios de impugnación administrativa.
Sin perjuicio del recurso especial en materia de contratación y de la cuestión de nulidad, los interesados podrán interponer, en su caso, el recurso administrativo extraordinario de revisión. El órgano competente para resolver será el órgano administrativo que dictó el acto.
Además de cualquier otro recurso que estimen procedente en Derecho podrán instar el procedimiento de revisión de oficio, que será resuelto por la Dirección de Aguas de Galicia, o instar al poder adjudicador la corrección de los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
Objeto Alcance de la contratación
Breve descripción:
El objeto de este contrato se refiere a actividades de asesoramiento, colaboración, asistencia y apoyo auxiliar, técnico y legal a Aguas de Galicia en la gestión de los expedientes de cualquiera de los tributos referidos al canon del agua, coeficiente de vertido y canon de saneamiento, este último hasta su extinción total, sin que implique en ningun caso el ejercicio de autoridad inherente a los poderes públicos. Dentro de las tareas del contrato se incluye también la realización de toma de muestra de los vertidos para su transporte al laboratorio y su análisis.
El objeto de este contrato se refiere a actividades de asesoramiento, colaboración, asistencia y apoyo auxiliar, técnico y legal a Aguas de Galicia en la gestión de los expedientes de cualquiera de los tributos referidos al canon del agua, coeficiente de vertido y canon de saneamiento, este último hasta su extinción total, sin que implique en ningun caso el ejercicio de autoridad inherente a los poderes públicos. Dentro de las tareas del contrato se incluye también la realización de toma de muestra de los vertidos para su transporte al laboratorio y su análisis.
Cantidad o extensión: 842 811,07 EUR.
Duración: 24 meses
Número de referencia: OH.988.325.SV
Información jurídica, económica, financiera y técnica Condiciones de participación
Habilitación para el ejercicio de la actividad profesional: Los que figuran el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
Situación económica y financiera:
Se acreditará por uno de los siguientes medios:
— Al menos dos declaraciones apropiadas de entidades financieras diferentes en las que éstas se pronuncien expresamente sobre la solvencia económica y financiera de la empresa licitadora para la realización del objeto contractual, o
— Justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales, vigente a fecha de terminación del plazo de presentación de proposiciones, en el que quede acreditado que el licitador tiene suscrito dicho seguro sin franquicia ninguna con una entidad aseguradora por un capital equivalente al importe del presupuesto base de licitación sin IVA.
— Justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales, vigente a fecha de terminación del plazo de presentación de proposiciones, en el que quede acreditado que el licitador tiene suscrito dicho seguro sin franquicia ninguna con una entidad aseguradora por un capital equivalente al importe del presupuesto base de licitación sin IVA.
En caso de que el licitador opte por el seguro de indemnización por riesgos profesionales y dicho seguro no se extienda a la totalidad del plazo de ejecución del contrato, deberá presentar, además de la póliza correspondiente, un documento debidamente firmado, en el que se refleje el compromiso, en el supuesto de resultar el licitador con la oferta económicamente más ventajosa, de que la vigencia del seguro comprenderá la totalidad del plazo de duración del contrato.
En caso de que el licitador opte por el seguro de indemnización por riesgos profesionales y dicho seguro no se extienda a la totalidad del plazo de ejecución del contrato, deberá presentar, además de la póliza correspondiente, un documento debidamente firmado, en el que se refleje el compromiso, en el supuesto de resultar el licitador con la oferta económicamente más ventajosa, de que la vigencia del seguro comprenderá la totalidad del plazo de duración del contrato.
Capacidad técnica y profesional:
La solvencia técnica y profesional se acreditará a través de los siguientes medios:
A) Una relación, en forma de declaración responsable firmada, de los principales servicios o trabajos de consultoría o asistencia técnica de similar naturaleza a los del contrato licitado realizados en las últimas tres (3) anualidades (contratados y certificados), que incluya el título del contrato, objeto, fecha de contratación, importe total sin IVA, importe certificado sin IVA en cada anualidad y destinatario, público o privado, de los mismos, acreditando en lo que se refiere al importe alguna de las siguientes condiciones:
A) Una relación, en forma de declaración responsable firmada, de los principales servicios o trabajos de consultoría o asistencia técnica de similar naturaleza a los del contrato licitado realizados en las últimas tres (3) anualidades (contratados y certificados), que incluya el título del contrato, objeto, fecha de contratación, importe total sin IVA, importe certificado sin IVA en cada anualidad y destinatario, público o privado, de los mismos, acreditando en lo que se refiere al importe alguna de las siguientes condiciones:
— La realización como mínimo en una de las anualidades de un volumen de contratos de servicio, consultoría o asistencia técnica de similar naturaleza al contrato objeto de licitación, igual o superior a 168 562 EUR/anuales sin IVA, o
— La realización como mínimo en las 3 anualidades de un volumen de contratos de servicio, consultoría o asistencia técnica de similar naturaleza al contrato objeto de licitación, igual o superior a 252 843 EUR sin IVA.
Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados, bien originales o bien copias debidamente cotejadas, expedidos o visados por el órgano competente. Cuando el órgano competente fuese un sujeto privado, este certificado poderá ser substituido por una declaración del empresario, e
Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados, bien originales o bien copias debidamente cotejadas, expedidos o visados por el órgano competente. Cuando el órgano competente fuese un sujeto privado, este certificado poderá ser substituido por una declaración del empresario, e
B) Indicación del personal participante en el contrato, integrado o no en la empresa, que a continuación se relaciona con sus condiciones y requisitos:
— Un (1) titulado universitario en licenciatura o grado en derecho, ingeniería superior, biología, química, ciencias ambientales o titulación superior equivalente relacionada con el desarrollo de los trabajos objeto del contrato, que deberá tener unha experiencia mínima acreditada de más de seis (6) años en tributos ambientales. Este titulado asumirá la función de jefe de equipo,
— Un (1) titulado universitario en licenciatura o grado en derecho, ingeniería superior, biología, química, ciencias ambientales o titulación superior equivalente relacionada con el desarrollo de los trabajos objeto del contrato, que deberá tener unha experiencia mínima acreditada de más de seis (6) años en tributos ambientales. Este titulado asumirá la función de jefe de equipo,
— Cuatro (4) titulados universitarios en ingeniería superior, biología, química, ciencias ambientales o titulación superior equivalente relacionada con el desarrollo de los trabajos objeto del contrato, con experiencia mínima acreditada cada uno de más de dos (2) años en materia de tributos ambientales,
— Cuatro (4) titulados universitarios en ingeniería superior, biología, química, ciencias ambientales o titulación superior equivalente relacionada con el desarrollo de los trabajos objeto del contrato, con experiencia mínima acreditada cada uno de más de dos (2) años en materia de tributos ambientales,
— Un (1) titulado universitario en licenciatura o grado en derecho con experiencia mínima acreditada de más de dos (2) años en materia de tramitación de expedientes administrativos tributarios,
— Un (1) titulado universitario superior en informática o titulación superior equivalente, que deberá tener una experiencia mínima acreditada de más de un (1) año en materia de programación de aplicaciones informáticas y mantenimiento de bases de datos, y
— Un (1) titulado universitario superior en informática o titulación superior equivalente, que deberá tener una experiencia mínima acreditada de más de un (1) año en materia de programación de aplicaciones informáticas y mantenimiento de bases de datos, y
— Un (1) administrativo, o persona que realice labores administrativas, que deberá tener una experiencia mínima acreditada de más de un (1) año.
Las titulaciones de los titulados universitarios deberán presentarse debidamente compulsadas.
Ejecución del contrato
Depósitos y garantías exigidos:
Garantía provisional: no se exige.
Garantía definitiva: 42 140,55 EUR.
Principales condiciones de financiación y modalidades de pago y/o referencia a las disposiciones pertinentes por las que se rigen:
Pagos a cuenta, mediante certificaciones, basadas en la evaluación de la prestación realizada y con cargo a las consignaciones presupuestarias.
Se podrán verificar abonos a cuenta por operaciones preparatorias de le ejecución del contrato y que estén comprendidas en el objeto del mismo, como instalaciones y adquisición de equipo y medios auxiliares.
Forma jurídica que adoptará la agrupación de operadores económicos adjudicataria del contrato:
Unión de empresarios, de conformidad con el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y según los requisitos y condiciones previstas en el art. 59 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido da la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP).
Forma jurídica que adoptará la agrupación de operadores económicos adjudicataria del contrato
Unión de empresarios, de conformidad con el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y según los requisitos y condiciones previstas en el art. 59 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido da la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP).
Nombres y cualificaciones profesionales del personal ✅
Procedimiento
Plazo de validez de la oferta: 2 meses
Información sobre las personas autorizadas y el procedimiento de apertura:
La mesa de contratación procederá en acto público a la apertura del sobre B el de 2012, a la hora y en el lugar citados con anterioridad y en relación a la fecha, hora y lugar de apertura pública del sobre C se notificará a los licitadores, por fax o cualquier otro medio admitido,y se publicará, en el perfil del contratante, con dos (2) días hábiles de antelación a su realización.
Información sobre las personas autorizadas y el procedimiento de apertura
La mesa de contratación procederá en acto público a la apertura del sobre B el de 2012, a la hora y en el lugar citados con anterioridad y en relación a la fecha, hora y lugar de apertura pública del sobre C se notificará a los licitadores, por fax o cualquier otro medio admitido,y se publicará, en el perfil del contratante, con dos (2) días hábiles de antelación a su realización.
Si por algún motivo hubiese que modificar algún aspecto de los señalados de apertura de los sobres B y C con anterioridad a su celebración, se notificará a los licitadores y se publicará en el perfil del contratante.
Criterios de adjudicación
Criterio: 1. Ofertas económica (hasta 51 puntos)
2. Metodología propuesta para la realización de los trabajos a ejecutar (desglose en información adicional) (hasta 37 puntos)
3. Planificación de la ejecución de los trabajos (desglose en información adicional) (hasta 12 puntos)
Lenguas
Lengua: español 🗣️
Otras lenguas: Gallego.
Referencia Identificadores
Número de referencia atribuido por el poder adjudicador: OH.988.325.SV
Información complementaria
Contrato administrativo de servicio sujeto a regulación armonizada de acuerdo con el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Valor estimado IVA excluido del contrato indicado en el segundo párrafo de apartado II.2.1) de este anuncio incluye el importe total que puede alcanzar el contrato, que comprende el presupuesto de licitación (842 811,07 EUR), así como el de las eventuales prórrogas (842 811,07 EUR). En este contrato se prevé la posibilidad de prórroga hasta un máximo de veinticuatro (24) meses.
Valor estimado IVA excluido del contrato indicado en el segundo párrafo de apartado II.2.1) de este anuncio incluye el importe total que puede alcanzar el contrato, que comprende el presupuesto de licitación (842 811,07 EUR), así como el de las eventuales prórrogas (842 811,07 EUR). En este contrato se prevé la posibilidad de prórroga hasta un máximo de veinticuatro (24) meses.
Desglose de los criterios de valoración:
2º) Metodología propuesta para la realización de los trabajos a ejecutar:
A) Metodología para el asesoramiento legal y técnico en la gestión de expedientes de canon del agua, del coeficiente de vertido y del canon de saneamiento - hasta 24 puntos;
B) Metodología para el apoyo técnico en la elaboración de documentos correspondientes a los tributos - hasta 8 puntos;
C) Metodología para el apoyo técnico en los trabajos de actualización y mantenimiento de las bases de datos del canon del agua, del coeficiente de vertido y del canon de saneamiento - hasta 5 puntos;
3º) Planificación de la ejecución de los trabajos - hasta 12 puntos.
También se tendrá acceso al perfil del contratante desde la Plataforma de Contratos Públicos de Galicia a través de http://xunta.es y de la página web: http://augasdegalicia.xunta.es.
Codificación del objeto del contrato: CPA-Reglamento CE nº 451/2008: M.74.90.20.
La forma y contenido de las proposiciones se ajustarán necesariamente a lo establecido en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
Posibilidad de presentar ofertas por correo (artículo 80.4 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas); en este caso el licitador deberá anunciarle al órgano de contratación, en el mismo día de la imposición en la oficina de correos, mediante telegrama o fax, la remisión de la documentación para concurrir a la licitación, así como justificar la fecha de imposición del envío.
Posibilidad de presentar ofertas por correo (artículo 80.4 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas); en este caso el licitador deberá anunciarle al órgano de contratación, en el mismo día de la imposición en la oficina de correos, mediante telegrama o fax, la remisión de la documentación para concurrir a la licitación, así como justificar la fecha de imposición del envío.
Oferta: sólo podrá presentarse una oferta, que deberá ajustarse a lo definido en el documento técnico base de licitación; la proposición ofertada se deberá ajustar al plazo de ejecución del contrato aprobado.
El régimen de funcionamiento de la mesa de contratación será el previsto en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares; apertura del sobre A: tendrá lugar en acto previo la comprobación de la documentación general según se especifica en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares; apertura y valoración de los contenidos de los sobres B y C: la apertura del sobre B y su valoración se realizarán con anterioridad a la apertura y valoración del contenido del sobre C; en caso de que los actos públicos de apertura de las ofertas se retrasasen se harán públicas las nuevas fechas mediante notificación por fax a los licitadores presentados y en el perfil del contratante.
El régimen de funcionamiento de la mesa de contratación será el previsto en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares; apertura del sobre A: tendrá lugar en acto previo la comprobación de la documentación general según se especifica en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares; apertura y valoración de los contenidos de los sobres B y C: la apertura del sobre B y su valoración se realizarán con anterioridad a la apertura y valoración del contenido del sobre C; en caso de que los actos públicos de apertura de las ofertas se retrasasen se harán públicas las nuevas fechas mediante notificación por fax a los licitadores presentados y en el perfil del contratante.
Publicidad de resultados: las fechas y los resultados de las aperturas de los sobres A, B y C, así como la adjudicación y la formalización del contrato se harán públicas en el perfil del contratante.
Formalización del contrato: el contrato se perfecciona con su formalización, que se efectuará en el plazo previsto en el cuadro de características del contrato.
El plazo de ejecución del contrato, de acuerdo con el pliego de cláusulas administrativas particulares, se contará a partir del día siguiente a su firma o desde la fecha de inicio determinada en el mismo.
El plazo de garantía será de doce (12) meses.
El resto de los aspectos a tener en cuenta en la contratación se detallan en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares con su cuadro de características del contrato, como parte integrante del mismo, y en el documento técnico.
Información relativa a los procedimientos de recursos o impugnación y de medidas provisionales.
I.- Jurisdicción competente:
El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las cuestiones litigiosas relativas a la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos.
II.-Sistema de recursos en los contratos sujetos a regulación armonizada:
A) Recurso especial en materia de contratación y recurso contencioso-administrativo.
Únicamente respecto de los contratos sujetos a regulación armonizada, se podrá interponer, con carácter potestativo, el recurso especial en materia de contratación regulado en el artículo 40 y siguientes del TRLCSP,pudiendo ser objeto de dicho recurso las siguientes decisiones que se adopten en los procedimientos de adjudicación de dichos contratos:
Únicamente respecto de los contratos sujetos a regulación armonizada, se podrá interponer, con carácter potestativo, el recurso especial en materia de contratación regulado en el artículo 40 y siguientes del TRLCSP,pudiendo ser objeto de dicho recurso las siguientes decisiones que se adopten en los procedimientos de adjudicación de dichos contratos:
— Anuncios de licitación, pliegos y documentos contractuales en los que se establezcan las condiciones que deban regir la contratación,
— Actos de trámite que decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos,incluidos los actos de la mesa de contratación por los que se acuerde la exclusión de licitadores,
— Actos de trámite que decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos,incluidos los actos de la mesa de contratación por los que se acuerde la exclusión de licitadores,
— Acuerdos de adjudicación.
Los actos anteriores, y de no interponerse contra ellos recurso especial en materia de contratación, podrán impugnarse directamente mediante la interposición del recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos (2) meses a contar desde el día siguiente a su notificación, recepción, puesta a disposición, conocimiento o publicación, según el acto de que se trate, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santiago de Compostela;
Los actos anteriores, y de no interponerse contra ellos recurso especial en materia de contratación, podrán impugnarse directamente mediante la interposición del recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos (2) meses a contar desde el día siguiente a su notificación, recepción, puesta a disposición, conocimiento o publicación, según el acto de que se trate, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santiago de Compostela;
B) Medidas provisionales:
Con anterioridad a la interposición del recurso especial en materia de contratación, se podrá solicitar la adopción de medidas provisionales, en los términos previstos en el artículo 43 del TRLCSP, para corregir infracciones de procedimiento o para impedir que se causen otros perjuicios a los intereses afectados, incluidas medidas destinadas a suspender o a hacer que se suspenda el procedimiento de adjudicación del contrato en cuestión o la ejecución de cualquier decisión adoptada por el órgano de contratación.
Con anterioridad a la interposición del recurso especial en materia de contratación, se podrá solicitar la adopción de medidas provisionales, en los términos previstos en el artículo 43 del TRLCSP, para corregir infracciones de procedimiento o para impedir que se causen otros perjuicios a los intereses afectados, incluidas medidas destinadas a suspender o a hacer que se suspenda el procedimiento de adjudicación del contrato en cuestión o la ejecución de cualquier decisión adoptada por el órgano de contratación.
C) Cuestión de nulidad:
Toda persona física o jurídica cuyos intereses legítimos se hubieran visto perjudicados o puedan resultar afectados por los supuestos de nulidad previstos en el artículo 37 del TRLCSP, podrá interponer cuestión de nulidad en el plazo de treinta (30) días hábiles, a contar desde la última de las publicaciones que de la formalización del contrato deben efectuarse, o a contar desde la notificación a los licitadores afectados de los motivos de rechazo de su proposición. Fuera de estos dos casos, deberá interponerse antes de que transcurran seis (6) meses a contar desde el día siguiente a la fecha de formalización del contrato;
Toda persona física o jurídica cuyos intereses legítimos se hubieran visto perjudicados o puedan resultar afectados por los supuestos de nulidad previstos en el artículo 37 del TRLCSP, podrá interponer cuestión de nulidad en el plazo de treinta (30) días hábiles, a contar desde la última de las publicaciones que de la formalización del contrato deben efectuarse, o a contar desde la notificación a los licitadores afectados de los motivos de rechazo de su proposición. Fuera de estos dos casos, deberá interponerse antes de que transcurran seis (6) meses a contar desde el día siguiente a la fecha de formalización del contrato;
D) Otros medios de impugnación administrativa.
Sin perjuicio del recurso especial en materia de contratación y de la cuestión de nulidad, los interesados podrán interponer, en su caso, el recurso administrativo extraordinario de revisión. El órgano competente para resolver será el órgano administrativo que dictó el acto.
Sin perjuicio del recurso especial en materia de contratación y de la cuestión de nulidad, los interesados podrán interponer, en su caso, el recurso administrativo extraordinario de revisión. El órgano competente para resolver será el órgano administrativo que dictó el acto.
Además de cualquier otro recurso que estimen procedente en Derecho podrán instar el procedimiento de revisión de oficio, que será resuelto por la Dirección de Aguas de Galicia, o instar al poder adjudicador la corrección de los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
Además de cualquier otro recurso que estimen procedente en Derecho podrán instar el procedimiento de revisión de oficio, que será resuelto por la Dirección de Aguas de Galicia, o instar al poder adjudicador la corrección de los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
Información complementaria Órgano de revisión
Nombre: Dirección de Augas de Galicia (recurso especial en materia de contratación, cuestión de nulidad, recurso administrativo extraordinario de revisión y revisión de oficio) / Juzgado Contencioso-Administrativo (recurso contencioso-administrativo)
Dirección postal: Doctor Maceira, 18, bajo / edificio Juzgados, Polígono Fontiñas, calle Viena, s/n
Ciudad postal: Santiago de Compostela
Código postal: 15706 / 15703
País: España 🇪🇸
Correo electrónico: contratacion.epaugasdegalicia@xunta.es📧
Teléfono: +34 981957401 / 981540463📞
Fax: +34 981957403 / 981540464 📠
Información sobre los plazos de procedimientos de recurso:
Recurso especial en materia de contratación - 15 días hábiles;
Recurso contencioso-administrativo - 2 meses;
Cuestión de nulidad (30 días hábiles o 6 meses según el supuesto);
Recurso administrativo extraordinario de revisión (3 meses o 4 años según el supuesto);
Revisión de oficio-en cualquier momento;
Corrección de errores materiales, aritméticos o de hecho-en cualquier momento.
Servicio del que puede obtenerse información sobre el procedimiento de recurso
Nombre: Aguas de Galicia
Dirección postal: Doctor Maceira, 18, bajo
Código postal: 15706
Teléfono: +34 981957401📞
Fax: +34 981957403 📠
Fuente: OJS 2012/S 149-249531 (2012-07-31)
Información complementaria (2012-08-02) Objeto Metadatos del anuncio
Tipo de documento: Información complementaria
Referencia Fechas
Fecha de envío: 2012-08-02 📅
Fecha límite de presentación: 2012-10-02 📅
Fecha de publicación: 2012-08-07 📅
Identificadores
Número de anuncio: 2012/S 150-249909
Se refiere al anuncio: 2012/S 149-249531
Número del DO-S: 150
Fuente: OJS 2012/S 150-249909 (2012-08-02)
Anuncio de adjudicación de contrato (2013-07-23) Objeto Alcance de la contratación
Valor total de la contratación: 720 600 💰
Metadatos del anuncio
Tipo de documento: Anuncio de adjudicación de contrato
Referencia Fechas
Fecha de envío: 2013-07-23 📅
Fecha de publicación: 2013-07-24 📅
Identificadores
Número de anuncio: 2013/S 142-247772
Número del DO-S: 142
Información complementaria
Ventajas de la oferta adjudicataria. proposición económicamente más ventajosa por obtener la mayor puntuación total con base en la aplicación de los criterios de valoración establecidos en el pliego de cláusulas administrativas particulares, en los que se incluyen las características que determinan la selección de su oferta con preferencia a la de los restantes licitadores admitidos en el procedimiento de adjudicación correspondiente.
En el expediente administrativo fue excluida 1 empresa según consta en el expediente.
Fecha de formalización del contrato: 22.7.2013.
El valor estimado inicial del contrato indicado en este anuncio comprende el presupuesto base de licitación y el de las eventuales prórrogas y modificaciones contractuales previstas, sin IVA.
El anuncio de licitación de esta actuación fue publicado además de en el DOUE, en el Diario Oficial de Galicia núm.149, de 6.8.2012 y en el Boletín Oficial del Estado núm. 193, de 13.8.2012.
El presupuesto de adjudicación del contrato (720 600 EUR + 21 % IVA) consta en los puntos II.2.1 y V.4) (valor total final del contrato) y el presupuesto base de licitación (842 811,07 EUR+ 21 % IVA) en el punto V.4).
Información relativa a los procedimientos de recursos o impugnación;
I.- Jurisdicción competente
El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las cuestiones litigiosas relativas a la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción del contrato administrativo.
II.-Sistema de recursos en los contratos sujetos a regulación armonizada
II.1.- Recurso contencioso-administrativo.
Una vez acreditada la circunstancia objetiva de no interposición del recurso especial en materia de contratación, contra el acuerdo de adjudicación del contrato dictado por el órgano de contratación, y que pone fin a la vía administrativa, podrá impugnarse directamente mediante la interposición del recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos (2) meses a contar desde el día siguiente a la notificación expresa de la adjudicación a los licitadores ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo de Santiago de Compostela.
II.2.- Cuestión de nulidad.
Toda persona física o jurídica cuyos intereses legítimos se hubieran visto perjudicados o puedan resultar afectados por los supuestos de nulidad previstos en el artículo 37 del TRLCSP, podrá interponer cuestión de nulidad en el plazo de treinta (30) días hábiles, a contar desde la última de las publicaciones que de la formalización del contrato deben efectuarse, o a contar desde la notificación a los licitadores afectados de los motivos de rechazo de su proposición. Fuera de estos dos casos, la cuestión de nulidad deberá interponerse antes de que transcurran seis (6) meses a contar desde el día siguiente a la fecha de formalización del contrato.
III.3.- Otros medios de impugnación administrativa.
Sin perjuicio de la cuestión de nulidad, los interesados podrán interponer, en su caso, el recurso administrativo extraordinario de revisión contra los actos firmes en la vía administrativa, en los plazos y de concurrir los motivos establecidos en el artículo 118 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. El órgano competente para resolver será el órgano de contratación, luego de seguir la tramitación establecida en el artículo 119 de dicha ley.
Además de cualquier otro recurso que estimen procedente en Derecho, podrán instar, en su caso el procedimiento de revisión de oficio de acuerdo con lo señalado en el artículo 102 de la mencionada ley, o instar en cualquier momento la corrección de los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en el acto de adjudicacion de acuerdo con lo establecido en el artículo 105 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Publicidad: Igualmente, la formalización del contrato se hace pública en el perfil del contratante, Boletín Oficial del Estado y Diario Oficial de Galicia.
Así mismo, la adjudicación del contrato fue notificada a los licitadores y publicada en el perfil del contratante.
Ventajas de la oferta adjudicataria. proposición económicamente más ventajosa por obtener la mayor puntuación total con base en la aplicación de los criterios de valoración establecidos en el pliego de cláusulas administrativas particulares, en los que se incluyen las características que determinan la selección de su oferta con preferencia a la de los restantes licitadores admitidos en el procedimiento de adjudicación correspondiente.
En el expediente administrativo fue excluida 1 empresa según consta en el expediente.
Fecha de formalización del contrato: 22.7.2013.
El valor estimado inicial del contrato indicado en este anuncio comprende el presupuesto base de licitación y el de las eventuales prórrogas y modificaciones contractuales previstas, sin IVA.
El anuncio de licitación de esta actuación fue publicado además de en el DOUE, en el Diario Oficial de Galicia núm.149, de 6.8.2012 y en el Boletín Oficial del Estado núm. 193, de 13.8.2012.
El presupuesto de adjudicación del contrato (720 600 EUR + 21 % IVA) consta en los puntos II.2.1 y V.4) (valor total final del contrato) y el presupuesto base de licitación (842 811,07 EUR+ 21 % IVA) en el punto V.4).
Información relativa a los procedimientos de recursos o impugnación;
I.- Jurisdicción competente
El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las cuestiones litigiosas relativas a la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción del contrato administrativo.
II.-Sistema de recursos en los contratos sujetos a regulación armonizada
II.1.- Recurso contencioso-administrativo.
Una vez acreditada la circunstancia objetiva de no interposición del recurso especial en materia de contratación, contra el acuerdo de adjudicación del contrato dictado por el órgano de contratación, y que pone fin a la vía administrativa, podrá impugnarse directamente mediante la interposición del recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos (2) meses a contar desde el día siguiente a la notificación expresa de la adjudicación a los licitadores ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo de Santiago de Compostela.
II.2.- Cuestión de nulidad.
Toda persona física o jurídica cuyos intereses legítimos se hubieran visto perjudicados o puedan resultar afectados por los supuestos de nulidad previstos en el artículo 37 del TRLCSP, podrá interponer cuestión de nulidad en el plazo de treinta (30) días hábiles, a contar desde la última de las publicaciones que de la formalización del contrato deben efectuarse, o a contar desde la notificación a los licitadores afectados de los motivos de rechazo de su proposición. Fuera de estos dos casos, la cuestión de nulidad deberá interponerse antes de que transcurran seis (6) meses a contar desde el día siguiente a la fecha de formalización del contrato.
III.3.- Otros medios de impugnación administrativa.
Sin perjuicio de la cuestión de nulidad, los interesados podrán interponer, en su caso, el recurso administrativo extraordinario de revisión contra los actos firmes en la vía administrativa, en los plazos y de concurrir los motivos establecidos en el artículo 118 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. El órgano competente para resolver será el órgano de contratación, luego de seguir la tramitación establecida en el artículo 119 de dicha ley.
Además de cualquier otro recurso que estimen procedente en Derecho, podrán instar, en su caso el procedimiento de revisión de oficio de acuerdo con lo señalado en el artículo 102 de la mencionada ley, o instar en cualquier momento la corrección de los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en el acto de adjudicacion de acuerdo con lo establecido en el artículo 105 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Publicidad: Igualmente, la formalización del contrato se hace pública en el perfil del contratante, Boletín Oficial del Estado y Diario Oficial de Galicia.
Así mismo, la adjudicación del contrato fue notificada a los licitadores y publicada en el perfil del contratante.
Procedimiento Criterios de adjudicación
Criterio: 1. Ofertas económica-hasta 51 puntos. (51)
2. Metodología propuesta para la realización de los trabajos a ejecutar-hasta 37 puntos. Desglose en información adicional. (37)
3. Planificación de la ejecución de los trabajos-hasta 12 puntos. Desglose en información adicional. (12)
Adjudicación del contrato
Fecha de celebración del contrato: 2013-06-26 📅
Nombre: Adantia, S.L.
Dirección postal: Edificio Área Central, 1ª planta, L.25-I
Ciudad postal: Santiago de Compostela
Código postal: 15707
País: España 🇪🇸
Correo electrónico: adantia@adantia.es📧 Información sobre licitaciones
Número de ofertas recibidas: 4
Autoridad contratante Identidad
Número de registro nacional: Q1500378C
Referencia Identificadores
Número de anuncio en el DO S: 2012/S 150-249909
Información complementaria Órgano de revisión
Nombre: Dirección de Augas de Galicia (cuestión de nulidad, recurso administrativo extraordinario de revisión y revisión de oficio); Juzgado Contencioso-Administrativo (recurso contencioso-administrativo)
Dirección postal: Doctor Maceira, 18-bajo (Augas de Galicia);Edificio Juzgados-Polígono Fontiñas, calle Viena, s/n (Juzgado Contencioso-Administrativo).
Código postal: 15706 (Aguas) -15703 (Juzgado)
Fax: +34 981957403/+34 981540464 📠
Información sobre los plazos de procedimientos de recurso:
Recurso contencioso-administrativo-2 meses.
Cuestión de nulidad (30 días hábiles o 6 meses según el supuesto).
Recurso administrativo extraordinario de revisión (3 meses o 4 años según el supuesto).
Revisión de oficio-en cualquier momento.
Servicio del que puede obtenerse información sobre el procedimiento de recurso
Dirección postal: Doctor Maceira, 18 - bajo
Fuente: OJS 2013/S 142-247772 (2013-07-23)