Explotación de la red de control de prepotables, red de control de tramos piscícolas, red OSPAR y red de pequeños embalses en las cuencas hidrográficas de Galicia-Costa

Aguas de Galicia

El objeto de este contrato consiste en el muestreo de las diferentes redes de control: red de control de calidad en las captaciones, red de control de tramos declarados como piscícolas, red de control de calidad para el cumplimiento del convenio OSPAR y red de pequeños embalses.

Plazo

El plazo para la recepción de ofertas era de 2012-08-13. La contratación se publicó en 2012-06-18.

Proveedores

Los siguientes proveedores se mencionan en decisiones de adjudicación u otros documentos de contratación:

¿A quién? ¿Cómo? ¿dónde?
Historial de adquisiciones
Fecha Documento
2012-06-18 Anuncio de licitación
2013-06-27 Anuncio de adjudicación de contrato
Anuncio de licitación (2012-06-18)
Objeto
Alcance de la contratación
Título: Servicios de análisis
Cantidad o extensión: 1 309 230,26.2 618 460,52
Valor total de la contratación: 2 618 460,52 💰
Metadatos del anuncio
Idioma original: español 🗣️
Tipo de documento: Anuncio de licitación
Naturaleza del contrato: Servicios
Reglamentación: Unión Europea con participación de Estados ACP
Vocabulario común de contratación pública (CPV)
Código: Servicios de análisis 📦

Procedimiento
Tipo de procedimiento: Procedimiento abierto
Tipo de oferta: Oferta para todos los lotes
Criterios de adjudicación
Oferta más económica

Autoridad contratante
Identidad
País: España 🇪🇸
Tipo de poder adjudicador: Autoridad regional o local
Nombre del poder adjudicador: Aguas de Galicia
Dirección postal: Doctor Maceira, 18 - bajo
Código postal: 15706
Ciudad postal: Santiago de Compostela
Contacto
Dirección de internet: http://contratosdegalicia.es/consultaOrganismo.jsp?N=216 🌏
Correo electrónico: contratacion.epaugasdegalicia@xunta.es 📧
Teléfono: +34 981957401/27 📞
Fax: +34 981957403 / 881999694 📠

Referencia
Fechas
Fecha de envío: 2012-06-18 📅
Fecha límite de presentación: 2012-08-13 📅
Fecha de publicación: 2012-06-21 📅
Identificadores
Número de anuncio: 2012/S 117-193920
Número del DO-S: 117
Información complementaria
Contrato de servicio sujeto a regulación armonizada de acuerdo con el Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Desglose de los criterios de valoración: 2º) Metodología propuesta para la realización de los trabajos a ejecutar: A) Metodología general para el desarrollo de los trabajos, con indicación expresa de las condiciones del entorno imprescindibles para la realización de las tareas de muestreo de las diferentes redes de control y de la normativa legal y reglamentaria de aplicación, haciendo constar también la metodología para la recopilación de información previa, que pueda ser relevante para complementar o mejorar la prestación objeto del contrato-hasta 4 puntos. B)Metodología para el desarrollo de las campañas de muestreo, describiendo el proceso desde el momento de la toma de muestra hasta su entrega en laboratorio-hasta 20 puntos. C)Metodología para el desarrollo de la sistemática del laboratorio, estableciendo la descripción del procedimiento analítico, normas de referencia a utilizar, las unidades, las características de precisión y exactitud que presentan y grado de adecuación de los límites de cuantificación para la valoración de resultados en base a la legislación vigente-hasta 20 puntos. 3º) Planificación de la ejecución de los trabajos. A) Diagrama Gantt con la especificación de la duración de las tareas que se adecúe a la duración del contrato, identificando las dependencias entre las diferentes actividades y aquellas tareas que sean críticas y especificando los demás aspectos que correspondan-hasta 3 puntos. B) Justificación adecuada de la duración de las tareas en base a su realización técnica-hasta 2 puntos. También se tendrá acceso al perfil del contratante desde la Plataforma de Contratos Públicos de Galicia a través de http://xunta.es y de la página web: http://augasdegalicia.xunta.es. Codificación del objeto del contrato: CPA-Reglamento CE nº 451/2008: M.71.20.1. La forma y contenido de las proposiciones se ajustarán necesariamente a lo establecido en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. Posibilidad de presentar ofertas por Correo (artículo 80.4 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas); en este caso el licitador deberá anunciarle al órgano de contratación, en el mismo día de la imposición en la oficina de correos, mediante telegrama o fax, la remisión de la documentación para concurrir a la licitación, así como justificar la fecha de imposición del envío. Oferta: sólo podrá presentarse una oferta, que deberá ajustarse a lo definido en el documento técnico base de licitación; la proposición ofertada se deberá ajustar al plazo de ejecución del contrato aprobado. El régimen de funcionamiento de la Mesa de Contratación será el previsto en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares; apertura del sobre A: tendrá lugar en acto previo la comprobación de la documentación general según se especifica en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares; apertura y valoración de los contenidos de los sobres B y C: la apertura del sobre B y su valoración se realizarán con anterioridad a la apertura y valoración del contenido del sobre C; en caso de que los actos públicos de apertura de las ofertas se retrasasen se harán públicas las nuevas fechas mediante notificación por fax a los licitadores presentados y en el perfil del contratante. Publicidad de resultados: las fechas y los resultados de las aperturas de los sobres A, B y C, así como la adjudicación y la formalización del contrato se harán públicas en el perfil del contratante. Formalización del contrato: el contrato se perfecciona con su formalización, que se efectuará en el plazo previsto en el cuadro de características del contrato. El plazo de ejecución del contrato, con posibilidad de prórroga contractual (hasta un máximo de 24 meses) de acuerdo con el pliego de cláusulas administrativas particulares, se contará a partir del día siguiente a su firma o desde la fecha de inicio determinada en el mismo. El plazo de garantía será de doce (12) meses. El resto de los aspectos a tener en cuenta en la contratación se detallan en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares con su cuadro de características del contrato, como parte integrante del mismo, y en el documento técnico. Información relativa a los procedimientos de recursos o impugnación y de medidas provisionales, desarrollada en la cláusula 14 del PCAP. I.- Jurisdicción competente De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 21.1 del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real decreto lexislativo 3/2011, de 14 de noviembre (TRLCSP) el orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las cuestiones litigiosas relativas a la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos. Será competente igualmente para conocer de los recursos interpuestos contra las resoluciones que se dicten por los órganos de resolución de recursos previstos en el artículo 41 del TRLCSP. II.-Sistema de recursos en los contratos sujetos a regulación armonizada II.1.-Recurso especial en materia de contratación, recurso contencioso-administrativo y medidas provisionales. A) Recurso especial en materia de contratación y recurso contencioso-administrativo. Únicamente respecto de los contratos sujetos a regulación armonizada, se podrá interponer, con carácter potestativo, el recurso especial en materia de contratación regulado en el artículo 40 y siguientes del TRLCSP,pudiendo ser objeto de dicho recurso las siguientes decisiones que se adopten en los procedimientos de adjudicación de dichos contratos sujetos a regulación armonizada: — Anuncios de licitación, pliegos y documentos contractuales en los que se establezcan las condiciones que deban regir la contratación, — Actos de trámite que decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos,incluidos los actos de la mesa de contratación por los que se acuerde la exclusión de licitadores, — Acuerdos de adjudicación. Los actos anteriores, y de no interponerse contra ellos recurso especial en materia de contratación, podrán impugnarse directamente mediante la interposición del recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos (2) meses a contar desde el día siguiente a su notificación, recepción, puesta a disposición, conocimiento o publicación, según el acto de que se trate, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santiago de Compostela, conforme a los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de junio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. B) Medidas provisionales. Con anterioridad a la interposición del recurso especial en materia de contratación, se podrá solicitar la adopción de medidas provisionales, en los términos previstos en el artículo 43 del TRLCSP, para corregir infracciones de procedimiento o para impedir que se causen otros perjuicios a los intereses afectados, incluidas medidas destinadas a suspender o a hacer que se suspenda el procedimiento de adjudicación del contrato en cuestión o la ejecución de cualquier decisión adoptada por el órgano de contratación. II.2. - Cuestión de nulidad. Toda persona física o jurídica cuyos intereses legítimos se hubieran visto perjudicados o puedan resultar afectados por los supuestos de nulidad previstos en el artículo 37 del TRLCSP, podrá interponer cuestión de nulidad en el plazo de treinta (30) días hábiles, a contar desde la última de las publicaciones que de la formalización del contrato deben efectuarse, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 154.2 del Trlcsp, o a contar desde la notificación a los licitadores afectados de los motivos de rechazo de su proposición. Fuera de estos dos casos, la cuestión de nulidad deberá interponerse antes de que transcurran seis (6) meses a contar desde el día siguiente a la fecha de formalización del contrato. II.3. - Otros medios de impugnación administrativa. Sin perjuicio del recurso especial en materia de contratación y de la cuestión de nulidad, los interesados podrán interponer, en su caso, el recurso administrativo extraordinario de revisión contra los actos firmes en la vía administrativa, en los plazos y de concurrir los motivos establecidos en el artículo 118 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.El órgano competente para resolver será el órgano administrativo que dictó el acto, luego de seguir la tramitación establecida en el artículo 119 de dicha ley. El plazo para dictar la resolución será de tres (3) meses desde que el recurso fuera interpuesto y deberá entenderse desestimado de no dictarse resolución en ese plazo. Además de cualquier otro recurso que estimen procedente en Derecho, podrán instar, en su caso y para cualquier acto que agote la vía administrativa, el procedimiento de revisión de oficio de acuerdo con lo señalado en el artículo 102 de la mencionada ley, que será resuelto por la Dirección de Aguas de Galicia al amparo del acuerdo de delegación de competentecias adoptado por el Consejo Rector, o instar en cualquier momento y para cualquier acto, agote o no la vía administrativa, la corrección por parte del poder adjudicador de los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos de acuerdo con lo establecido en el artículo 105 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y en el artículo 40.3 del Trlcsp, que dispone que los defectos de tramitación que afecten a actos distintos a los contemplados en el apartado 2 del artículo 40 del Trlcsp podrán ser puestos de manifiesto por los interesados al órgano al que corresponda la instrucción del expediente o al órgano de contratación a efectos de su corrección, sin perjuicio de que las irregularidades que les afecten puedan ser alegadas al recurrir el acto de adjudicación.
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Objeto
Alcance de la contratación
Breve descripción:
El objeto de este contrato consiste en el muestreo de las diferentes redes de control: red de control de calidad en las captaciones, red de control de tramos declarados como piscícolas, red de control de calidad para el cumplimiento del convenio OSPAR y red de pequeños embalses.
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Cantidad o extensión: 1 309 230,26.
Duración: 24 meses
Número de referencia: OH.088.320.SV
Nombre del proyecto o programa financiado por la UE:
El objeto de esta contratación está cofinanciado por la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder) en un 80 %, en el marco del Programa Operativo Feder Galicia 2007-2013, Eje prioritario de intervención 3: Medio Ambiente, Entorno Natural, Recursos Hídricos y Prevención de Riesgos, Tema Prioritario o Medida 53: Prevención de riesgos (incluidas la elaboración y aplicación de planes y medidas para preveer y gestionar los riesgos naturales y tecnológicos), Actuación 3.53.8: Medidas de vigilancia de los canales para asegurar su calidad ambiental. Una manera de hacer Europa.
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Información jurídica, económica, financiera y técnica
Condiciones de participación
Habilitación para el ejercicio de la actividad profesional: Los que figuran el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
Situación económica y financiera:
Se acreditará por uno de los siguientes medios:
— Al menos dos declaraciones apropiadas de entidades financieras diferentes en las que éstas se pronuncien expresamente sobre la solvencia económica y financiera de la empresa licitadora para la realización del objeto contractual. O,
— Justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales, vigente a fecha de terminación del plazo de presentación de proposiciones, en el que quede acreditado que el licitador tiene suscrito dicho seguro con una entidad aseguradora por un capital equivalente al importe del presupuesto base de licitación sin IVA.
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En caso de que el licitador opte por el seguro de indemnización por riesgos profesionales y dicho seguro no se extienda a la totalidad del plazo de ejecución del contrato, deberá presentar, además de la póliza correspondiente, un documento debidamente firmado, en el que se refleje el compromiso, en el supuesto de resultar el licitador con la oferta económicamente más ventajosa, de que la vigencia del seguro comprenderá la totalidad del plazo de duración del contrato.
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Capacidad técnica y profesional:
La solvencia técnica y profesional se acreditará a través de los siguientes medios:
A) Una relación, en forma de declaración responsable firmada, de los principales servicios o trabajos de consultoría o asistencia técnica en materia de aguas en las últimas tres (3) anualidades (contratados y certificados), que incluya el título del contrato, objeto, fecha de contratación, importe total sin IVA, importe certificado sin IVA en cada anualidad y destinatario, público o privado, de los mismos, acreditando en lo que se refiere al importe alguna de las siguientes condiciones:
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— La realización como mínimo en una de las anualidades de un volumen de contratos de servicio, consultoría o asistencia técnica en materia de aguas igual o superior a 196 384 EUR/anuales sin IVA o,
— La realización como mínimo en las tres anualidades de un volumen de contratos de servicio, consultoría o asistencia técnica en materia de aguas igual o superior a 294 576 EUR sin IVA.
Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados, bien originales o bien copias debidamente cotejadas, expedidos o visados por el órgano competente. Cuando el órgano competente fuese un sujeto privado, este certificado poderá ser substituido por una declaración del empresario.
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B) Indicación del personal participante en el contrato, integrado o no en la empresa, que a continuación se relaciona con sus condiciones y requisitos:
— Un (1) titulado universitario en ingeniería superior, biología, química, ciencias ambientales o titulación superior equivalente relacionada con el desarrollo de los trabajos objeto del contrato, que deberá tener unha experiencia mínima acreditada de más de seis (6) años en el campo de la calidad de las aguas. Este titulado asumirá la función de jefe de equipo,
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— Un (1) titulado universitario con titulación superior relacionada con la materia de medio ambiente o calidad de las aguas, que deberá tener una experiencia mínima acreditada de más de tres (3) años en materia de medio ambiente o calidad de las aguas,
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— Y, un (1) administrativo, o persona que realice labores administrativas, que deberá tener una experiencia acreditada de más de seis (6) meses.
Las titulaciones de los titulados universitarios deberán presentarse debidamente compulsadas.
Ejecución del contrato
Depósitos y garantías exigidos:
Garantía provisional: no se exige.
Garantía definitiva: 65 461,51 EUR.
Principales condiciones de financiación y modalidades de pago y/o referencia a las disposiciones pertinentes por las que se rigen:
Pagos a cuenta, mediante certificaciones, basadas en la evaluación de la prestación realizada y con cargo a las consignaciones presupuestarias.
Se podrán verificar abonos a cuenta por operaciones preparatorias de le ejecución del contrato y que estén comprendidas en el objeto del mismo, como instalaciones y adquisición de equipo y medios auxiliares.
Forma jurídica que adoptará la agrupación de operadores económicos adjudicataria del contrato:
Unión de empresarios, de conformidad con el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y según los requisitos y condiciones previstas en el art. 59 del Real decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido da la Ley de contratos del sector público (Trlcsp).
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Nombres y cualificaciones profesionales del personal

Procedimiento
Plazo de validez de la oferta: 2 meses
Fecha de apertura de ofertas: 2012-08-29 📅
Información sobre las personas autorizadas y el procedimiento de apertura:
La Mesa de contratación procederá en acto público a la apertura del sobre B el 29.8.2012, a la hora y en el lugar citados con anterioridad y en relación a la fecha, hora y lugar de apertura pública del sobre C se notificará a los licitadores, por fax o cualquier otro medio admitido,y se publicará, en el perfil del contratante, con dos (2) días hábiles de antelación a su realización.
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Si por algún motivo hubiese que modificar algún aspecto de los señalados de apertura de los sobres B y C con anterioridad a su celebración, se notificará a los licitadores y se publicará en el perfil del contratante.
Criterios de adjudicación
Criterio: 1. Ofertas económica-hasta 51 puntos. (51)
2. Metodología propuesta para la realización de los trabajos a ejecutar-hasta 44 puntos. Desglose en información adicional. (44)
3. Planificación de la ejecución de los trabajos-hasta 5 puntos. Desglose en información adicional. (5)
Lenguas
Lengua: español 🗣️
Otras lenguas: Gallego.

Referencia
Identificadores
Número de referencia atribuido por el poder adjudicador: OH.088.320.SV
Información complementaria
Contrato de servicio sujeto a regulación armonizada de acuerdo con el Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Desglose de los criterios de valoración:
2º) Metodología propuesta para la realización de los trabajos a ejecutar:
A) Metodología general para el desarrollo de los trabajos, con indicación expresa de las condiciones del entorno imprescindibles para la realización de las tareas de muestreo de las diferentes redes de control y de la normativa legal y reglamentaria de aplicación, haciendo constar también la metodología para la recopilación de información previa, que pueda ser relevante para complementar o mejorar la prestación objeto del contrato-hasta 4 puntos.
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B)Metodología para el desarrollo de las campañas de muestreo, describiendo el proceso desde el momento de la toma de muestra hasta su entrega en laboratorio-hasta 20 puntos.
C)Metodología para el desarrollo de la sistemática del laboratorio, estableciendo la descripción del procedimiento analítico, normas de referencia a utilizar, las unidades, las características de precisión y exactitud que presentan y grado de adecuación de los límites de cuantificación para la valoración de resultados en base a la legislación vigente-hasta 20 puntos.
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3º) Planificación de la ejecución de los trabajos.
A) Diagrama Gantt con la especificación de la duración de las tareas que se adecúe a la duración del contrato, identificando las dependencias entre las diferentes actividades y aquellas tareas que sean críticas y especificando los demás aspectos que correspondan-hasta 3 puntos.
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B) Justificación adecuada de la duración de las tareas en base a su realización técnica-hasta 2 puntos.
También se tendrá acceso al perfil del contratante desde la Plataforma de Contratos Públicos de Galicia a través de http://xunta.es y de la página web: http://augasdegalicia.xunta.es.
Codificación del objeto del contrato: CPA-Reglamento CE nº 451/2008: M.71.20.1.
La forma y contenido de las proposiciones se ajustarán necesariamente a lo establecido en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
Posibilidad de presentar ofertas por Correo (artículo 80.4 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas); en este caso el licitador deberá anunciarle al órgano de contratación, en el mismo día de la imposición en la oficina de correos, mediante telegrama o fax, la remisión de la documentación para concurrir a la licitación, así como justificar la fecha de imposición del envío.
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Oferta: sólo podrá presentarse una oferta, que deberá ajustarse a lo definido en el documento técnico base de licitación; la proposición ofertada se deberá ajustar al plazo de ejecución del contrato aprobado.
El régimen de funcionamiento de la Mesa de Contratación será el previsto en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares; apertura del sobre A: tendrá lugar en acto previo la comprobación de la documentación general según se especifica en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares; apertura y valoración de los contenidos de los sobres B y C: la apertura del sobre B y su valoración se realizarán con anterioridad a la apertura y valoración del contenido del sobre C; en caso de que los actos públicos de apertura de las ofertas se retrasasen se harán públicas las nuevas fechas mediante notificación por fax a los licitadores presentados y en el perfil del contratante.
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Publicidad de resultados: las fechas y los resultados de las aperturas de los sobres A, B y C, así como la adjudicación y la formalización del contrato se harán públicas en el perfil del contratante.
Formalización del contrato: el contrato se perfecciona con su formalización, que se efectuará en el plazo previsto en el cuadro de características del contrato.
El plazo de ejecución del contrato, con posibilidad de prórroga contractual (hasta un máximo de 24 meses) de acuerdo con el pliego de cláusulas administrativas particulares, se contará a partir del día siguiente a su firma o desde la fecha de inicio determinada en el mismo.
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El plazo de garantía será de doce (12) meses.
El resto de los aspectos a tener en cuenta en la contratación se detallan en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares con su cuadro de características del contrato, como parte integrante del mismo, y en el documento técnico.
Información relativa a los procedimientos de recursos o impugnación y de medidas provisionales, desarrollada en la cláusula 14 del PCAP.
I.- Jurisdicción competente
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 21.1 del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real decreto lexislativo 3/2011, de 14 de noviembre (TRLCSP) el orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las cuestiones litigiosas relativas a la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos. Será competente igualmente para conocer de los recursos interpuestos contra las resoluciones que se dicten por los órganos de resolución de recursos previstos en el artículo 41 del TRLCSP.
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II.-Sistema de recursos en los contratos sujetos a regulación armonizada
II.1.-Recurso especial en materia de contratación, recurso contencioso-administrativo y medidas provisionales.
A) Recurso especial en materia de contratación y recurso contencioso-administrativo.
Únicamente respecto de los contratos sujetos a regulación armonizada, se podrá interponer, con carácter potestativo, el recurso especial en materia de contratación regulado en el artículo 40 y siguientes del TRLCSP,pudiendo ser objeto de dicho recurso las siguientes decisiones que se adopten en los procedimientos de adjudicación de dichos contratos sujetos a regulación armonizada:
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— Anuncios de licitación, pliegos y documentos contractuales en los que se establezcan las condiciones que deban regir la contratación,
— Actos de trámite que decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos,incluidos los actos de la mesa de contratación por los que se acuerde la exclusión de licitadores,
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— Acuerdos de adjudicación.
Los actos anteriores, y de no interponerse contra ellos recurso especial en materia de contratación, podrán impugnarse directamente mediante la interposición del recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos (2) meses a contar desde el día siguiente a su notificación, recepción, puesta a disposición, conocimiento o publicación, según el acto de que se trate, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santiago de Compostela, conforme a los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de junio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
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B) Medidas provisionales.
Con anterioridad a la interposición del recurso especial en materia de contratación, se podrá solicitar la adopción de medidas provisionales, en los términos previstos en el artículo 43 del TRLCSP, para corregir infracciones de procedimiento o para impedir que se causen otros perjuicios a los intereses afectados, incluidas medidas destinadas a suspender o a hacer que se suspenda el procedimiento de adjudicación del contrato en cuestión o la ejecución de cualquier decisión adoptada por el órgano de contratación.
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II.2. - Cuestión de nulidad.
Toda persona física o jurídica cuyos intereses legítimos se hubieran visto perjudicados o puedan resultar afectados por los supuestos de nulidad previstos en el artículo 37 del TRLCSP, podrá interponer cuestión de nulidad en el plazo de treinta (30) días hábiles, a contar desde la última de las publicaciones que de la formalización del contrato deben efectuarse, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 154.2 del Trlcsp, o a contar desde la notificación a los licitadores afectados de los motivos de rechazo de su proposición. Fuera de estos dos casos, la cuestión de nulidad deberá interponerse antes de que transcurran seis (6) meses a contar desde el día siguiente a la fecha de formalización del contrato.
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II.3. - Otros medios de impugnación administrativa.
Sin perjuicio del recurso especial en materia de contratación y de la cuestión de nulidad, los interesados podrán interponer, en su caso, el recurso administrativo extraordinario de revisión contra los actos firmes en la vía administrativa, en los plazos y de concurrir los motivos establecidos en el artículo 118 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.El órgano competente para resolver será el órgano administrativo que dictó el acto, luego de seguir la tramitación establecida en el artículo 119 de dicha ley. El plazo para dictar la resolución será de tres (3) meses desde que el recurso fuera interpuesto y deberá entenderse desestimado de no dictarse resolución en ese plazo.
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Además de cualquier otro recurso que estimen procedente en Derecho, podrán instar, en su caso y para cualquier acto que agote la vía administrativa, el procedimiento de revisión de oficio de acuerdo con lo señalado en el artículo 102 de la mencionada ley, que será resuelto por la Dirección de Aguas de Galicia al amparo del acuerdo de delegación de competentecias adoptado por el Consejo Rector, o instar en cualquier momento y para cualquier acto, agote o no la vía administrativa, la corrección por parte del poder adjudicador de los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos de acuerdo con lo establecido en el artículo 105 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y en el artículo 40.3 del Trlcsp, que dispone que los defectos de tramitación que afecten a actos distintos a los contemplados en el apartado 2 del artículo 40 del Trlcsp podrán ser puestos de manifiesto por los interesados al órgano al que corresponda la instrucción del expediente o al órgano de contratación a efectos de su corrección, sin perjuicio de que las irregularidades que les afecten puedan ser alegadas al recurrir el acto de adjudicación.
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Información complementaria
Órgano de revisión
Nombre: Dirección de Augas de Galicia (recurso especial en materia de contratación, cuestión de nulidad, recurso administrativo extraordinario de revisión y revisión de oficio), Doctor Maceira, 18-bajo (Augas de Galicia), Edificio Juzgados-Polígono Fontiñas, calle Viena, s/n (Juzgado Contencioso-Administrativo), Santiago de Compostela, 15706 (Aguas); Juzgado Contencioso-Administrativo (recurso contencioso-administrativo), Santiago de Compostela, 15703 (Juzgado)
País: España 🇪🇸
Correo electrónico: contratacion.epaugasdegalicia@xunta.es 📧
Teléfono: +34 981957401 / 981540463 📞
Fax: +34 981957403 / 981540464 📠
Información sobre los plazos de procedimientos de recurso:
Recurso especial en materia de contratación -15 días hábiles.
Recurso contencioso-administrativo-2 meses.
Cuestión de nulidad (30 días hábiles o 6 meses según el supuesto).
Recurso administrativo extraordinario de revisión (3 meses o 4 años según el supuesto).
Revisión de oficio-en cualquier momento.
Corrección de errores materiales, aritméticos o de hecho-en cualquier momento.
Servicio del que puede obtenerse información sobre el procedimiento de recurso
Nombre: Aguas de Galicia
Dirección postal: Doctor Maceira, 18 - bajo
Ciudad postal: Santiago de Compostela
Código postal: 15706
Teléfono: +34 981957401 📞
Fax: +34 981957403 📠
Fuente: OJS 2012/S 117-193920 (2012-06-18)
Anuncio de adjudicación de contrato (2013-06-27)
Objeto
Alcance de la contratación
Valor total de la contratación: 2 618 460,52 💰
Metadatos del anuncio
Tipo de documento: Anuncio de adjudicación de contrato

Procedimiento
Tipo de oferta: No procede

Autoridad contratante
Contacto
Teléfono: +34 9819574-01/27 📞
Fax: +34 981957403/ +34 881999694 📠

Referencia
Fechas
Fecha de envío: 2013-06-27 📅
Fecha de publicación: 2013-06-29 📅
Identificadores
Número de anuncio: 2013/S 125-214907
Se refiere al anuncio: 2012/S 117-193920
Número del DO-S: 125
Información complementaria
Ventajas de la oferta adjudicataria. proposición económicamente más ventajosa por obtener la mayor puntuación total con base en la aplicación de los criterios de valoración establecidos en el pliego de cláusulas administrativas particulares, en los que se incluyen las características que determinan la selección de su oferta con preferencia a la de los restantes licitadores admitidos en el procedimiento de adjudicación correspondiente. En el expediente administrativo fueron excluidas 4 empresas según consta en el expediente. Fecha de formalización del contrato: 13.6.2013. El valor estimado inicial del contrato indicado en este anuncio comprende el presupuesto base de licitación y el de las eventuales prórrogas sin IVA. El anuncio de licitación de esta actuación fue publicado además de en el DOUE, en el Diario Oficial de Galicia núm.118, de 21 de junio de 2012 y en el Boletín Oficial del Estado núm. 151, de 25.6.2012. El presupuesto de adjudicación del contrato (225 986,89 EUR + 21 % IVA) consta en los puntos II.2.1 y V.4) (valor total final del contrato) y el presupuesto base de licitación (1 018 973,91 EUR+ 21 % IVA) en el punto V.4). Información relativa a los procedimientos de recursos o impugnación; I.- Jurisdicción competente El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las cuestiones litigiosas relativas a la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción del contrato administrativo. II.-Sistema de recursos en los contratos sujetos a regulación armonizada II.1.- Recurso contencioso-administrativo. Una vez acreditada la circunstancia objetiva de no interposición del recurso especial en materia de contratación, contra el acuerdo de adjudicación del contrato dictado por el órgano de contratación, y que pone fin a la vía administrativa, podrá impugnarse directamente mediante la interposición del recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos (2) meses a contar desde el día siguiente a su notificación, recepción, puesta a disposición, conocimiento o publicación, según el acto de que se trate, ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo de Santiago de Compostela. II.2.- Cuestión de nulidad. Toda persona física o jurídica cuyos intereses legítimos se hubieran visto perjudicados o puedan resultar afectados por los supuestos de nulidad previstos en el artículo 37 del TRLCSP, podrá interponer cuestión de nulidad en el plazo de treinta (30) días hábiles, a contar desde la última de las publicaciones que de la formalización del contrato deben efectuarse, o a contar desde la notificación a los licitadores afectados de los motivos de rechazo de su proposición. Fuera de estos dos casos, la cuestión de nulidad deberá interponerse antes de que transcurran seis (6) meses a contar desde el día siguiente a la fecha de formalización del contrato. III.3.- Otros medios de impugnación administrativa. Sin perjuicio de la cuestión de nulidad, los interesados podrán interponer, en su caso, el recurso administrativo extraordinario de revisión contra los actos firmes en la vía administrativa, en los plazos y de concurrir los motivos establecidos en el artículo 118 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. El órgano competente para resolver será el órgano de contratación, luego de seguir la tramitación establecida en el artículo 119 de dicha ley. Además de cualquier otro recurso que estimen procedente en Derecho, podrán instar, en su caso el procedimiento de revisión de oficio de acuerdo con lo señalado en el artículo 102 de la mencionada ley, o instar en cualquier momento la corrección de los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en el acto de adjudicacion de acuerdo con lo establecido en el artículo 105 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Publicidad: Igualmente, la formalización del contrato se hace pública en el perfil del contratante, Boletín Oficial del Estado y Diario Oficial de Galicia. Así mismo, la adjudicación del contrato fue notificada a los licitadores y publicada en el perfil del contrante.
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Adjudicación del contrato
Fecha de celebración del contrato: 2013-03-22 📅
Nombre: Certio Medio Ambiente, S.L.
Dirección postal: Baza, parcela 6-izquierda -Polígono Juncaril
Ciudad postal: Albolote (Granada)
Código postal: 18220
Información sobre licitaciones
Número de ofertas recibidas: 15

Información complementaria
Órgano de revisión
Nombre: Dirección de Augas de Galicia (cuestión de nulidad, recurso administrativo extraordinario de revisión y revisión de oficio); Juzgado Contencioso-Administrativo (recurso contencioso-administrativo)
Dirección postal: Doctor Maceira, 18-bajo (Augas de Galicia);Edificio Juzgados-Polígono Fontiñas, calle Viena, s/n (Juzgado Contencioso-Administrativo)
Ciudad postal: Santiago de Compostela
Código postal: 15706 (Aguas)-15703 (Juzgado)
Teléfono: +34 981957401 / +34 981540463 📞
Fax: +34 981957403 / +34 981540464 📠
Fuente: OJS 2013/S 125-214907 (2013-06-27)