Servicio de limpieza en el centro de día para personas mayores dependientes y centro social "Gijón Centro"

Principado de Asturias

Servicio de limpieza de las dependencias que componen el Centro de día para personas mayores dependientes y Centro Social "Gijón Centro".

Plazo

El plazo para la recepción de ofertas era de 2012-07-03. La contratación se publicó en 2012-05-25.

Proveedores

Los siguientes proveedores se mencionan en decisiones de adjudicación u otros documentos de contratación:

¿A quién? ¿Cómo? ¿dónde?
Historial de adquisiciones
Fecha Documento
2012-05-25 Anuncio de licitación
2012-11-27 Anuncio de adjudicación de contrato
Anuncio de licitación (2012-05-25)
Objeto
Alcance de la contratación
Título: Servicios de limpieza
Cantidad o extensión:
Importe total del contrato 175 187,52 EUR. Plazo inicial 36 meses, para una fecha prevista de inicio de 1.9.2012.296 928,00
Valor total de la contratación: 296 928,00 💰
Metadatos del anuncio
Idioma original: español 🗣️
Tipo de documento: Anuncio de licitación
Naturaleza del contrato: Servicios
Reglamentación: Unión Europea
Vocabulario común de contratación pública (CPV)
Código: Servicios de limpieza 📦

Procedimiento
Tipo de procedimiento: Procedimiento abierto
Tipo de oferta: Oferta para todos los lotes
Criterios de adjudicación
Precio más bajo

Autoridad contratante
Identidad
País: España 🇪🇸
Tipo de poder adjudicador: Autoridad regional o local
Nombre del poder adjudicador: Principado de Asturias
Dirección postal: C/ Alférez Provisional, s/n
Código postal: 33005
Ciudad postal: Oviedo
Contacto
Dirección de internet: http://www.asturias.es 🌏
Correo electrónico: montserrat.ruizcano@asturias.org 📧
Teléfono: +34 985106548 📞
Fax: +34 985106531 📠

Referencia
Fechas
Fecha de envío: 2012-05-25 📅
Fecha límite de presentación: 2012-07-03 📅
Fecha de publicación: 2012-05-30 📅
Identificadores
Número de anuncio: 2012/S 101-168641
Número del DO-S: 101

Objeto
Alcance de la contratación
Breve descripción:
Servicio de limpieza de las dependencias que componen el Centro de día para personas mayores dependientes y Centro Social "Gijón Centro".
Cantidad o extensión:
Importe total del contrato 175 187,52 EUR. Plazo inicial 36 meses, para una fecha prevista de inicio de 1.9.2012.
Duración: 36 meses
Número de referencia: SBS/12/08-009
Lugar de ejecución
Emplazamiento principal o lugar de actuación:
Centro de Día para personas mayores dependientes y Centro Social "Gijón Centro", sito en la primera planta del centro comercial San Agustín en la Plaza Romualdo Alvargonzález s/n. 33202 de Gijón. Tlf.: +34 985351142.

Información jurídica, económica, financiera y técnica
Condiciones de participación
Habilitación para el ejercicio de la actividad profesional:
a) Los que acrediten la capacidad de obrar del empresario y, en su caso, su representación:
a.1- Documento Nacional de Identidad (u otro que lo sustituya) de los licitadores que sean personas físicas y, en su caso, del representante. Se podrá no aportar esta documentación en el caso de que se autorice expresamente a la Consejería de Bienestar Social e Igualdad del Principado de Asturias a consultar y verificar los datos contenidos en el Documento Nacional de Identidad mediante el sistema tecnológico de comprobación y verificación automática a cuyos efectos se deberá cumplimentar el Anexo VIII.
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a.2- Escritura de constitución y de modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito sea exigible conforme a la legislación mercantil que sea aplicable. Si no lo fuera, se presentará escritura o documento de constitución, estatutos o acta fundacional en el que consten las normas por las que se regule su actividad, inscritos en su caso, en el correspondiente Registro oficial, estatutos o acto fundacional, inscritos en el Registro Oficial;
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a.3- Escritura de poder para representar a la persona o entidad en cuyo nombre concurre ante la Administración Contratante, bastanteado por el Servicio Jurídico del Principado de Asturias (C/ Coronel Aranda, 2, 6ª planta, 33005 Oviedo, ESPAÑA), cuando el licitador no actúe en nombre propio o se trate de sociedad o persona jurídica.
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Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil o, en su caso, en el correspondiente Registro oficial. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el artículo 94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantil.
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l. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará mediante su inscripción en los Registros o las certificaciones que se indican en el Anexo I del Rglcap según el tipo de contrato. En el caso de que se hubieran realizado rectificaciones, modificaciones o enmiendas a nivel nacional, se entenderá por registro competente al que hubiera sustituido al indicado en el anexo.
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Los demás empresarios extranjeros deberán aportar un informe o informes de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa en que se haga constar:
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1º - Que, previa acreditación de la empresa, figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato.
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2º - Que su Estado de procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del Trlcsp, en forma sustancialmente análoga. En el supuesto de que el contrato esté sujeto a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio. La condición de Estado signatario se acreditará mediante informe de la citada representación diplomática española. Los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán acreditar la capacidad de cada uno de ellos conforme a los medios señalados e indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse normalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato. A estos efectos se recoge un modelo de declaración en el Anexo III del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
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c) Declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar. Declaración responsable de no hallarse comprendido en ninguna de las circunstancias señaladas en el art. 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido la de La Ley de Contratos del Sector Público. La Administración podrá exigir al adjudicatario prueba relativa a la no concurrencia de las circunstancias enumeradas en el citado artículo. Esta declaración comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias. (tanto con el Estado como con la Administración del Principado de Asturias, incluyendo en su caso, el alta en el Impuesto Sobre Actividades Económicas) y de la seguridad social, de conformidad con lo dispuesto en las disposiciones Vigentes. Todo ello sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta. En particular, la circunstancia de estar al corriente en el cumplimiento del impuesto de actividades económicas, siempre que ejerzan actividades sujetas a este impuesto, en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato que les faculte para su ejercicio en el ámbito territorial en que las ejercen, se acreditará mediante la presentación del alta, referida al ejercicio corriente, o del último recibo del impuesto, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la Matricula del citado Impuesto. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6.2 de la b) Ley 11/2007, de 22 de Junio, sobre acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, el órgano de contratación recabará de oficio de las Administraciones Públicas competentes los certificados acreditativos de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, siempre y cuando cuente con el consentimiento de los interesados en los términos establecidos por la Ley Orgánica 15/1999, de protección de datos de carácter Personal o una norma con rango de Ley así lo determine, salvo que existan restricciones conforme a la normativa de aplicación a los datos y documentos recabados. El consentimiento escrito se podrá incorporar al sobre A utilizando el modelo que se incluye en el Anexo VII de este pliego. La documentación relativa al IAE deberá ser presentada en todo caso por los licitadores. En el Anexo I de este pliego se acompaña modelo de declaración responsable a efectos meramente indicativos.
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d) Sumisión a la jurisdicción de Juzgados y Tribunales españoles para empresas extranjeras. Las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en España, deberán presentar una declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional Extranjero que pudiera corresponder al licitante.
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e) Registros de Licitadores. De conformidad con lo establecido en el artículo 7 del Decreto 2/1998, de 15 de Enero, por el que se crea el Registro de Documentación Administrativa de Licitadores, la inscripción en el mismo, acreditada mediante certificación expedida por su encargado, dispensará a los licitadores inscritos de la presentación en las convocatorias de contratación de la documentación vigente y anotada en el mencionado Registro, según se desprenda de la citada certificación. Asimismo, la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado acreditará, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera, y clasificación, así como la concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que deban constar en el mismo. A cualquiera de estos certificados deberá acompañarse una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las Circunstancias reflejadas en el mismo no han experimentado variación. No se admite la expedición electrónica de los certificados de los indicados Registros y si, en su caso, se incorporarán de oficio por el órgano de contratación.
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f) Certificados comunitarios de clasificación. Los certificados de clasificación o documentos similares que acrediten la inscripción en listas oficiales de empresarios autorizados para contratar establecidas por los Estados miembros de la Unión Europea sientan una presunción de aptitud de los empresarios incluidos en ellas frente a los diferentes órganos de contratación en relación con la no concurrencia de las prohibiciones de contratar a que se refieren las letras a), c) y e) del apartado 1 del artículo 60 del Trlcsp y la posesión de las condiciones de capacidad de obrar y habilitación profesional exigidas por el artículo 54 y las de solvencia a que se refieren las letras b) y c) del artículo 75 y todas las letras del artículo 78 excepto la b). Igual valor presuntivo surtirán las certificaciones emitidas por organismos que respondan a las normas europeas de certificación expedidas de conformidad con la legislación del Estado miembro en que esté establecido el empresario. Los documentos a que se refiere el párrafo anterior deberán indicar las referencias que hayan permitido la inscripción del empresario en la lista o la expedición de la certificación, así como la clasificación obtenida.
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Situación económica y financiera:
Empresas Españolas: Clasificación administrativa dentro del Grupo U, subgrupo 1, categoría A.
Otros medios para acreditar la solvencia económica, financiera y técnica cuando no se exija clasificación y, en cualquier caso, para los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo: La solvencia podrá acreditarse mediante los siguientes medios:
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La justificación de la solvencia económica y financiera de la empresa se acreditará mediante informe de una institución financiera sobre la capacidad económica-financiera del licitador para la realización del contrato con referencia expresa al expediente de que se trata y a su importe.
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Capacidad técnica y profesional:
Empresas Españolas: Clasificación administrativa dentro del Grupo U, subgrupo 1, categoría A.
Otros medios para acreditar la solvencia económica, financiera y técnica cuando no se exija clasificación y, en cualquier caso, para los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo:
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La solvencia técnica de la empresa se justificará mediante la aportación de una relación de los principales servicios o trabajos de limpieza realizados en los 3 últimos años, que incluya importes, fechas y beneficiarios públicos o privados de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Se entenderá acreditada la solvencia técnica cuando se hubiera realizado, durante los últimos tres años, al menos un trabajo por importe de 74 232,00 EUR (excluido IVA).
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Ejecución del contrato
Depósitos y garantías exigidos:
Garantía provisional: no procede.
Garantía definitiva: 5 % del presupuesto de adjudicación, IVA excluido.
Principales condiciones de financiación y modalidades de pago y/o referencia a las disposiciones pertinentes por las que se rigen:
El adjudicatario tiene derecho al abono, con arreglo al precio convenido, de los trabajos que realmente ejecute, con sujeción al contrato otorgado, a sus modificaciones aprobadas y a las órdenes dadas por escrito por la.
Administración contratante mediante pagos parciales mensuales, de conformidad a lo que establezca el apartado.
D del cuadro resumen y con la periodicidad prevista en el mismo, previa presentación de factura emitida en legal.
Forma y conformada por el servicio correspondiente, correspondiente a los servicios prestados durante el mes.
Anterior. (cláusula 14.1 del pliego).

Procedimiento
Plazo de validez de la oferta: 1 meses
Fecha de apertura de ofertas: 2012-07-06 📅
Lugar de apertura:
Sala de Juntas de la Consejería de Bienestar Social e Igualdad. C/ Alférez Provisional s/n, planta baja, 33005 Oviedo, ESPAÑA.
Lugar: Sala de Juntas de la Consejería de Bienestar Social e Igualdad. C/ Alférez Provisional s/n, planta baja, 33005 Oviedo, ESPAÑA.
Información sobre las personas autorizadas y el procedimiento de apertura: Interesados/as en el procedimiento.
Lenguas
Lengua: español 🗣️
Otras lenguas: Asturiano.

Autoridad contratante
Contacto
Punto de contacto: Consejería de Bienestar Social e Igualdad
Montserrat Ruíz Caño

Referencia
Identificadores
Número de referencia atribuido por el poder adjudicador: SBS/12/08-009

Información complementaria
Órgano de revisión
Nombre: Consejera de Bienestar Social e Igualdad
Dirección postal: C/ Alférez Provisional s/n
Ciudad postal: Oviedo
Código postal: 33005
País: España 🇪🇸
Correo electrónico: montserrat.ruizcano@asturias.org 📧
Teléfono: +34 985106548 📞
Dirección de internet: http://www.asturias.es 🌏
Fax: +34 985106531 📠
Información sobre los plazos de procedimientos de recurso:
Podrá interponerse recurso especial en materia de contratación previo a la interposición del contencioso-administrativo contra los siguientes actos: los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación, los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, siempre que éstos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos. Se considerarán actos de trámite que determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento los actos de la Mesa de Contratación por los que se acuerde la exclusión de licitadores.
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Los acuerdos de adjudicación adoptados por los poderes adjudicadores.
El procedimiento de recurso se iniciará mediante escrito que deberá presentarse en el plazo de 15 días hábiles contados a partir del siguiente a aquel en que se remita la notificación del acto impugnado. No obstante cuando el recurso se interponga contra el contenido de los pliegos y demás documentos contractuales, el cómputo se iniciará a partir del día siguiente a aquel en que los mismos hayan sido recibidos o puestos a disposición de los licitadores o candidatos para su conocimiento. Cuando se interponga contra actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación o contra un acto resultante de la aplicación del procedimiento negociado sin publicidad, el cómputo se iniciará a partir del día siguiente a aquel en que se haya tenido conocimiento de la posible infracción. Cuando se interponga contra el anuncio de licitación, el plazo comenzará a contarse a partir del día siguiente al de publicación. Contra la resolución del recurso especial en materia de contratación interpuesto ante la Consejera de Bienestar Social e Igualdad sólo procederá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en el plazo de dos meses desde la recepción de su notificación. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44. del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de contratos del sector público (Trlcsp).
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Servicio del que puede obtenerse información sobre el procedimiento de recurso
Nombre: Servicio de Asuntos Generales
Dirección postal: C/ Alférez Provisional, s/n
Fuente: OJS 2012/S 101-168641 (2012-05-25)
Anuncio de adjudicación de contrato (2012-11-27)
Objeto
Alcance de la contratación
Título: Servicios de limpieza de edificios
Valor total de la contratación: 157 471,00 💰
Metadatos del anuncio
Tipo de documento: Anuncio de adjudicación de contrato
Vocabulario común de contratación pública (CPV)
Código: Servicios de limpieza de edificios 📦

Procedimiento
Tipo de oferta: No procede

Referencia
Fechas
Fecha de envío: 2012-11-27 📅
Fecha de publicación: 2012-11-28 📅
Identificadores
Número de anuncio: 2012/S 229-376894
Se refiere al anuncio: 2012/S 101-168641
Número del DO-S: 229

Objeto
Lugar de ejecución
Emplazamiento principal o lugar de actuación:
Centro Comercial San Agustín.
Plaza Romualdo Alvargonzález s/n.
33202 Gijón

Adjudicación del contrato
Fecha de celebración del contrato: 2012-09-06 📅
Nombre: Itma, s.l.
Dirección postal: Pol. De Asipo Calle B - Parcela 60, nave 5
Ciudad postal: Llanera
Código postal: 33428
País: España 🇪🇸
Correo electrónico: itma@grupoitma.com 📧
Información sobre licitaciones
Número de ofertas recibidas: 5

Autoridad contratante
Identidad
Número de registro nacional: S3333001J

Información complementaria
Órgano de revisión
Nombre: Consejería de Bienestar Social y Vivienda
Dirección de internet: www.asturias.org 🌏
Información sobre los plazos de procedimientos de recurso:
Potestativamente recurso especial en materia de contratación previo a la interposición del contencioso-administrativo ante la titular de la Consejería, mediante escrito que deberá presentarse en el plazo de 15 días hábiles contados a partir del siguiente a aquel en que se remita la notificación del acto impugnado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 del TRLCSP o proceder directamente a su impugnación ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de acuerdo con lo previsto en el artículo 46 de la vigente Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Ver más
Servicio del que puede obtenerse información sobre el procedimiento de recurso
Dirección postal: C/ Alférez Provisional s/n
Fuente: OJS 2012/S 229-376894 (2012-11-27)