Información complementaria
Ajuntament de Son Servera
Cuadro de características del contrato
Expediente de contratación NÚM. 23/2013
Descripción del contrato
Fecha de aprobación del órgano de contratación:
Tipo de contrato: CONTRATO DE SERVICIOS
Procedimiento de adjudicación: ABIERTO
Tramitación: ORDINARIA
Contrato sujeto a regulación armonizada: SÍ
Órgano de contratación: Pleno del Ayuntamiento.
Departamento o servicio: Medio Ambiente.
Responsable del contrato:
- Antoni Servera Servera, Alcalde del Ajuntament de Son Servera.
- Técnica de Medio Ambiente. Funcionaria del Ajuntament de Son Servera.
Objeto del contrato:
Recogida y transporte hasta la estación de transferencia de la fracción de rechazo, recogida y transporte hasta el punto «Can Canut» de la fracción orgánica, además de la recogida y transporte hasta la planta correspondiente de los residuos voluminosos y restos de poda, tanto diseminados por el municipio como a domicilio previo aviso. El servicio de recogida se prestará a todos los núcleos urbanos con población consolidada del término municipal de Son Servera, así como a las zonas que progresivamente se vayan urbanizando durante la vigencia del contrato.
NOMENCLATURA:
- CPC: 16.94.020
- CPV (Vocabulario común de contratos): 90511000-2 servicio de recogida de residuos; 90511100-3 servicios de recogida de residuos sólidos urbanos; 90511200-4, Servicio de recogida de residuos domésticos, 90511300-5 servicio de recogida de basura.
EXPEDIENTE NÚMERO: 23/2013
PERFIL DEL CONTRATANTE:
http://www.sonservera.es/
A. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN
A.1 Precio: Importe IVA excluido: 589 401,42 EUR
IVA: 58 940,14 EUR
Total anualidad (IVA incluido): 648 341,57 EUR
Precio total contrato (IVA incluido): 3 890 049,42 EUR
A.2 Valor estimado del contrato:
589 401,42 EUR x 6 = 3 536 408,52 EUR (IVA excluido)
B. CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA Y ANUALIDADES
B.1 Distribución por anualidades, IVA incluido y partida presupuestaria: año 2014, 648 341,57 EUR, partida 2014.1620.227.60; año 2015, 648 341,57 EUR, partida 2015.1620.227.60; año 2016, 648 341,57 EUR, partida 2016.1620.227.60; año 2017, 648 341,57 EUR, partida 2017.1620.227.60; año 2018, 648 341,57 EUR, partida 2018.1620.227.60; año 2019, 648 341,57 EUR, partida 2019.1620.227.60
C. DURACIÓN DEL CONTRATO. TERMINO DE EJECUCIÓN
Duración del contrato: cuatro años más dos prórrogas anuales de un año, sin que el máximo total del contrato, incluidas las prórrogas, pueda exceder de seis años
Fecha de inicio del servicio: día 1.1.2014, o en cualquier caso el día siguiente al de la fecha de formalización del contrato.
D. ADMISIÓN DE PRÓRROGA DEL CONTRATO: SÍ
E. PLAZO DE GARANTIA:
Un año a contar desde la fecha de finalización del contrato administrativo.
F. SOLVENCIA
F.1 CLASIFICACIÓN DE LOS CONTRATISTAS: de conformidad con lo establecido en los artículos 65 y 66 del TRLCSP, la presente contratación exige la clasificación del contratista, y con sujeción a lo dispuesto en el artículo 36 y en la sección 2ª del Capítulo II del Título II del Libro I del Real Decreto 1098/2001, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, la que se exige para la presente contratación es la clasificación en el SUBGRUPO 5: Recogida y transporte de toda clase de residuos, del GRUPO R: Servicios de transporte; exigiéndose igualmente la clasificación en la categoría D.
Asimismo y atendiendo que no es exigible la clasificación a los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea, en este caso dichos empresarios deberán acreditar su solvencia por los medios que se establecen en el apartado F.2 siguiente.
F.2 SOLVÈNCIA ECONÒMICA I FINANCERA, TÈCNICA O PROFESSIONAL:
F.2.1 Medios de acreditación de la solvencia económica y financiera. Artículo 75 TRLCSP.
Las empresas licitadoras deberán justificar su capacidad financiera y económica a través de uno de los medios previstos en el artículo 75 del TRLCSP, que se indican a continuación:
1. Declaraciones apropiadas de entidades financieras o si procede justificante de la existencia de un seguro de indemnización de riesgos profesionales.
2. Las cuentas anuales presentadas ante el Registro Mercantil o registro oficial que corresponda.
3. Una declaración responsable relativa al volumen global de negocios, y si procede sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido como máximo, a los 3 últimos ejercicios.
F.2.2 Medios de acreditación de la solvencia técnica. Art. 78 TRLCSP.
Las empresas licitadoras deberán justificar su solvencia técnica a través de como mínimo, 2 de los medios que se indican a continuación:
1. Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos 3 años que incluya importe, fechas y destinatario, público o privado. Los servicios o trabajos realizados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente en caso que el destinatario sea una entidad del sector público, y mediante un certificado o declaración del empresario cuando el destinatario sea un sujeto privado.
2. Relación donde conste el personal técnico, o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente los encargados del control de calidad.
3. Titulaciones académicas y profesionales del empresario y del personal directivo de la empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato.
4. Relación indicando las medidas de gestión medioambiental que el empresario puede aplicar al ejecutar el contrato.
5. Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y la importancia de su personal directivo durante los 3 últimos años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente.
6. Declaración que indique la maquinaria, material y equipo técnico de que dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente.
Los documentos se podrán aportar en documento original, copia auténtica, copia legitimada por notario o copia compulsada por el secretario del Ajuntament de Son Servera.
G. REVISIÓN DE PRECIOS:
Transcurrido un año des de su formalización y ejecutado al menos un veinte por ciento (20 %) del importe del contrato, se aplicará el 85 % de la variación del IPC general nacional del año natural anterior, de acuerdo con lo previsto en el artículo 90 TRLCSP.
H. GARANTIAS
H.1 Garantía provisional: 3 % del presupuesto de licitación (IVA excluido): 106 092,26 EUR
H.2 Garantía definitiva: 5 % del importe de adjudicación (IVA excluido)
Forma de prestar la garantía: En cualquiera de las formas reguladas en el artículo 96.1 del TRLCSP.
I. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
Lugar: Ajuntament de Son Servera, Plaça Sant Ignasi, 1, 07550 Son Servera
Data límite: cincuenta y dos días naturales, a contar desde el día siguiente al de la fecha de envío del anuncio del contrato al Diario Oficial de la Unión Europea. Si el último día del citado término es domingo o festivo, el mismo se entenderá prorrogado hasta las 14 horas del primer día hábil siguiente.
Horario: de 09.00 a les 14.00 horas, de lunes a viernes, y de 9 a 13 horas, en el Registro General del Ajuntament de Son Servera
Dirección donde se puede anunciar el envío por correo de la oferta: FAX: +34 971568101
Modalidades de presentación: presencialmente en el registro general o por correo postal complementado con envío el mismo día, de fax al número +34 971568101, acreditando la justificación de la fecha de imposición en correos y anunciando al órgano de contratación dicho envío, fax que deberá recibirse en el órgano de contratación antes de la fecha y hora de finalización de presentación de proposiciones, debiendo recibir en todo caso la documentación en el órgano de contratación en el plazo máximo de 10 días naturales siguientes a la fecha de finalización del plazo de presentación de proposiciones, si el envío es anterior a la fecha y hora de finalización del plazo de presentación de proposiciones, en otro caso, la documentación no se admitirá, debiendo acreditar el cumplimiento de ambos requisitos.
J. PARAMETROS OBJETIVOS PARA APRECIAR VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADOS. Art. 152 TRLCSP
En principio, se consideran desproporcionadas o temerarias las ofertas que estén en los casos siguientes en relación al criterio de adjudicación del precio ofertado:
1. Cuando, en caso que concurran un solo licitador, el precio ofertado sea inferior al presupuesto de licitación en más de 25 unidades porcentuales.
2. Cuando concurran dos licitadores, la que sea inferior en más de 20 unidades porcentuales a la otra oferta en relación al precio ofertado.
3. Cuando concurran tres licitadores, las que sean inferiores en más de 20 unidades porcentuales a la media aritmética de los precios de las ofertas presentadas. No obstante, para el cómputo de la media se debe excluir la oferta que sea de una cuantía más elevada cuando sea superior en más de 15 unidades porcentuales a la media. En cualquier caso, se considera desproporcionada la baja superior a 25 unidades porcentuales.
4. Cuando concurran cuatro licitadores o más, las que sean inferiores en más de 20 unidades porcentuales a la media aritmética de les ofertas presentadas. No obstante, si entre éstas hay ofertas superiores a la media en más de 15 unidades porcentuales, se debe calcular una nueva media sólo con las ofertas que no estén en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de las otras ofertas es inferior a tres, la nueva media se debe calcular sobre las tres ofertas de menor cuantía.
K. CIRCUNSTANCIAS DETERMINANTES DE LA ADJUDICACIÓN EN CASOS DE IGUALDAD DE PROPOSICIONES (cláusula 15.4 y DA 4a TRLCSP)
Cuando se crea conveniente, al efecto de la solución de empates, y cuando haya lugar según la cláusula 15.4, la propuesta de adjudicación se realizará a favor del empresario que acredite la circunstancia siguiente: Número de trabajadores con discapacidad superior al 2 % en los términos de la DA4a.2.
L. IMPORTE MÁXIMO DE GASTOS DE PUBLICIDAD:
- 2 500 EUR
M. SUBCONTRATACIÓN. Art. 227 TRLCSP:
NO SE PERMITE
N. PENALIDADES ESPECÍFICAS PARA ESTE CONTRATO: las especificadas en la cláusula 35 del pliego de cláusulas administrativas particulares.
O. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se puede modificar por razón de interés público y para atender causas imprevistas justificadas debidamente, ya sea como prerrogativa de la Administración de aceptación obligada para el contratista, según los artículos 210, 219, y 305 del TRLCSP, cuando el importe de las modificaciones no superen, aislada o conjuntamente el 20 % del precio inicial del contrato (IVA excluido), o ya sea de mutuo acuerdo entre las partes, teniendo en cuenta los principios de libertad de pactos y de buena administración establecidos en el artículo 25 del TRLCSP. En estos casos hay que atender a lo dispuesto en los artículos 156 y 219 del TRLSCP.
P. RESOLUCION DEL CONTRATO:
Causas especiales de resolución del contrato:
Incumplimientos de la prestación que afecten características que se hayan tenido en cuenta para definir los criterios de adjudicación, a los cuales se atribuye carácter de obligación contractual esencial a los efectos del artículo 223.f (artículo 150.6 TRLCSP)
Q. NOTIFICACIÓN ELECTRÒNICA: NO
CUADRO DE CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
Criterios de valoración: 100 puntos
A. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
Los criterios que sirven de base para la adjudicación del contrato, por orden decreciente de importancia de acuerdo con la ponderación siguiente, son:
CRITERIOS: PONDERACIÓN
1. Mejor oferta Económica 60 puntos
2. Mejor Propuesta Técnica 25 puntos
3. Mejoras en el servicio 15 puntos
B. FORMA DE EVALUAR LAS PROPOSICIONES
Las fórmulas para valorar las proposiciones o la manera en que se valoran respecto de los criterios de adjudicación es la siguiente:
1. Mejor Oferta Económica: hasta un máximo de 60 puntos.
Rebaja en el precio de licitación: se concederá la puntuación máxima correspondiente al licitador que haya presentado la baja mayor sobre el precio de licitación y la resta de ofertas se valorarán de acuerdo con la siguiente fórmula:
Precio oferta a valorar – precio oferta más baja
_____________________________________ x 60 = PUNTOS
Precio oferta más alta – precio oferta más baja
2. Mejor Propuesta Técnica: hasta un máximo de 25 de puntos.
2.1 Calidad de la oferta en función del proyecto técnico de gestión: la relación de material, medios y personal, correcto dimensionamiento y logística de explotación de los diferentes servicios, claridad y coherencia de la oferta con aportación de planos, aportación de datos etc.......................hasta un máximo de 6 puntos
2.1.1 Concreción y solidez de la estructura
2.1.2 Aplicación adecuada de las diferentes operaciones a implantar respecto de las características de las zonas objeto del pliego.
2.1.3 Metodología y plan de trabajo propuesto en función de los objetivos fijados en los pliegos de condiciones.
2.1.4 Optimización de los sistemas de trabajo propuestos así como la máxima flexibilidad y adaptabilidad de los equipos humanos y materiales en la ejecución de los trabajos.
2.2 Justificación técnica y económica de los trabajos y equipos propuestos sobre la base de mediciones, rendimientos, cantidad de trabajo etc…… hasta un máximo de 7 puntos.
2.3 Correcto dimensionamiento. Logística, aplicabilidad, protección de datos y modularidad del sistema informático de seguimiento de los diferentes servicios…… hasta un máximo de 7 puntos.
2.4 Programa para el mantenimiento y reposición de material móvil......hasta un máximo de 3 puntos
2.5 Capacidad de respuesta inmediata del servicio (30 minutos como máximo) en casos de avisos y/o acontecimientos extremos........hasta un máximo de 2 puntos
3.Mejora en el servicio: hasta un máximo de 15 puntos
3.1 Sistemas de gestión implementados y certificados en servicios equivalentes al objeto de licitación en la empresa licitadora………hasta un máximo de 5 puntos.
2.6.1 EMAS 761/2001....................................................................1 punto
2.6.2 EN ISO 9.001........................................................................1 punto
2.6.3 EN ISO 14.001......................................................................1 punto
2.6.4 OHSAS 18001.......................................................................1 punto
2.6.5 Norma SGE 21 de Responsabilidad Social Corporativa.........1 punto
3.2 Antiggüedad de los vehículos:
Se entenderá como única mejora puntuable la antigüedad de los vehículos de recogida de carga posterior según la siguiente fórmula………..Hasta un máximo de 10 puntos.
10 - ((10 x ∑Bi x Ci)/8xA) = PUNTOS DE LA MEJORA
Siendo:
A. Suma total de los costes de los vehículos incluidos dentro de la mejora
B. Coste total de cada vehículo
C. Años de antigüedad de cada vehículo
El adjudicatario deberá presentar una relación de la antigüedad de cada vehículo.
C. DOCUMENTACIÓN RELATIVA A LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
La documentación relativa a los criterios de adjudicación que se ha de presentar es la siguiente (se indica también el sobre en el cual se debe incluir):
DOCUMENTACIÓN:
1. ANEXO I. MODELO OFERTA ECONÓMICA, SOBRE LETRA “B”
2. PROPOSICIÓN TÉCNICA RELATIVA A LOS CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS (MEJORAS EN EL SERVICIO), SOBRE LETRA “B”
3. PROPOSICIÓN TÉCNICA RELATIVA A LOS CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE UN JUICIO DE VALOR, SOBRE LETRA “C”.