El objecto de esta contratación es contratar los servicios necesarios para gestionar el vertedero de lodos y los lixiviados que se producen según las instrucciones recogidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares que garantice la consecución de los objectivos de calidad fixados en el mismo. Así mismo los servicios contratados deben assegurar un buen mantenimiento y conservación de la obra civil y equipos electromecánicos que garanticen la continuidad del servicio, evitando paros imprevistos por averías, y alargando la vida útil de los equipos instalados. La descripción de la instalación objecto de esta contratación, así como las obligaciones y las especificaciones para efectuar los trabajos asociados estan descritos en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.
Plazo
El plazo para la recepción de ofertas era de 2013-06-25.
La contratación se publicó en 2013-05-14.
Proveedores
Los siguientes proveedores se mencionan en decisiones de adjudicación u otros documentos de contratación:
Anuncio de licitación (2013-05-14) Objeto Alcance de la contratación
Título: Servicios de tratamiento de lodos
Cantidad o extensión:
351 899,88 EUR (IVA no incluido) es el presupuesto de licitación y el importe máximo de los precios unitarios a ofertar se indica en el anexo 3 del Pliego de Clàusulas Administrativas Particulares.703 799,76
Valor total de la contratación: 703 799,76 💰
Metadatos del anuncio
Idioma original: español 🗣️
Tipo de documento: Anuncio de licitación
Naturaleza del contrato: Servicios
Reglamentación: Unión Europea
Vocabulario común de contratación pública (CPV)
Código: Servicios de tratamiento de lodos📦
Procedimiento
Tipo de procedimiento: Procedimiento abierto
Tipo de oferta: Oferta para todos los lotes
Criterios de adjudicación
Oferta más económica
Autoridad contratante Identidad
País: España 🇪🇸
Tipo de poder adjudicador: Organismo de Derecho público
Nombre del poder adjudicador: Generalitat de Catalunya, Agencia Catalana del Agua del Departamento de Territorio y Sostenibilidad.
Dirección postal: Calle Provenza, 204-208
Código postal: 08036
Ciudad postal: Barcelona
Contacto
Dirección de internet: http://aca-web.gencat.cat/aca/appmanager/aca/aca/🌏
Correo electrónico: cmurall@gencat.cat📧
Teléfono: +34 935672800📞
Fax: +34 934881688 📠
Referencia Fechas
Fecha de envío: 2013-05-14 📅
Fecha límite de presentación: 2013-06-25 📅
Fecha de publicación: 2013-05-16 📅
Identificadores
Número de anuncio: 2013/S 094-160333
Número del DO-S: 94
Objeto Alcance de la contratación
Breve descripción:
El objecto de esta contratación es contratar los servicios necesarios para gestionar el vertedero de lodos y los lixiviados que se producen según las instrucciones recogidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares que garantice la consecución de los objectivos de calidad fixados en el mismo. Así mismo los servicios contratados deben assegurar un buen mantenimiento y conservación de la obra civil y equipos electromecánicos que garanticen la continuidad del servicio, evitando paros imprevistos por averías, y alargando la vida útil de los equipos instalados. La descripción de la instalación objecto de esta contratación, así como las obligaciones y las especificaciones para efectuar los trabajos asociados estan descritos en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.
El objecto de esta contratación es contratar los servicios necesarios para gestionar el vertedero de lodos y los lixiviados que se producen según las instrucciones recogidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares que garantice la consecución de los objectivos de calidad fixados en el mismo. Así mismo los servicios contratados deben assegurar un buen mantenimiento y conservación de la obra civil y equipos electromecánicos que garanticen la continuidad del servicio, evitando paros imprevistos por averías, y alargando la vida útil de los equipos instalados. La descripción de la instalación objecto de esta contratación, así como las obligaciones y las especificaciones para efectuar los trabajos asociados estan descritos en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares.
Cantidad o extensión:
351 899,88 EUR (IVA no incluido) es el presupuesto de licitación y el importe máximo de los precios unitarios a ofertar se indica en el anexo 3 del Pliego de Clàusulas Administrativas Particulares.
Número de renovaciones posibles: 1
Plazo para los contratos posteriores: 12 meses
Número de referencia: CTN1300212
Lugar de ejecución
Emplazamiento principal o lugar de actuación: Vic.
Información jurídica, económica, financiera y técnica Condiciones de participación
Habilitación para el ejercicio de la actividad profesional:
Véase cláusula 9 del Pliego de cláusulas administrativas particulares que regula la capacidad de contratar, teniendo en cuenta que en caso de persona física será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o equivalente. En caso de persona jurídica española será obligatoria la presentación del Código de Identificación fiscal, de la escritura de constitución o modificación, inscrita en el Registro Mercantil si procede, así como el documento de apoderamiento del representante y su Documento Nacional de Identidad o equivalente. La capacidad de obrar de las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o firmantes del Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo se deben acreditar mediante la inscripción en los registros profesionales o comerciales pertinentes o la presentación de las certificaciones que se indiquen en el apartado 1 del anexo I del RGLCAP. La capacidad de obrar de las empresas extranjeras de Estados no miembros de la Unión Europea ni firmantes del Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo se acredita con la aportación de un informe emitido por la misión diplomática permanente o por la oficina consular de España del lugar del domicilio de la empresa, en el que conste, previa acreditación de la empresa, que figuran inscritas en el registro local profesional, comercial o análoga, o, en su defecto, que actúan habitualmente en el tráfico local en el ámbito de las actividades que abastece el objeto del contrato. También deben aportar un informe de la misión diplomática permanente de España o de la Secretaria General de Comercio Exterior, que acredite que el Estado del que son nacionales ha firmado el Acuerdo sobre contratación pública de la Organización Mundial del Comercio(OMC), siempre que se trate de contratos de cuantía igual o superior a la prevista en el artículo 16 del TRLCSP,o, en caso contrario, un informe de reciprocidad.
Habilitación para el ejercicio de la actividad profesional
Véase cláusula 9 del Pliego de cláusulas administrativas particulares que regula la capacidad de contratar, teniendo en cuenta que en caso de persona física será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o equivalente. En caso de persona jurídica española será obligatoria la presentación del Código de Identificación fiscal, de la escritura de constitución o modificación, inscrita en el Registro Mercantil si procede, así como el documento de apoderamiento del representante y su Documento Nacional de Identidad o equivalente. La capacidad de obrar de las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o firmantes del Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo se deben acreditar mediante la inscripción en los registros profesionales o comerciales pertinentes o la presentación de las certificaciones que se indiquen en el apartado 1 del anexo I del RGLCAP. La capacidad de obrar de las empresas extranjeras de Estados no miembros de la Unión Europea ni firmantes del Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo se acredita con la aportación de un informe emitido por la misión diplomática permanente o por la oficina consular de España del lugar del domicilio de la empresa, en el que conste, previa acreditación de la empresa, que figuran inscritas en el registro local profesional, comercial o análoga, o, en su defecto, que actúan habitualmente en el tráfico local en el ámbito de las actividades que abastece el objeto del contrato. También deben aportar un informe de la misión diplomática permanente de España o de la Secretaria General de Comercio Exterior, que acredite que el Estado del que son nacionales ha firmado el Acuerdo sobre contratación pública de la Organización Mundial del Comercio(OMC), siempre que se trate de contratos de cuantía igual o superior a la prevista en el artículo 16 del TRLCSP,o, en caso contrario, un informe de reciprocidad.
Situación económica y financiera:
La acreditación de la solvencia económica y financiera se llevará a cabo mediante la aportación del certificado de clasificación como empresa de servicios expedida por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o por la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Departamento de Economía y Conocimiento de la Generalitat de Catalunya. Esta clasificación será la siguiente: grupo: S,subgrupo: 2, categoría: C. Cuando concurran en la licitación empresas licitadoras no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o firmantes del Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo ya sea aisladamente o en unión temporal de empresas, caso que no presenten el certificado de classificación citado, deberán acreditar su solvencia económica y financiera mediante la presentación de la declaración relativa a la cifra de negocio global, durante los últimos 3 años con un volumen mínimo anual del doble del importe de adjudicación en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato de acuerdo con el artículo 75.1.c) del TRLCSP.
La acreditación de la solvencia económica y financiera se llevará a cabo mediante la aportación del certificado de clasificación como empresa de servicios expedida por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o por la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Departamento de Economía y Conocimiento de la Generalitat de Catalunya. Esta clasificación será la siguiente: grupo: S,subgrupo: 2, categoría: C. Cuando concurran en la licitación empresas licitadoras no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o firmantes del Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo ya sea aisladamente o en unión temporal de empresas, caso que no presenten el certificado de classificación citado, deberán acreditar su solvencia económica y financiera mediante la presentación de la declaración relativa a la cifra de negocio global, durante los últimos 3 años con un volumen mínimo anual del doble del importe de adjudicación en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato de acuerdo con el artículo 75.1.c) del TRLCSP.
Capacidad técnica y profesional:
La acreditación de la solvencia técnica se llevará a cabo mediante la aportación del certificado de clasificación como empresa de servicios expedida por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado por la Junta Consultiva
de Contratación Administrativa del Departamento de Economía y Conocimiento de la Generalitat de Catalunya. Esta clasificación será la siguiente: grupo: S, subgrupo: 2, categoría: C. Cuando concurran en la licitación empresas licitadoras no españolas de
de Contratación Administrativa del Departamento de Economía y Conocimiento de la Generalitat de Catalunya. Esta clasificación será la siguiente: grupo: S, subgrupo: 2, categoría: C. Cuando concurran en la licitación empresas licitadoras no españolas de
Estados miembros de la Unión Europea o firmantes del Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo ya sea aisladamente o en unión temporal de empresas, caso que no presenten el certificado de classificación citado, deberán acreditar su solvencia técnica o
profesional mediante una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años consistentes en el objeto de este contrato que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privados de los mismos. Estos deberan estar directamente relacionados con la actividad objeto de este contrato. Estos servicios o trabajos se acreditaran mediante
profesional mediante una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años consistentes en el objeto de este contrato que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privados de los mismos. Estos deberan estar directamente relacionados con la actividad objeto de este contrato. Estos servicios o trabajos se acreditaran mediante
certificados expedidos o visados por el órgano competente si el destinatario es una entidad del sector público o,cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste. A falta de certificados, se podran acreditar mediante una declaración del empresario.
certificados expedidos o visados por el órgano competente si el destinatario es una entidad del sector público o,cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste. A falta de certificados, se podran acreditar mediante una declaración del empresario.
Ejecución del contrato
Depósitos y garantías exigidos:
Será obligatoria la constitución de una garantía definitiva equivalente al 5 % del importe de adjudicación (véase Clàusula 15 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares).
Principales condiciones de financiación y modalidades de pago y/o referencia a las disposiciones pertinentes por las que se rigen:
El importe de los servicios ejecutados se acreditará de conformidad con el pliego de prescripciones técnicas, por medio de los documentos que acrediten la realización total o parcial del contrato expedido por el órgano competente. El pago al contratista se efectuará contra presentación de factura, expedida de acuerdo con la normativa vigente, en los plazos y las condiciones establecidas en el artículo 216 del TRLCSP. Ver cláusula 26 del pliego de cláusulas administrativas particulares.
Principales condiciones de financiación y modalidades de pago y/o referencia a las disposiciones pertinentes por las que se rigen
El importe de los servicios ejecutados se acreditará de conformidad con el pliego de prescripciones técnicas, por medio de los documentos que acrediten la realización total o parcial del contrato expedido por el órgano competente. El pago al contratista se efectuará contra presentación de factura, expedida de acuerdo con la normativa vigente, en los plazos y las condiciones establecidas en el artículo 216 del TRLCSP. Ver cláusula 26 del pliego de cláusulas administrativas particulares.
Forma jurídica que adoptará la agrupación de operadores económicos adjudicataria del contrato:
En el caso que una agrupación de empresas resultara adjudicataria del contrato, la forma jurídicia que deberá adoptar dicha agrupación se ajustará a lo dispuesto en la cláusula 9.3 del Pliego de cláusulas administrativas particulares que rige en esta licitación. La Agrupación de Empresas adoptará la forma jurídica de UniónTemporal de Empresas, Agrupación de Interés Económico o Agrupación Europea de Interés Económico.
Forma jurídica que adoptará la agrupación de operadores económicos adjudicataria del contrato
En el caso que una agrupación de empresas resultara adjudicataria del contrato, la forma jurídicia que deberá adoptar dicha agrupación se ajustará a lo dispuesto en la cláusula 9.3 del Pliego de cláusulas administrativas particulares que rige en esta licitación. La Agrupación de Empresas adoptará la forma jurídica de UniónTemporal de Empresas, Agrupación de Interés Económico o Agrupación Europea de Interés Económico.
Procedimiento
Plazo de validez de la oferta: 2 meses
Fecha de apertura de ofertas: 2013-07-08 📅
Lugar de apertura:
Agencia Catalana del Agua, Calle Provenza, 260, 1ª planta. Barcelona 08008, España.
Lugar: Agencia Catalana del Agua, Calle Provenza, 260, 1ª planta. Barcelona 08008, España.
Información sobre las personas autorizadas y el procedimiento de apertura: Acto público.
Criterios de adjudicación
Criterio: 1. Económicos (100)
Lenguas
Lengua: español 🗣️
Otras lenguas: catalán
Referencia Fechas
Fecha de inicio: 2013-09-16 📅
Fecha final: 2014-09-15 📅
Identificadores
Número de referencia atribuido por el poder adjudicador: CTN1300212
Información complementaria Órgano de revisión
Nombre: Órgano Administrativo de Recursos de Cataluña
Dirección postal: Via Laietana, 13
Ciudad postal: Barcelona
Código postal: 08003
País: España 🇪🇸
Información sobre los plazos de procedimientos de recurso:
Serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación de forma previa o alternativamente a la interposición del recurso contencioso administrativo,de conformidad a la Ley 28/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa: los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación; los actos trámite que decidan directamente o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o prejuicio irreparable a derechos o intereses legítimos; y los acuerdos de adjudicación del contrato. El recurso deberá anunciarse previamente especificando el acto del procedimiento que sea objeto del mismo. El plazo será de 15 días hábiles des del día siguiente a aquel en el cual se remita la notificación del acto impugnado. Contra la resolución del recurso especial en materia de contratación solo podrá interponerse recurso contencioso administrativo conforme a lo dispuesto en el artículo 10.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa. Por otro lado, las cuestiones que surjan sobre la interpretación, las dudas que surjan del cumplimiento, la modificación y la resolución de este contrato, se resuelven por el órgano de contratación, los acuerdos del cual ponen fin a la vía administrativa. Contra estos acuerdos se puede interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, delante del mismo órgano que ha dictado el acto, o bien directamente recurso contencioso administrativo, en el plazo de 2 meses, delante de la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, a contar los dos plazos a partir del día siguiente de la notificación del acto impugnado, de conformidad con lo que disponen los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y con el artículo 10.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa. Véase cláusula 39 del Pleigo de Cláusulas Administrativas particulares.
Información sobre los plazos de procedimientos de recurso
Serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación de forma previa o alternativamente a la interposición del recurso contencioso administrativo,de conformidad a la Ley 28/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa: los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación; los actos trámite que decidan directamente o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o prejuicio irreparable a derechos o intereses legítimos; y los acuerdos de adjudicación del contrato. El recurso deberá anunciarse previamente especificando el acto del procedimiento que sea objeto del mismo. El plazo será de 15 días hábiles des del día siguiente a aquel en el cual se remita la notificación del acto impugnado. Contra la resolución del recurso especial en materia de contratación solo podrá interponerse recurso contencioso administrativo conforme a lo dispuesto en el artículo 10.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa. Por otro lado, las cuestiones que surjan sobre la interpretación, las dudas que surjan del cumplimiento, la modificación y la resolución de este contrato, se resuelven por el órgano de contratación, los acuerdos del cual ponen fin a la vía administrativa. Contra estos acuerdos se puede interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, delante del mismo órgano que ha dictado el acto, o bien directamente recurso contencioso administrativo, en el plazo de 2 meses, delante de la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, a contar los dos plazos a partir del día siguiente de la notificación del acto impugnado, de conformidad con lo que disponen los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y con el artículo 10.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa. Véase cláusula 39 del Pleigo de Cláusulas Administrativas particulares.
Servicio del que puede obtenerse información sobre el procedimiento de recurso
Nombre: Agencia Catalana del Agua, División de la Asesoría Jurídica
Dirección postal: Calle Provenza, 260, 7ª planta
Código postal: 08008
Fuente: OJS 2013/S 094-160333 (2013-05-14)
Anuncio de adjudicación de contrato (2013-09-17) Objeto Alcance de la contratación
Título: Servicios de tratamiento y eliminación de desperdicios y residuos no peligrosos
Valor total de la contratación: 211 403,69 💰
Metadatos del anuncio
Tipo de documento: Anuncio de adjudicación de contrato
Vocabulario común de contratación pública (CPV)
Código: Servicios de tratamiento y eliminación de desperdicios y residuos no peligrosos📦
Procedimiento
Tipo de oferta: No procede
Autoridad contratante Identidad
Nombre del poder adjudicador: Generalitat de Catalunya, Agencia Catalana del Agua del Departamento de Territorio y Sostenibilidad
Referencia Fechas
Fecha de envío: 2013-09-17 📅
Fecha de publicación: 2013-09-19 📅
Identificadores
Número de anuncio: 2013/S 182-314377
Se refiere al anuncio: 2013/S 94-160333
Número del DO-S: 182
Adjudicación del contrato
Fecha de celebración del contrato: 2013-07-31 📅
Nombre: Ecocat, S.L.
Dirección postal: Camino de Can Bros, 6
Ciudad postal: Martorell (Barcelona)
Código postal: 08760
País: España 🇪🇸 Información sobre licitaciones
Número de ofertas recibidas: 6
Información complementaria Órgano de revisión
Información sobre los plazos de procedimientos de recurso:
Serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación de forma previa o alternativamente a la interposición del recurso contencioso administrativo,de conformidad a la Ley 28/1998, de 13 de junio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa: los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación; los actos trámite que decidan directamente o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o prejuicio irreparable a derechos o intereses legítimos; y los acuerdos de adjudicación del contrato. El recurso deberá anunciarse previamente especificando el acto del procedimiento que sea objeto del mismo. El plazo será de 15 días hábiles desde el día siguiente a aquel en el cual se remita la notificación del acto impugnado. Contra la resolución del recurso especial en materia de contratación solo podrá interponerse recurso contencioso administrativo conforme a lo dispuesto en el artículo 10.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa. Por otro lado, las cuestiones que surjan sobre la interpretación, las dudas que surjan del cumplimiento, la modificación y la resolución de este contrato, se resuelven por el órgano de contratación, los acuerdos del cual ponen fin a la vía administrativa. Contra estos acuerdos se puede interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de 1 mes, delante del mismo órgano que ha dictado el acto, o bien directamente recurso contencioso administrativo, en el plazo de 2 meses, delante de la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, a contar los dos plazos a partir del día siguiente de la notificación del acto impugnado, de conformidad con lo que disponen los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y con el artículo 10.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa. Véase cláusula 39 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
Información sobre los plazos de procedimientos de recurso
Serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación de forma previa o alternativamente a la interposición del recurso contencioso administrativo,de conformidad a la Ley 28/1998, de 13 de junio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa: los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación; los actos trámite que decidan directamente o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o prejuicio irreparable a derechos o intereses legítimos; y los acuerdos de adjudicación del contrato. El recurso deberá anunciarse previamente especificando el acto del procedimiento que sea objeto del mismo. El plazo será de 15 días hábiles desde el día siguiente a aquel en el cual se remita la notificación del acto impugnado. Contra la resolución del recurso especial en materia de contratación solo podrá interponerse recurso contencioso administrativo conforme a lo dispuesto en el artículo 10.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa. Por otro lado, las cuestiones que surjan sobre la interpretación, las dudas que surjan del cumplimiento, la modificación y la resolución de este contrato, se resuelven por el órgano de contratación, los acuerdos del cual ponen fin a la vía administrativa. Contra estos acuerdos se puede interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de 1 mes, delante del mismo órgano que ha dictado el acto, o bien directamente recurso contencioso administrativo, en el plazo de 2 meses, delante de la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, a contar los dos plazos a partir del día siguiente de la notificación del acto impugnado, de conformidad con lo que disponen los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y con el artículo 10.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa. Véase cláusula 39 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
Servicio del que puede obtenerse información sobre el procedimiento de recurso
Dirección postal: Calle Provenza, 260, 7a planta
Fuente: OJS 2013/S 182-314377 (2013-09-17)