Suministro de energía eléctrica para las infraestructuras hidráulicas del Excmo. Cabildo Insular de El Hierro destinado a la prestación de su servicio público

Excmo. Cabildo Insular de El Hierro

Es objeto la contratación con una empresa comercializadora (comercializador) del suministro de energía eléctrica en baja tensión y alta tensión, incluyendo el acceso a las redes, de las infraestructuras hidráulicas titularidad del Excmo. Cabildo Insular de El Hierro, destinado a la prestación de su servicio público; que se realizará conforme al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, y conforme al Pliego de Prescripciones Técnicas correspondientes.

Plazo

El plazo para la recepción de ofertas era de 2013-04-15. La contratación se publicó en 2013-03-05.

Proveedores

Los siguientes proveedores se mencionan en decisiones de adjudicación u otros documentos de contratación:

¿A quién? ¿Cómo? ¿dónde?
Historial de adquisiciones
Fecha Documento
2013-03-05 Anuncio de licitación
2013-07-05 Anuncio de adjudicación de contrato
Anuncio de licitación (2013-03-05)
Objeto
Alcance de la contratación
Título: Electricidad
Cantidad o extensión: 4 501 029,74
Valor total de la contratación: 4 501 029,74 💰
Metadatos del anuncio
Idioma original: español 🗣️
Tipo de documento: Anuncio de licitación
Naturaleza del contrato: Suministros
Reglamentación: Unión Europea
Vocabulario común de contratación pública (CPV)
Código: Electricidad 📦

Procedimiento
Tipo de procedimiento: Procedimiento abierto
Tipo de oferta: Oferta para todos los lotes
Criterios de adjudicación
Oferta más económica

Autoridad contratante
Identidad
País: España 🇪🇸
Tipo de poder adjudicador: Autoridad regional o local
Nombre del poder adjudicador: Excmo. Cabildo Insular de El Hierro
Dirección postal: c/ Doctor Quintero Magdaleno, nº 11
Código postal: 38900
Ciudad postal: Valverde
Contacto
Correo electrónico: jarmas@el-hierro.org 📧
Teléfono: +34 922553400 📞
Fax: +34 922550407 📠

Referencia
Fechas
Fecha de envío: 2013-03-05 📅
Fecha límite de presentación: 2013-04-15 📅
Fecha de publicación: 2013-03-09 📅
Identificadores
Número de anuncio: 2013/S 049-079594
Número del DO-S: 49
Información complementaria
El plazo de vigencia del contrato será de 1 año, contado a partir de su formalización, con la posibilidad de prorrogarlo 1 año más. No obstante lo anterior, una vez finalizado el plazo total de ejecución del contrato, incluida en su caso la prórroga, la empresa adjudicataria deberá continuar realizando el suministro y mantener las mismas condiciones del contrato hasta la adjudicación de uno nuevo, por un plazo no superior a 6 meses.
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Objeto
Alcance de la contratación
Breve descripción:
Es objeto la contratación con una empresa comercializadora (comercializador) del suministro de energía eléctrica en baja tensión y alta tensión, incluyendo el acceso a las redes, de las infraestructuras hidráulicas titularidad del Excmo. Cabildo Insular de El Hierro, destinado a la prestación de su servicio público; que se realizará conforme al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, y conforme al Pliego de Prescripciones Técnicas correspondientes.
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Descripción de las opciones: 1 año de prórroga y 6 meses de transitoriedad del suministro.
Calendario provisional para el ejercicio de las opciones: 012 meses
Número de renovaciones posibles: 1
Plazo para los contratos posteriores: 012 meses
Duración: 012 meses
Número de referencia: 0001-2013
Lugar de ejecución
Emplazamiento principal o lugar de actuación: Valverde

Información jurídica, económica, financiera y técnica
Condiciones de participación
Habilitación para el ejercicio de la actividad profesional:
III.2.1) Situación personal de los operadores económicos, incluidas las exigencias relativas a la inscripción en un registro profesional o mercantil.
Información y trámites necesarios para evaluar si se cumplen los requisitos:
1.- El documento o documentos que acrediten la personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de la proposición, se hará de la forma siguiente:
Para empresarios individuales, Documento Nacional de Identidad. Si se trata de personas jurídicas, deberán presentar CIF de la empresa, escrituras de constitución, y de modificación en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, deberán presentar el documento de constitución, estatutos o acto fundacional en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial que fuera preceptivo. Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, y las restantes empresas extranjeras acreditarán su capacidad de obrar conforme lo previsto en los artículos 9 y 10 del RGLCAP, respectivamente, tal como se detalla en la cláusula 4 del Pliego.
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2.- Cuando el licitador actúe mediante representante, se deberá aportar copia auténtica del Documento Nacional de Identidad del representante, así como documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar.
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3.- Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, así como el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal de empresas en caso de resultar adjudicatarios del contrato, y la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa.
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4.- Los licitadores deberán aportar la documentación acreditativa de la solvencia económica, financiera y técnica de conformidad con lo señalado en la cláusula 5 del presente Pliego.
Las empresas que liciten en unión temporal, deberán acreditar los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica.
Si la empresa está clasificada, se acreditará a los efectos previstos en el párrafo anterior, los certificados de clasificación o documentos similares que hayan sido expedidos por Estados miembros de la Unión Europea a favor de sus propios empresarios constituirán una presunción de aptitud en los términos reseñados en el artículo 84 del TRLCSP.
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Para los empresarios no españoles de la Unión Europea que no estén clasificados, será suficiente acreditar ante el órgano de contratación la capacidad financiera, económica y técnica, conforme a lo estipulado en la cláusula 5 del presente pliego, así como que se encuentran habilitadas para realizar la prestación que constituye el objeto del contrato con arreglo a la legislación del Estado de procedencia, en los términos establecidos en el artículo 58 de la TRLCSP.
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Si la empresa se encontrase pendiente de clasificación, deberá aportarse el documento acreditativo de haber presentado la correspondiente solicitud para ello, debiendo no obstante justificar posteriormente haber obtenido la clasificación exigida en el plazo de subsanación de defectos u omisiones en la documentación a que se refiere la cláusula 9 del presente pliego.
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El certificado de clasificación deberá ir acompañado en todo caso de una declaración responsable en la que el licitador manifieste que los datos de clasificación no han tenido variación. (art. 146.3 TRLCSP). No obstante lo establecido en el apartado anterior, para los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea, será suficiente que acrediten, en su caso, ante el órgano de contratación correspondiente su solvencia económica, financiera y técnica, conforme a los requisitos establecidos en la cláusula 5 del presente pliego.
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Las uniones temporales de empresarios deberán acreditar que todas las empresas que integran la unión han obtenido clasificación como empresa contratista de suministros. En tal caso, se acumularán las clasificaciones individuales de los miembros de la U.T.E., a efectos de poder acreditar la clasificación global exigida en el presente pliego. Si concurren uniones de empresarios nacionales, extranjeros no comunitarios o extranjeros comunitarios, los dos primeros deberán acreditar su clasificación y los últimos, en defecto de ésta, su solvencia económica, financiera y técnica.
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5.- Testimonio judicial, certificación administrativa o declaración responsable del licitador otorgada ante una autoridad administrativa u organismo profesional cualificado, o mediante acta de manifestaciones debidamente firmada, y que se formalizara ante notario público una vez adjudicado el contrato por el adjudicatario, de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración conforme al artículo 60 del TRLCSP, comprendiendo expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por los arts. 73 y 146.1.c de la TRLCSP, sirviendo para tal fin el texto modelo contenido en el anexo II a este PCAP. Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá sustituirse por declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial.
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6.- Declaraciones responsables del licitador debidamente firmadas, conforme los modelos contenidos en los anexos III y IV del presente PCAP, y que una vez adjudicado deberá formalizarse ante autoridad administrativa o acta de manifestaciones ante notario por el adjudicatario.
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7.- Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
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8.- Los licitadores que pretenda contar para la adjudicación con la preferencia regulada en la disposición adicional 4ª del TRLCSP, deberán presentar los documentos que acrediten que, al tiempo de presentar su proposición, tiene en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 % o que la empresa licitadora está dedicada específicamente a la promoción e inserción laboral de personas en situación de exclusión social, junto con el compromiso formal de contratación a que se refiere dicha la disposición adicional cuarta. La documentación justificativa de dichas circunstancias, será solicitada, en caso de empate, por el órgano de contratación entre los licitadores en que concurra esta circunstancia.
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Toda la documentación a presentar por los licitadores habrá de ser documentación original o bien copias que tengan carácter de auténticas o compulsadas conforme a la legislación vigente en la materia, excepto el documento acreditativo de la garantía provisional, en su caso, que habrá de aportarse en original. Asimismo, los licitadores presentarán su documentación en castellano.
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Situación económica y financiera:
a) Informe de instituciones financieras, o en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
b) Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente diligenciados.
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5.3. Los documentos requeridos para la acreditación de la solvencia deberán presentarse traducidos de forma oficial al castellano si no estuvieran redactados en dicha lengua. Así mismo, el órgano de contratación podrá recabar del empresario aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados o requerirle para la presentación de otros complementarios, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 82 del TRLCSP.
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Tales medios de acreditación podrán ser sustituidos por los que consten en el certificado de inscripción en el Registro de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Canarias que el licitador aporte, o por la acreditación de una clasificación suficiente.
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No podrán concurrir a la licitación aquellas empresas que hubieren participado en la elaboración de las especificaciones técnicas a que se refiere el presente contrato, siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras.
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Los que contraten con la Administración, podrán hacerlo por sí, o mediante la representación de personas debidamente facultadas para ello.
Capacidad técnica y profesional:
— Relación de los principales suministros efectuados durante los 3 últimos años, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.
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— Indicación del personal técnico o unidades técnicas, integradas o no en la empresa, de los que se disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del control de calidad.
— Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa.
Ejecución del contrato
Depósitos y garantías exigidos: No se exige
Principales condiciones de financiación y modalidades de pago y/o referencia a las disposiciones pertinentes por las que se rigen:
El adjudicatario tiene derecho al abono del precio de los suministros de electricidad efectivamente realizados y formalmente recibidos por la Administración mediante la conformidad de los mismos emitida por la Administración. Presentando la correspondiente factura, expedida de acuerdo con la normativa vigente.
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Las facturas se presentarán tal como se recoge en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
El período de pago de las facturas e intereses de demora se ajustará a lo regulado en los artículos 82 y 84 del RD 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, modificado por el RD 1718/2012 de 28 de diciembre y RD 1454/2005 de 2 de diciembre, o cualquier otra normativa vigente que lo sustituya o complemente. No obstante, dicho período de pago comenzará desde la aceptación definitiva de la factura por el Cabildo.
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Procedimiento
Fecha de apertura de ofertas: 2013-04-15 📅
Lugar de apertura: Excmo. Cabildo Insular de El Hierro.
Lugar: Excmo. Cabildo Insular de El Hierro.
Información sobre las personas autorizadas y el procedimiento de apertura: Ver cláusula 9 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
Lenguas
Lengua: español 🗣️

Autoridad contratante
Identidad
Número de registro nacional: P3800003J
Contacto
Punto de contacto: Contratación
José Francisco Armas Pérez
Área de Contratación
Correo electrónico: jfarmas@el-hierro.org 📧
URL de los documentos: http://www.elhierro.es 🌏

Referencia
Identificadores
Número de referencia atribuido por el poder adjudicador: 0001-2013
Información complementaria
El plazo de vigencia del contrato será de 1 año, contado a partir de su formalización, con la posibilidad de prorrogarlo 1 año más.
No obstante lo anterior, una vez finalizado el plazo total de ejecución del contrato, incluida en su caso la prórroga, la empresa adjudicataria deberá continuar realizando el suministro y mantener las mismas condiciones del contrato hasta la adjudicación de uno nuevo, por un plazo no superior a 6 meses.
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Información complementaria
Órgano de revisión
Nombre: Tribunal Superior de Justicia (Sala de lo Contencioso Administrativo)
Ciudad postal: Plaza San Francisco, nº 15
Código postal: 38002
País: España 🇪🇸
Teléfono: +34 922534809 📞
Fax: +34 922248725 📠
Contratación recurrente
012
Fuente: OJS 2013/S 049-079594 (2013-03-05)
Anuncio de adjudicación de contrato (2013-07-05)
Objeto
Alcance de la contratación
Valor total de la contratación: 4 501 029,74 💰
Metadatos del anuncio
Tipo de documento: Anuncio de adjudicación de contrato

Procedimiento
Tipo de oferta: No procede

Referencia
Fechas
Fecha de envío: 2013-07-05 📅
Fecha de publicación: 2013-07-09 📅
Identificadores
Número de anuncio: 2013/S 131-226480
Se refiere al anuncio: 2013/S 49-079594
Número del DO-S: 131

Objeto
Alcance de la contratación
Valor estimado sin IVA: 1 356 794,83 💰
1 531 167,03 💰

Procedimiento
Criterios de adjudicación
Criterio: 1. Mayor descuento ofertado sobre el valor máximo estimado en las tarifas de baja tensión señalados en el pliego de prescripciones técnicas. El porcentaje de descuento que se oferte (importe con dos decimales) será el mismo para todas las tarifas en baja tensión. En el descuento correspondiente se entenderán incluidos la totalidad de los gastos e impuestos de electricidad. (25)
2. Mayor descuento ofertado sobre el valor máximo estimado de las tarifas en alta tensión señalados en el pliego de prescripciones técnicas. El porcentaje de descuento que se oferte (importe con dos decimales) será el mismo para todas las tarifas en alta tensión. En el descuento correspondiente se entenderán incluidos la totalidad de los gastos e impuestos de electricidad. (75)

Adjudicación del contrato
Fecha de celebración del contrato: 2013-05-02 📅
Nombre: Endesa Energía, S.A.U.
Dirección postal: c/ Ribera de Loira, nº 60
Ciudad postal: Madrid
Código postal: 28042
País: España 🇪🇸
Correo electrónico: eduardo.benitez@endesa.es 📧
Información sobre licitaciones
Número de ofertas recibidas: 2

Referencia
Identificadores
Número de anuncio en el DO S: 2013/S 49-079594
Fuente: OJS 2013/S 131-226480 (2013-07-05)