Contrato de servicios energéticos con mantenimiento y garantía total de las instalaciones térmicas y eléctricas de los edificios municipales y de alumbrado público del Ayuntamiento de Orozko
Es objeto del presente pliego de condiciones la regulación de las condiciones que regirán la contratación de servicios energéticos con mantenimiento y garantía total de las instalaciones térmicas y eléctricas de los edificios municipales y de alumbrado publico del Ayuntamiento de Orozko que se detallan en el pliego de condiciones técnicas. Los servicios a contratar tienen como finalidad realizar las siguientes prestaciones: — prestación P1 – Gestión Energética: gestión energética necesaria para el funcionamiento correcto de las instalaciones objeto del contrato; gestión del suministro energético de combustibles y electricidad, control de calidad, cantidad y uso y garantía de aprovisionamiento; — prestación P2 – Mantenimiento: mantenimiento preventivo para lograr el perfecto funcionamiento y limpieza de las instalaciones con todos sus componentes, así como lograr la permanencia en el tiempo del rendimiento de las instalaciones y de todos sus componentes al valor inicial; — prestación P3 – Garantía Total: reparación con sustitución de todos los elementos deteriorados en las instalaciones según se regula en el pliego de condiciones técnicas bajo la modalidad de Garantía Total; — prestación P4 – Obras de Mejora y Renovación de las Instalaciones consumidoras de energía: realización y financiación de obras de mejora y renovación y de adecuación a normativa de las instalaciones que se especifican en el pliego de condiciones técnicas; — prestación P5 – Inversiones en ahorro energético y energías renovables: además de las prestaciones enumeradas, con este contrato se pretende promover la mejora de la eficiencia energética mediante la incorporación de equipos e instalaciones, que fomenten el ahorro de energía, la eficiencia energética y la utilización de energías renovables y residuales como: biomasa, energía solar térmica, fotovoltaica, cogeneración, etc. Estas instalaciones serán estudiadas, propuestas, ejecutadas y financiadas por el Adjudicatario, mediante los ahorros o venta de energía renovable, conseguidos dentro del periodo de vigencia del contrato, y no tendrán repercusión económica sobre el presupuesto de este contrato.
Plazo
El plazo para la recepción de ofertas era de 2014-12-09.
La contratación se publicó en 2014-10-15.
Anuncio de licitación (2014-10-15) Objeto Alcance de la contratación
Título: Electricidad
Cantidad o extensión: 1 882 670
Valor total de la contratación: 1 882 670 💰
Metadatos del anuncio
Idioma original: español 🗣️
Tipo de documento: Anuncio de licitación
Naturaleza del contrato: Suministros
Reglamentación: Sin especificar
Vocabulario común de contratación pública (CPV)
Código: Electricidad📦
Procedimiento
Tipo de procedimiento: Procedimiento abierto
Tipo de oferta: Oferta para todos los lotes
Criterios de adjudicación
Oferta más económica
Autoridad contratante Identidad
País: España 🇪🇸
Tipo de poder adjudicador: Autoridad regional o local
Nombre del poder adjudicador: Ayuntamiento de Orozko
Dirección postal: Plaza Zubiaur, 3
Código postal: 48410
Ciudad postal: Orozko
Contacto
Dirección de internet: http://www.orozkoudala.com🌏
Correo electrónico: idazkaritza.orozko@bizkaia.org📧
Teléfono: +34 946339633📞
Fax: +34 946330579 📠
Referencia Fechas
Fecha de envío: 2014-10-15 📅
Fecha límite de presentación: 2014-12-09 📅
Fecha de publicación: 2014-10-18 📅
Identificadores
Número de anuncio: 2014/S 201-354575
Número del DO-S: 201
Información complementaria
Pliego de cláusulas técnicas del contrato de servicios energeticos con mantenimiento y garantía total de las instalaciones termicas y electricas de los edificios municipales y de alumbrado publico del ayuntamiento de orozko
indice
articulo 1.- condiciones generales
artículo 2.- ámbito de actuación
artículo 3.- requisitos a cumplir por las empresas seleccionadas
artículo 4.- condiciones técnicas
artículo 5.- prestaciones aseguradas por el adjudicatario
artículo 6.- disposiciones particulares
artículo 7.- modificación de equipos y/o instalaciones
artículo 8.- medida y verificación de los ahorros conseguidos
anexos
anexo 1.- relación de edificios, instalaciones y equipos objeto del contrato
anexo 2.- relación de operaciones de mantenimiento preventivo sistemático mínimas a realizar por el adjudicatario
anexo 3.- obras de mejora y renovación obligatorias de las instalaciones
anexo 4.- horarios de funcionamiento y temperaturas de consigna
anexo 5.- definición del consumo energetico en el año base
anexo 6.- diagnóstico energético
artículo 1.- condiciones generales
El objeto de este pliego de condiciones técnicas y de sus anexos es regular y definir el alcance y condiciones de las prestaciones que habrán de regir para la contratación de los SERVICIOS ENERGETICOS CON MANTENIMIENTO Y GARANTÍA TOTAL DE LAS INSTALACIONES TERMICAS Y ELECTRICAS DE LOS EDIFICIOS MUNICIPALES Y DE ALUMBRADO PUBLICO DEL AYUNTAMIENTO DE OROZKO
Los servicios a contratar tienen como finalidad realizar las siguientes prestaciones:
- Prestación P1- Gestión Energética: gestión energética necesaria para el funcionamiento correcto de las instalaciones objeto del contrato; gestión del suministro energético de combustibles y electricidad, control de calidad, cantidad y uso y garantía de aprovisionamiento.
- Prestación P2- Mantenimiento: mantenimiento preventivo para lograr el perfecto funcionamiento y limpieza de las instalaciones con todos sus componentes, así como lograr la permanencia en el tiempo del rendimiento de las instalaciones y de todos sus componentes al valor inicial.
- Prestación P3- Garantía Total: reparación con sustitución de todos los elementos deteriorados en las instalaciones según se regula en el presente Pliego de Condiciones Técnicas bajo la modalidad de Garantía Total.
- Prestación P4- Obras de Mejora y Renovación de las Instalaciones consumidoras de energía: realización y financiación de obras de mejora y renovación y de adecuación a normativa de las instalaciones que se especifican en el Pliego de Condiciones Técnicas.
- Prestación P5- Inversiones en ahorro energético y energías renovables: además de las prestaciones enumeradas, con este contrato se pretende promover la mejora de la eficiencia energética mediante la incorporación de equipos e instalaciones, que fomenten el ahorro de energía, la eficiencia energética y la utilización de energías renovables y residuales como: biomasa, energía solar térmica, fotovoltaica, cogeneración, etc.
Estas instalaciones serán estudiadas, propuestas, ejecutadas y financiadas por el Adjudicatario, mediante los ahorros o venta de energía renovable, conseguidos dentro del periodo de vigencia del contrato, y no tendrán repercusión económica sobre el presupuesto de este contrato.
Artículo 2.- ámbito de actuación
Los edificios, equipos e instalaciones objeto de este contrato se enumeran en el Anexo 1 de este Pliego de Condiciones Técnicas. El ámbito de actuación se extiende a:
EDIFICIOS
- Todas las instalaciones térmicas existentes, incluyendo instalaciones de suministro de combustible, los equipos de producción de calor y frio, las bombas de los circuitos de primario y secundario, depósitos, vasos de expansión, válvulas de seguridad, válvulas de control, válvulas de corte, llenados y vaciados, sondas, tuberías de distribución y su aislamiento, elementos terminales. Incluirá asimismo los equipos de renovación y tratamiento de aire exterior con todos sus elementos (filtros, baterías, compuertas, ventiladores, motores), así como ventiladores de extracción. Igualmente, quedan incluidos los vaciados, llenados y purgados de las instalaciones siempre que sea necesario efectuarlos.
- Todas las instalaciones eléctricas existentes, incluyendo el suministro de electricidad y sus instalaciones receptoras, centros de transformación de cliente, cajas generales de protección, contadores, líneas generales de alimentación, contadores, cuadro general de baja tensión y cuadros eléctricos de distribución con todos sus elementos, distribución de cableado y canalizaciones, puntos de luz, luminarias interiores y exteriores, luminarias de emergencia, fuentes de alimentación, sistemas de alimentación ininterrumpida (SAI), tomas de fuerza y de todos aquellos otros elementos pertenecientes a la instalación eléctrica.
- Todas los equipos de las instalaciones de monitorización, control y regulación existentes, incluyendo cuadros de control con sus controladores, reguladores, tarjetas de comunicaciones, pasarelas, módulos de entradas/salidas, buses de comunicaciones, buses de campo, sondas, actuadores, así como el software de monitorización y control de las señales y su programación.
Alumbrado público
- Todos los cuadros de mando y todos los elementos que forman parte de los mismos o participan en su funcionamiento, desde la acometida de la compañía distribuidora hasta las salidas de línea que parten de los cuadros de mando. Igualmente quedan incluidos los dispositivos eléctricos y electrónicos instalados entre los cuadros de mando y los puntos de luz destinados a proteger las instalaciones o modificar el suministro de la corriente, los equipos auxiliares que participan en el encendido de las lámparas, así como las propias lámparas, luminarias y tomas de tierra.
La empresa Adjudicataria acepta las instalaciones actuales, y tiene completo conocimiento de:
La ubicación y naturaleza de los edificios municipales e instalaciones de alumbrado público de Orozko, objeto del contrato.
Estado de todas las instalaciones y equipos cuya gestión le es encomendada.
Las condiciones particulares de acceso ligadas a la seguridad y a la especificidad de los edificios y sus instalaciones.
Artículo 3.- requisitos a cumplir por las empresas seleccionadas
Además de lo previsto en el Pliego de Condiciones Administrativas, los licitadores deberán satisfacer las siguientes condiciones mínimas:
- Haber visto y revisado los edificios, así como las instalaciones de alumbrado público objeto de la presente licitación, no pudiendo prevalerse de las diferencias con los citados datos facilitados en el presente Pliego y Anexos, para pretender un cambio de precio durante el periodo contractual.
- Para visitar las instalaciones el Ayuntamiento de Orozco establecerá el/los día/s y la hora en que ésta se llevará a cabo, dándolo a conocer mediante publicación en el perfil del contratista de la página web municipal. Las empresas recibirán un certificado municipal de haberse realizado la visita al edificio, el cual habrá de incluirse como documento 7 del Sobre A: documentación administrativa.
Artículo 4.- condiciones técnicas
4.1 Cumplimiento de la reglamentación
En el desarrollo de todas las prestaciones derivadas de los trabajos objeto de la presente licitación, será de obligado cumplimiento toda la normativa técnica vigente y de seguridad e higiene y de prevención de riesgos laborales, así como toda la que pueda ser de aplicación por las características de los edificios y sus instalaciones.
La empresa Adjudicataria aportará la ingeniería necesaria para llevar a cabo todos los trámites oportunos, con objeto de mantener debidamente legalizadas las instalaciones térmicas y eléctricas objeto del contrato sin costo adicional alguno para el Ayuntamiento de Orozko.
Toda reforma de una instalación requerirá la realización previa de un proyecto o memoria técnica sobre el alcance de la misma, que habrán de contar con el V.B. del Ayuntamiento.
La empresa Adjudicataria es responsable de la Dirección Técnica correspondiente a las inversiones y reformas que se contraten, bajo la supervisión de los responsables del Ayuntamiento de Orozko. Para ello deberá contar con el personal a su cargo con la cualificación necesaria para el desarrollo de todas las funciones que como Dirección Técnica le correspondan. Será preceptivo que el director técnico de cada instalación emita un Certificado final de las mismas.
4.2 Condiciones de seguridad
El Adjudicatario estará obligado a cumplir todas las especificaciones en materia de Seguridad y Salud, Seguridad Laboral y Seguridad señaladas en la Normativa vigente, con el fin de salvaguardar en esta materia tanto a las personas, como a los edificios e instalaciones.
El Adjudicatario deberá hacerse cargo de las posibles responsabilidades derivadas por daños producidos a terceros, como consecuencia del desarrollo de los trabajos necesarios para dar cumplimiento al presente Contrato. La empresa Adjudicataria deberá disponer de un Seguro de Responsabilidad Civil para tales efectos.
4.3. Condiciones a garantizar
4.3.1. Condiciones a garantizar en las instalaciones térmicas de los edificios
4.3.1.1. Ventilación
Se asegurará la ventilación y la calidad de aire interior de los locales tanto como sea necesario, según la naturaleza y uso de los edificios o establecimientos, equipados de las instalaciones de acuerdo con la normativa vigente.
4.3.1.2 Condiciones Ambientales y de Confort
Calefacción y Refrigeración
La temporada de calefacción habitual queda definida del 1 de Octubre al 30 de Mayo. La temporada de refrigeración para aquellos edificios climatizados queda definida del 1 de Junio al 30 de Septiembre.
Quedarán excluidas de este período aquellas instalaciones para cuyo funcionamiento se requieran unas temperaturas previamente definidas y no un período de tiempo.
El Ayuntamiento de Orozko fija las fechas de inicio y final de los períodos efectivos de calefacción y refrigeración, tanto al comienzo como a la finalización de la temporada, reservándose el derecho de pedir al Adjudicatario un número superior de días de servicio.
Dentro de las temporadas de calefacción y refrigeración, el servicio quedará cubierto siempre en los días y horas definidas por el Ayuntamiento para cada edificio objeto del contrato.
Si las condiciones climatológicas fuesen favorables, se podría interrumpir el servicio de calefacción o refrigeración, principalmente al principio y final de cada temporada. Cualquier cambio de las condiciones iniciales previstas, tendrá que ser aprobado formalmente por el
Ayuntamiento.
El Adjudicatario mantendrá en los locales con servicio de calefacción y/o refrigeración, una temperatura interior de acuerdo con los límites máximos y mínimos estipulados normativamente.
Producción de Agua Caliente Sanitaria (A.C.S.)
Se asegurará la producción de agua caliente sanitaria durante todo el año para los edificios o establecimientos equipados de las instalaciones adecuadas, y de acuerdo con su uso y temporada de utilización.
El Adjudicatario preparará el agua caliente para usos sanitarios a la temperatura mínima que resulte compatible con su uso, y cumpliendo las exigencias de la normativa vigente, en especial la que afecta a la prevención de la bacteria de la legionella.
Límites de Garantía de Temperaturas.
Las temperaturas interiores de calefacción y refrigeración definidas anteriormente serán garantizadas mientras la temperatura exterior no sea inferior a -5º C o superior a 36º C, en la estación meteorológica de Bilbao.
Fuera de dichos límites, el Adjudicatario asegurará las mejores condiciones de temperatura interior posible compatible con la potencia de las instalaciones y la seguridad de su funcionamiento.
Detectores de gas
El Adjudicatario deberá comprometerse a controlar y mantener el perfecto funcionamiento y vigencia de los detectores de gas instalados en las salas de calderas. La instalación, mantenimiento y renovación de las alarmas y detectores de gas instalados en las salas de calderas serán por cuenta del Adjudicatario.
4.3.2. Condiciones a garantizar en las instalaciones eléctricas de los edificios
Fuerza e iluminación
El Adjudicatario garantizará el suministro de energía durante las 24 horas que cubran las necesidades de las diferentes actividades que se desarrollen en las instalaciones.
Se podrán optimizar los encendidos y apagados de iluminación de las instalaciones, siempre que queden garantizadas las condiciones, los niveles de iluminación y uniformidad mínimos exigidos por las correspondientes normativas.
Cuadros eléctricos
El Adjudicatario será el responsable del buen mantenimiento de los cuadros eléctricos de las instalaciones objeto del servicio, que deberán ser revisados anualmente.
Luminarias, proyectores, focos, lámparas, interruptores, enchufes y mecanismos
Se deberá realizar un mantenimiento preventivo para mantener la iluminación de todas las instalaciones objeto del contrato. Se deberán mantener en perfecto estado de funcionamiento todos los interruptores, enchufes, mecanismos, etc., con el fin de garantizar el servicio y cumplir con el R.E.B.T.
Niveles de iluminación
Se asegurarán los niveles de iluminación exigidos con carácter de mínimo por la normativa de aplicación.
4.3.3. Condiciones a garantizar en las instalaciones de alumbrado público
Conservación
El Adjudicatario será responsable del correcto estado de conservación del alumbrado público, incluyendo cuadros de mando, equipos auxiliares de encendido, regulación y control, lámparas y luminarias.
Accionamiento
El Adjudicatario será responsable del correcto encendido y apagado de todas las instalaciones del alumbrado público, de acuerdo con el horario establecido por el Ayuntamiento de Orozko.
Inspecciones
El Adjudicatario será responsable de efectuar las inspecciones necesarias, con el fin de descubrir situaciones que pudieran presentar deficiencias en la prestación del servicio, averías o accidentes.
Estas rondas de inspección incluirán los centros de mando, lámparas y luminarias, debiéndose realizar un informe con carácter semestral del estado actual del alumbrado público, y en el que se recojan las incidencias detectadas durante las rondas de inspección.
Niveles de iluminación
Se efectuarán mediciones de nivel de iluminación con carácter semestral, siempre y cuando haya habido operaciones importantes de mantenimiento, tales como limpieza de lámparas, sustitución de las mismas o incorporación de equipos de regulación y control.
Se asegurarán los niveles de iluminación exigidos con carácter de mínimo por la normativa de aplicación.
Artículo 5.- prestaciones aseguradas por el adjudicatario
5.1.- Prestación de Gestión Energética (P1)
El Adjudicatario se compromete a hacer suministrar, a su cuenta y bajo su responsabilidad los combustibles y electricidad necesarios en cantidad y calidad suficiente para asegurar el funcionamiento y la utilización normal de las instalaciones definidas en el Anexo 1 del presente Pliego de Condiciones Técnicas.
Para ello gestionará todas las pólizas de abono y/o contratos necesarios. Si existiesen contratos en vigor en el momento de la adjudicación, el Adjudicatario podrá subrogarse a dichos contratos hasta su finalización.
El Adjudicatario controlará tanto la cantidad como la calidad de los aprovisionamientos en combustible y electricidad, así como su uso óptimo en las instalaciones tomadas a su cargo según las condiciones definidas en el presente Pliego de Condiciones Técnicas.
Las garantías de calidad en el suministro y aprovisionamiento dadas por el Adjudicatario se limitarán a las garantías dadas por los organismos o empresas distribuidores o comercializadoras.
El Adjudicatario podrá negarse únicamente a suministrar energías cuando existan graves disturbios, o cuando por cualquier causa se ponga en juego la seguridad de las instalaciones que le han sido confiadas o afecten totalmente o en parte a las instalaciones sometidas a las prescripciones del presente Pliego de Condiciones Técnicas. Igualmente cuando las circunstancias afecten a la seguridad de las personas o de los transportes.
Entonces, deberá avisar en el plazo más corto, y conjuntamente decidirán las medidas a tomar para restablecer las condiciones normales de suministro y uso.
El Servicio de Gestión Energética comprende:
Los aprovisionamientos de energía.
El pago de las facturas de combustibles y electricidad. A tal fin, el Adjudicatario realizará los trámites precisos para cambiar a su favor tanto la titularidad de los contratos de suministro energético vigentes, o los que se puedan suscribir, como los datos de domiciliación de las facturas de consumo energético.
La gestión de los contratos con las empresas distribuidoras o comercializadoras de energía.
El compromiso de “garantía de confort” (temperatura y humedad interior, horario de funcionamiento, temperatura del agua caliente sanitaria, niveles de iluminación), manteniendo las condiciones adecuadas a cada instalación, según se fija en el Pliego.
El compromiso de un precio conforme al coste unitario de la energía indispensable para cubrir las necesidades de calefacción, agua caliente sanitaria y climatización, del conjunto de los edificios objeto del contrato.
Medios de control de consumos
Contadores de energía
El Adjudicatario instalará los equipos de monitorización de consumo eléctrico definidos en la auditoría energética adjunta, en el caso de los edificios municipales.
En el caso de los cuadros de alumbrado público, se deberá instalar un equipo de telemedida por cada centro de mando, con las prestaciones indicadas en el Anexo 3.
Sensores térmicos de confort
El Adjudicatario instalará, en los lugares que acuerde con los servicios técnicos del Ayuntamiento de Orozko, sensores térmicos para controlar el nivel de confort de los distintos edificios objeto del contrato, siendo 1 el número mínimo a instalar por edificio.
Sistema de control
El Adjudicatario instalará un sistema de control que permita el registro continuo de datos. Las instalaciones objeto de este contrato contarán con los equipos necesarios para efectuar su control en tiempo real desde el punto o puntos que se acuerde con el Ayuntamiento de Orozko.
5.2.- Prestación de mantenimiento (P2)
El Adjudicatario realizará bajo su responsabilidad, sobre el conjunto de las instalaciones técnicas definidas en el Anexo 1, las prestaciones siguientes:
5.2.1 Conducción, vigilancia y control de las Instalaciones
La conducción y vigilancia incluyen todo el conjunto de tareas que permiten el control y dominio del funcionamiento de las instalaciones.
El Adjudicatario debe asegurar el control de los sistemas de regulación y equilibrio de las instalaciones para que la temperatura de los locales sea la más uniforme posible.
El Adjudicatario es responsable y decide los medios a utilizar para satisfacer esos objetivos y se ocupará en particular de:
Los arranques y paradas de las instalaciones
Las regulaciones y equilibrados necesarios
El seguimiento de los parámetros de funcionamiento de los equipos, los ensayos y maniobras de verificación del correcto funcionamiento de los equipos
La vigilancia general de las instalaciones
Las rondas e inspecciones corrientes
5.2.2 Servicios 24h/24h
El Adjudicatario deberá asegurar las intervenciones, en caso de avería o de disfuncionamiento, en el plazo máximo de dos horas (2h) en horario de apertura de las instalaciones del Ayuntamiento, y de cuatro horas (4h) fuera del horario de uso, en aquellas averías críticas que afecten de forma directa a los usuarios. En el resto de casos se atenderá antes de las 24 horas siguientes al aviso.
Para ello, el Adjudicatario organizará un servicio de atención 24h/24h, con medios de comunicación adecuados.
5.2.3 Mantenimiento Preventivo Sistemático
El Adjudicatario debe realizar todas las prestaciones de mantenimiento preventivo sistemático necesarias, determinadas según la normativa, en función de los materiales y su uso y de las especificaciones de los constructores de los mismos, y en especial las especificadas en el Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios (RD 1027/2007) y el Reglamento Eléctrico de Baja Tensión (RD 842/2002).
El Adjudicatario tomará todas las medidas para que dichas operaciones afecten lo mínimo posible al funcionamiento normal de los edificios y usuarios.
Las operaciones de mantenimiento mínimas a realizar serán las indicadas en el Anexo 2.
Si el Adjudicatario, por propia iniciativa y sin el previo consentimiento del Ayuntamiento de Orozko, efectuase trabajos de mejora o que superen el alcance que este pliego establece, estos trabajos se considerarán como incluidos en el precio del contrato sin que suponga coste adicional.
5.2.4 Mantenimiento Preventivo Condicional y Correctivo
El mantenimiento preventivo condicional interviene principalmente a partir de las observaciones derivadas de la conducción y vigilancia de las instalaciones.
La frecuencia y la naturaleza de las observaciones, los parámetros y criterios de decisión son de la responsabilidad e iniciativa del Adjudicatario.
El Adjudicatario realizará las intervenciones de mantenimiento correctivo en un plazo inferior a 2 horas, y tomará todas las medidas para que dichas operaciones afecten lo mínimo posible al funcionamiento normal de los edificios y usuarios.
5.2.5 Suministro y Gestión de Productos Consumibles
Para el desarrollo de las prestaciones del mantenimiento corriente, el Adjudicatario debe asegurarse el suministro de cuantos consumibles, pequeños suministros mecánicos y eléctricos que necesite, así como todos aquellos elementos que le sean precisos para efectuar un correcto mantenimiento, garantizando la disponibilidad de estos componentes, con el fin de evitar demoras o retrasos en el desarrollo de las prestaciones.
Todos los materiales empleados para el desarrollo de los trabajos deberán mantener el criterio de igualdad de marca y modelo a los instalados. En caso contrario, deberá justificarse técnica y económicamente la proposición del cambio. En general se tenderá a estandarizar y homogeneizar los materiales, evitando la proliferación de marcas, modelos, etc.
En el marco del mantenimiento preventivo condicional y correctivo, el Adjudicatario debe realizar la sustitución de las piezas defectuosas sobre el conjunto de las instalaciones definidas en el presente Pliego de Condiciones Técnicas.
El suministro y colocación de los repuestos, materiales o equipos están incluidos en la Garantía Total, así como cualquier gasto necesario, incluso de obra civil si fuera preciso. Estos gastos serán por cuenta del Adjudicatario.
5.2.6 Asistencia Técnica para los Controles Reglamentarios
El Adjudicatario asistirá al Ayuntamiento de Orozko en el transcurso de las visitas reglamentarias realizadas, bien por un Organismo de Control Acreditado, la Autoridad Sanitaria Competente, otros Organismos Oficiales o el propio Ayuntamiento.
Los costes derivados de los controles reglamentarios correrán por cuenta del Adjudicatario.
5.2.7. Documentación técnica y de mantenimiento
El Adjudicatario pondrá al día, para el edificio, el libro de mantenimiento en conformidad con la legislación vigente.
Para cada intervención de mantenimiento se mencionarán:
La fecha.
El tipo de operación.
Las sustituciones de piezas realizadas.
Las observaciones pertinentes.
Los libros de mantenimiento del conjunto de las instalaciones objeto del presente Pliego de Condiciones Técnicas, quedan a disposición del Ayuntamiento de Orozko para consultarlos en todo momento.
Igualmente se incluye la obligación del Adjudicatario de mantener actualizada la documentación siguiente:
Esquemas de funcionamiento de todas las salas de máquinas.
Emplazamiento de los mecanismos y elementos de seguridad.
Inventario de equipos y elementos básicos de las salas máquinas perfectamente actualizado.
Inventario de lámparas y luminarias perfectamente actualizado de los edificios.
Inventario de lámparas y luminarias perfectamente actualizado del alumbrado público.
Anualmente se hará entrega al Ayuntamiento de Orozko de la documentación relacionada, en soporte informático. Los gastos derivados de estos trabajos de Documentación Técnica serán a cargo del Adjudicatario.
5.2.8. Limpieza de las Salas de Máquinas
El Adjudicatario asegurará la limpieza de los equipos ubicados en las salas de máquinas así como de las salas de calderas.
5.2.9 Gestión de las Prestaciones
El Adjudicatario tendrá la obligación de establecer e implantar los documentos necesarios para el seguimiento de la gestión de las prestaciones definidas a continuación.
Establecer anualmente la lista provisional de los trabajos que serán realizados por el Adjudicatario en el marco de la Garantía Total.
Preparar los estudios técnicos y financieros necesarios para la preparación del presupuesto anual provisional en colaboración con los Servicios Técnicos del Ayuntamiento de Orozko.
Realizar anualmente la actualización de la lista de instalaciones y equipos objeto de la presente licitación.
El Adjudicatario dispondrá además de los medios necesarios para poder realizar y asegurar la correcta gestión de los residuos generados en el desempeño de las labores fijadas de conformidad con la normativa vigente.
5.3 Prestaciones de Garantía Total (P3)
El Adjudicatario se compromete a realizar los trabajos de reparación, sustitución y renovación necesarios para garantizar el buen estado de funcionamiento de las instalaciones y equipos definidos.
Para ello, asume la completa y entera responsabilidad de la consecución del buen estado de funcionamiento de las instalaciones efectuando las reparaciones y reposiciones de todo tipo de materiales precisos tanto en casos de desgaste normal como accidental, por cualquier razón que sea.
Los gastos que de esta prestación se deriven en concepto de reparación y reposición, incluida la mano de obra, el desmontaje y montaje, el transporte y por supuesto el costo del material de reposición y reparación, serán por cuenta del Adjudicatario.
Si en el marco de esta obligación, el Adjudicatario se viese obligado a reparar o sustituir en su conjunto un equipo o un conjunto de materiales, deberá primero avisar al Ayuntamiento de Orozko, para que éste pueda, si lo estima oportuno, teniendo en cuenta la evolución de la técnica, estudiar la conveniencia de sustituirlos por equipos de concepción o de potencia más adaptada a su utilización y explotación futuras.
En función de las soluciones adoptadas el Ayuntamiento de Orozko podrá, si lo cree conveniente, participar en los costes de sustitución complementarios o concretar con el Adjudicatario un nuevo acuerdo con un acta adicional, o sugerir cualquier otra solución, previa modificación del contrato.
En el caso de dificultades en la elección de la solución técnica a adoptar, podrán dirigirse a un organismo técnico cualificado aceptado por las dos partes.
Las intervenciones del Adjudicatario en el marco de su obligación de garantía total deberán realizarse con la mayor diligencia y a su entera iniciativa y responsabilidad.
El Adjudicatario informará al Ayuntamiento de Orozko y acordará con él la fecha de paro parcial de las instalaciones para minimizar las incidencias de dichas intervenciones sobre las condiciones de funcionamiento.
5.4 Obras de mejora y renovación de las instalaciones (P4)
El Adjudicatario se compromete a realizar durante el período contractual, las obras de mejora y renovación de las instalaciones que se determinan en el Anexo 3.
En el caso de que el Ayuntamiento de Orozko considere que la inversión justificada no cubra los requisitos mínimos, no se valorará dicha inversión según criterios de valoración del presente documento.
Del mismo modo, el licitador se compromete a realizar a su cargo, sin repercusión económica sobre el presupuesto del contrato, aquellas mejoras que introduzca en su propuesta.
Estas deberán tener un interés suficiente para el Ayuntamiento de Orozko, entendiéndose este interés bien por significar una clara mejora en la calidad del servicio, bien por conllevar una mejora en las instalaciones y edificios, así como aquello que redunde en la eficiencia energética de los mismos. No valorándose el importe de aquellas inversiones que no cumplan este requisito, o que se entiendan incluidas en la prestación P5, en cuyo caso se valorarán como tales.
Las obras comprendidas dentro de la P4 se ejecutarán dentro de los 6 primeros meses de la ejecución del contrato, o en el plazo inferior que el Adjudicatario haya propuesto en su oferta.
A estos efectos, el cálculo del precio de la P4 recogido en los Pliegos Administrativos se ha realizado teniendo en cuenta el total de la inversión 670.977 EUR, con una amortización a 10 años. Así, sale una cuota mensual de 5.591,48 EUR que hace que la cuota anual sea 67.097,76 EUR. Todas las cantidades IVA no incluido.
5.5 Prestación Mejora de la Eficiencia Energética (P5)
Como se ha indicado, además de las prestaciones P1, P2, P3 y P4, se pretende promover la utilización de energías renovables mediante la prestación P5 con la incorporación de equipos e instalaciones como la biomasa, energía solar térmica y fotovoltaica, cogeneración, etc.
Estas instalaciones serán ejecutadas y financiadas voluntariamente por el Adjudicatario mediante los ahorros conseguidos dentro del periodo de vigencia del contrato, y no tendrán repercusión económica sobre el presupuesto del contrato.
Cualquier inversión planteada de forma voluntaria por el Adjudicatario en las instalaciones del Ayuntamiento de Orozko, deberá contar con el consentimiento del propio Ayuntamiento, teniendo ésta la potestad para admitir o rechazar la ejecución de dicha inversión.
ARTÍCULO 6.- DISPOSICIONES PARTICULARES
6.1. Prestación de gestión energética (P1)
Quedan excluidos del contrato los gastos de mantenimiento de contadores de gas o eléctricos propiedad de la empresa suministradora o distribuidora.
El Adjudicatario, durante los 6 primeros meses de contrato, llevará a cabo la renovación, ampliación o ejecución de un sistema de monitorización y control, solicitado en la prestación P4, que permita realizar un seguimiento de los consumos energéticos y de las variables de calidad de confort, incluyendo los equipos comunicables de medida necesarios para cada energía y uso, así como el número de sondas de control de temperatura necesarias.
A fin de atender a las posibles reclamaciones de los usuarios, el sistema permitirá el registro continuo de datos, tanto de temperaturas interiores de las zonas climatizadas como de los horarios de funcionamiento de las instalaciones, el cual estará a plena disposición del Ayuntamiento de Orozko para su inspección, y éste podrá requerir copia del registro guardado, en cualquier momento, por lo que se deberá guardar los registros de todo el periodo de explotación del contrato.
Queda excluido del presente contrato el suministro de calor a los edificios del Polideportivo y el Colegio, objeto de un contrato diferenciado.
6.2.- Prestación de Mantenimiento (P2). Exclusiones.
En las prestaciones descritas anteriormente a cargo del Adjudicatario, no se incluyen los trabajos de modernización y de adecuación de las instalaciones que provengan de nuevas necesidades planteadas no incluidas en el programa de inversiones de la oferta del Adjudicatario (P4), ni aquellas cuya realización venga impuesta por la entrada en vigor de una nuevas normativas.
Quedan excluidas del presente contrato las instalaciones de suministro de calor a los edificios del Polideportivo y el Colegio, objeto de un contrato diferenciado.
6.3.- Prestación de Garantía Total (P3). Exclusiones.
Estarán excluidos de la Garantía Total los siguientes equipos:
- Transformadores eléctricos de potencia y celdas de maniobra de media tensión del centro de transformación, que no sean propiedad del Ayuntamiento de Orozko.
- Ascensores u otros equipos de elevación.
- Líneas eléctricas de distribución.
Artículo 7. Modificación de equipos y/o instalaciones
Cualquier modificación de los equipos y/o de las instalaciones del Ayuntamiento de Orozko a cargo del presente contrato, será objeto de una cláusula adicional al contrato especificando las nuevas condiciones y su importe correspondiente, que deberá guardar relación con los valores establecidos en contrato para instalaciones de similares características.
El mismo principio se aplicará para el aumento o disminución del número de instalaciones y/o equipos a gestionar.
Artículo 8. Medida y verificación de los ahorros conseguidos
Uno de los fines de la presente licitación es conseguir ahorros de energía en las instalaciones del Ayuntamiento de Orozko, gracias tanto a contar con unas instalaciones eficientes desde el punto de vista energético, como a una conducción eficiente de las mismas. Dichos ahorros de energía deben ser medidos, verificados y aceptados por ambas partes, Adjudicatario y Ayuntamiento de Orozko.
Para ello, el Adjudicatario deberá realizar las medidas y verificaciones de los ahorros siguiendo la metodología IPMVP (International Performance Measurement & Verification Protocol) y por un técnico acreditado por certificación por EVO (Efficiency Valuation Organization) como CMVP (Certified Measurement & Verification Professional). Sin perjuicio de que durante la vigencia del contrato se consolidasen otras organizaciones que acrediten la capacitación para realizar verificaciones.
El Adjudicatario confirmará al Ayuntamiento de Orozko en el plazo máximo de un mes desde la firma de contrato, los datos del técnico que haya presentado en la oferta con la acreditación y certificación por EVO como CMVP, que vaya a realizar la medición y verificación de los ahorros de energía durante la vigencia del contrato. En caso de tratarse de otra persona distinta, deberá poseer la misma titulación y similar experiencia que la persona indicada en la oferta.
En el plazo máximo de un mes desde la definición de la relación de equipos e instalaciones actualizada y los usos y parámetros de funcionamiento de cada edificio, el Adjudicatario definirá y presentará al Ayuntamiento de Orozko el Plan de Medida y Verificación (M&V). Dicho Plan, con carácter previo a su puesta en marcha, deberá ser sometido por el Ayuntamiento de Orozko para su aprobación en el plazo máximo de quince días desde su presentación con la participación del técnico independiente encargado.
En el plazo máximo de un mes desde la aprobación del Plan por parte del Ayuntamiento de Orozko, el Adjudicatario debe implantar los sistemas de medida y verificación necesarios para realizar la medición de los ahorros conseguidos. En el plazo de quince días desde la finalización de las pruebas para su puesta en marcha, el Ayuntamiento de Orozko procederá a la recepción de los mismos.
El informe que se presentará junto con la liquidación anual será elaborado por el técnico certificado por EVO, verificando los ahorros en consumo de energía obtenidos según la metodología IPMVP basados en el Plan de Medida y Verificación (M&V), y expresará el gasto de electricidad, gas natural u otros combustibles.
Anexo 1.- relación de edificios, instalaciones y equipos objeto del contrato
La relación de edificios objeto del contrato es la siguiente:
Denominación dirección
Local Brigada Avenida Zubieta 5
Oficina Correos Avenida Zubieta 3
Gaztetxoko Avenida Zubieta 16, bajo 6
Consultorio Médico Plaza Lehendakari Aguirre 8, bajo 3
Museo Plaza Zubiaur 4, bajo
COLEGIO C/ IBAIONDO 6, bajo 1
Haurreskola C/ Untzueta 5, bajo 2
Polideportivo Plaza Gernika 2, bajo
Ayuntamiento y Biblioteca Plaza Zubiaur
Salón de Cultura Polivalente Avenida Zubieta 13, 2 bajo 1
Hogar del Jubilado y Casa de Cultura c/ ANDRA MARI 11, bajo 1
Etap Ibarra - Orozko Barrio Ibarra
La relación de cuadros de mando del alumbrado público objeto del contrato es la siguiente:
Nº cuadro dirección facturación atr
Cuadro 1 Plaza Zubiaur 6, Bajo 1 3.0a
Cuadro 2 Ubixeta Kalea, 2 3.0a
Cuadro 3 Urizar Kalea, 5 2.1a
Cuadro 4 Barrio Larrazabal 1-prox 2.0dha
Cuadro 5 Untzueta Kalea 2 2.0dha
Cuadro 6 Gernika Plaza 8 2.0dha
Cuadro 7 Andra Mari Auzoa 2 3.0a
Cuadro 8 Andra Mari Auzoa 3 2.0dha
Cuadro 9 Orrotegi Auzoa 3 2.0dha
Cuadro 10 Manzarraga Auzoa 6 2.0a
Cuadro 11 Arbaiza Auzoa 5 2.0a
Cuadro 12 Barrio Manzarbeitia 850 Bajo 2.0dha
Cuadro 13 Pagazandu Auzoa 4-1 2.0dha
Cuadro 14 Barrio Murueta 830 Bajo1 2.0dha
Cuadro 15 Katadio Auzoa 4 2.0a
Cuadro 16 Olabarri Auzoa 1 2.0a
Cuadro 17 Torrezar Auzoa 5 2.0dha
Cuadro 18 Anunzibai Auzoa 14 2.0dha
Cuadro 19 Anunzibai Auzoa 1 -
Cuadro 20 Bengoetxea Auzoa 830 2.0dha
Cuadro 21 Okeluri Auzoa 3 2.0a
Cuadro 22 Isasi Auzoa 2 2.0dha
Cuadro 23 Bengoetxea Auzoa 28 2.0dha
Cuadro 24 Bengoetxea Auzoa 6 2.1dha
Cuadro 25 Jauregia Auzoa 6 2.0dha
Cuadro 26 Barrio San Martin 5 2.0dha
Cuadro 27 Unibaso Auzoa 3,5 2.0dha
Cuadro 28 Aranguren Auzoa 1 2.0dha
Cuadro 29 Olarte Auzoa 1 2.0dha
Cuadro 30 Albizua Auzoa 3 2.0dha
Cuadro 31 Sautu Auzoa 2 2.0dha
Cuadro 32 Gallartu Auzoa 2 2.0dha
Cuadro 33 Goreitze Auzoa 3 2.0dha
Cuadro 34 Atxondo Auzoa 2 2.0dha
Cuadro 35 Barrio Ugalde 1-1 2.0dha
Cuadro 36 Urigoiti Auzoa 7 2.0dha
Cuadro 37 Zaloa Auzoa 16 2.0dha
Cuadro 38 Ibarra Auzoa 22 2.0dha
Cuadro 39 Beraza 3 Bajo 3 2.0dha
Cuadro 40 Donibane Auzoa 4 2.0dha
Cuadro 41 Garai Auzoa 5 (beteluri) 2.0dha
Cuadro 42 Gernika Plaza 2 3.0a
Cuadro 43 Jauregia 4 2.0dha
Cuadro 44 Burruzkale 22 -
Anexo 2.- Relación De Operaciones De Mantenimiento Preventivo Sistemático Mínimas A Realizar Por El Adjudicatario
El mantenimiento de los equipos e instalaciones objeto de este Contrato, será en todo caso, el adecuado para asegurar que su funcionamiento, a lo largo de su vida útil, se realice con la máxima eficiencia energética, garantizando un uso seguro, la durabilidad de la instalación y la protección del medio ambiente, así como las exigencias que permitan mantener en todo momento las condiciones de confort en el interior de los distintos edificios.
A modo exclusivamente orientativo y como cumplimiento de mínimos, se presenta la siguiente relación de las labores de mantenimiento a efectuar:
1. Mantenimiento de instalaciones receptoras de combustible.
El control periódico de las instalaciones de combustible irá encaminado a asegurar su correcta estanqueidad y aptitud de uso, garantizando permanentemente la seguridad de los usuarios, personal propio y/o equipos, y el perfecto estado de todos sus componentes. Las labores de mantenimiento a realizar en las instalaciones de combustible deberán ser realizadas por personal especializado, con amplios conocimientos en instalaciones de calefacción, instalaciones receptoras de gas natural y combustibles líquidos derivados del petróleo, y formado específicamente en tareas de mantenimiento de este tipo de sistemas, acreditando el personal la posesión del carné profesional de instalador de gas e instalador de combustibles líquidos derivados del petróleo.
2. Mantenimiento de instalaciones de calefacción y refrigeración
Las labores de mantenimiento a realizar en las Instalaciones de Calefacción y Refrigeración deberán ser realizadas por personal especializado, con amplios conocimientos de calefacción y electricidad y formado específicamente en tareas de mantenimiento de sistemas térmicos, acreditando el personal la posesión del carné profesional de instalador de calefacción y conservador reparador de calefacción.
Se asegurará en todo momento que cualquier intervención en la instalación se realice sin riesgo para el personal propio, usuario y/o equipos.
3. Mantenimiento a desarrollar sobre las instalaciones eléctricas.
Las labores de mantenimiento a realizar en las Instalaciones Eléctricas deberán ser realizadas por personal especializado, con amplios conocimientos en instalaciones eléctricas de media y baja tensión, y formado específicamente en tareas de mantenimiento de este tipo de sistemas, acreditando el personal la posesión del carné profesional de instalador y mantenedor.
El Adjudicatario será el responsable de realizar los controles, ensayos, inspecciones y pruebas requeridos siendo éstos a su cargo. El Adjudicatario deberá en todos los trabajos cumplir con las normas y disposiciones legales existentes en el momento y aplicables a dichos trabajos, así como las disposiciones referentes a Seguridad e Higiene en el Trabajo.
Anexo 3. Obras de mejora y renovación obligatorias de las instalaciones
El Adjudicatario deberá acometer de manera obligatoria, las obras descritas a continuación, y recogidas del Diagnóstico Energético adjunto. Estas inversiones se encontrarán englobadas en la Prestación P4, y por lo tanto serán realizadas y financiadas por el Adjudicatario.
Edificio local brigada
Mejora 8 sistema monitorización efergy
Mejora 9 programador horario
Edificio oficina de correos
Mejora 11 sustitución fluorescentes convencionales t8
Mejora 12 equipo de monitorización efergy
Mejora 13 programador horario
Edificio gaztetxoko
Mejora 16 sustitución fluorescentes convencionales t8 58w
Mejora 17 sustitución fluorescentes convencionales t8 36w
Mejora 18 sustitución fluorescentes convencionales t8 18w
Mejora 19 sustitución de incandescentes por led
Mejora 20 detectores de presencia
Mejora 21 equipo de monitorización
Mejora 22 programador horario
Edificio consultorio médico
Mejora 24 sustitución fluorescentes convencionales t8 58w
Mejora 25 sustitución fluorescentes convencionales t8 36w
Mejora 26 sustitución de incandescentes 60w por led
Mejora 27 sustitución de incandescentes 60w por led
Mejora 28 detectores de presencia
Mejora 29 equipo de monitorización
Mejora 30 programador horario
Edificio museo
Mejora 32 optimización de potencia contratada
Mejora 33 compensación de la energía reactiva
Mejora 34 sustitución de incandescentes por led (vitrinas)
Mejora 35 sustitución de incandescentes por led (baños)
Mejora 36 detectores de presencia
Mejora 37 equipo de monitorización
Mejora 38 programador horario
Edificio colegio
Mejora 40 compensación de energía reactiva
Mejora 43 sustitución de incandescentes por led (40w)
Mejora 44 sustitución de incandescentes por led (100w)
Mejora 45 instalación de detectores de presencia
Mejora 46 instalación de interruptor crepuscular
Mejora 47 equipo de monitorización
Mejora 48 programación horario
Edificio haurreskola
Mejora 50 optimización de potencia contratada
Mejora 51 compensación de la energía reactiva
Mejora 52 sustitución de incandescentes por led
Mejora 53 sustitución de fluorescentes compactas por led
Mejora 54 equipo de monitorización
Mejora 55 programador horario
Edificio polideportivo
Mejora 57 optimización de potencia contratada
Mejora 58 batería de condesadores
Mejora 60 sustitución de fluorescentes t8 (58w)
Mejora 61 sustitución de fluorescentes t8 (36w 6h)
Mejora 62 sustitución de fluorescentes t8 (36w 3h)
Mejora 63 sustitución de incadescentes por led (60w 3h)
Mejora 64 sustitución de incadescentes por led (60w 6h)
Mejora 65 detectores de presencia (pasillo de acceso)
Mejora 66 detectores de presencia (pasillo a frontón)
Mejora 67 detectores de presencia (vestuarios)
Mejora 68 detectores de presencia (hall a piscina)
Mejora 69 instalación de interruptor crepuscular
Mejora 70 equipo de monitorización
Mejora 71 programador horario
Edificio ayuntamiento y biblioteca
Mejora 73 optimización de potencia contratada
Mejora 74 batería de condensadores
Mejora 75 sustitución de fluorescentes t8 (58w)
Mejora 76 sustitución de fluorescentes t8 (36w)
Mejora 77 sustitución de fluorescentes t8 (18w)
Mejora 78 sustitución de incandescentes por led (25w vela)
Mejora 79 sustitución de incandescentes por led (60w, 3h)
Mejora 80 sustitución de incandescentes por led (60w, 7,5h)
Mejora 81 instalación de detectores de presencia
Mejora 82 equipo de monitorización efergy
Mejora 83 instalación de reloj programable (ayuntamiento)
Mejora 84 instalación de reloj programable (biblioteca)
Edificio salón polivalente
Mejora 87 optimización de potencia contratada
Mejora 89 equipo de monitorización
Edificio hogar del jubilado y casa de cultura
Mejora 91 optimización de potencia contratada
Mejora 93 sustitución de fluorescentes t8 por ecotubos t5
Mejora 94 sustitución de incandescentes por led (baños)
Mejora 95 sustitución de incandescentes por led (baños)
Mejora 96 detectores de presencia
Mejora 97 equipo de monitorización
Mejora 98 programador horario
Edificio alumbrado público
Mejora 101 sustitución luminarias micenas por led
Mejora 102 sustitución luminarias carandini por led
Mejora 103 sustitución luminarias farol vsap por led
Mejora 104 sustitución luminarias viales vsap 150w por led
Mejora 105 sustitución luminarias viales hm 70w por led
Mejora 106 instalación de batería de condensadores
El resto de mejoras que se describen en el Diagnóstico Energético adjunto, y que no aparecen en la tabla anterior, no se deben ejecutar de manera obligatoria, pudiendo ser ejecutadas de manera voluntaria por parte del Adjudicatario, englobadas dentro de la Prestación P5, y por lo tanto, no tendrán repercusión económica sobre el presupuesto de este contrato.
Adicionalmente a las mejoras obligatorias, reflejadas en la tabla anterior, el Adjudicatario deberá realizar de manera obligatoria las siguientes mejoras, que no aparecen reflejadas en el Diagnóstico Energético adjunto. Estas inversiones se encontrarán englobadas en la Prestación P4, y por lo tanto serán realizadas y financiadas por el Adjudicatario.
EDIFICIO COLEGIO
- Sustitución de tubos fluorescentes de 58 W por tubos LED de 25 W. Esta mejora sustituye a la mejora 41 del Diagnóstico Energético adjunto.
- Sustitución de tubos fluorescentes de 36 W por tubos LED de 22 W. Esta mejora sustituye a la mejora 42 del Diagnóstico Energético adjunto.
Edificio polideportivo
- Instalación de un equipo de recuperación de calor del agua de renovación del vaso de la piscina climatizada. Esta mejora es nueva, y no aparece reflejada en el Diagnóstico Energético adjunto.
Alumbrado público
- Instalación de un sistema de telemedida de consumos energéticos en todos los centros de mando de alumbrado público, con las siguientes prestaciones mínimas:
Montaje en el interior del centro de mando, con MODEM GPRS integrado.
Tendrá como mínimo 10 entradas auxiliares, 4 salidas auxiliares, 2 puertos RS485 y 1 puerto RS232.
Permitirá realizar el encendido/apagado astronómico de la instalación mediante sus salidas auxiliares.
Permitirá la medición de las magnitudes eléctricas fundamentales: tensión, intensidad, potencia activa, potencia reactiva, factor de potencia y consumo.
Dispondrá de un display y teclado, que permita tanto la visualización de los datos como la modificación de sus parámetros internos.
Podrá notificar las alarmas originadas vía SMS a teléfonos móviles.
Esta mejora sustituye a la mejora 100 del Diagnóstico Energético adjunto.
- Además de todas las inversiones planteadas anteriormente, con objeto de mejorar la eficiencia energética de las instalaciones energéticas del Ayuntamiento de Orozko, el Adjudicatario deberá ejecutar obligatoriamente las inversiones necesarias para la adecuación al R.E.B.T de todos los centros de mando e instalaciones de Alumbrado Público del Ayuntamiento de Orozko.
NOTAS.
- El Adjudicatario instalará, en los lugares que acuerde con los servicios técnicos del Ayuntamiento de Orozko sensores térmicos para controlar el nivel de confort de los distintos edificios objeto del contrato, siendo 1 el número mínimo a instalar por edificio.
- El Adjudicatario instalará además, en el lugar indicado por el Ayuntamiento de Orozko, un PC de sobremesa o portátil y los equipos informáticos auxiliares necesarios para el seguimiento y control del sistema de telegestión vía WEB.
Anexo 4.- horarios de funcionamiento y temperaturas de consigna
El Adjudicatario se compromete a mantener las condiciones de temperatura y humedad que actualmente se logran en los distintos edificios municipales, y que se recogen en los correspondientes informes técnicos adjuntos.
El Adjudicatario se compromete a mantener los niveles de iluminación interior que actualmente se logran en los distintos edificios municipales, y que se recogen en los correspondientes informes técnicos adjuntos.
El Adjudicatario se compromete mantener los niveles de iluminación exterior obtenidos con las instalaciones de Alumbrado Público Exterior, y que se recogen en el correspondiente informe técnico adjunto.
Anexo 5- definición del consumo energetico en el año base
Los valores indicados a continuación se tomarán como valores de referencia a la hora de realizar los cálculos de la prestación P1.
Edificios Municipales Alumbrado Público
Energía Eléctrica
EE (kWh/año) Gas Natural
G (kWh/año) Gas Propano
P (kWh/año) Energía Eléctrica
EA (kWh/año)
548.143 (*) 77.308 16.314 610.435
(*) Incluyen 156.800 kWh/año de consumo eléctrico de la ETAP y de bombeos de agua
Los valores base de las propuestas EEO, GO, PO y EAO indicados en el pliego de condiciones administrativas, a partir de los cuales se determina el precio de la prestación P1, resultarán de aplicar a los valores de referencia anteriores EE, G y EA el ahorro estimado por el Adjudicatario como resultado de las obras de mejora y renovación integradas en la P4:
EEO = EE - Aee
GO = G – Ag
PO = P – Ap
EAO = EA - Aea
Siendo Aee, Ag y Ap los ahorros garantizados en electricidad, gas natural y gas propano en edificios, y Aea los ahorros garantizados en electricidad en alumbrado público, propuestos por el Adjudicatario como resultado de la aplicación de las obras de mejora y renovación. Dichos ahorros deberán ser justificados en el estudio técnico de cada una de las inversiones.
Anexo 6.- diagnóstico energético
Anexo a este Pliego Técnico se encuentra el Diagnóstico Energético realizado a las instalaciones del Ayuntamiento de Orozko, por la empresa FNeENERGIA.
Pliego de cláusulas técnicas del contrato de servicios energeticos con mantenimiento y garantía total de las instalaciones termicas y electricas de los edificios municipales y de alumbrado publico del ayuntamiento de orozko
indice
articulo 1.- condiciones generales
artículo 2.- ámbito de actuación
artículo 3.- requisitos a cumplir por las empresas seleccionadas
artículo 4.- condiciones técnicas
artículo 5.- prestaciones aseguradas por el adjudicatario
artículo 6.- disposiciones particulares
artículo 7.- modificación de equipos y/o instalaciones
artículo 8.- medida y verificación de los ahorros conseguidos
anexos
anexo 1.- relación de edificios, instalaciones y equipos objeto del contrato
anexo 2.- relación de operaciones de mantenimiento preventivo sistemático mínimas a realizar por el adjudicatario
anexo 3.- obras de mejora y renovación obligatorias de las instalaciones
anexo 4.- horarios de funcionamiento y temperaturas de consigna
anexo 5.- definición del consumo energetico en el año base
anexo 6.- diagnóstico energético
artículo 1.- condiciones generales
El objeto de este pliego de condiciones técnicas y de sus anexos es regular y definir el alcance y condiciones de las prestaciones que habrán de regir para la contratación de los SERVICIOS ENERGETICOS CON MANTENIMIENTO Y GARANTÍA TOTAL DE LAS INSTALACIONES TERMICAS Y ELECTRICAS DE LOS EDIFICIOS MUNICIPALES Y DE ALUMBRADO PUBLICO DEL AYUNTAMIENTO DE OROZKO
Los servicios a contratar tienen como finalidad realizar las siguientes prestaciones:
- Prestación P1- Gestión Energética: gestión energética necesaria para el funcionamiento correcto de las instalaciones objeto del contrato; gestión del suministro energético de combustibles y electricidad, control de calidad, cantidad y uso y garantía de aprovisionamiento.
- Prestación P2- Mantenimiento: mantenimiento preventivo para lograr el perfecto funcionamiento y limpieza de las instalaciones con todos sus componentes, así como lograr la permanencia en el tiempo del rendimiento de las instalaciones y de todos sus componentes al valor inicial.
- Prestación P3- Garantía Total: reparación con sustitución de todos los elementos deteriorados en las instalaciones según se regula en el presente Pliego de Condiciones Técnicas bajo la modalidad de Garantía Total.
- Prestación P4- Obras de Mejora y Renovación de las Instalaciones consumidoras de energía: realización y financiación de obras de mejora y renovación y de adecuación a normativa de las instalaciones que se especifican en el Pliego de Condiciones Técnicas.
- Prestación P5- Inversiones en ahorro energético y energías renovables: además de las prestaciones enumeradas, con este contrato se pretende promover la mejora de la eficiencia energética mediante la incorporación de equipos e instalaciones, que fomenten el ahorro de energía, la eficiencia energética y la utilización de energías renovables y residuales como: biomasa, energía solar térmica, fotovoltaica, cogeneración, etc.
Estas instalaciones serán estudiadas, propuestas, ejecutadas y financiadas por el Adjudicatario, mediante los ahorros o venta de energía renovable, conseguidos dentro del periodo de vigencia del contrato, y no tendrán repercusión económica sobre el presupuesto de este contrato.
Artículo 2.- ámbito de actuación
Los edificios, equipos e instalaciones objeto de este contrato se enumeran en el Anexo 1 de este Pliego de Condiciones Técnicas. El ámbito de actuación se extiende a:
EDIFICIOS
- Todas las instalaciones térmicas existentes, incluyendo instalaciones de suministro de combustible, los equipos de producción de calor y frio, las bombas de los circuitos de primario y secundario, depósitos, vasos de expansión, válvulas de seguridad, válvulas de control, válvulas de corte, llenados y vaciados, sondas, tuberías de distribución y su aislamiento, elementos terminales. Incluirá asimismo los equipos de renovación y tratamiento de aire exterior con todos sus elementos (filtros, baterías, compuertas, ventiladores, motores), así como ventiladores de extracción. Igualmente, quedan incluidos los vaciados, llenados y purgados de las instalaciones siempre que sea necesario efectuarlos.
- Todas las instalaciones eléctricas existentes, incluyendo el suministro de electricidad y sus instalaciones receptoras, centros de transformación de cliente, cajas generales de protección, contadores, líneas generales de alimentación, contadores, cuadro general de baja tensión y cuadros eléctricos de distribución con todos sus elementos, distribución de cableado y canalizaciones, puntos de luz, luminarias interiores y exteriores, luminarias de emergencia, fuentes de alimentación, sistemas de alimentación ininterrumpida (SAI), tomas de fuerza y de todos aquellos otros elementos pertenecientes a la instalación eléctrica.
- Todas los equipos de las instalaciones de monitorización, control y regulación existentes, incluyendo cuadros de control con sus controladores, reguladores, tarjetas de comunicaciones, pasarelas, módulos de entradas/salidas, buses de comunicaciones, buses de campo, sondas, actuadores, así como el software de monitorización y control de las señales y su programación.
Alumbrado público
- Todos los cuadros de mando y todos los elementos que forman parte de los mismos o participan en su funcionamiento, desde la acometida de la compañía distribuidora hasta las salidas de línea que parten de los cuadros de mando. Igualmente quedan incluidos los dispositivos eléctricos y electrónicos instalados entre los cuadros de mando y los puntos de luz destinados a proteger las instalaciones o modificar el suministro de la corriente, los equipos auxiliares que participan en el encendido de las lámparas, así como las propias lámparas, luminarias y tomas de tierra.
La empresa Adjudicataria acepta las instalaciones actuales, y tiene completo conocimiento de:
La ubicación y naturaleza de los edificios municipales e instalaciones de alumbrado público de Orozko, objeto del contrato.
Estado de todas las instalaciones y equipos cuya gestión le es encomendada.
Las condiciones particulares de acceso ligadas a la seguridad y a la especificidad de los edificios y sus instalaciones.
Artículo 3.- requisitos a cumplir por las empresas seleccionadas
Además de lo previsto en el Pliego de Condiciones Administrativas, los licitadores deberán satisfacer las siguientes condiciones mínimas:
- Haber visto y revisado los edificios, así como las instalaciones de alumbrado público objeto de la presente licitación, no pudiendo prevalerse de las diferencias con los citados datos facilitados en el presente Pliego y Anexos, para pretender un cambio de precio durante el periodo contractual.
- Para visitar las instalaciones el Ayuntamiento de Orozco establecerá el/los día/s y la hora en que ésta se llevará a cabo, dándolo a conocer mediante publicación en el perfil del contratista de la página web municipal. Las empresas recibirán un certificado municipal de haberse realizado la visita al edificio, el cual habrá de incluirse como documento 7 del Sobre A: documentación administrativa.
Artículo 4.- condiciones técnicas
4.1 Cumplimiento de la reglamentación
En el desarrollo de todas las prestaciones derivadas de los trabajos objeto de la presente licitación, será de obligado cumplimiento toda la normativa técnica vigente y de seguridad e higiene y de prevención de riesgos laborales, así como toda la que pueda ser de aplicación por las características de los edificios y sus instalaciones.
La empresa Adjudicataria aportará la ingeniería necesaria para llevar a cabo todos los trámites oportunos, con objeto de mantener debidamente legalizadas las instalaciones térmicas y eléctricas objeto del contrato sin costo adicional alguno para el Ayuntamiento de Orozko.
Toda reforma de una instalación requerirá la realización previa de un proyecto o memoria técnica sobre el alcance de la misma, que habrán de contar con el V.B. del Ayuntamiento.
La empresa Adjudicataria es responsable de la Dirección Técnica correspondiente a las inversiones y reformas que se contraten, bajo la supervisión de los responsables del Ayuntamiento de Orozko. Para ello deberá contar con el personal a su cargo con la cualificación necesaria para el desarrollo de todas las funciones que como Dirección Técnica le correspondan. Será preceptivo que el director técnico de cada instalación emita un Certificado final de las mismas.
4.2 Condiciones de seguridad
El Adjudicatario estará obligado a cumplir todas las especificaciones en materia de Seguridad y Salud, Seguridad Laboral y Seguridad señaladas en la Normativa vigente, con el fin de salvaguardar en esta materia tanto a las personas, como a los edificios e instalaciones.
El Adjudicatario deberá hacerse cargo de las posibles responsabilidades derivadas por daños producidos a terceros, como consecuencia del desarrollo de los trabajos necesarios para dar cumplimiento al presente Contrato. La empresa Adjudicataria deberá disponer de un Seguro de Responsabilidad Civil para tales efectos.
4.3. Condiciones a garantizar
4.3.1. Condiciones a garantizar en las instalaciones térmicas de los edificios
4.3.1.1. Ventilación
Se asegurará la ventilación y la calidad de aire interior de los locales tanto como sea necesario, según la naturaleza y uso de los edificios o establecimientos, equipados de las instalaciones de acuerdo con la normativa vigente.
4.3.1.2 Condiciones Ambientales y de Confort
Calefacción y Refrigeración
La temporada de calefacción habitual queda definida del 1 de Octubre al 30 de Mayo. La temporada de refrigeración para aquellos edificios climatizados queda definida del 1 de Junio al 30 de Septiembre.
Quedarán excluidas de este período aquellas instalaciones para cuyo funcionamiento se requieran unas temperaturas previamente definidas y no un período de tiempo.
El Ayuntamiento de Orozko fija las fechas de inicio y final de los períodos efectivos de calefacción y refrigeración, tanto al comienzo como a la finalización de la temporada, reservándose el derecho de pedir al Adjudicatario un número superior de días de servicio.
Dentro de las temporadas de calefacción y refrigeración, el servicio quedará cubierto siempre en los días y horas definidas por el Ayuntamiento para cada edificio objeto del contrato.
Si las condiciones climatológicas fuesen favorables, se podría interrumpir el servicio de calefacción o refrigeración, principalmente al principio y final de cada temporada. Cualquier cambio de las condiciones iniciales previstas, tendrá que ser aprobado formalmente por el
Ayuntamiento.
El Adjudicatario mantendrá en los locales con servicio de calefacción y/o refrigeración, una temperatura interior de acuerdo con los límites máximos y mínimos estipulados normativamente.
Producción de Agua Caliente Sanitaria (A.C.S.)
Se asegurará la producción de agua caliente sanitaria durante todo el año para los edificios o establecimientos equipados de las instalaciones adecuadas, y de acuerdo con su uso y temporada de utilización.
El Adjudicatario preparará el agua caliente para usos sanitarios a la temperatura mínima que resulte compatible con su uso, y cumpliendo las exigencias de la normativa vigente, en especial la que afecta a la prevención de la bacteria de la legionella.
Límites de Garantía de Temperaturas.
Las temperaturas interiores de calefacción y refrigeración definidas anteriormente serán garantizadas mientras la temperatura exterior no sea inferior a -5º C o superior a 36º C, en la estación meteorológica de Bilbao.
Fuera de dichos límites, el Adjudicatario asegurará las mejores condiciones de temperatura interior posible compatible con la potencia de las instalaciones y la seguridad de su funcionamiento.
Detectores de gas
El Adjudicatario deberá comprometerse a controlar y mantener el perfecto funcionamiento y vigencia de los detectores de gas instalados en las salas de calderas. La instalación, mantenimiento y renovación de las alarmas y detectores de gas instalados en las salas de calderas serán por cuenta del Adjudicatario.
4.3.2. Condiciones a garantizar en las instalaciones eléctricas de los edificios
Fuerza e iluminación
El Adjudicatario garantizará el suministro de energía durante las 24 horas que cubran las necesidades de las diferentes actividades que se desarrollen en las instalaciones.
Se podrán optimizar los encendidos y apagados de iluminación de las instalaciones, siempre que queden garantizadas las condiciones, los niveles de iluminación y uniformidad mínimos exigidos por las correspondientes normativas.
Cuadros eléctricos
El Adjudicatario será el responsable del buen mantenimiento de los cuadros eléctricos de las instalaciones objeto del servicio, que deberán ser revisados anualmente.
Luminarias, proyectores, focos, lámparas, interruptores, enchufes y mecanismos
Se deberá realizar un mantenimiento preventivo para mantener la iluminación de todas las instalaciones objeto del contrato. Se deberán mantener en perfecto estado de funcionamiento todos los interruptores, enchufes, mecanismos, etc., con el fin de garantizar el servicio y cumplir con el R.E.B.T.
Niveles de iluminación
Se asegurarán los niveles de iluminación exigidos con carácter de mínimo por la normativa de aplicación.
4.3.3. Condiciones a garantizar en las instalaciones de alumbrado público
Conservación
El Adjudicatario será responsable del correcto estado de conservación del alumbrado público, incluyendo cuadros de mando, equipos auxiliares de encendido, regulación y control, lámparas y luminarias.
Accionamiento
El Adjudicatario será responsable del correcto encendido y apagado de todas las instalaciones del alumbrado público, de acuerdo con el horario establecido por el Ayuntamiento de Orozko.
Inspecciones
El Adjudicatario será responsable de efectuar las inspecciones necesarias, con el fin de descubrir situaciones que pudieran presentar deficiencias en la prestación del servicio, averías o accidentes.
Estas rondas de inspección incluirán los centros de mando, lámparas y luminarias, debiéndose realizar un informe con carácter semestral del estado actual del alumbrado público, y en el que se recojan las incidencias detectadas durante las rondas de inspección.
Niveles de iluminación
Se efectuarán mediciones de nivel de iluminación con carácter semestral, siempre y cuando haya habido operaciones importantes de mantenimiento, tales como limpieza de lámparas, sustitución de las mismas o incorporación de equipos de regulación y control.
Se asegurarán los niveles de iluminación exigidos con carácter de mínimo por la normativa de aplicación.
Artículo 5.- prestaciones aseguradas por el adjudicatario
5.1.- Prestación de Gestión Energética (P1)
El Adjudicatario se compromete a hacer suministrar, a su cuenta y bajo su responsabilidad los combustibles y electricidad necesarios en cantidad y calidad suficiente para asegurar el funcionamiento y la utilización normal de las instalaciones definidas en el Anexo 1 del presente Pliego de Condiciones Técnicas.
Para ello gestionará todas las pólizas de abono y/o contratos necesarios. Si existiesen contratos en vigor en el momento de la adjudicación, el Adjudicatario podrá subrogarse a dichos contratos hasta su finalización.
El Adjudicatario controlará tanto la cantidad como la calidad de los aprovisionamientos en combustible y electricidad, así como su uso óptimo en las instalaciones tomadas a su cargo según las condiciones definidas en el presente Pliego de Condiciones Técnicas.
Las garantías de calidad en el suministro y aprovisionamiento dadas por el Adjudicatario se limitarán a las garantías dadas por los organismos o empresas distribuidores o comercializadoras.
El Adjudicatario podrá negarse únicamente a suministrar energías cuando existan graves disturbios, o cuando por cualquier causa se ponga en juego la seguridad de las instalaciones que le han sido confiadas o afecten totalmente o en parte a las instalaciones sometidas a las prescripciones del presente Pliego de Condiciones Técnicas. Igualmente cuando las circunstancias afecten a la seguridad de las personas o de los transportes.
Entonces, deberá avisar en el plazo más corto, y conjuntamente decidirán las medidas a tomar para restablecer las condiciones normales de suministro y uso.
El Servicio de Gestión Energética comprende:
Los aprovisionamientos de energía.
El pago de las facturas de combustibles y electricidad. A tal fin, el Adjudicatario realizará los trámites precisos para cambiar a su favor tanto la titularidad de los contratos de suministro energético vigentes, o los que se puedan suscribir, como los datos de domiciliación de las facturas de consumo energético.
La gestión de los contratos con las empresas distribuidoras o comercializadoras de energía.
El compromiso de “garantía de confort” (temperatura y humedad interior, horario de funcionamiento, temperatura del agua caliente sanitaria, niveles de iluminación), manteniendo las condiciones adecuadas a cada instalación, según se fija en el Pliego.
El compromiso de un precio conforme al coste unitario de la energía indispensable para cubrir las necesidades de calefacción, agua caliente sanitaria y climatización, del conjunto de los edificios objeto del contrato.
Medios de control de consumos
Contadores de energía
El Adjudicatario instalará los equipos de monitorización de consumo eléctrico definidos en la auditoría energética adjunta, en el caso de los edificios municipales.
En el caso de los cuadros de alumbrado público, se deberá instalar un equipo de telemedida por cada centro de mando, con las prestaciones indicadas en el Anexo 3.
Sensores térmicos de confort
El Adjudicatario instalará, en los lugares que acuerde con los servicios técnicos del Ayuntamiento de Orozko, sensores térmicos para controlar el nivel de confort de los distintos edificios objeto del contrato, siendo 1 el número mínimo a instalar por edificio.
Sistema de control
El Adjudicatario instalará un sistema de control que permita el registro continuo de datos. Las instalaciones objeto de este contrato contarán con los equipos necesarios para efectuar su control en tiempo real desde el punto o puntos que se acuerde con el Ayuntamiento de Orozko.
5.2.- Prestación de mantenimiento (P2)
El Adjudicatario realizará bajo su responsabilidad, sobre el conjunto de las instalaciones técnicas definidas en el Anexo 1, las prestaciones siguientes:
5.2.1 Conducción, vigilancia y control de las Instalaciones
La conducción y vigilancia incluyen todo el conjunto de tareas que permiten el control y dominio del funcionamiento de las instalaciones.
El Adjudicatario debe asegurar el control de los sistemas de regulación y equilibrio de las instalaciones para que la temperatura de los locales sea la más uniforme posible.
El Adjudicatario es responsable y decide los medios a utilizar para satisfacer esos objetivos y se ocupará en particular de:
Los arranques y paradas de las instalaciones
Las regulaciones y equilibrados necesarios
El seguimiento de los parámetros de funcionamiento de los equipos, los ensayos y maniobras de verificación del correcto funcionamiento de los equipos
La vigilancia general de las instalaciones
Las rondas e inspecciones corrientes
5.2.2 Servicios 24h/24h
El Adjudicatario deberá asegurar las intervenciones, en caso de avería o de disfuncionamiento, en el plazo máximo de dos horas (2h) en horario de apertura de las instalaciones del Ayuntamiento, y de cuatro horas (4h) fuera del horario de uso, en aquellas averías críticas que afecten de forma directa a los usuarios. En el resto de casos se atenderá antes de las 24 horas siguientes al aviso.
Para ello, el Adjudicatario organizará un servicio de atención 24h/24h, con medios de comunicación adecuados.
5.2.3 Mantenimiento Preventivo Sistemático
El Adjudicatario debe realizar todas las prestaciones de mantenimiento preventivo sistemático necesarias, determinadas según la normativa, en función de los materiales y su uso y de las especificaciones de los constructores de los mismos, y en especial las especificadas en el Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios (RD 1027/2007) y el Reglamento Eléctrico de Baja Tensión (RD 842/2002).
El Adjudicatario tomará todas las medidas para que dichas operaciones afecten lo mínimo posible al funcionamiento normal de los edificios y usuarios.
Las operaciones de mantenimiento mínimas a realizar serán las indicadas en el Anexo 2.
Si el Adjudicatario, por propia iniciativa y sin el previo consentimiento del Ayuntamiento de Orozko, efectuase trabajos de mejora o que superen el alcance que este pliego establece, estos trabajos se considerarán como incluidos en el precio del contrato sin que suponga coste adicional.
5.2.4 Mantenimiento Preventivo Condicional y Correctivo
El mantenimiento preventivo condicional interviene principalmente a partir de las observaciones derivadas de la conducción y vigilancia de las instalaciones.
La frecuencia y la naturaleza de las observaciones, los parámetros y criterios de decisión son de la responsabilidad e iniciativa del Adjudicatario.
El Adjudicatario realizará las intervenciones de mantenimiento correctivo en un plazo inferior a 2 horas, y tomará todas las medidas para que dichas operaciones afecten lo mínimo posible al funcionamiento normal de los edificios y usuarios.
5.2.5 Suministro y Gestión de Productos Consumibles
Para el desarrollo de las prestaciones del mantenimiento corriente, el Adjudicatario debe asegurarse el suministro de cuantos consumibles, pequeños suministros mecánicos y eléctricos que necesite, así como todos aquellos elementos que le sean precisos para efectuar un correcto mantenimiento, garantizando la disponibilidad de estos componentes, con el fin de evitar demoras o retrasos en el desarrollo de las prestaciones.
Todos los materiales empleados para el desarrollo de los trabajos deberán mantener el criterio de igualdad de marca y modelo a los instalados. En caso contrario, deberá justificarse técnica y económicamente la proposición del cambio. En general se tenderá a estandarizar y homogeneizar los materiales, evitando la proliferación de marcas, modelos, etc.
En el marco del mantenimiento preventivo condicional y correctivo, el Adjudicatario debe realizar la sustitución de las piezas defectuosas sobre el conjunto de las instalaciones definidas en el presente Pliego de Condiciones Técnicas.
El suministro y colocación de los repuestos, materiales o equipos están incluidos en la Garantía Total, así como cualquier gasto necesario, incluso de obra civil si fuera preciso. Estos gastos serán por cuenta del Adjudicatario.
5.2.6 Asistencia Técnica para los Controles Reglamentarios
El Adjudicatario asistirá al Ayuntamiento de Orozko en el transcurso de las visitas reglamentarias realizadas, bien por un Organismo de Control Acreditado, la Autoridad Sanitaria Competente, otros Organismos Oficiales o el propio Ayuntamiento.
Los costes derivados de los controles reglamentarios correrán por cuenta del Adjudicatario.
5.2.7. Documentación técnica y de mantenimiento
El Adjudicatario pondrá al día, para el edificio, el libro de mantenimiento en conformidad con la legislación vigente.
Para cada intervención de mantenimiento se mencionarán:
La fecha.
El tipo de operación.
Las sustituciones de piezas realizadas.
Las observaciones pertinentes.
Los libros de mantenimiento del conjunto de las instalaciones objeto del presente Pliego de Condiciones Técnicas, quedan a disposición del Ayuntamiento de Orozko para consultarlos en todo momento.
Igualmente se incluye la obligación del Adjudicatario de mantener actualizada la documentación siguiente:
Esquemas de funcionamiento de todas las salas de máquinas.
Emplazamiento de los mecanismos y elementos de seguridad.
Inventario de equipos y elementos básicos de las salas máquinas perfectamente actualizado.
Inventario de lámparas y luminarias perfectamente actualizado de los edificios.
Inventario de lámparas y luminarias perfectamente actualizado del alumbrado público.
Anualmente se hará entrega al Ayuntamiento de Orozko de la documentación relacionada, en soporte informático. Los gastos derivados de estos trabajos de Documentación Técnica serán a cargo del Adjudicatario.
5.2.8. Limpieza de las Salas de Máquinas
El Adjudicatario asegurará la limpieza de los equipos ubicados en las salas de máquinas así como de las salas de calderas.
5.2.9 Gestión de las Prestaciones
El Adjudicatario tendrá la obligación de establecer e implantar los documentos necesarios para el seguimiento de la gestión de las prestaciones definidas a continuación.
Establecer anualmente la lista provisional de los trabajos que serán realizados por el Adjudicatario en el marco de la Garantía Total.
Preparar los estudios técnicos y financieros necesarios para la preparación del presupuesto anual provisional en colaboración con los Servicios Técnicos del Ayuntamiento de Orozko.
Realizar anualmente la actualización de la lista de instalaciones y equipos objeto de la presente licitación.
El Adjudicatario dispondrá además de los medios necesarios para poder realizar y asegurar la correcta gestión de los residuos generados en el desempeño de las labores fijadas de conformidad con la normativa vigente.
5.3 Prestaciones de Garantía Total (P3)
El Adjudicatario se compromete a realizar los trabajos de reparación, sustitución y renovación necesarios para garantizar el buen estado de funcionamiento de las instalaciones y equipos definidos.
Para ello, asume la completa y entera responsabilidad de la consecución del buen estado de funcionamiento de las instalaciones efectuando las reparaciones y reposiciones de todo tipo de materiales precisos tanto en casos de desgaste normal como accidental, por cualquier razón que sea.
Los gastos que de esta prestación se deriven en concepto de reparación y reposición, incluida la mano de obra, el desmontaje y montaje, el transporte y por supuesto el costo del material de reposición y reparación, serán por cuenta del Adjudicatario.
Si en el marco de esta obligación, el Adjudicatario se viese obligado a reparar o sustituir en su conjunto un equipo o un conjunto de materiales, deberá primero avisar al Ayuntamiento de Orozko, para que éste pueda, si lo estima oportuno, teniendo en cuenta la evolución de la técnica, estudiar la conveniencia de sustituirlos por equipos de concepción o de potencia más adaptada a su utilización y explotación futuras.
En función de las soluciones adoptadas el Ayuntamiento de Orozko podrá, si lo cree conveniente, participar en los costes de sustitución complementarios o concretar con el Adjudicatario un nuevo acuerdo con un acta adicional, o sugerir cualquier otra solución, previa modificación del contrato.
En el caso de dificultades en la elección de la solución técnica a adoptar, podrán dirigirse a un organismo técnico cualificado aceptado por las dos partes.
Las intervenciones del Adjudicatario en el marco de su obligación de garantía total deberán realizarse con la mayor diligencia y a su entera iniciativa y responsabilidad.
El Adjudicatario informará al Ayuntamiento de Orozko y acordará con él la fecha de paro parcial de las instalaciones para minimizar las incidencias de dichas intervenciones sobre las condiciones de funcionamiento.
5.4 Obras de mejora y renovación de las instalaciones (P4)
El Adjudicatario se compromete a realizar durante el período contractual, las obras de mejora y renovación de las instalaciones que se determinan en el Anexo 3.
En el caso de que el Ayuntamiento de Orozko considere que la inversión justificada no cubra los requisitos mínimos, no se valorará dicha inversión según criterios de valoración del presente documento.
Del mismo modo, el licitador se compromete a realizar a su cargo, sin repercusión económica sobre el presupuesto del contrato, aquellas mejoras que introduzca en su propuesta.
Estas deberán tener un interés suficiente para el Ayuntamiento de Orozko, entendiéndose este interés bien por significar una clara mejora en la calidad del servicio, bien por conllevar una mejora en las instalaciones y edificios, así como aquello que redunde en la eficiencia energética de los mismos. No valorándose el importe de aquellas inversiones que no cumplan este requisito, o que se entiendan incluidas en la prestación P5, en cuyo caso se valorarán como tales.
Las obras comprendidas dentro de la P4 se ejecutarán dentro de los 6 primeros meses de la ejecución del contrato, o en el plazo inferior que el Adjudicatario haya propuesto en su oferta.
A estos efectos, el cálculo del precio de la P4 recogido en los Pliegos Administrativos se ha realizado teniendo en cuenta el total de la inversión 670.977 EUR, con una amortización a 10 años. Así, sale una cuota mensual de 5.591,48 EUR que hace que la cuota anual sea 67.097,76 EUR. Todas las cantidades IVA no incluido.
5.5 Prestación Mejora de la Eficiencia Energética (P5)
Como se ha indicado, además de las prestaciones P1, P2, P3 y P4, se pretende promover la utilización de energías renovables mediante la prestación P5 con la incorporación de equipos e instalaciones como la biomasa, energía solar térmica y fotovoltaica, cogeneración, etc.
Estas instalaciones serán ejecutadas y financiadas voluntariamente por el Adjudicatario mediante los ahorros conseguidos dentro del periodo de vigencia del contrato, y no tendrán repercusión económica sobre el presupuesto del contrato.
Cualquier inversión planteada de forma voluntaria por el Adjudicatario en las instalaciones del Ayuntamiento de Orozko, deberá contar con el consentimiento del propio Ayuntamiento, teniendo ésta la potestad para admitir o rechazar la ejecución de dicha inversión.
ARTÍCULO 6.- DISPOSICIONES PARTICULARES
6.1. Prestación de gestión energética (P1)
Quedan excluidos del contrato los gastos de mantenimiento de contadores de gas o eléctricos propiedad de la empresa suministradora o distribuidora.
El Adjudicatario, durante los 6 primeros meses de contrato, llevará a cabo la renovación, ampliación o ejecución de un sistema de monitorización y control, solicitado en la prestación P4, que permita realizar un seguimiento de los consumos energéticos y de las variables de calidad de confort, incluyendo los equipos comunicables de medida necesarios para cada energía y uso, así como el número de sondas de control de temperatura necesarias.
A fin de atender a las posibles reclamaciones de los usuarios, el sistema permitirá el registro continuo de datos, tanto de temperaturas interiores de las zonas climatizadas como de los horarios de funcionamiento de las instalaciones, el cual estará a plena disposición del Ayuntamiento de Orozko para su inspección, y éste podrá requerir copia del registro guardado, en cualquier momento, por lo que se deberá guardar los registros de todo el periodo de explotación del contrato.
Queda excluido del presente contrato el suministro de calor a los edificios del Polideportivo y el Colegio, objeto de un contrato diferenciado.
6.2.- Prestación de Mantenimiento (P2). Exclusiones.
En las prestaciones descritas anteriormente a cargo del Adjudicatario, no se incluyen los trabajos de modernización y de adecuación de las instalaciones que provengan de nuevas necesidades planteadas no incluidas en el programa de inversiones de la oferta del Adjudicatario (P4), ni aquellas cuya realización venga impuesta por la entrada en vigor de una nuevas normativas.
Quedan excluidas del presente contrato las instalaciones de suministro de calor a los edificios del Polideportivo y el Colegio, objeto de un contrato diferenciado.
6.3.- Prestación de Garantía Total (P3). Exclusiones.
Estarán excluidos de la Garantía Total los siguientes equipos:
- Transformadores eléctricos de potencia y celdas de maniobra de media tensión del centro de transformación, que no sean propiedad del Ayuntamiento de Orozko.
- Ascensores u otros equipos de elevación.
- Líneas eléctricas de distribución.
Artículo 7. Modificación de equipos y/o instalaciones
Cualquier modificación de los equipos y/o de las instalaciones del Ayuntamiento de Orozko a cargo del presente contrato, será objeto de una cláusula adicional al contrato especificando las nuevas condiciones y su importe correspondiente, que deberá guardar relación con los valores establecidos en contrato para instalaciones de similares características.
El mismo principio se aplicará para el aumento o disminución del número de instalaciones y/o equipos a gestionar.
Artículo 8. Medida y verificación de los ahorros conseguidos
Uno de los fines de la presente licitación es conseguir ahorros de energía en las instalaciones del Ayuntamiento de Orozko, gracias tanto a contar con unas instalaciones eficientes desde el punto de vista energético, como a una conducción eficiente de las mismas. Dichos ahorros de energía deben ser medidos, verificados y aceptados por ambas partes, Adjudicatario y Ayuntamiento de Orozko.
Para ello, el Adjudicatario deberá realizar las medidas y verificaciones de los ahorros siguiendo la metodología IPMVP (International Performance Measurement & Verification Protocol) y por un técnico acreditado por certificación por EVO (Efficiency Valuation Organization) como CMVP (Certified Measurement & Verification Professional). Sin perjuicio de que durante la vigencia del contrato se consolidasen otras organizaciones que acrediten la capacitación para realizar verificaciones.
El Adjudicatario confirmará al Ayuntamiento de Orozko en el plazo máximo de un mes desde la firma de contrato, los datos del técnico que haya presentado en la oferta con la acreditación y certificación por EVO como CMVP, que vaya a realizar la medición y verificación de los ahorros de energía durante la vigencia del contrato. En caso de tratarse de otra persona distinta, deberá poseer la misma titulación y similar experiencia que la persona indicada en la oferta.
En el plazo máximo de un mes desde la definición de la relación de equipos e instalaciones actualizada y los usos y parámetros de funcionamiento de cada edificio, el Adjudicatario definirá y presentará al Ayuntamiento de Orozko el Plan de Medida y Verificación (M&V). Dicho Plan, con carácter previo a su puesta en marcha, deberá ser sometido por el Ayuntamiento de Orozko para su aprobación en el plazo máximo de quince días desde su presentación con la participación del técnico independiente encargado.
En el plazo máximo de un mes desde la aprobación del Plan por parte del Ayuntamiento de Orozko, el Adjudicatario debe implantar los sistemas de medida y verificación necesarios para realizar la medición de los ahorros conseguidos. En el plazo de quince días desde la finalización de las pruebas para su puesta en marcha, el Ayuntamiento de Orozko procederá a la recepción de los mismos.
El informe que se presentará junto con la liquidación anual será elaborado por el técnico certificado por EVO, verificando los ahorros en consumo de energía obtenidos según la metodología IPMVP basados en el Plan de Medida y Verificación (M&V), y expresará el gasto de electricidad, gas natural u otros combustibles.
Anexo 1.- relación de edificios, instalaciones y equipos objeto del contrato
La relación de edificios objeto del contrato es la siguiente:
Denominación dirección
Local Brigada Avenida Zubieta 5
Oficina Correos Avenida Zubieta 3
Gaztetxoko Avenida Zubieta 16, bajo 6
Consultorio Médico Plaza Lehendakari Aguirre 8, bajo 3
Museo Plaza Zubiaur 4, bajo
COLEGIO C/ IBAIONDO 6, bajo 1
Haurreskola C/ Untzueta 5, bajo 2
Polideportivo Plaza Gernika 2, bajo
Ayuntamiento y Biblioteca Plaza Zubiaur
Salón de Cultura Polivalente Avenida Zubieta 13, 2 bajo 1
Hogar del Jubilado y Casa de Cultura c/ ANDRA MARI 11, bajo 1
Etap Ibarra - Orozko Barrio Ibarra
La relación de cuadros de mando del alumbrado público objeto del contrato es la siguiente:
Nº cuadro dirección facturación atr
Cuadro 1 Plaza Zubiaur 6, Bajo 1 3.0a
Cuadro 2 Ubixeta Kalea, 2 3.0a
Cuadro 3 Urizar Kalea, 5 2.1a
Cuadro 4 Barrio Larrazabal 1-prox 2.0dha
Cuadro 5 Untzueta Kalea 2 2.0dha
Cuadro 6 Gernika Plaza 8 2.0dha
Cuadro 7 Andra Mari Auzoa 2 3.0a
Cuadro 8 Andra Mari Auzoa 3 2.0dha
Cuadro 9 Orrotegi Auzoa 3 2.0dha
Cuadro 10 Manzarraga Auzoa 6 2.0a
Cuadro 11 Arbaiza Auzoa 5 2.0a
Cuadro 12 Barrio Manzarbeitia 850 Bajo 2.0dha
Cuadro 13 Pagazandu Auzoa 4-1 2.0dha
Cuadro 14 Barrio Murueta 830 Bajo1 2.0dha
Cuadro 15 Katadio Auzoa 4 2.0a
Cuadro 16 Olabarri Auzoa 1 2.0a
Cuadro 17 Torrezar Auzoa 5 2.0dha
Cuadro 18 Anunzibai Auzoa 14 2.0dha
Cuadro 19 Anunzibai Auzoa 1 -
Cuadro 20 Bengoetxea Auzoa 830 2.0dha
Cuadro 21 Okeluri Auzoa 3 2.0a
Cuadro 22 Isasi Auzoa 2 2.0dha
Cuadro 23 Bengoetxea Auzoa 28 2.0dha
Cuadro 24 Bengoetxea Auzoa 6 2.1dha
Cuadro 25 Jauregia Auzoa 6 2.0dha
Cuadro 26 Barrio San Martin 5 2.0dha
Cuadro 27 Unibaso Auzoa 3,5 2.0dha
Cuadro 28 Aranguren Auzoa 1 2.0dha
Cuadro 29 Olarte Auzoa 1 2.0dha
Cuadro 30 Albizua Auzoa 3 2.0dha
Cuadro 31 Sautu Auzoa 2 2.0dha
Cuadro 32 Gallartu Auzoa 2 2.0dha
Cuadro 33 Goreitze Auzoa 3 2.0dha
Cuadro 34 Atxondo Auzoa 2 2.0dha
Cuadro 35 Barrio Ugalde 1-1 2.0dha
Cuadro 36 Urigoiti Auzoa 7 2.0dha
Cuadro 37 Zaloa Auzoa 16 2.0dha
Cuadro 38 Ibarra Auzoa 22 2.0dha
Cuadro 39 Beraza 3 Bajo 3 2.0dha
Cuadro 40 Donibane Auzoa 4 2.0dha
Cuadro 41 Garai Auzoa 5 (beteluri) 2.0dha
Cuadro 42 Gernika Plaza 2 3.0a
Cuadro 43 Jauregia 4 2.0dha
Cuadro 44 Burruzkale 22 -
Anexo 2.- Relación De Operaciones De Mantenimiento Preventivo Sistemático Mínimas A Realizar Por El Adjudicatario
El mantenimiento de los equipos e instalaciones objeto de este Contrato, será en todo caso, el adecuado para asegurar que su funcionamiento, a lo largo de su vida útil, se realice con la máxima eficiencia energética, garantizando un uso seguro, la durabilidad de la instalación y la protección del medio ambiente, así como las exigencias que permitan mantener en todo momento las condiciones de confort en el interior de los distintos edificios.
A modo exclusivamente orientativo y como cumplimiento de mínimos, se presenta la siguiente relación de las labores de mantenimiento a efectuar:
1. Mantenimiento de instalaciones receptoras de combustible.
El control periódico de las instalaciones de combustible irá encaminado a asegurar su correcta estanqueidad y aptitud de uso, garantizando permanentemente la seguridad de los usuarios, personal propio y/o equipos, y el perfecto estado de todos sus componentes. Las labores de mantenimiento a realizar en las instalaciones de combustible deberán ser realizadas por personal especializado, con amplios conocimientos en instalaciones de calefacción, instalaciones receptoras de gas natural y combustibles líquidos derivados del petróleo, y formado específicamente en tareas de mantenimiento de este tipo de sistemas, acreditando el personal la posesión del carné profesional de instalador de gas e instalador de combustibles líquidos derivados del petróleo.
2. Mantenimiento de instalaciones de calefacción y refrigeración
Las labores de mantenimiento a realizar en las Instalaciones de Calefacción y Refrigeración deberán ser realizadas por personal especializado, con amplios conocimientos de calefacción y electricidad y formado específicamente en tareas de mantenimiento de sistemas térmicos, acreditando el personal la posesión del carné profesional de instalador de calefacción y conservador reparador de calefacción.
Se asegurará en todo momento que cualquier intervención en la instalación se realice sin riesgo para el personal propio, usuario y/o equipos.
3. Mantenimiento a desarrollar sobre las instalaciones eléctricas.
Las labores de mantenimiento a realizar en las Instalaciones Eléctricas deberán ser realizadas por personal especializado, con amplios conocimientos en instalaciones eléctricas de media y baja tensión, y formado específicamente en tareas de mantenimiento de este tipo de sistemas, acreditando el personal la posesión del carné profesional de instalador y mantenedor.
El Adjudicatario será el responsable de realizar los controles, ensayos, inspecciones y pruebas requeridos siendo éstos a su cargo. El Adjudicatario deberá en todos los trabajos cumplir con las normas y disposiciones legales existentes en el momento y aplicables a dichos trabajos, así como las disposiciones referentes a Seguridad e Higiene en el Trabajo.
Anexo 3. Obras de mejora y renovación obligatorias de las instalaciones
El Adjudicatario deberá acometer de manera obligatoria, las obras descritas a continuación, y recogidas del Diagnóstico Energético adjunto. Estas inversiones se encontrarán englobadas en la Prestación P4, y por lo tanto serán realizadas y financiadas por el Adjudicatario.
Mejora 26 sustitución de incandescentes 60w por led
Mejora 27 sustitución de incandescentes 60w por led
Mejora 28 detectores de presencia
Mejora 29 equipo de monitorización
Mejora 30 programador horario
Edificio museo
Mejora 32 optimización de potencia contratada
Mejora 33 compensación de la energía reactiva
Mejora 34 sustitución de incandescentes por led (vitrinas)
Mejora 35 sustitución de incandescentes por led (baños)
Mejora 36 detectores de presencia
Mejora 37 equipo de monitorización
Mejora 38 programador horario
Edificio colegio
Mejora 40 compensación de energía reactiva
Mejora 43 sustitución de incandescentes por led (40w)
Mejora 44 sustitución de incandescentes por led (100w)
Mejora 45 instalación de detectores de presencia
Mejora 46 instalación de interruptor crepuscular
Mejora 47 equipo de monitorización
Mejora 48 programación horario
Edificio haurreskola
Mejora 50 optimización de potencia contratada
Mejora 51 compensación de la energía reactiva
Mejora 52 sustitución de incandescentes por led
Mejora 53 sustitución de fluorescentes compactas por led
Mejora 54 equipo de monitorización
Mejora 55 programador horario
Edificio polideportivo
Mejora 57 optimización de potencia contratada
Mejora 58 batería de condesadores
Mejora 60 sustitución de fluorescentes t8 (58w)
Mejora 61 sustitución de fluorescentes t8 (36w 6h)
Mejora 62 sustitución de fluorescentes t8 (36w 3h)
Mejora 63 sustitución de incadescentes por led (60w 3h)
Mejora 64 sustitución de incadescentes por led (60w 6h)
Mejora 65 detectores de presencia (pasillo de acceso)
Mejora 66 detectores de presencia (pasillo a frontón)
Mejora 67 detectores de presencia (vestuarios)
Mejora 68 detectores de presencia (hall a piscina)
Mejora 69 instalación de interruptor crepuscular
Mejora 70 equipo de monitorización
Mejora 71 programador horario
Edificio ayuntamiento y biblioteca
Mejora 73 optimización de potencia contratada
Mejora 74 batería de condensadores
Mejora 75 sustitución de fluorescentes t8 (58w)
Mejora 76 sustitución de fluorescentes t8 (36w)
Mejora 77 sustitución de fluorescentes t8 (18w)
Mejora 78 sustitución de incandescentes por led (25w vela)
Mejora 79 sustitución de incandescentes por led (60w, 3h)
Mejora 80 sustitución de incandescentes por led (60w, 7,5h)
Mejora 81 instalación de detectores de presencia
Mejora 82 equipo de monitorización efergy
Mejora 83 instalación de reloj programable (ayuntamiento)
Mejora 84 instalación de reloj programable (biblioteca)
Edificio salón polivalente
Mejora 87 optimización de potencia contratada
Mejora 89 equipo de monitorización
Edificio hogar del jubilado y casa de cultura
Mejora 91 optimización de potencia contratada
Mejora 93 sustitución de fluorescentes t8 por ecotubos t5
Mejora 94 sustitución de incandescentes por led (baños)
Mejora 95 sustitución de incandescentes por led (baños)
Mejora 96 detectores de presencia
Mejora 97 equipo de monitorización
Mejora 98 programador horario
Edificio alumbrado público
Mejora 101 sustitución luminarias micenas por led
Mejora 102 sustitución luminarias carandini por led
Mejora 103 sustitución luminarias farol vsap por led
Mejora 104 sustitución luminarias viales vsap 150w por led
Mejora 105 sustitución luminarias viales hm 70w por led
Mejora 106 instalación de batería de condensadores
El resto de mejoras que se describen en el Diagnóstico Energético adjunto, y que no aparecen en la tabla anterior, no se deben ejecutar de manera obligatoria, pudiendo ser ejecutadas de manera voluntaria por parte del Adjudicatario, englobadas dentro de la Prestación P5, y por lo tanto, no tendrán repercusión económica sobre el presupuesto de este contrato.
Adicionalmente a las mejoras obligatorias, reflejadas en la tabla anterior, el Adjudicatario deberá realizar de manera obligatoria las siguientes mejoras, que no aparecen reflejadas en el Diagnóstico Energético adjunto. Estas inversiones se encontrarán englobadas en la Prestación P4, y por lo tanto serán realizadas y financiadas por el Adjudicatario.
EDIFICIO COLEGIO
- Sustitución de tubos fluorescentes de 58 W por tubos LED de 25 W. Esta mejora sustituye a la mejora 41 del Diagnóstico Energético adjunto.
- Sustitución de tubos fluorescentes de 36 W por tubos LED de 22 W. Esta mejora sustituye a la mejora 42 del Diagnóstico Energético adjunto.
Edificio polideportivo
- Instalación de un equipo de recuperación de calor del agua de renovación del vaso de la piscina climatizada. Esta mejora es nueva, y no aparece reflejada en el Diagnóstico Energético adjunto.
Alumbrado público
- Instalación de un sistema de telemedida de consumos energéticos en todos los centros de mando de alumbrado público, con las siguientes prestaciones mínimas:
Montaje en el interior del centro de mando, con MODEM GPRS integrado.
Tendrá como mínimo 10 entradas auxiliares, 4 salidas auxiliares, 2 puertos RS485 y 1 puerto RS232.
Permitirá realizar el encendido/apagado astronómico de la instalación mediante sus salidas auxiliares.
Permitirá la medición de las magnitudes eléctricas fundamentales: tensión, intensidad, potencia activa, potencia reactiva, factor de potencia y consumo.
Dispondrá de un display y teclado, que permita tanto la visualización de los datos como la modificación de sus parámetros internos.
Podrá notificar las alarmas originadas vía SMS a teléfonos móviles.
Esta mejora sustituye a la mejora 100 del Diagnóstico Energético adjunto.
- Además de todas las inversiones planteadas anteriormente, con objeto de mejorar la eficiencia energética de las instalaciones energéticas del Ayuntamiento de Orozko, el Adjudicatario deberá ejecutar obligatoriamente las inversiones necesarias para la adecuación al R.E.B.T de todos los centros de mando e instalaciones de Alumbrado Público del Ayuntamiento de Orozko.
NOTAS.
- El Adjudicatario instalará, en los lugares que acuerde con los servicios técnicos del Ayuntamiento de Orozko sensores térmicos para controlar el nivel de confort de los distintos edificios objeto del contrato, siendo 1 el número mínimo a instalar por edificio.
- El Adjudicatario instalará además, en el lugar indicado por el Ayuntamiento de Orozko, un PC de sobremesa o portátil y los equipos informáticos auxiliares necesarios para el seguimiento y control del sistema de telegestión vía WEB.
Anexo 4.- horarios de funcionamiento y temperaturas de consigna
El Adjudicatario se compromete a mantener las condiciones de temperatura y humedad que actualmente se logran en los distintos edificios municipales, y que se recogen en los correspondientes informes técnicos adjuntos.
El Adjudicatario se compromete a mantener los niveles de iluminación interior que actualmente se logran en los distintos edificios municipales, y que se recogen en los correspondientes informes técnicos adjuntos.
El Adjudicatario se compromete mantener los niveles de iluminación exterior obtenidos con las instalaciones de Alumbrado Público Exterior, y que se recogen en el correspondiente informe técnico adjunto.
Anexo 5- definición del consumo energetico en el año base
Los valores indicados a continuación se tomarán como valores de referencia a la hora de realizar los cálculos de la prestación P1.
Edificios Municipales Alumbrado Público
Energía Eléctrica
EE (kWh/año) Gas Natural
G (kWh/año) Gas Propano
P (kWh/año) Energía Eléctrica
EA (kWh/año)
548.143 (*) 77.308 16.314 610.435
(*) Incluyen 156.800 kWh/año de consumo eléctrico de la ETAP y de bombeos de agua
Los valores base de las propuestas EEO, GO, PO y EAO indicados en el pliego de condiciones administrativas, a partir de los cuales se determina el precio de la prestación P1, resultarán de aplicar a los valores de referencia anteriores EE, G y EA el ahorro estimado por el Adjudicatario como resultado de las obras de mejora y renovación integradas en la P4:
EEO = EE - Aee
GO = G – Ag
PO = P – Ap
EAO = EA - Aea
Siendo Aee, Ag y Ap los ahorros garantizados en electricidad, gas natural y gas propano en edificios, y Aea los ahorros garantizados en electricidad en alumbrado público, propuestos por el Adjudicatario como resultado de la aplicación de las obras de mejora y renovación. Dichos ahorros deberán ser justificados en el estudio técnico de cada una de las inversiones.
Anexo 6.- diagnóstico energético
Anexo a este Pliego Técnico se encuentra el Diagnóstico Energético realizado a las instalaciones del Ayuntamiento de Orozko, por la empresa FNeENERGIA.
Objeto Alcance de la contratación
Breve descripción:
Es objeto del presente pliego de condiciones la regulación de las condiciones que regirán la contratación de servicios energéticos con mantenimiento y garantía total de las instalaciones térmicas y eléctricas de los edificios municipales y de alumbrado publico del Ayuntamiento de Orozko que se detallan en el pliego de condiciones técnicas.
Es objeto del presente pliego de condiciones la regulación de las condiciones que regirán la contratación de servicios energéticos con mantenimiento y garantía total de las instalaciones térmicas y eléctricas de los edificios municipales y de alumbrado publico del Ayuntamiento de Orozko que se detallan en el pliego de condiciones técnicas.
Los servicios a contratar tienen como finalidad realizar las siguientes prestaciones:
— prestación P1 – Gestión Energética: gestión energética necesaria para el funcionamiento correcto de las instalaciones objeto del contrato; gestión del suministro energético de combustibles y electricidad, control de calidad, cantidad y uso y garantía de aprovisionamiento;
— prestación P1 – Gestión Energética: gestión energética necesaria para el funcionamiento correcto de las instalaciones objeto del contrato; gestión del suministro energético de combustibles y electricidad, control de calidad, cantidad y uso y garantía de aprovisionamiento;
— prestación P2 – Mantenimiento: mantenimiento preventivo para lograr el perfecto funcionamiento y limpieza de las instalaciones con todos sus componentes, así como lograr la permanencia en el tiempo del rendimiento de las instalaciones y de todos sus componentes al valor inicial;
— prestación P2 – Mantenimiento: mantenimiento preventivo para lograr el perfecto funcionamiento y limpieza de las instalaciones con todos sus componentes, así como lograr la permanencia en el tiempo del rendimiento de las instalaciones y de todos sus componentes al valor inicial;
— prestación P3 – Garantía Total: reparación con sustitución de todos los elementos deteriorados en las instalaciones según se regula en el pliego de condiciones técnicas bajo la modalidad de Garantía Total;
— prestación P4 – Obras de Mejora y Renovación de las Instalaciones consumidoras de energía: realización y financiación de obras de mejora y renovación y de adecuación a normativa de las instalaciones que se especifican en el pliego de condiciones técnicas;
— prestación P4 – Obras de Mejora y Renovación de las Instalaciones consumidoras de energía: realización y financiación de obras de mejora y renovación y de adecuación a normativa de las instalaciones que se especifican en el pliego de condiciones técnicas;
— prestación P5 – Inversiones en ahorro energético y energías renovables: además de las prestaciones enumeradas, con este contrato se pretende promover la mejora de la eficiencia energética mediante la incorporación de equipos e instalaciones, que fomenten el ahorro de energía, la eficiencia energética y la utilización de energías renovables y residuales como: biomasa, energía solar térmica, fotovoltaica, cogeneración, etc.
— prestación P5 – Inversiones en ahorro energético y energías renovables: además de las prestaciones enumeradas, con este contrato se pretende promover la mejora de la eficiencia energética mediante la incorporación de equipos e instalaciones, que fomenten el ahorro de energía, la eficiencia energética y la utilización de energías renovables y residuales como: biomasa, energía solar térmica, fotovoltaica, cogeneración, etc.
Estas instalaciones serán estudiadas, propuestas, ejecutadas y financiadas por el Adjudicatario, mediante los ahorros o venta de energía renovable, conseguidos dentro del periodo de vigencia del contrato, y no tendrán repercusión económica sobre el presupuesto de este contrato.
Estas instalaciones serán estudiadas, propuestas, ejecutadas y financiadas por el Adjudicatario, mediante los ahorros o venta de energía renovable, conseguidos dentro del periodo de vigencia del contrato, y no tendrán repercusión económica sobre el presupuesto de este contrato.
Duración: 120 meses
Información jurídica, económica, financiera y técnica Condiciones de participación
Habilitación para el ejercicio de la actividad profesional:
1.- Documentación acreditativa de la capacidad de obrar según los supuestos que a continuación se detallan:
a) Persona física: D.N.I. o documento fehaciente que haga sus veces de la persona que realice la proposición.
b) Persona jurídica: escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuera, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que consten las normas por las que regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial.
Habilitación para el ejercicio de la actividad profesional
b) Persona jurídica: escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuera, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que consten las normas por las que regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial.
c) Uniones temporales de empresas: cada una de las componentes acreditará su capacidad, personalidad, representación y solvencia, debiendo indicar en documento aparte los nombres y circunstancias de las que la suscriben, el porcentaje de participación de cada una de ellas y designar la persona que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todas ante el Órgano de Contratación. Cada una de las empresas integrantes de la UTE habrá de cumplir al menos uno de los criterios de solvencia profesional que se recogen en los apartados 5.1 a 5.3.
Habilitación para el ejercicio de la actividad profesional
c) Uniones temporales de empresas: cada una de las componentes acreditará su capacidad, personalidad, representación y solvencia, debiendo indicar en documento aparte los nombres y circunstancias de las que la suscriben, el porcentaje de participación de cada una de ellas y designar la persona que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todas ante el Órgano de Contratación. Cada una de las empresas integrantes de la UTE habrá de cumplir al menos uno de los criterios de solvencia profesional que se recogen en los apartados 5.1 a 5.3.
Asimismo, señalarán el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarias del contrato.
d) Empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea: inscripción de las empresas en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidas (Anexo I del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas), o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Asimismo, cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito.
Habilitación para el ejercicio de la actividad profesional
d) Empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea: inscripción de las empresas en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidas (Anexo I del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas), o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Asimismo, cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito.
e) Personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea: informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Asimismo, se acompañará a la documentación que presente que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración en forma sustancialmente análoga. En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio.
Habilitación para el ejercicio de la actividad profesional
e) Personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea: informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Asimismo, se acompañará a la documentación que presente que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración en forma sustancialmente análoga. En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio.
2.- Documentos acreditativos de la representación.- Las personas que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otra presentarán poder de representación.
Igualmente, la persona con poder bastante a efectos de representación deberá acompañar copia de su Documento Nacional de Identidad o, en su caso, el documento que haga sus veces.
3.- Declaración responsable de no estar incursa en prohibición de contratar. Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación, por la empresa a cuyo favor se vaya a efectuar ésta (Anexo 1).
Habilitación para el ejercicio de la actividad profesional
3.- Declaración responsable de no estar incursa en prohibición de contratar. Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación, por la empresa a cuyo favor se vaya a efectuar ésta (Anexo 1).
Situación económica y financiera:
Las empresas licitadoras habrán de acreditar una facturación mínima anual durante los tres últimos ejercicios, en el ámbito de la prestación de servicios de gestión energética y mantenimiento de instalaciones térmicas y eléctricas, equivalente al doble del presupuesto anual del presente contrato, que se acreditará por cualquiera de los medios siguientes:
Las empresas licitadoras habrán de acreditar una facturación mínima anual durante los tres últimos ejercicios, en el ámbito de la prestación de servicios de gestión energética y mantenimiento de instalaciones térmicas y eléctricas, equivalente al doble del presupuesto anual del presente contrato, que se acreditará por cualquiera de los medios siguientes:
a) Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados.
a) Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados.
b) Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de la prestación de servicios de gestión energética y mantenimiento de instalaciones térmicas y eléctricas.
Capacidad técnica y profesional:
La solvencia técnica o profesional de los empresarios deberá apreciarse teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo que se acreditará CONJUNTAMENTE por los medios siguientes:
5.1. Documentación acreditativa de haber gestionado durante los CINCO (5) últimos años un volumen de energía mínimo equivalente al consumo anual de las instalaciones objeto de este contrato, lo que justificará mediante copia de los contratos suscritos o certificados de clientes con los que tenga suscritos esos contratos.
5.1. Documentación acreditativa de haber gestionado durante los CINCO (5) últimos años un volumen de energía mínimo equivalente al consumo anual de las instalaciones objeto de este contrato, lo que justificará mediante copia de los contratos suscritos o certificados de clientes con los que tenga suscritos esos contratos.
5.2. Documentación acreditativa de haber realizado en los DIEZ (10) últimos años obras de mejora de la eficiencia energética en edificios y alumbrado público por importe mínimo 600.000 EUR. La justificación se realizará mediante la aportación de los certificados emitidos por el cliente indicando importe, fecha, lugar de ejecución y alcance del proyecto, o, en su defecto, por la aportación de una copia del contrato suscrito.
5.2. Documentación acreditativa de haber realizado en los DIEZ (10) últimos años obras de mejora de la eficiencia energética en edificios y alumbrado público por importe mínimo 600.000 EUR. La justificación se realizará mediante la aportación de los certificados emitidos por el cliente indicando importe, fecha, lugar de ejecución y alcance del proyecto, o, en su defecto, por la aportación de una copia del contrato suscrito.
5.3 Documentación acreditativa de haber realizado en los CINCO (5) últimos años servicios de mantenimiento de equipos e instalaciones eléctricas y equipos e instalaciones de calefacción y aire acondicionado por importe superior a 60.000 euros, lo que se acreditará mediante los contratos o certificados de los clientes con los cuales haya suscrito dichos contratos. No se tendrán en cuenta a estos efectos los contratos de duración inferior a un año ni aquéllos en los que la prestación del servicio no haya cumplido aún seis meses.
5.3 Documentación acreditativa de haber realizado en los CINCO (5) últimos años servicios de mantenimiento de equipos e instalaciones eléctricas y equipos e instalaciones de calefacción y aire acondicionado por importe superior a 60.000 euros, lo que se acreditará mediante los contratos o certificados de los clientes con los cuales haya suscrito dichos contratos. No se tendrán en cuenta a estos efectos los contratos de duración inferior a un año ni aquéllos en los que la prestación del servicio no haya cumplido aún seis meses.
5.4 Disponer en plantilla para el presente contrato de, al menos, un ingeniero de grado medio o superior con experiencia mínima de 3 años en mantenimiento y gestión de instalaciones térmicas y eléctricas, que se acreditará mediante la titulación académica y correspondientes certificados de empresa, así como de la plantilla suficiente para responder de este contrato. Se relacionará toda la plantilla comprometida para la ejecución de este contrato.
5.4 Disponer en plantilla para el presente contrato de, al menos, un ingeniero de grado medio o superior con experiencia mínima de 3 años en mantenimiento y gestión de instalaciones térmicas y eléctricas, que se acreditará mediante la titulación académica y correspondientes certificados de empresa, así como de la plantilla suficiente para responder de este contrato. Se relacionará toda la plantilla comprometida para la ejecución de este contrato.
Ejecución del contrato
Depósitos y garantías exigidos:
Garantía provisional por importe de 56 480,10 EUR, equivalente al 3 % del Presupuesto del Contrato.
Garantía definitiva 5 % Precio adjudicación.
Otras condiciones particulares:
Pliego de clausulas administrativas del contrato de servicios energéticos con mantenimiento y garantía total de las instalaciones térmicas y eléctricas de los edificios municipales y de alumbrado público del Ayuntamiento de Orozko.
Indice
I. Elementos del contrato
cláusula 1 objeto del contrato
cláusula 2. naturaleza del contrato
cláusula 3. presupuesto
cláusula 4. constancia expresa de la existencia de crédito
cláusula 5. plazo de duración del contrato
ii. Licitación
cláusula 6. procedimiento y forma de adjudicación
cláusula 7. principios: igualdad, transparencia, publicidad, información y confidencialidad
cláusula 8. presentación de proposiciones
cláusula 9. criterios de valoración
iii. Apertura de proposiciones y actuación de la mesa de contratación
cláusula 10. mesa de contratación
cláusula 11. actuación de la mesa de contratación
iv. Adjudicación y formalización del contrato
cláusula 12. clasificación de las ofertas
cláusula 13. documentación a presentar
cláusula 14. adjudicación
cláusula 15. garantía definitiva
cláusula 16. formalización del contrato
cláusula 17. seguro
v. Ejecución del contrato
cláusula 18. obligaciones del adjudicatario
cláusula 19. subrogación en los contratos en vigor
cláusula 20. medios humanos
cláusula 21. obligaciones laborales y de prevención de riesgos laborales
cláusula 22. vigilancia e inspección.
cláusula 23. incumplimientos y penalizaciones
cláusula 24. forma de pago
clausula 25. revisión de precios
cláusula 26. exceso de consumos de energía
cláusula 27. liquidación de los ahorros
vi. Extinción del contrato
cláusula 28. causas de extinción del contrato
cláusula 29. consecuencias de la extinción del contrato
cláusula 30. plazo de garantía
cláusula 31. devolución de la garantía
cláusula 32. ayudas y subvenciones
vii. Prerrogativas, jurisdicción competente y recursos
cláusula 33. prerrogativas de la administración
cláusula 34. normativa aplicable
cláusula 35. recurso especial en materia de contratación
cláusula 36. recurso de reposición
cláusula 37. cuestión de nulidad
i. Elementos del contrato
cláusula 1. objeto del contrato.
Es objeto del presente Pliego de Condiciones la regulación de las condiciones que regirán la contratación de SERVICIOS ENERGETICOS CON MANTENIMIENTO Y garantía total de las instalaciones termicas y electricas de los edificios municipales y de alumbrado publico del AYUNTAMIENTO DE OROZKO que se detallan en el Pliego de Condiciones Técnicas.
Es objeto del presente Pliego de Condiciones la regulación de las condiciones que regirán la contratación de SERVICIOS ENERGETICOS CON MANTENIMIENTO Y garantía total de las instalaciones termicas y electricas de los edificios municipales y de alumbrado publico del AYUNTAMIENTO DE OROZKO que se detallan en el Pliego de Condiciones Técnicas.
éLos servicios a contratar tienen como finalidad realizar las siguientes prestaciones:
- Prestación P1- Gestión Energética: gestión energética necesaria para el funcionamiento correcto de las instalaciones objeto del contrato; gestión del suministro energético de combustibles y electricidad, control de calidad, cantidad y uso y garantía de aprovisionamiento.
- Prestación P1- Gestión Energética: gestión energética necesaria para el funcionamiento correcto de las instalaciones objeto del contrato; gestión del suministro energético de combustibles y electricidad, control de calidad, cantidad y uso y garantía de aprovisionamiento.
- Prestación P2- Mantenimiento: mantenimiento preventivo para lograr el perfecto funcionamiento y limpieza de las instalaciones con todos sus componentes, así como lograr la permanencia en el tiempo del rendimiento de las instalaciones y de todos sus componentes al valor inicial.
- Prestación P2- Mantenimiento: mantenimiento preventivo para lograr el perfecto funcionamiento y limpieza de las instalaciones con todos sus componentes, así como lograr la permanencia en el tiempo del rendimiento de las instalaciones y de todos sus componentes al valor inicial.
- Prestación P3- Garantía Total: reparación con sustitución de todos los elementos deteriorados en las instalaciones según se regula en el Pliego de Condiciones Técnicas bajo la modalidad de Garantía Total.
- Prestación P4- Obras de Mejora y Renovación de las Instalaciones consumidoras de energía: realización y financiación de obras de mejora y renovación y de adecuación a normativa de las instalaciones que se especifican en el Pliego de Condiciones Técnicas.
- Prestación P4- Obras de Mejora y Renovación de las Instalaciones consumidoras de energía: realización y financiación de obras de mejora y renovación y de adecuación a normativa de las instalaciones que se especifican en el Pliego de Condiciones Técnicas.
- Prestación P5- Inversiones en ahorro energético y energías renovables: además de las prestaciones enumeradas, con este contrato se pretende promover la mejora de la eficiencia energética mediante la incorporación de equipos e instalaciones, que fomenten el ahorro de energía, la eficiencia energética y la utilización de energías renovables y residuales como: biomasa, energía solar térmica, fotovoltaica, cogeneración, etc.
- Prestación P5- Inversiones en ahorro energético y energías renovables: además de las prestaciones enumeradas, con este contrato se pretende promover la mejora de la eficiencia energética mediante la incorporación de equipos e instalaciones, que fomenten el ahorro de energía, la eficiencia energética y la utilización de energías renovables y residuales como: biomasa, energía solar térmica, fotovoltaica, cogeneración, etc.
Estas instalaciones serán estudiadas, propuestas, ejecutadas y financiadas por el Adjudicatario, mediante los ahorros o venta de energía renovable, conseguidos dentro del periodo de vigencia del contrato, y no tendrán repercusión económica sobre el presupuesto de este contrato.
Estas instalaciones serán estudiadas, propuestas, ejecutadas y financiadas por el Adjudicatario, mediante los ahorros o venta de energía renovable, conseguidos dentro del periodo de vigencia del contrato, y no tendrán repercusión económica sobre el presupuesto de este contrato.
Cláusula 2.- Naturaleza Del Contrato.
El presente contrato tiene naturaleza administrativa, y sin perjuicio de que quede definido el régimen jurídico de la contratación en el presente pliego de cláusulas administrativas particulares, rige la regulación aplicable al contrato administrativo mixto de suministro y servicios.
El presente contrato tiene naturaleza administrativa, y sin perjuicio de que quede definido el régimen jurídico de la contratación en el presente pliego de cláusulas administrativas particulares, rige la regulación aplicable al contrato administrativo mixto de suministro y servicios.
De conformidad con el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, artículos 12 y 115, las normas aplicables a la adjudicación serán las correspondientes a la prestación que tenga más importancia desde el punto de vista económico, en este caso se atenderá a las normas reguladoras del contrato de suministro. En cuanto al régimen jurídico aplicable a sus efectos, cumplimiento y extinción, se atenderá a las normas aplicables a las diferentes prestaciones fusionadas en ellos.
De conformidad con el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, artículos 12 y 115, las normas aplicables a la adjudicación serán las correspondientes a la prestación que tenga más importancia desde el punto de vista económico, en este caso se atenderá a las normas reguladoras del contrato de suministro. En cuanto al régimen jurídico aplicable a sus efectos, cumplimiento y extinción, se atenderá a las normas aplicables a las diferentes prestaciones fusionadas en ellos.
Cláusula 3.- Presupuesto
A los efectos previstos en el artículo 88 del TRLCSP el valor estimado del contrato es de 1.882.670 euros, importe al que habrá de aplicarse el IVA vigente en cada momento.
El precio máximo anual de licitación del contrato asciende a la cantidad de 188.267 EUR, IVA excluido (227.803 euros IVA incluido), siendo la suma de los siguientes conceptos:
P1, gestión energética 92 420 EUR/año IVA excl.
P2, mantenimiento 12 937 EUR/año IVA excl.
P3, garantía total 15 812 EUR/año IVA excl.
P4, Obras de Mejora y Renovación de las Instalaciones consumidoras de energía, y su financiación
67.098 EUR/año IVA excl.
Total (P1, P2, P3, P4) 188 267 EUR/año IVA excl.
El precio máximo de licitación es de 1 882 670 EUR, IVA no incluido.
El precio del contrato y, en su caso, los precios unitarios que regirán durante la ejecución del mismo, serán los ofertados por el contratista en su proposición que, en ningún caso, podrá superar el presupuesto máximo de licitación fijado en estos Pliegos ni los presupuestos máximos fijados para cada prestación.
El precio del contrato y, en su caso, los precios unitarios que regirán durante la ejecución del mismo, serán los ofertados por el contratista en su proposición que, en ningún caso, podrá superar el presupuesto máximo de licitación fijado en estos Pliegos ni los presupuestos máximos fijados para cada prestación.
Se entenderá que las ofertas presentadas por los licitadores incluyen el precio del contrato y todos los gastos que el adjudicatario deba realizar para el normal cumplimiento de las prestaciones contratadas, como son los generales, financieros, beneficios, seguros, honorarios de personal a su cargo, de comprobación y ensayo, de derechos, las tasas e impuestos, excepto del Impuesto sobre el Valor Añadido, sin que por tanto puedan ser repercutidos como partida independiente. No obstante, la cantidad correspondiente al IVA figurará como partida independiente.
Se entenderá que las ofertas presentadas por los licitadores incluyen el precio del contrato y todos los gastos que el adjudicatario deba realizar para el normal cumplimiento de las prestaciones contratadas, como son los generales, financieros, beneficios, seguros, honorarios de personal a su cargo, de comprobación y ensayo, de derechos, las tasas e impuestos, excepto del Impuesto sobre el Valor Añadido, sin que por tanto puedan ser repercutidos como partida independiente. No obstante, la cantidad correspondiente al IVA figurará como partida independiente.
Cláusula 4.- constancia expresa de la existencia de crédito
Las obligaciones económicas que se derivan de este contrato se atenderán con la partida presupuestaria que al efecto se consigne en el Presupuesto en el año correspondiente, y en los ejercicios siguientes, durante el plazo de ejecución del contrato.
En el caso de que el contrato se formalice en el ejercicio presupuestario anterior al de inicio de la ejecución, la adjudicación quedará sometida a la condición suspensiva de la existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del contrato en el ejercicio presupuestario correspondiente.
En el caso de que el contrato se formalice en el ejercicio presupuestario anterior al de inicio de la ejecución, la adjudicación quedará sometida a la condición suspensiva de la existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del contrato en el ejercicio presupuestario correspondiente.
Cláusula 5.- plazo de duración del contrato
El presente contrato tendrá una duración de 10 años.
Ii. Licitacion
Cláusula 6.- procedimiento y forma de adjudicación
La forma de adjudicación del contrato será mediante procedimiento abierto sujeto a regulación armonizada y tramitación ordinaria, con arreglo a lo establecido en los artículos 157 a 161 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, sometiéndose a los requisitos de publicidad recogidos en el artículo 142 del citado RDL.
La forma de adjudicación del contrato será mediante procedimiento abierto sujeto a regulación armonizada y tramitación ordinaria, con arreglo a lo establecido en los artículos 157 a 161 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, sometiéndose a los requisitos de publicidad recogidos en el artículo 142 del citado RDL.
Se dispondrá la publicación de los anuncios correspondientes en el Boletín Oficial del Estado, Boletín Oficial de Bizkaia y en el Diario Oficial de la Comunidad Europea.
Los anuncios de licitación, junto con los Pliegos de Cláusulas Administrativas, Pliegos de Condiciones Técnicas y la Auditoría Energética previa se publicarán, asimismo, en el perfil del contratante del Ayuntamiento, al que se accederá a través de su página web http:// www.orozkoudala.com
Los anuncios de licitación, junto con los Pliegos de Cláusulas Administrativas, Pliegos de Condiciones Técnicas y la Auditoría Energética previa se publicarán, asimismo, en el perfil del contratante del Ayuntamiento, al que se accederá a través de su página web http:// www.orozkoudala.com
Cláusula 7.- principios: igualdad, transparencia, publicidad, información y confidencialidad
El órgano de contratación dará a los licitadores un tratamiento igualitario y no discriminatorio y ajustará su actuación al principio de transparencia.
Sin perjuicio de las disposiciones de la TRLCSP relativas a la publicidad de la adjudicación y a la información que debe darse a los licitadores, los órganos de contratación no podrán divulgar la información facilitada por los empresarios que éstos hayan designado como confidencial; este carácter afecta, en particular, a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las ofertas. Los órganos de contratación no podrán divulgar esta información sin su consentimiento.
Sin perjuicio de las disposiciones de la TRLCSP relativas a la publicidad de la adjudicación y a la información que debe darse a los licitadores, los órganos de contratación no podrán divulgar la información facilitada por los empresarios que éstos hayan designado como confidencial; este carácter afecta, en particular, a los secretos técnicos o comerciales y a los aspectos confidenciales de las ofertas. Los órganos de contratación no podrán divulgar esta información sin su consentimiento.
Toda la información a la que tenga acceso la empresa contratista con ocasión de la ejecución del contrato tiene carácter confidencial. La adjudicataria y el personal por ella asignado a la ejecución del contrato no podrán utilizar para sí, ni proporcionar a terceros, dato o información alguna de los trabajos contratados o a la que tengan acceso con ocasión de la ejecución, sin autorización escrita de la Administración, estando, por tanto, obligados a poner todos los medios a su alcance para conservar el carácter confidencial y reservado tanto de la información como de los resultados obtenidos del trabajo realizado (artículo 140.2 TRLCSP). En todo caso, en la realización de trabajos que no impliquen el tratamiento de datos personales, queda prohibido a la adjudicataria y su personal el acceder a datos personales, y tendrán obligación de secreto respecto a los datos que el personal hubiera podido conocer con motivo de la prestación (artículo 83.2 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, de desarrollo de la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal).
Toda la información a la que tenga acceso la empresa contratista con ocasión de la ejecución del contrato tiene carácter confidencial. La adjudicataria y el personal por ella asignado a la ejecución del contrato no podrán utilizar para sí, ni proporcionar a terceros, dato o información alguna de los trabajos contratados o a la que tengan acceso con ocasión de la ejecución, sin autorización escrita de la Administración, estando, por tanto, obligados a poner todos los medios a su alcance para conservar el carácter confidencial y reservado tanto de la información como de los resultados obtenidos del trabajo realizado (artículo 140.2 TRLCSP). En todo caso, en la realización de trabajos que no impliquen el tratamiento de datos personales, queda prohibido a la adjudicataria y su personal el acceder a datos personales, y tendrán obligación de secreto respecto a los datos que el personal hubiera podido conocer con motivo de la prestación (artículo 83.2 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, de desarrollo de la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal).
Cláusula 8.- presentacion de proposiciones
Podrán optar a la adjudicación del presente contrato las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en unión temporal de empresarios, que tengan plena capacidad de obrar, que no se encuentren incursas en las prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración establecidas en el artículo 60 del TRLCSP, y que acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional. Asimismo los participantes deberán tener como finalidad o actividad alguna relacionada directamente con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.
Podrán optar a la adjudicación del presente contrato las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en unión temporal de empresarios, que tengan plena capacidad de obrar, que no se encuentren incursas en las prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración establecidas en el artículo 60 del TRLCSP, y que acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional. Asimismo los participantes deberán tener como finalidad o actividad alguna relacionada directamente con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.
Las empresas extranjeras no comunitarias, deberán reunir además, los requisitos establecidos en el artículo 55 del TRLCSP.
La presentación de las proposiciones presume la aceptación por el licitador de las cláusulas de este pliego y del resto de documentos contractuales y la declaración responsable de la exactitud de los datos presentados y de que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas.
La presentación de las proposiciones presume la aceptación por el licitador de las cláusulas de este pliego y del resto de documentos contractuales y la declaración responsable de la exactitud de los datos presentados y de que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas.
Los candidatos deberán presentar en el plazo que se fije en el anuncio en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas, TRES SOBRES:
Sobre A (Documentación general).
Sobre B (Proposición técnica. Elementos cuya valoración dependa de juicio de valor)
Sobre C (Proposición económica y elementos valorables de forma automática por aplicación de fórmulas).
En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido, enunciado numéricamente (relación indexada de documentos).
Los sobres se identificarán en su exterior del modo siguiente:
a) Parte superior del sobre y a la derecha indicación del sobre del que se trate (SOBREA, SOBRE B o SOBRE C).
b) Nombre y apellidos de la persona física o razón social de la persona jurídica, y NIF correspondiente.
c) Dirección de correo electrónico (e-mail) para que esta administración efectúe los requerimientos, comunicaciones y notificaciones que precise durante la tramitación del expediente.
dee) Firma de la licitadora o persona que le represente.
La presentación de las solicitudes de participación se deberá realizar en:
- Lugar: Oficinas del Ayuntamiento, en Orozko, de lunes a viernes, entre las 09:00 horas y las 14:00 horas.
- Plazo: Dentro de las horas de oficina y hasta las 13 horas del último día señalado para la entrega de solicitudes en el Anuncio publicado en los Diarios Oficiales correspondientes.
- Forma: Cuando las proposiciones se envíen por correo el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante fax al número 94 633 05 79 el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de la terminación del plazo señalado en el anuncio.
- Forma: Cuando las proposiciones se envíen por correo el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante fax al número 94 633 05 79 el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de la terminación del plazo señalado en el anuncio.
Transcurridos no obstante 10 días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición está no será admitida en ningún caso.
La documentación se presentará en sobres cerrados y podrá aportarse en original o copia que tenga carácter de auténtica conforme a la legislación vigente, salvo la documentación acreditativa de la constitución de la garantía provisional, que deberá ser en todo caso original.
La documentación se presentará en sobres cerrados y podrá aportarse en original o copia que tenga carácter de auténtica conforme a la legislación vigente, salvo la documentación acreditativa de la constitución de la garantía provisional, que deberá ser en todo caso original.
1. Sobre A: Documentación Administrativa.
Contendrá la siguiente documentación:
0.- Dirección de correo electrónico.- La empresa licitadora señalará una dirección de correo electrónico para que este Organismo efectúe los requerimientos, comunicaciones y notificaciones que precise durante la tramitación del expediente.
1.- Documentación acreditativa de la capacidad de obrar según los supuestos que a continuación se detallan:
a) Persona física: D.N.I. o documento fehaciente que haga sus veces de la persona que realice la proposición.
b) Persona jurídica: escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuera, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que consten las normas por las que regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial.
b) Persona jurídica: escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuera, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que consten las normas por las que regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial.
c) Uniones temporales de empresas: cada una de las componentes acreditará su capacidad, personalidad, representación y solvencia, debiendo indicar en documento aparte los nombres y circunstancias de las que la suscriben, el porcentaje de participación de cada una de ellas y designar la persona que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todas ante el Órgano de Contratación. Cada una de las empresas integrantes de la UTE habrá de cumplir al menos uno de los criterios de solvencia profesional que se recogen en los apartados 5.1 a 5.3.
c) Uniones temporales de empresas: cada una de las componentes acreditará su capacidad, personalidad, representación y solvencia, debiendo indicar en documento aparte los nombres y circunstancias de las que la suscriben, el porcentaje de participación de cada una de ellas y designar la persona que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todas ante el Órgano de Contratación. Cada una de las empresas integrantes de la UTE habrá de cumplir al menos uno de los criterios de solvencia profesional que se recogen en los apartados 5.1 a 5.3.
Asimismo, señalarán el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarias del contrato.
d) Empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea: inscripción de las empresas en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidas (Anexo I del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas), o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Asimismo, cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito.
d) Empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea: inscripción de las empresas en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidas (Anexo I del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas), o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Asimismo, cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito.
e) Personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea: informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Asimismo, se acompañará a la documentación que presente que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración en forma sustancialmente análoga. En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio.
e) Personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea: informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Asimismo, se acompañará a la documentación que presente que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración en forma sustancialmente análoga. En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio.
2.- Documentos acreditativos de la representación.- Las personas que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otra presentarán poder de representación.
Igualmente, la persona con poder bastante a efectos de representación deberá acompañar copia de su Documento Nacional de Identidad o, en su caso, el documento que haga sus veces.
3.- Declaración responsable de no estar incursa en prohibición de contratar. Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación, por la empresa a cuyo favor se vaya a efectuar ésta (Anexo 1).
3.- Declaración responsable de no estar incursa en prohibición de contratar. Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación, por la empresa a cuyo favor se vaya a efectuar ésta (Anexo 1).
4. Documentación acreditativa de la solvencia económica, financiera. Las empresas licitadoras habrán de acreditar una facturación mínima anual durante los tres últimos ejercicios, en el ámbito de la prestación de servicios de gestión energética y mantenimiento de instalaciones térmicas y eléctricas, equivalente al doble del presupuesto anual del presente contrato, que se acreditará por cualquiera de los medios siguientes:
4. Documentación acreditativa de la solvencia económica, financiera. Las empresas licitadoras habrán de acreditar una facturación mínima anual durante los tres últimos ejercicios, en el ámbito de la prestación de servicios de gestión energética y mantenimiento de instalaciones térmicas y eléctricas, equivalente al doble del presupuesto anual del presente contrato, que se acreditará por cualquiera de los medios siguientes:
a) Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados.
a) Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados.
b) Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de la prestación de servicios de gestión energética y mantenimiento de instalaciones térmicas y eléctricas.
5. Documentación acreditativa de la solvencia técnica. La solvencia técnica o profesional de los empresarios deberá apreciarse teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo que se acreditará CONJUNTAMENTE por los medios siguientes:
5. Documentación acreditativa de la solvencia técnica. La solvencia técnica o profesional de los empresarios deberá apreciarse teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo que se acreditará CONJUNTAMENTE por los medios siguientes:
5.1. Documentación acreditativa de haber gestionado durante los CINCO (5) últimos años un volumen de energía mínimo equivalente al consumo anual de las instalaciones objeto de este contrato, lo que justificará mediante copia de los contratos suscritos o certificados de clientes con los que tenga suscritos esos contratos.
5.1. Documentación acreditativa de haber gestionado durante los CINCO (5) últimos años un volumen de energía mínimo equivalente al consumo anual de las instalaciones objeto de este contrato, lo que justificará mediante copia de los contratos suscritos o certificados de clientes con los que tenga suscritos esos contratos.
5.2. Documentación acreditativa de haber realizado en los DIEZ (10) últimos años obras de mejora de la eficiencia energética en edificios y alumbrado público por importe mínimo 600.000 EUR. La justificación se realizará mediante la aportación de los certificados emitidos por el cliente indicando importe, fecha, lugar de ejecución y alcance del proyecto, o, en su defecto, por la aportación de una copia del contrato suscrito.
5.2. Documentación acreditativa de haber realizado en los DIEZ (10) últimos años obras de mejora de la eficiencia energética en edificios y alumbrado público por importe mínimo 600.000 EUR. La justificación se realizará mediante la aportación de los certificados emitidos por el cliente indicando importe, fecha, lugar de ejecución y alcance del proyecto, o, en su defecto, por la aportación de una copia del contrato suscrito.
5.3 Documentación acreditativa de haber realizado en los CINCO (5) últimos años servicios de mantenimiento de equipos e instalaciones eléctricas y equipos e instalaciones de calefacción y aire acondicionado por importe superior a 60.000 euros, lo que se acreditará mediante los contratos o certificados de los clientes con los cuales haya suscrito dichos contratos. No se tendrán en cuenta a estos efectos los contratos de duración inferior a un año ni aquéllos en los que la prestación del servicio no haya cumplido aún seis meses.
5.3 Documentación acreditativa de haber realizado en los CINCO (5) últimos años servicios de mantenimiento de equipos e instalaciones eléctricas y equipos e instalaciones de calefacción y aire acondicionado por importe superior a 60.000 euros, lo que se acreditará mediante los contratos o certificados de los clientes con los cuales haya suscrito dichos contratos. No se tendrán en cuenta a estos efectos los contratos de duración inferior a un año ni aquéllos en los que la prestación del servicio no haya cumplido aún seis meses.
5.4 Disponer en plantilla para el presente contrato de, al menos, un ingeniero de grado medio o superior con experiencia mínima de 3 años en mantenimiento y gestión de instalaciones térmicas y eléctricas, que se acreditará mediante la titulación académica y correspondientes certificados de empresa, así como de la plantilla suficiente para responder de este contrato. Se relacionará toda la plantilla comprometida para la ejecución de este contrato.
5.4 Disponer en plantilla para el presente contrato de, al menos, un ingeniero de grado medio o superior con experiencia mínima de 3 años en mantenimiento y gestión de instalaciones térmicas y eléctricas, que se acreditará mediante la titulación académica y correspondientes certificados de empresa, así como de la plantilla suficiente para responder de este contrato. Se relacionará toda la plantilla comprometida para la ejecución de este contrato.
6. Garantía Provisional. Será requisito necesario acreditar la constitución de garantía provisional por importe de 56.480,10 euros, equivalente al 3 % del Presupuesto del Contrato. Se entiende necesaria su constitución dadas las características del contrato y su complejidad, lo cual hace necesario que se garantice la presentación de empresas que mantendrán sus ofertas.
6. Garantía Provisional. Será requisito necesario acreditar la constitución de garantía provisional por importe de 56.480,10 euros, equivalente al 3 % del Presupuesto del Contrato. Se entiende necesaria su constitución dadas las características del contrato y su complejidad, lo cual hace necesario que se garantice la presentación de empresas que mantendrán sus ofertas.
Cuando el licitador presente su proposición bajo la forma de unión temporal de empresarios, la garantía provisional podrá constituirse por una o varias de las empresas participantes, siempre que en su conjunto se alcance la cuantía exigida y garantice solidariamente a todos los integrantes de la unión.
Cuando el licitador presente su proposición bajo la forma de unión temporal de empresarios, la garantía provisional podrá constituirse por una o varias de las empresas participantes, siempre que en su conjunto se alcance la cuantía exigida y garantice solidariamente a todos los integrantes de la unión.
La garantía podrá prestarse en cualquiera de las formas previstas en el artículo 96 del TRLCSP y se extinguirá automáticamente, siendo devuelta a los licitadores, inmediatamente después de la adjudicación del contrato. En todo caso, la garantía será retenida al licitador cuya proposición hubiera sido seleccionada para la adjudicación hasta que proceda a la constitución de la garantía definitiva, e incautada a las empresas que retiren injustificadamente su proporción antes de la adjudicación.
La garantía podrá prestarse en cualquiera de las formas previstas en el artículo 96 del TRLCSP y se extinguirá automáticamente, siendo devuelta a los licitadores, inmediatamente después de la adjudicación del contrato. En todo caso, la garantía será retenida al licitador cuya proposición hubiera sido seleccionada para la adjudicación hasta que proceda a la constitución de la garantía definitiva, e incautada a las empresas que retiren injustificadamente su proporción antes de la adjudicación.
7.- Certificado sellado por el Organismo contratante de haber visitado las instalaciones objeto de la presente licitación.
8.- En el caso de tener en su plantilla un número de personas trabajadoras con discapacidad superior al 2 por 100, y con el fin de acogerse a lo dispuesto en el apartado segundo de la Disposición Adicional cuarta del TRLCSP, se deberá acreditar mediante certificación expedida al efecto o documentación pertinente:
8.- En el caso de tener en su plantilla un número de personas trabajadoras con discapacidad superior al 2 por 100, y con el fin de acogerse a lo dispuesto en el apartado segundo de la Disposición Adicional cuarta del TRLCSP, se deberá acreditar mediante certificación expedida al efecto o documentación pertinente:
- La pertenencia a la plantilla de la empresa de un número de personas trabajadoras con discapacidad superior al 2 por 100.
- El porcentaje de personas trabajadoras fijas con discapacidad en su plantilla.
9.- Las empresas extranjeras deberán presentar una declaración en virtud de la cual se someten a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
9.- Las empresas extranjeras deberán presentar una declaración en virtud de la cual se someten a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
2. Sobre B: Proposición técnica. Elementos cuya valoración depende de juicio de valor.
En el sobre B deberán figurar los documentos cuya ponderación depende de un juicio de valor, ordenados y enumerados según se señala a continuación:
Documento 1. Estudio Técnico de las Prestaciones P1, P2 y P3.
Contendrá el Estudio Técnico correspondiente a las prestaciones P1, P2 y P3, haciendo referencia a los siguientes apartados:
a) Estudio técnico, incluyendo propuesta de ahorros energéticos garantizados.
b) Memoria técnica sobre la metodología, organización y medios directos propuestos para el desarrollo de la prestación: descripción y ubicación de los locales, vehículos y medios auxiliares destinados a la prestación de los mismos; características de los equipos mecánicos que se dedicarán a la realización de los trabajos.
b) Memoria técnica sobre la metodología, organización y medios directos propuestos para el desarrollo de la prestación: descripción y ubicación de los locales, vehículos y medios auxiliares destinados a la prestación de los mismos; características de los equipos mecánicos que se dedicarán a la realización de los trabajos.
c) Sistema de gestión y control de consumos.
d) Propuesta de Garantía Total de la Prestación P3.
e) Plan de Mantenimiento Preventivo y de las inspecciones de la instalación con el correspondiente calendario, detalle de trabajos, periodicidad y planificación.
Documento 2. Relación y Programación de Inversiones incluidas en la Prestación P4 de Obras de Mejora y Renovación de las Instalaciones consumidoras de energía.
En este apartado el licitador reflejará detalladamente la oferta que realiza para llevar a cabo la ejecución de las obras de mejora y renovación de las instalaciones recogidas en el Pliego Técnico. Se detallarán así mismo las características de los nuevos equipos y elementos, y se establecerá un programa concreto en el que se refleje un calendario con la señalización exacta del momento de cada inversión. Todo ello desglosado por instalaciones. Incluirá asimismo, una justificación del ahorro propuesto (o de la ausencia del mismo) el cual deberá repercutir en una disminución del consumo.
En este apartado el licitador reflejará detalladamente la oferta que realiza para llevar a cabo la ejecución de las obras de mejora y renovación de las instalaciones recogidas en el Pliego Técnico. Se detallarán así mismo las características de los nuevos equipos y elementos, y se establecerá un programa concreto en el que se refleje un calendario con la señalización exacta del momento de cada inversión. Todo ello desglosado por instalaciones. Incluirá asimismo, una justificación del ahorro propuesto (o de la ausencia del mismo) el cual deberá repercutir en una disminución del consumo.
Documento 3. Memoria Técnica de la Prestación P5 de Mejora de la Eficiencia Energética, donde se recogerán las actuaciones que el Adjudicatario tiene previsto acometer en las instalaciones que fomenten el ahorro, la eficiencia energética, y la utilización de energías renovables y residuales. La Memoria Técnica contendrá como mínimo un estudio energético con los ahorros previstos o la producción de energía renovable, estudio técnico-económico y plan de ejecución. Como parte de la Memoria se incorporará el documento anexo 2 de los presentes Pliegos.
Documento 3. Memoria Técnica de la Prestación P5 de Mejora de la Eficiencia Energética, donde se recogerán las actuaciones que el Adjudicatario tiene previsto acometer en las instalaciones que fomenten el ahorro, la eficiencia energética, y la utilización de energías renovables y residuales. La Memoria Técnica contendrá como mínimo un estudio energético con los ahorros previstos o la producción de energía renovable, estudio técnico-económico y plan de ejecución. Como parte de la Memoria se incorporará el documento anexo 2 de los presentes Pliegos.
Documento 4. Memoria técnica explicativa de las acciones y compromiso que se realizarán en aspectos de información, divulgación y comunicación del sistema de gestión, ahorro y eficiencia energética.
Documento 5. Identificación de la persona que vaya a actuar como interlocutor con el Ayuntamiento, la cual habrá de tener conocimiento del euskera a nivel hablado.
Documento 6. Mejoras sobre las Prestaciones Obligatorias, entendiéndose por mejoras las prestaciones que oferten los licitadores que, no estando incluidas entre las prestaciones obligatorias que se derivan del presente Pliego y del objeto del contrato, reúnan además los siguientes requisitos:
Documento 6. Mejoras sobre las Prestaciones Obligatorias, entendiéndose por mejoras las prestaciones que oferten los licitadores que, no estando incluidas entre las prestaciones obligatorias que se derivan del presente Pliego y del objeto del contrato, reúnan además los siguientes requisitos:
a. Indicar claramente sus contenidos.
b. Tener interés objetivo para el Ayuntamiento de Orozko, bien por significar una clara mejora en la calidad del servicio, bien por conllevar una mejora de las instalaciones, equipos o bienes objeto del contrato.
3. Sobre C. Proposición económica y elementos valorables de forma automática por aplicación de fórmulas.
En el sobre C deberán incluirse dos sobres independientes (C1 y C2) debidamente identificados.
Sobre C1. Elementos valorables de forma automática por aplicación de fórmulas y justificación técnica.
En el sobre C1 deberán figurar los documentos justificativos de la proposición cuya ponderación es objetiva y en función de la aplicación de fórmulas matemáticas, ordenados y enumerados según se señala a continuación:
Documento 1. Propuesta de reducción del plazo de ejecución de las obras de renovación y/o sustitución de las instalaciones incluidas en la prestación P4 y previstas en el Pliego de Prescripciones Técnicas para la mejora de la eficiencia y ahorro energético, redactada de acuerdo al modelo del Anexo 3.
Documento 1. Propuesta de reducción del plazo de ejecución de las obras de renovación y/o sustitución de las instalaciones incluidas en la prestación P4 y previstas en el Pliego de Prescripciones Técnicas para la mejora de la eficiencia y ahorro energético, redactada de acuerdo al modelo del Anexo 3.
Documento 2. Porcentaje de participación del Ayuntamiento sobre los ahorros. Porcentaje ofertado, adicional al 10%, para el Ayuntamiento en los ahorros superiores a los ahorros garantizados, redactado de acuerdo al modelo del Anexo 4.
Sobre C2. Proposición Económica.
En el sobre C2 deberá figurar:
Documento 1. Proposición firmada por el licitador o persona que lo represente redactada conforme al "Modelo de proposición económica" que figura en el Anexo 5, incluyéndose en el precio ofertado todos los conceptos, incluido el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido, así como cualquier otro impuesto o gasto que pueda gravar la operación, gastos de desplazamiento y el beneficio industrial del contratista.
Documento 1. Proposición firmada por el licitador o persona que lo represente redactada conforme al "Modelo de proposición económica" que figura en el Anexo 5, incluyéndose en el precio ofertado todos los conceptos, incluido el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido, así como cualquier otro impuesto o gasto que pueda gravar la operación, gastos de desplazamiento y el beneficio industrial del contratista.
La proposición económica presentada se referirá a una única cantidad referida a la totalidad del contrato, e incluirá los precios de las prestaciones P1, P2, P3, P4 según lo siguiente:
- Precio P1: se determina según la siguiente fórmula:
P1= EEO x PEE + GO x PG + PO x PP + EAO x PEA
Donde
EEo: valor base de consumo anual de kWh de electricidad en edificios municipales, calculado según se indica en el Anexo 5 del Pliego de Condiciones Técnicas.
PEE: precio unitario de la electricidad en centEUR/ kWh en edificios municipales, a definir por el candidato en su oferta.
GO: valor base de consumo anual de kWh de gas natural en edificios municipales, calculado según se indica en el Anexo 5 del Pliego de Condiciones Técnicas.
PG: precio unitario del gas natural en centEUR/ kWh en edificios municipales, a definir por el candidato en su oferta.
PO: valor base de consumo anual de kWh de gas propano en edificios municipales, calculado según se indica en el Anexo 5 del Pliego de Condiciones Técnicas.
PP: precio unitario del gas propano en centEUR/ kWh en edificios municipales, a definir por el candidato en su oferta.
EAo: valor base de consumo anual de kWh de electricidad en alumbrado público, calculado según se indica en el Anexo 5 del Pliego de Condiciones Técnicas.
PEA: precio unitario de la electricidad en centEUR/ kWh en alumbrado público, a definir por el candidato en su oferta.
- Precio P2: referido a las prestaciones definidas en el Pliego de Condiciones Técnicas para la P2.
- Precio P3: referido a las prestaciones definidas en el Pliego de Condiciones Técnicas para la P3.
- Precio P4: precio al cual el licitador se compromete a ejecutar las obras de mejora y renovación de las instalaciones consumidoras de energía, siendo la inversión máxima prevista en estos Pliegos de 670.977 EUR IVA incluido.
CLÁUSULA 9.- CRITERIOS DE VALORACIÓN
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta más ventajosa se atenderá a varios criterios de adjudicación.
La valoración de las ofertas se realizará en atención a la documentación presentada y se regulará en base a una puntuación total máxima de 100 puntos. La adjudicación del concurso se resolverá mediante la valoración ponderada de los siguientes criterios:
La valoración de las ofertas se realizará en atención a la documentación presentada y se regulará en base a una puntuación total máxima de 100 puntos. La adjudicación del concurso se resolverá mediante la valoración ponderada de los siguientes criterios:
1. Criterios cuya valoración dependa de juicio de valor: 50 puntos
2. Criterios valorables de forma automática por aplicación de fórmulas: 50 puntos
9.1 Criterios cuya valoración dependa de juicio de valor: 50 puntos
Se valorará la mejor adecuación a los objetivos de los pliegos y al objeto y fin del contrato, así como la claridad, precisión, detalle y coherencia con que las empresas licitadoras describan los contenidos de los documentos técnicos a valorar.
1. Estudio Técnico de las Prestaciones P1, P2 y P3. Se valorará con un máximo de 22 puntos, con el siguiente reparto:
a) Memoria técnica sobre la metodología, organización y medios directos propuestos para el desarrollo de la prestación: hasta 6 puntos.
b) Sistema de gestión y control de consumos: hasta 5 puntos.
c) Propuesta de Garantía Total. Se valorará con un máximo de hasta 5 puntos aquellas ofertas que propongan un incremento de la cobertura descrita en el apartado 5.3 de los Pliegos Técnicos.
d) Plan de Mantenimiento Preventivo y de las inspecciones de la instalación con el correspondiente calendario, detalle de trabajos, periodicidad y planificación: hasta 6 puntos.
2. Relación y Programación de Inversiones incluidas en la Prestación P4 de Obras de Mejora y Renovación de las Instalaciones consumidoras de energía: hasta 10 puntos. Se valorará la calidad técnica de las propuestas presentadas, la eficiencia de los equipos y el ahorro real estimado de cada propuesta.
2. Relación y Programación de Inversiones incluidas en la Prestación P4 de Obras de Mejora y Renovación de las Instalaciones consumidoras de energía: hasta 10 puntos. Se valorará la calidad técnica de las propuestas presentadas, la eficiencia de los equipos y el ahorro real estimado de cada propuesta.
3. Memoria Técnica de la Prestación P5 de Mejora de la Eficiencia Energética: hasta 7 puntos. Se valorará especialmente el mayor ahorro energético o producción de energía renovable y el mejor plan de ejecución o programa de obras.
4. Memoria técnica explicativa de las acciones y compromiso que se realizarán en aspectos de información, divulgación y comunicación del sistema de gestión, ahorro y eficiencia energética: hasta 2 puntos.
5. Se valorará el conocimiento del euskera a nivel hablado del interlocutor designado por la empresa empresa, mediante entrevista con el técnico de euskera. El licitador deberá indicar en la oferta la persona que va a realizar la prueba de euskera: hasta 7 puntos.
5. Se valorará el conocimiento del euskera a nivel hablado del interlocutor designado por la empresa empresa, mediante entrevista con el técnico de euskera. El licitador deberá indicar en la oferta la persona que va a realizar la prueba de euskera: hasta 7 puntos.
6. Mejoras sobre las Prestaciones Obligatorias: hasta 2 puntos. Se valorará el menor plazo de implantación a contar desde la firma del contrato, el mayor coste de inversión y el mayor interés para el Ayuntamiento.
9.2 Criterios valorables de forma automática por aplicación de fórmulas: 50 puntos
1. Oferta económica: 33 puntos. Los puntos, con un máximo de 33, se otorgarán de acuerdo con la siguiente fórmula:
Pi = (1-(Ol/Pl)) x 100
donde,
Pi: puntuación correspondiente a la oferta del licitador
Ol: oferta económica del licitador, en anualidades y sin incluir el IVA.
Pl: precio de licitación anual establecido en los presentes pliegos, sin incluir el IVA
2. Porcentaje de participación del Ayuntamiento sobre los ahorros: Porcentaje de participación ofertado adicional al 10% del Ayuntamiento en los ahorros superiores a los ahorros garantizados. Hasta un máximo de 10 puntos. A la oferta que proponga un mayor ahorro para el Órgano contratante se le otorgarán los 10 puntos, puntuándose el resto de acuerdo con la siguiente fórmula:
2. Porcentaje de participación del Ayuntamiento sobre los ahorros: Porcentaje de participación ofertado adicional al 10% del Ayuntamiento en los ahorros superiores a los ahorros garantizados. Hasta un máximo de 10 puntos. A la oferta que proponga un mayor ahorro para el Órgano contratante se le otorgarán los 10 puntos, puntuándose el resto de acuerdo con la siguiente fórmula:
Pi = (B L / B I ) x 10
B L: porcentaje de ahorro propuesto por el licitador
B I: porcentaje de ahorro correspondiente a la oferta más ventajosa
3. Reducción del plazo de la sustitución de los equipos e instalaciones y cualesquiera otras sustituciones incluidas en la prestación P4 y previstas en el Pliego de Prescripciones Técnicas para la mejora de la eficiencia y ahorro energético: hasta un máximo de 7 puntos, a razón de 1 punto por cada semana de reducción.
3. Reducción del plazo de la sustitución de los equipos e instalaciones y cualesquiera otras sustituciones incluidas en la prestación P4 y previstas en el Pliego de Prescripciones Técnicas para la mejora de la eficiencia y ahorro energético: hasta un máximo de 7 puntos, a razón de 1 punto por cada semana de reducción.
III. APERTURA DE PROPOSICIONES Y ACTUACION DE LA MESA DE CONTRATACIÓN
CLÁUSULA 10.- MESA DE CONTRATACIÓN
El órgano competente para la valoración de las ofertas es la Mesa de Contratación, constituida, de conformidad con lo previsto en la Disposición Adicional Segunda del TRLCSP, por un Presidente y un mínimo de tres vocales y Secretario.
Los miembros de la Mesa de Contratación serán nombrados por resolución del Ayuntamiento de Orozko.
El régimen de funcionamiento de la Mesa de Contratación es el regulado en el TRLCSP y sus disposiciones de desarrollo.
CLÁUSULA 11.- ACTUACION DE LA MESA DE CONTRATACION
A. Primer acto de la Mesa de Contratación. Calificación de la documentación, defectos subsanables.
La Mesa de Contratación se constituirá en sesión privada a los efectos de proceder a la apertura de los sobres A. Si observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará a los interesados mediante fax, correo electrónico, o cualquier otro medio que permita tener constancia de su recepción por el interesado, de la fecha en que se reciba y del contenido de la comunicación, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen o para que presenten aclaraciones o documentos complementarios.
La Mesa de Contratación se constituirá en sesión privada a los efectos de proceder a la apertura de los sobres A. Si observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará a los interesados mediante fax, correo electrónico, o cualquier otro medio que permita tener constancia de su recepción por el interesado, de la fecha en que se reciba y del contenido de la comunicación, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen o para que presenten aclaraciones o documentos complementarios.
B. Segundo acto de la Mesa de Contratación. Apertura del Sobre B.
Una vez transcurrido, en su caso, el plazo conferido para la subsanación de la documentación, la Mesa de Contratación se constituirá a los efectos de valorar dicha documentación, realizando pronunciamiento expreso sobre las admitidas a la licitación, las rechazadas y sobre las causas de su rechazo.
Una vez transcurrido, en su caso, el plazo conferido para la subsanación de la documentación, la Mesa de Contratación se constituirá a los efectos de valorar dicha documentación, realizando pronunciamiento expreso sobre las admitidas a la licitación, las rechazadas y sobre las causas de su rechazo.
El resultado de la calificación de los documentos presentados se notificará, en los términos previstos por el artículo 81 del RD 1098/2001, mediante comunicación verbal a los interesados, así como a través de anuncios del órgano de contratación.
Seguidamente, en la misma sesión, procederá a la apertura del SOBRE “B” (Proposición técnica. Elementos cuya valoración depende de juicio de valor), correspondiente a las empresas licitadoras admitidas, acordando la remisión de dichos Sobres para la emisión de cuantos informes técnicos considere precisos para el estudio y consiguiente ponderación de los criterios.
Seguidamente, en la misma sesión, procederá a la apertura del SOBRE “B” (Proposición técnica. Elementos cuya valoración depende de juicio de valor), correspondiente a las empresas licitadoras admitidas, acordando la remisión de dichos Sobres para la emisión de cuantos informes técnicos considere precisos para el estudio y consiguiente ponderación de los criterios.
Una vez finalizada la segunda actuación de la Mesa, los licitadores dispondrán de un plazo de dos (2) días hábiles contados a partir del día siguiente al del Acto celebrado para que puedan exponer por escrito cuanto a su derecho convenga sobre dicho acto.
Una vez finalizada la segunda actuación de la Mesa, los licitadores dispondrán de un plazo de dos (2) días hábiles contados a partir del día siguiente al del Acto celebrado para que puedan exponer por escrito cuanto a su derecho convenga sobre dicho acto.
C. Tercer acto de la Mesa de Contratación. Apertura del Sobre C.
Una vez recibidos por la Mesa de Contratación los informes solicitados con el fin de ponderar los criterios no cuantificables automáticamente, se constituirá la Mesa y, en acto público, dará a conocer las empresas admitidas a la licitación, las rechazadas y las causas de su rechazo, así como la ponderación asignada a las ofertas relativas a los criterios no cuantificables automáticamente. Seguidamente, se procederá a la apertura del SOBRE “C” (Proposición económica y elementos valorables de forma automática por aplicación de fórmulas) dando lectura de las ofertas económicas.
Una vez recibidos por la Mesa de Contratación los informes solicitados con el fin de ponderar los criterios no cuantificables automáticamente, se constituirá la Mesa y, en acto público, dará a conocer las empresas admitidas a la licitación, las rechazadas y las causas de su rechazo, así como la ponderación asignada a las ofertas relativas a los criterios no cuantificables automáticamente. Seguidamente, se procederá a la apertura del SOBRE “C” (Proposición económica y elementos valorables de forma automática por aplicación de fórmulas) dando lectura de las ofertas económicas.
Una vez finalizada la tercera actuación de la Mesa, los licitadores dispondrán de un plazo de dos (2) días hábiles contados a partir del día siguiente al del Acto celebrado para que puedan exponer por escrito cuanto a su derecho convenga sobre dicho acto.
Una vez finalizada la tercera actuación de la Mesa, los licitadores dispondrán de un plazo de dos (2) días hábiles contados a partir del día siguiente al del Acto celebrado para que puedan exponer por escrito cuanto a su derecho convenga sobre dicho acto.
D. Cuarto acto de la Mesa de Contratación. Propuesta de Adjudicación.
Una vez ponderados los criterios que deban aplicarse para efectuar la selección de la empresa adjudicataria, la Mesa de Contratación formulará propuesta de adjudicación al órgano de contratación.
La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno a favor de la empresa licitadora propuesta. No obstante, cuando el órgano de contratación no adjudique el contrato de acuerdo con la propuesta formulada deberá motivar su decisión.
IV. ADJUDICACION Y FORMALIZACION DEL CONTRATO
CLÁUSULA 12.- CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS
El órgano de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales, de conformidad con lo establecido en la legislación vigente. Para realizar dicha clasificación, atenderá a los criterios de adjudicación señalados en los pliegos pudiendo solicitar para ello cuantos informes técnicos estime pertinentes.
El órgano de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales, de conformidad con lo establecido en la legislación vigente. Para realizar dicha clasificación, atenderá a los criterios de adjudicación señalados en los pliegos pudiendo solicitar para ello cuantos informes técnicos estime pertinentes.
Desempates.- En caso de proposiciones igualmente ventajosas (igualdad en puntuación hasta dos decimales), para la preferencia en la adjudicación se aplicará lo dispuesto en la Disposición Adicional Cuarta del TRLCSP. La aplicación de estas preferencias, se realizará con el siguiente orden de prioridad:
Desempates.- En caso de proposiciones igualmente ventajosas (igualdad en puntuación hasta dos decimales), para la preferencia en la adjudicación se aplicará lo dispuesto en la Disposición Adicional Cuarta del TRLCSP. La aplicación de estas preferencias, se realizará con el siguiente orden de prioridad:
1º.- La empresa que acredite tener en su plantilla el mayor porcentaje de personas trabajadoras discapacidad.
2º.-La empresa que acredite mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad.
3º.-La empresa que acredite que está dedicada específicamente a la promoción e inserción laboral en situación de exclusión social, y lo acompañe con un compromiso formal de contratación.
Si aún así persistiera la igualdad entre las proposiciones, o si ninguna de las empresas tuviera preferencia de adjudicación conforme al párrafo anterior, resultará adjudicataria aquella que obtenga una mayor puntuación en el criterio que tenga mayor peso en la ponderación de los mismos. Y en el caso de que continuara la igualdad, por el orden de importancia que se le haya atribuido a cada criterio.
Si aún así persistiera la igualdad entre las proposiciones, o si ninguna de las empresas tuviera preferencia de adjudicación conforme al párrafo anterior, resultará adjudicataria aquella que obtenga una mayor puntuación en el criterio que tenga mayor peso en la ponderación de los mismos. Y en el caso de que continuara la igualdad, por el orden de importancia que se le haya atribuido a cada criterio.
Desierto.- El órgano de contratación no podrá declarar desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el Pliego (art. 151 TRLCSP).
Renuncia y desistimiento.- No obstante, en los términos previstos en el artículo 155 del TRLCSP, la Administración, antes de dictar la adjudicación, podrá renunciar a celebrar el contrato por razones de interés público, o desistir del procedimiento tramitado, cuando éste adolezca de defectos no subsanables, debiendo de indemnizar a los licitadores, en ambos casos, de los gastos que su participación en la licitación les hubiese efectivamente ocasionado.
Renuncia y desistimiento.- No obstante, en los términos previstos en el artículo 155 del TRLCSP, la Administración, antes de dictar la adjudicación, podrá renunciar a celebrar el contrato por razones de interés público, o desistir del procedimiento tramitado, cuando éste adolezca de defectos no subsanables, debiendo de indemnizar a los licitadores, en ambos casos, de los gastos que su participación en la licitación les hubiese efectivamente ocasionado.
Cláusula 13.- documentación a presentar
El Órgano de Contratación requerirá al licitador cuya oferta haya recibido mayor puntuación para que dentro del plazo de diez (10) días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que se hubiera recibido el requerimiento, presente la siguiente documentación:
El Órgano de Contratación requerirá al licitador cuya oferta haya recibido mayor puntuación para que dentro del plazo de diez (10) días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que se hubiera recibido el requerimiento, presente la siguiente documentación:
a) Certificación positiva expedida por la/s Hacienda/s Foral/es y/o, en su caso, por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, que en el caso de que la empresa licitadora sea una unión temporal de empresas, se aportará la relativa a cada empresa participante en la misma.
a) Certificación positiva expedida por la/s Hacienda/s Foral/es y/o, en su caso, por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, que en el caso de que la empresa licitadora sea una unión temporal de empresas, se aportará la relativa a cada empresa participante en la misma.
b) Certificación positiva acreditativa de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social o, en su caso, el alta en la Mutua correspondiente, que en el caso de que la empresa licitadora sea una unión temporal de empresas, se aportará la relativa a cada empresa participante en la misma.
b) Certificación positiva acreditativa de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social o, en su caso, el alta en la Mutua correspondiente, que en el caso de que la empresa licitadora sea una unión temporal de empresas, se aportará la relativa a cada empresa participante en la misma.
c) Alta referida al ejercicio corriente o el último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto (anexo 6). En caso de estar exenta de este impuesto presentará declaración responsable de no haberse dado de baja en el citado impuesto y señalará el supuesto de exención. (anexo 6).
c) Alta referida al ejercicio corriente o el último recibo del Impuesto sobre Actividades Económicas, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto (anexo 6). En caso de estar exenta de este impuesto presentará declaración responsable de no haberse dado de baja en el citado impuesto y señalará el supuesto de exención. (anexo 6).
En el caso de que la empresa licitadora sea una unión temporal de empresas, se aportará la relativa a cada empresa participante en la misma.
d) En su caso, documentación acreditativa de la efectiva disposición de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 64.2 del TRLCSP y que le reclame el órgano de contratación.
e) Documentación que acredite la constitución de la garantía definitiva. En el caso de las uniones temporales de empresas deberán especificarse las razones sociales y NIF de las empresas participantes. Asimismo, las garantías podrán constituirse por una o varias de las empresas participantes, siempre que en conjunto se alcance la cuantía requerida y garantice solidariamente a todas las integrantes de la unión temporal.
e) Documentación que acredite la constitución de la garantía definitiva. En el caso de las uniones temporales de empresas deberán especificarse las razones sociales y NIF de las empresas participantes. Asimismo, las garantías podrán constituirse por una o varias de las empresas participantes, siempre que en conjunto se alcance la cuantía requerida y garantice solidariamente a todas las integrantes de la unión temporal.
f) Documento acreditativo (póliza) de la suscripción de la póliza de responsabilidad civil de daños a terceros, en los términos indicados en este Pliego.
g) Carta de pago de los gastos de publicidad indicados en la Carátula de este Pliego.
h) En el caso de que la empresa licitadora sea una unión temporal de empresas, deberá aportar la escritura pública de formalización de la misma.
En el caso de no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento relativo a la documentación exigida en el plazo señalado, se entenderá que la empresa licitadora ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación a la empresa licitadora siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
En el caso de no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento relativo a la documentación exigida en el plazo señalado, se entenderá que la empresa licitadora ha retirado su oferta, procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación a la empresa licitadora siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
Cláusula 14.- adjudicación
El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. La adjudicación se acordará por el órgano de contratación en resolución motivada.
Notificación a las licitadoras: La adjudicación se notificará a las licitadoras e indicará el plazo en que debe procederse a su formalización.
La notificación deberá contener, en todo caso, la información necesaria que permita a la licitadora excluida interponer, conforme al artículo 40 del TRLCSP, recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación.
La notificación se hará por cualquiera de los medios que permiten dejar constancia de su recepción por el destinatario.
Publicidad de la adjudicación: Simultáneamente a la notificación, la adjudicación se publicará en el perfil de contratante e indicará el plazo en que debe procederse a su formalización.
Cláusula 15.- garantia definitiva
El licitador que haya presentado la oferta más ventajosa deberá acreditar la constitución de la garantía definitiva en el plazo de diez (10) días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento de presentación. El importe de la cuantía de la garantía definitiva ascenderá al 5% del importe total de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
El licitador que haya presentado la oferta más ventajosa deberá acreditar la constitución de la garantía definitiva en el plazo de diez (10) días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento de presentación. El importe de la cuantía de la garantía definitiva ascenderá al 5% del importe total de adjudicación, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.
En todo caso, la garantía definitiva responderá de los conceptos a que se refiere el artículo 100 del TRLCSP. La garantía definitiva se constituirá en cualquiera de las formas que se establece en el artículo 96 del TRLCSP, ajustándose, de acuerdo con la forma escogida, a los modelos que se establecen en los Anexos 7 y 8 al presente pliego. Asimismo, la garantía definitiva podrá constituirse mediante retención en el precio.
En todo caso, la garantía definitiva responderá de los conceptos a que se refiere el artículo 100 del TRLCSP. La garantía definitiva se constituirá en cualquiera de las formas que se establece en el artículo 96 del TRLCSP, ajustándose, de acuerdo con la forma escogida, a los modelos que se establecen en los Anexos 7 y 8 al presente pliego. Asimismo, la garantía definitiva podrá constituirse mediante retención en el precio.
Si la garantía provisional se hubiese constituido en metálico o valores de Deuda Pública, será potestativo para el Adjudicatario aplicar su importe a la garantía definitiva o proceder a la nueva constitución de esta última.
En el caso de amortización o sustitución de los valores que integran la garantía, el Adjudicatario viene obligado a reponer la garantía en igual cuantía, siendo a su costa el otorgamiento de los documentos necesarios a tal fin.
Cuando como consecuencia de la modificación del contrato, experimente variación el precio del mismo, se reajustará la garantía en el plazo de 15 días naturales, contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación, a efectos de que guarde la debida proporción con el precio del contrato resultante de la modificación. En el mismo plazo contado desde la fecha en que se hagan efectivas las penalidades o indemnizaciones el Adjudicatario deberá reponer o ampliar la garantía en la cuantía que corresponda, incurriendo, en caso contrario, en causa de resolución.
Cuando como consecuencia de la modificación del contrato, experimente variación el precio del mismo, se reajustará la garantía en el plazo de 15 días naturales, contados desde la fecha en que se notifique al empresario el acuerdo de modificación, a efectos de que guarde la debida proporción con el precio del contrato resultante de la modificación. En el mismo plazo contado desde la fecha en que se hagan efectivas las penalidades o indemnizaciones el Adjudicatario deberá reponer o ampliar la garantía en la cuantía que corresponda, incurriendo, en caso contrario, en causa de resolución.
Cláusula 16.- formalización del contrato
El contrato se formalizará en documento administrativo dentro del plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación del mismo.
El contrato podrá formalizarse en escritura pública si así lo solicita el contratista, corriendo a su cargo los gastos derivados de su otorgamiento. En este caso el contratista deberá entregar al Ayuntamiento de Orozko una copia legitimada y una simple del citado documento en el plazo máximo de un mes desde su formalización.
El contrato podrá formalizarse en escritura pública si así lo solicita el contratista, corriendo a su cargo los gastos derivados de su otorgamiento. En este caso el contratista deberá entregar al Ayuntamiento de Orozko una copia legitimada y una simple del citado documento en el plazo máximo de un mes desde su formalización.
Cuando por causas imputables al contratista no pudiese formalizarse el contrato dentro del plazo indicado, el Ayuntamiento podrá acordar la resolución del mismo, previa audiencia del interesado, con incautación de la fianza provisional y la indemnización de los daños y perjuicios.
Cuando por causas imputables al contratista no pudiese formalizarse el contrato dentro del plazo indicado, el Ayuntamiento podrá acordar la resolución del mismo, previa audiencia del interesado, con incautación de la fianza provisional y la indemnización de los daños y perjuicios.
Cláusula 17.- seguro
El Adjudicatario suscribirá una póliza de responsabilidad civil de daños a terceros (personas o cosas) para cubrir posibles accidentes que pudieran producirse afectando a su personal así como a terceras personas o cualquier responsabilidad derivada del cumplimiento del servicio, debiendo garantizar dicha póliza un mínimo de 500.000 euros.
El Adjudicatario suscribirá una póliza de responsabilidad civil de daños a terceros (personas o cosas) para cubrir posibles accidentes que pudieran producirse afectando a su personal así como a terceras personas o cualquier responsabilidad derivada del cumplimiento del servicio, debiendo garantizar dicha póliza un mínimo de 500.000 euros.
Esta póliza deberá estar en vigor durante todo el plazo de duración del contrato, debiendo presentar el adjudicatario un justificante de su vigencia cuando sea requerido por el Ayuntamiento.
El Adjudicatario se encuentra obligado a acreditar ante el Ayuntamiento su vigencia, y el pago de la prima, cuando sea requerido para ello. En el caso de que el Adjudicatario no mantuviera el seguro previsto en el Contrato, o no proporciona los correspondientes certificados de vigencia de los seguros, con constancia de su pago, dentro de los treinta (30) días naturales siguientes a la fecha en que dicho seguro fuese requerido por el Ayuntamiento, éste tendrá derecho a procurar una cobertura de seguros similar, cuyos costes serán cargados al Adjudicatario y oportunamente descontados de cualquier suma que el Ayuntamiento adeudase al Adjudicatario.
El Adjudicatario se encuentra obligado a acreditar ante el Ayuntamiento su vigencia, y el pago de la prima, cuando sea requerido para ello. En el caso de que el Adjudicatario no mantuviera el seguro previsto en el Contrato, o no proporciona los correspondientes certificados de vigencia de los seguros, con constancia de su pago, dentro de los treinta (30) días naturales siguientes a la fecha en que dicho seguro fuese requerido por el Ayuntamiento, éste tendrá derecho a procurar una cobertura de seguros similar, cuyos costes serán cargados al Adjudicatario y oportunamente descontados de cualquier suma que el Ayuntamiento adeudase al Adjudicatario.
El Adjudicatario deberá comunicar al Ayuntamiento toda modificación, renovación o cancelación de las pólizas indicadas en los apartados anteriores.
V. Ejecución del contrato
Cláusula 18.- obligaciones del adjudicatario.
La ejecución del contrato lo será a riesgo y ventura del contratista.
Será obligación del Adjudicatario indemnizar los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 214 del TRLCSP.
La obtención de cuantas licencias o autorizaciones administrativas sean precisas, incluso para la importación, en su caso, de los bienes, correrá siempre a cargo del adjudicatario, quien deberá pedirlos en su propio nombre.
Los bienes a entregar por el adjudicatario deberán cumplir cuantas normas de carácter general sobre los mismos hayan sido dictadas por la Administración del Estado, Autonómica o Local, sin perjuicio de las específicas que hayan podido establecerse en el correspondiente Pliego de prescripciones Técnicas.
Los bienes a entregar por el adjudicatario deberán cumplir cuantas normas de carácter general sobre los mismos hayan sido dictadas por la Administración del Estado, Autonómica o Local, sin perjuicio de las específicas que hayan podido establecerse en el correspondiente Pliego de prescripciones Técnicas.
El adjudicatario será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad intelectual, industrial y comercial de los suministros que se efectúe por un tercero, y deberá indemnizar a la Administración todos los daños y perjuicios que para la misma puedan derivarse de la interposición de reclamaciones, incluidos todos los gastos derivados de las mismas.
El adjudicatario será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad intelectual, industrial y comercial de los suministros que se efectúe por un tercero, y deberá indemnizar a la Administración todos los daños y perjuicios que para la misma puedan derivarse de la interposición de reclamaciones, incluidos todos los gastos derivados de las mismas.
El adjudicatario responderá de la calidad de los bienes suministrados y de las faltas que hubiere. Sólo quedará exento de responsabilidad cuando los vicios que se observen, sean consecuencia directa de una orden de la Administración de las condiciones impuestas por ella.
El adjudicatario responderá de la calidad de los bienes suministrados y de las faltas que hubiere. Sólo quedará exento de responsabilidad cuando los vicios que se observen, sean consecuencia directa de una orden de la Administración de las condiciones impuestas por ella.
Cláusula 19.- subrogación en los contratos en vigor
El adjudicatario se subrogará en la posición del Ayuntamiento en aquellos contratos de mantenimiento de las instalaciones objeto del presente contrato que éste tenga suscritos y se encuentren en vigor en la fecha de formalización del contrato. La subrogación se extenderá al plazo que reste para la extinción de aquellos contratos, sin perjuicio de que el adjudicatario pueda llegar a un acuerdo con las actuales empresas mantenedoras.
El adjudicatario se subrogará en la posición del Ayuntamiento en aquellos contratos de mantenimiento de las instalaciones objeto del presente contrato que éste tenga suscritos y se encuentren en vigor en la fecha de formalización del contrato. La subrogación se extenderá al plazo que reste para la extinción de aquellos contratos, sin perjuicio de que el adjudicatario pueda llegar a un acuerdo con las actuales empresas mantenedoras.
Cláusula 20.- medios humanos
La empresa adjudicataria deberá facilitar al Ayuntamiento la relación nominal y titulación del equipo que intervendrá en el edificio.
El adjudicatario deberá designar un responsable, que debe poseer un título de Ingeniero Técnico o Superior y ser un titulado técnico competente con experiencia en mantenimiento, y gestión de instalaciones térmicas y eléctricas. Actuará como responsable del servicio frente al Ayuntamiento y su nombramiento deberá ser comunicado y aceptado por éste. Será el encargado de la relación con los responsables del Ayuntamiento, emitiendo además informes trimestrales que recojan todas las incidencias habidas en las instalaciones, así como la situación de las mismas, los trabajos necesarios a realizar, etc.
El adjudicatario deberá designar un responsable, que debe poseer un título de Ingeniero Técnico o Superior y ser un titulado técnico competente con experiencia en mantenimiento, y gestión de instalaciones térmicas y eléctricas. Actuará como responsable del servicio frente al Ayuntamiento y su nombramiento deberá ser comunicado y aceptado por éste. Será el encargado de la relación con los responsables del Ayuntamiento, emitiendo además informes trimestrales que recojan todas las incidencias habidas en las instalaciones, así como la situación de las mismas, los trabajos necesarios a realizar, etc.
El adjudicatario se asegurará de que todos los miembros de su equipo conozcan los términos del contrato.
El adjudicatario no podrá alegar la falta de personal como justificación de la suspensión o retraso de los servicios contratados debiendo en todo momento disponer del necesario para su ejecución, sin repercusión alguna sobre el costo del contrato.
Durante los períodos vacacionales de navidad, semana santa y verano, el adjudicatario no paralizará su coordinación con el Ayuntamiento, por lo que deberá tener el personal suficiente en activo. El adjudicatario se compromete a que, en caso de vacaciones, baja del personal u otras circunstancias análogas, tendrá cubiertas dichas plazas con personal sustituto de igual titulación o capacidades.
Durante los períodos vacacionales de navidad, semana santa y verano, el adjudicatario no paralizará su coordinación con el Ayuntamiento, por lo que deberá tener el personal suficiente en activo. El adjudicatario se compromete a que, en caso de vacaciones, baja del personal u otras circunstancias análogas, tendrá cubiertas dichas plazas con personal sustituto de igual titulación o capacidades.
Todas las altas, bajas, situaciones análogas, y cambios en las actividades desarrolladas por el personal adscrito al contrato serán puestas en conocimiento del Ayuntamiento.
Todo el personal que preste los servicios objeto del presente contrato pertenecerá exclusivamente a la empresa adjudicataria del contrato, sin que exista ninguna relación jurídica de tipo administrativo o laboral entre dichos trabajadores y el Ayuntamiento, ni durante la vigencia del contrato ni en ningún momento posterior.
Todo el personal que preste los servicios objeto del presente contrato pertenecerá exclusivamente a la empresa adjudicataria del contrato, sin que exista ninguna relación jurídica de tipo administrativo o laboral entre dichos trabajadores y el Ayuntamiento, ni durante la vigencia del contrato ni en ningún momento posterior.
Todos los trabajadores deberán estar debidamente asegurados en la Seguridad Social por cuenta exclusiva de la empresa Adjudicatario, relevando de toda responsabilidad al Ayuntamiento, debiendo El adjudicatario poner a disposición del Ayuntamiento las documentaciones mensuales que lo certifiquen si fuesen solicitadas.
Todos los trabajadores deberán estar debidamente asegurados en la Seguridad Social por cuenta exclusiva de la empresa Adjudicatario, relevando de toda responsabilidad al Ayuntamiento, debiendo El adjudicatario poner a disposición del Ayuntamiento las documentaciones mensuales que lo certifiquen si fuesen solicitadas.
Todo el personal del adjudicatario que vaya a participar en actividades bajo el objeto del presente pliego, podrá recibir formación por parte del Ayuntamiento sobre cuestiones que se consideren de vital importancia para el desarrollo de los trabajos con las más altas cotas de excelencia. La formación impartida por el Ayuntamiento o por terceras personas facilitadas por el Ayuntamiento se considera obligatoria, y no supondrá gasto para el adjudicatario, exceptuando la liberación del tiempo necesario para la misma a su personal.
Todo el personal del adjudicatario que vaya a participar en actividades bajo el objeto del presente pliego, podrá recibir formación por parte del Ayuntamiento sobre cuestiones que se consideren de vital importancia para el desarrollo de los trabajos con las más altas cotas de excelencia. La formación impartida por el Ayuntamiento o por terceras personas facilitadas por el Ayuntamiento se considera obligatoria, y no supondrá gasto para el adjudicatario, exceptuando la liberación del tiempo necesario para la misma a su personal.
Cláusula 21.- obligaciones laborales y de prevención de riesgos laborales.
21.1. Obligaciones laborales.
Sin perjuicio de las demás obligaciones del Adjudicatario establecidas en el Contrato, éste se obliga frente al Ayuntamiento a actuar en calidad de empleador del personal destinado a la actividad contratada, por cuanto el mismo depende exclusivamente del Adjudicatario, dirigiendo y coordinando todas las tareas y actividades de dicho personal, ejercitando respecto del mismo las correspondientes facultades organizativas, de dirección y disciplinarias y siendo, asimismo, responsable de todas las obligaciones de naturaleza laboral y de Seguridad Social respecto a dicho personal.
Sin perjuicio de las demás obligaciones del Adjudicatario establecidas en el Contrato, éste se obliga frente al Ayuntamiento a actuar en calidad de empleador del personal destinado a la actividad contratada, por cuanto el mismo depende exclusivamente del Adjudicatario, dirigiendo y coordinando todas las tareas y actividades de dicho personal, ejercitando respecto del mismo las correspondientes facultades organizativas, de dirección y disciplinarias y siendo, asimismo, responsable de todas las obligaciones de naturaleza laboral y de Seguridad Social respecto a dicho personal.
En concreto, sin carácter limitativo, son obligaciones del Adjudicatario cumplir y asegurar que sus empleados, los subcontratistas autorizados y los empleados de éstos cumplan con todas y cada una de las disposiciones legales, fiscales, laborales y de Seguridad Social, así como tener al personal que se asigne a la actividad contratada integrado en su plantilla, debidamente contratado y de alta en la Seguridad Social, estar al corriente del pago de los salarios correspondientes, satisfacer indemnizaciones, subsidios y estar al día en el cumplimiento de sus obligaciones en materia de Seguridad Social, así como en cualquier tipo de compensación económica derivada de la relación laboral existente entre el Adjudicatario y su personal.
En concreto, sin carácter limitativo, son obligaciones del Adjudicatario cumplir y asegurar que sus empleados, los subcontratistas autorizados y los empleados de éstos cumplan con todas y cada una de las disposiciones legales, fiscales, laborales y de Seguridad Social, así como tener al personal que se asigne a la actividad contratada integrado en su plantilla, debidamente contratado y de alta en la Seguridad Social, estar al corriente del pago de los salarios correspondientes, satisfacer indemnizaciones, subsidios y estar al día en el cumplimiento de sus obligaciones en materia de Seguridad Social, así como en cualquier tipo de compensación económica derivada de la relación laboral existente entre el Adjudicatario y su personal.
21.2. Prevención de riesgos laborales
El Adjudicatario deberá observar en la ejecución del contrato cuantas medidas de prevención de riesgos laborales y seguridad y salud exijan las disposiciones legales vigentes o, aun sin ser legalmente exigibles, aconseje la prudencia para evitar que se produzcan accidentes, se causen daños o perjuicios a terceros o se incurra en infracciones sancionables penal o administrativamente, de todo lo cual será directo responsable el Adjudicatario respecto al Ayuntamiento.
El Adjudicatario deberá observar en la ejecución del contrato cuantas medidas de prevención de riesgos laborales y seguridad y salud exijan las disposiciones legales vigentes o, aun sin ser legalmente exigibles, aconseje la prudencia para evitar que se produzcan accidentes, se causen daños o perjuicios a terceros o se incurra en infracciones sancionables penal o administrativamente, de todo lo cual será directo responsable el Adjudicatario respecto al Ayuntamiento.
En consecuencia, el Adjudicatario asumirá cuantas responsabilidades se deriven del incumplimiento de la normativa vigente en materia de prevención de riesgos laborales, tanto en lo que se refiere a la actividad contratada con el Ayuntamiento como a la que a su vez pueda subcontratar con terceros, en los términos establecidos por la legislación aplicable.
En consecuencia, el Adjudicatario asumirá cuantas responsabilidades se deriven del incumplimiento de la normativa vigente en materia de prevención de riesgos laborales, tanto en lo que se refiere a la actividad contratada con el Ayuntamiento como a la que a su vez pueda subcontratar con terceros, en los términos establecidos por la legislación aplicable.
A este respecto, el Adjudicatario deberá tener en todo momento a disposición de la Entidad la documentación acreditativa del cumplimiento de las obligaciones del Adjudicatario en materia de prevención de riesgos laborales.
En el supuesto de que el Adjudicatario incumpla las obligaciones establecidas en la presente Cláusula, dicho incumplimiento será causa suficiente y justificada de terminación anticipada del Contrato por el Adjudicatario, responsabilizándose plenamente el Adjudicatario, sin límite alguno, de cualquier daño o perjuicio que pudiera derivarse para el Ayuntamiento del incumplimiento de cualquiera de las obligaciones en materia laboral, de Seguridad Social y de prevención de riesgos laborales.
En el supuesto de que el Adjudicatario incumpla las obligaciones establecidas en la presente Cláusula, dicho incumplimiento será causa suficiente y justificada de terminación anticipada del Contrato por el Adjudicatario, responsabilizándose plenamente el Adjudicatario, sin límite alguno, de cualquier daño o perjuicio que pudiera derivarse para el Ayuntamiento del incumplimiento de cualquiera de las obligaciones en materia laboral, de Seguridad Social y de prevención de riesgos laborales.
En caso de que se derivase para el Ayuntamiento algún tipo de responsabilidad civil o administrativa por incumplimiento de lo establecido en esta Cláusula, aquélla será siempre repercutible frente al Adjudicatario, bien con cargo a los capitales asegurados en las pólizas de seguro que tenga suscritas el Adjudicatario, en su caso, bien con cargo a las garantías, o bien mediante deducción de la Factura o documento acreditativo equivalente correspondiente.
En caso de que se derivase para el Ayuntamiento algún tipo de responsabilidad civil o administrativa por incumplimiento de lo establecido en esta Cláusula, aquélla será siempre repercutible frente al Adjudicatario, bien con cargo a los capitales asegurados en las pólizas de seguro que tenga suscritas el Adjudicatario, en su caso, bien con cargo a las garantías, o bien mediante deducción de la Factura o documento acreditativo equivalente correspondiente.
Cláusula 22.- vigilancia e inspección.
En todo momento los técnicos municipales tendrán plenas facultades para inspeccionar los trabajos que deberá efectuar la empresa adjudicataria a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el presente pliego.
La empresa está obligada a facilitar cualquier visita de inspección realizada por personal del Ayuntamiento.
Cláusula 23.- incumplimientos y penalizaciones
Los incumplimientos en que incurra el Adjudicatario durante la ejecución de la prestación objeto del contrato, se clasificarán como muy graves, graves y leves.
Incumplimientos muy graves:
- El impago a las compañías suministradoras de energía de las facturas correspondientes a los suministros energéticos, entendiéndose muy grave el incumplimiento cuando el impago se refiera a una o más facturas.
- La demora en el comienzo de la prestación de los servicios de mantenimiento en más de un día sobre la fecha prevista, salvo causas de fuerza mayor.
- La no intervención en los plazos señalados en el apartado 5.2.2 de los pliegos técnicos tras la denuncia o conocimiento de una situación que exija una actuación extraordinaria o urgente.
- La prestación manifiestamente defectuosa e irregular de los servicios.
- El retraso sistemático en los horarios, no utilización de los medios mecánicos establecidos, el mal estado de conservación de los mismos o el incumplimiento de las temperaturas.
- Desobediencia a las órdenes del Organismo Contratante relativas a la norma y régimen de los servicios en general a las normas que regularán la prestación de los mismos.
- El incumplimiento de cualquiera de las condiciones y plazos establecidos en el presente Pliego, sin perjuicio de las acciones posteriores que de ello se deriven.
- Falta de elementos y/o medidas de seguridad para la prestación del servicio.
Incumplimientos graves:
- El retraso no sistemático en la prestación de los servicios.
- Los incidentes del personal perteneciente a la empresa adjudicataria con terceras personas, tanto por trato incorrecto, como por deficiencia de la prestación del servicio.
- La reiteración en la comisión de faltas leves.
- Modificación del servicio sin causa justificada ni notificación previa.
Incumplimientos leves:
- Se consideran incumplimientos leves todos los demás no previstos anteriormente y que de algún modo signifiquen detrimento de las condiciones establecidas en este Pliego, con perjuicio no grave de los servicios o que den lugar a deficiencias en el aspecto del personal o de los medios utilizados.
- Se consideran incumplimientos leves todos los demás no previstos anteriormente y que de algún modo signifiquen detrimento de las condiciones establecidas en este Pliego, con perjuicio no grave de los servicios o que den lugar a deficiencias en el aspecto del personal o de los medios utilizados.
La calificación de cualquier incumplimiento dentro de los apartados anteriores, corresponde única y exclusivamente al Organismo Contratante, previa audiencia del contratista.
Penalizaciones:
Las infracciones se sancionarán con una multa porcentual sobre el Importe Total Anual del Contrato, que según la tipificación anterior tendrá los siguientes importes:
- Incumplimiento muy grave: Entre 1%, la primera vez y 2%, en el caso de reincidencia, lo que daría lugar a instruir el expediente de rescisión de contrato.
- Incumplimiento grave: Entre 0,25% la primera vez y 0,5% euros en el caso de reincidencia.
- Incumplimiento leve: Entre 0,1% la primera vez y 0,2% en el caso de reincidencia.
El importe máximo anual de las sanciones no podrá exceder del 10% del Importe Total Anual del Contrato, valor al partir del cual el Ayuntamiento iniciará el correspondiente expediente de rescisión de contrato.
Cuando por impago por parte del adjudicatario de una o varias facturas correspondientes al suministro energético sea el Ayuntamiento quien proceda a su abono, el importe abonado será descontado de cualquier suma que éste adeudase al adjudicatario, sin perjuicio de la facultad de rescisión del contrato que pueda ejercitar el Ayuntamiento.
Cuando por impago por parte del adjudicatario de una o varias facturas correspondientes al suministro energético sea el Ayuntamiento quien proceda a su abono, el importe abonado será descontado de cualquier suma que éste adeudase al adjudicatario, sin perjuicio de la facultad de rescisión del contrato que pueda ejercitar el Ayuntamiento.
Cláusula 24.- forma de pago
El pago se realizará previa presentación de factura por el adjudicatario, y previa conformidad de los Servicios Técnicos municipales. El importe correspondiente se abonará mensualmente de forma proporcional, en cantidad equivalente a una doceava parte del importe anual del contrato adjudicado. La factura que se presente desglosará el importe correspondiente a cada prestación.
El pago se realizará previa presentación de factura por el adjudicatario, y previa conformidad de los Servicios Técnicos municipales. El importe correspondiente se abonará mensualmente de forma proporcional, en cantidad equivalente a una doceava parte del importe anual del contrato adjudicado. La factura que se presente desglosará el importe correspondiente a cada prestación.
Clausula 25.- revision de precios
El precio de la prestación P1 que figura en la oferta económica será objeto de revisión cuando el contrato se haya ejecutado, al menos, en un 20% de su importe y haya transcurrido un año desde su formalización, así como cuando se produzcan modificaciones o cambios normativos introducidos por la Administración Pública competente que afecten a los componentes regulados del precio, tanto de los términos fijos como de la parte regulada.
El precio de la prestación P1 que figura en la oferta económica será objeto de revisión cuando el contrato se haya ejecutado, al menos, en un 20% de su importe y haya transcurrido un año desde su formalización, así como cuando se produzcan modificaciones o cambios normativos introducidos por la Administración Pública competente que afecten a los componentes regulados del precio, tanto de los términos fijos como de la parte regulada.
Los precios de las P2, P3 y P4 no serán objeto de revisión.
El precio de la Prestación P1-Gestión Energética será revisado en función de los precios de los combustibles y electricidad, tal y como se define a continuación:
P'1 = EEO x P'EE + Go x P'G + Po x P'P + EAO x P'EA
P'EE = PEE (R'EE / REE)
P'G = PG (R'G / RG)
P'P = PP (R'P / RP)
P'EA = PEA (R'EA / REA)
Siendo:
P'1 = Precio de la energía revisado (Euros).
EEO; valor base de consumo anual de electricidad en edificios municipales, calculado según se indica en el Anexo 5 del Pliego de condiciones técnicas.
PEE; precio unitario de la energía eléctrica en centEUR/kWh en edificios municipales, a definir por el candidato en su oferta.
REE; precio de referencia de la electricidad en edificios municipales, correspondiente al precio de compra de energía en EUR/kWh, incluyendo todos los conceptos (término de potencia, término energía, alquileres, impuestos, etc.) según datos de contratos de suministro de energía eléctrica en Baja Tensión, tomándose como valor actual 0,1575 EUR/kWh (IVA no incluido).
REE; precio de referencia de la electricidad en edificios municipales, correspondiente al precio de compra de energía en EUR/kWh, incluyendo todos los conceptos (término de potencia, término energía, alquileres, impuestos, etc.) según datos de contratos de suministro de energía eléctrica en Baja Tensión, tomándose como valor actual 0,1575 EUR/kWh (IVA no incluido).
R'EE; precio de referencia de la electricidad en edificios municipales, correspondiente al precio real de compra de la energía eléctrica en EUR/kWh, incluyendo todos los conceptos (término de potencia, término energía, alquileres, impuestos, etc.), de acuerdo a los contratos de compra de electricidad en Baja Tensión del Adjudicatario, en vigor en el mes inicial del año objeto de revisión, transcurrido un año completo desde la firma del contrato (IVA incluido).
R'EE; precio de referencia de la electricidad en edificios municipales, correspondiente al precio real de compra de la energía eléctrica en EUR/kWh, incluyendo todos los conceptos (término de potencia, término energía, alquileres, impuestos, etc.), de acuerdo a los contratos de compra de electricidad en Baja Tensión del Adjudicatario, en vigor en el mes inicial del año objeto de revisión, transcurrido un año completo desde la firma del contrato (IVA incluido).
GO; valor base de consumo anual de gas natural en edificios municipales, calculado según se indica en el Anexo 5 del Pliego de condiciones técnicas.
PG; precio unitario del gas natural en centEUR/kWh en edificios municipales, a definir por el candidato en su oferta.
RG; precio de referencia del gas natural en edificios municipales, incluyendo todos los conceptos excepto el IVA, tomándose como valor actual 0,0566 EUR/kWh (IVA no incluido).
R'G; precio de referencia del gas natural en edificios municipales, incluyendo todos los conceptos excepto el IVA, de acuerdo a los contratos de compra del Adjudicatario, en vigor en el mes inicial del año objeto de revisión, transcurrido un año completo desde la firma del contrato.
R'G; precio de referencia del gas natural en edificios municipales, incluyendo todos los conceptos excepto el IVA, de acuerdo a los contratos de compra del Adjudicatario, en vigor en el mes inicial del año objeto de revisión, transcurrido un año completo desde la firma del contrato.
PO; valor base de consumo anual de gas propano en edificios municipales, calculado según se indica en el Anexo 5 del Pliego de condiciones técnicas.
PP; precio unitario del gas propano en centEUR/kWh en edificios municipales, a definir por el candidato en su oferta.
RP; precio de referencia del gas propano en edificios municipales, incluyendo todos los conceptos excepto el IVA, tomándose como valor actual 0,0744 EUR/kWh (IVA no incluido).
R'G; precio de referencia del gas propano en edificios municipales, incluyendo todos los conceptos excepto el IVA, de acuerdo a los contratos de compra del Adjudicatario, en vigor en el mes inicial del año objeto de revisión, transcurrido un año completo desde la firma del contrato.
R'G; precio de referencia del gas propano en edificios municipales, incluyendo todos los conceptos excepto el IVA, de acuerdo a los contratos de compra del Adjudicatario, en vigor en el mes inicial del año objeto de revisión, transcurrido un año completo desde la firma del contrato.
EAO; valor base de consumo anual de electricidad en alumbrado público, calculado según se indica en el Anexo 5 del Pliego de condiciones técnicas.
PEA; precio unitario de la energía eléctrica en centEUR/kWh en alumbrado público, a definir por el candidato en su oferta.
REA; precio de referencia de la electricidad en alumbrado público, correspondiente al precio de compra de energía en EUR/kWh, incluyendo todos los conceptos (término de potencia, término energía, alquileres, impuestos, etc.) según datos de contratos de suministro de energía eléctrica en Baja Tensión, tomándose como valor actual 0,1259 EUR/kWh (IVA no incluido).
REA; precio de referencia de la electricidad en alumbrado público, correspondiente al precio de compra de energía en EUR/kWh, incluyendo todos los conceptos (término de potencia, término energía, alquileres, impuestos, etc.) según datos de contratos de suministro de energía eléctrica en Baja Tensión, tomándose como valor actual 0,1259 EUR/kWh (IVA no incluido).
R'EA; precio de referencia de la electricidad en alumbrado público, correspondiente al precio real de compra de la energía eléctrica en EUR/kWh, incluyendo todos los conceptos (término de potencia, término energía, alquileres, impuestos, etc.), de acuerdo a los contratos de compra de electricidad en Baja Tensión del Adjudicatario, en vigor en el mes inicial del año objeto de revisión, transcurrido un año completo desde la firma del contrato (IVA incluido).
R'EA; precio de referencia de la electricidad en alumbrado público, correspondiente al precio real de compra de la energía eléctrica en EUR/kWh, incluyendo todos los conceptos (término de potencia, término energía, alquileres, impuestos, etc.), de acuerdo a los contratos de compra de electricidad en Baja Tensión del Adjudicatario, en vigor en el mes inicial del año objeto de revisión, transcurrido un año completo desde la firma del contrato (IVA incluido).
Cláusula 26.- exceso de consumos de energía.
- En edificios municipales.
Se considerarán excesos de consumo de energía en los edificios de titularidad municipal incluidos en el ámbito del contrato a un diferencial superior al 10% del consumo de energía anual respecto al consumo del año base, definido por los valores EEO, GO, y PO, incluidos en el Anexo 5 del Pliego de Condiciones Técnicas. Esos excesos deberán ser demostrados por el Adjudicatario, y se entienden como consecuencia de:
Se considerarán excesos de consumo de energía en los edificios de titularidad municipal incluidos en el ámbito del contrato a un diferencial superior al 10% del consumo de energía anual respecto al consumo del año base, definido por los valores EEO, GO, y PO, incluidos en el Anexo 5 del Pliego de Condiciones Técnicas. Esos excesos deberán ser demostrados por el Adjudicatario, y se entienden como consecuencia de:
- Excesos de consumo por aumento del horario de uso respecto al horario oficial del año base especificado en el citado en el pliego de condiciones técnicas.
- Excesos de consumo por aumento de potencia o número de equipos.
- Aumento del número de días máximo fijado para la temporada de calefacción fijada en el Pliego de Prescripciones Técnicas
Si el Adjudicatario considerase que se está produciendo en el centro consumidor un exceso de consumo de energía en cualquiera de los casos citados, deberá presentar ante el Ayuntamiento de Orozko la siguiente información:
- Informe o documentación acreditativa con los nuevos datos que demuestren el aumento de consumo;
- Lecturas de los contadores que demuestren los citados incrementos de consumo
Dichos excesos serán abonados por el Ayuntamiento de Orozko al Adjudicatario a año vencido aplicando la siguiente fórmula:
Exceso de consumo en edificios = Exceso de consumo eléctrico x PEE + Exceso de consumo de gas natural x PG + Exceso de consumo de gas propano x PP
Siendo PEE, PG y PP los precios unitarios de suministro energético propuestos por el licitador.
- En alumbrado público.
Se considerarán excesos de consumo de energía en el alumbrado público a un diferencial superior al 10% del consumo de energía anual respecto al consumo del año base, definido por el valor EA del Anexo 5 del Pliego de Condiciones Técnicas. Esos excesos deberán ser demostrados por el Adjudicatario, y se entienden como consecuencia de:
Se considerarán excesos de consumo de energía en el alumbrado público a un diferencial superior al 10% del consumo de energía anual respecto al consumo del año base, definido por el valor EA del Anexo 5 del Pliego de Condiciones Técnicas. Esos excesos deberán ser demostrados por el Adjudicatario, y se entienden como consecuencia de:
1. Excesos de consumo por aumento, a propuesta del Ayuntamiento, del horario de uso respecto al horario oficial del año base especificado en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
2. Excesos de consumo por aumento, a propuesta del Ayuntamiento, de potencia o número de equipos fuera del objeto de este contrato, especificado en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
Exceso de consumo en alumbrado = Exceso de consumo eléctrico x PEA
Siendo PEA el precio unitario de suministro energético propuestos por el licitador.
Cláusula 27.- liquidacion de los ahorros
Una vez se hayan obtenido los datos del total de ahorro energético anual conseguido en kWh el Ayuntamiento obtendrá un porcentaje fijo de un 10% del ahorro total anual conseguido superior a los ahorros garantizados. A dicho porcentaje habrá que sumar, en su caso, el porcentaje adicional de ahorro energético que el Adjudicatario se haya comprometido a ceder al Ayuntamiento en su oferta.
Una vez se hayan obtenido los datos del total de ahorro energético anual conseguido en kWh el Ayuntamiento obtendrá un porcentaje fijo de un 10% del ahorro total anual conseguido superior a los ahorros garantizados. A dicho porcentaje habrá que sumar, en su caso, el porcentaje adicional de ahorro energético que el Adjudicatario se haya comprometido a ceder al Ayuntamiento en su oferta.
El Adjudicatario deberá indicar en su oferta el ahorro mínimo garantizado que pretende alcanzar con la implantación y ejecución de las medidas de ahorro y eficiencia energética propuestas y que deberá mantenerse hasta la finalización del contrato.
Al vencimiento de cada anualidad, y en el plazo de tres meses, se procederá a efectuar la liquidación total de los ahorros de energía. Se entenderá como anualidad el año de ejecución (12 meses) desde la fecha de formalización del contrato.
Los ahorros de energía conseguidos por cada centro consumidor se calcularán a partir del Plan de medida y verificación (M&V) aprobado por el Ayuntamiento basado en el protocolo IPMVP, y se expresarán en kWh. El Adjudicatario deberá presentar al Ayuntamiento junto con la liquidación el informe elaborado por el técnico responsable que vaya a realizar la medición y verificación de los ahorros energéticos.
Los ahorros de energía conseguidos por cada centro consumidor se calcularán a partir del Plan de medida y verificación (M&V) aprobado por el Ayuntamiento basado en el protocolo IPMVP, y se expresarán en kWh. El Adjudicatario deberá presentar al Ayuntamiento junto con la liquidación el informe elaborado por el técnico responsable que vaya a realizar la medición y verificación de los ahorros energéticos.
La cantidad de la liquidación anual de los ahorros de energía será la resultante de aplicar la siguiente fórmula:
Liquidación anual de ahorro de energía = [(PAE' x AE)+( PAG' x AG)+( PAP' x AP)] x β1
Donde:
PAE': precio unitario revisado (EUR/kWh) del suministro de energía eléctrica.
AE: ahorro en el consumo de energía eléctrica adicional al garantizado para el conjunto de centros consumidores de energía (expresado en kWh) para cada anualidad identificado en el informe de medida y verificación, tal y como se ha indicado anteriormente.
AE: ahorro en el consumo de energía eléctrica adicional al garantizado para el conjunto de centros consumidores de energía (expresado en kWh) para cada anualidad identificado en el informe de medida y verificación, tal y como se ha indicado anteriormente.
PAG': precio unitario revisado (EUR/kWh) del suministro de gas.
AG: ahorro energético adicional al garantizado para el conjunto de centros consumidores de gas (expresado en kWh) para cada anualidad identificado en el informe de medida y verificación, tal y como se ha indicado anteriormente.
PAP': precio unitario revisado (EUR/kWh) del suministro de gas propano.
AP: ahorro energético adicional al garantizado para el conjunto de centros consumidores de gas propano (expresado en kWh) para cada anualidad identificado en el informe de medida y verificación, tal y como se ha indicado anteriormente.
β1: porcentaje de ahorro asignado al Ayuntamiento expresado en forma decimal, con dos decimales. Dicho porcentaje será la suma del porcentaje mínimo del 10% establecido en la presente cláusula y el porcentaje adicional ofertado por el adjudicatario en su proposición económica.
β1: porcentaje de ahorro asignado al Ayuntamiento expresado en forma decimal, con dos decimales. Dicho porcentaje será la suma del porcentaje mínimo del 10% establecido en la presente cláusula y el porcentaje adicional ofertado por el adjudicatario en su proposición económica.
Vi. Extincion del contrato
Cláusula 28.- causas de extinción del contrato
El contrato se extinguirá por cumplimiento o por resolución.
A) Cumplimiento del contrato.
El contrato se entenderá cumplido por la contratista cuando ésta haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción del Ayuntamiento, la totalidad de la prestación.
1.- Recepción. Su constatación requiere por parte del Ayuntamiento de un acto formal y positivo de recepción o conformidad (Acta de recepción) dentro del mes siguiente a la entrega o realización del objeto del contrato.
El Ayuntamiento determinará si la prestación realizada por la contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de su recepción. La contratista tendrá derecho a conocer y ser oída sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada.
El Ayuntamiento determinará si la prestación realizada por la contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, requiriendo, en su caso, la realización de las prestaciones contratadas y la subsanación de los defectos observados con ocasión de su recepción. La contratista tendrá derecho a conocer y ser oída sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada.
2.- Liquidación del contrato.- En el plazo de un mes, a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, deberá acordarse y ser notificada a la contratista la liquidación correspondiente del contrato y abonársele, en su caso, el saldo resultante.
2.- Liquidación del contrato.- En el plazo de un mes, a contar desde la fecha del acta de recepción o conformidad, deberá acordarse y ser notificada a la contratista la liquidación correspondiente del contrato y abonársele, en su caso, el saldo resultante.
B) Resolución del contrato. Son causas de resolución del contrato los supuestos establecidos en el artículo 223 del TRLCSP, regulándose sus efectos por lo dispuesto en el artículo 225 del TRLCSP.
Cláusula 29.- consecuencias de la extinción del contrato.
1. Al momento de extinción del contrato, cualquiera que sea la causa por la que se produzca, el adjudicatario gestionará los cambios de titularidad de los contratos de suministro energético en vigor en ese momento, a fin de que el Ayuntamiento figure, a partir de ese momento, como titular de los mismos.
1. Al momento de extinción del contrato, cualquiera que sea la causa por la que se produzca, el adjudicatario gestionará los cambios de titularidad de los contratos de suministro energético en vigor en ese momento, a fin de que el Ayuntamiento figure, a partir de ese momento, como titular de los mismos.
2. Cuando el contrato se extinga por resolución anticipada del mismo, el Ayuntamiento podrá optar por abonar al adjudicatario el importe de las inversiones realizadas dentro de la P4 y P5, teniendo en cuenta su grado de amortización en función del tiempo que reste para la finalización del contrato.
2. Cuando el contrato se extinga por resolución anticipada del mismo, el Ayuntamiento podrá optar por abonar al adjudicatario el importe de las inversiones realizadas dentro de la P4 y P5, teniendo en cuenta su grado de amortización en función del tiempo que reste para la finalización del contrato.
Cláusula 30.- plazo de garantía
Concluido y recibido el contrato de conformidad comenzará el plazo de garantía, el cual tendrá una duración de 1 año a contar desde la fecha del acta de recepción o de conformidad.
Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados o las instalaciones entregadas, tendrá derecho el Ayuntamiento a reclamar del contratista la reposición de los que resulten inadecuados o la reparación de los mismos fuese insuficiente.
Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados o las instalaciones entregadas, tendrá derecho el Ayuntamiento a reclamar del contratista la reposición de los que resulten inadecuados o la reparación de los mismos fuese insuficiente.
Durante este plazo de garantía tendrá derecho el contratista a conocer y ser oído sobre la aplicación de los bienes suministrados o las instalaciones entregadas.
Si el Ayuntamiento estimase durante el plazo de garantía que los bienes suministrados o las instalaciones entregadas no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista, y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no serán bastantes para lograr aquel fin, podrá, antes de la expiración del plazo, rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista, y teniendo derecho a la recuperación del precio satisfecho.
Si el Ayuntamiento estimase durante el plazo de garantía que los bienes suministrados o las instalaciones entregadas no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista, y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no serán bastantes para lograr aquel fin, podrá, antes de la expiración del plazo, rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista, y teniendo derecho a la recuperación del precio satisfecho.
Terminado el plazo de garantía sin que el Ayuntamiento haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a la que se refiere esta Cláusula, quedará extinguida la responsabilidad del contratista.
Cláusula 31.- devolución de la garantía
Aprobada la liquidación del contrato, si no resultaran responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía y, transcurrido el plazo de la misma, se dictará acuerdo de devolución de aquélla o de cancelación del aval. En el supuesto de recepción parcial, sólo podrá el contratista solicitar la devolución o cancelación de la garantía cuando así se autorice expresamente.
Aprobada la liquidación del contrato, si no resultaran responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía y, transcurrido el plazo de la misma, se dictará acuerdo de devolución de aquélla o de cancelación del aval. En el supuesto de recepción parcial, sólo podrá el contratista solicitar la devolución o cancelación de la garantía cuando así se autorice expresamente.
Cláusula 32.- ayudas y subvenciones
El Adjudicatario deberá solicitar cualesquiera ayudas y subvenciones de cualquier organismo de la Administración General del Estado, Autonómica, Local o Comunitaria, o cualquier otro Ente Público o Privado, nacional o internacional, que vayan destinadas a las instalaciones objeto de este contrato, debiendo informar de la presentación de la solicitud y en su caso de la concesión al Ayuntamiento.
El Adjudicatario deberá solicitar cualesquiera ayudas y subvenciones de cualquier organismo de la Administración General del Estado, Autonómica, Local o Comunitaria, o cualquier otro Ente Público o Privado, nacional o internacional, que vayan destinadas a las instalaciones objeto de este contrato, debiendo informar de la presentación de la solicitud y en su caso de la concesión al Ayuntamiento.
Si por la norma reguladora de su concesión, esta ayuda o subvención tuviera que ser demandada por el Ayuntamiento, como propietario de las instalaciones, será ésta quien las solicite.
En caso de resolución favorable, el Ayuntamiento y el Adjudicatario destinarán todos los importes de las ayudas y subvenciones, a la amortización de la aportación económica efectuada en el proyecto. El Ayuntamiento o el Adjudicatario, en su caso, una vez reciba el importe total de la subvención o cualquier cantidad a cuenta, vendrá obligado a comunicar tal circunstancia a la otra parte, poniendo a disposición las cantidades correspondientes, salvo que la norma reguladora de su concesión permitiese su directa transferencia al Adjudicatario.
En caso de resolución favorable, el Ayuntamiento y el Adjudicatario destinarán todos los importes de las ayudas y subvenciones, a la amortización de la aportación económica efectuada en el proyecto. El Ayuntamiento o el Adjudicatario, en su caso, una vez reciba el importe total de la subvención o cualquier cantidad a cuenta, vendrá obligado a comunicar tal circunstancia a la otra parte, poniendo a disposición las cantidades correspondientes, salvo que la norma reguladora de su concesión permitiese su directa transferencia al Adjudicatario.
Vii. Prerrogativas, jurisdicción competente y recursos
Cláusula 33.- prerrogativas del ayuntamiento de orozko
De conformidad con el artículo 210 del TRLCSP, y dentro de los límites y con sujeción a los requisitos señalados en referida Ley, el órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos, resolver las dudas que ofrezcan su cumplimiento, modificarlos por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta.
De conformidad con el artículo 210 del TRLCSP, y dentro de los límites y con sujeción a los requisitos señalados en referida Ley, el órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos, resolver las dudas que ofrezcan su cumplimiento, modificarlos por razones de interés público, acordar su resolución y determinar los efectos de ésta.
Los acuerdos correspondientes pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos. Contra dichos acuerdos podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de País Vasco, en el plazo de dos meses desde la notificación.
Los acuerdos correspondientes pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos. Contra dichos acuerdos podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de País Vasco, en el plazo de dos meses desde la notificación.
Cláusula 34.- normativa aplicable
El adjudicatario se somete, además de lo establecido en el presente Pliego y en el pliego de prescripciones técnicas, a:
- Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP)
- El Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RGLCAP).
- Real Decreto 817/2009 de desarrollo parcial de la Ley 30/2007 de 30 de octubre de la Ley de Contratos del Sector Público.
- La Ley de Bases de Régimen Local, de 2 de abril de 1987 y el Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local (LBRL).
- El Título III del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, aprobado por Decreto 17 de Julio de 1955.
- Cualesquiera otras disposiciones que regulen la contratación, tanto a nivel estatal como autonómico y local, y que resulten aplicables al ámbito local.
- Con carácter supletorio, se aplicarán las restantes normas de Derecho Administrativo y, en su defecto, las normas de Derecho Privado.
El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anejos al mismo, o de las instrucciones, pliegos o normas de toda índole dictados por la Administración que puedan tener aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al empresario de la obligación de su cumplimiento.
El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anejos al mismo, o de las instrucciones, pliegos o normas de toda índole dictados por la Administración que puedan tener aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al empresario de la obligación de su cumplimiento.
En caso de discrepancia entre lo establecido en este pliego y en el pliego de prescripciones técnicas, prevalecerá lo dispuesto en este pliego excepto en aquellas cuestiones y especificaciones de carácter técnico.
Cláusula 35.- recurso especial en materia de contratación
Para el caso de contratos susceptibles de recurso especial en materia de contratación, serán susceptibles de recurso administrativo especial previo a la interposición del contencioso - administrativo, los actos relacionados en el artículo 40 del TRLCSP.
Para el caso de contratos susceptibles de recurso especial en materia de contratación, serán susceptibles de recurso administrativo especial previo a la interposición del contencioso - administrativo, los actos relacionados en el artículo 40 del TRLCSP.
El recurso administrativo especial tendrá carácter potestativo y el plazo de interposición será de 15 días hábiles computados conforme a lo previsto en el artículo 44 del TRLCSP.
La presentación del escrito de interposición deberá hacerse necesariamente en el registro del órgano de contratación o en el del órgano competente para la resolución del recurso (Registro del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales, c/ Donostia – San Sebastián, 1. 01010 Vitoria – Gasteiz).
La presentación del escrito de interposición deberá hacerse necesariamente en el registro del órgano de contratación o en el del órgano competente para la resolución del recurso (Registro del Órgano Administrativo de Recursos Contractuales, c/ Donostia – San Sebastián, 1. 01010 Vitoria – Gasteiz).
En todo caso, todo aquel que se proponga interponer recurso deberá anunciarlo previamente en el mismo plazo previsto para la interposición, mediante escrito presentado ante el registro del órgano de contratación, especificando el acto del procedimiento que vaya a ser objeto del mismo.
En todo caso, todo aquel que se proponga interponer recurso deberá anunciarlo previamente en el mismo plazo previsto para la interposición, mediante escrito presentado ante el registro del órgano de contratación, especificando el acto del procedimiento que vaya a ser objeto del mismo.
En el escrito de interposición se hará constar el acto recurrido, el motivo que fundamente el recurso, los medios de prueba de que pretenda valerse el recurrente y, en su caso, las medidas de la misma naturaleza que las previstas en el artículo 43 del TRLCSP, cuya adopción se solicite.
En el escrito de interposición se hará constar el acto recurrido, el motivo que fundamente el recurso, los medios de prueba de que pretenda valerse el recurrente y, en su caso, las medidas de la misma naturaleza que las previstas en el artículo 43 del TRLCSP, cuya adopción se solicite.
A este escrito se acompañará:
a) El documento que acredite la representación del compareciente, salvo si figurase unido a las actuaciones de otro recurso pendiente ante el mismo órgano, en cuyo caso podrá solicitarse que se expida certificación para su unión al procedimiento.
b) El documento o documentos que acrediten la legitimación del actor cuando la ostente por habérsela transmitido otro por herencia o por cualquier otro título.
c) La copia o traslado del acto expreso que se recurra, o indicación del expediente en que haya recaído o del periódico oficial o perfil de contratante en que se haya publicado.
d) El documento o documentos en que funde su derecho.
e) El justificante de haber anunciado previamente la interposición del recurso.
Cláusula 36.- recurso de reposición
Los actos que se dicten en los procedimientos de adjudicación de contratos administrativos no susceptibles de recurso especial, podrán ser objeto de recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del siguiente al de notificación de la resolución, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Los actos que se dicten en los procedimientos de adjudicación de contratos administrativos no susceptibles de recurso especial, podrán ser objeto de recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del siguiente al de notificación de la resolución, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Cláusula 37.- cuestión de nulidad
En los supuestos previstos en el artículo 37 del TRLCSP, se podrá plantear la cuestión de nulidad contractual en el plazo de 30 días hábiles, a contar, según dispone el apartado 3 del art. 39 del TRLCSP:
a) Desde la publicación de la adjudicación del contrato en la forma prevista en el artículo 154.2 del TRLCSP, incluyendo las razones justificativas de la no publicación de la licitación en el Diario Oficial de la Unión Europea,
b) O desde la notificación a los licitadores afectados, de los motivos del rechazo de su candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fueron determinantes de la adjudicación a su favor, sin perjuicio de los dispuesto en el artículo 153 del TRLCSP en cuanto a los datos cuya comunicación no fuera procedente.
b) O desde la notificación a los licitadores afectados, de los motivos del rechazo de su candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fueron determinantes de la adjudicación a su favor, sin perjuicio de los dispuesto en el artículo 153 del TRLCSP en cuanto a los datos cuya comunicación no fuera procedente.
Fuera de estos supuestos la cuestión de nulidad deberá interponerse antes de que transcurran seis meses, a contar desde la formalización del contrato.
Pliego aprobado por acuerdo de ... el día …. de ………….. de 2014.
Anexo 1
Declaración responsable de no estar incursa en ninguna de las prohibiciones de contratar que establece el artículo 60 del texto refundido de la ley de contratos del sector público (persona física/persona jurídica)
en nombre propio o de la persona física/jurídica a la que representa ……………………………………………………….(póngase la razón social de la empresa), con NIF......................., lo que acredito en la forma prevista en el Pliego de Cláusulas Administrativas, manifiesta lo siguiente:
en nombre propio o de la persona física/jurídica a la que representa ……………………………………………………….(póngase la razón social de la empresa), con NIF......................., lo que acredito en la forma prevista en el Pliego de Cláusulas Administrativas, manifiesta lo siguiente:
Que ni la persona abajo firmante, ni la persona física/jurídica que representa, ni las personas que integran los Órganos de Gobierno de la Sociedad (para el caso de persona jurídica), se hallan incursas en las circunstancias de prohibición de contratar con la Administración enumeradas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Que ni la persona abajo firmante, ni la persona física/jurídica que representa, ni las personas que integran los Órganos de Gobierno de la Sociedad (para el caso de persona jurídica), se hallan incursas en las circunstancias de prohibición de contratar con la Administración enumeradas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Asimismo, hace constar que dicha empresa se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
Y para que así conste y surta los efectos oportunos, lo declara en
Lugar, fecha y firma.
ANEXO 2
Modelo de proposicion de inversiones dentro de la prestación p5 y propuesta del ahorro energético asociado.
D...................................., con domicilio en ................, calle ............................................ y provisto de D.N.I. .............., en nombre propio o en representación de la empresa .............................................. con domicilio en ......................................................, calle .............................................Teléfono…............, y C.I.F. ..................
D...................................., con domicilio en ................, calle ............................................ y provisto de D.N.I. .............., en nombre propio o en representación de la empresa .............................................. con domicilio en ......................................................, calle .............................................Teléfono…............, y C.I.F. ..................
DECLARA:
I.- Que está enterado de que por el Ayuntamiento de Orozko se ha iniciado procedimiento para la adjudicación del contrato de servicios energéticos con mantenimiento y garantía total de las instalaciones termicas y electricas de los edificios municipales y de alumbrado publico del Ayuntamiento de Orozko.
I.- Que está enterado de que por el Ayuntamiento de Orozko se ha iniciado procedimiento para la adjudicación del contrato de servicios energéticos con mantenimiento y garantía total de las instalaciones termicas y electricas de los edificios municipales y de alumbrado publico del Ayuntamiento de Orozko.
II.- Que conociendo el pliego de condiciones técnicas, el pliego de cláusulas administrativas y demás documentación que debe regir el contrato, que expresamente asume y acata en su totalidad, sin salvedad alguna, se compromete a realizar una inversión en equipos e instalaciones que fomenten el ahorro de energía, la eficiencia energética y la utilización de energías renovables y residuales por importe de ……………………………....euros.
II.- Que conociendo el pliego de condiciones técnicas, el pliego de cláusulas administrativas y demás documentación que debe regir el contrato, que expresamente asume y acata en su totalidad, sin salvedad alguna, se compromete a realizar una inversión en equipos e instalaciones que fomenten el ahorro de energía, la eficiencia energética y la utilización de energías renovables y residuales por importe de ……………………………....euros.
III.- Que el ahorro en el consumo energético asociado a las instalaciones a ejecutar se estima en ……………………….... kW/h / año.
ANEXO 3
Modelo de proposicion reduccion del plazo de las obras de mejora y renovacion de las instalaciones consumidoras de energia P4
II.- Que conociendo el pliego de condiciones técnicas, el pliego de cláusulas administrativas y demás documentación que debe regir el contrato, que expresamente asume y acata en su totalidad, sin salvedad alguna, se compromete reducir el plazo de ejecución de las obras de mejora y renovación de las instalaciones consumidoras de energía P4 en ……… semanas.
II.- Que conociendo el pliego de condiciones técnicas, el pliego de cláusulas administrativas y demás documentación que debe regir el contrato, que expresamente asume y acata en su totalidad, sin salvedad alguna, se compromete reducir el plazo de ejecución de las obras de mejora y renovación de las instalaciones consumidoras de energía P4 en ……… semanas.
ANEXO 4
Porcentaje de participacion del Ayuntamiento de Orozko en los ahorros superiores a los garantizados.
II.- Que conociendo el pliego de condiciones técnicas, el pliego de cláusulas administrativas y demás documentación que debe regir el contrato, que expresamente asume y acata en su totalidad, sin salvedad alguna, se compromete a ceder al Ayuntamiento de Orozko un porcentaje (adicional al 10 %) en los ahorros superiores a los ahorros garantizados, de un …...%.
II.- Que conociendo el pliego de condiciones técnicas, el pliego de cláusulas administrativas y demás documentación que debe regir el contrato, que expresamente asume y acata en su totalidad, sin salvedad alguna, se compromete a ceder al Ayuntamiento de Orozko un porcentaje (adicional al 10 %) en los ahorros superiores a los ahorros garantizados, de un …...%.
Anexo 5
Oferta económica
I.- Que está enterado de que por el Ayuntamiento de Orozko se ha iniciado procedimiento para la adjudicación del CONTRATO DE SERVICIOS ENERGETICOS CON MANTENIMIENTO Y GARANTÍA TOTAL DE LAS INSTALACIONES TERMICAS Y ELECTRICAS DE LOS EDIFICIOS MUNICIPALES Y DE ALUMBRADO PUBLICO DEL AYUNTAMIENTO DE OROZKO.
I.- Que está enterado de que por el Ayuntamiento de Orozko se ha iniciado procedimiento para la adjudicación del CONTRATO DE SERVICIOS ENERGETICOS CON MANTENIMIENTO Y GARANTÍA TOTAL DE LAS INSTALACIONES TERMICAS Y ELECTRICAS DE LOS EDIFICIOS MUNICIPALES Y DE ALUMBRADO PUBLICO DEL AYUNTAMIENTO DE OROZKO.
II.- Que conociendo el Pliego de Condiciones Técnicas, el Pliego de cláusulas administrativas y demás documentación que debe regir el contrato, que expresamente asuma y acata en su totalidad, sin salvedad alguna, se compromete a llevar a cabo la ejecución del contrato conforme a los pliegos y condiciones que integran su oferta y con arreglo a los siguientes precios:
II.- Que conociendo el Pliego de Condiciones Técnicas, el Pliego de cláusulas administrativas y demás documentación que debe regir el contrato, que expresamente asuma y acata en su totalidad, sin salvedad alguna, se compromete a llevar a cabo la ejecución del contrato conforme a los pliegos y condiciones que integran su oferta y con arreglo a los siguientes precios:
- Prestación P1 (Gestión Energética):
Valor base de consumo anual en kWh Precio (centEUR / kWh) Total EUR / año (I.V.A. excl)
Electricidad Edificios
Gas natural Edificios
Propano Edificios
Electricidad Alumbrado
Prestación P1 (Gestión Energética)
- Prestación P2 (Mantenimiento) ............................. euros/ año I.V.A. excluido
- Prestación P3 (Garantía Total) .............................. euros/ año I.V.A. excluido
- Prestación P4 (Obras de Mejora y Renovación de las Instalaciones):................. euros/ año I.V.A. excluido
- Inversión total a realizar ……………………… euros I.V.A. excluido
Importe Anual del Contrato (P1+P2+P3+P4) ......................... euros I.V.A. excluido
I.V.A ……………..............…………………………………………….euros
Importe Anual Total del Contrato (P1+P2+P3+P4) ................. euros I.V.A. incluido
IMPORTE DEL CONTRATO (P1+P2+P3+P4)................. euros I.V.A. excluido
IMPORTE TOTAL DEL CONTRATO (P1+P2+P3+P4)................. euros I.V.A. incluido
ANEXO 6
Declaración responsable impuesto sobre actividades económicas
D./D.ª..................................................DNI................, en nombre propio o de la persona física/jurídica a la que representa ……………………………………………………….(póngase la razón social de la empresa), con NIF......................., lo que acredito en la forma prevista en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, manifiesta lo siguiente:
D./D.ª..................................................DNI................, en nombre propio o de la persona física/jurídica a la que representa ……………………………………………………….(póngase la razón social de la empresa), con NIF......................., lo que acredito en la forma prevista en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, manifiesta lo siguiente:
1.- Que, según la normativa vigente de aplicación en materia de tributación local y, concretamente la que rige el Impuesto sobre Actividades Económicas, está obligada a presentar declaración de alta en este impuesto en los siguientes epígrafes, no habiéndose dado de baja en el día de la fecha:
1.- Que, según la normativa vigente de aplicación en materia de tributación local y, concretamente la que rige el Impuesto sobre Actividades Económicas, está obligada a presentar declaración de alta en este impuesto en los siguientes epígrafes, no habiéndose dado de baja en el día de la fecha:
Epígrafe Concepto
2.- Que: (señale la alternativa correspondiente)
- Está obligada al pago del impuesto y adjunta la/s copia/s del/de los último/s recibo/s de pago cotejado/s.
- Se encuentra en el supuesto de exención del Art.…
… 5.1.g).- recogido en el Texto Refundido de la Norma Foral 6/1989, de 30 de junio, del I.A.E. (Los sujetos pasivos que inicien el ejercicio de su actividad, durante los dos primeros períodos impositivos de este impuesto en que se desarrolle la misma).
… 5.1.h).- recogido en el Texto Refundido de la Norma Foral 6/1989, de 30 de junio, del I.A.E.
(Los sujetos pasivos que tengan un volumen de operaciones inferior a 2.000.000 de euros).
- Se encuentra en el supuesto de exención del Art. 17.2 de la Norma Foral 1/2004, de
24 de febrero, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos
fiscales al mecenazgo.
- Otros supuestos de exención.
ANEXO7
AVAL
La entidad ...(razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca), NIF..., con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en la calle..., código postal..., localidad. ..y en su nombre (nombre y apellidos de la/s persona/s apoderada/s)..., con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo efectuado al dorso del presente documento,
La entidad ...(razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca), NIF..., con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en la calle..., código postal..., localidad. ..y en su nombre (nombre y apellidos de la/s persona/s apoderada/s)..., con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo efectuado al dorso del presente documento,
AVALA
a(1) : (nombre y apellidos o razón social del avalado), NIF..., en virtud de lo dispuesto por el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, para responder de las obligaciones siguientes:... (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado), ante el Ayuntamiento de Orozko, por importe de:...(en letra y en cifra con dos decimales como máximo)... euros.
a(1) : (nombre y apellidos o razón social del avalado), NIF..., en virtud de lo dispuesto por el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, para responder de las obligaciones siguientes:... (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado), ante el Ayuntamiento de Orozko, por importe de:...(en letra y en cifra con dos decimales como máximo)... euros.
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento del Ayuntamiento de Orozko, con sujeción a los términos previstos en la legislación de contratos del sector público.
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento del Ayuntamiento de Orozko, con sujeción a los términos previstos en la legislación de contratos del sector público.
El presente aval estará en vigor hasta que el Ayuntamiento de Orozko, o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y legislación complementaria.
El presente aval estará en vigor hasta que el Ayuntamiento de Orozko, o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y legislación complementaria.
(razón social de la entidad)
(firma de la/s persona/s apoderada/s)
((1) En el caso de las uniones temporales de empresas:
- deberán especificarse las razones sociales y NIF de las empresas participantes
- las garantías podrán constituirse por una o varias de las empresas participantes, siempre que en conjunto se alcance la cuantía requerida y garantice solidariamente a todas las integrantes de la unión temporal.)
Anexo 8
Certificado de seguro de caución
Certificado número.. .(razón social de la entidad aseguradora), (en adelante, asegurador), con domicilio en..., calle..., y NIF..., debidamente representado por don.. .(nombre y apellidos de la/s persona/s apoderada/s), con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo que se reseña al dorso del presente documento,
Certificado número.. .(razón social de la entidad aseguradora), (en adelante, asegurador), con domicilio en..., calle..., y NIF..., debidamente representado por don.. .(nombre y apellidos de la/s persona/s apoderada/s), con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo que se reseña al dorso del presente documento,
Asegura
a(1) : :...(nombre y apellidos o razón social de la persona asegurada), NIF..., en concepto de tomador del seguro, ante el Ayuntamiento de Orozko, en adelante asegurado, hasta el importe de... euros (en letra y en cifra con dos (2) decimales como máximo), en los términos y condiciones establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, normativa de desarrollo y pliego de cláusulas administrativas por la que se rige el contrato ...(identificar individualmente el contrato en virtud del cual se presta la caución), en concepto de garantía ...(expresar la modalidad de seguro de que se trata, provisional, definitiva, etc.), para responder de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se puedan derivar conforme a las normas y demás condiciones administrativas precitadas frente al asegurado.
a(1) : :...(nombre y apellidos o razón social de la persona asegurada), NIF..., en concepto de tomador del seguro, ante el Ayuntamiento de Orozko, en adelante asegurado, hasta el importe de... euros (en letra y en cifra con dos (2) decimales como máximo), en los términos y condiciones establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, normativa de desarrollo y pliego de cláusulas administrativas por la que se rige el contrato ...(identificar individualmente el contrato en virtud del cual se presta la caución), en concepto de garantía ...(expresar la modalidad de seguro de que se trata, provisional, definitiva, etc.), para responder de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se puedan derivar conforme a las normas y demás condiciones administrativas precitadas frente al asegurado.
El asegurador declara, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos exigidos en el artículo 57.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida, ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida, ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía.
El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro.
El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento del Ayuntamiento de Orozko, en los términos establecidos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y normas de desarrollo.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que el Ayuntamiento de Orozko, o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y legislación complementaria.
El presente seguro de caución estará en vigor hasta que el Ayuntamiento de Orozko, o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y legislación complementaria.
Asegurador
- las garantías podrán constituirse por una o varias de las empresas participantes, siempre que en conjunto se alcance la cuantía requerida y garantice solidariamente a todas las integrantes de la unión temporal.
Procedimiento
Plazo de validez de la oferta: 2 meses Criterios de adjudicación
Criterio: 1. 9.1 Criterios cuya valoración dependa de juicio de valor: 50 puntos (50)
2. 9.2 Criterios valorables de forma automática por aplicación de fórmulas: 50 puntos (50)
Lenguas
Lengua: español 🗣️
Otras lenguas: euskera.
Autoridad contratante Contacto
Punto de contacto: Marta Aguilar
Dirección de internet: www.orozkoudala.com🌏
Referencia Información complementaria
Pliego de cláusulas técnicas del contrato de servicios energeticos con mantenimiento y garantía total de las instalaciones termicas y electricas de los edificios municipales y de alumbrado publico del ayuntamiento de orozko
indice
articulo 1.- condiciones generales
artículo 2.- ámbito de actuación
artículo 3.- requisitos a cumplir por las empresas seleccionadas
artículo 4.- condiciones técnicas
artículo 5.- prestaciones aseguradas por el adjudicatario
artículo 6.- disposiciones particulares
artículo 7.- modificación de equipos y/o instalaciones
artículo 8.- medida y verificación de los ahorros conseguidos
anexos
anexo 1.- relación de edificios, instalaciones y equipos objeto del contrato
anexo 2.- relación de operaciones de mantenimiento preventivo sistemático mínimas a realizar por el adjudicatario
anexo 3.- obras de mejora y renovación obligatorias de las instalaciones
anexo 4.- horarios de funcionamiento y temperaturas de consigna
anexo 5.- definición del consumo energetico en el año base
anexo 6.- diagnóstico energético
artículo 1.- condiciones generales
El objeto de este pliego de condiciones técnicas y de sus anexos es regular y definir el alcance y condiciones de las prestaciones que habrán de regir para la contratación de los SERVICIOS ENERGETICOS CON MANTENIMIENTO Y GARANTÍA TOTAL DE LAS INSTALACIONES TERMICAS Y ELECTRICAS DE LOS EDIFICIOS MUNICIPALES Y DE ALUMBRADO PUBLICO DEL AYUNTAMIENTO DE OROZKO
El objeto de este pliego de condiciones técnicas y de sus anexos es regular y definir el alcance y condiciones de las prestaciones que habrán de regir para la contratación de los SERVICIOS ENERGETICOS CON MANTENIMIENTO Y GARANTÍA TOTAL DE LAS INSTALACIONES TERMICAS Y ELECTRICAS DE LOS EDIFICIOS MUNICIPALES Y DE ALUMBRADO PUBLICO DEL AYUNTAMIENTO DE OROZKO
Los servicios a contratar tienen como finalidad realizar las siguientes prestaciones:
- Prestación P1- Gestión Energética: gestión energética necesaria para el funcionamiento correcto de las instalaciones objeto del contrato; gestión del suministro energético de combustibles y electricidad, control de calidad, cantidad y uso y garantía de aprovisionamiento.
- Prestación P1- Gestión Energética: gestión energética necesaria para el funcionamiento correcto de las instalaciones objeto del contrato; gestión del suministro energético de combustibles y electricidad, control de calidad, cantidad y uso y garantía de aprovisionamiento.
- Prestación P2- Mantenimiento: mantenimiento preventivo para lograr el perfecto funcionamiento y limpieza de las instalaciones con todos sus componentes, así como lograr la permanencia en el tiempo del rendimiento de las instalaciones y de todos sus componentes al valor inicial.
- Prestación P2- Mantenimiento: mantenimiento preventivo para lograr el perfecto funcionamiento y limpieza de las instalaciones con todos sus componentes, así como lograr la permanencia en el tiempo del rendimiento de las instalaciones y de todos sus componentes al valor inicial.
- Prestación P3- Garantía Total: reparación con sustitución de todos los elementos deteriorados en las instalaciones según se regula en el presente Pliego de Condiciones Técnicas bajo la modalidad de Garantía Total.
- Prestación P4- Obras de Mejora y Renovación de las Instalaciones consumidoras de energía: realización y financiación de obras de mejora y renovación y de adecuación a normativa de las instalaciones que se especifican en el Pliego de Condiciones Técnicas.
- Prestación P4- Obras de Mejora y Renovación de las Instalaciones consumidoras de energía: realización y financiación de obras de mejora y renovación y de adecuación a normativa de las instalaciones que se especifican en el Pliego de Condiciones Técnicas.
- Prestación P5- Inversiones en ahorro energético y energías renovables: además de las prestaciones enumeradas, con este contrato se pretende promover la mejora de la eficiencia energética mediante la incorporación de equipos e instalaciones, que fomenten el ahorro de energía, la eficiencia energética y la utilización de energías renovables y residuales como: biomasa, energía solar térmica, fotovoltaica, cogeneración, etc.
- Prestación P5- Inversiones en ahorro energético y energías renovables: además de las prestaciones enumeradas, con este contrato se pretende promover la mejora de la eficiencia energética mediante la incorporación de equipos e instalaciones, que fomenten el ahorro de energía, la eficiencia energética y la utilización de energías renovables y residuales como: biomasa, energía solar térmica, fotovoltaica, cogeneración, etc.
Estas instalaciones serán estudiadas, propuestas, ejecutadas y financiadas por el Adjudicatario, mediante los ahorros o venta de energía renovable, conseguidos dentro del periodo de vigencia del contrato, y no tendrán repercusión económica sobre el presupuesto de este contrato.
Estas instalaciones serán estudiadas, propuestas, ejecutadas y financiadas por el Adjudicatario, mediante los ahorros o venta de energía renovable, conseguidos dentro del periodo de vigencia del contrato, y no tendrán repercusión económica sobre el presupuesto de este contrato.
Artículo 2.- ámbito de actuación
Los edificios, equipos e instalaciones objeto de este contrato se enumeran en el Anexo 1 de este Pliego de Condiciones Técnicas. El ámbito de actuación se extiende a:
EDIFICIOS
- Todas las instalaciones térmicas existentes, incluyendo instalaciones de suministro de combustible, los equipos de producción de calor y frio, las bombas de los circuitos de primario y secundario, depósitos, vasos de expansión, válvulas de seguridad, válvulas de control, válvulas de corte, llenados y vaciados, sondas, tuberías de distribución y su aislamiento, elementos terminales. Incluirá asimismo los equipos de renovación y tratamiento de aire exterior con todos sus elementos (filtros, baterías, compuertas, ventiladores, motores), así como ventiladores de extracción. Igualmente, quedan incluidos los vaciados, llenados y purgados de las instalaciones siempre que sea necesario efectuarlos.
- Todas las instalaciones térmicas existentes, incluyendo instalaciones de suministro de combustible, los equipos de producción de calor y frio, las bombas de los circuitos de primario y secundario, depósitos, vasos de expansión, válvulas de seguridad, válvulas de control, válvulas de corte, llenados y vaciados, sondas, tuberías de distribución y su aislamiento, elementos terminales. Incluirá asimismo los equipos de renovación y tratamiento de aire exterior con todos sus elementos (filtros, baterías, compuertas, ventiladores, motores), así como ventiladores de extracción. Igualmente, quedan incluidos los vaciados, llenados y purgados de las instalaciones siempre que sea necesario efectuarlos.
- Todas las instalaciones eléctricas existentes, incluyendo el suministro de electricidad y sus instalaciones receptoras, centros de transformación de cliente, cajas generales de protección, contadores, líneas generales de alimentación, contadores, cuadro general de baja tensión y cuadros eléctricos de distribución con todos sus elementos, distribución de cableado y canalizaciones, puntos de luz, luminarias interiores y exteriores, luminarias de emergencia, fuentes de alimentación, sistemas de alimentación ininterrumpida (SAI), tomas de fuerza y de todos aquellos otros elementos pertenecientes a la instalación eléctrica.
- Todas las instalaciones eléctricas existentes, incluyendo el suministro de electricidad y sus instalaciones receptoras, centros de transformación de cliente, cajas generales de protección, contadores, líneas generales de alimentación, contadores, cuadro general de baja tensión y cuadros eléctricos de distribución con todos sus elementos, distribución de cableado y canalizaciones, puntos de luz, luminarias interiores y exteriores, luminarias de emergencia, fuentes de alimentación, sistemas de alimentación ininterrumpida (SAI), tomas de fuerza y de todos aquellos otros elementos pertenecientes a la instalación eléctrica.
- Todas los equipos de las instalaciones de monitorización, control y regulación existentes, incluyendo cuadros de control con sus controladores, reguladores, tarjetas de comunicaciones, pasarelas, módulos de entradas/salidas, buses de comunicaciones, buses de campo, sondas, actuadores, así como el software de monitorización y control de las señales y su programación.
- Todas los equipos de las instalaciones de monitorización, control y regulación existentes, incluyendo cuadros de control con sus controladores, reguladores, tarjetas de comunicaciones, pasarelas, módulos de entradas/salidas, buses de comunicaciones, buses de campo, sondas, actuadores, así como el software de monitorización y control de las señales y su programación.
Alumbrado público
- Todos los cuadros de mando y todos los elementos que forman parte de los mismos o participan en su funcionamiento, desde la acometida de la compañía distribuidora hasta las salidas de línea que parten de los cuadros de mando. Igualmente quedan incluidos los dispositivos eléctricos y electrónicos instalados entre los cuadros de mando y los puntos de luz destinados a proteger las instalaciones o modificar el suministro de la corriente, los equipos auxiliares que participan en el encendido de las lámparas, así como las propias lámparas, luminarias y tomas de tierra.
- Todos los cuadros de mando y todos los elementos que forman parte de los mismos o participan en su funcionamiento, desde la acometida de la compañía distribuidora hasta las salidas de línea que parten de los cuadros de mando. Igualmente quedan incluidos los dispositivos eléctricos y electrónicos instalados entre los cuadros de mando y los puntos de luz destinados a proteger las instalaciones o modificar el suministro de la corriente, los equipos auxiliares que participan en el encendido de las lámparas, así como las propias lámparas, luminarias y tomas de tierra.
La empresa Adjudicataria acepta las instalaciones actuales, y tiene completo conocimiento de:
La ubicación y naturaleza de los edificios municipales e instalaciones de alumbrado público de Orozko, objeto del contrato.
Estado de todas las instalaciones y equipos cuya gestión le es encomendada.
Las condiciones particulares de acceso ligadas a la seguridad y a la especificidad de los edificios y sus instalaciones.
Artículo 3.- requisitos a cumplir por las empresas seleccionadas
Además de lo previsto en el Pliego de Condiciones Administrativas, los licitadores deberán satisfacer las siguientes condiciones mínimas:
- Haber visto y revisado los edificios, así como las instalaciones de alumbrado público objeto de la presente licitación, no pudiendo prevalerse de las diferencias con los citados datos facilitados en el presente Pliego y Anexos, para pretender un cambio de precio durante el periodo contractual.
- Haber visto y revisado los edificios, así como las instalaciones de alumbrado público objeto de la presente licitación, no pudiendo prevalerse de las diferencias con los citados datos facilitados en el presente Pliego y Anexos, para pretender un cambio de precio durante el periodo contractual.
- Para visitar las instalaciones el Ayuntamiento de Orozco establecerá el/los día/s y la hora en que ésta se llevará a cabo, dándolo a conocer mediante publicación en el perfil del contratista de la página web municipal. Las empresas recibirán un certificado municipal de haberse realizado la visita al edificio, el cual habrá de incluirse como documento 7 del Sobre A: documentación administrativa.
- Para visitar las instalaciones el Ayuntamiento de Orozco establecerá el/los día/s y la hora en que ésta se llevará a cabo, dándolo a conocer mediante publicación en el perfil del contratista de la página web municipal. Las empresas recibirán un certificado municipal de haberse realizado la visita al edificio, el cual habrá de incluirse como documento 7 del Sobre A: documentación administrativa.
Artículo 4.- condiciones técnicas
4.1 Cumplimiento de la reglamentación
En el desarrollo de todas las prestaciones derivadas de los trabajos objeto de la presente licitación, será de obligado cumplimiento toda la normativa técnica vigente y de seguridad e higiene y de prevención de riesgos laborales, así como toda la que pueda ser de aplicación por las características de los edificios y sus instalaciones.
En el desarrollo de todas las prestaciones derivadas de los trabajos objeto de la presente licitación, será de obligado cumplimiento toda la normativa técnica vigente y de seguridad e higiene y de prevención de riesgos laborales, así como toda la que pueda ser de aplicación por las características de los edificios y sus instalaciones.
La empresa Adjudicataria aportará la ingeniería necesaria para llevar a cabo todos los trámites oportunos, con objeto de mantener debidamente legalizadas las instalaciones térmicas y eléctricas objeto del contrato sin costo adicional alguno para el Ayuntamiento de Orozko.
La empresa Adjudicataria aportará la ingeniería necesaria para llevar a cabo todos los trámites oportunos, con objeto de mantener debidamente legalizadas las instalaciones térmicas y eléctricas objeto del contrato sin costo adicional alguno para el Ayuntamiento de Orozko.
Toda reforma de una instalación requerirá la realización previa de un proyecto o memoria técnica sobre el alcance de la misma, que habrán de contar con el V.B. del Ayuntamiento.
La empresa Adjudicataria es responsable de la Dirección Técnica correspondiente a las inversiones y reformas que se contraten, bajo la supervisión de los responsables del Ayuntamiento de Orozko. Para ello deberá contar con el personal a su cargo con la cualificación necesaria para el desarrollo de todas las funciones que como Dirección Técnica le correspondan. Será preceptivo que el director técnico de cada instalación emita un Certificado final de las mismas.
La empresa Adjudicataria es responsable de la Dirección Técnica correspondiente a las inversiones y reformas que se contraten, bajo la supervisión de los responsables del Ayuntamiento de Orozko. Para ello deberá contar con el personal a su cargo con la cualificación necesaria para el desarrollo de todas las funciones que como Dirección Técnica le correspondan. Será preceptivo que el director técnico de cada instalación emita un Certificado final de las mismas.
4.2 Condiciones de seguridad
El Adjudicatario estará obligado a cumplir todas las especificaciones en materia de Seguridad y Salud, Seguridad Laboral y Seguridad señaladas en la Normativa vigente, con el fin de salvaguardar en esta materia tanto a las personas, como a los edificios e instalaciones.
El Adjudicatario estará obligado a cumplir todas las especificaciones en materia de Seguridad y Salud, Seguridad Laboral y Seguridad señaladas en la Normativa vigente, con el fin de salvaguardar en esta materia tanto a las personas, como a los edificios e instalaciones.
El Adjudicatario deberá hacerse cargo de las posibles responsabilidades derivadas por daños producidos a terceros, como consecuencia del desarrollo de los trabajos necesarios para dar cumplimiento al presente Contrato. La empresa Adjudicataria deberá disponer de un Seguro de Responsabilidad Civil para tales efectos.
El Adjudicatario deberá hacerse cargo de las posibles responsabilidades derivadas por daños producidos a terceros, como consecuencia del desarrollo de los trabajos necesarios para dar cumplimiento al presente Contrato. La empresa Adjudicataria deberá disponer de un Seguro de Responsabilidad Civil para tales efectos.
4.3. Condiciones a garantizar
4.3.1. Condiciones a garantizar en las instalaciones térmicas de los edificios
4.3.1.1. Ventilación
Se asegurará la ventilación y la calidad de aire interior de los locales tanto como sea necesario, según la naturaleza y uso de los edificios o establecimientos, equipados de las instalaciones de acuerdo con la normativa vigente.
4.3.1.2 Condiciones Ambientales y de Confort
Calefacción y Refrigeración
La temporada de calefacción habitual queda definida del 1 de Octubre al 30 de Mayo. La temporada de refrigeración para aquellos edificios climatizados queda definida del 1 de Junio al 30 de Septiembre.
Quedarán excluidas de este período aquellas instalaciones para cuyo funcionamiento se requieran unas temperaturas previamente definidas y no un período de tiempo.
El Ayuntamiento de Orozko fija las fechas de inicio y final de los períodos efectivos de calefacción y refrigeración, tanto al comienzo como a la finalización de la temporada, reservándose el derecho de pedir al Adjudicatario un número superior de días de servicio.
El Ayuntamiento de Orozko fija las fechas de inicio y final de los períodos efectivos de calefacción y refrigeración, tanto al comienzo como a la finalización de la temporada, reservándose el derecho de pedir al Adjudicatario un número superior de días de servicio.
Dentro de las temporadas de calefacción y refrigeración, el servicio quedará cubierto siempre en los días y horas definidas por el Ayuntamiento para cada edificio objeto del contrato.
Si las condiciones climatológicas fuesen favorables, se podría interrumpir el servicio de calefacción o refrigeración, principalmente al principio y final de cada temporada. Cualquier cambio de las condiciones iniciales previstas, tendrá que ser aprobado formalmente por el
Si las condiciones climatológicas fuesen favorables, se podría interrumpir el servicio de calefacción o refrigeración, principalmente al principio y final de cada temporada. Cualquier cambio de las condiciones iniciales previstas, tendrá que ser aprobado formalmente por el
Ayuntamiento.
El Adjudicatario mantendrá en los locales con servicio de calefacción y/o refrigeración, una temperatura interior de acuerdo con los límites máximos y mínimos estipulados normativamente.
Producción de Agua Caliente Sanitaria (A.C.S.)
Se asegurará la producción de agua caliente sanitaria durante todo el año para los edificios o establecimientos equipados de las instalaciones adecuadas, y de acuerdo con su uso y temporada de utilización.
El Adjudicatario preparará el agua caliente para usos sanitarios a la temperatura mínima que resulte compatible con su uso, y cumpliendo las exigencias de la normativa vigente, en especial la que afecta a la prevención de la bacteria de la legionella.
El Adjudicatario preparará el agua caliente para usos sanitarios a la temperatura mínima que resulte compatible con su uso, y cumpliendo las exigencias de la normativa vigente, en especial la que afecta a la prevención de la bacteria de la legionella.
Límites de Garantía de Temperaturas.
Las temperaturas interiores de calefacción y refrigeración definidas anteriormente serán garantizadas mientras la temperatura exterior no sea inferior a -5º C o superior a 36º C, en la estación meteorológica de Bilbao.
Fuera de dichos límites, el Adjudicatario asegurará las mejores condiciones de temperatura interior posible compatible con la potencia de las instalaciones y la seguridad de su funcionamiento.
Detectores de gas
El Adjudicatario deberá comprometerse a controlar y mantener el perfecto funcionamiento y vigencia de los detectores de gas instalados en las salas de calderas. La instalación, mantenimiento y renovación de las alarmas y detectores de gas instalados en las salas de calderas serán por cuenta del Adjudicatario.
El Adjudicatario deberá comprometerse a controlar y mantener el perfecto funcionamiento y vigencia de los detectores de gas instalados en las salas de calderas. La instalación, mantenimiento y renovación de las alarmas y detectores de gas instalados en las salas de calderas serán por cuenta del Adjudicatario.
4.3.2. Condiciones a garantizar en las instalaciones eléctricas de los edificios
Fuerza e iluminación
El Adjudicatario garantizará el suministro de energía durante las 24 horas que cubran las necesidades de las diferentes actividades que se desarrollen en las instalaciones.
Se podrán optimizar los encendidos y apagados de iluminación de las instalaciones, siempre que queden garantizadas las condiciones, los niveles de iluminación y uniformidad mínimos exigidos por las correspondientes normativas.
Cuadros eléctricos
El Adjudicatario será el responsable del buen mantenimiento de los cuadros eléctricos de las instalaciones objeto del servicio, que deberán ser revisados anualmente.
Luminarias, proyectores, focos, lámparas, interruptores, enchufes y mecanismos
Se deberá realizar un mantenimiento preventivo para mantener la iluminación de todas las instalaciones objeto del contrato. Se deberán mantener en perfecto estado de funcionamiento todos los interruptores, enchufes, mecanismos, etc., con el fin de garantizar el servicio y cumplir con el R.E.B.T.
Se deberá realizar un mantenimiento preventivo para mantener la iluminación de todas las instalaciones objeto del contrato. Se deberán mantener en perfecto estado de funcionamiento todos los interruptores, enchufes, mecanismos, etc., con el fin de garantizar el servicio y cumplir con el R.E.B.T.
Niveles de iluminación
Se asegurarán los niveles de iluminación exigidos con carácter de mínimo por la normativa de aplicación.
4.3.3. Condiciones a garantizar en las instalaciones de alumbrado público
Conservación
El Adjudicatario será responsable del correcto estado de conservación del alumbrado público, incluyendo cuadros de mando, equipos auxiliares de encendido, regulación y control, lámparas y luminarias.
Accionamiento
El Adjudicatario será responsable del correcto encendido y apagado de todas las instalaciones del alumbrado público, de acuerdo con el horario establecido por el Ayuntamiento de Orozko.
Inspecciones
El Adjudicatario será responsable de efectuar las inspecciones necesarias, con el fin de descubrir situaciones que pudieran presentar deficiencias en la prestación del servicio, averías o accidentes.
Estas rondas de inspección incluirán los centros de mando, lámparas y luminarias, debiéndose realizar un informe con carácter semestral del estado actual del alumbrado público, y en el que se recojan las incidencias detectadas durante las rondas de inspección.
Estas rondas de inspección incluirán los centros de mando, lámparas y luminarias, debiéndose realizar un informe con carácter semestral del estado actual del alumbrado público, y en el que se recojan las incidencias detectadas durante las rondas de inspección.
Se efectuarán mediciones de nivel de iluminación con carácter semestral, siempre y cuando haya habido operaciones importantes de mantenimiento, tales como limpieza de lámparas, sustitución de las mismas o incorporación de equipos de regulación y control.
Se efectuarán mediciones de nivel de iluminación con carácter semestral, siempre y cuando haya habido operaciones importantes de mantenimiento, tales como limpieza de lámparas, sustitución de las mismas o incorporación de equipos de regulación y control.
Artículo 5.- prestaciones aseguradas por el adjudicatario
5.1.- Prestación de Gestión Energética (P1)
El Adjudicatario se compromete a hacer suministrar, a su cuenta y bajo su responsabilidad los combustibles y electricidad necesarios en cantidad y calidad suficiente para asegurar el funcionamiento y la utilización normal de las instalaciones definidas en el Anexo 1 del presente Pliego de Condiciones Técnicas.
El Adjudicatario se compromete a hacer suministrar, a su cuenta y bajo su responsabilidad los combustibles y electricidad necesarios en cantidad y calidad suficiente para asegurar el funcionamiento y la utilización normal de las instalaciones definidas en el Anexo 1 del presente Pliego de Condiciones Técnicas.
Para ello gestionará todas las pólizas de abono y/o contratos necesarios. Si existiesen contratos en vigor en el momento de la adjudicación, el Adjudicatario podrá subrogarse a dichos contratos hasta su finalización.
El Adjudicatario controlará tanto la cantidad como la calidad de los aprovisionamientos en combustible y electricidad, así como su uso óptimo en las instalaciones tomadas a su cargo según las condiciones definidas en el presente Pliego de Condiciones Técnicas.
El Adjudicatario controlará tanto la cantidad como la calidad de los aprovisionamientos en combustible y electricidad, así como su uso óptimo en las instalaciones tomadas a su cargo según las condiciones definidas en el presente Pliego de Condiciones Técnicas.
Las garantías de calidad en el suministro y aprovisionamiento dadas por el Adjudicatario se limitarán a las garantías dadas por los organismos o empresas distribuidores o comercializadoras.
El Adjudicatario podrá negarse únicamente a suministrar energías cuando existan graves disturbios, o cuando por cualquier causa se ponga en juego la seguridad de las instalaciones que le han sido confiadas o afecten totalmente o en parte a las instalaciones sometidas a las prescripciones del presente Pliego de Condiciones Técnicas. Igualmente cuando las circunstancias afecten a la seguridad de las personas o de los transportes.
El Adjudicatario podrá negarse únicamente a suministrar energías cuando existan graves disturbios, o cuando por cualquier causa se ponga en juego la seguridad de las instalaciones que le han sido confiadas o afecten totalmente o en parte a las instalaciones sometidas a las prescripciones del presente Pliego de Condiciones Técnicas. Igualmente cuando las circunstancias afecten a la seguridad de las personas o de los transportes.
Entonces, deberá avisar en el plazo más corto, y conjuntamente decidirán las medidas a tomar para restablecer las condiciones normales de suministro y uso.
El Servicio de Gestión Energética comprende:
Los aprovisionamientos de energía.
El pago de las facturas de combustibles y electricidad. A tal fin, el Adjudicatario realizará los trámites precisos para cambiar a su favor tanto la titularidad de los contratos de suministro energético vigentes, o los que se puedan suscribir, como los datos de domiciliación de las facturas de consumo energético.
El pago de las facturas de combustibles y electricidad. A tal fin, el Adjudicatario realizará los trámites precisos para cambiar a su favor tanto la titularidad de los contratos de suministro energético vigentes, o los que se puedan suscribir, como los datos de domiciliación de las facturas de consumo energético.
La gestión de los contratos con las empresas distribuidoras o comercializadoras de energía.
El compromiso de “garantía de confort” (temperatura y humedad interior, horario de funcionamiento, temperatura del agua caliente sanitaria, niveles de iluminación), manteniendo las condiciones adecuadas a cada instalación, según se fija en el Pliego.
El compromiso de “garantía de confort” (temperatura y humedad interior, horario de funcionamiento, temperatura del agua caliente sanitaria, niveles de iluminación), manteniendo las condiciones adecuadas a cada instalación, según se fija en el Pliego.
El compromiso de un precio conforme al coste unitario de la energía indispensable para cubrir las necesidades de calefacción, agua caliente sanitaria y climatización, del conjunto de los edificios objeto del contrato.
Medios de control de consumos
Contadores de energía
El Adjudicatario instalará los equipos de monitorización de consumo eléctrico definidos en la auditoría energética adjunta, en el caso de los edificios municipales.
En el caso de los cuadros de alumbrado público, se deberá instalar un equipo de telemedida por cada centro de mando, con las prestaciones indicadas en el Anexo 3.
Sensores térmicos de confort
El Adjudicatario instalará, en los lugares que acuerde con los servicios técnicos del Ayuntamiento de Orozko, sensores térmicos para controlar el nivel de confort de los distintos edificios objeto del contrato, siendo 1 el número mínimo a instalar por edificio.
El Adjudicatario instalará, en los lugares que acuerde con los servicios técnicos del Ayuntamiento de Orozko, sensores térmicos para controlar el nivel de confort de los distintos edificios objeto del contrato, siendo 1 el número mínimo a instalar por edificio.
Sistema de control
El Adjudicatario instalará un sistema de control que permita el registro continuo de datos. Las instalaciones objeto de este contrato contarán con los equipos necesarios para efectuar su control en tiempo real desde el punto o puntos que se acuerde con el Ayuntamiento de Orozko.
El Adjudicatario instalará un sistema de control que permita el registro continuo de datos. Las instalaciones objeto de este contrato contarán con los equipos necesarios para efectuar su control en tiempo real desde el punto o puntos que se acuerde con el Ayuntamiento de Orozko.
5.2.- Prestación de mantenimiento (P2)
El Adjudicatario realizará bajo su responsabilidad, sobre el conjunto de las instalaciones técnicas definidas en el Anexo 1, las prestaciones siguientes:
5.2.1 Conducción, vigilancia y control de las Instalaciones
La conducción y vigilancia incluyen todo el conjunto de tareas que permiten el control y dominio del funcionamiento de las instalaciones.
El Adjudicatario debe asegurar el control de los sistemas de regulación y equilibrio de las instalaciones para que la temperatura de los locales sea la más uniforme posible.
El Adjudicatario es responsable y decide los medios a utilizar para satisfacer esos objetivos y se ocupará en particular de:
Los arranques y paradas de las instalaciones
Las regulaciones y equilibrados necesarios
El seguimiento de los parámetros de funcionamiento de los equipos, los ensayos y maniobras de verificación del correcto funcionamiento de los equipos
La vigilancia general de las instalaciones
Las rondas e inspecciones corrientes
5.2.2 Servicios 24h/24h
El Adjudicatario deberá asegurar las intervenciones, en caso de avería o de disfuncionamiento, en el plazo máximo de dos horas (2h) en horario de apertura de las instalaciones del Ayuntamiento, y de cuatro horas (4h) fuera del horario de uso, en aquellas averías críticas que afecten de forma directa a los usuarios. En el resto de casos se atenderá antes de las 24 horas siguientes al aviso.
El Adjudicatario deberá asegurar las intervenciones, en caso de avería o de disfuncionamiento, en el plazo máximo de dos horas (2h) en horario de apertura de las instalaciones del Ayuntamiento, y de cuatro horas (4h) fuera del horario de uso, en aquellas averías críticas que afecten de forma directa a los usuarios. En el resto de casos se atenderá antes de las 24 horas siguientes al aviso.
Para ello, el Adjudicatario organizará un servicio de atención 24h/24h, con medios de comunicación adecuados.
5.2.3 Mantenimiento Preventivo Sistemático
El Adjudicatario debe realizar todas las prestaciones de mantenimiento preventivo sistemático necesarias, determinadas según la normativa, en función de los materiales y su uso y de las especificaciones de los constructores de los mismos, y en especial las especificadas en el Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios (RD 1027/2007) y el Reglamento Eléctrico de Baja Tensión (RD 842/2002).
El Adjudicatario debe realizar todas las prestaciones de mantenimiento preventivo sistemático necesarias, determinadas según la normativa, en función de los materiales y su uso y de las especificaciones de los constructores de los mismos, y en especial las especificadas en el Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios (RD 1027/2007) y el Reglamento Eléctrico de Baja Tensión (RD 842/2002).
El Adjudicatario tomará todas las medidas para que dichas operaciones afecten lo mínimo posible al funcionamiento normal de los edificios y usuarios.
Las operaciones de mantenimiento mínimas a realizar serán las indicadas en el Anexo 2.
Si el Adjudicatario, por propia iniciativa y sin el previo consentimiento del Ayuntamiento de Orozko, efectuase trabajos de mejora o que superen el alcance que este pliego establece, estos trabajos se considerarán como incluidos en el precio del contrato sin que suponga coste adicional.
Si el Adjudicatario, por propia iniciativa y sin el previo consentimiento del Ayuntamiento de Orozko, efectuase trabajos de mejora o que superen el alcance que este pliego establece, estos trabajos se considerarán como incluidos en el precio del contrato sin que suponga coste adicional.
5.2.4 Mantenimiento Preventivo Condicional y Correctivo
El mantenimiento preventivo condicional interviene principalmente a partir de las observaciones derivadas de la conducción y vigilancia de las instalaciones.
La frecuencia y la naturaleza de las observaciones, los parámetros y criterios de decisión son de la responsabilidad e iniciativa del Adjudicatario.
El Adjudicatario realizará las intervenciones de mantenimiento correctivo en un plazo inferior a 2 horas, y tomará todas las medidas para que dichas operaciones afecten lo mínimo posible al funcionamiento normal de los edificios y usuarios.
5.2.5 Suministro y Gestión de Productos Consumibles
Para el desarrollo de las prestaciones del mantenimiento corriente, el Adjudicatario debe asegurarse el suministro de cuantos consumibles, pequeños suministros mecánicos y eléctricos que necesite, así como todos aquellos elementos que le sean precisos para efectuar un correcto mantenimiento, garantizando la disponibilidad de estos componentes, con el fin de evitar demoras o retrasos en el desarrollo de las prestaciones.
Para el desarrollo de las prestaciones del mantenimiento corriente, el Adjudicatario debe asegurarse el suministro de cuantos consumibles, pequeños suministros mecánicos y eléctricos que necesite, así como todos aquellos elementos que le sean precisos para efectuar un correcto mantenimiento, garantizando la disponibilidad de estos componentes, con el fin de evitar demoras o retrasos en el desarrollo de las prestaciones.
Todos los materiales empleados para el desarrollo de los trabajos deberán mantener el criterio de igualdad de marca y modelo a los instalados. En caso contrario, deberá justificarse técnica y económicamente la proposición del cambio. En general se tenderá a estandarizar y homogeneizar los materiales, evitando la proliferación de marcas, modelos, etc.
Todos los materiales empleados para el desarrollo de los trabajos deberán mantener el criterio de igualdad de marca y modelo a los instalados. En caso contrario, deberá justificarse técnica y económicamente la proposición del cambio. En general se tenderá a estandarizar y homogeneizar los materiales, evitando la proliferación de marcas, modelos, etc.
En el marco del mantenimiento preventivo condicional y correctivo, el Adjudicatario debe realizar la sustitución de las piezas defectuosas sobre el conjunto de las instalaciones definidas en el presente Pliego de Condiciones Técnicas.
El suministro y colocación de los repuestos, materiales o equipos están incluidos en la Garantía Total, así como cualquier gasto necesario, incluso de obra civil si fuera preciso. Estos gastos serán por cuenta del Adjudicatario.
5.2.6 Asistencia Técnica para los Controles Reglamentarios
El Adjudicatario asistirá al Ayuntamiento de Orozko en el transcurso de las visitas reglamentarias realizadas, bien por un Organismo de Control Acreditado, la Autoridad Sanitaria Competente, otros Organismos Oficiales o el propio Ayuntamiento.
Los costes derivados de los controles reglamentarios correrán por cuenta del Adjudicatario.
5.2.7. Documentación técnica y de mantenimiento
El Adjudicatario pondrá al día, para el edificio, el libro de mantenimiento en conformidad con la legislación vigente.
Para cada intervención de mantenimiento se mencionarán:
La fecha.
El tipo de operación.
Las sustituciones de piezas realizadas.
Las observaciones pertinentes.
Los libros de mantenimiento del conjunto de las instalaciones objeto del presente Pliego de Condiciones Técnicas, quedan a disposición del Ayuntamiento de Orozko para consultarlos en todo momento.
Igualmente se incluye la obligación del Adjudicatario de mantener actualizada la documentación siguiente:
Esquemas de funcionamiento de todas las salas de máquinas.
Emplazamiento de los mecanismos y elementos de seguridad.
Inventario de equipos y elementos básicos de las salas máquinas perfectamente actualizado.
Inventario de lámparas y luminarias perfectamente actualizado…
… de los edificios.
… del alumbrado público.
Anualmente se hará entrega al Ayuntamiento de Orozko de la documentación relacionada, en soporte informático. Los gastos derivados de estos trabajos de Documentación Técnica serán a cargo del Adjudicatario.
5.2.8. Limpieza de las Salas de Máquinas
El Adjudicatario asegurará la limpieza de los equipos ubicados en las salas de máquinas así como de las salas de calderas.
5.2.9 Gestión de las Prestaciones
El Adjudicatario tendrá la obligación de establecer e implantar los documentos necesarios para el seguimiento de la gestión de las prestaciones definidas a continuación.
Establecer anualmente la lista provisional de los trabajos que serán realizados por el Adjudicatario en el marco de la Garantía Total.
Preparar los estudios técnicos y financieros necesarios para la preparación del presupuesto anual provisional en colaboración con los Servicios Técnicos del Ayuntamiento de Orozko.
Realizar anualmente la actualización de la lista de instalaciones y equipos objeto de la presente licitación.
El Adjudicatario dispondrá además de los medios necesarios para poder realizar y asegurar la correcta gestión de los residuos generados en el desempeño de las labores fijadas de conformidad con la normativa vigente.
5.3 Prestaciones de Garantía Total (P3)
El Adjudicatario se compromete a realizar los trabajos de reparación, sustitución y renovación necesarios para garantizar el buen estado de funcionamiento de las instalaciones y equipos definidos.
Para ello, asume la completa y entera responsabilidad de la consecución del buen estado de funcionamiento de las instalaciones efectuando las reparaciones y reposiciones de todo tipo de materiales precisos tanto en casos de desgaste normal como accidental, por cualquier razón que sea.
Para ello, asume la completa y entera responsabilidad de la consecución del buen estado de funcionamiento de las instalaciones efectuando las reparaciones y reposiciones de todo tipo de materiales precisos tanto en casos de desgaste normal como accidental, por cualquier razón que sea.
Los gastos que de esta prestación se deriven en concepto de reparación y reposición, incluida la mano de obra, el desmontaje y montaje, el transporte y por supuesto el costo del material de reposición y reparación, serán por cuenta del Adjudicatario.
Los gastos que de esta prestación se deriven en concepto de reparación y reposición, incluida la mano de obra, el desmontaje y montaje, el transporte y por supuesto el costo del material de reposición y reparación, serán por cuenta del Adjudicatario.
Si en el marco de esta obligación, el Adjudicatario se viese obligado a reparar o sustituir en su conjunto un equipo o un conjunto de materiales, deberá primero avisar al Ayuntamiento de Orozko, para que éste pueda, si lo estima oportuno, teniendo en cuenta la evolución de la técnica, estudiar la conveniencia de sustituirlos por equipos de concepción o de potencia más adaptada a su utilización y explotación futuras.
Si en el marco de esta obligación, el Adjudicatario se viese obligado a reparar o sustituir en su conjunto un equipo o un conjunto de materiales, deberá primero avisar al Ayuntamiento de Orozko, para que éste pueda, si lo estima oportuno, teniendo en cuenta la evolución de la técnica, estudiar la conveniencia de sustituirlos por equipos de concepción o de potencia más adaptada a su utilización y explotación futuras.
En función de las soluciones adoptadas el Ayuntamiento de Orozko podrá, si lo cree conveniente, participar en los costes de sustitución complementarios o concretar con el Adjudicatario un nuevo acuerdo con un acta adicional, o sugerir cualquier otra solución, previa modificación del contrato.
En función de las soluciones adoptadas el Ayuntamiento de Orozko podrá, si lo cree conveniente, participar en los costes de sustitución complementarios o concretar con el Adjudicatario un nuevo acuerdo con un acta adicional, o sugerir cualquier otra solución, previa modificación del contrato.
En el caso de dificultades en la elección de la solución técnica a adoptar, podrán dirigirse a un organismo técnico cualificado aceptado por las dos partes.
Las intervenciones del Adjudicatario en el marco de su obligación de garantía total deberán realizarse con la mayor diligencia y a su entera iniciativa y responsabilidad.
El Adjudicatario informará al Ayuntamiento de Orozko y acordará con él la fecha de paro parcial de las instalaciones para minimizar las incidencias de dichas intervenciones sobre las condiciones de funcionamiento.
5.4 Obras de mejora y renovación de las instalaciones (P4)
El Adjudicatario se compromete a realizar durante el período contractual, las obras de mejora y renovación de las instalaciones que se determinan en el Anexo 3.
En el caso de que el Ayuntamiento de Orozko considere que la inversión justificada no cubra los requisitos mínimos, no se valorará dicha inversión según criterios de valoración del presente documento.
Del mismo modo, el licitador se compromete a realizar a su cargo, sin repercusión económica sobre el presupuesto del contrato, aquellas mejoras que introduzca en su propuesta.
Estas deberán tener un interés suficiente para el Ayuntamiento de Orozko, entendiéndose este interés bien por significar una clara mejora en la calidad del servicio, bien por conllevar una mejora en las instalaciones y edificios, así como aquello que redunde en la eficiencia energética de los mismos. No valorándose el importe de aquellas inversiones que no cumplan este requisito, o que se entiendan incluidas en la prestación P5, en cuyo caso se valorarán como tales.
Estas deberán tener un interés suficiente para el Ayuntamiento de Orozko, entendiéndose este interés bien por significar una clara mejora en la calidad del servicio, bien por conllevar una mejora en las instalaciones y edificios, así como aquello que redunde en la eficiencia energética de los mismos. No valorándose el importe de aquellas inversiones que no cumplan este requisito, o que se entiendan incluidas en la prestación P5, en cuyo caso se valorarán como tales.
Las obras comprendidas dentro de la P4 se ejecutarán dentro de los 6 primeros meses de la ejecución del contrato, o en el plazo inferior que el Adjudicatario haya propuesto en su oferta.
A estos efectos, el cálculo del precio de la P4 recogido en los Pliegos Administrativos se ha realizado teniendo en cuenta el total de la inversión 670.977 EUR, con una amortización a 10 años. Así, sale una cuota mensual de 5.591,48 EUR que hace que la cuota anual sea 67.097,76 EUR. Todas las cantidades IVA no incluido.
A estos efectos, el cálculo del precio de la P4 recogido en los Pliegos Administrativos se ha realizado teniendo en cuenta el total de la inversión 670.977 EUR, con una amortización a 10 años. Así, sale una cuota mensual de 5.591,48 EUR que hace que la cuota anual sea 67.097,76 EUR. Todas las cantidades IVA no incluido.
5.5 Prestación Mejora de la Eficiencia Energética (P5)
Como se ha indicado, además de las prestaciones P1, P2, P3 y P4, se pretende promover la utilización de energías renovables mediante la prestación P5 con la incorporación de equipos e instalaciones como la biomasa, energía solar térmica y fotovoltaica, cogeneración, etc.
Como se ha indicado, además de las prestaciones P1, P2, P3 y P4, se pretende promover la utilización de energías renovables mediante la prestación P5 con la incorporación de equipos e instalaciones como la biomasa, energía solar térmica y fotovoltaica, cogeneración, etc.
Estas instalaciones serán ejecutadas y financiadas voluntariamente por el Adjudicatario mediante los ahorros conseguidos dentro del periodo de vigencia del contrato, y no tendrán repercusión económica sobre el presupuesto del contrato.
Cualquier inversión planteada de forma voluntaria por el Adjudicatario en las instalaciones del Ayuntamiento de Orozko, deberá contar con el consentimiento del propio Ayuntamiento, teniendo ésta la potestad para admitir o rechazar la ejecución de dicha inversión.
Cualquier inversión planteada de forma voluntaria por el Adjudicatario en las instalaciones del Ayuntamiento de Orozko, deberá contar con el consentimiento del propio Ayuntamiento, teniendo ésta la potestad para admitir o rechazar la ejecución de dicha inversión.
ARTÍCULO 6.- DISPOSICIONES PARTICULARES
6.1. Prestación de gestión energética (P1)
Quedan excluidos del contrato los gastos de mantenimiento de contadores de gas o eléctricos propiedad de la empresa suministradora o distribuidora.
El Adjudicatario, durante los 6 primeros meses de contrato, llevará a cabo la renovación, ampliación o ejecución de un sistema de monitorización y control, solicitado en la prestación P4, que permita realizar un seguimiento de los consumos energéticos y de las variables de calidad de confort, incluyendo los equipos comunicables de medida necesarios para cada energía y uso, así como el número de sondas de control de temperatura necesarias.
El Adjudicatario, durante los 6 primeros meses de contrato, llevará a cabo la renovación, ampliación o ejecución de un sistema de monitorización y control, solicitado en la prestación P4, que permita realizar un seguimiento de los consumos energéticos y de las variables de calidad de confort, incluyendo los equipos comunicables de medida necesarios para cada energía y uso, así como el número de sondas de control de temperatura necesarias.
A fin de atender a las posibles reclamaciones de los usuarios, el sistema permitirá el registro continuo de datos, tanto de temperaturas interiores de las zonas climatizadas como de los horarios de funcionamiento de las instalaciones, el cual estará a plena disposición del Ayuntamiento de Orozko para su inspección, y éste podrá requerir copia del registro guardado, en cualquier momento, por lo que se deberá guardar los registros de todo el periodo de explotación del contrato.
A fin de atender a las posibles reclamaciones de los usuarios, el sistema permitirá el registro continuo de datos, tanto de temperaturas interiores de las zonas climatizadas como de los horarios de funcionamiento de las instalaciones, el cual estará a plena disposición del Ayuntamiento de Orozko para su inspección, y éste podrá requerir copia del registro guardado, en cualquier momento, por lo que se deberá guardar los registros de todo el periodo de explotación del contrato.
Queda excluido del presente contrato el suministro de calor a los edificios del Polideportivo y el Colegio, objeto de un contrato diferenciado.
6.2.- Prestación de Mantenimiento (P2). Exclusiones.
En las prestaciones descritas anteriormente a cargo del Adjudicatario, no se incluyen los trabajos de modernización y de adecuación de las instalaciones que provengan de nuevas necesidades planteadas no incluidas en el programa de inversiones de la oferta del Adjudicatario (P4), ni aquellas cuya realización venga impuesta por la entrada en vigor de una nuevas normativas.
En las prestaciones descritas anteriormente a cargo del Adjudicatario, no se incluyen los trabajos de modernización y de adecuación de las instalaciones que provengan de nuevas necesidades planteadas no incluidas en el programa de inversiones de la oferta del Adjudicatario (P4), ni aquellas cuya realización venga impuesta por la entrada en vigor de una nuevas normativas.
Quedan excluidas del presente contrato las instalaciones de suministro de calor a los edificios del Polideportivo y el Colegio, objeto de un contrato diferenciado.
6.3.- Prestación de Garantía Total (P3). Exclusiones.
Estarán excluidos de la Garantía Total los siguientes equipos:
- Transformadores eléctricos de potencia y celdas de maniobra de media tensión del centro de transformación, que no sean propiedad del Ayuntamiento de Orozko.
- Ascensores u otros equipos de elevación.
- Líneas eléctricas de distribución.
Artículo 7. Modificación de equipos y/o instalaciones
Cualquier modificación de los equipos y/o de las instalaciones del Ayuntamiento de Orozko a cargo del presente contrato, será objeto de una cláusula adicional al contrato especificando las nuevas condiciones y su importe correspondiente, que deberá guardar relación con los valores establecidos en contrato para instalaciones de similares características.
Cualquier modificación de los equipos y/o de las instalaciones del Ayuntamiento de Orozko a cargo del presente contrato, será objeto de una cláusula adicional al contrato especificando las nuevas condiciones y su importe correspondiente, que deberá guardar relación con los valores establecidos en contrato para instalaciones de similares características.
El mismo principio se aplicará para el aumento o disminución del número de instalaciones y/o equipos a gestionar.
Artículo 8. Medida y verificación de los ahorros conseguidos
Uno de los fines de la presente licitación es conseguir ahorros de energía en las instalaciones del Ayuntamiento de Orozko, gracias tanto a contar con unas instalaciones eficientes desde el punto de vista energético, como a una conducción eficiente de las mismas. Dichos ahorros de energía deben ser medidos, verificados y aceptados por ambas partes, Adjudicatario y Ayuntamiento de Orozko.
Uno de los fines de la presente licitación es conseguir ahorros de energía en las instalaciones del Ayuntamiento de Orozko, gracias tanto a contar con unas instalaciones eficientes desde el punto de vista energético, como a una conducción eficiente de las mismas. Dichos ahorros de energía deben ser medidos, verificados y aceptados por ambas partes, Adjudicatario y Ayuntamiento de Orozko.
Para ello, el Adjudicatario deberá realizar las medidas y verificaciones de los ahorros siguiendo la metodología IPMVP (International Performance Measurement & Verification Protocol) y por un técnico acreditado por certificación por EVO (Efficiency Valuation Organization) como CMVP (Certified Measurement & Verification Professional). Sin perjuicio de que durante la vigencia del contrato se consolidasen otras organizaciones que acrediten la capacitación para realizar verificaciones.
Para ello, el Adjudicatario deberá realizar las medidas y verificaciones de los ahorros siguiendo la metodología IPMVP (International Performance Measurement & Verification Protocol) y por un técnico acreditado por certificación por EVO (Efficiency Valuation Organization) como CMVP (Certified Measurement & Verification Professional). Sin perjuicio de que durante la vigencia del contrato se consolidasen otras organizaciones que acrediten la capacitación para realizar verificaciones.
El Adjudicatario confirmará al Ayuntamiento de Orozko en el plazo máximo de un mes desde la firma de contrato, los datos del técnico que haya presentado en la oferta con la acreditación y certificación por EVO como CMVP, que vaya a realizar la medición y verificación de los ahorros de energía durante la vigencia del contrato. En caso de tratarse de otra persona distinta, deberá poseer la misma titulación y similar experiencia que la persona indicada en la oferta.
El Adjudicatario confirmará al Ayuntamiento de Orozko en el plazo máximo de un mes desde la firma de contrato, los datos del técnico que haya presentado en la oferta con la acreditación y certificación por EVO como CMVP, que vaya a realizar la medición y verificación de los ahorros de energía durante la vigencia del contrato. En caso de tratarse de otra persona distinta, deberá poseer la misma titulación y similar experiencia que la persona indicada en la oferta.
En el plazo máximo de un mes desde la definición de la relación de equipos e instalaciones actualizada y los usos y parámetros de funcionamiento de cada edificio, el Adjudicatario definirá y presentará al Ayuntamiento de Orozko el Plan de Medida y Verificación (M&V). Dicho Plan, con carácter previo a su puesta en marcha, deberá ser sometido por el Ayuntamiento de Orozko para su aprobación en el plazo máximo de quince días desde su presentación con la participación del técnico independiente encargado.
En el plazo máximo de un mes desde la definición de la relación de equipos e instalaciones actualizada y los usos y parámetros de funcionamiento de cada edificio, el Adjudicatario definirá y presentará al Ayuntamiento de Orozko el Plan de Medida y Verificación (M&V). Dicho Plan, con carácter previo a su puesta en marcha, deberá ser sometido por el Ayuntamiento de Orozko para su aprobación en el plazo máximo de quince días desde su presentación con la participación del técnico independiente encargado.
En el plazo máximo de un mes desde la aprobación del Plan por parte del Ayuntamiento de Orozko, el Adjudicatario debe implantar los sistemas de medida y verificación necesarios para realizar la medición de los ahorros conseguidos. En el plazo de quince días desde la finalización de las pruebas para su puesta en marcha, el Ayuntamiento de Orozko procederá a la recepción de los mismos.
En el plazo máximo de un mes desde la aprobación del Plan por parte del Ayuntamiento de Orozko, el Adjudicatario debe implantar los sistemas de medida y verificación necesarios para realizar la medición de los ahorros conseguidos. En el plazo de quince días desde la finalización de las pruebas para su puesta en marcha, el Ayuntamiento de Orozko procederá a la recepción de los mismos.
El informe que se presentará junto con la liquidación anual será elaborado por el técnico certificado por EVO, verificando los ahorros en consumo de energía obtenidos según la metodología IPMVP basados en el Plan de Medida y Verificación (M&V), y expresará el gasto de electricidad, gas natural u otros combustibles.
El informe que se presentará junto con la liquidación anual será elaborado por el técnico certificado por EVO, verificando los ahorros en consumo de energía obtenidos según la metodología IPMVP basados en el Plan de Medida y Verificación (M&V), y expresará el gasto de electricidad, gas natural u otros combustibles.
Anexo 1.- relación de edificios, instalaciones y equipos objeto del contrato
La relación de edificios objeto del contrato es la siguiente:
Denominación dirección
Local Brigada Avenida Zubieta 5
Oficina Correos Avenida Zubieta 3
Gaztetxoko Avenida Zubieta 16, bajo 6
Consultorio Médico Plaza Lehendakari Aguirre 8, bajo 3
Museo Plaza Zubiaur 4, bajo
COLEGIO C/ IBAIONDO 6, bajo 1
Haurreskola C/ Untzueta 5, bajo 2
Polideportivo Plaza Gernika 2, bajo
Ayuntamiento y Biblioteca Plaza Zubiaur
Salón de Cultura Polivalente Avenida Zubieta 13, 2 bajo 1
Hogar del Jubilado y Casa de Cultura c/ ANDRA MARI 11, bajo 1
Etap Ibarra - Orozko Barrio Ibarra
La relación de cuadros de mando del alumbrado público objeto del contrato es la siguiente:
Nº cuadro dirección facturación atr
Cuadro 1 Plaza Zubiaur 6, Bajo 1 3.0a
Cuadro 2 Ubixeta Kalea, 2 3.0a
Cuadro 3 Urizar Kalea, 5 2.1a
Cuadro 4 Barrio Larrazabal 1-prox 2.0dha
Cuadro 5 Untzueta Kalea 2 2.0dha
Cuadro 6 Gernika Plaza 8 2.0dha
Cuadro 7 Andra Mari Auzoa 2 3.0a
Cuadro 8 Andra Mari Auzoa 3 2.0dha
Cuadro 9 Orrotegi Auzoa 3 2.0dha
Cuadro 10 Manzarraga Auzoa 6 2.0a
Cuadro 11 Arbaiza Auzoa 5 2.0a
Cuadro 12 Barrio Manzarbeitia 850 Bajo 2.0dha
Cuadro 13 Pagazandu Auzoa 4-1 2.0dha
Cuadro 14 Barrio Murueta 830 Bajo1 2.0dha
Cuadro 15 Katadio Auzoa 4 2.0a
Cuadro 16 Olabarri Auzoa 1 2.0a
Cuadro 17 Torrezar Auzoa 5 2.0dha
Cuadro 18 Anunzibai Auzoa 14 2.0dha
Cuadro 19 Anunzibai Auzoa 1 -
Cuadro 20 Bengoetxea Auzoa 830 2.0dha
Cuadro 21 Okeluri Auzoa 3 2.0a
Cuadro 22 Isasi Auzoa 2 2.0dha
Cuadro 23 Bengoetxea Auzoa 28 2.0dha
Cuadro 24 Bengoetxea Auzoa 6 2.1dha
Cuadro 25 Jauregia Auzoa 6 2.0dha
Cuadro 26 Barrio San Martin 5 2.0dha
Cuadro 27 Unibaso Auzoa 3,5 2.0dha
Cuadro 28 Aranguren Auzoa 1 2.0dha
Cuadro 29 Olarte Auzoa 1 2.0dha
Cuadro 30 Albizua Auzoa 3 2.0dha
Cuadro 31 Sautu Auzoa 2 2.0dha
Cuadro 32 Gallartu Auzoa 2 2.0dha
Cuadro 33 Goreitze Auzoa 3 2.0dha
Cuadro 34 Atxondo Auzoa 2 2.0dha
Cuadro 35 Barrio Ugalde 1-1 2.0dha
Cuadro 36 Urigoiti Auzoa 7 2.0dha
Cuadro 37 Zaloa Auzoa 16 2.0dha
Cuadro 38 Ibarra Auzoa 22 2.0dha
Cuadro 39 Beraza 3 Bajo 3 2.0dha
Cuadro 40 Donibane Auzoa 4 2.0dha
Cuadro 41 Garai Auzoa 5 (beteluri) 2.0dha
Cuadro 42 Gernika Plaza 2 3.0a
Cuadro 43 Jauregia 4 2.0dha
Cuadro 44 Burruzkale 22 -
Anexo 2.- Relación De Operaciones De Mantenimiento Preventivo Sistemático Mínimas A Realizar Por El Adjudicatario
El mantenimiento de los equipos e instalaciones objeto de este Contrato, será en todo caso, el adecuado para asegurar que su funcionamiento, a lo largo de su vida útil, se realice con la máxima eficiencia energética, garantizando un uso seguro, la durabilidad de la instalación y la protección del medio ambiente, así como las exigencias que permitan mantener en todo momento las condiciones de confort en el interior de los distintos edificios.
El mantenimiento de los equipos e instalaciones objeto de este Contrato, será en todo caso, el adecuado para asegurar que su funcionamiento, a lo largo de su vida útil, se realice con la máxima eficiencia energética, garantizando un uso seguro, la durabilidad de la instalación y la protección del medio ambiente, así como las exigencias que permitan mantener en todo momento las condiciones de confort en el interior de los distintos edificios.
A modo exclusivamente orientativo y como cumplimiento de mínimos, se presenta la siguiente relación de las labores de mantenimiento a efectuar:
1. Mantenimiento de instalaciones receptoras de combustible.
El control periódico de las instalaciones de combustible irá encaminado a asegurar su correcta estanqueidad y aptitud de uso, garantizando permanentemente la seguridad de los usuarios, personal propio y/o equipos, y el perfecto estado de todos sus componentes. Las labores de mantenimiento a realizar en las instalaciones de combustible deberán ser realizadas por personal especializado, con amplios conocimientos en instalaciones de calefacción, instalaciones receptoras de gas natural y combustibles líquidos derivados del petróleo, y formado específicamente en tareas de mantenimiento de este tipo de sistemas, acreditando el personal la posesión del carné profesional de instalador de gas e instalador de combustibles líquidos derivados del petróleo.
El control periódico de las instalaciones de combustible irá encaminado a asegurar su correcta estanqueidad y aptitud de uso, garantizando permanentemente la seguridad de los usuarios, personal propio y/o equipos, y el perfecto estado de todos sus componentes. Las labores de mantenimiento a realizar en las instalaciones de combustible deberán ser realizadas por personal especializado, con amplios conocimientos en instalaciones de calefacción, instalaciones receptoras de gas natural y combustibles líquidos derivados del petróleo, y formado específicamente en tareas de mantenimiento de este tipo de sistemas, acreditando el personal la posesión del carné profesional de instalador de gas e instalador de combustibles líquidos derivados del petróleo.
2. Mantenimiento de instalaciones de calefacción y refrigeración
Las labores de mantenimiento a realizar en las Instalaciones de Calefacción y Refrigeración deberán ser realizadas por personal especializado, con amplios conocimientos de calefacción y electricidad y formado específicamente en tareas de mantenimiento de sistemas térmicos, acreditando el personal la posesión del carné profesional de instalador de calefacción y conservador reparador de calefacción.
Las labores de mantenimiento a realizar en las Instalaciones de Calefacción y Refrigeración deberán ser realizadas por personal especializado, con amplios conocimientos de calefacción y electricidad y formado específicamente en tareas de mantenimiento de sistemas térmicos, acreditando el personal la posesión del carné profesional de instalador de calefacción y conservador reparador de calefacción.
Se asegurará en todo momento que cualquier intervención en la instalación se realice sin riesgo para el personal propio, usuario y/o equipos.
3. Mantenimiento a desarrollar sobre las instalaciones eléctricas.
Las labores de mantenimiento a realizar en las Instalaciones Eléctricas deberán ser realizadas por personal especializado, con amplios conocimientos en instalaciones eléctricas de media y baja tensión, y formado específicamente en tareas de mantenimiento de este tipo de sistemas, acreditando el personal la posesión del carné profesional de instalador y mantenedor.
Las labores de mantenimiento a realizar en las Instalaciones Eléctricas deberán ser realizadas por personal especializado, con amplios conocimientos en instalaciones eléctricas de media y baja tensión, y formado específicamente en tareas de mantenimiento de este tipo de sistemas, acreditando el personal la posesión del carné profesional de instalador y mantenedor.
El Adjudicatario será el responsable de realizar los controles, ensayos, inspecciones y pruebas requeridos siendo éstos a su cargo. El Adjudicatario deberá en todos los trabajos cumplir con las normas y disposiciones legales existentes en el momento y aplicables a dichos trabajos, así como las disposiciones referentes a Seguridad e Higiene en el Trabajo.
El Adjudicatario será el responsable de realizar los controles, ensayos, inspecciones y pruebas requeridos siendo éstos a su cargo. El Adjudicatario deberá en todos los trabajos cumplir con las normas y disposiciones legales existentes en el momento y aplicables a dichos trabajos, así como las disposiciones referentes a Seguridad e Higiene en el Trabajo.
Anexo 3. Obras de mejora y renovación obligatorias de las instalaciones
El Adjudicatario deberá acometer de manera obligatoria, las obras descritas a continuación, y recogidas del Diagnóstico Energético adjunto. Estas inversiones se encontrarán englobadas en la Prestación P4, y por lo tanto serán realizadas y financiadas por el Adjudicatario.
El Adjudicatario deberá acometer de manera obligatoria, las obras descritas a continuación, y recogidas del Diagnóstico Energético adjunto. Estas inversiones se encontrarán englobadas en la Prestación P4, y por lo tanto serán realizadas y financiadas por el Adjudicatario.
Mejora 26 sustitución de incandescentes 60w por led
Mejora 27 sustitución de incandescentes 60w por led
Mejora 28 detectores de presencia
Mejora 29 equipo de monitorización
Mejora 30 programador horario
Edificio museo
Mejora 32 optimización de potencia contratada
Mejora 33 compensación de la energía reactiva
Mejora 34 sustitución de incandescentes por led (vitrinas)
Mejora 35 sustitución de incandescentes por led (baños)
Mejora 36 detectores de presencia
Mejora 37 equipo de monitorización
Mejora 38 programador horario
Edificio colegio
Mejora 40 compensación de energía reactiva
Mejora 43 sustitución de incandescentes por led (40w)
Mejora 44 sustitución de incandescentes por led (100w)
Mejora 45 instalación de detectores de presencia
Mejora 46 instalación de interruptor crepuscular
Mejora 47 equipo de monitorización
Mejora 48 programación horario
Edificio haurreskola
Mejora 50 optimización de potencia contratada
Mejora 51 compensación de la energía reactiva
Mejora 52 sustitución de incandescentes por led
Mejora 53 sustitución de fluorescentes compactas por led
Mejora 54 equipo de monitorización
Mejora 55 programador horario
Edificio polideportivo
Mejora 57 optimización de potencia contratada
Mejora 58 batería de condesadores
Mejora 60 sustitución de fluorescentes t8 (58w)
Mejora 61 sustitución de fluorescentes t8 (36w 6h)
Mejora 62 sustitución de fluorescentes t8 (36w 3h)
Mejora 63 sustitución de incadescentes por led (60w 3h)
Mejora 64 sustitución de incadescentes por led (60w 6h)
Mejora 65 detectores de presencia (pasillo de acceso)
Mejora 66 detectores de presencia (pasillo a frontón)
Mejora 67 detectores de presencia (vestuarios)
Mejora 68 detectores de presencia (hall a piscina)
Mejora 69 instalación de interruptor crepuscular
Mejora 70 equipo de monitorización
Mejora 71 programador horario
Edificio ayuntamiento y biblioteca
Mejora 73 optimización de potencia contratada
Mejora 74 batería de condensadores
Mejora 75 sustitución de fluorescentes t8 (58w)
Mejora 76 sustitución de fluorescentes t8 (36w)
Mejora 77 sustitución de fluorescentes t8 (18w)
Mejora 78 sustitución de incandescentes por led (25w vela)
Mejora 79 sustitución de incandescentes por led (60w, 3h)
Mejora 80 sustitución de incandescentes por led (60w, 7,5h)
Mejora 81 instalación de detectores de presencia
Mejora 82 equipo de monitorización efergy
Mejora 83 instalación de reloj programable (ayuntamiento)
Mejora 84 instalación de reloj programable (biblioteca)
Edificio salón polivalente
Mejora 87 optimización de potencia contratada
Mejora 89 equipo de monitorización
Edificio hogar del jubilado y casa de cultura
Mejora 91 optimización de potencia contratada
Mejora 93 sustitución de fluorescentes t8 por ecotubos t5
Mejora 94 sustitución de incandescentes por led (baños)
Mejora 95 sustitución de incandescentes por led (baños)
Mejora 96 detectores de presencia
Mejora 97 equipo de monitorización
Mejora 98 programador horario
Edificio alumbrado público
Mejora 101 sustitución luminarias micenas por led
Mejora 102 sustitución luminarias carandini por led
Mejora 103 sustitución luminarias farol vsap por led
Mejora 104 sustitución luminarias viales vsap 150w por led
Mejora 105 sustitución luminarias viales hm 70w por led
Mejora 106 instalación de batería de condensadores
El resto de mejoras que se describen en el Diagnóstico Energético adjunto, y que no aparecen en la tabla anterior, no se deben ejecutar de manera obligatoria, pudiendo ser ejecutadas de manera voluntaria por parte del Adjudicatario, englobadas dentro de la Prestación P5, y por lo tanto, no tendrán repercusión económica sobre el presupuesto de este contrato.
El resto de mejoras que se describen en el Diagnóstico Energético adjunto, y que no aparecen en la tabla anterior, no se deben ejecutar de manera obligatoria, pudiendo ser ejecutadas de manera voluntaria por parte del Adjudicatario, englobadas dentro de la Prestación P5, y por lo tanto, no tendrán repercusión económica sobre el presupuesto de este contrato.
Adicionalmente a las mejoras obligatorias, reflejadas en la tabla anterior, el Adjudicatario deberá realizar de manera obligatoria las siguientes mejoras, que no aparecen reflejadas en el Diagnóstico Energético adjunto. Estas inversiones se encontrarán englobadas en la Prestación P4, y por lo tanto serán realizadas y financiadas por el Adjudicatario.
Adicionalmente a las mejoras obligatorias, reflejadas en la tabla anterior, el Adjudicatario deberá realizar de manera obligatoria las siguientes mejoras, que no aparecen reflejadas en el Diagnóstico Energético adjunto. Estas inversiones se encontrarán englobadas en la Prestación P4, y por lo tanto serán realizadas y financiadas por el Adjudicatario.
EDIFICIO COLEGIO
- Sustitución de tubos fluorescentes de 58 W por tubos LED de 25 W. Esta mejora sustituye a la mejora 41 del Diagnóstico Energético adjunto.
- Sustitución de tubos fluorescentes de 36 W por tubos LED de 22 W. Esta mejora sustituye a la mejora 42 del Diagnóstico Energético adjunto.
- Instalación de un equipo de recuperación de calor del agua de renovación del vaso de la piscina climatizada. Esta mejora es nueva, y no aparece reflejada en el Diagnóstico Energético adjunto.
- Instalación de un sistema de telemedida de consumos energéticos en todos los centros de mando de alumbrado público, con las siguientes prestaciones mínimas:
Montaje en el interior del centro de mando, con MODEM GPRS integrado.
Tendrá como mínimo 10 entradas auxiliares, 4 salidas auxiliares, 2 puertos RS485 y 1 puerto RS232.
Permitirá realizar el encendido/apagado astronómico de la instalación mediante sus salidas auxiliares.
Permitirá la medición de las magnitudes eléctricas fundamentales: tensión, intensidad, potencia activa, potencia reactiva, factor de potencia y consumo.
Dispondrá de un display y teclado, que permita tanto la visualización de los datos como la modificación de sus parámetros internos.
Podrá notificar las alarmas originadas vía SMS a teléfonos móviles.
Esta mejora sustituye a la mejora 100 del Diagnóstico Energético adjunto.
- Además de todas las inversiones planteadas anteriormente, con objeto de mejorar la eficiencia energética de las instalaciones energéticas del Ayuntamiento de Orozko, el Adjudicatario deberá ejecutar obligatoriamente las inversiones necesarias para la adecuación al R.E.B.T de todos los centros de mando e instalaciones de Alumbrado Público del Ayuntamiento de Orozko.
- Además de todas las inversiones planteadas anteriormente, con objeto de mejorar la eficiencia energética de las instalaciones energéticas del Ayuntamiento de Orozko, el Adjudicatario deberá ejecutar obligatoriamente las inversiones necesarias para la adecuación al R.E.B.T de todos los centros de mando e instalaciones de Alumbrado Público del Ayuntamiento de Orozko.
NOTAS.
- El Adjudicatario instalará, en los lugares que acuerde con los servicios técnicos del Ayuntamiento de Orozko sensores térmicos para controlar el nivel de confort de los distintos edificios objeto del contrato, siendo 1 el número mínimo a instalar por edificio.
- El Adjudicatario instalará, en los lugares que acuerde con los servicios técnicos del Ayuntamiento de Orozko sensores térmicos para controlar el nivel de confort de los distintos edificios objeto del contrato, siendo 1 el número mínimo a instalar por edificio.
- El Adjudicatario instalará además, en el lugar indicado por el Ayuntamiento de Orozko, un PC de sobremesa o portátil y los equipos informáticos auxiliares necesarios para el seguimiento y control del sistema de telegestión vía WEB.
Anexo 4.- horarios de funcionamiento y temperaturas de consigna
El Adjudicatario se compromete a mantener…
… las condiciones de temperatura y humedad que actualmente se logran en los distintos edificios municipales, y que se recogen en los correspondientes informes técnicos adjuntos.
… los niveles de iluminación interior que actualmente se logran en los distintos edificios municipales, y que se recogen en los correspondientes informes técnicos adjuntos.
El Adjudicatario se compromete mantener los niveles de iluminación exterior obtenidos con las instalaciones de Alumbrado Público Exterior, y que se recogen en el correspondiente informe técnico adjunto.
Anexo 5- definición del consumo energetico en el año base
Los valores indicados a continuación se tomarán como valores de referencia a la hora de realizar los cálculos de la prestación P1.
Edificios Municipales Alumbrado Público
Energía Eléctrica
EE (kWh/año) Gas Natural
G (kWh/año) Gas Propano
P (kWh/año) Energía Eléctrica
EA (kWh/año)
548.143 (*) 77.308 16.314 610.435
(*) Incluyen 156.800 kWh/año de consumo eléctrico de la ETAP y de bombeos de agua
Los valores base de las propuestas EEO, GO, PO y EAO indicados en el pliego de condiciones administrativas, a partir de los cuales se determina el precio de la prestación P1, resultarán de aplicar a los valores de referencia anteriores EE, G y EA el ahorro estimado por el Adjudicatario como resultado de las obras de mejora y renovación integradas en la P4:
Los valores base de las propuestas EEO, GO, PO y EAO indicados en el pliego de condiciones administrativas, a partir de los cuales se determina el precio de la prestación P1, resultarán de aplicar a los valores de referencia anteriores EE, G y EA el ahorro estimado por el Adjudicatario como resultado de las obras de mejora y renovación integradas en la P4:
EEO = EE - Aee
GO = G – Ag
PO = P – Ap
EAO = EA - Aea
Siendo Aee, Ag y Ap los ahorros garantizados en electricidad, gas natural y gas propano en edificios, y Aea los ahorros garantizados en electricidad en alumbrado público, propuestos por el Adjudicatario como resultado de la aplicación de las obras de mejora y renovación. Dichos ahorros deberán ser justificados en el estudio técnico de cada una de las inversiones.
Siendo Aee, Ag y Ap los ahorros garantizados en electricidad, gas natural y gas propano en edificios, y Aea los ahorros garantizados en electricidad en alumbrado público, propuestos por el Adjudicatario como resultado de la aplicación de las obras de mejora y renovación. Dichos ahorros deberán ser justificados en el estudio técnico de cada una de las inversiones.
Anexo 6.- diagnóstico energético
Anexo a este Pliego Técnico se encuentra el Diagnóstico Energético realizado a las instalaciones del Ayuntamiento de Orozko, por la empresa FNeENERGIA.