El importe de los impuestos y/o de las tasas de todo tipo que se deriven de la adjudicación, excepto el IVA que necesariamente habrá de reflejarse en factura, serán a cargo del adjudicatario. Del mismo modo, todos los gastos que se causen derivados de la convocatoria o de su adjudicación, como los anuncios publicados, gastos de formalización del contrato o cualquier otro, serán a cargo del adjudicatario. En el supuesto de que la adjudicación se haga a varios ofertantes, cada uno de ellos pagará la parte que le corresponda en la misma proporción en que esté el importe adjudicado a cada ofertante con respecto al importe total adjudicado.