Constituye objeto del contrato la contratación de las pólizas de seguros al Ayuntamiento de San Bartolomé mediante la suscripción de póliza de seguro de Responsabilidad Civil/Patrimonial, la suscripción de póliza de seguro contra pérdidas o daños materiales del patrimonio municipal, y por tanto, de todos los bienes mueves e inmuebles (continente, contenido, mercancías y existencias que por razón de la actividad asegurada estén en posesión del Ayuntamiento de San Bartolomé de Lanzarote cualquiera que fuese su título y la suscripción de póliza de Seguro Colectivo de Vida. 1.2.- La contratación se fracciona en los lotes que se detallan a continuación, constituyendo el objeto de cada lote una unidad funcional susceptible de realización independiente: — Lote número 1, Responsabilidad Civil/Patrimonial y Daños Materiales, por un importe de 89 000 EUR, para un período inicial de 2 años prorrogables año a año hasta 2 años más, sin que el plazo de duración máximo, incluida su prórroga, pueda exceder de 4 años. — Lote número 2, Seguro Colectivo de Vida, por un importe de 28 000 EUR, para un período inicial de 2 años prorrogables año a año hasta 2 años más, sin que el plazo de duración máximo, incluida su prórroga, pueda exceder de 4 años.
Plazo
El plazo para la recepción de ofertas era de 2014-05-24.
La contratación se publicó en 2014-04-02.
Anuncio de licitación (2014-04-02) Objeto Alcance de la contratación
Título: Servicios de seguros de responsabilidad civil
Cantidad o extensión:
La contratación se fracciona en los lotes que se detallan a continuación, constituyendo el objeto de cada lote una unidad funcional susceptible de realización independiente:— Lote número 1, Responsabilidad Civil/Patrimonial y Daños Materiales, por un importe de ochenta y nueve mil euros (89 000 EUR), para un período inicial de dos (2) años prorrogables año a año hasta dos (2) años más, sin que el plazo de duración máximo, incluida su prórroga, pueda exceder de cuatro (4) años.— Lote número 2, Seguro Colectivo de Vida, por un importe de veintiocho mil euros (28 000 EUR), para un período inicial de dos (2) años prorrogables año a año hasta dos (2) años más, sin que el plazo de duración máximo, incluida su prórroga, pueda exceder de cuatro (4) años.Considerando que la Ley 4/2012, de 25 de Junio, de medidas administrativas y fiscales, publicada en el B.O.E. número 166, de 12 de julio de 2012, en su artículo 50 establece que están exentas del Impuesto General Indirecto Canario, apartado 16, las operaciones de seguro, reaseguro y capitalización, así como los servicios de mediación, incluyendo la captación de clientes, para la celebración del contrato entre las partes intervinientes en la realización de esas operaciones, con independencia de la condición del empresario o profesional que los preste, por lo que a efectos de determinar el presupuesto máximo de licitación, asciende a ciento diecisiete mil euros (117 000 EUR), con el desglose por lotes que se detalla a continuación:— Lote número 1, Responsabilidad Civil/Patrimonial y Daños Materiales, para un período inicial de dos (2) años, en un importe de ochenta y nueve mil euros (89 000 EUR).— Póliza del seguro de incendio y otros daños a los bienes asciende a cincuenta y seis mil euros (56 000 EUR).— Póliza del seguro de responsabilidad civil general patrimonial asciende a treinta y tres mil euros anuales (33 000 EUR).— Lote número 2, Seguro Colectivo de Vida, para un período inicial de dos (2) años, en un importe de veintiocho mil euros (28 000 EUR). Dichas cantidades se distribuyen en las siguientes anualidades:Lote número 1Seguro de Daños Materiales:Periodo inicial:24.3.2015 a 31.12.2016, por importe de 21 466,65 EUR1.1.2016 a 31.12.2016, por importe de 28 000 EUR.1.1.2017 a 24.3.2017, por importe de 6 533,35 EUR.Seguro de Responsabilidad Civil General Patrimonial:Periodo inicial:24.7.2014 a 31.12.2014, por importe de 7 149,98 EUR.1.1.2015 a 31.12.2015, por importe de 16 500 EUR.1.1.2016 a 24.7.2016, por importe de 9 350,02 EUR.Lote número 2.Seguro colectivo de Vida:Periodo inicial:11.6.2014 a 31.12.2014, por importe de 7 738,97 EUR.1.1.2015 a 31.12.2015, por importe de 14 000 EUR.1.1.2016 a 11.6.2016, por importe de 6 261,03 EUR.El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación, siendo obligatorio para los licitadores indicar en su oferta las tasas de aplicación para el cálculo de la prima anual de los seguros.234 000
La contratación se fracciona en los lotes que se detallan a continuación, constituyendo el objeto de cada lote una unidad funcional susceptible de realización independiente:— Lote número 1, Responsabilidad Civil/Patrimonial y Daños Materiales, por un importe de ochenta y nueve mil euros (89 000 EUR), para un período inicial de dos (2) años prorrogables año a año hasta dos (2) años más, sin que el plazo de duración máximo, incluida su prórroga, pueda exceder de cuatro (4) años.— Lote número 2, Seguro Colectivo de Vida, por un importe de veintiocho mil euros (28 000 EUR), para un período inicial de dos (2) años prorrogables año a año hasta dos (2) años más, sin que el plazo de duración máximo, incluida su prórroga, pueda exceder de cuatro (4) años.Considerando que la Ley 4/2012, de 25 de Junio, de medidas administrativas y fiscales, publicada en el B.O.E. número 166, de 12 de julio de 2012, en su artículo 50 establece que están exentas del Impuesto General Indirecto Canario, apartado 16, las operaciones de seguro, reaseguro y capitalización, así como los servicios de mediación, incluyendo la captación de clientes, para la celebración del contrato entre las partes intervinientes en la realización de esas operaciones, con independencia de la condición del empresario o profesional que los preste, por lo que a efectos de determinar el presupuesto máximo de licitación, asciende a ciento diecisiete mil euros (117 000 EUR), con el desglose por lotes que se detalla a continuación:— Lote número 1, Responsabilidad Civil/Patrimonial y Daños Materiales, para un período inicial de dos (2) años, en un importe de ochenta y nueve mil euros (89 000 EUR).— Póliza del seguro de incendio y otros daños a los bienes asciende a cincuenta y seis mil euros (56 000 EUR).— Póliza del seguro de responsabilidad civil general patrimonial asciende a treinta y tres mil euros anuales (33 000 EUR).— Lote número 2, Seguro Colectivo de Vida, para un período inicial de dos (2) años, en un importe de veintiocho mil euros (28 000 EUR). Dichas cantidades se distribuyen en las siguientes anualidades:Lote número 1Seguro de Daños Materiales:Periodo inicial:24.3.2015 a 31.12.2016, por importe de 21 466,65 EUR1.1.2016 a 31.12.2016, por importe de 28 000 EUR.1.1.2017 a 24.3.2017, por importe de 6 533,35 EUR.Seguro de Responsabilidad Civil General Patrimonial:Periodo inicial:24.7.2014 a 31.12.2014, por importe de 7 149,98 EUR.1.1.2015 a 31.12.2015, por importe de 16 500 EUR.1.1.2016 a 24.7.2016, por importe de 9 350,02 EUR.Lote número 2.Seguro colectivo de Vida:Periodo inicial:11.6.2014 a 31.12.2014, por importe de 7 738,97 EUR.1.1.2015 a 31.12.2015, por importe de 14 000 EUR.1.1.2016 a 11.6.2016, por importe de 6 261,03 EUR.El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación, siendo obligatorio para los licitadores indicar en su oferta las tasas de aplicación para el cálculo de la prima anual de los seguros.234 000
Valor total de la contratación: 234 000 💰
Metadatos del anuncio
Idioma original: español 🗣️
Tipo de documento: Anuncio de licitación
Naturaleza del contrato: Servicios
Reglamentación: Unión Europea
Vocabulario común de contratación pública (CPV)
Código: Servicios de seguros de responsabilidad civil📦
Procedimiento
Tipo de procedimiento: Procedimiento abierto
Tipo de oferta: Oferta para uno o varios lotes
Criterios de adjudicación
Oferta más económica
Autoridad contratante Identidad
País: España 🇪🇸
Tipo de poder adjudicador: Autoridad regional o local
Nombre del poder adjudicador: Ayuntamiento de San Bartolomé
Dirección postal: Plaza León y Castillo, s/n
Código postal: 35550
Ciudad postal: San Bartolomé. Lanzarote. Las Palmas de Gran Canaria
Contacto
Dirección de internet: http://www.sanbartolome.es🌏
Correo electrónico: ayuntamiento@sanbartolome.es📧
Referencia Fechas
Fecha de envío: 2014-04-02 📅
Fecha límite de presentación: 2014-05-24 📅
Fecha de publicación: 2014-04-05 📅
Identificadores
Número de anuncio: 2014/S 068-117007
Número del DO-S: 68
Objeto Alcance de la contratación
Breve descripción:
Constituye objeto del contrato la contratación de las pólizas de seguros al Ayuntamiento de San Bartolomé mediante la suscripción de póliza de seguro de Responsabilidad Civil/Patrimonial, la suscripción de póliza de seguro contra pérdidas o daños materiales del patrimonio municipal, y por tanto, de todos los bienes mueves e inmuebles (continente, contenido, mercancías y existencias que por razón de la actividad asegurada estén en posesión del Ayuntamiento de San Bartolomé de Lanzarote cualquiera que fuese su título y la suscripción de póliza de Seguro Colectivo de Vida.
Constituye objeto del contrato la contratación de las pólizas de seguros al Ayuntamiento de San Bartolomé mediante la suscripción de póliza de seguro de Responsabilidad Civil/Patrimonial, la suscripción de póliza de seguro contra pérdidas o daños materiales del patrimonio municipal, y por tanto, de todos los bienes mueves e inmuebles (continente, contenido, mercancías y existencias que por razón de la actividad asegurada estén en posesión del Ayuntamiento de San Bartolomé de Lanzarote cualquiera que fuese su título y la suscripción de póliza de Seguro Colectivo de Vida.
1.2.- La contratación se fracciona en los lotes que se detallan a continuación, constituyendo el objeto de cada lote una unidad funcional susceptible de realización independiente:
— Lote número 1, Responsabilidad Civil/Patrimonial y Daños Materiales, por un importe de 89 000 EUR, para un período inicial de 2 años prorrogables año a año hasta 2 años más, sin que el plazo de duración máximo, incluida su prórroga, pueda exceder de 4 años.
— Lote número 1, Responsabilidad Civil/Patrimonial y Daños Materiales, por un importe de 89 000 EUR, para un período inicial de 2 años prorrogables año a año hasta 2 años más, sin que el plazo de duración máximo, incluida su prórroga, pueda exceder de 4 años.
— Lote número 2, Seguro Colectivo de Vida, por un importe de 28 000 EUR, para un período inicial de 2 años prorrogables año a año hasta 2 años más, sin que el plazo de duración máximo, incluida su prórroga, pueda exceder de 4 años.
Número de lote: 1
Título del lote: Responsabilidad Civil/Patrimonial y Daños Materiales
Breve descripción:
- Lote número 1, Responsabilidad Civil/Patrimonial y Daños Materiales, para un período inicial de 2 años, en un importe de 89 000…
… EUR.Lote número 1Seguro de Daños Materiales:Periodo inicial:24.3.2015 a 31.12.2016, por importe de 21 466,65 EUR1.1.2016 a 31.12.2016, por importe de 28 000 EUR.1.1.2017 a 24.3.2017, por importe de 6 533,35 EUR.Seguro de Responsabilidad Civil General Patrimonial:Periodo inicial:24.7.2014 a 31.12.2014, por importe de 7 149,98 EUR.1.1.2015 a 31.12.2015, por importe de 16 500 EUR.1.1.2016 a 24.7.2016, por importe de 9 350,02 EUR.— Póliza del seguro de incendio y otros daños a los bienes asciende a 56 000 EUR.— Póliza del seguro de responsabilidad civil general patrimonial asciende a 33 000 EUR.
… EUR.
Lote número 1
Seguro de Daños Materiales:
Periodo inicial:
24.3.2015 a 31.12.2016, por importe de 21 466,65 EUR
1.1.2016 a 31.12.2016, por importe de 28 000 EUR.
1.1.2017 a 24.3.2017, por importe de 6 533,35 EUR.
Seguro de Responsabilidad Civil General Patrimonial:
24.7.2014 a 31.12.2014, por importe de 7 149,98 EUR.
1.1.2015 a 31.12.2015, por importe de 16 500 EUR.
1.1.2016 a 24.7.2016, por importe de 9 350,02 EUR.
— Póliza del seguro de incendio y otros daños a los bienes asciende a 56 000 EUR.
— Póliza del seguro de responsabilidad civil general patrimonial asciende a 33 000 EUR.
Información adicional sobre los lotes:
10.4.1.- Lote número 1, Responsabilidad Civil/Patrimonial y Daños…
… Materiales.1) Lote número 1, Criterio número 1. Oferta económica de la póliza del seguro de incendio y otros daños a los bienes, Se valorará con una puntuación máxima de 25 puntos.Se valorará de acuerdo con la siguiente fórmula: P = 25 x (OM / OF).Siendo:P: Puntuación obtenida.OF: Oferta del licitadorOM: Oferta más baja presentadaSiendo obligatorio para los licitadores indicar en su oferta las tasas de aplicación para el cálculo de la prima anual de los seguros.2) Lote número 1, Criterio número 2. Oferta económica de la póliza del seguro de responsabilidad civil general, Se valorará con una puntuación máxima de 25 puntos.Se valorará de acuerdo con la siguiente fórmula: P = 25 x (OM / OF).Siendo:P: Puntuación obtenida.OF: Oferta del licitadorOM: Oferta más baja presentadaSiendo obligatorio para los licitadores indicar en su oferta las tasas de aplicación para el cálculo de la prima anual de los seguros.3) Lote número 1, Criterio número 3. Mejoras en la póliza del seguro de incendio y otros daños a los bienes.- Se valorará con una puntuación máxima de 25 puntos de conformidad con el siguiente desglose:3.1) Incremento de los límites / sublímites de indemnización a primer riesgo establecidos en el pliego de prescripciones técnicas particulares. Se valorará con un máximo de 8 puntos la proposición que ofrezca los mayores aumentos en los límites / sublímites a primer riesgo exigidos. El resto se valorarán proporcionalmente.3.2) Ampliación de la Cobertura de Daños Materiales modalidad daños nominados a la modalidad Todo Riesgo de Daños, donde el licitador indicará el límite de la suma asegurada para esta cobertura, así como la franquicia a aplicar, que no podrá superar los 1 500 EUR. Se valorará con un máximo de 8 puntos. El resto se valorarán proporcionalmente.3.3) Inclusión garantías adicionales. Se valorará en atención al siguiente desglose de puntuaciones:- Envío de profesionales del Asegurador o subcontratados por éste cuando sea solicitado por el tomador y técnicamente sea posible la reparación sin que suponga un mayor coste económico que la propia indemnización.2 puntos- Daños a bienes en exposiciones temporales con un límite de 12 000 EUR por bien1 punto- Reclamación al causante de daños materiales sufridos en el patrimonio municipal no cubiertos en póliza o cuya indemnización no supere el importe que pudiera existir de franquicia3 puntos3.4) Mejora de la franquicia aplicable tanto general para Todo Riesgo como específica.- Se valorará con un máximo de 3 puntos la proposición que menor franquicia aplique. El resto se valorarán proporcionalmente.4) Lote número 1, Criterio número 4. Mejoras en la póliza del seguro de responsabilidad civil general.- Se valorará con la una puntuación máxima de 25 puntos, de conformidad con el siguiente desglose:4.1) Incremento de los límites / sublímites de indemnización por siniestro establecidos en el pliego de prescripciones técnicas particulares.- Se valorará con un máximo de 10 puntos la proposición que ofrezca los mayores aumentos en los límites / sublímites de indemnización por siniestro. El resto se valorarán proporcionalmente.4.2) Inclusión coberturas adicionales.- Se valorará con un máximo de 7,5 puntos, según el siguiente desglose:- Cobertura de responsabilidad patrimonial por perjuicios primarios:Las reclamaciones que por pérdidas económicas que directa, solidaria o subsidiariamente le pueda corresponder al Ayuntamiento o resto de asegurados adicionales por todo perjuicio no consecutivo, que sufran los terceros en sus bienes y/o derechos, siempre que los mismos sean consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos o, en general, de actos dimanantes del Ayuntamiento de Teror y del resto de Asegurados impuesta por el ministerio de la Ley, tanto la normativa jurídica esté en vigor a la toma de efecto de la póliza o lo esté durante la vigencia de la misma.Se entenderá por perjuicio no consecutivo aquéllas pérdidas económicas que no deriven de un daño material o personal previo.Límite de 200 000 EUR y franquicia de 600 EUR.3 puntos- Cobertura para daños a bienes en depósito municipal: 10 000 EUR por vehículo y 30 000 EUR por anualidad1 punto- Emisión de informes periciales en siniestros sin cobertura, a petición del tomador, sin límite2 puntos- Emisión de informes jurídicos de siniestros, tengan o no cobertura en póliza, a petición del tomador, sin límite1,5 puntos4.3) Reducción de franquicias.- Se valorará con un máximo de 5 puntos la proposición que ofrezca la menor franquicia, el resto de licitadores se valorarán proporcionalmente.4.4) Eliminación de exclusiones.- Se valorará la eliminación de exclusiones con un máximo de 2,5 puntos, según el siguiente desglose:- Daños sufridos por los participantes en encierros, capeas y festejos taurinos en general, (entendiéndose por participante a toda persona que se encuentre en el momento del accidente en el recorrido, ruedo o lugar donde se celebren tales festejos), así como los daños padecidos por los artistas (profesionales o aficionados) que intervengan en cualquier tipo de espectáculo y sus pertenencias.1,5 puntos- Responsabilidad directa de empresas o personas encargadas mediante contrato o concesión del mantenimiento, conservación o reparación de inmuebles e instalaciones municipales o de la explotación directa de bienes o servicios municipales o municipalizados (aguas, retirada de basuras, puestos en mercados, almacenes generales, establecimientos similares).1 punto
… Materiales.
1) Lote número 1, Criterio número 1. Oferta económica de la póliza del seguro de incendio y otros daños a los bienes, Se valorará con una puntuación máxima de 25 puntos.
Se valorará de acuerdo con la siguiente fórmula: P = 25 x (OM / OF).
Siendo:
P: Puntuación obtenida.
OF: Oferta del licitador
OM: Oferta más baja presentada
Siendo obligatorio para los licitadores indicar en su oferta las tasas de aplicación para el cálculo de la prima anual de los seguros.
2) Lote número 1, Criterio número 2. Oferta económica de la póliza del seguro de responsabilidad civil general, Se valorará con una puntuación máxima de 25 puntos.
3) Lote número 1, Criterio número 3. Mejoras en la póliza del seguro de incendio y otros daños a los bienes.- Se valorará con una puntuación máxima de 25 puntos de conformidad con el siguiente desglose:
3.1) Incremento de los límites / sublímites de indemnización a primer riesgo establecidos en el pliego de prescripciones técnicas particulares. Se valorará con un máximo de 8 puntos la proposición que ofrezca los mayores aumentos en los límites / sublímites a primer riesgo exigidos. El resto se valorarán proporcionalmente.
3.1) Incremento de los límites / sublímites de indemnización a primer riesgo establecidos en el pliego de prescripciones técnicas particulares. Se valorará con un máximo de 8 puntos la proposición que ofrezca los mayores aumentos en los límites / sublímites a primer riesgo exigidos. El resto se valorarán proporcionalmente.
3.2) Ampliación de la Cobertura de Daños Materiales modalidad daños nominados a la modalidad Todo Riesgo de Daños, donde el licitador indicará el límite de la suma asegurada para esta cobertura, así como la franquicia a aplicar, que no podrá superar los 1 500 EUR. Se valorará con un máximo de 8 puntos. El resto se valorarán proporcionalmente.
3.2) Ampliación de la Cobertura de Daños Materiales modalidad daños nominados a la modalidad Todo Riesgo de Daños, donde el licitador indicará el límite de la suma asegurada para esta cobertura, así como la franquicia a aplicar, que no podrá superar los 1 500 EUR. Se valorará con un máximo de 8 puntos. El resto se valorarán proporcionalmente.
3.3) Inclusión garantías adicionales. Se valorará en atención al siguiente desglose de puntuaciones:
- Envío de profesionales del Asegurador o subcontratados por éste cuando sea solicitado por el tomador y técnicamente sea posible la reparación sin que suponga un mayor coste económico que la propia indemnización.
2 puntos
- Daños a bienes en exposiciones temporales con un límite de 12 000 EUR por bien
1 punto
- Reclamación al causante de daños materiales sufridos en el patrimonio municipal no cubiertos en póliza o cuya indemnización no supere el importe que pudiera existir de franquicia
3 puntos
3.4) Mejora de la franquicia aplicable tanto general para Todo Riesgo como específica.- Se valorará con un máximo de 3 puntos la proposición que menor franquicia aplique. El resto se valorarán proporcionalmente.
4) Lote número 1, Criterio número 4. Mejoras en la póliza del seguro de responsabilidad civil general.- Se valorará con la una puntuación máxima de 25 puntos, de conformidad con el siguiente desglose:
4.1) Incremento de los límites / sublímites de indemnización por siniestro establecidos en el pliego de prescripciones técnicas particulares.- Se valorará con un máximo de 10 puntos la proposición que ofrezca los mayores aumentos en los límites / sublímites de indemnización por siniestro. El resto se valorarán proporcionalmente.
4.1) Incremento de los límites / sublímites de indemnización por siniestro establecidos en el pliego de prescripciones técnicas particulares.- Se valorará con un máximo de 10 puntos la proposición que ofrezca los mayores aumentos en los límites / sublímites de indemnización por siniestro. El resto se valorarán proporcionalmente.
4.2) Inclusión coberturas adicionales.- Se valorará con un máximo de 7,5 puntos, según el siguiente desglose:
- Cobertura de responsabilidad patrimonial por perjuicios primarios:
Las reclamaciones que por pérdidas económicas que directa, solidaria o subsidiariamente le pueda corresponder al Ayuntamiento o resto de asegurados adicionales por todo perjuicio no consecutivo, que sufran los terceros en sus bienes y/o derechos, siempre que los mismos sean consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos o, en general, de actos dimanantes del Ayuntamiento de Teror y del resto de Asegurados impuesta por el ministerio de la Ley, tanto la normativa jurídica esté en vigor a la toma de efecto de la póliza o lo esté durante la vigencia de la misma.
Las reclamaciones que por pérdidas económicas que directa, solidaria o subsidiariamente le pueda corresponder al Ayuntamiento o resto de asegurados adicionales por todo perjuicio no consecutivo, que sufran los terceros en sus bienes y/o derechos, siempre que los mismos sean consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos o, en general, de actos dimanantes del Ayuntamiento de Teror y del resto de Asegurados impuesta por el ministerio de la Ley, tanto la normativa jurídica esté en vigor a la toma de efecto de la póliza o lo esté durante la vigencia de la misma.
Se entenderá por perjuicio no consecutivo aquéllas pérdidas económicas que no deriven de un daño material o personal previo.
Límite de 200 000 EUR y franquicia de 600 EUR.
- Cobertura para daños a bienes en depósito municipal: 10 000 EUR por vehículo y 30 000 EUR por anualidad
- Emisión de informes periciales en siniestros sin cobertura, a petición del tomador, sin límite
- Emisión de informes jurídicos de siniestros, tengan o no cobertura en póliza, a petición del tomador, sin límite
1,5 puntos
4.3) Reducción de franquicias.- Se valorará con un máximo de 5 puntos la proposición que ofrezca la menor franquicia, el resto de licitadores se valorarán proporcionalmente.
4.4) Eliminación de exclusiones.- Se valorará la eliminación de exclusiones con un máximo de 2,5 puntos, según el siguiente desglose:
- Daños sufridos por los participantes en encierros, capeas y festejos taurinos en general, (entendiéndose por participante a toda persona que se encuentre en el momento del accidente en el recorrido, ruedo o lugar donde se celebren tales festejos), así como los daños padecidos por los artistas (profesionales o aficionados) que intervengan en cualquier tipo de espectáculo y sus pertenencias.
- Daños sufridos por los participantes en encierros, capeas y festejos taurinos en general, (entendiéndose por participante a toda persona que se encuentre en el momento del accidente en el recorrido, ruedo o lugar donde se celebren tales festejos), así como los daños padecidos por los artistas (profesionales o aficionados) que intervengan en cualquier tipo de espectáculo y sus pertenencias.
- Responsabilidad directa de empresas o personas encargadas mediante contrato o concesión del mantenimiento, conservación o reparación de inmuebles e instalaciones municipales o de la explotación directa de bienes o servicios municipales o municipalizados (aguas, retirada de basuras, puestos en mercados, almacenes generales, establecimientos similares).
- Responsabilidad directa de empresas o personas encargadas mediante contrato o concesión del mantenimiento, conservación o reparación de inmuebles e instalaciones municipales o de la explotación directa de bienes o servicios municipales o municipalizados (aguas, retirada de basuras, puestos en mercados, almacenes generales, establecimientos similares).
Número de lote: 2
Título del lote: Seguro Colectivo de Vida
Breve descripción:
Lote número 2, Seguro Colectivo de Vida, para un período inicial de 2 años, en un importe de 28 000…
… EUR.Lote número 2.Seguro colectivo de Vida:Período inicial:11.6.2014 a 31.12.2014, por importe de 7 738,97 EUR.1.1.2015 a 31.12.2015, por importe de 14 000 EUR.1.1.2016 a 11.6.2016, por importe de 6 261,03 EUR.
… EUR.
Lote número 2.
Seguro colectivo de Vida:
Período inicial:
11.6.2014 a 31.12.2014, por importe de 7 738,97 EUR.
1.1.2015 a 31.12.2015, por importe de 14 000 EUR.
1.1.2016 a 11.6.2016, por importe de 6 261,03 EUR.
Información adicional sobre los lotes:
10.4.2.- Lote número 2, Colectivo de Vida.1) Lote número 2, CRITERIO Nº 1: Valoración de la oferta técnica, se valorará con la puntuación máxima de 50 puntos, de conformidad con el siguiente desglose:Participación en beneficios en función de la siniestralidad 25 puntos.Deberá indicarse en la proposición tanto el porcentaje de participación en beneficios en función de la siniestralidad a aplicar sobre el resultado positivo de siniestralidad como el porcentaje de Gastos de Administración.Para el cálculo de la proposición más ventajosa en este apartado se calculará descontando a la prima ofertada el importe de los gastos de administración indicados. Al resultado anterior se le aplicará el porcentaje de participación en beneficios ofertado siendo el resultado final a considerar la diferencia entre la prima total ofertada menos la participación en beneficios (a estos efectos se considerará que la siniestralidad es cero).La oferta más ventajosa tendrá la puntuación máxima. El resto de ellas se valorará en proporción inversa respecto a la oferta más ventajosa.Para ser evaluada, la oferta del licitador debe de ser de Participación en Beneficios, no de Reajuste de Primas en función de la siniestralidad y, por consiguiente, en caso de anulación del seguro en cualquier vencimiento sucesivo, el Asegurador se compromete a abonar al Tomador el importe de la Participación en Beneficios que corresponda a la última anualidad de la póliza en caso de que ésta hubiera sido favorable.Incremento de los capitales asegurados hasta 25 puntos.Se otorgarán la totalidad de puntos de este criterio al licitador que oferte el mayor incremento de capital asegurado sobre el establecido, con carácter mínimo, en el Pliego de Prescripciones Técnicas. Al resto de oferentes se les aplicará la puntuación de manera proporcional. El licitador que no oferte mejora sobre el capital asegurado establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas será evaluado con cero puntos.La valoración se efectuará sobre el incremento de capital asegurado ofertado, no sobre el total de capital asegurado (entendiendo por éste el sumatorio del capital indicado en Pliego y el ofertado como incremento sobre aquél).A su vez, el incremento que se realice se deberá hacer, por igual, en todas las garantías que como mínimo se establecen en el Pliego.2) Lote número 2, CRITERIO Nº 2: Mejor oferta económica, se valorará con la puntuación máxima de cincuenta (50) puntos.Se valorará de acuerdo con la siguiente fórmula: P = 50 x (OM / OF).Siendo:P: Puntuación obtenida.OF: Oferta del licitadorOM: Oferta más baja presentada
10.4.2.- Lote número 2, Colectivo de Vida.1) Lote número 2, CRITERIO Nº 1: Valoración de la oferta técnica, se valorará con la puntuación máxima de 50 puntos, de conformidad con el siguiente desglose:Participación en beneficios en función de la siniestralidad 25 puntos.Deberá indicarse en la proposición tanto el porcentaje de participación en beneficios en función de la siniestralidad a aplicar sobre el resultado positivo de siniestralidad como el porcentaje de Gastos de Administración.Para el cálculo de la proposición más ventajosa en este apartado se calculará descontando a la prima ofertada el importe de los gastos de administración indicados. Al resultado anterior se le aplicará el porcentaje de participación en beneficios ofertado siendo el resultado final a considerar la diferencia entre la prima total ofertada menos la participación en beneficios (a estos efectos se considerará que la siniestralidad es cero).La oferta más ventajosa tendrá la puntuación máxima. El resto de ellas se valorará en proporción inversa respecto a la oferta más ventajosa.Para ser evaluada, la oferta del licitador debe de ser de Participación en Beneficios, no de Reajuste de Primas en función de la siniestralidad y, por consiguiente, en caso de anulación del seguro en cualquier vencimiento sucesivo, el Asegurador se compromete a abonar al Tomador el importe de la Participación en Beneficios que corresponda a la última anualidad de la póliza en caso de que ésta hubiera sido favorable.Incremento de los capitales asegurados hasta 25 puntos.Se otorgarán la totalidad de puntos de este criterio al licitador que oferte el mayor incremento de capital asegurado sobre el establecido, con carácter mínimo, en el Pliego de Prescripciones Técnicas. Al resto de oferentes se les aplicará la puntuación de manera proporcional. El licitador que no oferte mejora sobre el capital asegurado establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas será evaluado con cero puntos.La valoración se efectuará sobre el incremento de capital asegurado ofertado, no sobre el total de capital asegurado (entendiendo por éste el sumatorio del capital indicado en Pliego y el ofertado como incremento sobre aquél).A su vez, el incremento que se realice se deberá hacer, por igual, en todas las garantías que como mínimo se establecen en el Pliego.2) Lote número 2, CRITERIO Nº 2: Mejor oferta económica, se valorará con la puntuación máxima de cincuenta (50) puntos.Se valorará de acuerdo con la siguiente fórmula: P = 50 x (OM / OF).Siendo:P: Puntuación obtenida.OF: Oferta del licitadorOM: Oferta más baja presentada
10.4.2.- Lote número 2, Colectivo de Vida.
1) Lote número 2, CRITERIO Nº 1: Valoración de la oferta técnica, se valorará con la puntuación máxima de 50 puntos, de conformidad con el siguiente desglose:
Participación en beneficios en función de la siniestralidad 25 puntos.
Deberá indicarse en la proposición tanto el porcentaje de participación en beneficios en función de la siniestralidad a aplicar sobre el resultado positivo de siniestralidad como el porcentaje de Gastos de Administración.
Para el cálculo de la proposición más ventajosa en este apartado se calculará descontando a la prima ofertada el importe de los gastos de administración indicados. Al resultado anterior se le aplicará el porcentaje de participación en beneficios ofertado siendo el resultado final a considerar la diferencia entre la prima total ofertada menos la participación en beneficios (a estos efectos se considerará que la siniestralidad es cero).
Para el cálculo de la proposición más ventajosa en este apartado se calculará descontando a la prima ofertada el importe de los gastos de administración indicados. Al resultado anterior se le aplicará el porcentaje de participación en beneficios ofertado siendo el resultado final a considerar la diferencia entre la prima total ofertada menos la participación en beneficios (a estos efectos se considerará que la siniestralidad es cero).
La oferta más ventajosa tendrá la puntuación máxima. El resto de ellas se valorará en proporción inversa respecto a la oferta más ventajosa.
Para ser evaluada, la oferta del licitador debe de ser de Participación en Beneficios, no de Reajuste de Primas en función de la siniestralidad y, por consiguiente, en caso de anulación del seguro en cualquier vencimiento sucesivo, el Asegurador se compromete a abonar al Tomador el importe de la Participación en Beneficios que corresponda a la última anualidad de la póliza en caso de que ésta hubiera sido favorable.
Para ser evaluada, la oferta del licitador debe de ser de Participación en Beneficios, no de Reajuste de Primas en función de la siniestralidad y, por consiguiente, en caso de anulación del seguro en cualquier vencimiento sucesivo, el Asegurador se compromete a abonar al Tomador el importe de la Participación en Beneficios que corresponda a la última anualidad de la póliza en caso de que ésta hubiera sido favorable.
Incremento de los capitales asegurados hasta 25 puntos.
Se otorgarán la totalidad de puntos de este criterio al licitador que oferte el mayor incremento de capital asegurado sobre el establecido, con carácter mínimo, en el Pliego de Prescripciones Técnicas. Al resto de oferentes se les aplicará la puntuación de manera proporcional. El licitador que no oferte mejora sobre el capital asegurado establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas será evaluado con cero puntos.
Se otorgarán la totalidad de puntos de este criterio al licitador que oferte el mayor incremento de capital asegurado sobre el establecido, con carácter mínimo, en el Pliego de Prescripciones Técnicas. Al resto de oferentes se les aplicará la puntuación de manera proporcional. El licitador que no oferte mejora sobre el capital asegurado establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas será evaluado con cero puntos.
La valoración se efectuará sobre el incremento de capital asegurado ofertado, no sobre el total de capital asegurado (entendiendo por éste el sumatorio del capital indicado en Pliego y el ofertado como incremento sobre aquél).
A su vez, el incremento que se realice se deberá hacer, por igual, en todas las garantías que como mínimo se establecen en el Pliego.
2) Lote número 2, CRITERIO Nº 2: Mejor oferta económica, se valorará con la puntuación máxima de cincuenta (50) puntos.
Se valorará de acuerdo con la siguiente fórmula: P = 50 x (OM / OF).
Cantidad o extensión:
La contratación se fracciona en los lotes que se detallan a continuación, constituyendo el objeto de cada lote una unidad funcional susceptible de realización independiente:
— Lote número 1, Responsabilidad Civil/Patrimonial y Daños Materiales, por un importe de ochenta y nueve mil euros (89 000 EUR), para un período inicial de dos (2) años prorrogables año a año hasta dos (2) años más, sin que el plazo de duración máximo, incluida su prórroga, pueda exceder de cuatro (4) años.
— Lote número 1, Responsabilidad Civil/Patrimonial y Daños Materiales, por un importe de ochenta y nueve mil euros (89 000 EUR), para un período inicial de dos (2) años prorrogables año a año hasta dos (2) años más, sin que el plazo de duración máximo, incluida su prórroga, pueda exceder de cuatro (4) años.
— Lote número 2, Seguro Colectivo de Vida, por un importe de veintiocho mil euros (28 000 EUR), para un período inicial de dos (2) años prorrogables año a año hasta dos (2) años más, sin que el plazo de duración máximo, incluida su prórroga, pueda exceder de cuatro (4) años.
— Lote número 2, Seguro Colectivo de Vida, por un importe de veintiocho mil euros (28 000 EUR), para un período inicial de dos (2) años prorrogables año a año hasta dos (2) años más, sin que el plazo de duración máximo, incluida su prórroga, pueda exceder de cuatro (4) años.
Considerando que la Ley 4/2012, de 25 de Junio, de medidas administrativas y fiscales, publicada en el B.O.E. número 166, de 12 de julio de 2012, en su artículo 50 establece que están exentas del Impuesto General Indirecto Canario, apartado 16, las operaciones de seguro, reaseguro y capitalización, así como los servicios de mediación, incluyendo la captación de clientes, para la celebración del contrato entre las partes intervinientes en la realización de esas operaciones, con independencia de la condición del empresario o profesional que los preste, por lo que a efectos de determinar el presupuesto máximo de licitación, asciende a ciento diecisiete mil euros (117 000 EUR), con el desglose por lotes que se detalla a continuación:
Considerando que la Ley 4/2012, de 25 de Junio, de medidas administrativas y fiscales, publicada en el B.O.E. número 166, de 12 de julio de 2012, en su artículo 50 establece que están exentas del Impuesto General Indirecto Canario, apartado 16, las operaciones de seguro, reaseguro y capitalización, así como los servicios de mediación, incluyendo la captación de clientes, para la celebración del contrato entre las partes intervinientes en la realización de esas operaciones, con independencia de la condición del empresario o profesional que los preste, por lo que a efectos de determinar el presupuesto máximo de licitación, asciende a ciento diecisiete mil euros (117 000 EUR), con el desglose por lotes que se detalla a continuación:
— Lote número 1, Responsabilidad Civil/Patrimonial y Daños Materiales, para un período inicial de dos (2) años, en un importe de ochenta y nueve mil euros (89 000 EUR).
— Póliza del seguro de incendio y otros daños a los bienes asciende a cincuenta y seis mil euros (56 000 EUR).
— Póliza del seguro de responsabilidad civil general patrimonial asciende a treinta y tres mil euros anuales (33 000 EUR).
— Lote número 2, Seguro Colectivo de Vida, para un período inicial de dos (2) años, en un importe de veintiocho mil euros (28 000 EUR). Dichas cantidades se distribuyen en las siguientes anualidades:
Lote número 1
Seguro de Daños Materiales:
Periodo inicial:
24.3.2015 a 31.12.2016, por importe de 21 466,65 EUR
1.1.2016 a 31.12.2016, por importe de 28 000 EUR.
1.1.2017 a 24.3.2017, por importe de 6 533,35 EUR.
Seguro de Responsabilidad Civil General Patrimonial:
24.7.2014 a 31.12.2014, por importe de 7 149,98 EUR.
1.1.2015 a 31.12.2015, por importe de 16 500 EUR.
1.1.2016 a 24.7.2016, por importe de 9 350,02 EUR.
Lote número 2.
Seguro colectivo de Vida:
11.6.2014 a 31.12.2014, por importe de 7 738,97 EUR.
1.1.2015 a 31.12.2015, por importe de 14 000 EUR.
1.1.2016 a 11.6.2016, por importe de 6 261,03 EUR.
El precio del contrato será el que resulte de la adjudicación, siendo obligatorio para los licitadores indicar en su oferta las tasas de aplicación para el cálculo de la prima anual de los seguros.
Número de renovaciones posibles: 730
Duración: 730 días
Número de referencia: 2014000038
Información jurídica, económica, financiera y técnica Condiciones de participación
Situación económica y financiera:
Declaración sobre el volumen global y en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido como máximo a los 3 últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios.
Declaración sobre el volumen global y en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido como máximo a los 3 últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios.
Capacidad técnica y profesional:
Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos 3 años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos 3 años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
Ejecución del contrato
Depósitos y garantías exigidos:
Los licitadores propuestos como adjudicatarios de los lotes número 1 y número 2 deberán acreditar la constitución de la garantía definitiva por importe del 5 %, excluido el IGIC, del importe de adjudicación del Lote del que resultare adjudicatario.
No será precisa la constitución de la garantía reseñada en los párrafos anteriores cuando el adjudicatario hubiere constituido en el mismo plazo, o con anterioridad al mismo, garantía global por importe suficiente ante la Administración contratante, en los términos previstos en el artículo 88 del TRLCSP, y dicha garantía se encontrara vigente y efectiva.
No será precisa la constitución de la garantía reseñada en los párrafos anteriores cuando el adjudicatario hubiere constituido en el mismo plazo, o con anterioridad al mismo, garantía global por importe suficiente ante la Administración contratante, en los términos previstos en el artículo 88 del TRLCSP, y dicha garantía se encontrara vigente y efectiva.
Principales condiciones de financiación y modalidades de pago y/o referencia a las disposiciones pertinentes por las que se rigen:
Las garantías podrán constituirse en metálico, mediante ingreso en cuenta corriente de Bankia, a nombre del Ayuntamiento de San Bartolomé, número 2038-7251-85-6400000137, mediante aval, en valores públicos o en valores privados, por contrato de seguro de caución, en la forma y condiciones establecidas en los artículos 55 y siguientes del Reglamento General de la LCAP, debiendo depositarse su importe, o la documentación acreditativa correspondiente, en la Tesorería General del Ayuntamiento de San Bartolomé. Los avales y los certificados de seguro de caución deberán estar bastanteados por la Abogacía del Estado, cuya verificación se deberá recoger en el propio documento de aval, señalando la provincia, fecha y número o código, o por el Servicio Jurídico del Ayuntamiento de San Bartolomé, en cuyo caso es necesario que en el texto del aval figuren los nombres de los apoderados y NIF, debiendo aportar escritura original o copia legitimada por autoridad administrativa u organismo profesional cualificado del poder, donde resulten claros los datos de identificación, nombre y DNI, del apoderado, así como las facultades que ostenta.
Principales condiciones de financiación y modalidades de pago y/o referencia a las disposiciones pertinentes por las que se rigen
Las garantías podrán constituirse en metálico, mediante ingreso en cuenta corriente de Bankia, a nombre del Ayuntamiento de San Bartolomé, número 2038-7251-85-6400000137, mediante aval, en valores públicos o en valores privados, por contrato de seguro de caución, en la forma y condiciones establecidas en los artículos 55 y siguientes del Reglamento General de la LCAP, debiendo depositarse su importe, o la documentación acreditativa correspondiente, en la Tesorería General del Ayuntamiento de San Bartolomé. Los avales y los certificados de seguro de caución deberán estar bastanteados por la Abogacía del Estado, cuya verificación se deberá recoger en el propio documento de aval, señalando la provincia, fecha y número o código, o por el Servicio Jurídico del Ayuntamiento de San Bartolomé, en cuyo caso es necesario que en el texto del aval figuren los nombres de los apoderados y NIF, debiendo aportar escritura original o copia legitimada por autoridad administrativa u organismo profesional cualificado del poder, donde resulten claros los datos de identificación, nombre y DNI, del apoderado, así como las facultades que ostenta.
Conforme determina el artículo 96.2 del TRLCSP, en su nueva redacción dada por el artículo 44 de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internalización, en constitución de la garantía definitiva, el adjudicatario del contrato 1, podrá solicitar expresamente que se le retenga de la primera factura que emita el importe de la garantía definitiva, esto es, del 5 % del importe de adjudicación del contrato.
Principales condiciones de financiación y modalidades de pago y/o referencia a las disposiciones pertinentes por las que se rigen
Conforme determina el artículo 96.2 del TRLCSP, en su nueva redacción dada por el artículo 44 de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internalización, en constitución de la garantía definitiva, el adjudicatario del contrato 1, podrá solicitar expresamente que se le retenga de la primera factura que emita el importe de la garantía definitiva, esto es, del 5 % del importe de adjudicación del contrato.
Procedimiento
Plazo de validez de la oferta: 2014-08-24 📅
Criterios de adjudicación
Criterio: 1. (Lote 1) Oferta económica de la póliza del seguro de incendio y otros daños a los bienes (25)
2. (Lote 1) Oferta económica de la póliza del seguro de responsabilidad civil general (25)
3. (Lote 1) Mejoras en la póliza del seguro de incendio y otros daños a los bienes (25)
4. (Lote 1) Mejoras en la póliza del seguro de responsabilidad civil general (25)
5. (Lote 2) Valoración de la oferta técnica (50)
6. (Lote 2) Oferta económica de la póliza del seguro Colectivo de Vida (50)
Lenguas
Lengua: español 🗣️
Autoridad contratante Contacto
Punto de contacto: Departamento de Contratación
Departamento de Contratación. Secretaría General del Ayuntamiento de San Bartolomé
Dirección de internet: www.sanbartolome.es🌏
Referencia Identificadores
Número de referencia atribuido por el poder adjudicador: 2014000038
Fuente: OJS 2014/S 068-117007 (2014-04-02)