El Programa «Madrugadores», consiste en la ampliación del horario de apertura durante todos los días lectivos, de los centros docentes públicos en los que se implante el programa, en el período anterior al inicio de las clases lectivas sin que su duración pueda ser superior a 90 minutos. No podrá comenzar el programa antes de las 7:30 horas. El Programa «Tardes en el Cole», consiste en la ampliación del horario, desde la finalización de las actividades docentes, durante todos los días lectivos, en los centros docentes públicos en los que se implante el programa, se desarrollará: a) En los centros con jornada partida, desde la finalización de la actividad docente de la tarde y con una duración máxima de 60 minutos. b) En los centros con jornada continua que dispongan de comedor, desde la finalización de las actividades extraescolares previstas en la solicitud de autorización de dicha jornada y con una duración máxima de 60 minutos. c) En los centros con jornada continua que no dispongan de comedor escolar y no se preste este servicio en el comedor de otro centro, se tendrán en cuenta los siguientes supuestos: 1º Durante los meses en que de acuerdo con el calendario escolar se haya aprobado una reducción de jornada, desde la finalización de las actividades docentes y con una duración máxima de 120 minutos, sin que la hora de finalización pueda exceder de las 15:15 horas. 2º Durante los meses con jornada ordinaria, desde el término de la actividad docente y con una duración máxima de 75 minutos.
Plazo
El plazo para la recepción de ofertas era de 2016-07-26.
La contratación se publicó en 2016-06-22.
Proveedores
Los siguientes proveedores se mencionan en decisiones de adjudicación u otros documentos de contratación:
Anuncio de licitación (2016-06-22) Objeto Alcance de la contratación
Título: Servicios escolares diversos
Cantidad o extensión: 272 000 horas.9 553 830
Valor total de la contratación: 9 553 830 💰
Metadatos del anuncio
Idioma original: español 🗣️
Tipo de documento: Anuncio de licitación
Naturaleza del contrato: Servicios
Reglamentación: Unión Europea con participación de Estados ACP
Vocabulario común de contratación pública (CPV)
Código: Servicios escolares diversos📦
Procedimiento
Tipo de procedimiento: Procedimiento abierto
Tipo de oferta: Oferta para todos los lotes
Criterios de adjudicación
Oferta más económica
Autoridad contratante Identidad
País: España 🇪🇸
Tipo de poder adjudicador: Autoridad regional o local
Nombre del poder adjudicador: Consejería de Educación — Junta de Castilla y León
Dirección postal: Avenida Monasterio Nuestra Señora de Prado, s/n
Código postal: 47014
Ciudad postal: Valladolid
Contacto
Dirección de internet: http://www.jcyl.es🌏
Correo electrónico: contratacion.educacion@jcyl.es📧
Teléfono: +34 983410690📞
Fax: +34 983411050 📠
Referencia Fechas
Fecha de envío: 2016-06-22 📅
Fecha límite de presentación: 2016-07-26 📅
Fecha de publicación: 2016-06-25 📅
Identificadores
Número de anuncio: 2016/S 121-217021
Se refiere al anuncio: 2016/S 085-150908
Número del DO-S: 121
Objeto Alcance de la contratación
Breve descripción:
El Programa «Madrugadores», consiste en la ampliación del horario de apertura durante todos los días lectivos, de los centros docentes públicos en los que se implante el programa, en el período anterior al inicio de las clases lectivas sin que su duración pueda ser superior a 90 minutos. No podrá comenzar el programa antes de las 7:30 horas.
El Programa «Madrugadores», consiste en la ampliación del horario de apertura durante todos los días lectivos, de los centros docentes públicos en los que se implante el programa, en el período anterior al inicio de las clases lectivas sin que su duración pueda ser superior a 90 minutos. No podrá comenzar el programa antes de las 7:30 horas.
El Programa «Tardes en el Cole», consiste en la ampliación del horario, desde la finalización de las actividades docentes, durante todos los días lectivos, en los centros docentes públicos en los que se implante el programa, se desarrollará:
a) En los centros con jornada partida, desde la finalización de la actividad docente de la tarde y con una duración máxima de 60 minutos.
b) En los centros con jornada continua que dispongan de comedor, desde la finalización de las actividades extraescolares previstas en la solicitud de autorización de dicha jornada y con una duración máxima de 60 minutos.
c) En los centros con jornada continua que no dispongan de comedor escolar y no se preste este servicio en el comedor de otro centro, se tendrán en cuenta los siguientes supuestos:
1º Durante los meses en que de acuerdo con el calendario escolar se haya aprobado una reducción de jornada, desde la finalización de las actividades docentes y con una duración máxima de 120 minutos, sin que la hora de finalización pueda exceder de las 15:15 horas.
1º Durante los meses en que de acuerdo con el calendario escolar se haya aprobado una reducción de jornada, desde la finalización de las actividades docentes y con una duración máxima de 120 minutos, sin que la hora de finalización pueda exceder de las 15:15 horas.
2º Durante los meses con jornada ordinaria, desde el término de la actividad docente y con una duración máxima de 75 minutos.
Cantidad o extensión: 272 000 horas.
Número de referencia: A2017/000021
Información jurídica, económica, financiera y técnica Condiciones de participación
Situación económica y financiera:
El empresario acreditará su solvencia económica y financiera mediante el cumplimiento de los 2 medios siguientes:
1. Presentación de las cuentas anuales o extracto de las mismas, en el supuesto de que la publicación de éstas sea obligatoria. Dichas cuentas deberán cumplir los dos requisitos siguientes:
a) Que el empresario posea un patrimonio neto, o bien la ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de las cuentas anuales, por un importe mínimo de 3 000 000 EUR.
b) Acreditar una cifra de negocios global de la empresa durante los 3 últimos años de 1 200 000 EUR, mediante la presentación de la cuenta de pérdidas y ganancias.
2. Justificante (original o copia compulsada de la póliza) de la existencia de un Seguro de Responsabilidad Civil por riesgos profesionales para terceros, personal monitor, instalaciones y alumnos por los posibles daños y lesiones que éstos puedan sufrir durante el desarrollo de la actividad, que cubra como mínimo las siguientes cantidades.
2. Justificante (original o copia compulsada de la póliza) de la existencia de un Seguro de Responsabilidad Civil por riesgos profesionales para terceros, personal monitor, instalaciones y alumnos por los posibles daños y lesiones que éstos puedan sufrir durante el desarrollo de la actividad, que cubra como mínimo las siguientes cantidades.
a) Responsabilidad civil de la actividad: capital asegurado mínimo de 1 000 000 EUR por siniestro.
b) Responsabilidad civil de explotación patronal: capital asegurado mínimo de 1 000 000 EUR por siniestro, con sublímite de 500 000 EUR por víctima.
c) Responsabilidad civil profesional: capital asegurado mínimo de 1 000 000 EUR por siniestro.
No se admitirán pólizas con franquicia.
La acreditación de este requisito exigirá la presentación de la póliza. No se admitirán certificados emitidos por las entidades aseguradoras.
El adjudicatario está obligado a mantener en vigor la póliza del seguro por el capital asegurado mínimo expresado y sin franquicia durante todo el período de ejecución del contrato.
El empresario no podrá acreditar alternativamente su solvencia económica o financiera mediante su clasificación como empresa de servicios al no estar comprendido el objeto de este contrato en ninguno de los grupos y subgrupos de clasificación establecidos en el artículo 37 del RGLCAP, modificado por el Real Decreto 773/2015, de 28 de agosto. El servicio objeto de este contrato está comprendido en la categoría 24 del Anexo II a que se refiere el artículo 10 del TRLCSP, Servicios de educación y formación profesional, por lo que su Código CPV, 80410000-1 servicios escolares diversos, no tiene correspondencia con ninguno de los subgrupos de clasificación que establece el Anexo II del Real Decreto 773/2015, de 28 de agosto, por el que se modifican determinados preceptos del RGLCAP.
El empresario no podrá acreditar alternativamente su solvencia económica o financiera mediante su clasificación como empresa de servicios al no estar comprendido el objeto de este contrato en ninguno de los grupos y subgrupos de clasificación establecidos en el artículo 37 del RGLCAP, modificado por el Real Decreto 773/2015, de 28 de agosto. El servicio objeto de este contrato está comprendido en la categoría 24 del Anexo II a que se refiere el artículo 10 del TRLCSP, Servicios de educación y formación profesional, por lo que su Código CPV, 80410000-1 servicios escolares diversos, no tiene correspondencia con ninguno de los subgrupos de clasificación que establece el Anexo II del Real Decreto 773/2015, de 28 de agosto, por el que se modifican determinados preceptos del RGLCAP.
En el caso de uniones temporales de empresarios la acumulación de la solvencia por los miembros de ésta sólo será válida si se cumplen las dos condiciones siguientes:
Que cada miembro de la unión temporal acredite un mínimo de solvencia propia.
Que, al menos, un miembro de la unión temporal cumpla íntegramente el requisito de solvencia exigido.
Capacidad técnica y profesional:
El empresario acreditará su solvencia técnica o profesional por los medios siguientes:
Declaración expresa y responsable de la empresa, firmada por su representante, de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos cinco años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos, por un importe anual mínimo de 400 000 EUR durante el año de mayor ejecución del período citado.
Declaración expresa y responsable de la empresa, firmada por su representante, de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos cinco años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos, por un importe anual mínimo de 400 000 EUR durante el año de mayor ejecución del período citado.
Los servicios o trabajos efectuados deberán estar comprendidos dentro de los dos primeros dígitos del código CPV de este contrato: 80xxxxxx- «servicios de educación y formación profesional/servicios escolares diversos». Estos trabajos se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente
Los servicios o trabajos efectuados deberán estar comprendidos dentro de los dos primeros dígitos del código CPV de este contrato: 80xxxxxx- «servicios de educación y formación profesional/servicios escolares diversos». Estos trabajos se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente
El empresario no podrá acreditar alternativamente su solvencia técnica o profesional mediante su clasificación como empresa de servicios al no estar comprendido el objeto de este contrato en ninguno de los grupos y subgrupos de clasificación establecidos en el artículo 37 del RGLCAP, modificado por el Real Decreto 773/2015, de 28 de agosto. El servicio objeto de este contrato está comprendido en la categoría 24 del Anexo II a que se refiere el artículo 10 del TRLCSP, Servicios de educación y formación profesional, por lo que su código CPV, 80410000-1 servicios escolares diversos, no tiene correspondencia con ninguno de los subgrupos de clasificación que establece el Anexo II del Real Decreto 773/2015, de 28 de agosto, por el que se modifican determinados preceptos del RGLCAP.
El empresario no podrá acreditar alternativamente su solvencia técnica o profesional mediante su clasificación como empresa de servicios al no estar comprendido el objeto de este contrato en ninguno de los grupos y subgrupos de clasificación establecidos en el artículo 37 del RGLCAP, modificado por el Real Decreto 773/2015, de 28 de agosto. El servicio objeto de este contrato está comprendido en la categoría 24 del Anexo II a que se refiere el artículo 10 del TRLCSP, Servicios de educación y formación profesional, por lo que su código CPV, 80410000-1 servicios escolares diversos, no tiene correspondencia con ninguno de los subgrupos de clasificación que establece el Anexo II del Real Decreto 773/2015, de 28 de agosto, por el que se modifican determinados preceptos del RGLCAP.
En el caso de uniones temporales de empresarios la acumulación de la solvencia por los miembros de ésta sólo será válida si se cumplen las 2 condiciones siguientes:
Que cada miembro de la unión temporal acredite un mínimo de solvencia propia.
Que el resultante de la acumulación de las solvencias parciales cumpla el requisito de solvencia exigido.
Ejecución del contrato
Depósitos y garantías exigidos:
Garantía provisional: no se exige
Garantía definitiva: 5 % del importe de adjudicación sin IVA.
Principales condiciones de financiación y modalidades de pago y/o referencia a las disposiciones pertinentes por las que se rigen:
El precio de adjudicación del contrato actúa como límite de gasto ya que sólo se abonarán las horas efectivamente realizadas en cada mes, según el precio ofertado, sin que pueda superarse el número de horas máximas previstas de realización del servicio, 272 000 horas. No obstante, se exceptúa de lo anterior la bolsa de horas complementarias que, en su caso, haya ofertado el contratista y a cuya realización se obliga sin que ello suponga coste económico alguno para la Administración contratante. Esta bolsa de horas podrá utilizarse agotado el crédito de cada ejercicio presupuestario dentro del contrato.
Principales condiciones de financiación y modalidades de pago y/o referencia a las disposiciones pertinentes por las que se rigen
El precio de adjudicación del contrato actúa como límite de gasto ya que sólo se abonarán las horas efectivamente realizadas en cada mes, según el precio ofertado, sin que pueda superarse el número de horas máximas previstas de realización del servicio, 272 000 horas. No obstante, se exceptúa de lo anterior la bolsa de horas complementarias que, en su caso, haya ofertado el contratista y a cuya realización se obliga sin que ello suponga coste económico alguno para la Administración contratante. Esta bolsa de horas podrá utilizarse agotado el crédito de cada ejercicio presupuestario dentro del contrato.
El pago del precio de adjudicación del contrato se realizará mediante abonos parciales de acuerdo con el siguiente régimen: mensualmente, previa presentación de facturas en las que constarán las horas efectivamente realizadas.
Para la realización del pago se exigirá el certificado que acredite la correcta ejecución de la prestación emitido por el Director Provincial de Educación correspondiente y la conformidad del Servicio de Gestión de Centros Públicos de la Dirección General de Política Educativa Escolar con el servicio prestado.
Principales condiciones de financiación y modalidades de pago y/o referencia a las disposiciones pertinentes por las que se rigen
Para la realización del pago se exigirá el certificado que acredite la correcta ejecución de la prestación emitido por el Director Provincial de Educación correspondiente y la conformidad del Servicio de Gestión de Centros Públicos de la Dirección General de Política Educativa Escolar con el servicio prestado.
La factura correspondiente a la prestación del servicio del mes de diciembre de 2017 se abonará con cargo a la anualidad presupuestaria de 2018.
El abono de la prestación realizada se condiciona a su recepción de conformidad por esta Administración y se regirá por lo dispuesto en el artículo 216 del TRLCSP y su normativa de desarrollo.
La forma y la periodicidad del pago será la establecida en el cuadro de características específicas del presente pliego.
En todo caso, el pago de la prestación se efectuará íntegramente en dinero mediante transferencia a la cuenta bancaria titularidad del contratista, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 218 del TRLCSP y disposiciones que la desarrollen y modifiquen sobre transmisión de derechos de cobro.
Principales condiciones de financiación y modalidades de pago y/o referencia a las disposiciones pertinentes por las que se rigen
En todo caso, el pago de la prestación se efectuará íntegramente en dinero mediante transferencia a la cuenta bancaria titularidad del contratista, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 218 del TRLCSP y disposiciones que la desarrollen y modifiquen sobre transmisión de derechos de cobro.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre (B.O.E. de 28 de diciembre de 2013) y el artículo único del Decreto 16/2015, de 26 de febrero (B.O.C. y L. de 27 de febrero de 2015), el contratista está obligado a facturar electrónicamente las contraprestaciones objeto del presente contrato a través de la Plataforma de Facturación Electrónica. Las facturas emitidas en soporte papel no tendrán eficacia frente al órgano de contratación.
Principales condiciones de financiación y modalidades de pago y/o referencia a las disposiciones pertinentes por las que se rigen
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre (B.O.E. de 28 de diciembre de 2013) y el artículo único del Decreto 16/2015, de 26 de febrero (B.O.C. y L. de 27 de febrero de 2015), el contratista está obligado a facturar electrónicamente las contraprestaciones objeto del presente contrato a través de la Plataforma de Facturación Electrónica. Las facturas emitidas en soporte papel no tendrán eficacia frente al órgano de contratación.
La Intervención General de la Administración de la Comunidad de Castilla y León es el órgano competente en materia de contabilidad pública.
Procedimiento
Plazo de validez de la oferta: 3 meses
Fecha de apertura de ofertas: 2016-08-05 📅
Lugar de apertura: Sala de Juntas de la Consejería de Educación
Lugar: Sala de Juntas de la Consejería de Educación
Información sobre las personas autorizadas y el procedimiento de apertura: Acto público.
Criterios de adjudicación
Criterio: 1. Precio (85)
2. Bolsa de horas (12)
3. Duración de la formación a los monitores de actividades (3)
Lenguas
Lengua: español 🗣️
Autoridad contratante Contacto
Punto de contacto: Roberto Marcos Gómez
Dirección de internet: www.jcyl.es🌏
Referencia Fechas
Fecha de inicio: 2017-01-09 📅
Fecha final: 2018-06-29 📅
Fecha de publicación: 2016-04-30 📅
Identificadores
Número de referencia atribuido por el poder adjudicador: A2017/000021
Número de anuncio en el DO S: 2016/S 085-150908
Información complementaria Órgano de revisión
Nombre: Consejería de Educación
Dirección postal: Avenida Monasterio Nuestra Señora de Prado s/n
Ciudad postal: Valladolid
Código postal: 47014
País: España 🇪🇸
Correo electrónico: contratacion.educacion@jcyl.es📧
Teléfono: +34 983410690📞
Dirección de internet: www.jcyl.es🌏
Fax: +34 983411050 📠 Servicio del que puede obtenerse información sobre el procedimiento de recurso
Nombre: Servicio de Contratación Administrativa
Dirección postal: Avenida Monasterio Nuestra Señora de Prado, s/n
Fuente: OJS 2016/S 121-217021 (2016-06-22)
Anuncio de adjudicación de contrato (2016-09-28) Objeto Alcance de la contratación
Valor total de la contratación: 9 553 830 💰
Metadatos del anuncio
Tipo de documento: Anuncio de adjudicación de contrato
Procedimiento
Tipo de oferta: No procede
Autoridad contratante Identidad
Nombre del poder adjudicador: Consejería de Educación, Junta de Castilla y León
Referencia Fechas
Fecha de envío: 2016-09-28 📅
Fecha de publicación: 2016-10-01 📅
Identificadores
Número de anuncio: 2016/S 190-342428
Se refiere al anuncio: 2016/S 121-217021
Número del DO-S: 190
Procedimiento Criterios de adjudicación
Criterio: 1. Oferta económica (85)
Adjudicación del contrato
Fecha de celebración del contrato: 2016-08-26 📅
Nombre: Innovación y Desarrollo Local, S.L.
Dirección postal: calle Cronos, 63, 3ª planta, oficina 1
Ciudad postal: Madrid
Código postal: 28037
País: España 🇪🇸
Correo electrónico: sgranero@idelnet.com📧
Información complementaria Órgano de revisión
Dirección postal: Avenida Monasterio Nuestra Señora de Prado, s/n
Fuente: OJS 2016/S 190-342428 (2016-09-28)