Obras de construcción de la ampliación de la Estación Depuradora de Aguas Residuales (EDAR) de Alcúdia y de la nueva Estación de Bombeo de Aguas residuales (EBAR) Bellevue, en el término municipal de Alcúdia
Ajuntament d'Alcúdia (Illes Balears-Espanya)
El objeto del contrato es la realización de las obras del proyecto reformado de ampliación de la estación depuradora de aguas residuales (EDAR) de Alcúdia (Mallorca, Illes Balears, Espanya), así como la realización de las obras del proyecto reformado de construcción de la nueva estación de bombeo de aguas residuales (EBAR) Bellevue, el cual incluye asimismo unas conducciones para llevar el agua residual en la estación y una nueva tubería de impulsión desde la nueva EBAR hasta la EDAR.
PlazoEl plazo para la recepción de ofertas era de 2016-05-10. La contratación se publicó en 2016-03-21.
ProveedoresLos siguientes proveedores se mencionan en decisiones de adjudicación u otros documentos de contratación:
¿A quién? ¿Cómo?- • Obras de alcantarillado › Construcción de planta depuradora de aguas residuales
- • Obras de alcantarillado › Obras para el tratamiento de agua › Estación de bombeo de aguas residuales
- • Obras de alcantarillado › Trabajos de construcción de tuberías para aguas residuales
Historial de adquisiciones
| Fecha | Documento |
|---|---|
| 2016-03-21 | Anuncio de licitación |
| 2016-10-10 | Anuncio de adjudicación de contrato |
Anuncio de licitación (2016-03-21)
Objeto
Alcance de la contratación
Título: Obras de alcantarillado
Cantidad o extensión:
Valor total de la contratación: 6 064 589,99 💰
Metadatos del anuncio
Idioma original: español 🗣️
Tipo de documento: Anuncio de licitación
Naturaleza del contrato: Obras
Reglamentación: Unión Europea con participación de Estados ACP
Vocabulario común de contratación pública (CPV)
Código: Obras de alcantarillado 📦
Procedimiento
Tipo de procedimiento: Procedimiento abierto
Tipo de oferta: Oferta para todos los lotes
Criterios de adjudicación
Oferta más económica
Autoridad contratante
Identidad
País: España 🇪🇸
Tipo de poder adjudicador: Autoridad regional o local
Nombre del poder adjudicador: Ajuntament d'Alcúdia (Illes Balears-Espanya)
Dirección postal: c/ Major, 9
Código postal: 07400
Ciudad postal: Alcúdia
Contacto
Dirección de internet: http://www.alcudia.net/ajuntament/ca/ 🌏
Correo electrónico: sgallardo@alcudia.net 📧
Teléfono: +34 971897100 📞
Fax: +34 971546515 📠
Referencia
Fechas
Fecha de envío: 2016-03-21 📅
Fecha límite de presentación: 2016-05-10 📅
Fecha de publicación: 2016-03-24 📅
Identificadores
Número de anuncio: 2016/S 059-099003
Número del DO-S: 59
Información complementaria
Objeto
Alcance de la contratación
Breve descripción:
Se aceptarán variantes ✅
Cantidad o extensión:
Duración: 016 meses
Número de referencia: CN-02/2016
Lugar de ejecución
Emplazamiento principal o lugar de actuación:
Información jurídica, económica, financiera y técnica
Condiciones de participación
Habilitación para el ejercicio de la actividad profesional:
Situación económica y financiera:
Niveles mínimos de normas:
Capacidad técnica y profesional:
Niveles mínimos de normas:
Ejecución del contrato
Depósitos y garantías exigidos:
Principales condiciones de financiación y modalidades de pago y/o referencia a las disposiciones pertinentes por las que se rigen:
Forma jurídica que adoptará la agrupación de operadores económicos adjudicataria del contrato:
Otras condiciones particulares:
Procedimiento
Plazo de validez de la oferta: 002 meses
Fecha de apertura de ofertas: 2016-07-21 📅
Lugar de apertura: Salon de Plenos del Ayuntamiento de Alcúdia; c/ Major, 9; 07400, illes Balears.
Lugar: Salon de Plenos del Ayuntamiento de Alcúdia; c/ Major, 9; 07400, illes Balears.
Información sobre las personas autorizadas y el procedimiento de apertura:
Lenguas
Lengua: español 🗣️
Otras lenguas: Catalán.
Autoridad contratante
Identidad
Número de registro nacional: P0700300G
Contacto
Punto de contacto: c/ Major, 9; 07400 Alcúdia, Illes Balears (Espanya)
Ajuntament d'Alcúdia, Secretaria-Contractació
c/ Major, 9; CP: 07400-Alcúdia (Illes Balears), Ajuntament d'Alcúdia, Secretaria-Contractació
URL de los documentos: http://www.alcudia.net/ajuntament/ca/ 🌏
: http://www.alcudia.net/ajuntament/ca/Tauler_de_contractacio/ 🌏
Referencia
Identificadores
Número de referencia atribuido por el poder adjudicador: CN-02/2016
Información complementaria
Órgano de revisión
Nombre: Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales
Dirección postal: av. General Perón, 38, 8ª puerta
Ciudad postal: Madrid
Código postal: 28020
País: España 🇪🇸
Correo electrónico: tribunal_recursos.contratos@minhap.es 📧
Teléfono: +34 913491319 📞
Dirección de internet: http://www.minhap.gob.es 🌏
Fax: +34 913491441 📠
Información sobre los plazos de procedimientos de recurso:
Servicio del que puede obtenerse información sobre el procedimiento de recurso
Nombre: Ajuntament d'Alcúdia
Dirección postal: c/ Major, 9; CP: 07400-Illes Balears Espanya
Ciudad postal: Alcúdia
Código postal: 07400
Teléfono: +34 971897100 📞
Dirección de internet: http://www.alcudia.net 🌏
Fax: +34 971546515 📠
Fuente: OJS 2016/S 059-099003 (2016-03-21)
Objeto
Alcance de la contratación
Título: Obras de alcantarillado
Cantidad o extensión:
Tipo de licitación: 6 064 589,99 EUR IVA excluido.Este es el precio que podrá ser objeto de baja de acuerdo con los criterios de adjudicación.Importe IVA (al tipo del 21 %): 1 273 563,90 EUR.Precio de Licitación IVA incluido: 7 338 153,89 EUR.El presupuesto de licitación incluye el importe de las tarifas y/o tasas de gestión de todos los residuos que se produzcan con motivo de las obras, de acuerdo con el presupuesto detallado que figura en los respectivos proyectos, así como también el coste de carga y transporte de los residuos.El plazo de ejecución de las obras es de un máximo de (16) dieciséis meses, de acuerdo con la siguiente previsión de plazos parciales:— Ejecución de las obras: catorce (14) meses.— Pruebas de funcionamiento, puesta a punto de las instalaciones y optimización de los rendimientos: dos (2) meses.En el plazo de ejecución de las obras (14 meses), quedarán incluidos:— La redacción y tramitación de los proyectos específicos de las instalaciones eléctricas definidas y valoradas en los proyectos objeto del concurso. El plazo de ejecución para la redacción de estos proyectos es de sesenta (60) días naturales a partir de la fecha de la firma del acta de comprobación del replanteo. Si se encuentran aspectos a subsanar en estos proyectos, el contratista deberá realizar las enmiendas que se le requieran en un plazo de quince (15) días naturales a partir de la fecha del requerimiento.— La redacción de una Addenda al proyecto reformado de la ampliación de la EDAR de Alcúdia, en el caso de que, en el proceso de licitación, la empresa adjudicataria hubiera ofrecido variantes y/o mejoras. El plazo de ejecución para la redacción de la Addenda es de cuarenta y cinco (45) días naturales a partir de la fecha de la firma del acta de comprobación del replanteo. Si se encuentran aspectos a subsanar en esta Adenda, el contratista deberá realizar las enmiendas que se le requieran en un plazo de quince (15) días naturales a partir de la fecha del requerimiento.La ejecución de las obras e instalaciones definidas en el Adenda.El plazo de ejecución se deberá ajustar a la temporalización en la ejecución prevista en los Programas de Trabajos de ambos proyectos aprobados en el expediente, de ampliación de la EDAR de Alcudia y de construcción de la EBAR de Bellevue, redactados por el ingeniero Sr. Montojo, ajustados a la fecha de inicio de las obras prevista en este pliego.Fecha prevista de inicio de las obras: día 1.9.2016.En todo caso las obras se iniciarán al día siguiente del acto de comprobación del replanteo, que deberá realizarse en el plazo máximo de un mes desde la fecha de formalización del contrato.6 064 589,99
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Metadatos del anuncio
Idioma original: español 🗣️
Tipo de documento: Anuncio de licitación
Naturaleza del contrato: Obras
Reglamentación: Unión Europea con participación de Estados ACP
Vocabulario común de contratación pública (CPV)
Código: Obras de alcantarillado 📦
Procedimiento
Tipo de procedimiento: Procedimiento abierto
Tipo de oferta: Oferta para todos los lotes
Criterios de adjudicación
Oferta más económica
Autoridad contratante
Identidad
País: España 🇪🇸
Tipo de poder adjudicador: Autoridad regional o local
Nombre del poder adjudicador: Ajuntament d'Alcúdia (Illes Balears-Espanya)
Dirección postal: c/ Major, 9
Código postal: 07400
Ciudad postal: Alcúdia
Contacto
Dirección de internet: http://www.alcudia.net/ajuntament/ca/ 🌏
Correo electrónico: sgallardo@alcudia.net 📧
Teléfono: +34 971897100 📞
Fax: +34 971546515 📠
Referencia
Fechas
Fecha de envío: 2016-03-21 📅
Fecha límite de presentación: 2016-05-10 📅
Fecha de publicación: 2016-03-24 📅
Identificadores
Número de anuncio: 2016/S 059-099003
Número del DO-S: 59
Información complementaria
En la página 21 del PCAP, en el apartado b.2.2 (avance de los programas de trabajo de la ampliación de la EDAR y de la nueva EBAR), donde dice: «Se deberá tener en cuenta que desde semana santa hasta finales de octubre hay una gran afluencia turística, por lo que en este periodo: No se pueden ejecutar las obras del “Proyecto reformado de la EBAR Bellevue y su tubería de impulsión” que afecten al núcleo urbano. La EDAR debe poder funcionar con las dos líneas de tratamiento de que dispone, y empleando todas sus capacidades disponibles de tratamiento de agua y lodos, sin interferencias. »; Dicha previsión está relacionada con lo establecido en el anexo 15 del proyecto (programas de trabajos), en el bien entendido que si a causa de una programación racional de los trabajos, es necesario haber dejado fuera de servicio una o las dos líneas de tratamiento de agua actualmente existentes en el periodo indicado en el PCAP, se sustituirá la capacidad de tratamiento que pueda haberse perdido perdida, mediante la puesta en marcha de alguna o algunas de las nuevas líneas proyectadas o mediante instala — instalaciones provisionales, tal como se prevé en el anexo nº 15 del proyecto (Programa de trabajos), para disponer como mínimo, de la misma capacidad de tratamiento de agua y lodos que la que se dispone actualmente.
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Objeto
Alcance de la contratación
Breve descripción:
El objeto del contrato es la realización de las obras del proyecto reformado de ampliación de la estación depuradora de aguas residuales (EDAR) de Alcúdia (Mallorca, Illes Balears, Espanya), así como la realización de las obras del proyecto reformado de construcción de la nueva estación de bombeo de aguas residuales (EBAR) Bellevue, el cual incluye asimismo unas conducciones para llevar el agua residual en la estación y una nueva tubería de impulsión desde la nueva EBAR hasta la EDAR.
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Cantidad o extensión:
Tipo de licitación: 6 064 589,99 EUR IVA excluido.
Este es el precio que podrá ser objeto de baja de acuerdo con los criterios de adjudicación.
Importe IVA (al tipo del 21 %): 1 273 563,90 EUR.
Precio de Licitación IVA incluido: 7 338 153,89 EUR.
El presupuesto de licitación incluye el importe de las tarifas y/o tasas de gestión de todos los residuos que se produzcan con motivo de las obras, de acuerdo con el presupuesto detallado que figura en los respectivos proyectos, así como también el coste de carga y transporte de los residuos.
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El plazo de ejecución de las obras es de un máximo de (16) dieciséis meses, de acuerdo con la siguiente previsión de plazos parciales:
— Ejecución de las obras: catorce (14) meses.
— Pruebas de funcionamiento, puesta a punto de las instalaciones y optimización de los rendimientos: dos (2) meses.
En el plazo de ejecución de las obras (14 meses), quedarán incluidos:
— La redacción y tramitación de los proyectos específicos de las instalaciones eléctricas definidas y valoradas en los proyectos objeto del concurso. El plazo de ejecución para la redacción de estos proyectos es de sesenta (60) días naturales a partir de la fecha de la firma del acta de comprobación del replanteo. Si se encuentran aspectos a subsanar en estos proyectos, el contratista deberá realizar las enmiendas que se le requieran en un plazo de quince (15) días naturales a partir de la fecha del requerimiento.
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— La redacción de una Addenda al proyecto reformado de la ampliación de la EDAR de Alcúdia, en el caso de que, en el proceso de licitación, la empresa adjudicataria hubiera ofrecido variantes y/o mejoras. El plazo de ejecución para la redacción de la Addenda es de cuarenta y cinco (45) días naturales a partir de la fecha de la firma del acta de comprobación del replanteo. Si se encuentran aspectos a subsanar en esta Adenda, el contratista deberá realizar las enmiendas que se le requieran en un plazo de quince (15) días naturales a partir de la fecha del requerimiento.
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La ejecución de las obras e instalaciones definidas en el Adenda.
El plazo de ejecución se deberá ajustar a la temporalización en la ejecución prevista en los Programas de Trabajos de ambos proyectos aprobados en el expediente, de ampliación de la EDAR de Alcudia y de construcción de la EBAR de Bellevue, redactados por el ingeniero Sr. Montojo, ajustados a la fecha de inicio de las obras prevista en este pliego.
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Fecha prevista de inicio de las obras: día 1.9.2016.
En todo caso las obras se iniciarán al día siguiente del acto de comprobación del replanteo, que deberá realizarse en el plazo máximo de un mes desde la fecha de formalización del contrato.
Número de referencia: CN-02/2016
Lugar de ejecución
Emplazamiento principal o lugar de actuación:
Estación Depuradora de Alcúdia (Ronda de Circumval-lació, carretera Ma-3470, pk. 0'7) y Estación de Bombeo de Aguas residuales de Bellevue (Carrer de Can Vauma), en el término municipal de Alcúdia (Illes Balears-Espanya).
Información jurídica, económica, financiera y técnica
Condiciones de participación
Habilitación para el ejercicio de la actividad profesional:
Podrán presentar ofertas las personas naturales o jurídicas, españolas y extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, que no concurran en prohibiciones de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
Asimismo, cuando se trate de personas jurídicas resulta necesario que las prestaciones objeto del contrato se encuentren incluidas en los fines, objeto o ámbito de actividad de las empresas licitadoras, según resulte de sus estatutos o de sus reglas fundacionales y se acredite debidamente.
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1. La capacidad de obrar de los empresarios se acreditará:
a) Empresarios españoles:
a.1) La capacidad de obrar de los empresarios personas físicas se acreditará mediante la aportación de copia compulsada del DNI / NIF, pasaporte o carné de conducir en vigor.
a.2.) La capacidad de obrar de los empresarios que sean personas jurídicas, mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
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a.3.) Los empresarios podrán acreditar su capacidad de obrar mediante la presentación de Certificación de inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, o bien a través de certificación de inscripción en el Registro de contratistas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. En este caso, la licitadora deberá acompañar una declaración responsable en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación. (Anexo III)
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b) Empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea:
b.1) La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea, por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos reglamentariamente establecidos, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
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b.2) Los empresarios no españoles nacionales de estados miembros de la Unión podrán acreditar su capacidad de obrar mediante la aportación de los Certificados comunitarios de clasificación o similares previstos en el artículo 84 de la LCSP. En este caso, se deberá acompañar una declaración responsable del licitador en la que manifiesta que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación.
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c) Empresarios extranjeros de otros Estados:
Los demás empresarios extranjeros, con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Sin embargo, dado que se trata de un contrato sujeto a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio; en este supuesto, los empresarios de estos estados deberán acompañar un informe de la Misión Diplomática Permanente de España sobre la condición de Estado signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio.
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Además, al tratarse de un contrato de obras, será necesario para estas empresas que tengan abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones y que estén inscritas en el Registro Mercantil.
d) Uniones de empresarios:
Los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato. Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes suficientes para ejercer los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
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2. La prueba por parte de los empresarios de la no concurrencia de alguna de las prohibiciones de contratar del artículo 60 de la LCSP (según modelo del Anexo II del PCAP), podrá realizarse:
a. Mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado.
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b. Cuando se trate de empresas de estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del estado respectivo, podrá también sustituirse por una declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial.
J. Solvencia.
J.1. Exigencia de clasificación. Se requiere clasificación del contratista. La clasificación que se exige es la siguiente:
— Grupo K: Obras especiales.
— Subgrupo 8: Estaciones de tratamiento de aguas.
— Categoría: 4 (categoría E para clasificaciones otorgadas con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto 773/2015, de 28 de agosto).
En cualquier caso, la licitadora deberá acompañar una declaración responsable en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado de clasificación no han experimentado variación (Modelo Anexo III).
J.2. Acreditación de la solvencia para los empresarios no españoles de estados miembros de la UE. Sin embargo, no se exige clasificación a los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea, los cuales podrán acreditar su solvencia económica y financiera y técnica y profesional a través de los siguientes medios:
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J.2.1 Solvencia económica y financiera. Los licitadores no españoles de estados miembros de la UE acreditarán su solvencia económica y financiera a través del medio que se indica a continuación. Se deberá aportar el documento original o una copia debidamente cotejada por los Servicios Jurídicos del Ayuntamiento de Alcúdia o atestiguada por fedatario público:
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a) Acreditar un patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico por el que esté vencida la aprobación de cuentas anuales por importe igual o superior a 240 000 EUR. Se podrá acreditar el cumplimiento de este requisito mediante la aportación de las cuentas anuales del ejercicio indicado presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro Oficial que corresponda, o libros de contabilidad debidamente legalizado por aquellos empresarios que no tengan obligación de presentar cuentas a registros oficiales. Los empresarios no españoles de Estados miembros de la UE podrán sustituir la acreditación de los requisitos establecidos en este apartado b) mediante la presentación del certificado de clasificación o documento similar que acredite la inscripción en listas oficiales de empresarios autorizados para contratar establecidas por los estados miembros de la Unión Europea que establece el artículo 84 de la LCSP.
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J. Solvencia.
J.1. Exigencia de clasificación. Se requiere clasificación del contratista. La clasificación que se exige es la siguiente:
— Grupo K: Obras especiales.
— Subgrupo 8: Estaciones de tratamiento de aguas.
— Categoría: 4 (categoría E para clasificaciones otorgadas con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto 773/2015, de 28 de agosto).
En cualquier caso, la licitadora deberá acompañar una declaración responsable en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado de clasificación no han experimentado variación (Modelo Anexo III).
J.2. Acreditación de la solvencia para los empresarios no españoles de estados miembros de la UE. Sin embargo, no se exige clasificación a los empresarios no españoles de estados miembros de la Unión Europea, los cuales podrán acreditar su solvencia económica y financiera y técnica y profesional a través de los siguientes medios:
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J.2.1 Solvencia económica y financiera. Los licitadores no españoles de estados miembros de la UE acreditarán su solvencia económica y financiera a través del medio que se indica a continuación. Se deberá aportar el documento original o una copia debidamente cotejada por los Servicios Jurídicos del Ayuntamiento de Alcúdia o atestiguada por fedatario público:
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a) Acreditar un patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico por el que esté vencida la aprobación de cuentas anuales por importe igual o superior a 240.000 EUR. Se podrá acreditar el cumplimiento de este requisito mediante la aportación de las cuentas anuales del ejercicio indicado presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro Oficial que corresponda, o libros de contabilidad debidamente legalizado por aquellos empresarios que no tengan obligación de presentar cuentas a registros oficiales. Los empresarios no españoles de estados miembros de la UE podrán sustituir la acreditación de los requisitos establecidos en este apartado b) mediante la presentación del certificado de clasificación o documento similar que acredite la inscripción en listas oficiales de empresarios autorizados para contratar establecidas por los Estados miembros de la Unión Europea que establece el artículo 84 de la LCSP.
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J. Solvencia.
J.1. Exigencia de clasificación. Se requiere clasificación del contratista. La clasificación que se exige es la siguiente:
— Grupo K: Obras especiales.
— Subgrupo 8: Estaciones de tratamiento de aguas.
— Categoría: 4 (categoría E para clasificaciones otorgadas con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto 773/2015, de 28 de agosto).
En cualquier caso, la licitadora deberá acompañar una declaración responsable en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado de clasificación no han experimentado variación (Modelo Anexo III).
J.2. Acreditación de la solvencia para los empresarios no españoles de estados miembros de la UE. Sin embargo, no se exige clasificación a los empresarios no españoles de estados miembros de la Unión Europea, los cuales podrán acreditar su solvencia económica y financiera y técnica y profesional a través de los siguientes medios:
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J.2.2 Solvencia técnica y profesional. Los licitadores no españoles de estados miembros de la UE acreditarán su solvencia técnica y profesional a través del siguiente medio:
a) Relación de las obras ejecutadas, como máximo, en el curso de los (10) diez últimos años, de características similares a la que es objeto de licitación, avalada por certificados de buena ejecución para las obras más importantes; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Los requisito mínimos serán que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 3 183 909,74 EUR (70 % del valor anual medio del contrato), en relación a obras de características similares; a estos efectos se consideran obras de características similares las realizadas que por su tipología correspondan a alguno de los subgrupos de clasificación de contratistas de obras K.8 aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre. Los empresarios no españoles de estados miembros de la UE podrán sustituir la acreditación de los requisitos establecidos en este apartado mediante la presentación del certificado de clasificación o documento similar que acredite la inscripción en listas oficiales de empresarios autorizados para contratar establecidas por los estados miembros de la Unión Europea que establece el artículo 84 de la LCSP.
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J.3. Acreditación del cumplimiento de normas de garantía de la calidad y de gestión medioambiental en contratos «Sara». Asimismo, a pesar de acreditar su solvencia a través de los medios fijados en los apartados anteriores según corresponda (J.1 ó J.2), la licitadora seleccionada como oferta más ventajosa, en todo caso, deberá presentar en el plazo establecido en la cláusula 21ª de estos pliegos los siguientes documentos:
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J.3.1. Garantía de la calidad. Se exige la acreditación de disponer del certificado de sistema de gestión de la calidad conforme a la norma internacional ISO 9001. Se reconocerán los certificados equivalentes expedidos por organismos establecidos en cualquier estado miembro de la Unión Europea, y también aceptarán otras pruebas de medidas equivalentes de garantía de la calidad que presenten los empresarios. Se deberá acreditar el mantenimiento de dicha condición de solvencia durante toda la vigencia del contrato.
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J.3.2. Gestión medioambiental. Se exige la acreditación de disponer como mínimo de uno de los siguientes certificados acreditativos del cumplimiento de las normas de gestión medioambiental:
J.3.2.1 Tener establecido un sistema de gestión ambiental en desarrollo del Reglamento (CE) n ° 1221/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25.9.2009, relativo a la participación voluntaria de organizaciones en un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS), u otra norma equivalente, o justificar, mediante cualquier otro medio adecuado, que se cumplen los requisitos de gestión ambiental establecidos en el sistema antes mencionado. Se deberá acreditar el mantenimiento de dicha condición de solvencia durante toda la vigencia del contrato.
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J.3.2.2 Disponer del certificado de gestión ambiental de acuerdo con la norma UNE-EN ISO 14001, u otra norma equivalente, o justificar, mediante cualquier otro medio adecuado, que se cumplan los requisitos de gestión ambiental establecidos en el sistema antes mencionado. Se deberá acreditar el mantenimiento de dicha condición de solvencia durante toda la vigencia del contrato.
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J.4. Compromiso de adscripción de medios. Asimismo, a pesar de acreditar su solvencia a través de los medios fijados en los apartados anteriores según corresponda (J.1 ó J.2), la licitadora seleccionada como oferta más ventajosa, en todo caso, deberá presentar en el plazo establecido en la cláusula 21ª de estos pliegos los siguientes documentos, dado que se considera que tienen el carácter de compromisos de adscripción a la ejecución del contrato de los medios que se consideren necesarios para su realización, y tienen el carácter de obligaciones contractuales esenciales:
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J.4.1. Justificante de la existencia de seguro de indemnización por responsabilidad civil por daños y perjuicios que sean consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, por un importe mínimo de 2.000.000 EUR, y de accidentes de trabajo por importe mínimo de 300.000 EUR por víctima, o compromiso de su suscripción antes de la formalización del contrato. Se deberá acreditar el mantenimiento de dicha condición de solvencia durante toda la vigencia del contrato mediante la aportación de los correspondientes justificantes de pago ante el responsable del contrato.
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J.4.2. Indicación de la parte del contrato que el empresario tiene eventualmente el propósito de subcontratar, indicando la parte de las obras que se quiere / en subcontratar y el porcentaje (%) total que supone dicha subcontratación en relación al importe de su oferta, (sin indicar ni detallar ningún otro importe ni cifra relativo a su oferta, sólo expresará el porcentaje de subcontratación), y el nombre o perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia técnica de los subcontratistas a los que piense encomendar su realización. Se permite la subcontratación hasta el límite del 60 % del importe de adjudicación del contrato. Se excluirán aquellas ofertas que superen el límite de subcontratación expresado (60 %) respecto al importe de su oferta.
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J.4.3. Compromiso de adscripción al contrato de un delegado de obras con titulación y experiencia profesional suficiente y de dedicación completa a las obras. El delegado de obra deberá ser un/a ingeniero/a con una experiencia mínima de 10 años en construcción de obras públicas, que se acreditarán, respectivamente, mediante el título oficial universitario o un certificado oficial de su col-legi profesional y mediante historial profesional detallado, firmado por el/la ingeniero/a. Además, deberá tener dedicación completa a las obras objeto del contrato. Por ello, la licitadora seleccionada como oferta más ventajosa deberá presentar un compromiso de que su delegado cumplirá en todo momento con los mencionados requisitos y que así lo acreditará la contratista en el plazo indicado en el pliego, y en todo caso en cualquier momento de la ejecución del contrato a requerimiento del Ayuntamiento, y asimismo la licitadora deberá presentar compromiso de adscripción a las obras de dicho delegado con dedicación completa.
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J.5. Cumplimiento de la cuota de reserva de empleos para personas con discapacidad. Asimismo, a pesar de acreditar su solvencia a través de los medios fijados en los apartados anteriores según corresponda (J.1 ó J.2), la licitadora seleccionada como oferta más ventajosa, en todo caso, deberá presentar en el plazo establecido en la cláusula 21ª de estos pliegos, la justificación de que la empresa cuenta con un porcentaje igual o superior al 2 % de trabajadores con discapacidad sobre el total de plantilla de la empresa, en los términos y condiciones establecidos en el artículo 42 del Real Decreto Legislativo 1/2013, o en el caso de haberse optado por el cumplimiento de las medidas alternativas legalmente previstas, la justificación de la excepcionalidad y las medidas a tal efecto aplicadas.
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J.2. Acreditación de la solvencia para los empresarios no españoles de estados miembros de la ue. Sin embargo, no se exige clasificación a los empresarios no españoles de estados miembros de la Unión Europea, los cuales podrán acreditar su solvencia económica y financiera y técnica y profesional a través de los siguientes medios:
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J.2.2 Solvencia técnica y profesional. Los licitadores no españoles de estados miembros de la UE acreditarán su solvencia técnica y profesional a través del siguiente medio:
a) Relación de las obras ejecutadas, como máximo, en el curso de los (10) diez últimos años, de características similares a la que es objeto de licitación, avalada por certificados de buena ejecución para las obras más importantes; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Los requisito mínimos serán que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 3.183.909'74 EUR (70 % del valor anual medio del contrato), en relación a obras de características similares; a estos efectos se consideran obras de características similares las realizadas que por su tipología correspondan a alguno de los subgrupos de clasificación de contratistas de obras K.8 aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre. Los empresarios no españoles de estados miembros de la UE podrán sustituir la acreditación de los requisitos establecidos en este apartado mediante la presentación del certificado de clasificación o documento similar que acredite la inscripción en listas oficiales de empresarios autorizados para contratar establecidas por los Estados miembros de la Unión Europea que establece el artículo 84 de la LCSP.
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J.3. Acreditación del cumplimiento de normas de garantía de la calidad y de gestión medioambiental en contratos «Sara». Asimismo, a pesar de acreditar su solvencia a través de los medios fijados en los apartados anteriores según corresponda (J.1 ó J.2), la licitadora seleccionada como oferta más ventajosa, en todo caso, deberá presentar en el plazo establecido en la cláusula 21ª de estos pliegos los siguientes documentos:
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J.3.1. Garantía de la calidad. Se exige la acreditación de disponer del certificado de sistema de gestión de la calidad conforme a la norma internacional ISO 9001. Se reconocerán los certificados equivalentes expedidos por organismos establecidos en cualquier estado miembro de la Unión Europea, y también aceptarán otras pruebas de medidas equivalentes de garantía de la calidad que presenten los empresarios. Se deberá acreditar el mantenimiento de dicha condición de solvencia durante toda la vigencia del contrato.
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J.3.2. Gestión medioambiental. Se exige la acreditación de disponer como mínimo de uno de los siguientes certificados acreditativos del cumplimiento de las normas de gestión medioambiental:
J.3.2.1 Tener establecido un sistema de gestión ambiental en desarrollo del Reglamento (CE) n ° 1221/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25.9.2009, relativo a la participación voluntaria de organizaciones en un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS), u otra norma equivalente, o justificar, mediante cualquier otro medio adecuado, que se cumplen los requisitos de gestión ambiental establecidos en el sistema antes mencionado. Se deberá acreditar el mantenimiento de dicha condición de solvencia durante toda la vigencia del contrato.
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J.3.2.2 Disponer del certificado de gestión ambiental de acuerdo con la norma UNE-EN ISO 14001, u otra norma equivalente, o justificar, mediante cualquier otro medio adecuado, que se cumplan los requisitos de gestión ambiental establecidos en el sistema antes mencionado. Se deberá acreditar el mantenimiento de dicha condición de solvencia durante toda la vigencia del contrato.
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J.4. Compromiso de adscripción de medios. Asimismo, a pesar de acreditar su solvencia a través de los medios fijados en los apartados anteriores según corresponda (J.1 ó J.2), la licitadora seleccionada como oferta más ventajosa, en todo caso, deberá presentar en el plazo establecido en la cláusula 21ª de estos pliegos los siguientes documentos, dado que se considera que tienen el carácter de compromisos de adscripción a la ejecución del contrato de los medios que se consideren necesarios para su realización, y tienen el carácter de obligaciones contractuales esenciales:
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J.4.1. Justificante de la existencia de seguro de indemnización por responsabilidad civil por daños y perjuicios que sean consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, por un importe mínimo de 2 000 000 EUR, y de accidentes de trabajo por importe mínimo de 300 000 EUR por víctima, o compromiso de su suscripción antes de la formalización del contrato. Se deberá acreditar el mantenimiento de dicha condición de solvencia durante toda la vigencia del contrato mediante la aportación de los correspondientes justificantes de pago ante el responsable del contrato.
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J.4.2. Indicación de la parte del contrato que el empresario tiene eventualmente el propósito de subcontratar, indicando la parte de las obras que se quiere / en subcontratar y el porcentaje (%) total que supone dicha subcontratación en relación al importe de su oferta, (sin indicar ni detallar ningún otro importe ni cifra relativo a su oferta, sólo expresará el porcentaje de subcontratación), y el nombre o perfil empresarial, definido por referencia a las condiciones de solvencia técnica de los subcontratistas a los que piense encomendar su realización. Se permite la subcontratación hasta el límite del 60 % del importe de adjudicación del contrato. Se excluirán aquellas ofertas que superen el límite de subcontratación expresado (60 %) respecto al importe de su oferta.
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J.4.3. Compromiso de adscripción al contrato de un delegado de obras con titulación y experiencia profesional suficiente y de dedicación completa a las obras. El delegado de obra deberá ser un/a ingeniero/a con una experiencia mínima de 10 años en construcción de obras públicas, que se acreditarán, respectivamente, mediante el título oficial universitario o un certificado oficial de su col-legi profesional y mediante historial profesional detallado, firmado por el/la ingeniero/a. Además, deberá tener dedicación completa a las obras objeto del contrato. Por ello, la licitadora seleccionada como oferta más ventajosa deberá presentar un compromiso de que su delegado cumplirá en todo momento con los mencionados requisitos y que así lo acreditará la contratista en el plazo indicado en el pliego, y en todo caso en cualquier momento de la ejecución del contrato a requerimiento del Ayuntamiento, y asimismo la licitadora deberá presentar compromiso de adscripción a las obras de dicho delegado con dedicación completa.
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J.5. Cumplimiento de la cuota de reserva de empleos para personas con discapacidad. Asimismo, a pesar de acreditar su solvencia a través de los medios fijados en los apartados anteriores según corresponda (J.1 ó J.2), la licitadora seleccionada como oferta más ventajosa, en todo caso, deberá presentar en el plazo establecido en la cláusula 21ª de estos pliegos, la justificación de que la empresa cuenta con un porcentaje igual o superior al 2 % de trabajadores con discapacidad sobre el total de plantilla de la empresa, en los términos y condiciones establecidos en el artículo 42 del Real Decreto Legislativo 1/2013, o en el caso de haberse optado por el cumplimiento de las medidas alternativas legalmente previstas, la justificación de la excepcionalidad y las medidas a tal efecto aplicadas.
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Depósitos y garantías exigidos:
L1. Garantía provisional: no se exige.
L2. Garantía definitiva: 5 % del importe de adjudicación (IVA excluido). Si se trata de garantías en efectivo, se deberán depositar ante la Tesorería del Ayuntamiento de Alcúdia; si se trata de certificados de inmovilización de valores anotados, de avales o de certificados de seguro de caución.
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L.3. Garantía complementaria a la garantía definitiva. No se exige.
L.4. Forma de prestar la garantía definitiva: en cualquiera de las formas previstas en el artículo 96.1 del TRLCSP.
Dado que en el presente contrato se adquieren compromisos de gasto plurianual al amparo de lo establecido en el artículo 110.2 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en relación al artículo 174 del Real Decreto Legislativo 2 / 2004, que aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, existe crédito adecuado y suficiente en la partida presupuestaria 2.016 / OP160623010 para asumir el gasto previsto para atender las obligaciones que se deriven para el órgano de contratación del cumplimiento del contrato durante el ejercicio de 2016.
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Conforme establece el artículo 174 del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales la autorización o realización de gastos para el año 2017 se subordinará al crédito que para cada ejercicio autoricen los respectivos presupuestos.
La distribución del gasto máximo total del contrato por anualidades es la siguiente:
Año; Total (IVA incluido); Aplicación Presupuestaria
2016; 1 640 300,89 EUR; OP160623010
2017; 5 697 853 EUR; OP160623010
Total: EUR 7.338.153,89.
El gasto máximo total prevista del contrato es de 7 338 153,89 EUR, IVA incluido. De acuerdo con lo establecido en el artículo 47.2 de la Ley 47/2003, se efectuará una retención adicional de crédito del 10 por ciento del importe de adjudicación, en el momento en que ésta se realice. Esta retención se aplicará al ejercicio en que finalice el plazo fijado en el contrato para la terminación de la obra o al siguiente, según el momento en que se prevea realizar el pago de la certificación final.
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Podrán presentar ofertas las personas naturales o jurídicas, españolas y extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, que no concurran en prohibiciones de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
Asimismo, cuando se trate de personas jurídicas resulta necesario que las prestaciones objeto del contrato se encuentren incluidas en los fines, objeto o ámbito de actividad de las empresas licitadoras, según resulte de sus estatutos o de sus reglas fundacionales y se acredite debidamente.
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1. La capacidad de obrar de los empresarios se acreditará:
a) Empresarios españoles:
a.1) La capacidad de obrar de los empresarios personas físicas se acreditará mediante la aportación de copia compulsada del DNI / NIF, pasaporte o carné de conducir en vigor.
a.2.) La capacidad de obrar de los empresarios que sean personas jurídicas, mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
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a.3.) Los empresarios podrán acreditar su capacidad de obrar mediante la presentación de Certificación de inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, o bien a través de certificación de inscripción en el Registro de contratistas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. En este caso, la licitadora deberá acompañar una declaración responsable en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación. (Anexo III)
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b) Empresarios no españoles que sean nacionales de estados miembros de la Unión Europea:
b.1) La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de estados miembros de la Unión Europea, por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos reglamentariamente establecidos, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
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b.2) Los empresarios no españoles nacionales de estados miembros de la Unión podrán acreditar su capacidad de obrar mediante la aportación de los Certificados comunitarios de clasificación o similares previstos en el artículo 84 de la LCSP. En este caso, se deberá acompañar una declaración responsable del licitador en la que manifiesta que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación.
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c) Empresarios extranjeros de otros estados:
Los demás empresarios extranjeros, con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. Sin embargo, dado que se trata de un contrato sujeto a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio; en este supuesto, los empresarios de estos estados deberán acompañar un informe de la Misión Diplomática Permanente de España sobre la condición de Estado signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio.
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Además, al tratarse de un contrato de obras, será necesario para estas empresas que tengan abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones y que estén inscritas en el Registro Mercantil.
d) Uniones de empresarios:
Los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato. Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes suficientes para ejercer los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
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2. La prueba por parte de los empresarios de la no concurrencia de alguna de las prohibiciones de contratar del artículo 60 de la LCSP (según modelo del Anexo II del PCAP), podrá realizarse:
a. Mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado.
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b. Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá también sustituirse por una declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial.
La redacción y tramitación de los proyectos específicos de las instalaciones eléctricas definidas y valoradas en los proyectos objeto del concurso. El plazo de ejecución para la redacción de estos proyectos es de sesenta (60) días naturales a partir de la fecha de la firma del acta de comprobación del replanteo. Si se encuentran aspectos a subsanar en estos proyectos, el contratista deberá realizar las enmiendas que se le requieran en un plazo de quince (15) días naturales a partir de la fecha del requerimiento.
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La redacción de una "Adenda al proyecto reformado de la ampliación de la EDAR de Alcudia", en el caso de que, en el proceso de licitación, la empresa adjudicataria hubiera ofrecido variantes y/o mejoras. El plazo de ejecución para la redacción de la Addenda es de cuarenta y cinco (45) días naturales a partir de la fecha de la firma del acta de comprobación del replanteo. Si se encuentran aspectos a subsanar en esta Adenda, el contratista deberá realizar las enmiendas que se le requieran en un plazo de quince (15) días naturales a partir de la fecha del requerimiento.
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La ejecución de las obras e instalaciones definidas en el Adenda.
Son obligaciones contractuales esenciales, el incumplimiento de las cuales por la contratista, podrá determinar la resolución del contrato, a criterio del órgano de contratación, además de aquellas obligaciones previstas de forma general en estos pliegos, en el pliego de prescripciones técnicas y en los Proyectos, y de las establecidas en los artículos 223 y 237 de la LCSP, específicamente las siguientes:
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a) El cumplimiento de las condiciones específicas que deben satisfacer los materiales previstas y especificadas en las prescripciones sobre los materiales establecidas en los dos proyectos de obra aprobados en el expediente.
b) El cumplimiento del plazo de ejecución previsto en este Pliego, en el pliego de prescripciones técnicas y en los proyectos.
c) El cumplimiento por parte de las empresas contratistas del deber de afiliación y alta en la Seguridad Social del personal que ocupen en la ejecución de los respectivos contratos.
d) El mantenimiento de la vigencia del seguro de indemnización por responsabilidad civil y de accidentes por un importe mínimo de 2 000 000 EUR. Se deberá acreditar el mantenimiento de dicho seguro durante toda la vigencia del contrato mediante la aportación de los correspondientes justificantes de pago ante el responsable del contrato.
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e) El mantenimiento de las condiciones de aptitud de los posibles subcontratistas, de acuerdo con el compromiso realizado por la adjudicataria.
f) El mantenimiento del cumplimiento del resto de compromisos de adscripción de medios del apartado J.4 del cuadro de características del contrato.
g) La redacción y presentación por la contratista ante este Ayuntamiento para su tramitación, en los plazos máximos indicados en este PCAP, de la Addenda al proyecto reformado de la ampliación de la EDAR de Alcudia ", desarrollando el proyecto constructivo de las variantes y / o mejoras indicadas.
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h) La ejecución por la contratista de las obras e instalaciones — instalaciones definidas en la Adenda de acuerdo con la oferta presentada en su propuesta técnica en relación a las variantes y mejoras del proyecto.
e) La redacción y presentación por la contratista, ante el órgano competente para la tramitación, en los plazos máximos indicados en este PCAP, de los proyectos específicos de las instalaciones — instalaciones eléctricas definidas y valoradas en los proyectos aprobados en el expediente.
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j) El cumplimiento en la ejecución del contrato de lo establecido en el documento ambiental y a las prescripciones que haya establecido la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares.
Procedimiento
Plazo de validez de la oferta: 002 meses
Fecha de apertura de ofertas: 2016-07-21 📅
Lugar de apertura: Salon de Plenos del Ayuntamiento de Alcúdia; c/ Major, 9; 07400, illes Balears.
Lugar: Salon de Plenos del Ayuntamiento de Alcúdia; c/ Major, 9; 07400, illes Balears.
Información sobre las personas autorizadas y el procedimiento de apertura:
Además de la apertura de la proposición económica, previamente la Mesa de Contratación procederá a la apertura de la propuesta técnica en acto público, el día 23.5.2016, a las 12:00, en el salón de plenos del Ayuntamiento.
Finalizado el plazo de presentación de proposiciones, el responsable del registro general de la corporación expedirá una certificación donde se relacionen las propuestas recibidas, las presentadas por correo con los requisitos indicados en el apartado M.1 del cuadro de características, pero que aún no se hayan recibido, o si fuera el caso, certificación negativa sobre la presentación de proposiciones. Dicha certificación, junto con los sobres de las propuestas recibidas, se remitirán a la Secretaría de la Mesa de Contratación. Respecto de las propuestas presentadas por correo con los requisitos establecidos en el apartado M.1 del cuadro de características que, en la fecha de finalización del plazo de presentación de proposiciones no se hayan recibido, el responsable del registro las remitirá a la Secretaría de la Mesa de contratación tan pronto sean recibidas y en todo caso, en el límite máximo de 10 días indicado en el apartado M.1 del cuadro, junto con una certificación de la documentación recibida.
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En las fechas, hora y lugar señalados en el anuncio de licitación se llevarán a cabo los actos de licitación ante la Mesa de contratación.
Una vez finalizado el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de Contratación se constituirá el undécimo día natural siguiente al de finalización del plazo de presentación de proposiciones, a las 12:00 horas, y procederá a la calificación de la documentación general presentada por los licitadores en el sobre 1, en sesión no pública. Si el día de calificación de la documentación coincide con sábado, domingo o festivo, se trasladará al primer día hábil siguiente.
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A los efectos de la expresada calificación, la Presidenta ordenará la apertura de los sobres, con exclusión del sobre 2 y el sobre 3, y el Secretario de la Mesa certificará la relación de documentos que figuran en cada uno de ellos. Si la Mesa observara defectos materiales en la documentación presentada, lo comunicará verbalmente o por fax a los interesados, y además se harán públicas a través de la publicación del acta de la Mesa en el perfil del contratante y se concederá un plazo no superior a tres días hábiles para que el licitador pueda subsanar el error. La falta de subsanación de los defectos indicados en el plazo establecido, será causa de exclusión de la licitación. Igualmente, si se trata de una deficiencia no susceptible de enmienda, la licitadora no será admitida a la licitación, a pesar de que se le haya otorgado el trámite de subsanación indicado en este párrafo.
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La Mesa de contratación, una vez calificada la documentación del sobre 1, o en su caso, después de que se hayan aportado las aclaraciones o documentos complementarios requeridos o bien transcurridos los plazos que se hayan conferido al efecto, procederá a determinar las empresas admitidas a la licitación y de las licitadoras excluidas con indicación de las causas de su exclusión (todo ello sin perjuicio de que posteriormente, la posible falta de acreditación por parte de la licitadora propuesta como oferta más ventajosa económicamente del cumplimiento los requisitos de selección en el plazo indicado en la cláusula 21ª de este PCAP, pueda determinar asimismo su exclusión del procedimiento).
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En la fecha, hora y lugar señalados en el anuncio de licitación, la Mesa de Contratación procederá a la celebración del acto público de apertura de la propuesta técnica del sobre núm. 3 de las licitadoras admitidas, que contiene la documentación relativa a los criterios cuya ponderación depende de un juicio de valor, el cual tendrá lugar en el plazo máximo de siete días, desde la apertura del sobre 1 de documentación administrativa.
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En primer lugar, la presidenta explicará a los asistentes del número de proposiciones recibidas y nombre de los licitadores, comunicando el resultado de la calificación de la documentación general presentada en los sobre núm. 1, con expresión de los licitadores admitidos y de los excluidos, y de las causas de la exclusión, invitando a los asistentes a formular las observaciones que estimen oportunas, que serán reflejadas en el acta, pero sin que en este momento pueda la Mesa hacerse -se cargo de documentos que no hayan sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas o el de subsanación de defectos u omisiones.
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A continuación, el Secretario de la Mesa abrirá los sobres núm. 3 de las licitadoras admitidas, y leerá la relación de los documentos aportados respecto a los criterios de adjudicación evaluables mediante un juicio de valor.
Para la evaluación de los criterios de adjudicación cuya ponderación depende de un juicio de valor del sobre núm. 3, la Mesa podrá solicitar la emisión de los informes técnicos que considere pertinentes, los cuales deberán evacuar en el plazo conferido por la Mesa, y en todo caso, con antelación suficiente a la fecha fijada para la acto público de apertura del sobre núm. 2.
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Concluida la apertura de las proposiciones y una vez que la Mesa haya determinado sobre la emisión de informes técnicos si así lo considera, se dará por concluido el acto público, de cuyo desarrollo se dejará constancia en el acta de la reunión de la Mesa.
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Una vez emitido o emitidos, en su caso, los informes técnicos que haya solicitado la Mesa, ésta se constituirá al objeto de realizar la evaluación de los criterios de adjudicación del sobre 3, en sesión que no será pública. La fecha, hora y lugar de celebración se publicará a través del perfil del contratante y se comunicará a las empresas licitadoras presentadas con una antelación mínima de 3 días hábiles.
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Posteriormente, en la misma sesión o en una fecha posterior, según criterio de la Mesa, se procederá al acto público de apertura del sobre núm. 2 de la propuesta económica y del resto de criterios de adjudicación evaluables de forma objetiva y mediante fórmulas. La fecha de celebración de este acto se señalará en el anuncio o anuncios de licitación.
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Constituida la Mesa de contratación en la fecha señalada, e iniciado el acto público, la Presidenta cuenta del resultado de la evaluación relativa a las proposiciones contenidas en el sobre núm. 3, con expresión de las puntuaciones otorgadas a los licitadores de acuerdo con los criterios de adjudicación de la letra Z) del cuadro de este PCAP, así como de los posibles licitadores excluidos, si fuera el caso, y de las causas de la exclusión, invitando a los asistentes a formular las observaciones que estimen oportunas, que serán reflejadas en el acta, pero sin que en este momento pueda la Mesa hacerse cargo de documentos que no hayan sido entregados durante el plazo de admisión de ofertas. A continuación, el Secretario de la Mesa abrirá los sobres núm. 2 de las licitadoras admitidas, y lectura a la oferta económica y la relación de los documentos aportados respecto a los restantes criterios evaluables mediante fórmulas o de forma objetiva incluidos en el sobre nº 2 de cada una de las licitadoras admitidas.
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Se estará a lo previsto en la cláusula 20ª de este pliego y en la letra N) del Cuadro de características para la determinación por la Mesa si existen ofertas desproporcionadas o anormales. En este caso, se seguirá el procedimiento previsto en la referida cláusula 20ª de este pliego.
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La Mesa de Contratación, en el mismo acto o en un acto posterior, después de solo — licitar, en su caso, los informes técnicos que considere pertinentes, dará traslado a la Dirección General de Recursos Hídricos de la propuesta de adjudicación razonada que estime adecuada, a los efectos de que emita informe sobre la adjudicación del contrato.
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Una vez emitido el citado informe por la Dirección General de Recursos Hídricos, la Mesa elevará al órgano de contratación la Propuesta de adjudicación razonada que estime adecuada, junto con el informe anterior, propuesta que incluirá en todo caso la ponderación de los criterios de adjudicación indicados en la cláusula 16ª y la letra Z) del cuadro de características, efectuando una propuesta de clasificación, por orden decreciente de las propuestas admitidas y que la Mesa considere que no deben ser declaradas desproporcionadas o anormales, según el resultado del procedimiento previsto en la Cláusula 20ª. En caso de que existan propuestas que hayan incurrido en la posibilidad de considerarse desproporcionadas o anormales, la Mesa lo indicará en su propuesta, con indicación de la puntuación y orden en la clasificación que les podría corresponder, a la que adjuntará las posibles al — alegaciones efectuadas por la licitadora o licitadoras afectadas, la documentación adjunta que hayan presentado, así como los informes técnicos emitidos en el incidente, y su propia propuesta de admisión o de rechazo de la proposición.
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Lengua: español 🗣️
Otras lenguas: Catalán.
Autoridad contratante
Identidad
Número de registro nacional: P0700300G
Contacto
Punto de contacto: c/ Major, 9; 07400 Alcúdia, Illes Balears (Espanya)
Ajuntament d'Alcúdia, Secretaria-Contractació
c/ Major, 9; CP: 07400-Alcúdia (Illes Balears), Ajuntament d'Alcúdia, Secretaria-Contractació
URL de los documentos: http://www.alcudia.net/ajuntament/ca/ 🌏
: http://www.alcudia.net/ajuntament/ca/Tauler_de_contractacio/ 🌏
Referencia
Identificadores
Número de referencia atribuido por el poder adjudicador: CN-02/2016
Información complementaria
Órgano de revisión
Nombre: Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales
Dirección postal: av. General Perón, 38, 8ª puerta
Ciudad postal: Madrid
Código postal: 28020
País: España 🇪🇸
Correo electrónico: tribunal_recursos.contratos@minhap.es 📧
Teléfono: +34 913491319 📞
Dirección de internet: http://www.minhap.gob.es 🌏
Fax: +34 913491441 📠
Información sobre los plazos de procedimientos de recurso:
En relación a los actos de preparación y adjudicación del contrato, los interesados podrán interponer, de forma potestativa, la cuestión de nulidad y/o en su caso el recurso especial en materia de contratación, en los supuestos, condiciones y plazos previstos en el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 814/2015, de 11 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos especiales de revisión de decisiones en materia contractual y de organización del Tribunal Administrativo Central de Recursos contractuales, que podrán interponer ante el órgano de contratación o bien ante el Tribunal Central de Recursos contractuales, siendo competente para su resolución el Tribunal Central de Recursos contractuales; o bien si procede, podrán interponer directamente recurso contencioso administrativo ante el órgano jurisdiccional competente. Todo ello sin perjuicio de que puedan interponer aquellos otros recursos previstos en el TRLCSP, o aquellos otros que crean procedentes, si así lo consideran.
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Nombre: Ajuntament d'Alcúdia
Dirección postal: c/ Major, 9; CP: 07400-Illes Balears Espanya
Ciudad postal: Alcúdia
Código postal: 07400
Teléfono: +34 971897100 📞
Dirección de internet: http://www.alcudia.net 🌏
Fax: +34 971546515 📠
Fuente: OJS 2016/S 059-099003 (2016-03-21)
Anuncio de adjudicación de contrato (2016-10-10)
Objeto
Alcance de la contratación
Valor total de la contratación: 4 481 729 💰
Metadatos del anuncio
Tipo de documento: Anuncio de adjudicación de contrato
Procedimiento
Tipo de oferta: No procede
Autoridad contratante
Identidad
Nombre del poder adjudicador: Ajuntament d'Alcúdia
Referencia
Fechas
Fecha de envío: 2016-10-10 📅
Fecha de publicación: 2016-10-12 📅
Identificadores
Número de anuncio: 2016/S 197-355587
Se refiere al anuncio: 2016/S 059-099003
Número del DO-S: 197
Información complementaria
Objeto
Lugar de ejecución
Emplazamiento principal o lugar de actuación:
Procedimiento
Criterios de adjudicación
Criterio: 1. Mejor oferta económica (precio-fórmula) (51)
2. Ampliación plazo garantía (fórmula) (2)
3. Instalación de desodorización (Variantes y mejoras, juicio de valor) (12)
4. Instalación para el pretratamiento de fangos de fosas sépticas (Variantes y mejoras, juicio valor) (6)
5. Sustitución de rototamices del pretratamiento (Variantes y mejoras, juicio valor) (6)
6. Integración paisajística y tratamiento de taludes (Variantes y mejoras, juicio valor) (5)
7. Instalación de equipos de suministro de aire a los reactores biológicos, más eficientes que los del proyecto original (variante, juicio valor) (3)
8. Sistemas de optimización de procesos y consumo energético (Variantes y mejoras, juicio valor) (3)
9. Instalación para la recirculación del sobrenadante del post-espesador (Variantes y mejoras, juicio valor) (2)
10. Mejor organización de la obra (juicio valor) (10)
Adjudicación del contrato
Fecha de celebración del contrato: 2016-08-11 📅
Nombre: UTE Remodelación Edar Alcúdia; Aquambiente Servicios para el Sector del Agua, S.A.U. y Obras y Pavimentaciones Man, S.A.U., Unión Temporal de Empresas Ley 18/1982
Dirección postal: Passeig de la Zona Franca, 48
Ciudad postal: Barcelona
Código postal: 08038
País: España 🇪🇸
Correo electrónico: atrell@aquambiente.es 📧
Información sobre licitaciones
Número de ofertas recibidas: 16
Información complementaria
Órgano de revisión
Nombre: Tribunal administrativo central de recursos contractuales
Servicio del que puede obtenerse información sobre el procedimiento de recurso
Dirección postal: c/ Major, 9, illes Balears, España
Fuente: OJS 2016/S 197-355587 (2016-10-10)
Objeto
Alcance de la contratación
Valor total de la contratación: 4 481 729 💰
Metadatos del anuncio
Tipo de documento: Anuncio de adjudicación de contrato
Procedimiento
Tipo de oferta: No procede
Autoridad contratante
Identidad
Nombre del poder adjudicador: Ajuntament d'Alcúdia
Referencia
Fechas
Fecha de envío: 2016-10-10 📅
Fecha de publicación: 2016-10-12 📅
Identificadores
Número de anuncio: 2016/S 197-355587
Se refiere al anuncio: 2016/S 059-099003
Número del DO-S: 197
Información complementaria
TRABAJOS A REALIZAR %
Encofrado y hierro 8 %.
Movimiento tierras 9 %.
Electricidad 8 %.
Montaje equipos 4 %.
Instalación desodorización 2 %.
Desmontaje fibrocemento 0’2 %.
Instalación tuberías 0’4 %.
Objeto
Lugar de ejecución
Emplazamiento principal o lugar de actuación:
Estación depuradora de Alcúdia (Ronda de circumvalación, carretera Ma-3470, p.k. 0'7) y Estación de bombeo
de aguas residuales de Bellevue (carrer de Can Vauma), en el término municipal de Alcúdia (Illes Balears,Espanya).
Procedimiento
Criterios de adjudicación
Criterio: 1. Mejor oferta económica (precio-fórmula) (51)
2. Ampliación plazo garantía (fórmula) (2)
3. Instalación de desodorización (Variantes y mejoras, juicio de valor) (12)
4. Instalación para el pretratamiento de fangos de fosas sépticas (Variantes y mejoras, juicio valor) (6)
5. Sustitución de rototamices del pretratamiento (Variantes y mejoras, juicio valor) (6)
6. Integración paisajística y tratamiento de taludes (Variantes y mejoras, juicio valor) (5)
7. Instalación de equipos de suministro de aire a los reactores biológicos, más eficientes que los del proyecto original (variante, juicio valor) (3)
8. Sistemas de optimización de procesos y consumo energético (Variantes y mejoras, juicio valor) (3)
9. Instalación para la recirculación del sobrenadante del post-espesador (Variantes y mejoras, juicio valor) (2)
10. Mejor organización de la obra (juicio valor) (10)
Adjudicación del contrato
Fecha de celebración del contrato: 2016-08-11 📅
Nombre: UTE Remodelación Edar Alcúdia; Aquambiente Servicios para el Sector del Agua, S.A.U. y Obras y Pavimentaciones Man, S.A.U., Unión Temporal de Empresas Ley 18/1982
Dirección postal: Passeig de la Zona Franca, 48
Ciudad postal: Barcelona
Código postal: 08038
País: España 🇪🇸
Correo electrónico: atrell@aquambiente.es 📧
Información sobre licitaciones
Número de ofertas recibidas: 16
Información complementaria
Órgano de revisión
Nombre: Tribunal administrativo central de recursos contractuales
Servicio del que puede obtenerse información sobre el procedimiento de recurso
Dirección postal: c/ Major, 9, illes Balears, España
Fuente: OJS 2016/S 197-355587 (2016-10-10)
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