Información precisa sobre los plazos de los procedimientos de revisión
Se podrá interponer potestativamente en vía administrativa el recurso especial en materia de contratación previsto en el artículo 44 de la LCSP, en el plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a aquel en que se haya notificado la resolución de modificación del contrato, ante el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón (TACPA), previsto en la Ley 3/2011, de 24 de febrero, de medidas en materia de Contratos del Sector Público de Aragón, órgano competente para la resolución.
Alternativamente, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón en el plazo de 2 meses a computar desde el día siguiente al de su notificación.