Apoyo para la coordinación de actividades empresariales

Ayuntamiento de las Rozas de Madrid

El apoyo técnico para el aseguramiento del cumplimiento de las obligaciones preventivas impuestas por el artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

Plazo

El plazo para la recepción de ofertas era de 2018-01-28. La contratación se publicó en 2017-12-28.

¿A quién? ¿Cómo? ¿dónde?
Historial de adquisiciones
Fecha Documento
2017-12-28 Anuncio de licitación
Anuncio de licitación (2017-12-28)
Objeto
Alcance de la contratación
Título: Servicios de salud y seguridad
Cantidad o extensión: 498 444,00
Valor total de la contratación: 498 444,00 💰
Metadatos del anuncio
Idioma original: español 🗣️
Tipo de documento: Anuncio de licitación
Naturaleza del contrato: Servicios
Reglamentación: Unión Europea con participación de Estados ACP
Vocabulario común de contratación pública (CPV)
Código: Servicios de salud y seguridad 📦

Procedimiento
Tipo de procedimiento: Procedimiento abierto
Tipo de oferta: Sin especificar
Criterios de adjudicación
Oferta más económica

Autoridad contratante
Identidad
País: España 🇪🇸
Tipo de poder adjudicador: Autoridad regional o local
Nombre del poder adjudicador: Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid
Dirección postal: Plaza Mayor, 1
Código postal: 28231
Ciudad postal: Las Rozas de Madrid
Contacto
Dirección de internet: http://www.lasrozasdemadrid.es 🌏

Referencia
Fechas
Fecha de envío: 2017-12-28 📅
Fecha límite de presentación: 2018-01-28 📅
Fecha de publicación: 2017-12-30 📅
Identificadores
Número de anuncio: 2017/S 250-528745
Se refiere al anuncio: 2017/S 235-488822
Número del DO-S: 250

Objeto
Alcance de la contratación
Breve descripción:
El apoyo técnico para el aseguramiento del cumplimiento de las obligaciones preventivas impuestas por el artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
Descripción de las opciones: Prórroga hasta alcanzar una duración máxima de 6 años.
Calendario provisional para el ejercicio de las opciones: 48 meses
Duración: 48 meses

Información jurídica, económica, financiera y técnica
Condiciones de participación
Habilitación para el ejercicio de la actividad profesional:
Los licitadores deberán presentar el documento acreditativo de inscripción en el Registro Oficial como Servicio de Prevención Ajeno.
Situación económica y financiera:
Balance del último ejercicio cerrado presentado en el Registro Mercantil o declaraciones fiscales.
Niveles mínimos de normas:
Se debe acreditar que la relación entre el activo corriente y el pasivo corriente es superior a la unidad o, si fuera inferior, que su importe se pueda compensar con el valor del patrimonio neto, que ha de superar, en todo caso, el importe mínimo establecido en la legislación mercantil para no incurrir en causa de disolución.
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Capacidad técnica y profesional:
Se aportarán certificado/s de buena ejecución expedido/s o visado/s por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante certificado/s expedido/s por éste o, a falta de este/os certificado/s, mediante una declaración del empresario (en este último caso se deberá justificar la ausencia de los certificados).
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Declaración responsable en la que conste la relación de personal detallando el equipo de trabajo que adscribe al contrato, que deberá ser suficiente, acompañada de curriculum vitae del personal, acreditación, mediante vida laboral, de la experiencia de 4 años de los Técnicos Superiores de Prevencion adscritos al contrato, y mediante título la posesión de las 3 especialidades técnicas exigidas, así como los anexos documentales que se consideren oportunos (se podrá hacer uso del modelo que consta como Anexo IV al pliego). Así mismo se hará constar el compromiso de cubrir las bajas/ausencias de los técnicos en los plazos estipulados en el Pliego de Prescripciones Técnicas como garantía de cobertura permanente del servicio; así como de adscribir los vehículos que para efectuar los desplazamientos resulten necesarios para la buena y correcta ejecución del contrato.
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Niveles mínimos de normas:
Técnicos Superiores de Prevención que posean las 3 especialidades técnicas: seguridad en el trabajo, Higiene industrial y Ergonomía y Psicosociología aplicada. De ellos, al menos uno debe adscribirse de modo permanente a la prestación del servicio en el horario y condiciones fijadas al respecto en el Pliego de Prescripciones Técnicas, y contar con la titulación y competencia técnica necesaria para ejercer las funciones de coordinador de seguridad y salud en obra conforme al R.D. 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción, en relación con la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (Ingeniero, Ingeniero Técnico, Arquitecto o Arquitecto Técnico). Todos ellos deberán tener, al menos, 4 años de experiencia en materia de prevención de riesgos laborales.
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La empresa y/o los técnicos que conforman el equipo de trabajo deben contar con vehículos suficientes para realizar los desplazamientos que requiera el servicio.
Ejecución del contrato
Principales condiciones de financiación y modalidades de pago y/o referencia a las disposiciones pertinentes por las que se rigen:
El contratista tiene derecho al abono, con arreglo a los precios convenidos del servicio prestado con sujeción al contrato otorgado y al precio de adjudicación.
2. El pago del precio relativo se realizará por la cuantía equivalente a los servicios efectivamente prestados durante el período de facturación, con carácter trimestral, aplicando a los precios unitarios contenidos en el pliego de prescripciones técnicas, el porcentaje de baja ofertado por el adjudicatario, sin que el total de las facturas pueda superar el precio de adjudicación del contrato.
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3. El responsable del contrato deberá visar la factura expedida por el adjudicatario, acreditando con ello que la prestación del contratista reúne las condiciones necesarias. Dicho visado hará mención a que el responsable municipal del contrato que ha autorizado el pago de la factura considera que la prestación reúne las condiciones debidas y que la factura se ajusta a la prestación efectuada.
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4. Para determinar el plazo de abono se estará a lo dispuesto en el artículo 216, apartado 4 del TRLCSP.
5. La demora en el pago por plazo superior al establecido en el artículo 216.4 del TRLCSP, devengará a favor del contratista los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
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6. Para que se inicie el cómputo de plazo para el devengo de intereses, el contratista deberá cumplir la obligación de presentar la factura ante el registro administrativo correspondiente, en el plazo de 30 días desde la fecha de prestación del servicio. En todo caso, si el contratista incumpliera el plazo de treinta días para presentar la factura ante el registro administrativo, el devengo de intereses no se iniciará hasta transcurridos 30 días desde la fecha de presentación de la factura en el registro correspondiente, sin que la Administración haya aprobado la conformidad si procede, y efectuado el correspondiente abono.
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7. La Administración deberá aprobar los documentos que acrediten la conformidad con lo dispuesto en el contrato de los servicios prestados dentro de los 30 días siguientes
Forma jurídica que adoptará la agrupación de operadores económicos adjudicataria del contrato:
Podrán presentar proposiciones las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto de conformidad con el art. 59 del TRLCSP.
Cada uno de los empresarios que componen la agrupación, deberá acreditar su capacidad de obrar y solvencia, acumulándose a efectos de la determinación de la solvencia de la unión temporal las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma, con la presentación de la documentación a que hacen referencia las cláusulas siguientes, debiendo indicar en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos y la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a la Administración y que asumen el compromiso de constituirse en Unión Temporal de Empresas (art. 24 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas). El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la Unión. Para los casos en que sea exigible la clasificación y concurran en la unión empresarios nacionales, extranjeros que no sean nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea y extranjeros que sean nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea, los que pertenezcan a los 2 primeros grupos deberán acreditar su clasificación, y estos últimos su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
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Otras condiciones particulares:
Se configura como condición especial de ejecución de carácter social el cumplimiento de los convenios colectivos sectoriales y territoriales aplicables. A dicha condición especial de ejecución se le atribuye el carácter de obligación contractual esencial, a efectos de resolución del contrato.
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Igualmente, se configura como condición especial de ejecución de carácter social la obligación del contratista de abonar los salarios devengados por los trabajadores afectos al contrato, el último día de cada mes, contándose, por tanto, a partir de dicho día los plazos señalados en el presente pliego como constitutivos de falta en el caso de retraso en el pago de las nóminas.
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Una vez acreditado la falta de pago de los salarios por el contratista a los trabajadores adscritos al contrato, considerándose como tal cuando se produzca el retraso en más de 15 días hábiles desde la fecha en que debieron abonarse (último día de cada mes), se procederá a la retención de las cantidades debidas al contratista para garantizar el pago de los citados salarios, y a la no devolución de la garantía definitiva en tanto no se acredite el abono de éstos.
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Una vez efectuada dicha retención, el Ayuntamiento procederá al abono de los correspondientes salarios a los trabajadores, debiendo facilitar el contratista los datos e importes para efectuar dicho abono. Dicho pago de salarios, mediante retención en las facturas, surtirá plenos efectos liberatorios para el Ayuntamiento respecto de las citadas facturas.
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Procedimiento
Plazo de validez de la oferta: 2 meses
Lenguas
Lengua: búlgaro 🗣️

Autoridad contratante
Contacto
Dirección de internet: www.lasrozasdemadrid.es 🌏

Referencia
Fechas
Fecha de publicación: 2017-12-07 📅
Identificadores
Número de anuncio en el DO S: 2017/S 235-488822

Información complementaria
Órgano de revisión
Nombre: Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid
Dirección postal: Carrera de San Jerónimo, 13, 1ª planta
Ciudad postal: Madrid
Código postal: 28014
País: España 🇪🇸
Contratación recurrente
48 meses.
Fuente: OJS 2017/S 250-528745 (2017-12-28)