contrato asistencia de la gestión casa de cultura de Zizur Mayor

Ayuntamiento Zizur Mayor

Contrato asistencia de la gestión casa de cultura de Zizur Mayor.

Plazo

El plazo para la recepción de ofertas era de 2017-11-15. La contratación se publicó en 2017-10-06.

¿A quién? ¿Cómo? ¿dónde?
Historial de adquisiciones
Fecha Documento
2017-10-06 Anuncio de licitación
Anuncio de licitación (2017-10-06)
Objeto
Alcance de la contratación
Título: Servicios de limpieza de edificios
Cantidad o extensión: 588 428
Valor total de la contratación: 588 428 💰
Metadatos del anuncio
Idioma original: español 🗣️
Tipo de documento: Anuncio de licitación
Naturaleza del contrato: Servicios
Reglamentación: Unión Europea
Vocabulario común de contratación pública (CPV)
Código: Servicios de limpieza de edificios 📦

Procedimiento
Tipo de procedimiento: Procedimiento abierto
Tipo de oferta: Oferta para todos los lotes
Criterios de adjudicación
Oferta más económica

Autoridad contratante
Identidad
País: España 🇪🇸
Tipo de poder adjudicador: Autoridad regional o local
Nombre del poder adjudicador: Ayuntamiento Zizur Mayor
Dirección postal: Parque Erreniega, s/n
Código postal: 31180
Ciudad postal: Zizur Mayor
Contacto
Dirección de internet: http://wwwzizurmayor.es 🌏
Correo electrónico: dzunzarren@zizurmayor.es 📧
Teléfono: +34 948181900 📞
Fax: +34 948180697 📠

Referencia
Fechas
Fecha de envío: 2017-10-06 📅
Fecha límite de presentación: 2017-11-15 📅
Fecha de publicación: 2017-10-10 📅
Identificadores
Número de anuncio: 2017/S 194-399378
Número del DO-S: 194

Objeto
Alcance de la contratación
Breve descripción: Contrato asistencia de la gestión casa de cultura de Zizur Mayor.
Número de renovaciones posibles: 3
Plazo para los contratos posteriores: 12 meses
Duración: 12 meses

Información jurídica, económica, financiera y técnica
Condiciones de participación
Habilitación para el ejercicio de la actividad profesional:
1.- Si el licitador fuera una persona física, deberá presentar copia auténtica (compulsada notarial o administrativamente) del Documento Nacional de Identidad.
Si el licitador fuera persona jurídica deberá presentar copia auténtica la escritura de constitución, y en su caso, modificación, debidamente inscritas en el registro correspondiente, de conformidad con la norma que la regule.
Copia auténtica del poder a favor de la persona que firme la proposición en nombre del licitador y del DNI de la persona apoderada. Si el licitador fuera persona jurídica, el poder deberá figurar inscrito en el Registro correspondiente, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación que le sea aplicable.
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De conformidad con el D.F. 174/2004, por el que se regula el Registro de Licitadores de la Comunidad Foral, podrá sustituirse la documentación del punto 1 por el certificado de inscripción en el Registro expedido por su encargado, debiendo acompañarse en todo caso copia auténtica del DNI de la persona física que haya suscrito la proposición.
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En el caso de las empresas no españolas de estados miembros de la Unión Europea o del espacio económico europeo en la que la legislación del Estado respectivo exija la inscripción en un registro profesional o comercial, bastará la acreditación de la inscripción, la presentación de una declaración jurada o de un certificado de los previstos en los Anexos IX A, IX B, o IX C de la Directiva 2004/18, de 31 de marzo, del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos de obras, de suministro y de servicios, con arreglo a las condiciones previstas en el Estado miembro en el que se encuentren establecidas.
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Las empresas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea o al Espacio Económico Europeo, además de acreditar su capacidad de obrar conforme a la legislación de su estado de origen y su solvencia económica y financiera, técnica o profesional, deberán justificar mediante informe de la respectiva representación diplomática española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite, a su vez, la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma sustancialmente análoga. No obstante, no será exigible este informe de reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre contratación pública de la Organización Mundial del Comercio.
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Además será necesario que estas empresas tengan abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones y que estén inscritas en el Registro Mercantil.
En el caso de empresas o personas que expresen la voluntad de las partes de constituirse en U.T.E. y los licitadores que participen conjuntamente deberán aportar declaración responsable que se corresponda a su tipo social o persona física, y una declaración en la que expresen su voluntad de constituirse en U.T.E, y, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 10 de la Ley Foral 6/2006, de 9 de junio, de Contratos Públicos, deberán instrumentar su participación mediante la aportación de un documento privado suscrito por los representantes legales de las empresas en el que se manifieste la voluntad de concurrencia conjunta, se indique el porcentaje de participación de cada uno de ellos en el contrato y se designe un representante o apoderado único con facultades para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de facultades mancomunadas para los cobros y pagos de cuantía significativa. Los licitadores en participación responderán solidariamente del cumplimiento de las obligaciones dimanantes del contrato.
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Situación económica y financiera:
La solvencia económica y financiera se acreditará mediante la aportación del siguiente documento:
1.- Declaración de, al menos, una institución financiera sobre la capacidad económica de la persona licitadora, en la que tras valorar los principales datos económicos de la empresa, se concluya que la empresa pueda asumir los riesgos derivados de la ejecución del contrato.
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Para la ejecución del contrato deberá disponerse de la solvencia técnica o profesional adecuada para la correcta ejecución del mismo.
Capacidad técnica y profesional:
La solvencia técnica o profesional se acreditará mediante la aportación de los siguientes documentos:
1.- Relación de los principales contratos que tengan por objeto servicios iguales o semejantes al del contrato al que se opta efectuados por el licitador o licitadora durante los 3 últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado. Relación a la que se acompañarán justificantes de su realización emitidos por sus destinatarios. Cuando la contratación se haya realizado con este Organismo, se podrá indicar esta circunstancia, para su aportación de oficio por el Organismo.
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En caso de que la licitadora no hubiera cumplido 3 años de actividad, deberá incorporar los documentos correspondientes a los ejercicios en activo.
2.- Declaración sobre los materiales y los medios técnicos que destinará la persona licitadora a la ejecución del contrato.
Ejecución del contrato
Depósitos y garantías exigidos:
3.- Garantía definitiva, resguardo acreditativo de haber constituido, a disposición del órgano de contratación, una garantía para el cumplimiento de obligaciones derivadas del contrato por importe del 4 % del importe anual de adjudicación del contrato (IVA excluido), cuyo régimen será el establecido en el art. 95.2 de la Ley Foral 6/2006, de 9 de junio, de Contratos Públicos.
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Dicha garantía habrá de ser constituida mediante alguna de las siguientes formas:
a.- En metálico, en valores públicos o en valores privados, con sujeción, en cada caso, a las condiciones reglamentariamente establecidas. La garantía constituida en metálico deberá depositarse en la cuenta que el Ayuntamiento tiene abierta en La Caixa.
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b.- Mediante aval prestado, en la forma y condiciones reglamentarias, por alguno de los Bancos, Cajas de Ahorros, Cooperativas de Crédito, establecimientos financieros de crédito y Sociedades de Garantía Recíproca autorizados para operar en España, y presentado ante el correspondiente órgano de contratación, que deberán reunir las siguientes características:
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El aval deberá expedirse a favor del Ayuntamiento de Zizur Mayor.
El aval debe ser solidario respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de orden, división y excusión y pagadero al primer requerimiento del Ayuntamiento de Zizur Mayor.
El aval será de duración indefinida, permaneciendo vigente hasta que el Ayuntamiento de Zizur Mayor resuelva expresamente declarar la extinción de la obligación garantizada y la cancelación del aval.
Principales condiciones de financiación y modalidades de pago y/o referencia a las disposiciones pertinentes por las que se rigen:
El ayuntamiento, previa conformidad del responsable, abonará de forma mensual al adjudicatario, mediante la correspondiente transferencia a su cuenta corriente, el importe contratado, a la presentación de factura detallada por los trabajos efectivamente realizados. La factura electrónica deberá emitirse de conformidad con las disposiciones vigentes y, específicamente constará: numeración seriada, fecha de expedición, descripción de los trabajos realizados, NIF del expedidor y destinatario y el IVA repercutido. Asimismo, deberá aportar los justificantes de haber abonado la cotización correspondiente a la Seguridad Social de todos los trabajadores que realizan el servicio.
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El pago se realizará en el plazo de treinta días naturales desde la recepción de la factura en las Oficinas del ayuntamiento y una vez conformada por los servicios técnicos del organismo.
En el caso de que este plazo fuera demorado sin justificación por parte del ayuntamiento, la cantidad adeudada devengará automáticamente un interés de demora equivalente a la suma del tipo de interés aplicado por el Banco Central Europeo a su más reciente operación principal de refinanciación, efectuada antes del primer día natural del semestre del que se trate más siete puntos porcentuales.
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En caso de producirse lo previsto en el último párrafo de la cláusula 15 relativa a «Ejecución del contrato», el ayuntamiento tiene la facultad de descontar de cada factura el importe de los servicios que haya tenido que contratar para salvaguardar las condiciones higiénicas de la Casa de Cultura.
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Forma jurídica que adoptará la agrupación de operadores económicos adjudicataria del contrato:
1.- Si el licitador fuera una persona física, deberá presentar copia auténtica (compulsada notarial o administrativamente) del Documento Nacional de Identidad.
Si el licitador fuera persona jurídica deberá presentar copia auténtica la escritura de constitución, y en su caso, modificación, debidamente inscritas en el registro correspondiente, de conformidad con la norma que la regule.
Copia auténtica del poder a favor de la persona que firme la proposición en nombre del licitador y del DNI de la persona apoderada. Si el licitador fuera persona jurídica, el poder deberá figurar inscrito en el Registro correspondiente, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación que le sea aplicable.
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De conformidad con el D.F. 174/2004, por el que se regula el Registro de Licitadores de la Comunidad Foral, podrá sustituirse la documentación del punto 1 por el certificado de inscripción en el Registro expedido por su encargado, debiendo acompañarse en todo caso copia auténtica del DNI de la persona física que haya suscrito la proposición.
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En el caso de las empresas no españolas de estados miembros de la Unión Europea o del espacio económico europeo en la que la legislación del Estado respectivo exija la inscripción en un registro profesional o comercial, bastará la acreditación de la inscripción, la presentación de una declaración jurada o de un certificado de los previstos en los Anexos IX A, IX B, o IX C de la Directiva 2004/18, de 31 de marzo, del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos de obras, de suministro y de servicios, con arreglo a las condiciones previstas en el Estado miembro en el que se encuentren establecidas.
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Las empresas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea o al Espacio Económico Europeo, además de acreditar su capacidad de obrar conforme a la legislación de su estado de origen y su solvencia económica y financiera, técnica o profesional, deberán justificar mediante informe de la respectiva representación diplomática española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite, a su vez, la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma sustancialmente análoga. No obstante, no será exigible este informe de reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre contratación pública de la Organización Mundial del Comercio.
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Además será necesario que estas empresas tengan abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones y que estén inscritas en el Registro Mercantil.
En el caso de empresas o personas que expresen la voluntad de las partes de constituirse en U.T.E. y los licitadores que participen conjuntamente deberán aportar declaración responsable que se corresponda a su tipo social o persona física, y una declaración en la que expresen su voluntad de constituirse en U.T.E, y, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 10 de la Ley Foral 6/2006, de 9 de junio, de Contratos Públicos, deberán instrumentar su participación mediante la aportación de un documento privado suscrito por los representantes legales de las empresas en el que se manifieste la voluntad de concurrencia conjunta, se indique el porcentaje de participación de cada uno de ellos en el contrato y se designe un representante o apoderado único con facultades para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de facultades mancomunadas para los cobros y pagos de cuantía significativa. Los licitadores en participación responderán solidariamente del cumplimiento de las obligaciones dimanantes del contrato.
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Nombres y cualificaciones profesionales del personal

Procedimiento
Información sobre las personas autorizadas y el procedimiento de apertura:
Alcalde Ayuntamiento
Secretaria Ayuntamiento
Interventora Ayuntamiento
Responsable Servicio Cultura
Presidente Comisión Presidencia
Portavoz Grupo Municipal Geroa Bai.
Lenguas
Lengua: español 🗣️

Autoridad contratante
Contacto
Punto de contacto: Jon Gondan Cabrera
Dirección de internet: wwwzizurmayor.es 🌏
Correo electrónico: ayuntamiento@zizurmayor.es 📧

Información complementaria
Órgano de revisión
Nombre: Alcalde del Ayuntamiento de Zizur Mayor
Dirección postal: Parque Erreniega, s/n
Ciudad postal: Zizur Mayor
Código postal: 31180
País: España 🇪🇸
Correo electrónico: ayuntamiento@zizurmayor.es 📧
Teléfono: +34 948181900 📞
Dirección de internet: http://zizurmayor.es 🌏
Fax: +34 948180697 📠
Información sobre los plazos de procedimientos de recurso:
Recurso de Reposición: 1 mes a partir de día siguiente de la notificación o en su caso, publicación del acto que se recurra.
Recurso de Alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra: en el plazo del mes siguiente a la notificación o publicación del acto que se recurra
Recurso Contencioso-Administrativo: en el plazo de 2 meses que se computará a partir del día siguiente a la notificación o publicación del acto que se recurra.
Servicio del que puede obtenerse información sobre el procedimiento de recurso
Nombre: Secretaría del Ayuntamiento de Zizur Mayor
Contratación recurrente
4 años.
Fuente: OJS 2017/S 194-399378 (2017-10-06)