Lista y breve descripción de las normas y criterios
Capacidades de obrar:
Capacidad de obrar.
Solvencias económicas y/o clasificación:
Cifra anual de negocio. Descripción: Solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes:
1 — Declaraciones apropiadas de entidades financieras con saldo medio anual en cuanta igual o superior al valor estimado del contrato, o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe mínimo del doble del valor estimado del contrato.
2 — Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados.
3 — Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido como máximo a los 3 últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios. El volumen de negocios de los 3 últimos años deberá ser como mínimo del doble del importe del valor estimado del contrato.
Solvencias técnicas:
1 — Certificados de control de calidad expedidos por los institutos o servicios oficiales. Descripción: 1 — La relación de los 5 principales suministros equivalente mediante arrendamiento (renting) efectuados por el suministrador durante los 10 últimos años, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad contratante.
2 — Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad contratante.
3 — Sera motivo de exclusión las ofertas que no aporten los siguientes certificados de calidad mediante la presentación de la correspondiente documentación, se justificara que,
— La empresa suministradora tenga implantando un sistema de gestión de calidad según la UNE EN IS0-9001:2000 con el alcance de comercialización e instalación de césped artificial.
— La empresa suministradora tenga implantado un sistema de gestión de la calidad medioambiental según la norma UNE EN IS0-14001:1996 con el alcance de comercialización e instalación de césped artificial.
— La correspondiente documentación se justificara que la empresa productora y suministradora del césped artificial ofertado tenga implantado un sistema de gestión de la innovación tecnológica y la I+D según la norma UNE EN IS0 166002-2006 con el alcance de investigación, desarrollo e innovación de tecnologías textiles para césped artificial y materiales de fibras sintéticas para césped artificial.
— La correspondiente documentación se justificará que la empresa suministradora tenga implantado un sistema de gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo conforme a la especificación OSHAS 18001:2007 con el alcance de instalación de pavimento de construcción, pavimento deportivo y césped artificial.