La presente modificación viene dada en virtud de la resolución aprobada por la Alcaldía en fecha 21.9.2017 que dice literalmente:
"Rectificar el pliego de cláusulas administrativas particulares del contrato 16003724 de Servicios de implantación, mantenimiento y gestión del Servicio de transporte mediante bicicletas compartidas, denominado Bicing 2.0, aprobado por Acuerdo de la Comisión de Ecología, Urbanismo y Movilidad de 19.4.2017, de acuerdo con la Resolución 123/2017 del Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público, en relación a la posible prórroga del contrato, de manera que la redacción del último párrafo de la cláusula 3 sea la siguiente: “La vigencia del presente contrato podrá prorrogarse, por mutuo acuerdo de las partes, manifestado expresamente, hasta un máximo de 5 años. El contratista deberá de prestar su conformidad, de forma expresa, a la propuesta de prórroga formulada por el Servicio técnico correspondiente, un mes antes de la finalización de su vigencia inicial o de sus prórrogas”
Publicar esta rectificación en el DOUE, BOE y Plataforma electrónica de contratos de la Generalitat de Catalunya.