Selección de empresas o profesionales con los que se suscribirán acuerdos marco para la redacción de proyectos y dirección de obras en la Universitat de València

Universitat de València

Selección de empresas o profesionales que durante los 2 años posteriores a la formalización de los correspondientes acuerdos marco prestarán el servicio de redacción del proyecto y dirección facultativa de obras que lleve a cabo la Universitat de València.
Se prevé la posibilidad de prórroga de la vigencia de los acuerdos marco por 2 años más por mutuo acuerdo de las partes.

Plazo

El plazo para la recepción de ofertas era de 2017-09-11. La contratación se publicó en 2017-07-10.

Proveedores

Los siguientes proveedores se mencionan en decisiones de adjudicación u otros documentos de contratación:

¿A quién? ¿Cómo? ¿dónde?
Historial de adquisiciones
Fecha Documento
2017-07-10 Anuncio de licitación
2018-09-26 Anuncio de adjudicación de contrato
Anuncio de licitación (2017-07-10)
Objeto
Alcance de la contratación
Título: Servicios de arquitectura, ingeniería y planificación
Cantidad o extensión: 7 000 000 EUR (IVA excluido).7 000 000
Valor total de la contratación: 7 000 000 💰
Metadatos del anuncio
Idioma original: español 🗣️
Tipo de documento: Anuncio de licitación
Naturaleza del contrato: Servicios
Reglamentación: Unión Europea con participación de Estados ACP
Vocabulario común de contratación pública (CPV)
Código: Servicios de arquitectura, ingeniería y planificación 📦

Procedimiento
Tipo de procedimiento: Procedimiento restringido
Tipo de oferta: Oferta para todos los lotes
Criterios de adjudicación
Oferta más económica

Autoridad contratante
Identidad
País: España 🇪🇸
Tipo de poder adjudicador: Otros
Nombre del poder adjudicador: Universitat de València
Dirección postal: av. Blasco Ibáñez, 13
Código postal: 46010
Ciudad postal: Valencia
Contacto
Dirección de internet: http://www.uv.es 🌏
Correo electrónico: contratacion.proyectos@uv.es 📧
Teléfono: +34 963983310 📞
Fax: +34 963983162 📠

Referencia
Fechas
Fecha de envío: 2017-07-10 📅
Fecha límite de presentación: 2017-09-11 📅
Fecha de publicación: 2017-07-13 📅
Identificadores
Número de anuncio: 2017/S 132-271066
Número del DO-S: 132
Información complementaria
— Los criterios de adjudicación se aplicarán en dos fases sucesivas. — Fase I: criterios no cuantificables mediante la aplicación de fórmulas: — Mejoras eficiencia energética: 10 puntos. — Mejoras sostenibilidad: 10 puntos. — Mejoras posterior mantenimiento: 10 puntos. — Mejoras accesibilidad: 10 puntos. — Mejoras protección contra el ruido: 5 puntos. — Fase II: criterios cuantificables mediante la aplicación de fórmulas: — Proposición económica: 45 puntos. — Garantía de asistencia técnica: 10 puntos. — El horario de Registro es de 9 a 14 horas y de 16 a 18 horas de lunes a viernes. Durante los meses de junio, julio y agosto el horario será de 9 a 14 horas de lunes a viernes. — Las ofertas podrán presentarse en los términos previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (vigente en virtud de la disposición derogatoria única de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). — Durante el mes de agosto el Servicio de Contratación Administrativa permanecerá cerrado por lo que se ruega que las posibles consultas se realicen durante el mes de julio.
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Objeto
Alcance de la contratación
Breve descripción:
Selección de empresas o profesionales que durante los 2 años posteriores a la formalización de los correspondientes acuerdos marco prestarán el servicio de redacción del proyecto y dirección facultativa de obras que lleve a cabo la Universitat de València.
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Se prevé la posibilidad de prórroga de la vigencia de los acuerdos marco por 2 años más por mutuo acuerdo de las partes.
Cantidad o extensión: 7 000 000 EUR (IVA excluido).
Número de renovaciones posibles: 2
Plazo para los contratos posteriores: 24 meses
Duración: 24 meses
Número de referencia: 2017 0087 - SE044
Lugar de ejecución
Emplazamiento principal o lugar de actuación: Provincia de Valencia.

Información jurídica, económica, financiera y técnica
Condiciones de participación
Habilitación para el ejercicio de la actividad profesional:
1. Capacidad para contratar:
— Solo podrán contratar con la Universitat de València las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que teniendo plena capacidad de obrar, acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, y no estén incursas en una prohibición de contratar, de conformidad con lo establecido en el artículo 60 del TRLCSP.
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— Los empresarios o profesionales deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituye el objeto del contrato. Asimismo, deberán disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.
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— Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
— Tendrán capacidad para contratar con la Universitat de València, en todo caso, las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito.
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— Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma sustancialmente análoga.
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En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio.
— Podrán contratar con la Universitat de València las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del acuerdo marco a su favor. En este caso, cuando concurran en la licitación dos o más empresarios, cada uno de ellos deberá acreditar su capacidad y solvencia, acumulándose a efectos de la determinación de la solvencia de la unión temporal las circunstancias acreditadas para cada uno de sus integrantes, sin perjuicio de lo que para la clasificación se establece en el artículo 52 del RGLCAP.
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— Los candidatos o los licitadores no deberán estar incursos en ninguna de las causas de prohibición de contratar establecidas en el artículo 60 del TRLCSP en la fecha de conclusión del plazo de presentación de proposiciones. Tampoco deberán estar incursos en tal situación cuando se proceda a la adjudicación del acuerdo marco. Para acreditar tal circunstancia deberán aportar la correspondiente declaración responsable en la que el empresario o profesional, su representante o apoderado, en su caso, deje constancia de tal requisito.
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2. Acreditación de la capacidad de obrar:
— La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.
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— La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, indicadas en el anexo I del RGLCAP, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
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— Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa en la que haga constar, previa acreditación de la empresa que figura inscrita en el Registro local profesional comercial o análogo o en su defecto, que actúa con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato. Deberá aportarse asimismo el informe de reciprocidad a que se refiere el artículo 55 del TRLCSP, o en el caso de que el contrato esté sujeto a regulación armonizada, informe de la Misión Diplomática Permanente de España o de la Secretaría General de Comercio Exterior del Ministerio de Economía en el que se haga constar que el Estado al que pertenece la empresa licitadora es signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio.
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3. Como acreditación de los requisitos exigidos para contratar los licitadores deberán aportar la documentación a que se refiere la cláusula 8.2 del pliego de cláusulas administrativas particulares.
Situación económica y financiera:
— Se deberá acreditar que tanto el arquitecto director del equipo como el ingeniero director del equipo tienen suscrito un seguro de indemnización por riesgos profesionales vigente hasta el fin del plazo de presentación de solicitudes de participación, por un importe mínimo de 1 000 000 EUR, y con el compromiso expreso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante todo el periodo de vigencia de los acuerdos marco. Este requisito se entenderá cumplido por el licitador que incluya con su oferta un compromiso vinculante de suscripción, en caso de resultar adjudicatario, del seguro exigido.
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Capacidad técnica y profesional:
— Se deberá acreditar que el licitador ha realizado en el año de mayor ejecución dentro del periodo comprendido entre el 1.1.2012 y la fecha límite de presentación de solicitudes de participación, servicios o trabajos del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto principal del contrato a adjudicar (tal y como se describen en la cláusula 1 del pliego) por un importe anual (sin incluir impuestos) superior a 200 000 EUR (referido al importe facturado, IVA excluido). Los trabajos acreditados deberán de reunir las siguientes condiciones:
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— No se admitirán trabajos relativos a obras de menos de 50 000 EUR de presupuesto de ejecución material, ni trabajos cuyo importe de facturación sea inferior a 5 000 EUR.
— Al menos una tercera parte del importe mínimo a justificar se deberá referir a trabajos de arquitectura y otra tercera parte a trabajos de ingeniería.
Además, se deberá acreditar que dentro del periodo comprendido entre el 1.1.2012 y la fecha límite de presentación de solicitudes de participación se han realizado al menos 2 trabajos referidos a obras de presupuesto de ejecución material mínimo de 2 500 000 EUR (la redacción de un proyecto y la dirección de la misma obra contará como un único trabajo a estos efectos).
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Los trabajos que se acrediten deberán de tener en cuenta los criterios establecidos en el anexo a este pliego denominado «criterios que se aplicarán a los efectos de la valoración de los requisitos de solvencia y para la selección de los candidatos» (anexo B).
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— Se deberá acreditar que el licitador cuenta como mínimo con el siguiente equipo para la ejecución del contrato:
— 1 arquitecto, que asumirá las funciones de arquitecto-director del equipo, con una antigüedad mínima de 10 años en la profesión.
— 1 ingeniero superior (en cualquier titulación relacionada con instalaciones en el ámbito de las edificaciones), que asumirá las funciones de ingeniero-director del equipo, con una antigüedad mínima de 10 años en la profesión.
— 1 arquitecto técnico, con una antigüedad mínima de 10 años en la profesión.
— 1 ingeniero o arquitecto especialista en estructuras, con una antigüedad mínima de 10 años en la profesión.
— 1 o varios arquitectos, arquitectos técnicos, ingenieros o ingenieros técnicos especialistas en instalaciones eléctricas, climatización, fontanería, voz y datos, detección de incendios, detección de intrusión, energía solar, agua caliente sanitaria, eficiencia energética, urbanismo, accesibilidad, acústica y control de calidad, con una antigüedad mínima de 10 años en la profesión.
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— 1 técnico competente según la normativa vigente para redactar y dirigir estudios de seguridad y salud, que tendrá dedicación exclusiva a la seguridad y salud en obra, con una antigüedad mínima de 10 años en la profesión.
— Se deberá acreditar estar en posesión de un certificado expedido por organismo competente, que acredite el cumplimiento de las exigencias de la norma
ISO 9001, o equivalente, por el sistema de gestión de calidad adoptado por el licitador.
ISO 14001, o equivalente, por el sistema de gestión ambiental adoptado por el licitador.
OSHAS 18001, o equivalente, por el sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo adoptado por el licitador.
Ejecución del contrato
Depósitos y garantías exigidos:
Garantía provisional: 15 000 EUR.
Garantía definitiva: 30 000 EUR.
Principales condiciones de financiación y modalidades de pago y/o referencia a las disposiciones pertinentes por las que se rigen:
El pago de los trabajos de redacción del proyecto se efectuará, previa presentación de las correspondientes facturas, mediante el siguiente régimen de pagos:
— Un 2 % a la aprobación del anteproyecto por la gerencia de la Universitat. Si no procede redactar un anteproyecto y sí un programa de necesidades, este porcentaje del precio se pagará a la aprobación del programa de necesidades.
— Un 23 % a la entrega del proyecto básico.
— Un 60 % cuando se produzca la aprobación del proyecto de ejecución por el órgano de contratación.
— Un 15 % a la obtención de las correspondientes licencias de obra y de actividad ambiental.
El pago de los trabajos de dirección de obras se efectuará, previa presentación de las correspondientes facturas, mediante el siguiente régimen de pagos:
— Un 80 % del precio se abonará mensualmente, en función del volumen de obra acreditada en ese periodo.
— Un 10 % a la entrega de la documentación de obra ejecutada. Dicha documentación comprenderá, según el artículo 7 de Ley de la Edificación, el proyecto, con la incorporación en su caso, de las modificaciones debidamente aprobadas, el acta de recepción, la relación identificativa de los agentes que han intervenido durante el proceso de edificación, así como las instrucciones de uso y mantenimiento del edificio y sus instalaciones, de conformidad con la normativa que le sea de aplicación. Toda esta documentación constituirá el Libro del Edificio y será entregada a los usuarios finales del mismo, según establece dicho artículo.
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— El 10 % restante se abonará cuando se obtenga de las administraciones competentes la legalización de las obras, incluyendo la concesión de la licencia de primera utilización del edificio y las licencias de apertura o funcionamiento de actividad concedida, en aquellos proyectos de obra que así determine el documento de licencia de obras. En todos los demás casos, hasta que los correspondientes Ayuntamientos informen que la documentación final de obra aportada se considera correcta y proceden al archivo del expediente.
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Los plazos para los pagos serán los establecidos en el artículo 216 del TRLCSP.
Forma jurídica que adoptará la agrupación de operadores económicos adjudicataria del contrato: Unión temporal de empresas (UTE).
La ejecución del servicio está reservada a una profesión determinada: Ley 38/1999 de Ordenación de la Edificación.
Nombres y cualificaciones profesionales del personal

Procedimiento
Número máximo de operadores del acuerdo marco: 7
Duración del acuerdo marco en años: 2
Número mínimo de candidatos: 10
Número máximo de candidatos: 15
Criterios objetivos para la selección:
El órgano de contratación seleccionará a las empresas o profesionales a los que invitará a presentar proposición atendiendo a los criterios que se relacionan a continuación:
1 -Trabajos realizados en el periodo comprendido entre el 1.1.2012 y la fecha de finalización de presentación de solicitudes de participación. Se valorará hasta con 50 puntos. La valoración se realizará teniendo en cuenta los presupuestos de ejecución material de las obras acreditadas en las que haya intervenido el licitador (o miembros del equipo que aporten su solvencia) como redactor de proyecto y/o como director de obra (el PEM que se tendrá en cuenta será el gestionado directamente por cada uno de los miembros del equipo), y la experiencia acreditada del equipo en la implantación de soluciones que supongan mejoras en cuanto a la sostenibilidad ambiental, la eficiencia energética o la accesibilidad de los edificios:
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-- PEM de las obras acreditadas (hasta 25 puntos): se otorgará a la empresa que menor PEM acredite 0 puntos, a las empresas que acrediten un PEM igual o superior al resultado de multiplicar por 10 el menor PEM acreditado, 25 puntos, y al resto proporcionalmente.
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-- Sostenibilidad ambiental, eficiencia energética y accesibilidad (hasta 25 puntos): se tendrán en cuenta la eficacia y la innovación de las medidas implementadas. Solo se tendrán en cuenta las medidas incluidas en el anexo V, y cada una de ellas podrá obtener una puntuación máxima de 2,5 puntos. / A los efectos de la valoración establecida en este apartado no se considerarán trabajos relativos a obras de menos de 50 000 EUR de presupuesto de ejecución material, ni trabajos cuyo importe de facturación sea inferior a 5 000 EUR. A los efectos de lo dispuesto en este apartado se deberán de tener en cuenta los criterios establecidos en el anexo al pliego denominado «criterios que se aplicarán a los efectos de la valoración de los requisitos de solvencia y para la selección de los candidatos» (anexo B).
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2 -Equipo técnico ofertado. Se valorará hasta con 50 puntos. Se considerará el número de titulados, su antigüedad y titulaciones, por encima del equipo y antigüedad mínimos que se establecen como exigencia de solvencia mínima en la cláusula 7.3.2 del pliego. A los efectos de otorgar la puntuación de este apartado solo se consideraran titulados de los que se mencionan en la cláusula 7.3.2., y como máximo se valorarán 5 arquitectos, 5 ingenieros superiores, 5 arquitectos técnicos, 5 ingenieros técnicos, y 5 técnicos en seguridad y salud. Por tanto, no se tendrán en consideración a efectos de puntuación los técnicos que excedan de los mencionados máximos. La puntuación de este apartado se otorgará asignando a la empresa que mejor equipo oferte 50 puntos, y al resto proporcionalmente, considerando que al ofrecimiento del equipo establecido como mínimo en el pliego (en cuanto a número, antigüedad y titulaciones) le correspondería 0 puntos.
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Criterios de adjudicación
Criterio: 1. Proposición económica (45)
2. Garantía de asistencia técnica (10)
3. Mejoras eficiencia energética (10)
4. Mejoras sostenibilidad (10)
5. Mejoras posterior mantenimiento (10)
6. Mejoras accesibilidad (10)
7. Mejoras protección contra el ruido (5)
Lenguas
Lengua: español 🗣️

Autoridad contratante
Identidad
Número de registro nacional: Q4618001D
Otro tipo de poder adjudicador: Other
Contacto
Punto de contacto: Servicio de Contratación Administrativa, Unidad de Gestión de Redacción de Proyectos y Dirección de Obras
Dirección del perfil de comprador: http://www.uv.es/contratacion 🌏
Nombre: Registre General de la Universitat de Valencia
Punto de contacto: Unidad de Gestión de redacción de proyectos y dirección de obras
URL de participación: http://www.uv.es/uvweb/registro-general/es/horario-atencion-1285868559336.html 🌏
URL de los documentos: http://www.uv.es/contratacion/licita/lic_serv/licita.html 🌏

Referencia
Identificadores
Número de referencia atribuido por el poder adjudicador: 2017 0087 - SE044
Información complementaria
— Los criterios de adjudicación se aplicarán en dos fases sucesivas.
— Fase I: criterios no cuantificables mediante la aplicación de fórmulas:
— Mejoras eficiencia energética: 10 puntos.
— Mejoras sostenibilidad: 10 puntos.
— Mejoras posterior mantenimiento: 10 puntos.
— Mejoras accesibilidad: 10 puntos.
— Mejoras protección contra el ruido: 5 puntos.
— Fase II: criterios cuantificables mediante la aplicación de fórmulas:
— Proposición económica: 45 puntos.
— Garantía de asistencia técnica: 10 puntos.
— El horario de Registro es de 9 a 14 horas y de 16 a 18 horas de lunes a viernes. Durante los meses de junio, julio y agosto el horario será de 9 a 14 horas de lunes a viernes.
— Las ofertas podrán presentarse en los términos previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (vigente en virtud de la disposición derogatoria única de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
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— Durante el mes de agosto el Servicio de Contratación Administrativa permanecerá cerrado por lo que se ruega que las posibles consultas se realicen durante el mes de julio.

Información complementaria
Órgano de revisión
Nombre: Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (TACRC)
Dirección postal: av. General Perón, 38
Ciudad postal: Madrid
Código postal: 28020
País: España 🇪🇸
Dirección de internet: http://www.tribunalcontratos.gob.es 🌏
Información sobre los plazos de procedimientos de recurso:
Serán susceptibles de recurso especial en materia de contratación previo a la interposición del contencioso-administrativo los siguientes actos, en relación con el procedimiento de adjudicación del acuerdo marco objeto de este pliego:
— Los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación.
— Los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación siempre que decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos. Se considerarán actos de trámite que determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento los actos de la Mesa de Contratación por los que se acuerde la exclusión de licitadores.
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— La resolución de adjudicación.
— Aquellos otros que establezcan las Directivas Comunitarias 2014/23/UE y 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26.2.2014, sobre contratación pública.
Contra estos actos no procederá la interposición de recursos administrativos ordinarios.
El recurso especial en materia de contratación tiene carácter potestativo, por lo que de forma alternativa se podrá plantear contra estos actos recurso ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de 2 meses, contados desde el día siguiente al de la notificación o publicación del acto que se impugne.
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Podrá interponer recurso especial en materia de contratación toda persona física o jurídica cuyos derechos o intereses legítimos se hayan visto perjudicados o puedan resultar afectados por las decisiones objeto de recurso.
El órgano competente para la tramitación y resolución del recurso especial en materia de contratación es el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (en lo sucesivo TACRC), con dirección de la sede electrónica http://tribunalcontratos.gob.es.
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Antes de interponer el recurso especial las personas legitimadas para ello podrán solicitar ante el TACRC la adopción de medidas provisionales, de conformidad con lo establecido en el artículo 43 del TRLCSP.
Con carácter previo a la interposición del recurso especial deberá presentarse, dentro del plazo establecido en el apartado siguiente para la interposición del recurso, escrito dirigido al órgano de contratación de la Universitat anunciando la intención de recurrir, y especificando el acto del procedimiento que va a ser impugnado.
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El procedimiento de recurso se iniciará mediante el escrito de interposición, que deberá presentarse en el plazo de 15 días hábiles, que se contarán:
Con carácter general a partir del día siguiente a aquél en que se remita la notificación del acto impugnado.
Cuando el recurso se interponga contra el contenido de los pliegos y demás documentos contractuales, el cómputo se iniciará a partir del día siguiente a aquel en que los mismos hayan sido recibidos o puestos a disposición de los licitadores o candidatos para su conocimiento conforme se dispone en el artículo 158 del TRLCSP.
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Cuando se interponga contra actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación o contra un acto resultante de la aplicación del procedimiento negociado sin publicidad, el cómputo se iniciará a partir del día siguiente a aquel en que se haya tenido conocimiento de la posible infracción.
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Cuando se interponga contra el anuncio de licitación, el plazo comenzará a contarse a partir del día siguiente al de publicación.
El recurso deberá presentarse a través del Registro Electrónico del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, utilizando el formulario electrónico general previsto al efecto (se puede acceder a través de la siguiente dirección: https://sedeminhap.gob.es/es-ES/Sedes/TACRC/Paginas/Default.aspx), o en el Registro General de la Universitat de València (av. Blasco Ibáñez, 13, 46010 Valencia).
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El escrito de interposición deberá ir acompañado de la documentación a que hace referencia el artículo 44 del TRLCSP.
Si el acto recurrido es el de adjudicación, quedará en suspenso la tramitación del expediente de contratación.
En los casos en los que el contrato a adjudicar sea de regulación armonizada y se considere que concurre alguna causa de nulidad de las establecidos en el artículo 37.1 del TRLCSP, podrá interponerse la cuestión de nulidad a la que hace referencia el artículo 39 de dicha Ley. La cuestión se interpondrá ante el mismo órgano competente para resolver el recurso especial al que se ha hecho mención en el apartado anterior, en los plazos establecidos en el artículo 39 citado.
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En el caso de procedimientos para la adjudicación de contratos no sujetos a regulación armonizada, contra el anuncio de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el órgano de contratación de la Universitat de València en el plazo de 1 mes, de acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de 2 meses, contados desde el día siguiente a su publicación.
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Contra el resto de actos del procedimiento se podrán interponer los recursos establecidos en la Ley 39/2015 que procedan en cada caso, tal y como se indicará expresamente en la notificación de los mismos.
Servicio del que puede obtenerse información sobre el procedimiento de recurso
Nombre: Universitat de València, Servei de Contractació Administrativa
Dirección postal: av. Blasco Ibáñez, 13
Ciudad postal: Valencia
Código postal: 46010
Teléfono: +34 963983310 📞
Dirección de internet: http://www.uv.es/contratacion 🌏
Fax: +34 963983162 📠
Fuente: OJS 2017/S 132-271066 (2017-07-10)
Anuncio de adjudicación de contrato (2018-09-26)
Objeto
Metadatos del anuncio
Tipo de documento: Anuncio de adjudicación de contrato

Procedimiento
Tipo de oferta: No procede

Autoridad contratante
Identidad
Dirección postal: Avenida Blasco Ibáñez, 13

Referencia
Fechas
Fecha de envío: 2018-09-26 📅
Fecha de publicación: 2018-09-28 📅
Identificadores
Número de anuncio: 2018/S 187-423731
Se refiere al anuncio: 2017/S 132-271066
Número del DO-S: 187
Información complementaria
Los porcentajes de baja mínimos a aplicar por cada una de las empresas seleccionadas (de acuerdo con las ofertas presentadas) en los procedimientos de adjudicación que se realicen al amparo de los acuerdos marco, se detallan a continuación: Empresa; proposición económica (% de baja mínimo) Oficina Técnica Tes, S.L.; 24,00 % U.T.E. José Luis Banacloig-Leing, S. L. — Premea, S. L. — Dos Mil Tres PMHS, S. L.; 23,01 % U.T.E. Escario Proyectos y Diseños, S. A. — Tomás Llavador Arquitectos e Ingenieros, S. L. — Consulting de Ingeniería ICA, S. L. — Tecopy, S. A. U.; 26,00 % U.T.E. Santatecla Arquitectos, S. L. — Valnu Servicios de Ingeniería, S. L.; 24,15 % U.T.E. CPS Infraestructuras Movilidad y Medio Ambiente, S. L. — Intercontrol Levante, S. A.; 25,11 % Luis Carratalá Calvo; 23,10 % U.T.E. Master, S. A. de Ingeniería y Arquitectura — Eurocontrol, S. A.; 23,00 %
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Adjudicación del contrato

1️⃣
Fecha de celebración del contrato: 2018-07-27 📅
Nombre: Oficina Técnica Tes, S. L.
Dirección postal: C/ Cronista Carreres, 5, entresuelo 1º
Ciudad postal: València
Código postal: 46003
País: España 🇪🇸

2️⃣
Nombre: U.T.E. José Luis Banacloig-Leing, S. L. — Premea, S. L. — Dos Mil Tres PMHS, S. L.
Dirección postal: Avenida Barón de Cárcer, 50, planta 17
Código postal: 46001

3️⃣
Nombre: U.T.E. Escario Proyectos y Diseños, S. A. — Tomás Llavador Arquitectos e Ingenieros, S. L. — Consulting de Ingeniería ICA, S. L. — Tecopy, S. A. U.
Dirección postal: Plaza Poeta Vicente Gaos, 4, bajo
Código postal: 46021

4️⃣
Nombre: U.T.E. Santatecla Arquitectos, S. L. — Valnu Servicios de Ingeniería, S. L.
Dirección postal: Avenida Blasco Ibáñez, 65, 1ª planta

5️⃣
Nombre: U.T.E. CPS Infraestructuras Movilidad y Medio Ambiente, S. L. — Intercontrol Levante, S. A.
Dirección postal: Paseo de las Facultades, 1

6️⃣
Nombre: Luis Carratalá Calvo
Dirección postal: C/ Pintor Jenaro Lahuerta, 15, 2ª
Código postal: 46010

7️⃣
Nombre: U.T.E. Master, S. A. de Ingeniería y Arquitectura — Eurocontrol, S. A.
Dirección postal: C/ Zurbano, 48
Ciudad postal: Madrid
Código postal: 28010
Información sobre licitaciones
Número de ofertas recibidas: 14

Autoridad contratante
Contacto
Punto de contacto: Unidad de gestión de redacción de proyectos y dirección de obras

Información complementaria
Órgano de revisión
Dirección postal: Avenida General Perón, 38
Información sobre los plazos de procedimientos de recurso:
— Los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación,
— los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación siempre que decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos. Se considerarán actos de trámite que determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento los actos de la Mesa de Contratación por los que se acuerde la exclusión de licitadores,
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— la resolución de adjudicación,
— aquellos otros que establezcan las Directivas Comunitarias 2014/23/UE y 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública.
El procedimiento de recurso se iniciará mediante el escrito de interposición, que deberá presentarse en el plazo de 15 días hábiles, que se contarán: con carácter general a partir del día siguiente a aquél en que se remita la notificación del acto impugnado.
Ver más
El recurso deberá presentarse a través del Registro Electrónico del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, utilizando el formulario electrónico general previsto al efecto (se puede acceder a través de la siguiente dirección: https://sedeminhap.gob.es/es-ES/Sedes/TACRC/Paginas/Default.aspx), o en el Registro General de la Universitat de València (Avenida Blasco Ibáñez, 13, 46010 Valencia).
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Servicio del que puede obtenerse información sobre el procedimiento de recurso
Nombre: Universitat de València — Servei de Contractació Administrativa
Dirección postal: Avenida Blasco Ibáñez, 13
Fuente: OJS 2018/S 187-423731 (2018-09-26)