El objeto del presente contrato es la prestación del Servicio de Ayuda en el Hogar del Ayuntamiento de Cospeito, en los términos establecidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas y Cláusulas Administrativas. El Art. 9 del Decreto 99/2012, de 16 de marzo, define, en su apartado 1.b) el Servicio de Ayuda en el Hogar (SAF) como un servicio comunitario básico, que tiene por objeto prestar un conjunto de atenciones a las personas o familias en su domicilio, desde una perspectiva integral y normalizadora, para facilitar su desarrollo personal y la permanencia en su medio habitual, especialmente en aquellas situaciones que tengan limitada su autonomía o en otras situaciones de riesgo social para las cuales resulte un recurso idóneo.
Plazo
El plazo para la recepción de ofertas era de 2017-11-17.
La contratación se publicó en 2017-11-16.
Proveedores
Los siguientes proveedores se mencionan en decisiones de adjudicación u otros documentos de contratación:
Anuncio de licitación (2017-11-16) Objeto Alcance de la contratación
Título: Servicios de asistencia social y servicios conexos
Breve descripción:
El objeto del presente contrato es la prestación del Servicio de Ayuda en el Hogar del Ayuntamiento de Cospeito, en los términos establecidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas y Cláusulas Administrativas.
El Art. 9 del Decreto 99/2012, de 16 de marzo, define, en su apartado 1.b) el Servicio de Ayuda en el Hogar (SAF) como un servicio comunitario básico, que tiene por objeto prestar un conjunto de atenciones a las personas o familias en su domicilio, desde una perspectiva integral y normalizadora, para facilitar su desarrollo personal y la permanencia en su medio habitual, especialmente en aquellas situaciones que tengan limitada su autonomía o en otras situaciones de riesgo social para las cuales resulte un recurso idóneo.
El objeto del presente contrato es la prestación del Servicio de Ayuda en el Hogar del Ayuntamiento de Cospeito, en los términos establecidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas y Cláusulas Administrativas.
El Art. 9 del Decreto 99/2012, de 16 de marzo, define, en su apartado 1.b) el Servicio de Ayuda en el Hogar (SAF) como un servicio comunitario básico, que tiene por objeto prestar un conjunto de atenciones a las personas o familias en su domicilio, desde una perspectiva integral y normalizadora, para facilitar su desarrollo personal y la permanencia en su medio habitual, especialmente en aquellas situaciones que tengan limitada su autonomía o en otras situaciones de riesgo social para las cuales resulte un recurso idóneo.
Referencia Fechas
Fecha de envío: 2017-11-16 📅
Fecha límite de presentación: 2017-11-17 📅
Fecha de publicación: 2017-11-21 📅
Identificadores
Número de anuncio: 2017/S 223-464464
Número del DO-S: 223
Información complementaria
De acuerdo con la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público y con la disposición adicional trigésimo tercera del Trlcsp vigente, el contratista tendrá la obligación de presentar la factura en formato electrónico.
Este Ayuntamiento está adherido a la plataforma electrónica Face-Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas, y la factura que se emita deberá incluir, además de los datos establecidos en la normativa de facturas, los siguientes:
Destinatario: Ayuntamiento de Cospeito CIF: P2701500G
Código DIR: L01270155
Órgano Gestor: Alcaldía- Junta de Gobierno
Código DIR: L01270155
Oficina Contable: Intervención
Código DIR: L01270155
Unidad Tramitadora: Servicios Económicos
Código DIR: L01270155.
De acuerdo con la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público y con la disposición adicional trigésimo tercera del Trlcsp vigente, el contratista tendrá la obligación de presentar la factura en formato electrónico.
Este Ayuntamiento está adherido a la plataforma electrónica Face-Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas, y la factura que se emita deberá incluir, además de los datos establecidos en la normativa de facturas, los siguientes:
Destinatario: Ayuntamiento de Cospeito CIF: P2701500G
Código DIR: L01270155
Órgano Gestor: Alcaldía- Junta de Gobierno
Código DIR: L01270155
Oficina Contable: Intervención
Código DIR: L01270155
Unidad Tramitadora: Servicios Económicos
Código DIR: L01270155.
Objeto Alcance de la contratación
Breve descripción:
El objeto del presente contrato es la prestación del Servicio de Ayuda en el Hogar del Ayuntamiento de Cospeito, en los términos establecidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas y Cláusulas Administrativas.
El Art. 9 del Decreto 99/2012, de 16 de marzo, define, en su apartado 1.b) el Servicio de Ayuda en el Hogar (SAF) como un servicio comunitario básico, que tiene por objeto prestar un conjunto de atenciones a las personas o familias en su domicilio, desde una perspectiva integral y normalizadora, para facilitar su desarrollo personal y la permanencia en su medio habitual, especialmente en aquellas situaciones que tengan limitada su autonomía o en otras situaciones de riesgo social para las cuales resulte un recurso idóneo.
El Art. 9 del Decreto 99/2012, de 16 de marzo, define, en su apartado 1.b) el Servicio de Ayuda en el Hogar (SAF) como un servicio comunitario básico, que tiene por objeto prestar un conjunto de atenciones a las personas o familias en su domicilio, desde una perspectiva integral y normalizadora, para facilitar su desarrollo personal y la permanencia en su medio habitual, especialmente en aquellas situaciones que tengan limitada su autonomía o en otras situaciones de riesgo social para las cuales resulte un recurso idóneo.
Valor total estimado: 2093786.88 EUR 💰
Valor estimado sin IVA: 2093786.88 EUR 💰
Duración: 24 meses Vocabulario común de contratación pública (CPV)
Código CPV suplementario: DA28
Lugar de ejecución
Emplazamiento principal o lugar de actuación: Concello de Cospeito.
Información jurídica, económica, financiera y técnica Condiciones de participación
Lista y breve descripción de las normas y criterios:
Podrán concurrir a la licitación las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibición para contratar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional. Asimismo las empresas licitadoras deberán estar inscritas en el Registro único de entidades prestadoras de servicios sociales de la Xunta de Galicia, área de comunidad.
Lista y breve descripción de las normas y criterios
Podrán concurrir a la licitación las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibición para contratar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional. Asimismo las empresas licitadoras deberán estar inscritas en el Registro único de entidades prestadoras de servicios sociales de la Xunta de Galicia, área de comunidad.
Asimismo podrán concurrir a la licitación las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública, de acuerdo con el establecido en el Artículo 59 del Trlcsp.
A estos efectos las empresas que componen la unión de empresarios deberán indicar nombres y circunstancias de las que la constituyan, debiendo presentar cada una de ellas la documentación exigida en el Pliego.
En el supuesto de resultar adjudicataria la unión de empresarios deberá constituirse formalmente en escritura pública.
Ejecución del contrato
Condiciones de ejecución del contrato:
El contrato tiene por objeto la ejecución material del servicio de Ayuda en el Hogar en los términos previstos en estas Prescripciones Técnicas y en el Pliego de Cláusulas Administrativas, en base a las competencias municipales que establece la Ley 7/85 de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, nos sus Artículos 25.2 K y 26.1.c.
El contrato tiene por objeto la ejecución material del servicio de Ayuda en el Hogar en los términos previstos en estas Prescripciones Técnicas y en el Pliego de Cláusulas Administrativas, en base a las competencias municipales que establece la Ley 7/85 de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, nos sus Artículos 25.2 K y 26.1.c.
Se entienden por servicio de ayuda en el hogar tanto la que se presta a las personas que estén valoradas cómo dependientes en cualquiera de sus grados, según la Ley 39/2006 de 14 de diciembre, como a las personas que formen parte del servicio de ayuda en el hogar en su modalidad de libre concurrencia.
Se entienden por servicio de ayuda en el hogar tanto la que se presta a las personas que estén valoradas cómo dependientes en cualquiera de sus grados, según la Ley 39/2006 de 14 de diciembre, como a las personas que formen parte del servicio de ayuda en el hogar en su modalidad de libre concurrencia.
La ejecución material del servicio de Ayuda en el Hogar se realizará de acuerdo con los criterios establecidos en la Ley 13/2008 de 3 de diciembre de servicios sociales de Galicia, Asimismo será de aplicación el Reglamento Municipal del servicio de ayuda en el hogar del Ayuntamiento de Cospeito.
La ejecución material del servicio de Ayuda en el Hogar se realizará de acuerdo con los criterios establecidos en la Ley 13/2008 de 3 de diciembre de servicios sociales de Galicia, Asimismo será de aplicación el Reglamento Municipal del servicio de ayuda en el hogar del Ayuntamiento de Cospeito.
Procedimiento
Principales características del procedimiento de adjudicación:
Cláusula 12 PCAP: Criterios evaluables de forma automática: Estos criterios se valorarán de manera automática hasta un máximo de 60 puntos.A.1]- Oferta económica, hasta 40 puntos. A.2] Mejoras, perfectamente definidas, cuantificadas y directamente vinculadas al objeto del contrato: hasta un máximo de 20 puntos. Criterios de valoración subjetiva: programa de explotación del servicio: máximo 40 puntos.
Principales características del procedimiento de adjudicación
Cláusula 12 PCAP: Criterios evaluables de forma automática: Estos criterios se valorarán de manera automática hasta un máximo de 60 puntos.A.1]- Oferta económica, hasta 40 puntos. A.2] Mejoras, perfectamente definidas, cuantificadas y directamente vinculadas al objeto del contrato: hasta un máximo de 20 puntos. Criterios de valoración subjetiva: programa de explotación del servicio: máximo 40 puntos.
Lenguas en las que pueden presentarse las ofertas o solicitudes de participación: español 🗣️
gallego 🗣️
De acuerdo con la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público y con la disposición adicional trigésimo tercera del Trlcsp vigente, el contratista tendrá la obligación de presentar la factura en formato electrónico.
De acuerdo con la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público y con la disposición adicional trigésimo tercera del Trlcsp vigente, el contratista tendrá la obligación de presentar la factura en formato electrónico.
Este Ayuntamiento está adherido a la plataforma electrónica Face-Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas, y la factura que se emita deberá incluir, además de los datos establecidos en la normativa de facturas, los siguientes:
Destinatario: Ayuntamiento de Cospeito CIF: P2701500G
Código DIR: L01270155
Órgano Gestor: Alcaldía- Junta de Gobierno
Oficina Contable: Intervención
Unidad Tramitadora: Servicios Económicos
Código DIR: L01270155.
Fuente: OJS 2017/S 223-464464 (2017-11-16)
Anuncio de adjudicación de contrato (2018-05-07) Objeto Alcance de la contratación
Breve descripción:
El objeto del presente contrato es la prestación del servicio de ayuda en el hogar del Ayuntamiento de Cospeito, en los términos establecidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas y Cláusulas Administrativas.
El Artículo 9 del Decreto 99/2012, de 16 de marzo, define, en su apartado 1.b) el Servicio de Ayuda en el Hogar (SAF) como un servicio comunitario básico, que tiene por objeto prestar un conjunto de atenciones a las personas o familias en su domicilio, desde una perspectiva integral y normalizadora, para facilitar su desarrollo personal y la permanencia en su medio habitual, especialmente en aquellas situaciones que tengan limitada su autonomía o en otras situaciones de riesgo social para las cuales resulte un recurso idóneo.
El objeto del presente contrato es la prestación del servicio de ayuda en el hogar del Ayuntamiento de Cospeito, en los términos establecidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas y Cláusulas Administrativas.
El Artículo 9 del Decreto 99/2012, de 16 de marzo, define, en su apartado 1.b) el Servicio de Ayuda en el Hogar (SAF) como un servicio comunitario básico, que tiene por objeto prestar un conjunto de atenciones a las personas o familias en su domicilio, desde una perspectiva integral y normalizadora, para facilitar su desarrollo personal y la permanencia en su medio habitual, especialmente en aquellas situaciones que tengan limitada su autonomía o en otras situaciones de riesgo social para las cuales resulte un recurso idóneo.
Valor total de la contratación: 2093786.88 EUR 💰
Metadatos del anuncio
Tipo de documento: Anuncio de adjudicación de contrato
Procedimiento
Tipo de oferta: No procede
Autoridad contratante Identidad
Dirección postal: Avenida Terra Cha, 29
Ciudad postal: Feira do Monte, Cospeito, Lugo
Referencia Fechas
Fecha de envío: 2018-05-07 📅
Fecha de publicación: 2018-05-12 📅
Identificadores
Número de anuncio: 2018/S 090-204798
Se refiere al anuncio: 2017/S 223-464464
Número del DO-S: 90
Información complementaria
El precio del contrato, según la oferta presentada y en las condiciones aceptadas por el adjudicatario, es lo que sigue:
— libre concurrencia: 11,20 EUR/hora (ordinario), 9,00 EUR/hora (extraordinario),
— dependencia: 11,75 EUR/hora (ordinario), 12,20 EUR/hora(extraordinario).
Objeto Alcance de la contratación
Breve descripción:
El objeto del presente contrato es la prestación del servicio de ayuda en el hogar del Ayuntamiento de Cospeito, en los términos establecidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas y Cláusulas Administrativas.
El Artículo 9 del Decreto 99/2012, de 16 de marzo, define, en su apartado 1.b) el Servicio de Ayuda en el Hogar (SAF) como un servicio comunitario básico, que tiene por objeto prestar un conjunto de atenciones a las personas o familias en su domicilio, desde una perspectiva integral y normalizadora, para facilitar su desarrollo personal y la permanencia en su medio habitual, especialmente en aquellas situaciones que tengan limitada su autonomía o en otras situaciones de riesgo social para las cuales resulte un recurso idóneo.
El Artículo 9 del Decreto 99/2012, de 16 de marzo, define, en su apartado 1.b) el Servicio de Ayuda en el Hogar (SAF) como un servicio comunitario básico, que tiene por objeto prestar un conjunto de atenciones a las personas o familias en su domicilio, desde una perspectiva integral y normalizadora, para facilitar su desarrollo personal y la permanencia en su medio habitual, especialmente en aquellas situaciones que tengan limitada su autonomía o en otras situaciones de riesgo social para las cuales resulte un recurso idóneo.
Información complementaria:
El precio del contrato, según la oferta presentada y en las condiciones aceptadas por el adjudicatario, es lo que sigue:
Procedimiento
Principales características del procedimiento de adjudicación:
Cláusula 12 PCAP, criterios evaluables de forma automática: estos criterios se valorarán de manera automática hasta un máximo de 60 puntos. A.1]- Oferta económica, hasta 40 puntos; A.2] mejoras, perfectamente definidas, cuantificadas y directamente vinculadas al objeto del contrato: hasta un máximo de 20 puntos.Criterios de valoración subjetiva: programa de explotación del servicio: máximo 40 puntos.
Principales características del procedimiento de adjudicación
Cláusula 12 PCAP, criterios evaluables de forma automática: estos criterios se valorarán de manera automática hasta un máximo de 60 puntos. A.1]- Oferta económica, hasta 40 puntos; A.2] mejoras, perfectamente definidas, cuantificadas y directamente vinculadas al objeto del contrato: hasta un máximo de 20 puntos.Criterios de valoración subjetiva: programa de explotación del servicio: máximo 40 puntos.
Adjudicación del contrato
Fecha de celebración del contrato: 2018-04-27 📅
Autoridad contratante Contacto
Punto de contacto: Secretaría
Referencia Información complementaria
De acuerdo con la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el sector público y con la Disposición adicional trigésimo tercera del TRLCSP vigente, el contratista tendrá la obligación de presentar la factura en formato electrónico.
De acuerdo con la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el sector público y con la Disposición adicional trigésimo tercera del TRLCSP vigente, el contratista tendrá la obligación de presentar la factura en formato electrónico.
Este Ayuntamiento está adherido a la plataforma electrónica FACE – Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas, y la factura que se emita deberá incluir, además de los datos establecidos en la normativa de facturas, los siguientes:
— destinatario: Ayuntamiento de Cospeito CIF: P2701500G,