Contrato sujeto a regulación armonizada: El licitador tendrá el derecho, no la obligación, de sustituir la aportación inicial de documentación a incluir en el Sobre 1 (Excepto la señalada en el número 13 de la cláusula 14) por el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC). En este supuesto deberá aportar una declaración suplementaria sobre pertenencia, o no, a grupo empresarial, y, en caso afirmativo, sobre las empresas del grupo que presentan oferta a esta licitación.