Información precisa sobre los plazos de los procedimientos de revisión
Las reclamaciones y cuestiones de nulidad que se planteen por infracción de las normas contenidas en la Ley 31/2007, se tramitarán de conformidad con el Título VII de la referida norma. El órgano competente para la resolución de las reclamaciones y cuestiones de nulidad es el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales sito en la Avenida General Perón, 38, planta 8, CP 28020 Madrid, España (
tribunal_recursos.contratos@minhafp.es).
Todo aquel que se proponga presentar reclamación deberá anunciarlo previamente mediante escrito presentado ante la Autoridad Portuaria de Las Palmas. Se deberá indicar el acto del procedimiento contra el que se dirige la reclamación. El procedimiento se iniciará mediante escrito que deberá presentarse necesariamente ante el órgano competente para su resolución en el plazo de quince (15) días hábiles a contar desde la publicación de la licitación en el Diario Oficial de la Unión Europea, desde que se anuncie en el perfil del contratante (
www.contrataciondelestado.es) o desde que los licitadores tengan conocimiento de la infracción que se denuncia.
La cuestión de nulidad de los contratos se presentará en el plazo de treinta (30) días hábiles a contar desde la publicación o notificación del contrato adjudicado.
Las cuestiones litigiosas que puedan surgir sobre el fondo, interpretación, modificación o derechos dimanantes del contrato estarán sujetas al orden jurisdiccional civil y serán resueltas por los Juzgados y Tribunales del lugar de celebración del mismo, a cuya jurisdicción se someterán las partes renunciando expresamente a cualquier fuero que les pudiera corresponder.