De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 80/1998, de 14 de mayo, por el que se regulan las condiciones higiénico-sanitarias de piscinas de uso colectivo, es obligatoria la existencia de un socorrista en cada una de las piscinas de titularidad municipal. Además de ello, la Concejalía de Deportes, según señala el Pliego de Prescripciones Técnicas para justificar la necesidad del contrato, el servicio médico en las instalaciones deportivas se presta con objeto de garantizar una vigilancia y atención médica en todas las modalidades del deporte y del ejercicio físico, así como la asistencia médica en las instalaciones deportivas municipales, durante la totalidad del horario de apertura de los Polideportivos San José, Entremontes, Dehesa de Navalcarbón y Alfredo Espiniella, dado el alto número de participantes en los torneos de juegos escolares, escuelas deportivas municipales, campamentos de verano y usuarios de las instalaciones.
Plazo
El plazo para la recepción de ofertas era de 2018-02-01.
La contratación se publicó en 2017-12-30.
Anuncio de licitación (2017-12-30) Objeto Alcance de la contratación
Título: Servicios de suministro de personal médico
Cantidad o extensión: 4 712 688,00.4 712 688,00
Valor total de la contratación: 4 712 688,00 💰
Metadatos del anuncio
Idioma original: español 🗣️
Tipo de documento: Anuncio de licitación
Naturaleza del contrato: Servicios
Reglamentación: Unión Europea con participación de Estados ACP
Vocabulario común de contratación pública (CPV)
Código: Servicios de suministro de personal médico📦
Procedimiento
Tipo de procedimiento: Procedimiento abierto
Tipo de oferta: Sin especificar
Criterios de adjudicación
Oferta más económica
Autoridad contratante Identidad
País: España 🇪🇸
Tipo de poder adjudicador: Autoridad regional o local
Nombre del poder adjudicador: Ayuntamiento de las Rozas de Madrid
Dirección postal: Plaza Mayor, 1
Código postal: 28231
Ciudad postal: Las Rozas de Madrid
Contacto
Dirección de internet: http://www.lasrozasdemadrid.es🌏
Referencia Fechas
Fecha de envío: 2017-12-30 📅
Fecha límite de presentación: 2018-02-01 📅
Fecha de publicación: 2018-01-03 📅
Identificadores
Número de anuncio: 2018/S 001-001012
Se refiere al anuncio: 2017/S 235-488823
Número del DO-S: 1
Objeto Alcance de la contratación
Breve descripción:
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 80/1998, de 14 de mayo, por el que se regulan las condiciones higiénico-sanitarias de piscinas de uso colectivo, es obligatoria la existencia de un socorrista en cada una de las piscinas de titularidad municipal.
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 80/1998, de 14 de mayo, por el que se regulan las condiciones higiénico-sanitarias de piscinas de uso colectivo, es obligatoria la existencia de un socorrista en cada una de las piscinas de titularidad municipal.
Además de ello, la Concejalía de Deportes, según señala el Pliego de Prescripciones Técnicas para justificar la necesidad del contrato, el servicio médico en las instalaciones deportivas se presta con objeto de garantizar una vigilancia y atención médica en todas las modalidades del deporte y del ejercicio físico, así como la asistencia médica en las instalaciones deportivas municipales, durante la totalidad del horario de apertura de los Polideportivos San José, Entremontes, Dehesa de Navalcarbón y Alfredo Espiniella, dado el alto número de participantes en los torneos de juegos escolares, escuelas deportivas municipales, campamentos de verano y usuarios de las instalaciones.
Además de ello, la Concejalía de Deportes, según señala el Pliego de Prescripciones Técnicas para justificar la necesidad del contrato, el servicio médico en las instalaciones deportivas se presta con objeto de garantizar una vigilancia y atención médica en todas las modalidades del deporte y del ejercicio físico, así como la asistencia médica en las instalaciones deportivas municipales, durante la totalidad del horario de apertura de los Polideportivos San José, Entremontes, Dehesa de Navalcarbón y Alfredo Espiniella, dado el alto número de participantes en los torneos de juegos escolares, escuelas deportivas municipales, campamentos de verano y usuarios de las instalaciones.
Cantidad o extensión: 4 712 688,00.
Descripción de las opciones:
Prorrogable hasta alcanzar un máximo de seis (6) años de duración.
Posible modificación del contrato por un importe equivalente al 10 % del presupuesto base de licitación.
Calendario provisional para el ejercicio de las opciones: 48 meses
Duración: 48 meses
Información jurídica, económica, financiera y técnica Condiciones de participación
Situación económica y financiera:
Balance del último ejercicio cerrado, presentado en el Registro Mercantil o declaraciones fiscales.
Niveles mínimos de normas:
Se debe acreditar que la relación entre el activo corriente y el pasivo corriente es superior a la unidad o, si fuera inferior, que su importe se pueda compensar con el valor del patrimonio neto, que ha de superar, en todo caso, el importe mínimo establecido en la legislación mercantil para no incurrir en causa de disolución.
Se debe acreditar que la relación entre el activo corriente y el pasivo corriente es superior a la unidad o, si fuera inferior, que su importe se pueda compensar con el valor del patrimonio neto, que ha de superar, en todo caso, el importe mínimo establecido en la legislación mercantil para no incurrir en causa de disolución.
Capacidad técnica y profesional:
Se aportará/n certificado/s de buena ejecución, expedido/s o visado/s por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante certificado/s expedido/s por este o, a falta de este/os certificado/s, mediante una declaración del empresario (en este último caso se deberá justificar la ausencia de los certificados).
Se aportará/n certificado/s de buena ejecución, expedido/s o visado/s por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante certificado/s expedido/s por este o, a falta de este/os certificado/s, mediante una declaración del empresario (en este último caso se deberá justificar la ausencia de los certificados).
Niveles mínimos de normas:
Se debe acreditar haber prestado servicios en cualquiera de los últimos cinco años (desde el 1 de enero de 2013 al 31 de diciembre de 2017), del mismo tipo o naturaleza que corresponde al objeto del contrato acreditando haber desarrollado, específicamente, servicios relacionados con el socorrismo y prestación de servicios médicos.
Se debe acreditar haber prestado servicios en cualquiera de los últimos cinco años (desde el 1 de enero de 2013 al 31 de diciembre de 2017), del mismo tipo o naturaleza que corresponde al objeto del contrato acreditando haber desarrollado, específicamente, servicios relacionados con el socorrismo y prestación de servicios médicos.
El importe de los servicios prestados en cómputo anual acumulado en el año de mayor ejecución debe ser igual o superior al 70 % de la anualidad media del contrato, esto es, igual o superior a 441 814,50 EUR, IVA excluido.
Ejecución del contrato
Principales condiciones de financiación y modalidades de pago y/o referencia a las disposiciones pertinentes por las que se rigen:
1) El contratista tiene derecho al abono, con arreglo a los precios convenidos del servicio prestado con sujeción al contrato otorgado y al precio de adjudicación;
2) el pago del precio relativo se realizará por la cuantía equivalente a los servicios efectivamente prestados durante el periodo de facturación, con carácter mensual, aplicando a los presupuesto base de licitación el porcentaje de baja ofertado por el adjudicatario, sin que el total de las facturas pueda superar el precio de adjudicación del contrato;
Principales condiciones de financiación y modalidades de pago y/o referencia a las disposiciones pertinentes por las que se rigen
2) el pago del precio relativo se realizará por la cuantía equivalente a los servicios efectivamente prestados durante el periodo de facturación, con carácter mensual, aplicando a los presupuesto base de licitación el porcentaje de baja ofertado por el adjudicatario, sin que el total de las facturas pueda superar el precio de adjudicación del contrato;
3) el responsable del contrato deberá visar la factura expedida por el adjudicatario, acreditando con ello que la prestación del contratista reúne las condiciones necesarias; dicho visado hará mención a que el responsable municipal del contrato que ha autorizado el pago de la factura considera que la prestación reúne las condiciones debidas y que la factura se ajusta a la prestación efectuada;
Principales condiciones de financiación y modalidades de pago y/o referencia a las disposiciones pertinentes por las que se rigen
3) el responsable del contrato deberá visar la factura expedida por el adjudicatario, acreditando con ello que la prestación del contratista reúne las condiciones necesarias; dicho visado hará mención a que el responsable municipal del contrato que ha autorizado el pago de la factura considera que la prestación reúne las condiciones debidas y que la factura se ajusta a la prestación efectuada;
4) para determinar el plazo de abono, se estará a lo dispuesto en el artículo 216, apartado 4 del TRLCSP;
5) la demora en el pago, por plazo superior al establecido en el artículo 216.4 del TRLCSP, devengará a favor del contratista los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, del 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales;
Principales condiciones de financiación y modalidades de pago y/o referencia a las disposiciones pertinentes por las que se rigen
5) la demora en el pago, por plazo superior al establecido en el artículo 216.4 del TRLCSP, devengará a favor del contratista los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, del 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales;
6) para que se inicie el cómputo de plazo para el devengo de intereses, el contratista deberá cumplir la obligación de presentar la factura ante el registro administrativo correspondiente, en el plazo de treinta días desde la fecha de prestación del servicio; en todo caso, si el contratista incumpliera el plazo de treinta días para presentar la factura ante el registro administrativo, el devengo de intereses no se iniciará hasta transcurridos treinta días desde la fecha de presentación de la factura en el registro correspondiente, sin que la Administración haya aprobado la conformidad si procede, y efectuado el correspondiente abono;
Principales condiciones de financiación y modalidades de pago y/o referencia a las disposiciones pertinentes por las que se rigen
6) para que se inicie el cómputo de plazo para el devengo de intereses, el contratista deberá cumplir la obligación de presentar la factura ante el registro administrativo correspondiente, en el plazo de treinta días desde la fecha de prestación del servicio; en todo caso, si el contratista incumpliera el plazo de treinta días para presentar la factura ante el registro administrativo, el devengo de intereses no se iniciará hasta transcurridos treinta días desde la fecha de presentación de la factura en el registro correspondiente, sin que la Administración haya aprobado la conformidad si procede, y efectuado el correspondiente abono;
7) la Administración deberá aprobar los documentos que acrediten la conformidad con lo dispuesto en el contrato de los servicios prestados dentro de los treinta días siguientes.
Forma jurídica que adoptará la agrupación de operadores económicos adjudicataria del contrato:
Podrán presentar proposiciones las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto de conformidad con el artículo 59 del TRLCSP.
Cada uno de los empresarios que componen la agrupación, deberá acreditar su capacidad de obrar y solvencia, acumulándose a efectos de la determinación de la solvencia de la unión temporal las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma, con la presentación de la documentación a la que hacen referencia las cláusulas siguientes, debiendo indicar en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos y la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a la Administración y que asumen el compromiso de constituirse en Unión Temporal de Empresas (artículo 24 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas). El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la Unión.
Forma jurídica que adoptará la agrupación de operadores económicos adjudicataria del contrato
Cada uno de los empresarios que componen la agrupación, deberá acreditar su capacidad de obrar y solvencia, acumulándose a efectos de la determinación de la solvencia de la unión temporal las características acreditadas para cada uno de los integrantes de la misma, con la presentación de la documentación a la que hacen referencia las cláusulas siguientes, debiendo indicar en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos y la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a la Administración y que asumen el compromiso de constituirse en Unión Temporal de Empresas (artículo 24 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas). El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la Unión.
Para los casos en que sea exigible la clasificación y concurran en la unión empresarios nacionales, extranjeros que no sean nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea y extranjeros que sean nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea, los que pertenezcan a los dos primeros grupos deberán acreditar su clasificación, y estos últimos su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
Forma jurídica que adoptará la agrupación de operadores económicos adjudicataria del contrato
Para los casos en que sea exigible la clasificación y concurran en la unión empresarios nacionales, extranjeros que no sean nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea y extranjeros que sean nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea, los que pertenezcan a los dos primeros grupos deberán acreditar su clasificación, y estos últimos su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
Procedimiento
Plazo de validez de la oferta: 48 meses Lenguas
Lengua: español 🗣️
Referencia Fechas
Fecha de publicación: 2017-12-07 📅
Identificadores
Número de anuncio en el DO S: 2017/S 235-488823
Información complementaria Órgano de revisión
Nombre: Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid
Dirección postal: Carrera de San Jerónimo, 13, 1ª planta
Ciudad postal: Madrid
Código postal: 28014
País: España 🇪🇸 Contratación recurrente
48 meses.
Fuente: OJS 2018/S 001-001012 (2017-12-30)
Información complementaria (2018-01-25) Objeto Metadatos del anuncio
Tipo de documento: Información complementaria
Referencia Fechas
Fecha de envío: 2018-01-25 📅
Fecha límite de presentación: 2018-02-05 📅
Fecha de publicación: 2018-01-30 📅
Identificadores
Número de anuncio: 2018/S 020-042928
Se refiere al anuncio: 2018/S 001-001012
Número del DO-S: 20
Fuente: OJS 2018/S 020-042928 (2018-01-25)