Lista y breve descripción de las normas y criterios
— Capacidades de obrar:
— — capacidad de obrar,
— — preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad,
— — no prohibición para contratar,
— — cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social,
— — cumplimiento con las obligaciones tributarias,
— — para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
— Solvencias económicas y/o clasificación:
— — cifra anual de negocio. Descripción: declaración sobre el volumen anual de negocios del licitador referido al año de mayor volumen de negocio de los 3 últimos concluidos. Criterios de selección: volumen anual de negocios de importe superior al menos una vez y media el valor anual medio del contrato. Se acreditará mediante: la aportación de las cuentas anuales en el Registro Mercantil o en el Registro Oficial correspondiente, y en todo caso, mediante la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas de las Administraciones Públicas; del volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato.
— Solvencias técnicas:
— — trabajos realizados. Descripción: relación de los principales servicios realizados en los últimos 3 años del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, avalados por certificados de buena ejecución. Criterios de selección: que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 % del valor estimado del contrato, o de su anualidad media si esta es inferior al valor estimado del contrato. A efectos de determinar la correspondencia entre los trabajos o suministros acreditados y los que constituyen el objeto del contrato, cuando exista clasificación aplicable a este último se atenderá al grupo y subgrupo de clasificación al que pertenecen unos y otros, y en los demás casos a la coincidencia entre los 2 primeros dígitos de sus respectivos códigos CPV. Se acreditará mediante: la presentación de certificados expedidos o visados por el órgano competente que acrediten los principales servicios o trabajos realizados en el que se detallen los importes, fechas y destinatarios.