Lista y breve descripción de las normas y criterios
Capacidades de obrar:
— capacidad de obrar,
— no prohibición para contratar,
— no estar incurso en incompatibilidades,
— cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social,
— cumplimiento con las obligaciones tributarias,
— para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
Solvencias económicas y/o clasificación:
— Cifra anual de negocio. Descripción: volumen anual de negocios de los tres últimos concluidos, que referido al año de mayor volumen de negocio, alcance al menos el porcentaje mínimo del 70 % sobre el importe anual del contrato Medios para su acreditación:
1) Inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado o en el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario. Se acreditará mediante la aportación de los certificados del órgano encargado del mismo, acompañada de una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación;
2) En caso de no estar inscrito en ninguno de los Registros anteriores, por uno de los medios siguientes:
— si el empresario estuviera inscrito en el Registro Mercantil se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en dicho registro, y en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito,
— los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
Solvencias técnicas:
— Trabajos realizados. Descripción: relación de los principales servicios efectuados, del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, como máximo de los tres últimos años, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. A efectos de determinar la correspondencia entre los servicios acreditados y los que constituyen el objeto del contrato, se atenderá a la coincidencia entre los tres primeros dígitos de sus respectivos códigos CPV. El requisito mínimo será que el importe anual acumulado en el mayor ejecución sea igual o superior al 50 % del valor estimado del contrato,
— certificados de control de calidad expedidos por los institutos o servicios oficiales. Descripción: indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato Certificación ISO 14001 o documento acreditativo de encontrarse en proceso de obtenerla.