Contrato de obras de reforma y ampliación de las instalaciones deportivas de Zizur Mayor

Ayuntamiento Zizur Mayor

Contrato de obras de reforma y ampliación de las instalaciones deportivas de Zizur Mayor.

Plazo

El plazo para la recepción de ofertas era de 2018-05-02. La contratación se publicó en 2018-03-23.

Proveedores

Los siguientes proveedores se mencionan en decisiones de adjudicación u otros documentos de contratación:

¿A quién? ¿Cómo? ¿dónde?
Historial de adquisiciones
Fecha Documento
2018-03-23 Anuncio de licitación
2019-01-23 Anuncio de adjudicación de contrato
Anuncio de licitación (2018-03-23)
Objeto
Alcance de la contratación
Título: Trabajos de construcción de edificios relacionados con el ocio, los deportes, la cultura y el alojamiento y restaurantes
Cantidad o extensión: 9 570 716,19
Valor total de la contratación: 9 570 716,19 💰
Metadatos del anuncio
Idioma original: español 🗣️
Tipo de documento: Anuncio de licitación
Naturaleza del contrato: Obras
Reglamentación: Unión Europea con participación de Estados ACP
Vocabulario común de contratación pública (CPV)
Código: Trabajos de construcción de edificios relacionados con el ocio, los deportes, la cultura y el alojamiento y restaurantes 📦

Procedimiento
Tipo de procedimiento: Procedimiento abierto
Tipo de oferta: Sin especificar
Criterios de adjudicación
Oferta más económica

Autoridad contratante
Identidad
País: España 🇪🇸
Tipo de poder adjudicador: Autoridad regional o local
Nombre del poder adjudicador: Ayuntamiento Zizur Mayor
Dirección postal: Parque Erreniega, s/n
Código postal: 31180
Ciudad postal: Zizur Mayor
Contacto
Dirección de internet: http://wwwzizurmayor.es 🌏
Correo electrónico: dzunzarren@zizurmayor.es 📧
Teléfono: +34 948181900 📞
Fax: +34 948180697 📠

Referencia
Fechas
Fecha de envío: 2018-03-23 📅
Fecha límite de presentación: 2018-05-02 📅
Fecha de publicación: 2018-03-24 📅
Identificadores
Número de anuncio: 2018/S 059-131174
Número del DO-S: 59

Objeto
Alcance de la contratación
Breve descripción:
Contrato de obras de reforma y ampliación de las instalaciones deportivas de Zizur Mayor.
Duración: 730 meses
Lugar de ejecución
Emplazamiento principal o lugar de actuación: Instalaciones deportivas municipales de Zizur Mayor.

Información jurídica, económica, financiera y técnica
Condiciones de participación
Habilitación para el ejercicio de la actividad profesional:
1) Si el licitador fuera una persona física, deberá presentar copia auténtica (compulsada notarial o administrativamente) del Documento Nacional de Identidad. Si el licitador fuera persona jurídica, deberá presentar copia auténtica de la escritura de constitución, y en su caso, modificación, debidamente inscritas en el registro correspondiente, de conformidad con la norma que la regule.
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Copia auténtica del poder a favor de la persona que firme la proposición en nombre del licitador y del DNI de la persona apoderada. Si el licitador fuera persona jurídica, el poder deberá figurar inscrito en el Registro correspondiente, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación que le sea aplicable.
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De conformidad con el DF 174/2004, por el que se regula el Registro de Licitadores de la Comunidad Foral, podrá sustituirse la documentación del punto 1 por el certificado de inscripción en el Registro expedido por su encargado, debiendo acompañarse en todo caso copia auténtica del DNI de la persona física que haya suscrito la proposición.
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En el caso de las empresas no españolas de estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo en la que la legislación del Estado respectivo exija la inscripción en un registro profesional o comercial, bastará la acreditación de la inscripción, la presentación de una declaración jurada o de un certificado de los previstos en los Anexos IX A, IX B o IX C de la Directiva 2004/18, de 31 de marzo, del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos de obras, de suministro y de servicios, con arreglo a las condiciones previstas en el Estado miembro en el que se encuentren establecidas.
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Las empresas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea o al Espacio Económico Europeo, además de acreditar su capacidad de obrar conforme a la legislación de su estado de origen y su solvencia económica y financiera, técnica o profesional, deberán justificar mediante informe de la respectiva representación diplomática española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite, a su vez, la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma sustancialmente análoga. No obstante, no será exigible este informe de reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre contratación pública de la Organización Mundial del Comercio. Además, será necesario que estas empresas tengan abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones y que estén inscritas en el Registro Mercantil.
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En el caso de empresas o personas que expresen la voluntad de las partes de constituirse en UTE. y los licitadores que participen conjuntamente deberán aportar declaración responsable que se corresponda a su tipo social o persona física, y una declaración en la que expresen su voluntad de constituirse en UTE, y, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 10 de la Ley Foral 6/2006, de 9 de junio, de Contratos Públicos, deberán instrumentar su participación mediante la aportación de un documento privado suscrito por los representantes legales de las empresas en el que se manifieste la voluntad de concurrencia conjunta, se indique el porcentaje de participación de cada uno de ellos en el contrato y se designe un representante o apoderado único con facultades para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de facultades mancomunadas para los cobros y pagos de cuantía significativa. Los licitadores en participación responderán solidariamente del cumplimiento de las obligaciones dimanantes del contrato.
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Situación económica y financiera:
2) La solvencia económica y financiera se acreditará conforme a lo señalado en el artículo 13 de la Ley Foral 6/2006, de 9 de junio, de Contratos Públicos mediante la aportación de los siguientes documentos:
— Declaración de, al menos, una institución financiera sobre la capacidad económica del licitador para la cuantía de proyecto y el riesgo asumido.
— Declaración en la que se especifique el volumen anual de negocios global de la empresa de los tres últimos ejercicios disponibles, que deberá ser, en cada uno de ellos, superior a 4 000 000,00 euros.
En el caso de licitadores que participen conjuntamente, cada uno de ellos deberá presentar la totalidad de los documentos señalados, salvo los que consistan en declaraciones, que podrán constar en un único documento firmado por todos ellos.
En caso de resultar adjudicatario, el cambio de cualquier persona que figure en la relación presentada requerirá la notificación previa por escrito acompañada de las mismas acreditaciones para su comprobación y, en su caso, aceptación.
Todos los documentos deberán ser originales, o bien copias autentificadas notarial o administrativamente.
Capacidad técnica y profesional:
La solvencia técnica se acreditará mediante lo siguiente:
Relación de obras de edificación dotacional, expedidos por el promotor (no serán válidos aquellos referentes a obras en las que el promotor haya sido el propio licitador) con indicación de si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y si se llevaron normalmente a buen término (precio y plazo en referencia al previsto). Los requisitos mínimos serán:
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— La aportación de al menos de un certificado de obra con un presupuesto de ejecución material que supere los 5 000 000,00 euros o dos certificados correspondiente a obras de edificios dotacionales, públicos o privados, con un presupuesto de ejecución material acumulado igual o mayor a 6 000 000,00 euros, sin que ninguno de ellos sea inferior a 2 000 000,00 €, en los últimos diez años.
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— La aportación de un certificado de que alguno de los edificios
anteriores cuenta con un presupuesto de ejecución material correspondiente a instalaciones eléctricas superior a 500 000 EUR.
cuenta con un presupuesto de ejecución material correspondiente a instalaciones de climatización superior a 1 000 000,00 EUR.
De la relación de personal adscrito a la obra, se acreditará el ejercicio de las labores tanto del jefe de obra como del encargado en al menos una obra de ejecución con las características análogas del punto anterior, mediante certificado firmado por el promotor o la dirección facultativa de las obras referidas, donde se haga constar el importe de las mismas y su fecha de finalización. La titulación exigida para el jefe de obra será de arquitecto técnico, arquitecto, o ingeniero. Para el caso del responsable de instalaciones, se acreditará su participación en obras dotacionales en los últimos 5 años donde la parte correspondiente a instalaciones eléctricas supere un presupuesto de ejecución material de 500 000,00 euros y 1 000 000,00 euros para la parte de climatización. La titulación exigida será la de ingeniero o ingeniero técnico.
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Relación detallada y concreta de maquinaria, material, resto de equipo técnico y plantilla con organigrama de dependencias con las que cuenta el licitador para ejecutar la obra, junto con un compromiso formal de mantener estos medios a lo largo del periodo de ejecución del contrato.
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Indicación de la parte del contrato que se vaya a subcontratar, adjuntando listado de todas las subcontratas que vayan a participar en la obra, y la solvencia aportada en su caso. El listado presentado será vinculante para el contratista principal, no pudiéndose realizar la obra con otros subcontratistas no incluidos en el listado. En caso de que los subcontratistas pretendan ser sustituidos, será necesaria la justificación de la misma, y la acreditación de que los sustitutos disponen de al menos la misma capacidad o solvencia económica y financiera, técnica o profesional que el sustituido y será necesaria la autorización expresa de la entidad contratante.
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Conforme al artículo 15 de la LFC, los licitadores podrán basarse en la solvencia de otras empresas, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tengan con ellas.
En el supuesto de personas jurídicas dominantes de un grupo de sociedades, se podrán tener en cuenta las sociedades pertenecientes al grupo, siempre y cuando aquellas acrediten que tienen efectivamente a su disposición los medios, pertenecientes a dichas sociedades, necesarios para la ejecución de los contratos.
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En el caso de que la solvencia se acredite mediante la subcontratación, el licitador deberá aportar un documento que demuestre la existencia de un compromiso formal con los subcontratistas para la ejecución del contrato, sumándose en este caso la solvencia de todos ellos. Asimismo deberá acreditar, en la forma prevista en este artículo, que los subcontratistas disponen de los medios necesarios para la ejecución del contrato.
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Será requisito, asimismo, para poder presentar oferta, que la finalidad o actividad que desarrolle el licitador tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente disponer de una organización con elementos materiales y personales necesarios para la ejecución del contrato.
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Ejecución del contrato
Depósitos y garantías exigidos:
1) Garantía definitiva, resguardo acreditativo de haber constituido, a disposición del órgano de contratación, una garantía para el cumplimiento de obligaciones derivadas del contrato por importe del 4 % del valor estimado del contrato, cuyo régimen será el establecido en el artículo 95.2 de la Ley Foral 6/2006, de 9 de junio, de Contratos Públicos. Dicha garantía habrá de ser constituida mediante alguna de las siguientes formas:
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a) En metálico, en valores públicos o en valores privados, con sujeción, en cada caso, a las condiciones reglamentariamente establecidas. La garantía constituida en metálico deberá depositarse en la cuenta que el Ayuntamiento tiene abierta en La Caixa.
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b) Mediante aval prestado, en la forma y condiciones reglamentarias, por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España, y presentado ante el correspondiente órgano de contratación, que deberán reunir las siguientes características:
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— El aval deberá expedirse a favor del Ayuntamiento de Zizur Mayor.
— El aval debe ser solidario respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de orden, división y excusión y pagadero al primer requerimiento del Ayuntamiento de Zizur Mayor.
— El aval será de duración indefinida, permaneciendo vigente hasta que el Ayuntamiento de Zizur Mayor resuelva expresamente declarar la extinción de la obligación garantizada y la cancelación del aval.
c) Mediante contrato de seguro de caución celebrado en la forma y condiciones que reglamentariamente se establezcan, con entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo de caución, debiendo entregarse el certificado del contrato al correspondiente órgano de contratación. Dicha garantía surtirá efectos hasta que el Ayuntamiento de Zizur Mayor autorice expresamente su cancelación y devolución.
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En el momento de la constitución de la garantía definitiva, la persona adjudicataria deberá señalar un domicilio postal en Pamplona o su comarca, hasta un radio máximo de 20 km, a efecto de notificaciones y de seguimiento de las obras por la dirección técnica o la Administración contratante. Aprobada la liquidación del contrato, si no resultaren responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre las garantías y transcurrido el plazo de la misma, se dictará acuerdo de devolución de aquella o de cancelación del aval.
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Principales condiciones de financiación y modalidades de pago y/o referencia a las disposiciones pertinentes por las que se rigen:
15) Pagos parciales y liquidación.
Los trabajos se abonarán en certificaciones, una cada mes, y se corresponderán con las fases del trabajo ejecutadas. El pago vendrá firmado por el adjudicatario, lo que supondrá que renuncia a toda acción para reclamar otros derechos que hasta ese momento le hubieran podido corresponder durante la ejecución de los trabajos.
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Todos los pagos se considerarán a cuenta de la liquidación final y se deducirán de esta. La Administración tendrá la obligación de abonar el precio dentro de los treinta días naturales desde la recepción en el registro del órgano de contratación competente de la correspondiente factura o documento equivalente que acredite la realización parcial del contrato. Transcurrido dicho plazo sin haberse realizado el pago, la cantidad adeudada devengará automáticamente un interés de demora, sin necesidad de intimación o requerimiento, equivalente a la suma del tipo de interés aplicado por el Banco Central Europeo a su más reciente operación principal de refinanciación, efectuada antes del primer día natural del semestre de que se trate, más ocho puntos porcentuales. Si la demora en el pago fuese superior a cuatro meses, el contratista podrá proceder, en su caso, a la suspensión del cumplimiento del contrato, debiendo comunicar a la Administración, con un mes de antelación, tal circunstancia, a efectos del reconocimiento de los derechos que puedan derivarse de dicha suspensión, en los términos establecidos en la Ley Foral 6/2006, de 9 de junio, de Contratos Públicos.
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Si la demora de la Administración fuese superior a ocho meses, el contratista tendrá derecho, asimismo, a resolver el contrato y al resarcimiento de los perjuicios que como consecuencia de ello se le originen.
Será por cuenta del adjudicatario el pago de todos los gastos de cualquier tipo, salarios, seguros sociales, materiales, impuestos, contribuciones, arbitrios y demás gravámenes establecidos por el Estado, la comunidad foral o el municipio, etc. que pesen sobre el contrato o sobre el objeto del mismo, aun cuando algunos de ellos puedan ser repercutibles.
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En particular, serán gastos que asumir por el adjudicatario, de forma que se consideran repercutidos en los precios de la obra, los siguientes:
— gastos de redacción de elaboración de la oferta y defensa de la misma;
— gastos de instalación, mantenimiento y retirada de la oficina de obra;
— gastos de la instalación, consumo y retirada
de las líneas telefónicas;
de suministro eléctrico;
del agua para obra;
— gastos de edición de las certificaciones de obra;
— gastos de vigilancia de la obra, incluso nocturnos y días festivos;
— cuantos gastos administrativos, fiscales y los derivados de disposiciones legales afectan a la ejecución de la obra o al funcionamiento de la empresa contratante.
Específicamente, son de cuenta del contratista todo tipo de gastos necesarios para la ejecución de la obra de acuerdo a las condiciones del contrato, y en particular el pago de la compra de materiales, suministros, y trabajos efectuados por empresas subcontratadas. Únicamente los gastos de permisos, gestiones y autorizaciones administrativas que se precisen serán por cuenta del ayuntamiento.
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Forma jurídica que adoptará la agrupación de operadores económicos adjudicataria del contrato:
1) Acreditación de la personalidad y representación de la empresa:
a) Si el licitador fuera una persona física, deberá presentar copia auténtica (compulsada notarial o administrativamente) del Documento Nacional de Identidad. Si el licitador fuera persona jurídica deberá presentar copia auténtica de la escritura de constitución, y en su caso, modificación, debidamente inscritas en el registro correspondiente, de conformidad con la norma que la regule.
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Copia auténtica del poder a favor de la persona que firme la proposición en nombre del licitador y del DNI de la persona apoderada. Si el licitador fuera persona jurídica, el poder deberá figurar inscrito en el Registro correspondiente, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación que le sea aplicable.
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De conformidad con el DF 174/2004, por el que se regula el Registro de Licitadores de la Comunidad Foral, podrá sustituirse la documentación del punto 1 por el certificado de inscripción en el registro expedido por su encargado, debiendo acompañarse en todo caso copia auténtica del DNI de la persona física que haya suscrito la proposición. En el caso de las empresas no españolas de estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo en la que la legislación del Estado respectivo exija la inscripción en un registro profesional o comercial, bastará la acreditación de la inscripción, la presentación de una declaración jurada o de un certificado de los previstos en los Anexos IX A, IX B o IX C de la Directiva 2004/18, de 31 de marzo, del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos de obras, de suministro y de servicios, con arreglo a las condiciones previstas en el Estado miembro en el que se encuentren establecidas.
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Las empresas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea o al Espacio Económico Europeo, además de acreditar su capacidad de obrar conforme a la legislación de su estado de origen y su solvencia económica y financiera, técnica o profesional, deberán justificar mediante informe de la respectiva representación diplomática española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite, a su vez, la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma sustancialmente análoga. No obstante, no será exigible este informe de reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre contratación pública de la Organización Mundial del Comercio. Además, será necesario que estas empresas tengan abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones y que estén inscritas en el Registro Mercantil.
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En el caso de empresas o personas que expresen la voluntad de las partes de constituirse en UTE y los licitadores que participen conjuntamente, deberán aportar declaración responsable que se corresponda a su tipo social o persona física, y una declaración en la que expresen su voluntad de constituirse en UTE y, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 10 de la Ley Foral 6/2006, de 9 de junio, de Contratos Públicos, deberán instrumentar su participación mediante la aportación de un documento privado suscrito por los representantes legales de las empresas en el que se manifieste la voluntad de concurrencia conjunta, se indique el porcentaje de participación de cada uno de ellos en el contrato y se designe un representante o apoderado único con facultades para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de facultades mancomunadas para los cobros y pagos de cuantía significativa. Los licitadores en participación responderán solidariamente del cumplimiento de las obligaciones dimanantes del contrato.
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Procedimiento
Lenguas
Lengua: español 🗣️

Autoridad contratante
Contacto
Punto de contacto: Jon gondan cabrera
Dirección de internet: wwwzizurmayor.es 🌏
Correo electrónico: ayuntamiento@zizurmayor.es 📧

Información complementaria
Órgano de revisión
Nombre: Alcalde del Ayuntamiento de Zizur Mayor
Dirección postal: Parque Erreniega, s/n
Ciudad postal: Zizur Mayor
Código postal: 31180
País: España 🇪🇸
Correo electrónico: ayuntamiento@zizurmayor.es 📧
Teléfono: +34 948181900 📞
Dirección de internet: http://zizurmayor.es 🌏
Fax: +34 948180697 📠
Información sobre los plazos de procedimientos de recurso:
a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación de este acuerdo,
b) recurso contencioso-administrativo ante el órgano de la jurisdicción contencioso-administrativa que sea competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación de este acuerdo, o bien,
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c) recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de este acuerdo.
Servicio del que puede obtenerse información sobre el procedimiento de recurso
Nombre: Secretaría del Ayuntamiento de Zizur Mayor
Fuente: OJS 2018/S 059-131174 (2018-03-23)
Anuncio de adjudicación de contrato (2019-01-23)
Objeto
Alcance de la contratación
Número de referencia: 2018-046176
Valor total de la contratación: 8700651.08 EUR 💰
Metadatos del anuncio
Tipo de documento: Anuncio de adjudicación de contrato
Reglamentación: Unión Europea
Lugar de ejecución
Región NUTS: Navarra 🏙️

Procedimiento
Tipo de oferta: No procede
Criterios de adjudicación
Precio más bajo

Autoridad contratante
Contacto
Dirección de internet: http://www.zizurmayor.es 🌏

Referencia
Fechas
Fecha de envío: 2019-01-23 📅
Fecha de publicación: 2019-01-25 📅
Identificadores
Número de anuncio: 2019/S 018-037555
Se refiere al anuncio: 2018/S 059-131174
Número del DO-S: 18

Adjudicación del contrato
Fecha de celebración del contrato: 2018-08-10 📅
Nombre: Excavaciones Fermín Osés, S. L. y S. A. Navarra de Construcción, U.T.E.
Número de registro nacional: U71354021
Dirección postal: Avenida Yerri, 13, bajo
Ciudad postal: Estella
Código postal: 31200
País: España 🇪🇸
Navarra 🏙️
Valor total de la contratación: 7 369 450 EUR 💰
Información sobre licitaciones
Número de ofertas recibidas: 7

Autoridad contratante
Contacto
Dirección de internet: www.zizurmayor.es 🌏

Información complementaria
Servicio del que puede obtenerse información sobre el procedimiento de recurso
País: España 🇪🇸
Correo electrónico: ayuntamiento@zizurmayor.es 📧
Fuente: OJS 2019/S 018-037555 (2019-01-23)