Lista y breve descripción de las normas y criterios
Capacidades de obrar:
— Capacidad de obrar,
— no prohibición para contratar,
— no estar incurso en incompatibilidades,
— cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social,
— cumplimiento con las obligaciones tributarias.
Solvencias económicas y/o clasificación:
Cifra anual de negocio. Descripción: ver letra F 2 del cuadro de características del contrato. Se acreditará únicamente por el licitador primer clasificado cuando se le solicite. Los licitadores pueden substituir esta solvencia económica y financiera por la acreditación de la clasificación empresarial especificada en el Apartado F 1 del cuadro de características del contrato: Grupo: M, Servicios Especiales, Subgrupo: 2 Servicios de seguridad, custodia y protección, Categoría 2.
En el Sobre A de documentación administrativa deberán presentar el DEUC, de acuerdo con las instrucciones que figuran en la letra Y del cuadro de características del contrato, y en el Anexo I, del Pliego de Clausulas Administrativas.
Solvencias técnicas:
— Trabajos realizados. Descripción: ver letra F 3 del cuadro de características del contrato. Se acreditará únicamente por el licitador primer clasificado cuando se le solicite. Los licitadores pueden substituir esta solvencia técnica por la acreditación de la clasificación empresarial especificada en el Apartado F 1 del cuadro de características del contrato: Grupo: M, Servicios Especiales, Subgrupo: 2 Servicios de seguridad, custodia y protección, Categoría 2.
En el Sobre A de documentación administrativa deberán presentar el DEUC, de acuerdo con las instrucciones que figuran en la letra Y del cuadro de características del contrato, y en el Anexo I, del Pliego de Clausulas Administrativas,
— Maquinaria, material y equipo técnico para la ejecución del contrato. Descripción: ver letra F 5 del cuadro de características del contrato. Se acreditará únicamente por el licitador primer clasificado cuando se le solicite.
En el Sobre A de documentación administrativa deberán presentar el DEUC, de acuerdo con las instrucciones que figuran en la letra Y del cuadro de características del contrato, y en el Anexo I, del Pliego de Clausulas Administrativas.