Recogida de residuos sólidos urbanos, limpieza viaria y mantenimiento de zonas verdes y naturales

Ayuntamiento de las Rozas de Madrid

El objeto del mismo se concreta en la prestación del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos y la limpieza de los espacios públicos (aceras, vías públicas, parques y jardines, espacios naturales y espacios privados de uso público), con el detalle y prestaciones contenidas en el pliego de prescripciones técnicas.
A los efectos de este contrato, se consideran residuos domésticos los definidos en el artículo 3 de la Ley 22/2011 de Residuos y Suelos Contaminados, especificándose como tales los generados en hogares como consecuencia de actividades domésticas, así como los similares generados en servicios e industrias, así como los residuos procedentes de limpieza de vías públicas, zonas verdes y áreas recreativas.
Igualmente, se consideran residuos comerciales los generados por la actividad propia del comercio, al por mayor y al por menor, de los servicios de restauración y bares, oficinas, mercados, centros comerciales y resto del sector servicios.
Por último, se consideran biorresiduos, los residuos biodegradables de jardines y parques, residuos alimenticios y de cocina procedentes de hogares, restaurantes, servicios de restauración colectiva y establecimientos de venta al por menor.

Plazo

El plazo para la recepción de ofertas era de 2018-11-05. La contratación se publicó en 2018-09-26.

¿A quién? ¿Cómo? ¿dónde?
Historial de adquisiciones
Fecha Documento
2018-09-26 Anuncio de licitación
Anuncio de licitación (2018-09-26)
Objeto
Alcance de la contratación
Título: Servicios de recogida de desperdicios
Cantidad o extensión: 60 687 603,24
Valor total de la contratación: 60 687 603,24 💰
Metadatos del anuncio
Idioma original: español 🗣️
Tipo de documento: Anuncio de licitación
Naturaleza del contrato: Servicios
Reglamentación: Unión Europea con participación de Estados ACP
Vocabulario común de contratación pública (CPV)
Código: Servicios de recogida de desperdicios 📦

Procedimiento
Tipo de procedimiento: Procedimiento abierto
Tipo de oferta: Sin especificar
Criterios de adjudicación
Oferta más económica

Autoridad contratante
Identidad
País: España 🇪🇸
Tipo de poder adjudicador: Autoridad regional o local
Nombre del poder adjudicador: Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid
Dirección postal: Plaza Mayor, 1
Código postal: 28231
Ciudad postal: Las Rozas de Madrid
Contacto
Dirección de internet: http://www.lasrozasdemadrid.es 🌏

Referencia
Fechas
Fecha de envío: 2018-09-26 📅
Fecha límite de presentación: 2018-11-05 📅
Fecha de publicación: 2018-09-28 📅
Identificadores
Número de anuncio: 2018/S 187-423713
Se refiere al anuncio: 2018/S 157-360882
Número del DO-S: 187

Objeto
Alcance de la contratación
Breve descripción:
El objeto del mismo se concreta en la prestación del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos y la limpieza de los espacios públicos (aceras, vías públicas, parques y jardines, espacios naturales y espacios privados de uso público), con el detalle y prestaciones contenidas en el pliego de prescripciones técnicas.
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A los efectos de este contrato, se consideran residuos domésticos los definidos en el artículo 3 de la Ley 22/2011 de Residuos y Suelos Contaminados, especificándose como tales los generados en hogares como consecuencia de actividades domésticas, así como los similares generados en servicios e industrias, así como los residuos procedentes de limpieza de vías públicas, zonas verdes y áreas recreativas.
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Igualmente, se consideran residuos comerciales los generados por la actividad propia del comercio, al por mayor y al por menor, de los servicios de restauración y bares, oficinas, mercados, centros comerciales y resto del sector servicios.
Por último, se consideran biorresiduos, los residuos biodegradables de jardines y parques, residuos alimenticios y de cocina procedentes de hogares, restaurantes, servicios de restauración colectiva y establecimientos de venta al por menor.
Duración: 48 meses
Número de referencia: 2018032SER

Información jurídica, económica, financiera y técnica
Condiciones de participación
Situación económica y financiera: Balance del último ejercicio cerrado presentado en el Registro Mercantil.
Niveles mínimos de normas:
Se debe acreditar que la relación entre el activo corriente y el pasivo corriente es superior a la unidad o, si fuera inferior, que su importe se pueda compensar con el valor del patrimonio neto, que ha de superar, en todo caso, el importe mínimo establecido en la legislación mercantil para no incurrir en causa de disolución.
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Capacidad técnica y profesional:
Se aportarán certificado/s de buena ejecución expedido/s o visado/s por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante certificado/s expedido/s por éste o, a falta de este/os certificado/s, mediante una declaración del empresario (en este último caso se deberá justificar la ausencia de los certificados).
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En todo caso, la clasificación del empresario, se tendrá por prueba bastante de su solvencia para el presente contrato, a tenor de lo dispuesto en el artículo 92 de la LCSP, de acuerdo con los siguientes grupos, subgrupos y categorías:
— Grupo R, subgrupo 5, categoría 5,
— Grupo U, subgrupo 1, categoría 5.
Niveles mínimos de normas:
Se debe acreditar haber prestado servicios en dos de los tres últimos años del mismo tipo o naturaleza que corresponde al objeto del contrato (recogida de residuos sólidos, limpieza viaria y mantenimiento de zonas verdes), en municipios de población igual o superior a 75 000 habitantes, que, en cómputo anual acumulado en el año de mayor ejecución debe ser igual o superior al 70 % de la anualidad media del contrato, esto es, igual o superior a 7 866 911,52 EUR, IVA excluido.
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Únicamente se considerarán, a efectos de cumplimiento del cómputo anual acumulado, los trabajos realizados en municipios con una población igual o superior a 75 000 habitantes. Para alcanzar la cantidad referida podrán sumarse los importes correspondientes a contratos de recogida de residuos sólidos urbanos, limpieza viaria y mantenimiento de zonas verdes, aunque no se hayan prestado dentro del mismo contrato, pero siempre en municipios de más de 75 000 habitantes.
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En el caso de unión temporal de empresas, no es posible sumar el número de habitantes entre dos o más contratos que tengan las empresas miembros de la unión temporal de empresas, ya que únicamente se consideran los trabajos realizados en municipios con una población igual o superior a 75 000 habitantes. En cambio, es posible sumar los importes de ejecución anual hasta alcanzar el requisito mínimo de solvencia exigible, mediante contratos referidos a municipios de más de 75 000 habitantes.
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Igualmente, es posible acumular la prestación de distintos servicios, siempre que dicha acumulación corresponda a los tres servicios (recogida de residuos sólidos, limpieza viaria y mantenimiento de zonas verdes).
La comprobación de la población se realizará mediante los datos del Padrón de habitantes publicados en la página web del Instituto Nacional de Estadística, referidos al año de ejecución del contrato. En el caso de ciudades extranjeras, la comprobación de la población se realizará mediante la comprobación de la información publicada en Internet del organismo oficial nacional competente en materia estadística.
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Ejecución del contrato
Depósitos y garantías exigidos:
Con objeto de garantizar el mantenimiento de las ofertas hasta la formalización del contrato, y considerando que la presente licitación atiende a prestaciones esenciales y básicas para el municipio. Ello hace necesario que para garantizar la seriedad de la oferta y evite la retirada de propuestas una vez presentadas, los licitadores deban constituir una garantía provisional equivalente al 3 % del presupuesto base de licitación, es decir, 1 348 613,40 EUR.
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El licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa deberá constituir a disposición del órgano de contratación una garantía de un 5 % del precio final ofertado, excluido el IVA. La garantía podrá constituirse en cualquiera de las formas y medios establecidos en el artículo 108.1 de la LCSP, no admitiéndose la retención en el precio.
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3) De conformidad con lo previsto en el apartado 2 del artículo 108 de la LCSP, el licitador que haya presentado la proposición más ventajosa económicamente, habrá de constituir una garantía complementaria equivalente al 5 % del importe de adjudicación.
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La exigencia de dicha garantía se fundamenta en el elevado importe de los gastos salariales y de Seguridad Social correspondientes al presente contrato, a los cuales habrá de hacer frente el contratista y del que es responsable solidario el Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42.2 del Estatuto de los Trabajadores.
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Principales condiciones de financiación y modalidades de pago y/o referencia a las disposiciones pertinentes por las que se rigen:
1) Para determinar el plazo de abono se estará a lo dispuesto en el artículo 198, apartado 4 de la LCSP. Se expedirán facturas con periodicidad mensual, siempre y cuando haya sido prestado el servicio durante dicho mes, en la que se incluirán los servicios prestados, de conformidad, en dicho periodo, a los precios que resulten de la licitación, así como el pago de los salarios de los trabajadores, el ingreso de las retenciones de los mismos en la Agencia Tributaria y el pago de las cuotas correspondientes a la Seguridad Social. Sin la acreditación de los anteriores extremos, no se considerará prestado el servicio durante el mes correspondiente, por no estar efectuadas todas las prestaciones exigidas en el contrato, al ser una de ellas el pago de los salarios de los trabajadores, no procediendo ni el pago de los citados servicios (por no estar completados hasta acreditar el pago de los salarios de las personas trabajadoras) ni la transmisión de los derechos de cobro salvo a favor de las personas trabajadoras, la Agencia Tributaria o la Seguridad Social, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 130.6 de la LCSP.
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Con objeto de cumplir los plazos de pago legalmente establecidos y teniendo los pagos efectuados el carácter de pagos a buena cuenta, las reducciones por no alcanzar los niveles de prestación exigidos podrán efectuarse en periodos distintos y posteriores a las facturas mensuales a las que correspondan;
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2) La demora en el pago por plazo superior al establecido en el citado artículo, devengará a favor del contratista los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales;
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3) Para que se inicie el cómputo de plazo para el devengo de intereses, el contratista deberá cumplir la obligación de presentar la factura ante el registro administrativo correspondiente, en el plazo de treinta días desde la fecha de prestación del servicio. En todo caso, si el contratista incumpliera el plazo de treinta días para presentar la factura ante el registro administrativo, el devengo de intereses no se iniciará hasta transcurridos treinta días desde la fecha de presentación de la factura en el registro correspondiente, sin que la Administración haya aprobado la conformidad si procede, y efectuado el correspondiente abono;
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4) La Administración deberá aprobar los documentos que acrediten la conformidad con lo dispuesto en el contrato de los servicios prestados dentro de los treinta días siguientes;
5) Solo se abonarán al contratista los servicios que se acrediten prestados debidamente. Las certificaciones que se expidan y las cantidades que se abonen al contratista tendrán el carácter de abonos a cuenta y no supondrán en forma alguna aprobación y recepción de los servicios que comprenden, a resultas de la liquidación final del contrato;
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6) En caso de impago, total o parcial, por el contratista a los trabajadores del importe de los salarios mensuales, entendiéndose por impago el retraso superior a 6 días hábiles desde la fecha en que hubieron debido ser abonados (último día del mes corriente), el Ayuntamiento procederá a retener de las cantidades debidas al contratista el importe de los citados salarios, para garantizar los mismos, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 130.6 de la LCSP.
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Forma jurídica que adoptará la agrupación de operadores económicos adjudicataria del contrato:
Los empresarios que concurran en una unión temporal de empresas deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato.
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La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente, al menos, con la del contrato hasta su extinción.

Procedimiento
Plazo de validez de la oferta: 2 meses
Lenguas
Lengua: español 🗣️

Autoridad contratante
Contacto
Dirección de internet: www.lasrozasdemadrid.es 🌏

Referencia
Fechas
Fecha de publicación: 2018-08-17 📅
Identificadores
Número de referencia atribuido por el poder adjudicador: 2018032SER
Número de anuncio en el DO S: 2018/S 157-360882

Información complementaria
Órgano de revisión
Nombre: Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid
Dirección postal: Carrera de San Jerónimo, 13, 1ª planta
Ciudad postal: Madrid
Código postal: 28014
País: España 🇪🇸
Contratación recurrente
60 meses.
Fuente: OJS 2018/S 187-423713 (2018-09-26)