Lista y breve descripción de las normas y criterios
Concreción de las condiciones de solvencia. (Cláusulas 16 y 24).
a) Compromiso de adscripción a la ejecución del contrato de medios personales y/o materiales: SÍ. El licitador habrá de identificar los medios personales y/o materiales. Este compromiso de adscripción es obligación contractual esencial;
b) Los licitadores deberán incluir los nombres y cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación objeto del contrato.
Capacidades de obrar:
— Capacidad de obrar,
— no prohibición para contratar,
— no estar incurso en incompatibilidades,
— cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social,
— cumplimiento con las obligaciones tributarias,
— para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
Solvencias económicas y/o clasificación:
— Seguro de indemnización. Descripción: justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior al menos una vez y media el valor anual medio del contrato, conforme a lo dispuesto en el Apartado 11 de Anexo I del Pliego de Cláusulas Administrativas,
— Cifra anual de negocio. Descripción: volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los 3 últimos concluidos deberá ser al menos una vez y media el valor estimado del contrato cuando su duración no sea superior a un año, y al menos una vez y medio el valor anual medio del contrato si su duración es superior a un año, conforme a lo dispuesto en el Apartado 11 de Anexo I del Pliego de Cláusulas Administrativas.
Solvencias técnicas:
— Trabajos realizados. Descripción: una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los 3 últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución deberá ser igual o superior al 70 % de la anualidad media del contrato,
— Plantilla media anual. Descripción: declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos/técnicos durante los 3 últimos años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación.