Un licitador solo podrá resultar adjudicatario de un máximo de 2 lotes de los 9 lotes, con la siguiente excepción: en el caso de que todos los licitadores con ofertas válidas sean ya adjudicatarios de dos lotes y aún queden lotes pendientes de adjudicar, dichos lotes se adjudicarán a la oferta con mejor relación calidad precio de entre todas las ofertas presentadas por licitadores a dicho lote.