El contratista adjudicatario tiene la obligación de cumplir con los pagos a subcontratistas o suministradores que participen en el Contrato dentro de los plazos establecidos en el artículo 228 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, en lo que le sea de aplicación.