Suministro e instalación de luminarias led para la sustitución del alumbrado público de playa Honda

Ayuntamiento de San Bartolomé

El objeto del contrato será la realización del suministro y de las obras contenidas en el pliego de prescripciones técnicas denominado “Suministro e Instalación de luminarias LED para la sustitución del Alumbrado Público de Playa Honda”, de tal manera que se realicen, conforme indica este, los trabajos de sustitución de las actuales luminarias que integran la red de alumbrado público de la localidad de Playa Honda por otras de mayor eficiencia energética, incluyendo tanto el suministro de las nuevas luminarias como la mano de obra y medios materiales precisos para la retirada de las actuales hasta el lugar indicado por el Ayuntamiento y la mano de obra y medios materiales precisos para la colocación de las nuevas luminarias.
Además, la instalación de nuevas luminarias en la localidad de Playa Honda trae consigo el suministro e instalación de nuevas columnas, las cuales se adapten perfectamente a las condiciones establecidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
Dado que la contratación a realizar contiene prestaciones propias del contrato de obras y prestaciones propias del contrato de suministros, de conformidad con el art. 12 del TRLCSP, se califica como contrato mixto de carácter administrativo en el que se determinan, por su peso en el procedimiento, la normas definidas para el contrato de suministros para el procedimiento de adjudicación, quedando sometido para el resto tramites posteriores a la adjudicación del contrato, a los que en cada caso según su naturaleza señale el TRLCSP, así como al Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001 (Reglamento General de la LCAP), en tanto continúe vigente, o a las normas reglamentarias que le sustituyan, y a las cláusulas contenidas en el presente pliego de cláusulas administrativas particulares.
Asimismo, serán de aplicación las demás disposiciones estatales que regulan la contratación del sector público, y las dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias, en el marco de sus respectivas competencias.

Plazo

El plazo para la recepción de ofertas era de 2018-04-10. La contratación se publicó en 2018-03-01.

¿A quién? ¿Cómo? ¿dónde?
Historial de adquisiciones
Fecha Documento
2018-03-01 Anuncio de licitación
Anuncio de licitación (2018-03-01)
Objeto
Alcance de la contratación
Título: Lámparas de alumbrado público
Cantidad o extensión:
El presupuesto máximo de licitación asciende a la cantidad de setecientos cincuenta y cinco mil ciento noventa euros con cincuenta y ocho céntimos (755 190,58 EUR), más cincuenta y dos mil ochocientos sesenta y tres euros con treinta y cuatro céntimos (52 863,34 EUR), en concepto de 7 % de IGIC.En las cantidades señaladas, así como en las fijadas en las proposiciones económicas presentadas y en el importe de la adjudicación, se encuentran incluidos la totalidad de los gastos que al adjudicatario le pueda producir la realización del presente contrato de acuerdo con lo previsto en el presente pliego. Igualmente, se encuentran incluidos los gastos de entrega y transporte de los bienes del suministro hasta el lugar convenido y, en su caso, los gastos de instalación de los referidos bienes incluyendo la obra civil necesaria así como las autorizaciones y permisos para la puesta en marcha del sistema.755 190,58
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Valor total de la contratación: 755 190,58 💰
Metadatos del anuncio
Idioma original: español 🗣️
Tipo de documento: Anuncio de licitación
Naturaleza del contrato: Suministros
Reglamentación: Unión Europea
Vocabulario común de contratación pública (CPV)
Código: Lámparas de alumbrado público 📦

Procedimiento
Tipo de procedimiento: Procedimiento abierto
Tipo de oferta: Sin especificar
Criterios de adjudicación
Sin especificar

Autoridad contratante
Identidad
País: España 🇪🇸
Tipo de poder adjudicador: Autoridad regional o local
Nombre del poder adjudicador: Ayuntamiento de San Bartolomé
Dirección postal: Plaza León y Castillo, s/n
Código postal: 35550
Ciudad postal: San Bartolomé, Lanzarote, Las Palmas de Gran Canaria
Contacto
Dirección de internet: http://www.sanbartolome.es 🌏
Correo electrónico: ayuntamiento@sanbartolome.es 📧

Referencia
Fechas
Fecha de envío: 2018-03-01 📅
Fecha límite de presentación: 2018-04-10 📅
Fecha de publicación: 2018-03-06 📅
Identificadores
Número de anuncio: 2018/S 045-099694
Número del DO-S: 45

Objeto
Alcance de la contratación
Breve descripción:
El objeto del contrato será la realización del suministro y de las obras contenidas en el pliego de prescripciones técnicas denominado “Suministro e Instalación de luminarias LED para la sustitución del Alumbrado Público de Playa Honda”, de tal manera que se realicen, conforme indica este, los trabajos de sustitución de las actuales luminarias que integran la red de alumbrado público de la localidad de Playa Honda por otras de mayor eficiencia energética, incluyendo tanto el suministro de las nuevas luminarias como la mano de obra y medios materiales precisos para la retirada de las actuales hasta el lugar indicado por el Ayuntamiento y la mano de obra y medios materiales precisos para la colocación de las nuevas luminarias.
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Además, la instalación de nuevas luminarias en la localidad de Playa Honda trae consigo el suministro e instalación de nuevas columnas, las cuales se adapten perfectamente a las condiciones establecidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
Dado que la contratación a realizar contiene prestaciones propias del contrato de obras y prestaciones propias del contrato de suministros, de conformidad con el art. 12 del TRLCSP, se califica como contrato mixto de carácter administrativo en el que se determinan, por su peso en el procedimiento, la normas definidas para el contrato de suministros para el procedimiento de adjudicación, quedando sometido para el resto tramites posteriores a la adjudicación del contrato, a los que en cada caso según su naturaleza señale el TRLCSP, así como al Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001 (Reglamento General de la LCAP), en tanto continúe vigente, o a las normas reglamentarias que le sustituyan, y a las cláusulas contenidas en el presente pliego de cláusulas administrativas particulares.
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Asimismo, serán de aplicación las demás disposiciones estatales que regulan la contratación del sector público, y las dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias, en el marco de sus respectivas competencias.
Cantidad o extensión:
El presupuesto máximo de licitación asciende a la cantidad de setecientos cincuenta y cinco mil ciento noventa euros con cincuenta y ocho céntimos (755 190,58 EUR), más cincuenta y dos mil ochocientos sesenta y tres euros con treinta y cuatro céntimos (52 863,34 EUR), en concepto de 7 % de IGIC.
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En las cantidades señaladas, así como en las fijadas en las proposiciones económicas presentadas y en el importe de la adjudicación, se encuentran incluidos la totalidad de los gastos que al adjudicatario le pueda producir la realización del presente contrato de acuerdo con lo previsto en el presente pliego. Igualmente, se encuentran incluidos los gastos de entrega y transporte de los bienes del suministro hasta el lugar convenido y, en su caso, los gastos de instalación de los referidos bienes incluyendo la obra civil necesaria así como las autorizaciones y permisos para la puesta en marcha del sistema.
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Duración: 4 meses
Número de referencia: 2017005025

Información jurídica, económica, financiera y técnica
Condiciones de participación
Habilitación para el ejercicio de la actividad profesional:
Los señalados en la cláusula 4 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares:
Podrán contratar con la Administración las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, teniendo plena capacidad de obrar, no se hallen comprendidas en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 60 del TRLCSP, extremo que se podrá acreditar por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 73 del TRLCSP.
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Las empresas deberán ser personas físicas o jurídicas cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y dispongan de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato.
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Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea deberán acreditar su capacidad de obrar mediante certificación de inscripción en uno de los registros profesionales o comerciales que se indican en el anexo I del Reglamento General de la LCAP.
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Las restantes empresas extranjeras deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa, en la que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato, así como el informe de reciprocidad a que se refiere el artículo 55 TRLCSP, o, en su caso, que dicho Estado es signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio (artículo 55 TRLCSP).
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Además de los requisitos reseñados, los licitadores deberán acreditar su solvencia económica, financiera y técnica, bien a través de la acreditación de una clasificación adecuada al objeto del contrato, bien a través de los medios de justificación que, al amparo de los artículos 62, 75, 76 y 77 del TRLCSP.
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Situación económica y financiera:
Los señalados en la cláusula 4.2 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
Niveles mínimos de normas:
Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, por importe igual o superior al establecido reglamentariamente (artículo 11.4.a)).
El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito.
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Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
Sobre lo anterior, indicar que, dado que legalizar los libros oficiales en el Registro Mercantil es un trámite no obligatorio para empresarios individuales (autónomos) según la circunstancia de que el interesado por esta razón no pueda presentar la documentación tal cual se establece en los párrafos anteriores, se estará a lo establecido en el artículo 60.3 de la Directiva 2014/24/UE, esto es:
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“(...) Cuando, por una razón válida, el operador económico no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas por el poder adjudicador, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que el poder adjudicador considere apropiado.”.
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Por lo que los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil y sin libros legalizados en el Registro Mercantil, acreditarán su volumen anual de negocios mediante las oportunas Declaraciones de la Renta, a las que adjuntará, en apoyo a esto, copias de los contratos o facturas de los servicios con los que pretenda acreditar el importe de la solvencia referida.
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Capacidad técnica y profesional:
Los señalados en la cláusula 4.2 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
Niveles mínimos de normas:
1) Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad del sector público contratante.
2) Certificados expedidos por los institutos o servicios oficiales encargados del control de calidad, de competencia reconocida, que acrediten la conformidad de productos perfectamente detallada mediante referencias a determinadas especificaciones o normas.
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Tales medios, a excepción de la solvencia técnica que tendrá que acreditarse en todo caso, podrán ser sustituidos por los que consten en el certificado de inscripción en el Registro de Contratistas de la Comunidad Autónoma de Canarias que el licitador aporte, o por la acreditación de una clasificación suficiente.
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Ejecución del contrato
Depósitos y garantías exigidos:
Garantía definitiva por el importe del 10 % de adjudicación del contrato, excluido el IGIC.

Procedimiento
Plazo de validez de la oferta: 2 meses
Lenguas
Lengua: español 🗣️

Autoridad contratante
Identidad
Número de registro nacional: P 3501900 I
Contacto
Punto de contacto: Departamento de Contratación — Ayuntamiento de San Bartolomé, Lanzarote
Departamento de Contratación, Secretaría General del Ayuntamiento de San Bartolomé
Dirección de internet: www.sanbartolome.es 🌏

Referencia
Identificadores
Número de referencia atribuido por el poder adjudicador: 2017005025
Fuente: OJS 2018/S 045-099694 (2018-03-01)