Lista y breve descripción de las normas y criterios
— Capacidades de obrar:
—— capacidad de obrar,
— solvencias económicas y/o clasificación:
—— cifra anual de negocio. Descripción: medios de acreditación y condiciones mínimas. Volumen anual de negocios igual o superior a 831 366,30 EUR, IVA excluido, todo ello en la cuenta de pérdidas y ganancias en cualquiera de los 3 últimos ejercicios contables aprobados y depositados en el Registro Mercantil u oficial que corresponda, acreditado mediante certificación, nota simple o información análoga expedida por el registro y que contenga las cuentas anuales, siempre que esté vencido el plazo de presentación y se encuentren depositadas. Los empresarios individuales no inscritos deben presentar su libro de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil,
— solvencias técnicas:
—— trabajos realizados. Descripción: medios de acreditación y condiciones mínimas. Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato y realizados en los últimos 3 años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. El importe que el empresario deberá acreditar en el año de mayor ejecución de servicios de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato será igual o superior a 831 366,30 EUR, IVA excluido, tomando como criterio de correspondencia en los servicios ejecutados por el empresario y los que constituyen el objeto del contrato los 3 primeros dígitos de los respectivos códigos CPV.