Lista y breve descripción de los criterios de selección
La solvencia técnica se acreditará por el/los medio/s que se señala/n a continuación:
Acreditación técnica del suministro:
— Relación de los principales suministros o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en los últimos ejercicios económicos finalizados (2016/2017/2018), en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado, de los mismos, acompañada de los documentos acreditativos correspondientes.
Los suministros o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este. A falta de estos, mediante una declaración del empresario acompañada de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación.
En este sentido, se entenderá solvente cuando:
— Se acredite que la totalidad del número de contratos de suministros realizados en el período señalado, de características y tipología idénticas al objeto del contrato, sea superior en cualquier de los 3 años, al tipo de licitación correspondiente,
— Será equivalente a cada uno de estos trabajos requeridos, a estos meros efectos, la suma de dos trabajos anuales cuya suma equivalga al tipo de licitación (3 635 876,26 EUR, IVA excluido), siempre que el importe individualizado de ambos sea de al menos un tercio del importe indicado anteriormente.
En casos de UTE se ponderará cada certificado con el porcentaje de participación en la UTE. Se incluirá en consecuencia el tanto por ciento (%) de participación, en el caso de que la adjudicación haya sido a una UTE. No se tendrán en consideración aquellos trabajos en los que la participación en la UTE sea inferior a un 20 %,
— Haber ejecutado la construcción de, al menos, 3 plantas con capacidad igual o superior a las 100 000 t/a destinadas a la fracción resto similares a la planta objeto del presente contrato y que hayan sido proyectadas, construidas, montadas y puestas en funcionamiento y que estén operativas en el momento de la presentación, siempre que hayan sido construida en el año 2015 o posteriores. Ésta cuestión quedará acreditada mediante certificados finales de obra,
— Se debe presentar al menos diez certificados de buena ejecución de equipos de las mismas características y modelo propuesto objeto de este, donde se demuestre que han sido fabricados, instalados y que estén en producción en los últimos 10 años (desde 2009, inclusive), (Alimentadores, trómeles de criba, separador balístico, cintas transportadoras).
Acreditación económica y técnica de la obra
Clasificación anterior a la entrada en vigor del RD 773/2015
Grupo, Subgrupo, Categoría: C C 2 3
En caso de la subcontratación de la obra civil que conlleva este suministro, la empresa subcontratista deberá acreditar dicha solvencia mediante la clasificación del empresario en el grupo C, subgrupo C2, y en función del objeto del importe de obra civil de la que se vaya a hacer cargo del contrato, cuyo categoría sería la 3, si se hiciera cargo de la totalidad de las partidas de obra civil recogidas en el documento número 4 del Proyecto de Mejora para la recuperación de residuos urbanos en el Centro Medioambiental de Montalbán.