Lista y breve descripción de las normas y criterios
Capacidades de obrar:
— Capacidad de obrar,
— No prohibición para contratar,
— Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social,
— Cumplimiento con las obligaciones tributarias.
Solvencias económicas y/o clasificación:
— Cifra anual de negocio. Descripción: conforme al artículo 87 1 a) de la LCSP, volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los 3 últimos concluidos deberá ser como mínimo de 600 000,00 EUR. El volumen anual de negocios se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en el que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
Solvencias técnicas:
— Trabajos realizados. Descripción: relación de los principales suministros de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los 3 últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, siendo como mínimo el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución igual o superior 300 000,00 EUR. La acreditación podrá realizarse igualmente mediante la siguiente clasificación: grupo R, subgrupo: 9, categoría: 3.