Lista y breve descripción de las normas y criterios
— Capacidades de obrar:
— — Capacidad de obrar,
— — Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad,
— — No prohibición para contratar,
— — No estar incurso en incompatibilidades,
— — Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social,
— — Cumplimiento con las obligaciones tributarias,
— — Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
— Solvencias económicas y/o clasificación:
— — Cifra anual de negocio. Descripción: volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los 3 últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario, por importe igual o superior al presupuesto de licitación, excluido el IVA (609 390,00 EUR). Para acreditar este requisito, cuando el empresario estuviera inscrito en el registro mercantil, deberá aportar certificado o nota de dicho registro que acredite que las cuentas anuales del año de mayor volumen de negocios de los últimos 3 concluidos se encuentran aprobadas o depositadas en el mimo, junto con una cuenta de pérdidas y ganancias integrantes de dicha cuenta anual. En otro caso, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. En el caso de uniones temporales de empresarios, la acumulación de la solvencia por los miembros de esta solo será válida si se cumplen las 2 condiciones siguientes: 1) Que cada miembro de la unión temporal acredite un mínimo de solvencia propia; 2) Que, al menos, un miembro de la unión temporal cumpla íntegramente el requisito de solvencia exigido.
— Solvencias técnicas:
— — Trabajos realizados. Descripción: una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo, los 3 últimos años, en la que se indique el importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. El requisito mínimo que se deberá acreditar es que el importe acumulado de los trabajos efectuados en el periodo de los 3 últimos años (2016, 2017 y 2018) sea igual o superior a una anualidad del presente contrato (IVA excluido), esto es, a 609 390,00 EUR. Para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se atenderá a los 3 primeros dígitos del CPV en el que se encuentra clasificado el presente contrato. En el caso de uniones temporales de empresarios, la acumulación de la solvencia por los miembros de esta solo será válida si se cumplen las 2 condiciones siguientes: 1) Que cada miembro de la unión temporal acredite un mínimo de solvencia propia; 2) Que el resultante de la acumulación de las solvencias parciales cumpla el requisito de solvencia exigido,
— — Otros. Descripción: en virtud del artículo 76 2 de la LCSP, además de la solvencia exigida, los licitadores tendrán que comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios que se indican a continuación del modo siguiente: 1) Se nombrará un coordinador, responsable del servicio, que será el interlocutor autorizado ante el responsable educativo. Deberá tener una experiencia mínima de 1 año en coordinación de recursos humanos o de equipos, acreditada mediante declaración del responsable de la entidad, o cualquier medio que la demuestre: nóminas, contratos, etc.; 2) El propuesto adjudicatario deberá suscribir una póliza de seguro de responsabilidad civil con las coberturas necesarias para hacer frente a las posibles contingencias en el ejercicio del servicio, así como durante la realización de actividades complementarias organizada por el centro dentro o fuera de sus instalaciones, durante pruebas de acceso a los Ciclos Formativos de Formación Profesional, pruebas libres para la obtención del Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional de Grado Medio o Superior, y prácticas correspondientes al módulo de formación en Centro de Trabajo de la FPB, TBA o Ciclos Formativos. Dicha póliza, que deberá tener la vigencia del curso escolar e incorporar como beneficiarios a los titulados que atiendan directamente al alumnado con discapacidad auditiva, tendrá un capital asegurado de 300 000 EUR, admitiéndose franquicia de hasta 800 EUR.