Servicio de asistencia técnica a la dirección facultativa, control de calidad y coordinación de seguridad y salud durante la ejecución de las obras de sustitución de canal por tubería en el tramo PK 4
Servicio de asistencia técnica a la dirección facultativa, control de calidad y coordinación de seguridad y salud durante la ejecución de las obras de sustitución de canal por tubería en el tramo PK 4,500 al PK 6,000 en el canal de Beninar-Aguadulce (Almería).
Plazo
El plazo para la recepción de ofertas era de 2019-12-02.
La contratación se publicó en 2019-10-24.
Proveedores
Los siguientes proveedores se mencionan en decisiones de adjudicación u otros documentos de contratación:
Objeto Alcance de la contratación
Título:
“Servicio de asistencia técnica a la dirección facultativa, control de calidad y coordinación de seguridad y salud durante la ejecución de las obras de...”
Título
Servicio de asistencia técnica a la dirección facultativa, control de calidad y coordinación de seguridad y salud durante la ejecución de las obras de sustitución de canal por tubería en el tramo PK 4
2018 50731
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Productos/servicios: Servicios de asistencia técnica📦
Breve descripción:
“Servicio de asistencia técnica a la dirección facultativa, control de calidad y coordinación de seguridad y salud durante la ejecución de las obras de...”
Breve descripción
Servicio de asistencia técnica a la dirección facultativa, control de calidad y coordinación de seguridad y salud durante la ejecución de las obras de sustitución de canal por tubería en el tramo PK 4,500 al PK 6,000 en el canal de Beninar-Aguadulce (Almería).
1️⃣
Lugar de ejecución: Almería🏙️
Emplazamiento principal o lugar de actuación: Canal de Beninar-Aguadulce (Almería).
Descripción de la contratación:
“Servicio de asistencia técnica a la dirección facultativa, control de calidad y coordinación de seguridad y salud durante la ejecución de las obras de...”
Descripción de la contratación
Servicio de asistencia técnica a la dirección facultativa, control de calidad y coordinación de seguridad y salud durante la ejecución de las obras de sustitución de canal por tubería en el tramo PK 4,500 al PK 6,000 en el canal de Beninar-Aguadulce (Almería).
Ver más Criterios de adjudicación
El precio no es el único criterio de adjudicación y todos los criterios se establecen únicamente en los pliegos de la contratación
Alcance de la contratación
Valor total estimado sin IVA: EUR 233712.74 💰
Duración del contrato, acuerdo marco o sistema dinámico de adquisición
El plazo que figura a continuación se expresa en número de meses.
Descripción
Duración: 13
Alcance de la contratación
Información sobre los fondos de la Unión Europea:
“Inversión cofinanciada al 80 % por la Unión Europea con cargo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional correspondiente al Programa Operativo FEDER de...”
Información sobre los fondos de la Unión Europea
Inversión cofinanciada al 80 % por la Unión Europea con cargo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional correspondiente al Programa Operativo FEDER de Andalucía 2014-2020, lo que implica la obligación del adjudicatario en la difusión y publicidad de las actuaciones a desarrollar.
Información jurídica, económica, financiera y técnica Situación económica y financiera
Criterios de selección establecidos en los pliegos de la contratación
Capacidad técnica y profesional
Criterios de selección establecidos en los pliegos de la contratación
Condiciones del contrato
Condiciones de ejecución del contrato:
“La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura de la persona contratista. El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en su clausulado...”
Condiciones de ejecución del contrato
La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura de la persona contratista. El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en su clausulado y en los pliegos y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere al contratista la persona responsable del contrato. El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
Se establece como la condición especial de ejecución del contrato la contratación por parte de la persona adjudicataria de mujeres en los supuestos de nuevas contrataciones, bajas o sustituciones, que se produzcan en la plantilla adscrita a la ejecución del contrato.
Ver más Información sobre el personal responsable de la ejecución del contrato
Obligación de indicar los nombres y cualificaciones profesionales del personal asignado a la ejecución del contrato
Procedimiento Tipo de procedimiento
Procedimiento abierto
Información administrativa
Plazo de recepción de las ofertas o solicitudes de participación: 2019-12-02
14:00 📅
Lenguas en las que pueden presentarse las ofertas o solicitudes de participación: español 🗣️
Condiciones de apertura de las ofertas: 2019-12-11
09:30 📅
Condiciones de apertura de las ofertas (lugar):
“Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía en la sede sita en avenida Manuel Siurot, 50, 41071 Sevilla.”
Condiciones de apertura de las ofertas (Información sobre las personas autorizadas y procedimiento de apertura):
“El día y hora de la apertura en acto público de los sobres 2 y 3 se publicará con antelación en el Perfil de Contratante.”
Información complementaria Información sobre flujos de trabajo electrónicos
Se aceptará la facturación electrónica
Órgano de revisión
Nombre: Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía
Dirección postal: C/ Barcelona, 4-6; Registro: c/ Juan Antonio de Vizarrón, s/n
Ciudad postal: Sevilla
Código postal: 41071
País: España 🇪🇸
Teléfono: +34 671530856📞
Correo electrónico: tribunaladministrativo.contratos@juntadeandalucia.es📧
Fax: +34 955515041 📠 Procedimiento de revisión
Información precisa sobre los plazos de los procedimientos de revisión:
“Recurso especial en materia de contratación. Plazo conforme a lo dispuesto en el artículo 50.1 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre de Contratos del Sector...”
Información precisa sobre los plazos de los procedimientos de revisión
Recurso especial en materia de contratación. Plazo conforme a lo dispuesto en el artículo 50.1 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público:
1) El procedimiento de recurso se iniciará mediante escrito que deberá presentarse en el plazo de 15 días hábiles. Dicho plazo se computará:
1.1) Cuando se interponga contra el anuncio de licitación, el plazo comenzará a contarse a partir del día siguiente al de su publicación en el Perfil de Contratante;
1.2) Cuando el recurso se interponga contra el contenido de los pliegos y demás documentos contractuales, el cómputo se iniciará a partir del día siguiente a aquel en que se haya publicado en el Perfil de Contratante el anuncio de licitación, siempre que en este se haya indicado la forma en que los interesados pueden acceder a ellos. Cuando no se hiciera esta indicación el plazo comenzará a contar a partir del día siguiente a aquel en que se le hayan entregado al interesado los mismos o este haya podido acceder a su contenido a través del Perfil de Contratante. En el caso del procedimiento negociado sin publicidad el cómputo del plazo comenzará desde el día siguiente a la remisión de la invitación a los candidatos seleccionados. En los supuestos en que, de conformidad con lo establecido en el artículo 138.2 de la presente ley, los pliegos no pudieran ser puestos a disposición por medios electrónicos, el plazo se computará a partir del día siguiente en que se hubieran entregado al recurrente. Con carácter general no se admitirá el recurso contra los pliegos y documentos contractuales que hayan de regir una contratación si el recurrente, con carácter previo a su interposición, hubiera presentado oferta o solicitud de participación en la licitación correspondiente, sin perjuicio de lo previsto para los supuestos de nulidad de pleno derecho;
1.3) Cuando se interponga contra actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación o contra un acto resultante de la aplicación del procedimiento negociado sin publicidad, el cómputo se iniciará a partir del día siguiente a aquel en que se haya tenido conocimiento de la posible infracción;
1.4) Cuando se interponga contra la adjudicación del contrato el cómputo se iniciará a partir del día siguiente a aquel en que se haya notificado esta de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta a los candidatos o licitadores que hubieran sido admitidos en el procedimiento;
1.5) Cuando el recurso se interponga en relación con alguna modificación basada en el incumplimiento de lo establecido en los artículos 204 y 205 de la presente ley, por entender que la modificación debió ser objeto de una nueva adjudicación, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en el Perfil de Contratante;
1.6) Cuando el recurso se interponga contra un encargo a medio propio por no cumplir los requisitos establecidos en el artículo 32 de la presente ley, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en el Perfil de Contratante;
1.7) En todos los demás casos, el plazo comenzará a contar desde el día siguiente al de la notificación realizada de conformidad con lo dispuesto en la Disposición adicional decimoquinta;
2) No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando el recurso se funde en alguna de las causas de nulidad previstas en el apartado 2, letras c), d), e) o f) del artículo 39, el plazo de interposición será el siguiente:
2.1) 30 días a contar desde la publicación de la formalización del contrato en la forma prevista en esta ley, incluyendo las razones justificativas por las que no se ha publicado en forma legal la convocatoria dela licitación o desde la notificación a los candidatos o licitadores afectados, de los motivos del rechazo de su candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fueron de terminantes de la adjudicación a su favor;
2.2) En los restantes casos, antes de que transcurran 6 meses a contar desde la formalización del contrato.
Ver más Servicio del que puede obtenerse información sobre el procedimiento de recurso
Nombre: Servicio de Contratación y Convenios
Dirección postal: Avenida Manuel Siurot, 50
Ciudad postal: Sevilla
Código postal: 41071
País: España 🇪🇸
Teléfono: +34 671530460📞
Correo electrónico: contratacion.agua.cagpds@juntadeandalucia.es📧
Fuente: OJS 2019/S 209-510485 (2019-10-24)
Anuncio de adjudicación de contrato (2020-11-27) Autoridad contratante Nombre y dirección
Nombre:
“Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible — Dirección General de Infraestructuras del Agua”
Objeto Alcance de la contratación
Título:
“Servicio de asistencia técnica a la dirección facultativa, control de calidad y coordinación de seguridad y salud durante la ejecución de las obras de...”
Título
Servicio de asistencia técnica a la dirección facultativa, control de calidad y coordinación de seguridad y salud durante la ejecución de las obras de sustitución de canal por tubería en el tramo PK 4 500
2018 50731
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Breve descripción:
“Servicio de asistencia técnica a la dirección facultativa, control de calidad y coordinación de seguridad y salud durante la ejecución de las obras de...”
Breve descripción
Servicio de asistencia técnica a la dirección facultativa, control de calidad y coordinación de seguridad y salud durante la ejecución de las obras de sustitución de canal por tubería en el tramo PK 4 500 al PK 6 000 en el canal de Beninar-Aguadulce (Almería).
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Valor total de la contratación (IVA excluido): EUR 163 500 💰
Descripción
Descripción de la contratación:
“Servicio de asistencia técnica a la dirección facultativa, control de calidad y coordinación de seguridad y salud durante la ejecución de las obras de...”
Descripción de la contratación
Servicio de asistencia técnica a la dirección facultativa, control de calidad y coordinación de seguridad y salud durante la ejecución de las obras de sustitución de canal por tubería en el tramo PK 4 500 al PK 6 000 en el canal de Beninar-Aguadulce (Almería).
Ver más Criterios de adjudicación
Criterio de calidad (nombre):
“Compromiso de implantación de una aplicación tecnológica/software que permita integrar y conectar a toda la cadena de valor de la obra en un único entorno...”
Criterio de calidad (nombre)
Compromiso de implantación de una aplicación tecnológica/software que permita integrar y conectar a toda la cadena de valor de la obra en un único entorno digital (administración/contratistas-subcontratistas), facilitando el seguimiento y la trazabilidad de la misma, su registro y su gestión, con el fin de mejorar la productividad, la transparencia y la optimización de la gestión de la información
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Criterio de calidad (ponderación): de 0 a 8 puntos
Criterio de calidad (nombre): Demás criterios de adjudicación ponderables en función de un juicio de valor
Criterio de calidad (ponderación): de 0 a 52
Precio (ponderación): de 0 a 40 puntos
Procedimiento Información administrativa
Publicación anterior sobre este procedimiento: 2019/S 209-510485
Adjudicación del contrato
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Número de contrato: 2018 50731
Título:
“Servicio de asistencia técnica a la dirección facultativa, control de calidad y coordinación de seguridad y salud durante la ejecución de las obras de...”
Título
Servicio de asistencia técnica a la dirección facultativa, control de calidad y coordinación de seguridad y salud durante la ejecución de las obras de sustitución de canal por tubería en el tramo PK 4 500
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Fecha de celebración del contrato: 2020-11-19 📅
Información sobre licitaciones
Número de ofertas recibidas: 8
Nombre y dirección del contratista
Nombre: Aima Ingeniería, S. L. P.
Número de registro nacional: B04627261
Ciudad postal: Almería
Código postal: 04700
País: España 🇪🇸
Región: Almería🏙️
El contratista es una PYME ✅ Información sobre el valor del contrato/lote (sin IVA)
Valor total estimado del contrato/lote: EUR 233712.74 💰
Valor total del contrato/lote: EUR 163 500 💰
“Recurso especial: el registro del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía será el Registro Electrónico Único de la Junta...”
Recurso especial: el registro del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía será el Registro Electrónico Único de la Junta de Andalucía a los efectos de los artículos 51.3 y 54 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26.2.2014.
Conforme al apartado 2 del artículo 44 del Decreto-ley 13/2020, de 18 de mayo, por el que se establecen medidas extraordinarias y urgentes relativas a establecimientos hoteleros, coordinación de alertas, impulso de la telematización, reactivación del sector cultural y flexibilización en diversos ámbitos ante la situación generada por el coronavirus (COVID-19), la presentación del recurso especial y reclamaciones en el Tribunal, así como las alegaciones de las personas interesadas y demás escritos a presentar en relación con cualesquiera otros trámites necesarios para el desarrollo del procedimiento se realizarán por medios electrónicos en el citado Registro a través del procedimiento de recurso especial o reclamación en materia de contratación incorporado en el Registro de Procedimientos y Servicios.
De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 44 del Decreto-ley 13/2020, de 18 de mayo, la presentación de manera presencial del recurso especial, reclamaciones y cualesquiera otros escritos en cualquier otro registro de la Junta de Andalucía dará lugar al requerimiento para su subsanación a través de su presentación electrónica, de acuerdo con lo establecido en el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, considerándose a estos efectos como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la subsanación.
Información precisa sobre los plazos de los procedimientos de revisión
Recurso especial en materia de contratación. Plazo conforme a lo dispuesto en el artículo 50.1 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público:
1) el procedimiento de recurso se iniciará mediante escrito que deberá presentarse en el plazo de quince días hábiles. Dicho plazo se computará:
a) cuando se interponga contra el anuncio de licitación, el plazo comenzará a contarse a partir del día siguiente al de su publicación en el perfil de contratante;
b) cuando el recurso se interponga contra el contenido de los pliegos y demás documentos contractuales, el cómputo se iniciará a partir del día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante el anuncio de licitación, siempre que en este se haya indicado la forma en que los interesados pueden acceder a ellos. Cuando no se hiciera esta indicación el plazo comenzará a contar a partir del día siguiente a aquel en que se le hayan entregado al interesado los mismos o este haya podido acceder a su contenido a través del perfil de contratante. En el caso del procedimiento negociado sin publicidad el cómputo del plazo comenzará desde el día siguiente ala remisión de la invitación a los candidatos seleccionados. En los supuestos en que, de conformidad con lo establecido en el artículo 138.2 de la presente Ley, los pliegos no pudieran ser puestos a disposición por medios electrónicos, el plazo se computará a partir del día siguiente en que se hubieran entregado al recurrente. Con carácter general no se admitirá el recurso contra los pliegos y documentos contractuales que hayan de regir una contratación si el recurrente, con carácter previo a su interposición, hubiera presentado oferta o solicitud de participación en la licitación correspondiente, sin perjuicio de lo previsto para los supuestos de nulidad de pleno derecho;
c) cuando se interponga contra actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación o contra un acto resultante de la aplicación del procedimiento negociado sin publicidad, el cómputo se iniciará a partir del día siguiente a aquel en que se haya tenido conocimiento de la posible infracción;
d) cuando se interponga contra la adjudicación del contrato el cómputo se iniciará a partir del día siguiente a aquel en que se haya notificado esta de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta a los candidatos o licitadores que hubieran sido admitidos en el procedimiento;
e) cuando el recurso se interponga en relación con alguna modificación basada en el incumplimiento de lo establecido en los artículos 204 y 205 de la presente Ley, por entender que la modificación debió ser objeto de una nueva adjudicación, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante;
f) cuando el recurso se interponga contra un encargo a medio propio por no cumplir los requisitos establecidos en el artículo 32 de la presente Ley, desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado en el perfil de contratante;
g) en todos los demás casos, el plazo comenzará a contar desde el día siguiente al de la notificación realizada de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta.
2) no obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando el recurso se funde en alguna de las causas de nulidad previstas en el apartado 2, letras c), d), e) o f) del artículo 39, el plazo de interposición será el siguiente:
a) treinta días a contar desde la publicación de la formalización del contrato en la forma prevista en esta Ley, incluyendo las razones justificativas por las que no se ha publicado en forma legal la convocatoria dela licitación o desde la notificación a los candidatos o licitadores afectados, de los motivos del rechazo de su candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fueron de terminantes de la adjudicación a su favor;
b) En los restantes casos, antes de que transcurran seis meses a contar desde la formalización del contrato.
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Fuente: OJS 2020/S 235-580841 (2020-11-27)