Lista y breve descripción de las normas y criterios
Capacidades de obrar:
— Capacidad de obrar,
— No prohibición para contratar,
— No estar incurso en incompatibilidades,
— Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social,
— Cumplimiento con las obligaciones tributarias.
Solvencias económicas y/o clasificación:
— Seguro de indemnización. Descripción: el contratista tiene que tener suscrita una póliza de seguro de responsabilidad civil por daños causados a terceros por un importe mínimo de 350 000,00 EUR en concepto de indemnización y un importe mínimo de 90 000,00 EUR en concepto de indemnización por víctima,
— Cifra anual de negocio. Descripción: la empresa tiene que haber conseguido en el mejor de los 3 últimos ejercicios un volumen de negocios en el ámbito objeto del contrato de como mínimo el 50 % del valor estimado del contrato (1 069 794,40 EUR). En el caso de que la fecha de constitución de la empresa o de inicio de actividad sea inferior a 1 año contado desde la fecha final de presentación de proposiciones, el requisito mínimo se entenderá proporcional al período. Declaración responsable previa: los licitadores deberán rellenar en el DEUC la sección α (alfa) de la parte IV (criterios de selección), indicando afirmativamente que cumplen los criterios de selección. Medios de acreditación posterior: la empresa a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación deberá presentar: las hojas resumen de las declaraciones anuales de operaciones con terceros (modelo 347) de acuerdo con los requisitos mínimos establecido.
Solvencias técnicas:
— Trabajos realizados. Descripción: acreditar el 50 % del valor estimado del contrato (1 069 794,40 EUR) como ejecutado durante el año de mayor ejecución del período de 3 años citado, en servicios de igual o similar naturaleza que el que constituye el objeto del contrato (puede ser un único servicio o con la suma de 2 o más servicios; es decir, puede aportar uno o más certificados que sumen como mínimo este importe). De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 90 4 de la LCSP, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a 5 años, su solvencia técnica se acreditará por el medio previsto en el artículo 90 1 b) de la LCSP: indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquellos encargados del control de calidad. Declaración responsable previa: los licitadores deberán rellenar en el DEUC la sección α (alfa) de la parte IV (criterios de selección), indicando afirmativamente que cumplen los criterios de selección. Medios de acreditación posteriores: la empresa a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación deberá presentar una relación que acredite los criterios de selección y los requisitos mínimos en la forma establecida,
— Títulos académicos y profesionales del empresario y directivos, o responsables de la ejecución. Descripción: las personas que presten el servicio (véase el punto 4 del Pliego de Prescripciones Técnicas y la letra F 5 del cuadro de características del contrato del PCAP) habrán de tener las titulaciones requeridas,
— Otros. Descripción: experiencia: de acuerdo con lo especificado en el PCAP (letra F 5 del cuadro de características del contrato), y el punto 4 del Pliego de Prescripciones Técnicas. Experiencia mínima de 1 año en trabajo en violencias machistas,
— Otros. Descripción: formación: la formación mínima requerida para cada una de las personas del equipo de trabajo es de 60 horas en materia de igualdad y/o violencias machistas.