Lista y breve descripción de las normas y criterios
— Capacidades de obrar:
— — Capacidad de obrar,
— — Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad,
— — No prohibición para contratar,
— — No estar incurso en incompatibilidades,
— — Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social,
— — Cumplimiento con las obligaciones tributarias.
— Solvencias económicas y/o clasificación:
— — M2-3 Servicios de seguridad, custodia y protección (igual o superior a 300 000 EUR e inferior a 600 000 EUR),
— — Cifra anual de negocio. Descripción: artículo 87 apartado 1 a): a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los 3 últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas, por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: el volumen anual de negocios en el ámbito del contrato referido al año de mayor volumen de negocio de los 3 últimos ejercicios disponibles deberá ser al menos 517 657,10 EUR (sin IVA). Medio de acreditación: por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el registro mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el registro mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el registro mercantil.
— Solvencias técnicas:
— — Técnicos o unidades técnicas. Descripción: artículo 90 1 b) de LCSP: Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquellos encargados del control de calidad. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: esta solvencia se considerará acreditada por aquellas empresas que acrediten los siguientes aspectos: la empresa contará entre sus técnicos con: 1 coordinador titular y 1 coordinador suplente, con Tarjeta de Identidad Profesional (TIP) en vigor de director de Seguridad, al menos con 3 años de antigüedad, que serán los interlocutores de la empresa y los encargados del control de calidad y supervisión del servicio. La solvencia técnica profesional requerida conforme a los artículo 90 1 a) y 90 1 b) de la LCSP se exige de manera acumulativa,
— — Certificados de control de calidad expedidos por los institutos o servicios oficiales. Descripción: artículo 90 1 a) LCSP Criterio de solvencia: una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo, los 3 últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos; cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia los poderes adjudicadores podrán indicar que se tendrán en cuenta las pruebas de los servicios pertinentes efectuados más de 3 años antes. Requisito mínimo de solvencia: el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución, en el curso de los 3 últimos años, de trabajos del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato debe ser igual o superior a 362 359,97 EUR (sin IVA), 70 % del valor anual medio del contrato. Medio de acreditación: se acreditará mediante relación de los trabajos efectuados por el interesado en el curso de los 3 últimos años, correspondientes al mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, avalados por certificados en que se haga constar fechas de ejecución e importe sin IVA del/los contratos, expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañada de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Se entenderán que son servicios de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, tomando como criterio de correspondencia entre los servicios ejecutados por el empresario y los que constituyen el objeto del contrato los 3 primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. Asimismo, todos los licitadores deberán presentar una lista-resumen firmada por el apoderado de la empresa, en la que se detallen y totalicen los importes de los trabajos/contratos que correspondan a cada uno de los últimos 3 años, a efectos de seleccionar el año de mayor ejecución,
— — Otros. Descripción: requisitos adicionales de solvencia: 1) Para posibilitar y potenciar que el desarrollo del contrato por parte del adjudicatario se base en sistemas de gestión de calidad implantados en su organización y en su gestión, los licitantes deberán tener establecidos en sus empresas los sistemas de calidad relativos a las Normas: ISO 9001:2008: Implantación y desarrollo de estándares de calidad en planificación, desarrollo, producción y posventa; ISO 14001:2004: Implantación y desarrollo de políticas de calidad medioambiental; OHSAS 18801:2007: Implantación y desarrollo de sistemas de gestión de seguridad y salud en el trabajo. En consecuencia, deberán disponer de los correspondientes certificados acreditativos (o los que los sustituyan según normas en vigor), debiendo encontrarse en vigor. Esta disponibilidad deberá quedar acreditada en las ofertas adjuntando fotocopia de los certificados. Asimismo, serán reconocidos los certificados equivalentes emitidos por organismos establecidos en cualquier Estado miembro de la Unión Europea y cualesquiera otras pruebas de medidas equivalentes de garantía de calidad y de la gestión medioambiental que presenten los empresarios.