Objeto Alcance de la contratación
Título:
“Servicio de vigilancia y seguridad en el Hospital Duran y Reynals de Hospitalet de Llobregat
CP-2019-23”
Productos/servicios: Servicios de seguridad📦
Breve descripción:
“Servicio de vigilancia y seguridad en el Hospital Duran y Reynals de Hospitalet de Llobregat.”
Valor estimado sin IVA: EUR 1703393.83 💰
1️⃣
Lugar de ejecución: Cataluña🏙️
Descripción de la contratación:
“Servicio de vigilancia y seguridad en el Hospital Duran y Reynals de Hospitalet de Llobregat (Barcelona).” Criterios de adjudicación
Criterio de calidad (nombre):
“2.1 Plan operativo del servicio, según subcriterios descritos en el cuadro de características”
Criterio de calidad (ponderación): 18
Criterio de calidad (nombre): 2.2 Organización, según subcriterios descritos en el cuadro de características
Criterio de calidad (ponderación): 14
Criterio de calidad (nombre):
“2.3 Cobertura del servicio, según subcriterios descritos en el cuadro de características”
Criterio de calidad (ponderación): 6
Criterio de calidad (nombre):
“2.4 Plan de seguridad y prevención de riesgos, según subcriterios descritos en el cuadro de características”
Criterio de calidad (ponderación): 2
Criterio de coste (nombre): Oferta económica
Criterio de coste (ponderación): 49
Criterio de coste (nombre): Bolsa de horas adicional
Criterio de coste (ponderación): 11
Alcance de la contratación
Valor total estimado sin IVA: EUR 1099215.78 💰
Duración del contrato, acuerdo marco o sistema dinámico de adquisición
El plazo que figura a continuación se expresa en número de meses.
Descripción
Duración: 24
Duración del contrato, acuerdo marco o sistema dinámico de adquisición
Este contrato está sujeto a renovación ✅ Descripción
Descripción de las renovaciones:
“12 meses potestativos para el Instituto Catalán de Oncología y obligatorios para el contratista.”
Información jurídica, económica, financiera y técnica Condiciones de participación
Lista y breve descripción de las afecciones:
“Acreditación de su habilitación profesional, de acuerdo a lo dispuesto en el cuadro de características de la licitación.” Situación económica y financiera
Criterios de selección establecidos en los pliegos de la contratación
Capacidad técnica y profesional
Criterios de selección establecidos en los pliegos de la contratación
Condiciones del contrato
Condiciones de ejecución del contrato: Las previstas en el cuadro de características de la licitación.
Procedimiento Tipo de procedimiento
Procedimiento abierto
Información administrativa
Plazo de recepción de las ofertas o solicitudes de participación: 2019-11-21
23:59 📅
Lenguas en las que pueden presentarse las ofertas o solicitudes de participación: catalán 🗣️
Lenguas en las que pueden presentarse las ofertas o solicitudes de participación: español 🗣️
Condiciones de apertura de las ofertas: 2019-11-21
23:59 📅
Condiciones de apertura de las ofertas (lugar): Se comunicará oportunamente a los licitadores.
Información complementaria Información sobre la reaparición
Se trata de una contratación recurrente ✅
Calendario estimado para la publicación de nuevos anuncios: 2023
Órgano de revisión
Nombre: Tribunal Catalán de Contratos Del Sector Público
Dirección postal: Vía Laietana, 14
Ciudad postal: Barcelona
Código postal: 08003
País: España 🇪🇸
Teléfono: +34 938876200📞 Procedimiento de revisión
Información precisa sobre los plazos de los procedimientos de revisión:
“Son susceptibles de recurso especial en materia de contratación los actos y decisiones previstos en el artículo 44 de la Ley 9/2017, del 8 de noviembre, de...”
Información precisa sobre los plazos de los procedimientos de revisión
Son susceptibles de recurso especial en materia de contratación los actos y decisiones previstos en el artículo 44 de la Ley 9/2017, del 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE (LCSP).
Este recurso tiene carácter potestativo, es gratuito para los recurrentes, se podrá interponer ante el Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público, previa o alternativamente a la interposición del recurso contencioso-administrativo, de conformidad con la Ley 29/1998, del 13 de junio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y se regirá por lo dispuesto en los artículos 44 y siguientes de la LCSP y el Real Decreto 814/2015, del 11 de septiembre, por el que se aprueba el reglamento de los procedimientos especiales de revisión de decisiones en materia contractual y de organización del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales.
Contra los actos susceptibles de recurso especial no procede la interposición de recursos administrativos ordinarios.
Contra los actos que adopte el órgano de contratación en relación con los efectos, la modificación y la extinción de este contrato que no sean susceptibles de recurso especial en materia de contratación, procederá la interposición del recurso administrativo ordinario que corresponda de acuerdo con lo establecido en la Ley 26/2010, del 3 de agosto, del régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; o del recurso contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, del 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Los acuerdos que adopte el órgano de contratación en el ejercicio de las prerrogativas de la administración son susceptibles de recurso potestativo de reposición, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 26/2010, del 3 de agosto, del régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y la legislación básica del procedimiento administrativo común, o de recurso contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, del 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
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Fuente: OJS 2019/S 206-502493 (2019-10-21)
Anuncio de adjudicación de contrato (2020-01-07) Objeto Alcance de la contratación
Título:
“Servicio de vigilancia y seguridad en el Hospital Duran y Reynals del Hospitalet de Llobregat
CP-2019-23”
Breve descripción:
“Servicio de vigilancia y seguridad en el Hospital Duran y Reynals del Hospitalet de Llobregat.” Descripción
Descripción de la contratación:
“Servicio de vigilancia y seguridad en el Hospital Duran y Reynals del Hospitalet de Llobregat (Barcelona).” Criterios de adjudicación
Criterio de calidad (nombre):
“2.1. Plan operativo del servicio, según subcriterios descritos en el cuadro de características”
Criterio de calidad (nombre): 2.2. Organización, según subcriterios descritos en el cuadro de características
Criterio de calidad (nombre):
“2.3. Cobertura del servicio, según subcriterios descritos en el cuadro de características”
Criterio de calidad (nombre):
“2.4. Plan de seguridad y prevención de riesgos, según subcriterios descritos en el cuadro de características”
Procedimiento Información administrativa
Publicación anterior sobre este procedimiento: 2019/S 206-502493
Adjudicación del contrato
1️⃣
Título:
“Servicio de vigilancia y seguridad en el Hospital Duran y Reynals del Hospitalet de Llobregat” Información sobre los no premiados
No se recibieron ofertas o solicitudes de participación o todas fueron rechazadas
Información complementaria Procedimiento de revisión
Información precisa sobre los plazos de los procedimientos de revisión:
“Son susceptibles de recurso especial en materia de contratación los actos y decisiones previstos en el artículo 44 de la Ley 9/2017, del 8 de noviembre, de...”
Información precisa sobre los plazos de los procedimientos de revisión
Son susceptibles de recurso especial en materia de contratación los actos y decisiones previstos en el artículo 44 de la Ley 9/2017, del 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE (LCSP).
Este recurso tiene carácter potestativo, es gratuito para los recurrentes, se podrá interponer ante el Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público, previa o alternativamente a la interposición del recurso contencioso-administrativo, de conformidad con la Ley 29/1998, del 13 de junio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y se regirá por lo dispuesto en los artículos 44 y siguientes de la LCSP y el Real Decreto 814/2015, del 11 de septiembre, por el que se aprueba el reglamento de los procedimientos especiales de revisión de decisiones en materia contractual y de organización del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales.
Contra los actos susceptibles de recurso especial no procede la interposición de recursos administrativos ordinarios.
Contra los actos que adopte el Órgano de Contratación en relación con los efectos, la modificación y la extinción de este contrato que no sean susceptibles de recurso especial en materia de contratación, procederá la interposición del recurso administrativo ordinario que corresponda de acuerdo con lo establecido en la Ley 26/2010, del 3 de agosto, del régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; o del recurso contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, del 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Los acuerdos que adopte el Órgano de Contratación en el ejercicio de las prerrogativas de la administración son susceptibles de recurso potestativo de reposición, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 26/2010, del 3 de agosto, del régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y la legislación básica del procedimiento administrativo común, o de recurso contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, del 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
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Fuente: OJS 2020/S 006-009173 (2020-01-07)