Lista y breve descripción de las normas y criterios
Capacidades de obrar:
— Capacidad de obrar,
— Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad,
— No prohibición para contratar,
— No estar incurso en incompatibilidades,
— Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
Solvencias económicas y/o clasificación:
— Cifra anual de negocio. Descripción: volumen anual de negocios referido al mejor ejercicio dentro de los 3 últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de las actividades del empresario y de presentación de las ofertas, cuyo importe sea igual o superior a 900 000,00 EUR.
Solvencias técnicas:
— Trabajos realizados. Descripción: una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza de los que constituyen el objeto del contrato en curso de, como máximo los 3 últimos años, en la que se indique el importe, fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Respecto al importe de los trabajos realizados, al menos dos de ellos deberán ser de una cuanta igual o superior al 70 % del presupuesto base de licitación del presente contrato, sin IVA (706 870,50 EUR). El criterio elegido para acreditar la solvencia es el que se considera más adecuado por su sencilla comprobación y porque permite garantizar la aptitud de los licitadores para el cumplimiento del presente contrato dado el importe y número de actuaciones que comprende (eventos feriales y naturaleza).