Lista y breve descripción de las normas y criterios
Ver cláusula 12 del PCAPE.
— Capacidades de obrar:
—— capacidad de obrar,
—— preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad,
—— no prohibición para contratar,
—— no estar incurso en incompatibilidades,
—— cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social,
—— cumplimiento con las obligaciones tributarias,
—— para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española,
— solvencias económicas y/o clasificación:
—— cifra anual de negocio. Descripción: los licitadores deberán tener, en el mejor ejercicio de los últimos tres (3) ejercicios económicos cerrados disponibles (en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de ofertas), un volumen anual de negocios en el ámbito objeto del contrato igual o superior a 580 564,04 EUR, IVA excluido (ver cláusula 11 1 del PCAPE),
— solvencias técnicas:
—— trabajos realizados. Descripción: Relación de los principales servicios realizados en los últimos 3 años de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, incluyendo importes, fechas, destinatario público o privado y certificados de buena ejecución de los mismos. El importe ejecutado durante el año de mayor ejecución de estos 3 años en estos servicios será superior a 387 042,69 EUR, IVA excluido (ver cláusula 11 2 del PCAPE),
—— títulos académicos y profesionales del empresario y directivos, o responsables de la ejecución. Descripción: el currículo y las titulaciones académicas y profesionales del personal directivo de la empresa, director técnico y coordinador técnico (este último siempre y cuando no figure en la relación del personal subrogado), responsable de la ejecución del contrato (ver cláusula 11 2 del PCAPE),
—— otros. Descripción: todos los licitadores deberán acreditar mediante declaración jurada que cuentan con un programa informático de gestión de cursos de actividades deportivas o similar que permita la inscripción «on-line», debiendo detallar el nombre comercial y fabricante de dicho «software». En este mismo documento deberá acreditarse un mínimo de 1 año de experiencia de implementación de dicho programa informático para una actividad de similares características y volumen de usuarios (ver cláusula 11 2 del PCAPE).