Lista y breve descripción de las normas y criterios
Capacidades de obrar:
— Capacidad de obrar.
Solvencias económicas y/o clasificación:
— Seguro de indemnización. Descripción: la solvencia económica y financiera se tiene que acreditar por uno de los siguientes medios:
b) Justificante de la existencia o compromiso de suscripción antes de la formalización del contrato de un seguro de indemnización por riesgos profesionales, que tenga una cobertura igual o superior a 600 000,00 EUR por siniestro y 600 000,00 EUR por víctima. Si la normativa específica señalara unos límites superiores, serán estos límites los que deberá contratar el contratista,
— Cifra anual de negocio. Descripción: la solvencia económica y financiera se tiene que acreditar por uno de los siguientes medios:
a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los 3 últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Criterios de selección y requisitos mínimos: el volumen anual de negocios del licitador se acreditará mediante la aportación de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el licitador se encuentra inscrito y, en caso contrario, por las cuentas depositadas en el registro oficial en el que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. El volumen de negocios mínimo a acreditar durante el año de mayor ejecución del período antes indicado ha de ser al menos una vez y media el valor anual medio del contrato.
Solvencias técnicas:
— Trabajos realizados. Descripción: la solvencia técnica se tiene que acreditar por uno de los siguientes medios:
a) Relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyan el objeto del contrato en el curso de, como máximo, los 3 últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario público o privado de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. La acreditación de la solvencia técnica se efectuará mediante la relación de los principales servicios efectuados en los 3 últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 % de la anualidad media del contrato. Sólo se entenderá servicio de igual o similar naturaleza el servicio que tenga por objeto la vigilancia y socorrismo en playas No se admitirá como similar el servicio de vigilancia y socorrismo en piscinas u otra ubicación que no sean playas o el mar,
— Técnicos o unidades técnicas. Descripción: la solvencia técnica se tiene que acreditar por uno de los siguientes medios:
b) Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquellos encargados del control de calidad, debiendo indicarse las titulaciones del personal técnico o del que integra las unidades técnicas participantes en el contrato,
— Maquinaria, material y equipo técnico para la ejecución del contrato. Descripción: la solvencia técnica se tiene que acreditar por uno de los siguientes medios:
c) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación justificativa correspondiente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación.