Lista y breve descripción de las normas y criterios
— Capacidades de obrar:
— — Capacidad de obrar,
— — No prohibición para contratar,
— — Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social,
— — Cumplimiento con las obligaciones tributarias.
— Solvencias económicas y/o clasificación:
— — Cifra anual de negocio. Descripción: declaración suscrita por el representante legal de la empresa relativa a su cifra de negocio, en el ámbito de actividades correspondientes al objeto del contrato, referido a los tres (3) últimos ejercicios, de la que resulte que, en el cómputo anual, la empresa alcanzó, al menos, la cantidad de un millón trescientos treinta y seis mil quinientos euros (1 336 500 EUR).
— Solvencias técnicas:
— — Trabajos realizados. Descripción: relación de los principales servicios efectuados, debiendo acreditar haber realizado en los tres (3) últimos años, 3 servicios de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del presente Pliego de Condiciones Particulares. El importe anual en cada uno de los años será igual o superior al setenta y cinco por ciento (75 %) de la anualidad media del contrato. Se entiende que un servicio es de igual o similar naturaleza que el que constituye el objeto del contrato, se incluye el servicio de vigilancia y el servicio de escolta de personas,
— — Certificados de control de calidad expedidos por los institutos o servicios oficiales. Descripción: certificación oficial, a emitir por el Ministerio del Interior, acreditativa de la inscripción de la empresa en el Registro de Empresas de Seguridad, y certificación de estar al corriente en la presentación de la documentación anual (artículo 138 del Reglamento de Seguridad Privada, aprobado por Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre); acreditación del cumplimiento de normas relativas a los sistemas de gestión de la calidad. Se deberá acreditar estar en posesión de certificados expedidos por organismos independientes que acrediten, para la prestación especifica de los servicios de vigilancia y seguridad, el cumplimiento de las siguientes normas de garantía de la calidad (artículo 93 de la LCSP), debiendo hacer referencia a los sistemas de aseguramiento de la calidad basados en la serie de normas europeas en la materia, certificados por organismos conformes a las normas europeas relativas a la certificación: certificación de gestión de calidad conforme a la norma UNE-EN ISO 9001: 2015 para las actividades de vigilancia y seguridad. Asimismo, se admitirá certificado equivalente expedido por organismos establecidos en cualquier Estado miembro de la Unión Europea, así como otras pruebas de medidas equivalentes de garantía de la calidad que aporte el licitador para las referidas actividades,
— — Otros. Descripción: compromiso de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios materiales o personales suficientes para ello, debiendo presentar, a estos efectos, una declaración responsable en tal sentido, así como documentación justificativa de dichos extremos.