1️⃣ Alcance de la contratación
Título:
“Servicios sociales de 4 servicios técnicos de punto de encuentro en las ciudades de Gavà, Manresa, Tortosa y Vic (BE-2020-93)
BE-2020-93”
Productos/servicios: Servicios de bienestar social proporcionados a niños y jóvenes📦
Breve descripción:
“Servicios sociales de 4 servicios técnicos de punto de encuentro, de titularidad pública, en las ciudades de Gavà, Manresa, Tortosa y Vic.”
Valor estimado sin IVA: EUR 3715328.16 💰
1️⃣
Lugar de ejecución: Cataluña🏙️
Emplazamiento principal o lugar de actuación: Poblaciones de Gavà, Manresa, Tortosa y Vic.
Descripción de la contratación:
“Servicios sociales de 4 servicios técnicos de punto de encuentro en las ciudades de Gavà, Manresa, Tortosa y Vic.” Duración
Fecha de inicio: 2020-01-01 📅
Fecha final: 2020-12-31 📅
Información jurídica, económica, financiera y técnica Condiciones de participación
Lista y breve descripción de las normas y criterios:
“Criterios de acuerdo con lo establecido en el apartado H del Pliego de Cláusulas Administrativas.” Condiciones del contrato
Condiciones de ejecución del contrato: Establecidas en el apartado M del Pliego de Cláusulas Administrativas.
Información complementaria Información sobre flujos de trabajo electrónicos
Se utilizarán pedidos electrónicos
Se aceptará la facturación electrónica
Se utilizará el pago electrónico
Órgano de revisión
Nombre: Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público
Dirección postal: Vía Laietana, 14 5è, edificio Princesa
Ciudad postal: Barcelona
Código postal: 08003
País: España 🇪🇸
Teléfono: +34 935676300📞 Procedimiento de revisión
Información precisa sobre los plazos de los procedimientos de revisión:
“Son susceptibles de recurso especial en materia de contratación los actos y decisiones previstos en el artículo 44 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de...”
Información precisa sobre los plazos de los procedimientos de revisión
Son susceptibles de recurso especial en materia de contratación los actos y decisiones previstos en el artículo 44 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26.2.2014 (LCSP).
Este recurso tiene carácter potestativo, es gratuito para los recurrentes, se podrá interponer ante el Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público, previa o alternativamente a la interposición del recurso contencioso-administrativo, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de junio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y se regirá por lo dispuesto en los artículos 44 y siguientes de la LCSP y el Real decreto 814/2015, de 11 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos especiales de revisión de decisiones en materia contractual y de organización del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales.
Contra los actos susceptibles de recurso especial no procede la interposición de recursos administrativos ordinarios.
Contra los actos que adopte el órgano de contratación en relación con los efectos, la modificación y la extinción de este contrato que no sean susceptibles de recurso especial en materia de contratación, procederá la interposición del recurso administrativo ordinario que corresponda de acuerdo con lo establecido en la Ley 26/2010, de 3 de agosto, del régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; o del recurso contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Los acuerdos que adopte el órgano de contratación en el ejercicio de las prerrogativas de la Administración son susceptibles de recurso potestativo de reposición, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 26/2010, de 3 de agosto, del régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y la legislación básica del procedimiento administrativo común, o de recurso contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Ver más
Fuente: OJS 2019/S 199-484613 (2019-10-10)
Anuncio de adjudicación de contrato (2020-02-17) Objeto Alcance de la contratación
Valor total de la contratación (IVA excluido): EUR 3715328.16 💰
Información sobre los lotes
Este contrato se divide en lotes ✅ Alcance de la contratación
Título: STPT Gavà
Título
Número de identificación del lote: 1
Descripción
Productos/servicios adicionales: Servicios de asistencia social sin alojamiento📦
Lugar de ejecución: Barcelona🏙️
Descripción de la contratación:
“Servicios sociales de 4 servicios técnicos de punto de encuentro en las ciudades de Gavà.”
2️⃣ Alcance de la contratación
Título: STPT Manresa
Título
Número de identificación del lote: 2
Descripción
Emplazamiento principal o lugar de actuación: Manresa.
Descripción de la contratación:
“Servicios sociales de 4 servicios técnicos de punto de encuentro en las ciudades de Manresa.”
3️⃣ Alcance de la contratación
Título: STPT Tortosa
Título
Número de identificación del lote: 3
Descripción
Lugar de ejecución: Tarragona🏙️
Emplazamiento principal o lugar de actuación: Tortosa.
Descripción de la contratación:
“Servicios sociales de 4 servicios técnicos de punto de encuentro en las ciudades de Tortosa.”
4️⃣ Alcance de la contratación
Título: STPT Vic
Título
Número de identificación del lote: 4
Descripción
Emplazamiento principal o lugar de actuación: Vic.
Descripción de la contratación:
“Servicios sociales de 4 servicios técnicos de punto de encuentro en las ciudades de Vic.”
Procedimiento Información administrativa
Publicación anterior sobre este procedimiento: 2019/S 199-484613
Adjudicación del contrato
1️⃣
Número de contrato: 1
Número de identificación del lote: 1
Título:
“Servicios sociales de 4 servicios técnicos de punto de encuentro en las ciudades de Gavà, Manresa, Tortosa y Vic (BE-2020-93). Lote 1: Gavà”
Fecha de celebración del contrato: 2020-02-14 📅
Información sobre licitaciones
Número de ofertas recibidas: 2
Número de ofertas recibidas de PYME: 1
Nombre y dirección del contratista
Nombre: SUMAR, Serveis Públics d'Acció Social de Catalunya, S. L.
Ciudad postal: Girona
País: España 🇪🇸
Región: Girona🏙️ Información sobre el valor del contrato/lote (sin IVA)
Valor total estimado del contrato/lote: EUR 3715328.16 💰
Valor total del contrato/lote: EUR 113049.82 💰
2️⃣
Número de contrato: 2
Número de identificación del lote: 2
Título:
“Servicios sociales de 4 servicios técnicos de punto de encuentro en las ciudades de Gavà, Manresa, Tortosa y Vic (BE-2020-93). Lote 2: Manresa” Información sobre licitaciones
Número de ofertas recibidas: 1
Información sobre el valor del contrato/lote (sin IVA)
Valor total del contrato/lote: EUR 118036.82 💰
3️⃣
Número de contrato: 3
Número de identificación del lote: 3
Título:
“Servicios sociales de 4 servicios técnicos de punto de encuentro en las ciudades de Gavà, Manresa, Tortosa y Vic (BE-2020-93). Lote 3: Tortosa” Información sobre el valor del contrato/lote (sin IVA)
Valor total del contrato/lote: EUR 84146.18 💰
4️⃣
Número de contrato: 4
Número de identificación del lote: 4
Título:
“Servicios sociales de 4 servicios técnicos de punto de encuentro en las ciudades de Gavà, Manresa, Tortosa y Vic (BE-2020-93). Lote 4: Vic” Información sobre el valor del contrato/lote (sin IVA)
Valor total del contrato/lote: EUR 92674.32 💰
Información complementaria Órgano de revisión
Dirección postal: Edificio Princesa, vía Laietana, 14, 5º
Procedimiento de revisión
Información precisa sobre los plazos de los procedimientos de revisión:
“Son susceptibles de recurso especial en materia de contratación los actos y decisiones previstos en el artículo 44 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de...”
Información precisa sobre los plazos de los procedimientos de revisión
Son susceptibles de recurso especial en materia de contratación los actos y decisiones previstos en el artículo 44 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26.2.2014 (LCSP). Este recurso tiene carácter potestativo, es gratuito para los recurrentes, se podrá interponer ante el Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público, previa o alternativamente a la interposición del recurso contencioso-administrativo, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de junio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y se regirá por lo dispuesto en los artículos 44 y siguientes de la LCSP y el Real decreto 814/2015, de 11 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos especiales de revisión de decisiones en materia contractual y de organización del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales.
Contra los actos susceptibles de recurso especial no procede la interposición de recursos administrativos ordinarios.
Contra los actos que adopte el órgano de contratación en relación con los efectos, la modificación y la extinción de este contrato que no sean susceptibles de recurso especial en materia de contratación, procederá la interposición del recurso administrativo ordinario que corresponda de acuerdo con lo establecido en la Ley 26/2010, de 3 de agosto, del régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; o del recurso contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Los acuerdos que adopte el órgano de contratación en el ejercicio de las prerrogativas de la administración son susceptibles de recurso potestativo de reposición, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 26/2010, de 3 de agosto, del régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y la legislación básica del procedimiento administrativo común, o de recurso contencioso administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
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Fuente: OJS 2020/S 035-083544 (2020-02-17)