Acuerdo Marco para la contratación de servicios de transporte escolar de la consejería con competencias en materia de educación de la Comunidad Autómoma de la Región de Murcia

Consejería de Educación y Cultura de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

Acuerdo Marco para la contratación de servicios de transporte escolar de la consejería con competencias en materia de educación de la Comunidad Autómoma de la Región de Murcia.
La determinación de las empresas adjudicatarias, de los porcentajes mínimos de descuento por cada lote que se les adjudique (sobre los precios de referencia establecidos), así como de las condiciones generales de los servicios y los términos básicos a los que habrán de ajustarse los contratos basados en el Acuerdo Marco para prestar los servicios de transporte escolar.
A efectos de adjudicación del Acuerdo Marco y de la formación de lotes para la adjudicación de contratos basados, se han definido las siguientes zonas de transporte escolar:
— zona A (área de Murcia),
— zona B (área de Cartagena),
— zona C (área de Lorca),
— zona D (área centro-norte).
A efectos de adjudicación del Acuerdo Marco, cada zona constituirá un lote con la misma denominación en letras que la zona correspondiente (lote A para la zona A, etc.).

Plazo

El plazo para la recepción de ofertas era de 2020-11-03. La contratación se publicó en 2020-09-28.

¿A quién? ¿Cómo? ¿dónde?
Historial de adquisiciones
Fecha Documento
2020-09-28 Anuncio de licitación
2020-10-27 Información complementaria
2020-11-03 Información complementaria
2020-12-04 Anuncio de adjudicación de contrato
Anuncio de licitación (2020-09-28)
Objeto
Alcance de la contratación
Título: Servicios especiales de transporte de pasajeros por carretera
Número de referencia: SG/CA/28/2020
Breve descripción:
Acuerdo Marco para la contratación de servicios de transporte escolar de la consejería con competencias en materia de educación de la Comunidad Autómoma de la Región de Murcia. La determinación de las empresas adjudicatarias, de los porcentajes mínimos de descuento por cada lote que se les adjudique (sobre los precios de referencia establecidos), así como de las condiciones generales de los servicios y los términos básicos a los que habrán de ajustarse los contratos basados en el Acuerdo Marco para prestar los servicios de transporte escolar. A efectos de adjudicación del Acuerdo Marco y de la formación de lotes para la adjudicación de contratos basados, se han definido las siguientes zonas de transporte escolar: — zona A (área de Murcia), — zona B (área de Cartagena), — zona C (área de Lorca), — zona D (área centro-norte). A efectos de adjudicación del Acuerdo Marco, cada zona constituirá un lote con la misma denominación en letras que la zona correspondiente (lote A para la zona A, etc.).
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Metadatos del anuncio
Idioma original: español 🗣️
Tipo de documento: Anuncio de licitación
Naturaleza del contrato: Servicios
Reglamentación: Unión Europea con participación de Estados ACP
Vocabulario común de contratación pública (CPV)
Código: Servicios especiales de transporte de pasajeros por carretera 📦
Código CPV adicional: Servicios especiales de transporte de pasajeros por carretera 📦
Lugar de ejecución
Región NUTS: Región de Murcia 🏙️

Procedimiento
Tipo de procedimiento: Procedimiento abierto
Tipo de oferta: Oferta para todos los lotes
Criterios de adjudicación
Oferta más económica

Autoridad contratante
Identidad
País: España 🇪🇸
Tipo de poder adjudicador: Autoridad regional o local
Nombre del poder adjudicador: Consejería de Educación y Cultura de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Dirección postal: Avenida de la Fama, 15
Código postal: 30006
Ciudad postal: Murcia
Contacto
Dirección de internet: http://www.carm.es 🌏
Correo electrónico: alicia.perez4@carm.es 📧
Teléfono: +34 968279688 📞
Fax: +34 968279612 📠
URL de los documentos: https://contrataciondelestado.es 🌏
URL de participación: https://contrataciondelestado.es 🌏

Referencia
Fechas
Fecha de envío: 2020-09-28 📅
Fecha límite de presentación: 2020-11-03 📅
Fecha de publicación: 2020-10-02 📅
Identificadores
Número de anuncio: 2020/S 192-463008
Número del DO-S: 192
Información complementaria
Acto público del sobre 2.

Objeto
Alcance de la contratación
Breve descripción:
Acuerdo Marco para la contratación de servicios de transporte escolar de la consejería con competencias en materia de educación de la Comunidad Autómoma de la Región de Murcia.
La determinación de las empresas adjudicatarias, de los porcentajes mínimos de descuento por cada lote que se les adjudique (sobre los precios de referencia establecidos), así como de las condiciones generales de los servicios y los términos básicos a los que habrán de ajustarse los contratos basados en el Acuerdo Marco para prestar los servicios de transporte escolar.
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A efectos de adjudicación del Acuerdo Marco y de la formación de lotes para la adjudicación de contratos basados, se han definido las siguientes zonas de transporte escolar:
— zona A (área de Murcia),
— zona B (área de Cartagena),
— zona C (área de Lorca),
— zona D (área centro-norte).
A efectos de adjudicación del Acuerdo Marco, cada zona constituirá un lote con la misma denominación en letras que la zona correspondiente (lote A para la zona A, etc.).
Valor total estimado: 65 000 000 EUR 💰
Título del lote: Zona A (área de Murcia)
Número de lote: 1
Valor estimado sin IVA: 20 750 000 EUR 💰
Duración: 48 meses
Título del lote: Zona B (área de Cartagena)
Número de lote: 2
Valor estimado sin IVA: 19 050 000 EUR 💰
Título del lote: Zona C (área de Lorca)
Número de lote: 3
Valor estimado sin IVA: 16 150 000 EUR 💰
Título del lote: Zona D (área centro-norte)
Número de lote: 4
Valor estimado sin IVA: 9 050 000 EUR 💰
Lugar de ejecución
Emplazamiento principal o lugar de actuación:
Comprenderá las rutas de los centros educativos radicados en los siguientes municipios:
Murcia, Alcantarilla, Alguazas, Beniel, Molina de Segura, Santomera y Las Torres de Cotillas.
Cartagena, Los Alcázares, Fuente Álamo, San Javier, San Pedro del Pinatar, Torre-Pacheco y La Unión.
Lorca, Águilas, Puerto Lumbreras, Aledo, Alhama de Murcia, Librilla, Mazarrón y Totana.
Municipios: Abarán, Archena, Blanca, Ceutí, Cieza, Lorquí, Ojós, Ricote, Ulea, Villanueva del Río Segura, Albudeite, Campos del Río, Mula, Pliego, Abanilla, Fortuna, Bullas, Calasparra, Caravaca, etc.

Información jurídica, económica, financiera y técnica
Condiciones de participación
Habilitación para el ejercicio de la actividad profesional:
Habilitación profesional: sí.
Certificado de competencia profesional para el transporte por carretera al que se refiere el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (BOE del 8.10.1990).
Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
Las empresas no españolas de estados miembros de la Unión Europea o de los estados signatarios del acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, tendrán capacidad para contratar si, con arreglo a la legislación del estado en que estén establecidas, se encuentran habilitadas para realizar la prestación de que se trate. Asimismo, cuando la legislación del estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder realizar la actividad de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito.
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Las personas físicas o jurídicas de estados que no sean miembros de la Unión Europea o que no sean signatarios del acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo tendrán capacidad de contratar cuando figuren inscritas en el registro correspondiente o, en su defecto, cuando actúen con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que extiende el objeto del contrato. Asimismo, deberán justificar que el estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 de la LCSP en forma sustancialmente análoga. El informe de reciprocidad no es necesario en este caso para las empresas de estados signatarios del acuerdo sobre contratación pública de la OMC, conforme a lo previsto en el artículo 68.1 de la LCSP.
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Las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto podrán contratar sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación del Acuerdo Marco a su favor. Los empresarios interesados en licitar en Unión Temporal de Empresarios podrán darse de alta en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público o Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas de la CARM, especificando dicha circunstancia.
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Ejecución del contrato
Condiciones de ejecución del contrato:
Artículo 202 de la LCSP, condiciones especiales de ejecución del contrato:
Será obligación de la empresa adjudicataria, en relación con la plantilla que participe directa o indirectamente en la ejecución del contrato cumplir, alternativamente, alguna de las dos condiciones siguientes:
a) contar en dicha plantilla con un mínimo de un 3 % de personas con discapacidad en grado igual o superior al 33 %, siempre que dicha discapacidad sea compatible con las tareas propias de su puesto de trabajo, debiendo ser el número mínimo de estas personas de uno con independencia del número de efectivos de personal totales de la empresa y computándose las fracciones resultantes de la aplicación de esta ratio al alza, siempre que dicha fracción sea igual o superior a 0,5;
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b) combatir el paro que afecta a las mujeres o el de larga duración mediante la contratación de una persona perteneciente a estos colectivos cuando no se cuente con ninguna en la plantilla de la empresa o aumentando en al menos una persona.

Procedimiento
Base jurídica: 32014L0024
Número de participantes previsto: 67
Hora de recepción de las ofertas: 23:59
Lenguas en las que pueden presentarse las ofertas o solicitudes de participación: español 🗣️
Plazo de validez de la oferta: 2 meses
Fecha de apertura de ofertas: 2020-11-10 📅
Hora de apertura de ofertas: 13:00
Lugar: Dependencias de la Consejería de Educación y Cultura ubicada en el edificio de la avenida de la Fama, 15, 30006 Murcia.
Información complementaria: Acto público del sobre 2.

Autoridad contratante
Identidad
Número de registro nacional: S-3011001I
Contacto
Punto de contacto: Alicia Pérez Grau, la jefa de Servicio de Contratación
Dirección de internet: www.carm.es 🌏
URL de los documentos: https://contrataciondelestado.es 🌏

Información complementaria
Órgano de revisión
Nombre: Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (TACRC)
Dirección postal: Avenida General Perón, 38
Ciudad postal: Madrid
Código postal: 28020
País: España 🇪🇸
Teléfono: +34 913491319 📞
Fax: +34 913491441 📠
Dirección de internet: http://tribunalcontratos.gob 🌏
Información sobre los plazos de procedimientos de recurso:
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos administrativos serán resueltas por el Órgano de Contratación competente, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y contra los mismos habrá lugar a recurso contencioso-administrativo, conforme al previsto por la ley reguladora de dicha jurisdicción sin perjuicio de que los interesados puedan interponer recurso potestativo de reposición, previsto en los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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En caso de tratarse de un contrato susceptible de recurso especial en materia de contratación, (artículo 44 de la LCSP), el procedimiento de recurso se iniciará mediante escrito que deberá presentarse en el plazo de quince días hábiles, computándose dicho plazo según lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 50 de la LCSP.
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El escrito de interposición podrá presentarse en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, podrá presentarse en el registro del Órgano de Contratación o en el del órgano competente para la resolución del recurso.
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Los escritos presentados en registros distintos de los dos citados específicamente en el párrafo anterior, deberán comunicarse al tribunal de manera inmediata y de la forma más rápida posible.
El órgano competente para la resolución del recurso (Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales) hará públicas a través de su página web las direcciones de registro en las que debe hacerse la presentación de los escritos para entenderla efectuada ante el propio tribunal
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Será competente para la tramitación y resolución de los recursos, solicitudes de adopción de medidas provisionales y cuestiones de nulidad de los actos del procedimiento de adjudicación de contratos a que se refieren los artículos 44.1, 49 y 39 de la LCSP. El Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, en virtud de la Resolución de 5.11.2012, de la Subsecretaría del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, por el que se publica el convenio de colaboración con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, sobre atribución de competencia de recursos contractuales, prorrogado mediante acuerdo de 19.11.2018.
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Contra la desestimación del recurso especial en materia de contratación sólo cabrá la interposición del recurso contencioso-administrativo en los términos establecidos en el artículo 3.º de la Ley 34/2010, de 5 de agosto, de modificación de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
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Servicio del que puede obtenerse información sobre el procedimiento de recurso
Nombre: Servicio de Contratación
Dirección postal: Avda. de la Fama, 15 9ª planta.
Ciudad postal: Murcia ES620
Código postal: 30006
Teléfono: +34 968279688 📞
Correo electrónico: alicia.perez4@carm.es 📧
Fax: +34 968279612 📠
Dirección de internet: http://carm.es 🌏
Fuente: OJS 2020/S 192-463008 (2020-09-28)
Información complementaria (2020-10-27)
Objeto
Alcance de la contratación
Breve descripción:
Acuerdo Marco para la contratación de servicios de transporte escolar de la consejería con competencias en materia de educación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. La determinación de las empresas adjudicatarias, de los porcentajes mínimos de descuento por cada lote que se les adjudique (sobre los precios de referencia establecidos), así como de las condiciones generales de los servicios y los términos básicos a los que habrán de ajustarse los contratos basados en el Acuerdo Marco para prestar los servicios de transporte escolar. A efectos de adjudicación del Acuerdo Marco y de la formación de lotes para la adjudicación de contratos basados se han definido las siguientes zonas de transporte escolar: — zona A (área de Murcia), — zona B (área de Cartagena), — zona C (área de Lorca), — zona D (área centro-norte). A efectos de adjudicación del Acuerdo Marco, cada zona constituirá un lote con la misma denominación en letras que la zona correspondiente (lote A para la zona A, etc.).
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Metadatos del anuncio
Tipo de documento: Información complementaria

Referencia
Fechas
Fecha de envío: 2020-10-27 📅
Fecha límite de presentación: 2020-11-18 📅
Fecha de publicación: 2020-10-30 📅
Identificadores
Número de anuncio: 2020/S 212-519506
Se refiere al anuncio: 2020/S 192-463008
Número del DO-S: 212
Información complementaria
El anuncio de licitación fue publicado en el DOUE con fecha 2.10.2020 estableciendo como fecha y hora límite de presentación de ofertas el día 3.11.2020 a las 23.59 horas. Visto el informe-propuesta emitido por la directora general de Centros Educativos e Infraestructuras en el que se pone de manifiesto que el planteamiento de la contratación del servicio de transporte en la modalidad de Acuerdo Marco, el establecimiento de zonas de transporte para la configuración de lotes, así como la introducción de la licitación electrónica en este procedimiento, suponen una serie de novedades importantes para los potenciales licitadores que hace conveniente que se amplíe el plazo de presentación de proposiciones a fin de facilitar a las empresas la preparación de sus ofertas y la presentación de las mismas. Considerando que el artículo 136 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público establece que «los órganos de contratación fijarán los plazos de presentación de ofertas y solicitudes de participación teniendo en cuenta el tiempo que razonablemente pueda ser necesario para preparar aquellas, atendida la complejidad del contrato, y respetando, en todo caso, los plazos mínimos fijados en esta ley». Teniendo en cuenta que el plazo inicialmente establecido es el mínimo previsto en la ley y habida cuenta de las posibles dificultades en que se pueden encontrar licitadores interesados debido a todas las novedades introducidas en esta contratación que se tramita por primera vez como Acuerdo Marco, con modificación de los precios de referencia y de algunos de los criterios de valoración, y con licitación electrónica. Considerando el riego que existe, de no ampliarse el plazo conforme a lo solicitado, de que no concurran suficientes licitadores para garantizar la prestación de todos los servicios necesarios a través de los oportunos contratos basados, lo cual resultaría contrario al interés público de promover y favorecer en la mayor medida posible la concurrencia en este procedimiento. Se acuerda ampliar el plazo de presentación de proposiciones en el procedimiento abierto para la celebración de un Acuerdo Marco para la contratación de servicios de transporte escolar de la consejería con competencias en materia de educación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, hasta el día 18.11.2020 a las 23.59 horas.
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Objeto
Alcance de la contratación
Breve descripción:
Acuerdo Marco para la contratación de servicios de transporte escolar de la consejería con competencias en materia de educación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
A efectos de adjudicación del Acuerdo Marco y de la formación de lotes para la adjudicación de contratos basados se han definido las siguientes zonas de transporte escolar:
Fuente: OJS 2020/S 212-519506 (2020-10-27)
Información complementaria (2020-11-03)
Objeto
Alcance de la contratación
Breve descripción:
Acuerdo Marco para la contratación de servicios de transporte escolar de la consejería con competencias en materia de educación de la Comunidad Autómoma de la Región de Murcia. La determinación de las empresas adjudicatarias, de los porcentajes mínimos de descuento por cada lote que se les adjudique (sobre los precios de referencia establecidos), así como de las condiciones generales de los servicios y los términos básicos a los que habrán de ajustarse los contratos basados en el Acuerdo Marco para prestar los servicios de transporte escolar. A efectos de adjudicación del Acuerdo Marco y de la formación de lotes para la adjudicación de contratos basados se han definido las siguientes zonas de transporte escolar: — zona A (área de Murcia), — zona B (área de Cartagena), — zona C (área de Lorca), — zona D (área centro-norte). A efectos de adjudicación del Acuerdo Marco, cada zona constituirá un lote con la misma denominación en letras que la zona correspondiente (lote A para la zona A, etc.).
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Autoridad contratante
Identidad
Dirección postal: Avenida de La Fama, 15

Referencia
Fechas
Fecha de envío: 2020-11-03 📅
Fecha límite de presentación: 2020-12-09 📅
Fecha de publicación: 2020-11-06 📅
Identificadores
Número de anuncio: 2020/S 217-532917
Número del DO-S: 217
Información complementaria
Se ha comprobado que se publicó en el Perfil del Contratante un borrador de Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, de fecha 9.7.2020, en lugar del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares de fecha 30.7.2020, aprobado por el órgano de contratación y que supuso la modificación del borrador inicial. Se procede a publicar el pliego aprobado, abriendo nuevo plazo de licitación, reiniciándose el plazo de interposición de los recursos que contra los mismos procedan.
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Fuente: OJS 2020/S 217-532917 (2020-11-03)
Anuncio de adjudicación de contrato (2020-12-04)
Objeto
Alcance de la contratación
Número de referencia: SG/CA/28/2020 (15009-2020)
Breve descripción:
Acuerdo Marco para la contratación de servicios de transporte escolar de la consejería con competencias en materia de educación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. La determinación de las empresas adjudicatarias, de los porcentajes mínimos de descuento por cada lote que se les adjudique (sobre los precios de referencia establecidos), así como de las condiciones generales de los servicios y los términos básicos a los que habrán de ajustarse los contratos basados en el Acuerdo Marco para prestar los servicios de transporte escolar. A efectos de adjudicación del Acuerdo Marco y de la formación de lotes para la adjudicación de contratos basados se han definido las siguientes zonas de transporte escolar: — zona A (área de Murcia), — zona B (área de Cartagena), — zona C (área de Lorca), — zona D (área centro-norte). A efectos de adjudicación del Acuerdo Marco, cada zona constituirá un lote con la misma denominación en letras que la zona correspondiente (lote A para la zona A, etc.)
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Metadatos del anuncio
Tipo de documento: Anuncio de adjudicación de contrato

Procedimiento
Tipo de oferta: No procede
Criterios de adjudicación
Precio más bajo

Referencia
Fechas
Fecha de envío: 2020-12-04 📅
Fecha de publicación: 2020-12-09 📅
Identificadores
Número de anuncio: 2020/S 240-594215
Número del DO-S: 240
Información complementaria
Orden de desistimiento de fecha 03.12/2020. En fecha 2.12.2020 se dicta propuesta de la Directora General de Centros Educativos, a la que se acompaña informe de la misma fecha del Jefe de Servicio de Promoción Educativa en materia de transporte escolar con el visto bueno del Subdirector General de Centros Educativos e Infraestructuras en el que propone el desistimiento del expediente de contratación referenciado, por entender que los requisitos de solvencia requeridos en la memoria de la licitación, y por tanto reflejados en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares no están bien definidos, por lo que se hace necesario una redefinición de los mismos. «En esta distribución geográfica establecida inicialmente se encuadra en diferentes zonas de transporte escolar municipios limítrofes con zonas de población de tipo diseminado o rural. Las rutas de transporte escolar de los centros educativos ubicados en los mencionados municipios se han venido prestando tradicionalmente por pequeñas y medianas empresas locales, que debido a que en los últimos años han visto mermada su facturación podrían verse limitadas para acceder al contrato marco y, en consecuencia, para acreditar la solvencia económica se les requeriría un volumen anual de negocio de 300.000 EUR por tener que licitar a dos zonas geográficas de transporte escolar. Por ello, entendiendo que esto podría ocasionar que no se reciban suficientes ofertas a las diferentes zonas para poder cubrir todas las necesidades que se desarrollen en los contratos basados derivados de este Acuerdo Marco, se considera procedente modificar la zonificación de transporte escolar propuesta y los criterios para acreditar la solvencia económica al licitar por varios lotes. Considerando que concurren razones de interés público en garantizar que todas las rutas de transporte escolar tengan ofertas por las empresas seleccionadas que concurren a una zona determinada, sin que ninguna de ellas quede fuera de la licitación por carecer de una solvencia económica exigida no acorde con los servicios a prestar, se considera procedente desistir del procedimiento de contratación de un Acuerdo Marco para la contratación de los servicios de transporte escolar. Y de ese modo poder iniciar un nuevo procedimiento de licitación de Acuerdo Marco al que incorporar una nueva zonificación (anexo) y revisar los criterios de valoración de la solvencia económica. En el anexo figura la nueva distribución geográfica de las rutas de transporte escolar que se distribuiría en doce zonas, lo que supone cuadriplicar el número de zonas inicialmente propuesto. De esta manera, se podría reducir el requisito de solvencia económica que inicialmente se planteó, incluyendo a la categoría 1 (anualidad media del volumen de negocio inferior a 150 000 EUR) para poder licitar al Acuerdo Marco. Por todo lo anterior, este órgano gestor propone que por parte de la Consejera de Educación y Cultura se dicte orden de desistimiento de la licitación para la contratación del Acuerdo Marco de transporte escolar de la Consejería con Competencias en materia de educación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (SG/CA/28/2020)». Declarar el desistimiento de la licitación: Acuerdo Marco para la contratación de servicios de transporte escolar de la Consejería con competencias en materia de educación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (SG/CA/28/2020). El desistimiento no impedirá la iniciación inmediata de un procedimiento de licitación.
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Objeto
Alcance de la contratación
Breve descripción:
A efectos de adjudicación del Acuerdo Marco, cada zona constituirá un lote con la misma denominación en letras que la zona correspondiente (lote A para la zona A, etc.)
Acuerdo Marco para la contratación de servicios de transporte escolar de la Consejería con competencias en materia de educación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Lugar de ejecución
Emplazamiento principal o lugar de actuación:
Comprenderá las rutas de los centros educativos radicados en los siguientes municipios: Cartagena, Los Alcázares, Fuente Álamo, San Javier, San Pedro del Pinatar, Torre Pacheco y La Unión.

Autoridad contratante
Contacto
Punto de contacto: Alicia Pérez Grau, la Jefa de Servicio de Contratación

Referencia
Información complementaria
Orden de desistimiento de fecha 03.12/2020.
En fecha 2.12.2020 se dicta propuesta de la Directora General de Centros Educativos, a la que se acompaña informe de la misma fecha del Jefe de Servicio de Promoción Educativa en materia de transporte escolar con el visto bueno del Subdirector General de Centros Educativos e Infraestructuras en el que propone el desistimiento del expediente de contratación referenciado, por entender que los requisitos de solvencia requeridos en la memoria de la licitación, y por tanto reflejados en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares no están bien definidos, por lo que se hace necesario una redefinición de los mismos.
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«En esta distribución geográfica establecida inicialmente se encuadra en diferentes zonas de transporte escolar municipios limítrofes con zonas de población de tipo diseminado o rural. Las rutas de transporte escolar de los centros educativos ubicados en los mencionados municipios se han venido prestando tradicionalmente por pequeñas y medianas empresas locales, que debido a que en los últimos años han visto mermada su facturación podrían verse limitadas para acceder al contrato marco y, en consecuencia, para acreditar la solvencia económica se les requeriría un volumen anual de negocio de 300.000 EUR por tener que licitar a dos zonas geográficas de transporte escolar.
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Por ello, entendiendo que esto podría ocasionar que no se reciban suficientes ofertas a las diferentes zonas para poder cubrir todas las necesidades que se desarrollen en los contratos basados derivados de este Acuerdo Marco, se considera procedente modificar la zonificación de transporte escolar propuesta y los criterios para acreditar la solvencia económica al licitar por varios lotes.
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Considerando que concurren razones de interés público en garantizar que todas las rutas de transporte escolar tengan ofertas por las empresas seleccionadas que concurren a una zona determinada, sin que ninguna de ellas quede fuera de la licitación por carecer de una solvencia económica exigida no acorde con los servicios a prestar, se considera procedente desistir del procedimiento de contratación de un Acuerdo Marco para la contratación de los servicios de transporte escolar.
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Y de ese modo poder iniciar un nuevo procedimiento de licitación de Acuerdo Marco al que incorporar una nueva zonificación (anexo) y revisar los criterios de valoración de la solvencia económica. En el anexo figura la nueva distribución geográfica de las rutas de transporte escolar que se distribuiría en doce zonas, lo que supone cuadriplicar el número de zonas inicialmente propuesto. De esta manera, se podría reducir el requisito de solvencia económica que inicialmente se planteó, incluyendo a la categoría 1 (anualidad media del volumen de negocio inferior a 150 000 EUR) para poder licitar al Acuerdo Marco.
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Por todo lo anterior, este órgano gestor propone que por parte de la Consejera de Educación y Cultura se dicte orden de desistimiento de la licitación para la contratación del Acuerdo Marco de transporte escolar de la Consejería con Competencias en materia de educación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (SG/CA/28/2020)».
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Declarar el desistimiento de la licitación:
Acuerdo Marco para la contratación de servicios de transporte escolar de la Consejería con competencias en materia de educación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (SG/CA/28/2020).
El desistimiento no impedirá la iniciación inmediata de un procedimiento de licitación.

Información complementaria
Órgano de revisión
Información sobre los plazos de procedimientos de recurso:
Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos administrativos serán resueltas por el órgano de contratación competente, cuyos acuerdos pondrán fin a la vía administrativa y contra los mismos habrá lugar a recurso contencioso-administrativo, conforme al previsto por la Ley reguladora de dicha jurisdicción, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer recurso potestativo de reposición, previsto en los arts. 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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En caso de tratarse de un contrato susceptible de recurso especial en materia de contratación, (artículo 44 LCSP), el procedimiento de recurso se iniciará mediante escrito que deberá presentarse en el plazo de quince días hábiles, computándose dicho plazo según lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 50 de la LCSP.
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El escrito de interposición podrá presentarse en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, podrá presentarse en el registro del órgano de contratación o en el del órgano competente para la resolución del recurso.
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Los escritos presentados en registros distintos de los dos citados específicamente en el párrafo anterior, deberán comunicarse al Tribunal de manera inmediata y de la forma más rápida posible.
El órgano competente para la resolución del recurso (Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales) hará públicas a través de su página web las direcciones de registro en las que debe hacerse la presentación de los escritos para entenderla efectuada ante el propio Tribunal (https://sedeminhap.gob.es/es-es/sedes/tacrc/paginas/default.aspx)
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Será competente para la tramitación y resolución de los recursos, solicitudes de adopción de medidas provisionales y cuestiones de nulidad de los actos del procedimiento de adjudicación de contratos a que se refieren los artículos 44.1, 49 y 39 de la LCSP, el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, en virtud de la Resolución de 5.11.2012, de la Subsecretaría del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, por el que se publica el convenio de colaboración con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, sobre atribución de competencia de recursos contractuales, prorrogado mediante acuerdo de 19.11.2018.
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Contra la desestimación del recurso especial en materia de contratación sólo cabrá la interposición del recurso contencioso-administrativo, en los términos establecidos en el artículo tercero de la Ley 34/2010, de 5 de agosto, de modificación de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
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Servicio del que puede obtenerse información sobre el procedimiento de recurso
Dirección postal: Avenida de la Fama, 15, 9.ª planta
Ciudad postal: Murcia (ES620)
Fuente: OJS 2020/S 240-594215 (2020-12-04)