Lista y breve descripción de los criterios de selección
1. Relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, atendiendo a tal efecto al sistema establecido en el anexo I, indicando su importe, fechas y destinatario, público o privado, de los mismos, acompañada de los documentos acreditativos correspondientes. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un comprador privado mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.
El periodo para tener en consideración los suministros realizados será el de los tres últimos años, salvo que en el anexo I se establezca otro mayor para garantizar un nivel adecuado de competencia y previa justificación en el expediente.
Se exige que el importe anual acumulado sin incluir impuestos en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 % de su anualidad media en suministros de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato;
2. Cuando la persona contratista sea una empresa de nueva creación (antigüedad inferior a cinco años), su solvencia técnica o profesional se podrá acreditar por uno o varios de los medios previstos en los siguientes apartados:
2.1. Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa de los que se disponga para la ejecución del contrato, especialmente los encargados del control de la calidad;
2.2. Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa;
2.3. Cuando los productos a suministrar sean complejos o cuando excepcionalmente deban responder a un fin particular, control efectuado por la entidad del sector público contratante o, en su nombre, por un organismo oficial del Estado en el cual el empresario esté establecido, siempre que medie acuerdo de dicho organismo. Este control versará sobre la capacidad de producción del empresario y, si fuera necesario, sobre los medios de estudio e investigación con que cuenta, así como sobre las medidas empleadas para controlar la calidad;
2.4. Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad contratante;
2.5. Certificados expedidos por los institutos o servicios oficiales encargados del control de la calidad y de competencia reconocida que acrediten la conformidad de productos perfectamente detallada mediante referencias a determinadas especificaciones o normas técnicas;
2.6. Indicación de los sistemas de gestión de la cadena de suministro, incluidos los que garanticen el cumplimiento de las convenciones fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo y de seguimiento que la persona empresaria podrá aplicar al ejecutar el contrato.