De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional cuarta de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014 / 23 / UE y 2014/24 / UE, de 26.2.2014 (en adelante, LCSP), la contratación tienen carácter reservado a empresas de inserción social.