Lista y breve descripción de las normas y criterios
Capacidades de obrar:
— Capacidad de obrar,
— No estar incurso en incompatibilidades,
— Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social,
— Cumplimiento con las obligaciones tributarias.
Solvencias económicas y/o clasificación:
— Cifra anual de negocio. Descripción: la solvencia económica que deberá ostentar el licitador para participar en el presente proceso de contratación se justificará con, al menos 1 de los siguientes medios: volumen anual o patrimonio neto. El volumen de negocios del licitador o candidato, referido al año de mayor volumen de negocio de los 3 últimos concluidos, contados cómo años completos e inmediatamente anteriores a la aprobación del expediente de contratación, deberá ser al menos 1 vez y media el valor estimado del contrato cuando su duración no sea superior a 1 año, y al menos 1 vez y media el valor anual medio del contrato si su duración es superior a un año. En este caso deberá ser, al menos, de 1 399 353,42 EUR. Dicho volumen se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil,
— Patrimonio neto. Descripción: la solvencia económica que deberá ostentar el licitador para participar en el presente proceso de contratación se justificará con, al menos 1 de los siguientes medios: volumen anual o patrimonio neto. Se deberá ostentar un patrimonio neto, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales por importe igual o superior a: 162 000 EUR.
Solvencias técnicas:
— Trabajos realizados. Descripción: experiencia en la realización de trabajos: se acreditará mediante 1 relación de los servicios efectuados en el curso de los 3 últimos años correspondientes al mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, avalados por certificados de buena ejecución. Estos certificados indicarán el importe, las fechas y el destinatario de los mismos y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. El requisito mínimo será que el importe anual sin incluir impuestos que el empresario deberá acreditar como ejecutado, en el año de mayor ejecución del periodo indicado en trabajos del grupo o subgrupo al que corresponde el contrato sea igual o superior a la anualidad media del contrato (932 902,28 EUR). Para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV En caso de incluir trabajos correspondientes a distintos subgrupos se estará al grupo o subgrupo más relevante para el contrato. Se acompañarán los documentos acreditativos correspondientes en cualquier momento que le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación.