Lista y breve descripción de las normas y criterios
Capacidades de obrar:
— capacidad de obrar,
— no prohibición para contratar,
— no estar incurso en incompatibilidades,
— cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social,
— cumplimiento con las obligaciones tributarias,
— para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española,
— preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad.
Solvencias económicas y/o clasificación:
— cifra anual de negocio. Descripción: volumen anual de negocios referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al valor anual medio del valor estimado del contrato (90 000,00 EUR), indicado en el anuncio de licitación y en los pliegos del contrato. El volumen anual de negocios se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba ser inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Asimismo, el volumen anual de negocios podrá acreditarse mediante una declaración del empresario indicando el volumen de negocios global de la empresa o entidad. El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas. La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas del Sector Público acreditará, según la información que contenga y salvo prueba en contrario, las condiciones de solvencia económica y financiera del licitador.
Solvencias técnicas:
— trabajos realizados. Descripción: relación de los principales trabajos o servicios realizados de igual o similar naturaleza a los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 % del valor anual medio del valor estimado del contrato (63 000,00 EUR). El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones u ofertas. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. A efectos de la acreditación de la solvencia, se entenderá por trabajos de igual o similar naturaleza al objeto del contrato aquellos cuyos tres primeros dígitos del código CPV se correspondan con los tres primeros dígitos del código CPV reflejado en el apartado A del cuadro resumen de la cláusula 1 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por todos los medios referidos en las letras b) y c), sin que sea necesario acreditar lo establecido en la letra a), relativo a la relación de los principales trabajos efectuados,
— técnicos o unidades técnicas. Descripción: indicación del personal técnico, integradas o no en la empresa o entidad, participantes en la ejecución del contrato, especialmente aquellos encargados del control de calidad. Este criterio se certificará mediante declaración responsable en la que se enumere el personal técnico adscrito a la ejecución del contrato, junto con su perfil mínimo que deberá ser el siguiente: coordinador, director del proyecto: con titulación superior y con experiencia mínima de seis años en gestión de proyectos europeos y procedimientos de contratación pública, dentro de los cuales haya coordinado, al menos, dos proyectos de CPI Consultor técnico con titulación media: con titulación media y con experiencia mínima de tres años en gestión administrativa y de proyectos de I+D, dentro de los cuales haya participado en, al menos, dos proyectos de CPI. Consultor jurídico con titulación superior: con titulación superior y con experiencia mínima de tres años en redacción de pliegos, legislación del sector público y gestión de derechos de propiedad industrial dentro de los cuales debe haber participado en, al menos dos proyectos de CPI,
— medidas de gestión medioambiental. Descripción: indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato. Este criterio se acreditará mediante declaración responsable del licitador sobre el cumplimiento de las medidas ambientales conforme a la norma UNE-EN ISO 14001:2015.